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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana INFORME FINAL DE CONSULTORÍA Presentado por: Ada Esperanza Silva Pérez Managua, Nicaragua Diciembre 2006

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Análisis jurídico legal de instancias formales

de participación ciudadana

INFORME FINAL DE CONSULTORÍA

Presentado por: Ada Esperanza Silva Pérez

Managua, Nicaragua Diciembre 2006

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SIGLAS

Arto. Artículo Cn. Constitución Política CAUCA Código Aduanero Centroamericano CONPES Consejo Nacional de Planificación Económica y Social CONADES Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible DGA Dirección General de Aduanas INVUR Instituto Nicaragüense de la Vivienda Urbana y Rural INJUDE Instituto Nicaragüense de Juventud y Deporte INE Instituto Nicaragüense de Energía INIM Instituto Nicaragüense de la Mujer MINREX Ministerio de Relaciones Exteriores MAG-FOR Ministerio Agropecuario y Forestal MECD Ministerio de Educación, Cultura y Deportes MIFIC Ministerio de Fomento, Industria y Comercio MINSA Ministerio de Salud MHCP Ministerio de Hacienda y Crédito Público MIFAMILIA Ministerio de la Familia MARENA Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales MITRAB Ministerio del Trabajo MIGOB Ministerio de Gobernación MTI Ministerio de Transporte e Infraestructura SEAR Sistema Educativo Autonómico Regional SIGFA Sistema Integrado de Gestión Administrativa y Financiera USAID Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional

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ÍNDICE

Presentación / 1 Capítulo I Marco teórico jurídico / 3 El derecho de asociación / 3 El derecho de participación / 6 Capítulo II Análisis de instancias formales / 9 La participación ciudadana / 9 Los componentes del sistema jurídico / 10 Las instancias formales / 12 Capítulo III Conclusiones y recomendaciones / 27 Conclusiones / 27 Recomendaciones / 29 Fuentes de información / 32 Anexos

1 Informe de actividades 2 Matriz de instancias formales 3 Listas de instancias por vínculo institucional

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PRESENTACIÓN

La aprobación de la Ley de Participación Ciudadana abrió nuevas vías jurídicas para que los distintos actores sociales se involucren en el proceso de toma de decisiones, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas, así como en la elaboración y aprobación de leyes, resoluciones, ordenanzas y normas en general. La Ley considera la participación ciudadana como un derecho humano, desarrollando los principios constitucionales de los Artículos 7 y 50 de la Constitución Política; brinda respaldo a las prácticas participativas existentes; profundiza aspectos esbozados en otras leyes y decretos; promueve la participación en la elaboración de normas y de políticas públicas; y establece diferentes modalidades de participación en los ámbitos local, departamental, regional autónomo y nacional. A tres años de vigencia de esta Ley, se hace necesario identificar el estado de las diferentes instancias creadas antes y después de su aprobación, a fin de fortalecer la incidencia de la sociedad civil en esos espacios y contribuir al establecimiento de alianzas público-privadas en los ámbitos sectoriales y territoriales. La Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Planificación Económica y Social (CONPES) está comprometida con la institucionalización del Sistema Nacional de Participación y Concertación, que trata de establecer mecanismos público-privados fluidos, entrelazando los intereses de los diferentes sectores con las prioridades de los territorios en todos sus niveles: nacional, regional, departamental y municipal. A tal fin, solicitó al Programa de Transparencia de USAID/Nicaragua y éste aprobó la contratación de la consultoría Análisis jurídico legal de las instancias formales de participación ciudadana , con el siguiente objetivo:

Elaborar un análisis jurídico-legal de las diferentes instancias formales de participación ciudadana vinculadas a los procesos de incidencia en las políticas públicas, con el propósito de conocer la eficacia de las normas legales creadoras y su aplicación práctica para el objeto que fueron aprobadas.1

1 El alcance de este análisis abarca la identificación, el origen legal y la vinculación institucional de las instancias incluidas en el estudio, sean sectoriales o de cobertura nacional, regional, departamental y municipal, como aparecen en el Anexo 2. Las que desempeñan sus funciones en un territorio determinado (Regiones Autónomas, Departamentos o Municipios), son tratadas como una única instancia, sin perjuicio que existan en cada territorio.

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El resultado esperado de la consultoría es:

Un documento que contiene la matriz, el análisis jurídico-legal y las conclusiones y recomendaciones, que permitan el establecimiento de un sistema ordenado y coherente de participación ciudadana.

El producto de la consultoría pretende ser un insumo importante para la toma de decisiones de los miembros del CONPES, en su tarea para lograr el establecimiento y la consolidación del Sistema Nacional de Participación y Concertación. El presente documento contiene el informe final de la consultoría y consta de tres capítulos y tres anexos, a saber:

Capítulo I . Marco teórico jurídico , que desarrolla la evolución histórica y la naturaleza jurídica de los derechos constitucionales de asociación y de participación. Capítulo II. Análisis de instancias formales , en el que se hace una breve reseña sobre la participación ciudadana y el estudio propiamente dicho de los espacios de participación ciudadana identificados en el inventario. Capítulo III. Conclusiones y recomendaciones , presentando propuestas concretas y posibles a seguir para continuar con la institucionalización del Sistema Nacional de Participación y Concertación. Anexo 1. Informe de actividades , que contiene la descripción general de las actividades; un detalle de las actividades previstas y las actividades ejecutadas; las técnicas metodológicas utilizadas para realizar la consultoría; y la lista de personas consultadas. Anexo 2. Matriz de instancias formales , donde se incorpora el estudio pormenorizado de cada instancia, incluyendo denominación, objeto, funciones y atribuciones, integrantes, origen legal y vínculo institucional, acompañando además el texto de las normas jurídicas que constituyen su base legal. Anexo 3. Listas de instancias por vínculo institucional , en las que se presentan dos listas: la primera, la lista original del subsistema sectorial proporcionada por el CONPES; y la segunda, una nueva lista organizada sobre la base del contenido de la matriz de instancias formales que compone el Anexo 2.

Toda obra humana es perfectible y la presente no constituye una excepción. Sus alcances dependerán de la voluntad política de las personas que participamos de distintas maneras en estas instancias, para aplicar las leyes que rigen su funcionamiento y cumplir con los acuerdos que se tomen.

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La consultora agradece a todas las personas que fueron parte del proceso de este trabajo y manifiesta su propia disposición a continuar apoyando el trabajo de estas instancias para contribuir al pleno ejercicio de los derechos ciudadanos.

Managua, Nicaragua, diciembre de 2006

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CAPÍTULO I MARCO TEÓRICO JURÍDICO

El derecho de asociación El derecho de asociación ha tenido una incorporación tardía a los catálogos de derechos fundamentales, incluso estuvo ausente en la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, dado que se ha considerado que los partidos políticos son las entidades intermedias entre el poder y la ciudadanía. Los principios liberales de igualdad, libertad y fraternidad, enarbolados por las revoluciones y refrendados en declaraciones de derechos y cuerpos normativos, sintetizan el fundamento de los sistemas democráticos; y constituyen las bases de lo que se denominó derechos humanos o derechos fundamentales. Sin embargo, en estos modelos de democracia moderna, el ejercicio de la ciudadanía y de los derechos políticos fue excluyente, pues únicamente se establecía el ejercicio de derechos políticos y de la ciudadanía a los hombres adultos y letrados, excluyendo así a las mujeres, niños, locos y esclavos. Frente a esta situación, las mujeres y los esclavos como grupos excluidos, emprendieron una lucha para su reconocimiento como sujetos de derecho que hiciera posible el ejercicio pleno de su ciudadanía. Así, los esclavos orientaron sus luchas hacia la obtención de su libertad y las mujeres, por el derecho al voto. La ciudadanía que antes era un concepto restringido, se ha ampliado hasta llegar a la actualidad a un concepto más incluyente y universal, pues se trata de abarcar a todas las personas que cumplan con requisitos legales, como haber nacido en un determinado territorio, edad, capacidad mental y no estar con sus derechos suspendidos por condena. El concepto moderno de ciudadanía implica dos aspectos: objetivo y subjetivo. El objetivo hace referencia a las normas jurídicas que otorgan la calidad de ciudadano; y el subjetivo es la conciencia de ser acreedor de estos derechos, sentirse parte de esta comunidad política y hacer ejercicio de tales derechos. En las nuevas corrientes filosóficas, la calidad de ciudadano se extiende más allá del ejercicio de los derechos políticos, en su forma clásica de elegir y ser electo, existiendo la posibilidad de expresar opiniones y tener voz en los asuntos públicos por parte de

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grupos a los que usualmente no les estaba permitido: mujeres, niñas y niños, adolescentes y extranjeros residentes. Sin embargo, existe también otra perspectiva de la ciudadanía que es considerada por los científicos sociales como complemento de la ciudadanía política, esta es la ciudadanía social. La ciudadanía política hace referencia al conjunto de derechos políticos constitucionalmente establecidos –la parte objetiva de la ciudadanía–. La ciudadanía social, por su parte, está relacionada con las condiciones necesarias para que los seres humanos tengan las oportunidades para ejercer plenamente sus derechos políticos e insertarse en el conjunto social. Así, por ejemplo, una forma tangible de la ciudadanía social es la posibilidad real de las personas a que sus opiniones sean oídas y aceptadas en la dirección de los asuntos públicos y la gestión estatal. Actualmente el derecho de asociación está expresamente consignado en la casi totalidad de las Constituciones occidentales, considerándose que constituye uno de los derechos fundamentales que más contribuye a la profundización del sistema democrático y a la participación ciudadana. En general, todos los ordenamientos constitucionales de Nicaragua, a partir de La Libérrima de 1893, garantizan la libertad y el derecho "de asociación para cualquier objeto lícito". Desde 1939 es un derecho considerado entre los derechos ciudadanos, dándose potestad al Estado para autorizar los organismos corporativos, morales, culturales, económicos, científicos y técnicos. La vigente Constitución Política de Nicaragua consagra el derecho de asociación en el Artículo 49, que dice textualmente:

«En Nicaragua tienen derecho de constituir organizaciones los trabajadores de la ciudad y del campo, las mujeres, los jóvenes, los productores agropecuarios, los artesanos, los profesionales, los técnicos, los intelectuales, los artistas, los religiosos, las Comunidades de la Costa Atlántica y los pobladores en general, sin discriminación alguna, con el fin de lograr la realización de sus aspiraciones según sus propios intereses y participar en la construcción de una nueva sociedad.

Estas organizaciones se formarán de acuerdo a la voluntad participativa y electiva de los ciudadanos, tendrán una función social y podrán o no tener carácter partidario, según su naturaleza y fines».

Esta disposición garantiza el reconocimiento con carácter universal del derecho de asociación de todos los ciudadanos al hacer una enumeración bastante exhaustiva de distintas colectividades; y, al enunciar concretamente determinados sectores sociales,

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subraya la importancia que les concede al consagrar a nivel constitucional el derecho genérico a constituir organizaciones. Esto supone el reconocimiento de diversos intereses que lógicamente podrían entrar en contradicción sin que ello signifique fractura o crisis alguna en la estructura del Estado. Por el contrario, lejos de aspirar a la creación de colectividades homogéneas, los Estados de Derecho pretenden establecer los cauces pacíficos para la resolución de las diferencias mediante la articulación de normas jurídicas aplicables a todos los miembros de la sociedad. Por tanto, un Estado democrático considera el conflicto de intereses como algo inherente a la vida social y proporciona los medios necesarios para incorporarlo a la vida política. El derecho de asociación supone un instrumento de participación de la ciudadanía mediante la expresión de las diferencias que se desarrollan en la sociedad. Es importante poner de manifiesto que éste es un derecho de carácter libre y voluntario, que, según el mismo Artículo 49 Cn., se ejercerá de acuerdo a "la voluntad participativa y electiva" de los ciudadanos, lo que reviste gran importancia ya que se rechaza todo encuadramiento de tipo coactivo. Además de esta norma expresa sobre este derecho, la Constitución Política reconoce en su Artículo 46 la plena vigencia de los derechos consignados en diferentes instrumentos internacionales ratificados por Nicaragua, que a su vez se consagran el derecho de asociación. Por tanto, estos convenios son leyes de la República al estar incorporados con rango constitucional en el ordenamiento jurídico nacional, y dicen textualmente: Declaración Universal de los Derechos Humanos Arto. 20: 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación

pacíficas. Arto. 22: Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a...obtener,

mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Arto. 22: 1. Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, ... ; 2. El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto a las restricciones

previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás.

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Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Arto. 1: 2. Para el logro de sus fines todos los pueblos pueden disponer libremente

de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional, basada en el principio de beneficio recíproco...

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre Arto. XXII: Toda persona tiene el derecho de asociarse con otras para promover,

ejercer y proteger sus intereses legítimos de orden político, económico, religioso, social, cultural, profesional, sindical o de cualquier otro orden.

Convención Americana sobre Derechos Humanos Arto. 16: Libertad de Asociación 1. Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines

ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole.

2. El ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones

previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás.

Sobre los dos últimos instrumentos referidos, también hay que señalar que el Artículo 5 de la Constitución Política consagra la adhesión a los principios del Derecho Internacional Americano reconocido y ratificado soberanamente; por tanto, todas las normas contenidas en la Declaración y la Convención Americanas, como parte de ese Derecho, tienen rango constitucional en el ordenamiento jurídico nacional. El derecho de participación Con relación al derecho de participación, no hay normas similares en las Constituciones anteriores a la de 1987. Sin embargo, en ésta última la protección a este derecho inicia con el precepto constitucional del Artículo 2, que dice:

«La soberanía nacional reside en el pueblo y la ejerce a través de instrumentos democráticos, decidiendo y participando libremente en la construcción y perfeccionamiento del sistema económico, político y social de la nación. El poder político lo ejerce el pueblo, por medio de sus representantes libremente elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto, sin que ninguna otra persona o reunión de personas pueda arrogarse este poder o representación. También podrá

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ejercerlo de manera directa por medio del referéndum y del plebiscito y otros procedimientos que establezcan la presente Constitución y las leyes».

En armonía con esto, el Artículo. 7 de la Constitución señala que: "...Nicaragua es una república democrática, participativa y representativa..." y, coherentemente, entre los derechos políticos el Artículo 50 garantiza que: "Los ciudadanos tienen derecho de participar en igualdad de condiciones en los asuntos públicos y en la gestión estatal. Por medio de la ley se garantizará, nacional y localmente, la participación efectiva del pueblo". Así, el texto constitucional pone de relieve el derecho de participación tanto entre sus Principios Fundamentales como entre los Derechos Políticos. Con relación a los cinco instrumentos internacionales del Artículo 46 Cn., hay que señalar que no contienen el derecho de participación como lo concibe el Artículo 50 Cn.; más bien se refieren al derecho de participar por las vías establecidas para ejercer el derecho de elegir y ser electo, es decir para la democracia representativa. En instrumentos internacionales recientes, como el caso de la Convención Interamericana contra la Corrupción (1996)2, sí se encuentra expresamente consignada la participación ciudadana desde esta perspectiva; así se lee en el Artículo III:

«Medidas preventivas… los Estados Partes convienen en considerar la aplicabilidad de medidas, dentro de sus propios sistemas institucionales, destinadas a crear, mantener y fortalecer: …11. Mecanismos para estimular la participación de la sociedad civil y de las organizaciones no gubernamentales en los esfuerzos destinados a prevenir la corrupción…».

La naturaleza jurídica y el sustrato de este derecho es el anhelo de igualdad entre los seres humanos: si todos son iguales y gozan de iguales derechos de ciudadanía, todos deberían participar en las decisiones que afectan al gobierno de su comunidad, por una parte circunscribiendo la actuación ciudadana al mandato de la ley, y por la otra, permitiéndola hasta donde ésta no lo prohíba, como lo señala el Artículo 32 Cn. que consagra el Principio de Legalidad. Este Principio también está consignado para los funcionarios públicos, en el Artículo 130 Cn., obligándoles a limitar el ejercicio de sus funciones a lo establecido en la Constitución y las leyes. De manera que sólo tienen facultad para actuar dentro de esos límites, en tanto que el ciudadano puede hacer todo lo que sea permitido mientras no viole la ley. Entonces, un ciudadano no tiene que ser funcionario público para coadyuvar en el ejercicio de la función pública mediante los mecanismos de participación ciudadana, ya que la misma ley se lo permite; en cambio, el funcionario público tiene que participar y asegurar la participación ciudadana porque la ley así se lo exige.

2 Ratificada por la Asamblea Nacional por Decreto No. 2083 del 11 de noviembre de 1998 y publicada en La

Gaceta, Diario Oficial, No. 227 del 25 de noviembre de 1998.

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La Ley No. 350 Ley de Regulación de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo3 establece en el Artículo 2, entre sus Definiciones Básicas, las siguientes: Acto Administrativo: Es la declaración o manifestación de voluntad, juicio o conocimiento expresada en forma verbal o escrita o por cualquier otro medio que, con carácter general o particular, emitieren los órganos de la Administración Pública y que produjere o pudiere producir efectos jurídicos. Órgano Administrativo: Es la instancia o dependencia encargada de resolver un expediente administrativo y que tiene competencia para resolver en nombre de la Administración Pública y cuya actuación se imputa de forma directa e inmediata a la Administración misma. De la lectura de estas dos definiciones, se puede inferir que las instancias de participación ciudadana no son órganos administrativos ni los actos que realizan pueden ser catalogados como actos administrativos. Estas instancias son de carácter público-privado, integrados por representantes del Estado y de la sociedad civil, que no sustituyen al Estado en sus atribuciones, sino que buscan incidir en la función pública y en la gestión estatal en defensa de los derechos ciudadanos. Este es el espíritu que animó la iniciativa de diferentes organizaciones estatales y no gubernamentales que se juntaron en el Grupo Promotor de la Participación Ciudadana hasta lograr la aprobación de la Ley de Participación Ciudadana4 y su Reglamento5, con el objeto de promover el ejercicio pleno de la ciudadanía y su presencia activa en esas instancias de interacción entre el Estado y la sociedad civil.

3 Aprobada el 18 de mayo de 2000, publicada en La Gaceta No. 140 y 141 del 25 y 26 de julio de 2000. 4 Ley No. 475, aprobada el 22 de octubre de 2003 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 241, de 19

de diciembre de 2003. 5 Decreto No. 8-2004, aprobado y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 32, de 16 de febrero de 2004.

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CAPÍTULO II ANÁLISIS DE INSTANCIAS FORMALES

La participación ciudadana La anterior revisión de las normas constitucionales y legales del ordenamiento jurídico nacional e internacional permite afirmar que existe la base fundamental para ejercer el derecho de participación, por una parte. Y por la otra, la transición del conflicto social a sistemas de gobernabilidad democrática en los países latinoamericanos, de los que Nicaragua no ha sido la excepción, ha desencadenado prácticas de participación ciudadana que colocan a la sociedad civil en una importante posición. El aumento de la población y el mayor tamaño de los Estados contemporáneos dificultan la presencia directa de la ciudadanía en los asuntos de orden público, así como su participación activa en la toma de decisiones que afectan el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes ciudadanos. Por eso se hace necesaria la consulta permanente a la ciudadanía mediante mecanismos concretos, que garanticen la legitimidad de los actos de gobierno y la verdadera representación de las autoridades electas. En la actualidad se considera que no hay gobernabilidad ni desarrollo sostenido, sin esa presencia activa de la ciudadanía y agentes privados, como actores claves en la prestación eficiente de los servicios públicos. Con mucha más razón en los países en vías de desarrollo, la lucha contra la pobreza requiere la conducta activa de la sociedad y la voluntad política de los gobernantes para que la participación ciudadana sea garantizada y asegurada con instrumentos específicos. La participación ciudadana es también importante en la lucha contra la corrupción. A criterio de Pedro Alfonso Pabón Parra6, el desinterés de la comunidad por la marcha y el buen funcionamiento de la administración pública general la ausencia de control ciudadano sobre la actividad administrativa, lo cual disminuye las posibilidades de denuncia y produce el acostumbramiento a las irregularidades, hasta convertir la “mordida”, la “propina”, la “coima”, en prácticas aceptadas popularmente, consideradas como normales.

6 Citado en el Manual Básico del Servidor Público, Sergio. J. Cuarezma Terán. Oficina de Ética Pública.

Julio 2002, pág. 32.

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Así planteada, la participación ciudadana es un elemento esencial de la gobernabilidad y el buen gobierno, como una forma renovadora, paralela a la forma tradicional de democracia electiva-representativa, que permite a grupos organizados o ciudadanía en general, tener acceso y opinar, para influir en las decisiones sobre los asuntos públicos. Este ejercicio ciudadano así concebido requiere que las personas hagan uso de su derecho de asociarse para concertar sus intereses. Esta conducta activa de la ciudadanía se percibe como un valor social ya que genera acuerdos entre los miembros de la comunidad y pone en práctica sus derechos de asociación y de participación. Entonces, si hay leyes que garantizan y regulan estos derechos; si aparentemente hay conciencia de la necesidad que los mismos sean ejercidos por la ciudadanía para asegurar su real cumplimiento; y si las prácticas participativas se pueden realizar en las instancias formales creadas a tal efecto… ¿Por qué la participación ciudadana se cuestiona y hasta llega a ser descalificada? ¿Por qué esta participación no obtiene el impacto necesario en las decisiones tomadas por los funcionarios públicos? ¿Por qué las personas que asisten a estas instancias hasta son consideradas como profesionales de la participación, sin lograr interesar a la mayoría de la población? El objetivo de esta consultoría es la elaboración de un análisis jurídico-legal de las diferentes instancias formales de participación ciudadana vinculadas a los procesos de incidencia en las políticas públicas, con el propósito de conocer la eficacia de las normas legales creadoras y su aplicación práctica para el objeto que fueron aprobadas. Antes de iniciar este análisis, es obligatorio realizar la siguiente reflexión. Los componentes del sistema jurídico En la elaboración y aplicación de las leyes, se parte de la premisa que éstas son neutras, obviando que las leyes neutras producen efectos discriminatorios cuando son aplicadas en sociedades no neutras y por sistemas de justicia no neutros. El principio de igualdad reconocido en los Artículos 27 y 48 Cn. diferencia la igualdad formal , por la que debe tratarse por igual a todas las personas, y la igualdad material o real , que parte de la condición real de las personas siendo necesario un trato desigual para lograr un resultado igual. La construcción de este principio de igualdad material se basa en la concepción del Derecho:

� como un sistema de normas destinadas a los miembros de una sociedad; � que son creadas, aplicadas y tuteladas por determinadas instituciones; � y que abarcan también las leyes no escritas compuestas por costumbres,

actitudes y comportamiento de las personas respecto de la ley.

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Según esta base de análisis, el sistema jurídico está formado por tres componentes: el formal-normativo , que comprende las normas escritas; el estructural , que se refiere a los procedimientos para la aplicación de las leyes y las instituciones creadas para interpretarlas; y el político-cultural , que abarca tanto los usos y las costumbres como el conocimiento que la población tiene de las leyes. El componente formal es la ley formalmente promulgada, las normas escritas conocidas a través de los tratados o convenios internacionales, la Constitución Política, las leyes, decretos, reglamentos, convenciones colectivas, etc., es decir, el conjunto de normas jurídicas dictadas por órganos especializados del Estado. El componente estructural de la ley es el contenido que se le da a la norma a través de la comprensión y aplicación que los legisladores, los responsables de la administración de justicia, el personal de las oficinas administrativas, le dan a las leyes y principios normativos, al crearlas, seleccionarlas, combinarlas, aplicarlas e interpretarlas.

El componente político-cultural es el contenido y significado que la gente le da a ley por medio de las costumbres, actitudes, tradiciones y conocimiento, así como el uso que haga de las leyes existentes, sean estas escritas o no, derogadas o no, pues existen en la colectividad o se van creando normas y en algunos casos son más efectivas que las que se encuentran escritas.

Al interpretar que las leyes escritas son suficientes para garantizar la igualdad, se ignora que las mismas son aplicadas por determinadas personas, pertenecientes a las instituciones que están dirigidas por personas, y dentro de una organización social compuesta también por personas, todas las cuales tienen sus propias creencias, prejuicios y valores que influyen su actitud respecto a la aplicación de una ley en un caso concreto.

Se hace evidente que la igualdad formalmente reconocida en un inicio va siendo alterada por la comprensión y el significado que las personas, hombres y mujeres, dan a determinada idea sobre la aplicación de esa igualdad en la práctica.

Es por eso que el análisis del fenómeno jurídico a partir de la interrelación de los tres componentes referidos es el que conviene realizar previo a cualquier elaboración o aplicación de las normas formales, aunque por lo general este concepto tridimensional del Derecho es ignorado.

Por eso es que se debe preguntar: si hay componente formal que garantiza la participación ciudadana, si hay instancias donde este derecho se puede ejercer, ¿por qué se cuestiona la calidad y el impacto de los resultados de este ejercicio? Lo cual lleva al estudio de las instancias.

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Las instancias formales Los criterios de selección de las instancias a estudiar se definieron así:

1) Espacios públicos-privados para formulación, seguimiento y evaluación de políticas públicas, integrados por representantes de instituciones públicas y representantes de organismos de la sociedad civil.

2) Respaldo legal en la creación, objeto, integración y funciones de cada

instancia. La clasificación de las instancias seleccionadas se realizó sobre la base de los siguientes elementos: la organización sectorial de las comisiones establecidas en el Decreto de Reorganización y Funcionamiento del CONPES7 y su Reglamento Interno; las funciones y atribuciones asignadas a cada instancia por su norma jurídica creadora; y la cobertura territorial de cada una de las instancias. El fortalecimiento de instituciones y sistemas de participación ciudadana y concertación fue uno de los objetivos de la política general de gobernabilidad y reforma del Estado en el período 2001-20058, asumiendo el CONPES la responsabilidad asignada por la Ley de Participación Ciudadana de ser el espacio nacional que deba articular los espacios sectoriales con los territoriales. A tal efecto, en estos años se han impulsado procesos de diálogo público-privados para el establecimiento de un Sistema Nacional de Participación y Concertación. El Sistema pretende articular la participación ciudadana, teniendo al CONPES, en coordinación con el Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible (CONADES), como la instancia nacional global; a los consejos nacionales sectoriales, como instancias nacionales temáticas; a los Consejos de Desarrollo Departamental (CDD) y Consejos Regionales de Planificación Económica y Social (CORPES) al nivel territorial intermedio; y a los Comités de Desarrollo Municipal (CDM) en el nivel municipal, como instancias de concertación y articulación de la planificación nacional y territorial. La institucionalización del Sistema inició con la aprobación de la Ley de Participación Ciudadana y su Reglamento, y trata de asegurar la presencia activa de la ciudadanía en los espacios nacionales, regionales, departamentales y municipales, a fin de lograr el pleno ejercicio de sus derechos; y de fortalecer los mecanismos de relación entre el gobierno y la sociedad civil, para la definición de políticas públicas que orienten las decisiones en materia de desarrollo. No obstante, este proceso no es nuevo ni vertical: así como esta Ley no excluye el desarrollo de otras formas de participación existentes antes o después de su

7 Decreto No. 76-2005, publicado en La Gaceta No. 211, de 1 de noviembre de 2005. 8 Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010. Versión oficial, pág. 75.

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aprobación, tampoco las instancias del Sistema son la única forma de participar, aunque sí deben ser herramientas útiles para defender el derecho de participación. No se puede olvidar que en Nicaragua, las prácticas de participación ciudadana han sido numerosas y promovidas por las organizaciones de la sociedad civil, así como las experiencias participativas impulsadas mediante la gestión municipal ante la necesidad de los agentes públicos de hacer alianzas con actores locales y de base para consensuar políticas, acordar iniciativas, gestionar y canalizar recursos con el propósito de lograr su efectiva aplicación. La minuciosa recopilación, estudio y análisis de las normas creadoras de las instancias formales de participación ciudadana, así como la documentación institucional proporcionada por el CONPES, permiten afirmar las siguientes consideraciones generales y particulares:

1) La aprobación de la Ley de Participación Ciudadana obedece a los intentos por ordenar de forma eficiente la propia participación de las personas en todas las formas existentes. Sin embargo, es importante recordar que hay voces opuestas a esta institucionalización pues consideran que ésta se convierte en un instrumento funcional y se desnaturaliza la esencia de la inclusión de la ciudadanía en estos espacios al hacerlos tan formales.

2) La gran cantidad y variedad de prácticas participativas ha llevado a instalar

en el imaginario colectivo que “…funcionan alrededor de 108 Consejos y Comisiones Consultivas Sectoriales, creados por diferentes leyes, acuerdos y decretos; en el nivel territorial, el Sistema cuenta con 14 Consejos de Desarrollo Departamentales, 2 Consejos Regionales de Desarrollo (CORPES y COPLAR) y 153 Comités de Desarrollo Municipal”9.

Sin embargo, tal afirmación no se ajusta a los resultados de este estudio, como se puede constatar en el Anexo 3, por lo siguiente: En la lista tomada de los documentos de elaboración del Sistema de Participación Ciudadana se enumeran 118 instancias; de ellas hay 41 repeticiones y 31 no cumplen con los criterios establecidos de: espacios públicos-privados con respaldo legal. A las 46 instancias que restan, se agregaron 32 resultantes de la recopilación e inventario realizados, para un total de 78 instancias formales de participación ciudadana seleccionadas en este informe final.

3) La forma jurídica de crear las instancias es disímil: va desde su origen

constitucional como el CONPES, a ser parte de una ley orgánica o de la ley

9 Acción Ciudadana para el Próximo Quinquenio 2007-2011, pág. 5.

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reguladora de un sector, hasta las leyes o los decretos creadores propiamente dichos, e incluso los acuerdos o resoluciones ministeriales. Las instancias creadas dentro de una ley orgánica o reguladora de un sector parecen contar con mayor respaldo institucional.

4) El objeto de las instancias por lo general es único, es decir que no se repite

en distintas instancias; éstas han sido creadas ante la necesidad de incorporar la voz de la ciudadanía en la gestión pública sectorial y/o territorial. Son diferentes las formas de participación determinadas por las normas creadoras para que esa voz sea escuchada: miembros plenos, asesores, consultores externos e incluso invitados en el seno de las instancias.

5) Las funciones y las atribuciones asignadas a las instancias estudiadas

oscilan desde la formulación y consulta hasta la toma de decisiones o dirección administrativa, pasando por la gestión, el seguimiento y la evaluación de las acciones. En la mayoría de los casos sus decisiones no tienen efectos vinculantes. No obstante, es posible hacer algunas diferencias: Desde la visión sectorial, las instancias denominadas Consejos Nacionales tiene carácter consultivo y de asesoría; los Consejos Directivos tienen capacidad de decisión en el ente que dirigen; y la incidencia de las Comisiones Nacionales está concentrada en una materia específica. En tanto, que las instancias de ámbito territorial por lo general solamente son consultivas.

6) Hay varias denominaciones usadas para nombrar a las instancias: Consejos

Nacionales, Departamentales, Regionales o Municipales y Consejos o Juntas Directivas; Comisiones Nacionales o Departamentales; y Comités Municipales. Ninguno de los cuerpos normativos relacionados en el marco teórico jurídico define de manera diferenciada qué es un Consejo, una Comisión o un Comité. Tampoco se hace en el texto de las leyes, los decretos u otras formas jurídicas mediante las cuales se crean las instancias estudiadas. Sin embargo, de la letra de la Ley de Participación Ciudadana es posible inferir que esta distinción está referida a la cobertura territorial o sectorial de las instancias. Así, llama Consejos Nacionales al CONPES, y a los sectoriales (Artículos 38, 39 y 40) como serían los de Educación, Salud o Transporte. Desde el punto de vista territorial, también denomina Consejos a las instancias de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe (Artículo 46) y a los Consejos Departamentales (Artículo 47); y por último, nombra Comités a las instancias del ámbito municipal (Artículo 50).

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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No obstante lo establecido en la Ley, es posible concluir que la denominación de las instancias no guarda relación con su origen legal, ni con su objeto o el contenido de sus funciones y atribuciones.

7) Existen varias clasificaciones de los sectores en los que hay instancias de participación ciudadana:

7.1 El Decreto de Organización y Funcionamiento del CONPES

establece cinco comisiones de trabajo: Producción y Competitividad, Infraestructura, Social, Gobernabilidad y Económica, y tres especiales permanentes: Laboral, Presupuesto y Costa Atlántica.

7.2 De acuerdo con la propuesta de Sistema Nacional de Participación

y Concertación, las comisiones sectoriales son siete: Producción, Social, Gobernabilidad, Infraestructura y Económica, con ejes transversales de Equidad y Medio Ambiente; y

7.3 Acción Ciudadana para el próximo quinquenio 2007-2011 define

cinco prioridades sectoriales: Social, Económica, Producción e Infraestructura, Laboral y Democracia y Gobernabilidad.

La clasificación utilizada en este capítulo es la que corresponde al Decreto oficial del CONPES, conforme los Términos de Referencia de la consultoría.

8) Sobre la base de los criterios explicados y de las consideraciones hechas, se han identificado 78 instancias formales de participación ciudadana. De ellas son:

� 2 instancias de carácter deliberativo nacional, en las que participan

representaciones sectoriales y territoriales. � 65 sectoriales: 21 Consejos Nacionales, 10 Consejos Directivos, 33

Comisiones Nacionales, y 1 Comité Nacional; � 11 territoriales: 4 Municipales, 2 Departamentales, 2 Regionales y 3

Departamentales/Regionales. Con relación a las instancias territoriales, no debe olvidarse que si tienen nivel municipal –como el caso de los Comités de Desarrollo Municipal o los Consejos Municipales de Salud–, podrían multiplicarse por los 153 territorios municipales; lo cual también es válido para el caso de las instancias de nivel departamental (15 Departamentos) y regional (2 Regiones Autónomas).

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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Cuadro No. 1 Número de instancias formales

por sector y territorio

Consejos Sector

Nacionales Directivos

Comisiones Nacionales

Comités Nacionales

Instancias Territoriales

Total

Instancias deliberativas nacionales

2 2

Producción y Competitividad

2 1 6 9

Infraestructura

3 2 1 Municipal 6

Social 9 3 7

2 Departamental 1 Municipal

22

Gobernabilidad 3 1

2 Deptal./Regional 1 Municipal

7

Económica

2 3 16 1 1 Deptal./Regional

1 Municipal 24

Laboral

2 1 2 5

Costa Atlántica

1 2 Regionales 3

23 10 33 1 11 78

9) En el Anexo 2 se encuentra la matriz de información que permite conocer los

siguientes aspectos de las instancias formales estudiadas: denominación, origen legal, objeto, funciones y atribuciones, integrantes y vínculo institucional. Un resumen de esa matriz, conteniendo la denominación, el objeto y el vínculo institucional de las instancias, se presenta a continuación, organizada por sectores.

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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Cuadro No. 2 Instancias formales por sector

No. Denominación Objeto Vínculo institucional

Instancias de carácter deliberativo nacional (2)

01 CONSEJO NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL (CONPES)

Órgano de consulta del Presidente de la República en la dirección de la política económica y social del país

Presidencia

02 CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO SOSTENIBLE (CONADES)

Foro de análisis, discusión, evaluación, divulgación, concertación y seguimiento, con el fin de promover la adopción de un modelo de desarrollo sostenible

Presidencia

Producción y Competitividad (9)

03 CONSEJO NACIONAL DEL CAFÉ

Órgano competente y responsable de la aplicación de Ley del Café, cuyo objeto es ordenar todas las actividades de producción, beneficiado, procesamiento y comercializa-ción de café producido en el territorio nacional, con la finalidad de promover y defender el interés nacional en relación con el fomento, cultivo, beneficio, industrializa-ción y comercio del café, así como conciliar los intereses de todos los agentes que participan en la actividad cafetalera

MIFIC

04 CONSEJO NACIONAL DE SEMILLAS

Instancia de apoyo y consulta para el estudio, análisis y desarrollo de las políticas del Gobierno, relacionadas con semillas y plantas de vivero

MAG-FOR

05 COMISIÓN NACIONAL AGRARIA

Órgano consultivo de la Presidencia de la República, cuya función principal es estudiar los problemas y tensiones generales del agro nicaragüense, especialmente los que atenten contra la paz y la estabilidad de la Nación

Presidencia

06 COMISIÓN NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA (CONASA)

Fortalecer la coordinación, cooperación y asesoramiento de las actividades a realizar por parte de la Dirección General de Protección de Sanidad Agropecuaria

MAG-FOR

07 COMISIÓN NACIONAL DE MINERÍA

Órgano constitutivo y asesor del MIFIC en materia de política minera

MIFIC

08 COMISIÓN NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA (CONAPESCA)

Instancia del más alto nivel y foro de concentración, participación e intercambio de los agentes de la actividad pesquera y acuicultura, con carácter consultivo y asesor en los temas de políticas, legislación y planificación para el sector

MIFIC

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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No. Denominación Objeto Vínculo institucional

09 COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA (CNE)

Formulación de objetivos, políticas, estrategias y directrices generales de todo el sector energético, así como la de su planificación indicativa, a fin de procurar el desarrollo y óptimo aprovechamiento de los recursos energéticos del país

INE

10 COMISIÓN DE COMPETITIVIDAD

Presentar al Presidente recomendaciones sobre estrategias, políticas y proyectos de reformas económicas, legales e institucionales que favorezcan el crecimiento de aglomeración de negocios y el establecimiento del ambiente económico que lo propicie.

Presidencia

11 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA)

Órgano máximo administrativo de las actividades y bienes del INTA

INTA

Infraestructura (6)

12 CONSEJO NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE (CNTT)

Organismo auxiliar, participativo y consultivo, de la Dirección Superior del MTI, que propone y da seguimiento a las políticas del gobierno en el sector transporte

MTI

13 CONSEJO NACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (CONACON)

Instancia consultiva que propone y da seguimiento a las políticas y estrategias del gobierno en el sector de la construcción y apoye la toma de decisiones del gobierno central relacionadas con los sectores construcción e infraestructura

MTI

14 CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA

Órgano asesor y consultivo del INVUR, en el diseño, formulación y evaluación de programas en materia de vivienda, e instrumento facilitador de acuerdos sociales, profesionales, técnicos y de cooperación requeridos para la implementación del Plan Nacional de la Vivienda. Con facultades de deliberación, concertación y coordinación entre el Poder Ejecutivo, los otros poderes del Estado, y organizaciones de la Sociedad Civil que trabajan en el sector

INVUR

15 CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO DE MANTENIMIENTO VIAL

Está a cargo de la gestión de mantenimiento de la red vial mantenible. Es responsable de la gestión y administración autónoma y correcta de los recursos del FOMAV

MTI

16 JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA URBANA Y RURAL (INVUR)

Órgano de dirección y administración del INVUR

INVUR

17 CONSEJO MUNICIPAL DE TRANSPORTE (CMT)

Órgano auxiliar consultivo en el nivel municipal sobre las políticas de transporte

Alcaldías Municipales

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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No. Denominación Objeto Vínculo institucional

Social (22)

18 CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN

Órgano superior del Estado en materia educativa. Foro de más alto nivel para la discusión y análisis del quehacer educativo. Órgano de armonización y articulación de los subsistemas de Educación Básica, Media, Técnica, SEAR, Extraescolar y Superior

MECD

19 CONSEJO NACIONAL DE SALUD

Órgano de asesoría y consulta en materia de Salud, cuya finalidad es contribuir en la definición de las actividades estratégicas que realice el MINSA

MINSA

20 CONSEJO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR

Máxima instancia de coordinación de los esfuerzos del Estado, la población de adultos mayores y la Sociedad Civil

MIFAMILIA

21 CONSEJO NACIONAL DE PREVENCIÓN, REHABILITACIÓN Y EQUIPARACIÓN DE OPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Instancia de definición y de aplicación de los principios rectores en materia de prevención, rehabilitación y equiparación de oportunidades, a fin de permitir la plena integración social y laboral de los discapacitados

MINSA

22 CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA Y LA DEFENSORÍA DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (CONAPINA)

Órgano rector para formular y coordinar la ejecución de la política nacional de atención y protección integral a la niñez y adolescencia

Presidencia

23 CONSEJO NACIONAL DEL LIBRO

Instancia de diálogo y participación para impulsar e implementar políticas públicas nacionales de desarrollo de lectura. Su objeto es promover de forma permanente el hábito de la lectura, en especial realizar programas, planes y proyectos aprobados, e impulsar y buscar recursos financieros para desarrollar y financiar los planes de promoción del libro la lectura en Nicaragua

MECD

24 CONSEJO NACIONAL DE TEATRO

Órgano de consulta y asesoría del Instituto Nicaragüense de Cultura

INC

25 CONSEJO NACIONAL DEL DEPORTE, LA EDUCACIÓN FÍSICA Y LA RECREACIÓN FÍSICA

Órgano superior de la materia INJUDE

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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No. Denominación Objeto Vínculo institucional

26 CONSEJO CONSULTIVO NACIONAL DE LA MUJER

Órgano asesor y consultivo del INIM en el diseño, formulación y evaluación de programas, estrategias y políticas gubernamentales que promuevan el desarrollo integral de las mujeres nicaragüenses y su integración plena en la sociedad. Tiene facultades de deliberación, concertación y coordinación entre el Poder Ejecutivo, otros poderes del Estado y organizaciones de la Sociedad Civil

INIM

27 COMISIÓN NACIONAL DE LA JUVENTUD

Implementación de la política juvenil, gestión de crédito

Presidencia/Secretaría de la Juventud

28 COMISIÓN NICARAGÜENSE DEL SIDA (CONISIDA)

Organismo ejecutor de la Ley de Promoción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos ante el SIDA. Está facultada para controlar, supervisar su cumplimiento e imponer sanciones éticas y pecuniarias

MINSA

29 COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA

Control, uso y aplicación de radioisótopos y radiaciones ionizantes de conformidad con la legislación vigente

MINSA

30 COMISIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA LACTANCIA MATERNA

Órgano de consulta, apoyo y coordinación interinstitucional y foro de discusión multidisciplinario para la promoción y mantenimiento de la lactancia materna

MINSA

31 COMISIÓN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA MORTALIDAD MATERNA Y PERINATAL

Instancia multisectorial y multidisciplinaria, que tiene por finalidad mejorar la situación de mortalidad materna y perinatal, dando seguimiento y evaluando las acciones

MINSA

32 COMISIÓN NACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Contribuir a la prevención, detección, atención y sanción de la violencia, a través de formulación e implementación de políticas, aprobación y reforma de normas jurídicas, transformaciones en el ámbito socio cultural, promoción, facilitación y evaluación del Plan Nacional contra la Violencia

MIFAMILIA

33 COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA MUJER Y DESARROLLO RURAL

Instancia de coordinación, intercambio de experiencia y ejecución de acciones sobre el concepto de género en el desarrollo rural, los niveles de desarrollo alcanzados por cada uno de los géneros y la relación entre ellos, cuyo objeto es aportar en la consecución de desarrollo rural equitativo y auto sustentable mediante la introducción de la perspectiva de género en las estrategias, políticas, programas y proyectos del sector agropecuario, ambiente y recursos naturales

INIM

34 CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL DE EMERGENCIA (FISE)

Dirección superior y administración del FISE

Bajo rectoría sectorial de la Presidencia

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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No. Denominación Objeto Vínculo institucional

35 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE SEGURIDAD SOCIAL (INSS)

Autoridad superior del INSS INSS

36 CONSEJO DE COORDINACIÓN DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE CULTURA (INE)

Formulación y coordinación de la ejecución y evaluación de planes, programas y proyectos del INC

INC

37 COMISIONES DEPARTAMENTALES Y REGIONALES DE CARRERA DOCENTE

Conocer y resolver, en primera instancia, los casos presentados en su jurisdicción de conformidad a lo estipulado en la Ley de Carrera docente y su Reglamento

MECD

38 CONSEJOS DEPARTAMENTALES DE SALUD

Órgano de consulta, asesoría y control social de la gestión de salud en cada departamento del país

MINSA

39 CONSEJOS MUNICIPALES DE SALUD

Órgano de consulta, asesoría y control social de la gestión de salud en cada municipio del país

MINSA

Gobernabilidad (7)

40 CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD Y EDUCACIÓN VIAL

Órgano consultivo, asesor de la Policía Nacional en su función de autoridad de aplicación de la Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito

MIGOB, a través de la Policía Nacional

41 CONSEJO NACIONAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Garantizar y velar por el efectivo cumplimiento y aplicación de las disposiciones sobre participación ciudadana establece la Ley de Participación Ciudadana, así como cualquier otra ley que se refiera a la participación ciudadana, referidas a la formulación de propuestas de normas, políticas y procedimientos

Presidencia

42 SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES

Instancia rectora y encargada de establecer las políticas, planificación, dirección y coordinación del SINAPRED en todas sus actividades

Presidencia

43 CONSEJOS DEPARTAMENTALES Y REGIONALES DE LUCHA CONTRA LAS DROGAS

Órgano rector del Estado para la elaboración, impulso y evaluación de políticas de carácter integral sobre las materias que regula la Ley 285; en su ámbito territorial

MIGOB

44 COMISIÓN NACIONAL PARA LA APLICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

Asesorar y respaldar lo relativo a la firma y ratificación o adhesión de los tratados de derecho humanitario, a la incorporación del mismo en el derecho interno y a la difusión de sus normas

MINREX

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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No. Denominación Objeto Vínculo institucional

45 CONSEJO DE DESARROLLO DEPARTAMENTAL

Instrumento consultivo de participación ciudadana para la formulación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en el ámbito departamental

Se define en el Decreto Ejecutivo creador de cada instancia. Son representantes de los Ministerios de Estado, de la Sociedad Civil o de los Gobiernos Locales respectivos.

46 COMITÉ DE DESARROLLO MUNICIPAL

Instancia de carácter consultivo del gobierno local, que coopera en la gestión y planificación del desarrollo económico y social de su territorio

Gobiernos Municipales

Económico (24)

47 CONSEJO NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES

Instancia consultiva de la Dirección de Defensa del Consumidor, cuyo objetivo principal es la promoción y defensa de los consumidores en todo el territorio nacional

MIFIC

48 CONSEJO NICARAGÜENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CONICYT)

Ente desconcentrado de carácter científico técnico, encargado de (a) Coordinar y promover el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, (b) Coordinar las acciones de las instituciones involucradas en el sector de Ciencia y Tecnología, y (c) Asesorar a la Presidencia en asuntos relacionados con la Ciencia y la Tecnología y en la definición de la política nacional de Ciencia y Tecnología

Presidencia/MIFIC

49 COMISIÓN NACIONAL DE PLAGUICIDAS, SUSTANCIAS TÓXICAS, PELIGROSAS Y OTRAS SIMILARES

Órgano de coordinación, asesoría, y consulta sobre los conflictos que surgieran entre el MAGFOR y demás órganos con atribuciones legales sobre el tema, y las personas naturales y jurídicas que practiquen la comercialización, importación, exportación y distribución de los productos y sustancias objeto de control y regulación

MAGFOR

50 COMISIÓN NACIONAL FORESTAL (CONAFOR)

Instancia y foro para la concertación social del sector forestal, con participación en la formulación, seguimiento, control y aprobación de la política, la estrategia y demás normativas que se aprueben en materia forestal

MAGFOR

51 COMISIÓN NACIONAL ARANCELARIA Y ADUANERA

Organismo auxiliar de asesoría en los ramos de Finanzas, Economía y Desarrollo con funciones establecidas en el CAUCA y la Legislación Centroamericana sobre el Valor Aduanero de las Mercancías

MHCP/DGA

52 COMISIÓN NACIONAL DE NORMALIZACIÓN TÉCNICA Y CALIDAD

Organismo coordinador de las políticas y programas en el ámbito de normalización técnica y certificación de calidad de productos y servicios

MIFIC

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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No. Denominación Objeto Vínculo institucional

53 COMISIÓN NACIONAL DE METROLOGÍA

Organismo coordinador de la política del Sistema Nacional de Metrología

MIFIC

54 COMISIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES

Encargada de la aplicación de la Ley 382 y su Reglamento; instancia superior de políticas y administración del régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo y de formulación de propuestas para mejorar la promoción y la facilitación de las exportaciones

MIFIC

55 COMISIÓN NACIONAL DEL AMBIENTE

Foro de análisis, discusión y concertación de las políticas ambientales

MARENA

56 COMISIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

Funciones: (a) Realizar acciones que eduquen y concienticen a la población sobre la importancia y necesidad de conservar el medio ambiente y aprovechar racionalmente los recursos naturales del país; (b) Fomentar a nivel escolar y comunitario actividades que conduzcan a la protección de la naturaleza, contribuyan a mejorar la salud ambiental y la búsqueda de una mejor calidad de vida de los ciudadanos; (c) Desarrollar campañas para la conservación del Medio Ambiente, que fomenten actitudes positivas de parte de la sociedad nicaragüense; y (d) Presentar a la Presidencia en un plazo no mayor de un año (creada en junio 1994) la propuesta de Estrategia Nacional de Educación Ambiental

MARENA

57 COMISIÓN NACIONAL DEL AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL (CONAMOR)

Órgano asesor de la Presidencia para proponer la política nacional sobre medio ambiente y ordenamiento territorial en apoyo a una sana gestión ambiental y a un modelo económico sostenido

Presidencia

58 COMISIÓN DE TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

Recomendar al Presidente, los lineamientos básicos de la Política Comercial de Nicaragua, así como las estrategias, criterios e instrumentos fundamentales de negociación de tratados con países o regiones que favorezcan el crecimiento de las exportaciones nacionales y su posicionamiento competitivo en los mercados internacionales

Presidencia

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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No. Denominación Objeto Vínculo institucional

59 COMISIÓNES NACIONALES SECTORIALES MIPYME 1. CNS-MIPYME Panificadora 2. CNS-MIPYME Cuero-Calzado 3. CNS-MIPYME Textil-Vestuario 4. CNS-MIPYME Madera-Mueble 5. CNS-MIPYME Artesanías 6. CNS-MIPYME Agroindustria de Frutas, Vegetales y Cereales 7. CNS-MIPYME Turística 8. CNS-MIPYME Tecnología de Información y Comunicación

Promover el desarrollo estratégico, armónico y sostenido de la MIPYME, para fortalecer su competitividad e inserción en los mercados, como visión compartida de gobierno, empresarios y organismos que apoyan el desarrollo sectorial, a través de la formulación, ejecución y evaluación de políticas, programas, proyectos y acciones que promueva el Estado, en el ámbito económico y social de la micro, pequeña y mediana empresa, a nivel nacional, regional autónomo, departamental y local.

MIFIC/INPYME

60 COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL DE EMISIONES VEHICULARES

Instancia de coordinación sobre los requisitos y condiciones que deben reunir los vehículos automotores y los procedimientos normalizados para la medición de sus emisiones, con el fin de reducir la contaminación atmosférica por ellos producida

MARENA

61 COMISIÓN DEL OZONO Instancia de consulta y apoyo de la Oficina Técnica del Ozono, en la implementación del Protocolo de Montreal en Nicaragua, a fin de contribuir en la reducción gradual de las sustancias que agotan la capa de ozono

MARENA

62 COMISIÓN DE CAMBIOS CLIMÁTICOS

Instancia nacional de consulta sobre el tema, entre MARENA y las distintas instancias y sectores de la sociedad nicaragüense

MARENA

63 COMISIÓN DE ZONAS FRANCAS INDUSTRIALES DE EXPORTACIÓN

Órgano rector del Régimen de Zonas Francas Industriales de Exportación

MHCP

64 COMITÉ NACIONAL DEL HOMBRE Y LA BIOSFERA (Comité MAB)

Órgano nacional asesor de las Reservas de Biosfera

MARENA

65 COMISIÓN ESPECIAL PARA LA PROMOCIÓN DE INVERSIONES

Dirigir mediante la cooperación entre los sectores públicos y privados, el establecimiento de un sistema nacional de promoción capaz de atraer significativamente inversiones directas de firmas internacionales

Presidencia

66 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TURISMO (INTUR)

Dirección y administración superior de INTUR

INTUR

67 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE APOYO A LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (INPYME)

Órgano de dirección de las actividades y operaciones de INPYME

INPYME

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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No. Denominación Objeto Vínculo institucional

68 JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE FOMENTO COOPERATIVO (INFOCOOP)

Órgano rector del INFOCOOP, instituto con personalidad jurídica propia, autonomía administrativa y funcional, cuya función principal es ser organismo rector de la política nacional de protección, fomento y desarrollo cooperativo; con el objetivo principal de fomentar, promover, divulgar y apoyar el movimiento cooperativo a todos los niveles

INFOCOOP

69 CONSEJOS DEPARTAMENTALES Y REGIONALES DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

Coordinan sus planes y acciones con la Comisión Nacional de Educación Ambiental, a fin de llevar a cabo los programas y proyectos de índole nacional, además de las iniciativas propias que implementen en sus respectivas localidades en la materia que concierne

MARENA

70 CONSEJOS MUNICIPALES DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

Coordinan sus planes y acciones con la Comisión Nacional de Educación Ambiental, a fin de llevar a cabo los programas y proyectos de índole nacional, además de las iniciativas propias que implementen en sus respectivas localidades en la materia que concierne

MARENA

Laboral (5)

71 CONSEJO NACIONAL DEL TRABAJO

Organismo autónomo, independiente, consultivo y resolutivo, para institucionalizar el diálogo y propiciar la concertación entre los interlocutores del mundo del trabajo, como son: gobierno, trabajadores y empleadores, participando en la elaboración, ejecución y control de los planes económicos nacionales

MITRAB

72 CONSEJO NACIONAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL TRABAJO

Órgano de asesoramiento del gobierno en materia de protección y promoción de la seguridad y salud de los trabajadores en el desempeño de sus tareas, a través del cual participan en el mismo las Organizaciones Sindicales y Empresariales y la Administración Pública

MITRAB

73 COMISIÓN NACIONAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Y PROTECCIÓN DE ADOLESCENTES TRABAJADORES (CNEPTI)

Velar por la promoción y aplicación de las normas legales vigentes en materia de prevención y erradicación del trabajo infantil y protección de adolescentes trabajadores, enmarcada en la aplicación de las políticas públicas establecidas por CONAPINA

MITRAB

74 COMISIÓN NACIONAL DE SALARIO MÍNIMO

Fijación del salario mínimo MITRAB

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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No. Denominación Objeto Vínculo institucional

75 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO (INATEC)

Órgano de Dirección de las actividades y operaciones de INATEC

INATEC

Costa Atlántica (3)

76 COMISIÓN NACIONAL DE DEMARCACIÓN Y TITULACIÓN (CONADETI)

Instancia operativa en el proceso de demarcación y titulación de la propiedad comunal de las tierras de las comunidades indígenas y étnicas de la Costa Atlántica y las cuencas de los ríos Coco, Bocay, Indio y Maíz

Consejos Regionales

77 CONSEJO REGIONAL DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL (CORPES)

Instrumento consultivo de participación Ciudadana para la formulación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en el ámbito regional

Consejos Regionales

78 COMISIONES INTERSECTORIALES DE DEMARCACIÓN Y TITULACIÓN (CIDT)

Instancias operativas en el proceso de demarcación y titulación de la propiedad comunal de las tierras de las comunidades indígenas y étnicas de la Costa Atlántica y las cuencas de los ríos Coco, Bocay, Indio y Maíz

Consejos Regionales

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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CAPÍTULO III CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Conclusiones

1) En Nicaragua, los derechos de asociación y de participación están consagrados en la Constitución Política de la República y en diferentes leyes ordinarias e instrumentos internacionales debidamente ratificados. De ahí que, el componente formal del sistema jurídico nicaragüense tiene suficientes fundamentos legales para exigir el cumplimiento de esos derechos.

A pesar de ello, la reciente incorporación del derecho de participación y la falta de armonía de la legislación nacional en esta materia pueden estar causando incoherencia en el ejercicio de este derecho y debilidad en sus efectos.

2) Las instancias seleccionadas y estudiadas constituyen parte importante del

componente estructural requerido para hacer efectivo el ejercicio del derecho de participación, a través de los procedimientos establecidos para la aplicación del componente formal. La eficacia de estos procedimientos está determinada por la interrelación entre las funciones asignadas y los efectos jurídicos de la actuación de cada instancia. En tal sentido, es vital tener claridad respecto a la naturaleza de las instancias: no constituyen una red de organismos no gubernamentales o de la sociedad civil; son espacios mixtos que tratan de facilitar la incidencia ciudadana en la gestión estatal y tienen el valor agregado de su fundamento legal, incluso de rango constitucional como el CONPES.

3) La manera de actuar de las personas y las costumbres relativas al contenido

de la ley escrita son el componente político cultural del sistema jurídico. En Nicaragua, las prácticas participativas han creado los denominados “círculos virtuosos” para la democracia, por los cuales se estimula la participación y la responsabilidad para resolver o proponer respuestas a los problemas sociales; y que se manifiestan a través de la asociatividad y de la presencia ciudadana en diversas instancias.

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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Sin embargo, la naturaleza, la calidad y el ejercicio de esta participación ciudadana no están exentos de algunas contradicciones que limitan el pleno ejercicio de tal derecho:

� La participación prefabricada versus la auténtica. La primera se ejerce cuando la ciudadanía siente que participa para legitimar algo que ya está predeterminado por el poder público, y aunque lo avale, su capacidad de incidencia es nula o mínima. Pero dada la existencia de las instancias formales, la ciudadanía considera necesario hacer presencia en esos espacios, a los que asiste de forma voluntaria y gratuita.

� La representatividad versus la necesidad de reconocimiento. La participación ciudadana se caracteriza por su amplitud y pluralidad, pero en algunas ocasiones, la intermediación de organizaciones y sectores impide la participación directa de los grupos de base, restringiendo la posibilidad de que la mayoría sea representada en tales espacios de participación.

� Las motivaciones y necesidades de la población versus la moda de participar. La participación ciudadana debería estar sustentada en el contexto cultural y los requerimientos de la población; sin embargo, los intereses de las agencias de financiamiento y la falta de autonomía de quienes reciben la ayuda financiera, muchas veces son los factores que motivan la participación, produciendo efectos perversos que la desnaturalizan y debilitan.

4) Estas contradicciones limitan el cumplimiento del componente formall y la

aplicación del componente estructural, pues se requiere una visión diferente en la dimensión cultural que responda a las necesidades de la ciudadanía, mediante la observancia de las normas jurídicas y el uso adecuado de las instancias que garantizan la participación ciudadana. Una muestra de lo anterior es que, a pesar de la norma escrita y de la estructura y los procedimientos legales previstos, hay un vacío de articulación entre las instancias sectoriales y las territoriales (por ejemplo, entre el Consejo Nacional de Educación y las comisiones de educación de los CDM), así como entre las instancias sectoriales/territoriales y las deliberativas nacionales (CONPES, CONADES) De acuerdo a la visión generalizada de las personas entrevistadas, esto tiene su origen en varias razones: el desconocimiento de las normas creadoras de las instancias; la falta de apropiación de las funciones asignadas a las mismas; y la concepción individualista de la función pública; entre otras.

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- 30 -

La poca receptividad en los intentos de obtener información sobre el funcionamiento de las instancias hacen concluir, además, que las instituciones públicas no han desarrollado conciencia de ser “servidores públicos”, más bien continúan con la actitud tradicional de “empleados públicos”.

5) Si bien los cambios culturales requieren de esfuerzos sostenidos a largo

plazo, estos espacios público-privados ofrecen la oportunidad para crear sinergias y empatías entre actores con perspectivas diferentes.

Así, una valoración del CONPES en su Memoria del 5to. período de sesiones (2005-2009) expresa que se han visto resultados positivos en un relativo corto tiempo, ya que tanto en sus propias comisiones como en su incipiente nexo con los CDD, sus integrantes han establecido relaciones sustancialmente distintas a las tradicionales. Se afirma que desde la concertación de la agenda de las comisiones, a mediados de 2005, hasta el proceso de elaboración de Acción Ciudadana para el Próximo Quinquenio 2007-2011 en el 2006, la participación de funcionarios de línea y de técnicos del gobierno fue asidua y comprometida, tratando de lograr consensos con los representantes de los otros sectores.

Recomendaciones

1) Ante la numerosa cantidad de instancias formales de participación ciudadana, se hace necesario considerar la diversa naturaleza y contenido de los instrumentos legales vigentes que le dan sustento jurídico, a fin de lograr el mejor nivel de armonía funcional y coordinación entre las instancias que conforman el Sistema Nacional de Participación y Concertación.

2) Asimismo, hay que definir, demarcar y dar a conocer los alcances jurídicos de las instancias a sus integrantes, a fin de que dominen con entera propiedad el ámbito material de su actuación y los límites de su participación en el espacio correspondiente.

3) Resulta primordial continuar con el afianzamiento del Sistema Nacional de

Participación y Concertación, poniendo énfasis en fortalecer la presencia de los actuales participantes en las instancias formales y abrir éstas a organizaciones y sectores que hasta ahora no han tenido espacio. Igualmente, hay que lograr mayor conectividad, entrelazando los intereses sectoriales y territoriales hasta obtener el funcionamiento sistémico de las instancias del Sistema.

4) La elaboración del documento Acción Ciudadana para el Próximo

Quinquenio 2007-2011 fue un ejercicio importante para buscar consensos, ya que recoge las principales aspiraciones y propuestas expresadas por casi

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- 31 -

2,000 líderes, hombres y mujeres, representantes de diversos sectores de sociedad civil, quienes, en el marco del Sistema Nacional de Participación y Concertación, desarrollaron un proceso de discusión y consenso acerca de sus prioridades sectoriales y territoriales.

Ese trabajo y esas opiniones deben ser el sustento social de las instancias, así como las normas creadoras son su sustento legal; y por eso no se puede obviar el contenido de dicho documento en la priorización de acciones del Sistema.

5) Los sectores de la sociedad civil que participan en las instancias del Sistema

deben mejorar la calidad de su representatividad en estos espacios. Hay que desarrollar mayor capacidad de diálogo democrático y de incidencia; demandar y producir información pública, afinando los mecanismos de comunicación social para difundir esta información y facilitar la retroalimentación en los sectores que representan.

6) El Sistema Integrado de Gestión Administrativa y Financiera (SIGFA) tiene

como objetivos: programar, organizar, ejecutar y controlar la captación y uso de los recursos públicos, así como brindar información para apoyar la toma de decisiones en todos los niveles y mejorar la capacidad administrativa que impida su uso incorrecto.

El acuerdo del CONPES de poner a disposición de la sociedad civil la información presupuestaria nacional, a través del SIGFA, debe hacerse realidad. Ello requiere definir los mecanismos de acceso y las formas de utilización por parte de la sociedad civil.

7) Una condición que facilitaría la eficiencia del Sistema Nacional es que las

instancias formales de participación ciudadana tuvieran capacidad y autoridad para obtener, procesar y divulgar la información pública proveniente de las instituciones estatales, lo cual les permitiría una participación informada y de calidad. A tal efecto, es necesario que las organizaciones de la sociedad continúen realizando acciones de incidencia para lograr la aprobación de la Ley de Acceso a la Información Pública.

8) Es importante unificar criterios de clasificación de los sectores del Sistema

Nacional, para lo cual se recomienda tener como referencia las mesas sectoriales establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, que son: Salud, Educación, Producción y Competitividad, Infraestructura, Gobernabilidad (incluyendo Justicia y Seguridad Ciudadana), Protección Social; agregando a éstas los ejes transversales propuestos por el mismo Sistema: Equidad y Medio Ambiente.

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- 32 -

9) El Sistema Nacional debe evitar el peligro de que la participación ciudadana se institucionalice a tal grado que pierda su esencia: si bien las instancias están creadas por normas legales, se trata de espacios públicos-privados, con atribuciones que complementan las funciones públicas; y aun cuando la participación y actuación de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil tiene respaldo constitucional, ellos no son funcionarios públicos sino ciudadanos interesados en participar e incidir en la gestión estatal.

10) Finalmente, hay que recordar que en enero de 2001, el Gabinete Social

gubernamental aprobó la Política Nacional de Participación Ciudadana, que pretendía ser “el instrumento para la participación ciudadana en los asuntos públicos y la gestión estatal en beneficio de todos los nicaragüenses”. Esta política pública no ha sido asumida por ninguna institución gubernamental, mucho menos aplicada en su contenido y estrategia.

El Sistema Nacional de Participación y Concertación debe hacer uso de todos los instrumentos formales a su alcance –esta Política Nacional; las normas creadoras de las instancias; y el documento Acción Ciudadana para el próximo quinquenio 2007-2011, entre otros– a fin de reforzar el sustento legal y social para obtener mejores resultados e impacto de su acción.

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- 33 -

FUENTES DE INFORMACIÓN

� Constitución Política de la República de Nicaragua . Con las Reformas Constitucionales 2005. Hagamos Democracia. Año 2005.

� Ley de Participación Ciudadana. Ley Nº 475, publicada en La Gaceta, Diario Oficial,

Nº 241 del 19 de diciembre de 2003.

� Reglamento de la Ley de Participación Ciudadana. Decreto Nº 8-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, Nº 32 del 16 de febrero de 1004, y su Reforma por Decreto Nº 46-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, Nº 117 del 16 de junio de 2004.

� Decretos Ejecutivos Nº 49 al Nº 62. Publicados en La Gaceta, Diario Oficial, Nº 116 y 117

del 15 y 16 de junio de 2004.

� Colección del Diario Oficial, La Gaceta. 1980-2006. Centro de Derechos Constitucionales.

� Comentarios a la Constitución Política. Parte Dogmá tica. Centro de Derechos

Constitucionales – Asociación Derecho y Democracia. Managua, Nicaragua. 1994.

� La Participación Ciudadana en Nicaragua: Compendio Normativo. Eduardo Mangas y Alejandro Bravo, compiladores. Centro de Derechos Constitucionales y Hagamos Democracia. Febrero 2001.

� La Fuerza de la Gente. Prácticas Participativas en Nicaragua. Eduardo Mangas,

editor. Centro de Derechos Constitucionales y Hagamos Democracia. Diciembre 2000.

� Participación Ciudadana y Desarrollo Local. María Guadalupe Wallace Salinas. Centro de Derechos Constitucionales. Marzo 2002.

� Manual Básico del Servidor Público. Sergio J. Cuarezma Terán. Oficina de Ética

Pública. Julio 2002.

� Derechos Fundamentales y Participación Ciudadana. Eduardo Mangas. Centro de Derechos Constitucionales. Agosto 2002.

� Análisis de situación y contenido de la Política Na cional de Participación Ciudadana

y su relación con otros instrumentos de políticas p úblicas. Janira Vanesa Mayorga Cárcamo. Centro de Derechos Constitucionales. Septiembre 2003.

� Documentos de trabajo del Grupo Promotor de la Part icipación Ciudadana. 1999-

2004. Centro de Derechos Constitucionales.

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- 34 -

� Acción Ciudadana para el Próximo Quinquenio 2007-20 11. Propuestas y sugerencias desde la ciudadanía para fortalecer la democracia y el desarrollo en Nicaragua. CONPES.

� Memoria del 5to.período de sesiones. Consejo Nacion al de Planificación

Económica y Social. República de Nicaragua – Diciembre 2006 (en CD).

� Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010. Versión ofic ial.

� Sitios web: � Asamblea Nacional de la República de Nicaragua. � Presidencia de la República de Nicaragua. � Diario La Gaceta, Diario Oficial. � Diario La Prensa. � El Nuevo Diario. � Ministerio de Gobernación. � Ministerio de Hacienda y Crédito Público. � Ministerio de Fomento, Industria y Comercio. � Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales. � Ministerio del Trabajo. � Ministerio Agropecuario y Forestal. � Ministerio de Transporte e Infraestructura. � Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. � Ministerio de Salud. � Instituto Nicaragüense de Seguridad Social. � Instituto Nacional Tecnológico. � Policía Nacional. � Unidad de Coordinación del Programa de Reforma y Modernización del Sector

Público � Consejo Nacional de Planificación Económica y Social � Cámara de Comercio de Nicaragua. � Grupo Cívico Ética y Transparencia. � Red Probidad. � Coordinadora Civil � Movimiento Autónomo de Mujeres

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- i -

ANEXO 1 INFORME DE ACTIVIDADES

La Ley de Participación Ciudadana asigna al Consejo Nacional de Planificación Económica y Social (CONPES) la responsabilidad de ser el espacio donde se articulen los intereses sectoriales con las demandas de los territorios. A tal efecto, el CONPES está comprometido con la institucionalización del Sistema Nacional de Participación y Concertación, que trata de establecer mecanismos público-privados fluidos, entrelazando los intereses de los diferentes sectores con las prioridades de los territorios en todos sus niveles: nacional, regional, departamental y municipal. Para tal fin, es prioritario identificar y conocer las instancias formales de participación ciudadana. Por eso, la Secretaría Ejecutiva del CONPES solicitó al Programa de Transparencia de USAID/Nicaragua, y éste aprobó, la contratación de la consultoría Análisis jurídico-legal y estado de situación sobre el funcionamiento de diferentes instancias formales de participación ciudadana . Este Anexo contiene la descripción general de las actividades; un detalle de las actividades previstas y las actividades ejecutadas; las técnicas metodológicas utilizadas; y la lista de personas consultadas para realizar la consultoría. Según los Términos de Referencia, el objetivo de la consultoría es:

Elaborar un análisis jurídico-legal de las diferentes instancias formales de participación ciudadana vinculadas a los procesos de incidencia en las políticas públicas, con el propósito de conocer la eficacia de las normas legales creadoras y su aplicación práctica para el objeto que fueron aprobadas.

El resultado esperado de la consultoría es:

Un documento que contiene la matriz, el análisis jurídico-legal y las conclusiones y recomendaciones, que permitan el establecimiento de un sistema ordenado y coherente de participación ciudadana.

Las técnicas metodológicas utilizadas para lograr este producto fueron:

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- ii -

Investigación documental, que consistió en la recopilación y estudio de la documentación institucional entregada por el CONPES; así como en la búsqueda e inventario de las normas legales creadoras de las instancias formales, utilizando los sitios web de la Asamblea Nacional; de la Presidencia de la República y de las instituciones del Poder Ejecutivo; y del Diario Oficial, La Gaceta. Entrevistas individuales, realizadas con el propósito de comprender las perspectivas de las personas consultadas respecto al tema de la consultoría. Se efectuaron un total de veinte entrevistas a funcionarios y miembros consejeros del CONPES, personas pertenecientes a organizaciones de la sociedad civil y consultores independientes con experiencia en el tema (ver lista en este mismo Anexo). Entre los alcances de la consultoría estaba prevista la organización y facilitación de cinco talleres, uno con cada una de las Comisiones del CONPES, para discutir el documento final. Esta actividad no fue posible realizarla, debido a que los miembros del CONPES estuvieron dedicados a la elaboración de Acción Ciudadana para el próximo quinquenio 2007-2011 y posteriormente, a la preparación de la memoria institucional de sus actividades presentada el día 15 de diciembre recién pasado. A cambio, la Secretaría Ejecutiva del CONPES decidió que la consultora participara en las actividades del Consejo previstas del 27 de noviembre al 15 de diciembre del presente año, conforme calendario que forma parte de este Anexo. Igualmente, hay que aclarar que el plan de trabajo aprobado a la consultora, incluía actividades de trabajo de campo para conocer el estado de funcionamiento de las instancias identificadas. Si bien estas actividades se iniciaron, su resultado no dio frutos significativos; por lo que también la consultora, previa instrucción de la Secretaría Ejecutiva del CONPES, distribuyó el tiempo contratado en reforzar otras actividades, como aumentar el número de entrevistas programadas. Por último, también la consultora deja constancia del compromiso adquirido con la Secretaría Ejecutiva del CONPES al momento de aprobar el informe final, respecto a la presentación del mismo ante los miembros del CONPES y otras personas de su interés. Esta actividad no fue posible realizarla en este mes de diciembre de 2006, quedando diferida para enero de 2007. A continuación, se presenta el plan de actividades aprobado y el plan ejecutado.

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- iii -

Plan de trabajo previsto La consultoría se realizará en un período de cuarenta y cinco (45) días hábiles de ocho (8) horas cada uno, para un total de trescientos sesenta (360) horas, a partir de la firma del contrato, conforme la siguiente distribución de tiempo:

Actividades Nº horas

Reuniones con la Secretaría Ejecutiva del CONPES para: � aprobar el plan de trabajo y decidir forma de ejecución de la consultoría � presentar avances parciales y realizar ajustes periódicos sobre la marcha de la

consultoría � exponer el informe final y recoger sus sugerencias

4

16

4 Búsqueda, recopilación e inventario de las normas de creación de las instancias formales

50 Análisis preliminar del contenido de las normas creadoras, identificando las instituciones con las que tienen relación

40

Trabajo de campo para conocer el estado de funcionamiento de las instancias formales � Coordinaciones previas con instituciones públicas vinculadas a las instancias

formales (telefónicas/e-mail) � Visitas a las instituciones seleccionadas

12

84 Entrevistas a coordinadores de las comisiones de trabajo del CONPES (5 personas x 2 horas c/u)

10

Entrevistas a representantes de las instancias nacionales sectoriales correspondientes a las comisiones de trabajo del CONPES (5 personas x 2 horas c/u)

10

Procesamiento de la información recibida en las entrevistas realizadas 20

Participación en actividades de las comisiones de trabajo del CONPES y/o actividades indicadas por el CONPES

10

Preparación y realización de cinco talleres, uno por cada comisión permanentes del CONPES

20

Sistematización de los aportes obtenidos en los cinco talleres realizados con las comisiones permanentes del CONPES

10

Presentación ante los miembros del CONPES de los resultados de los talleres, una por comisión

10

Análisis final del contenido de las normas recopiladas, elaborando matriz que contenga el objeto y las funciones asignadas a las instancias formales

60

360

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- iv -

Plan de trabajo ejecutado La consultoría se realizó en un período de cuarenta y cinco (45) días hábiles de ocho (8) horas cada uno, para un total de trescientos sesenta (360) horas, a partir de la firma del contrato, conforme la siguiente distribución de tiempo:

Actividades Nº horas

Reuniones con la Secretaría Ejecutiva del CONPES para: � aprobar el plan de trabajo y decidir forma de ejecución de la consultoría � presentar avances parciales y realizar ajustes periódicos sobre la marcha de la

consultoría � exponer el informe final y recoger sus sugerencias

8

14 4

Búsqueda, recopilación e inventario de las normas de creación de las instancias formales 75 Análisis preliminar del contenido de las normas creadoras, identificando las instituciones con las que tienen relación

48

Trabajo de campo para conocer el estado de funcionamiento de las instancias formales � Coordinaciones previas con instituciones públicas vinculadas a las instancias

formales (telefónicas/e-mail) � Visitas a las instituciones seleccionadas

12

30 Entrevistas a miembros activos de las comisiones de trabajo del CONPES (10 personas x 2 horas c/u)

20

Entrevistas a informantes relacionados al trabajo del CONPES (10 personas x 2 horas c/u)

20

Procesamiento de la información recibida en el trabajo de campo y en las entrevistas 20 Participación en actividades de las comisiones de trabajo del CONPES y/o actividades indicadas por el CONPES

24

Análisis final del contenido de las normas recopiladas, elaborando matriz que contenga el objeto y las funciones asignadas a las instancias formales

60

335

Nota: Se prevén 30 horas (5 días x 6 horas), para la presentación de los resultados de esta consultoría a cada una de las comisiones del CONPES; actividad que está programada para el mes de enero de 2007.

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- v -

Lista de personas consultadas

Nombre Cargo Fecha

Violeta Granera Directora del Consejo Nacional de Planificación Económica y Social (CONPES)

14 de julio 2 de octubre 20 de octubre 20 de noviembre 5 de diciembre 11 de diciembre 15 de diciembre

Haydeé Castillo Flores Vice-Coordinadora del Consejo de Desarrollo Departamental de Nueva Segovia

3 de octubre (Ocotal)

Antonio Belli Director del Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible (CONADES)

25 de julio 2 de octubre

Ana Quirós Víquez Ex –Enlace Nacional de la Coordinadora Civil (CC) Ex - miembro del CONPES

13 de noviembre

Violeta Delgado Sarmiento Ex –Enlace Nacional de la Coordinadora Civil (CC) Representante de la Red de Mujeres contra la Violencia en el CONPES

15 de noviembre

Jorge Flores Castillo Asesor en incidencia en desarrollo cooperativo de CEPRODEL

15 de noviembre

Ximena Ramírez Representante del Congreso Permanente de Mujeres Empresarias de Nicaragua - Coordinadora de la Comisión Social del CONPES

20 de noviembre

Iván García Marenco Representante de la Coordinadora Civil ante el CONPES Miembro de las Comisiones Económica y de Gobernabilidad del CONPES

20 de noviembre

Mario Quintana Flores Enlace Nacional de la Coordinadora Civil (CC) 22 de noviembre

Mirna Moncada Consultora independiente con experiencia en evaluación y monitoreo de la ERCERP

22 de noviembre

Frank Mena Jiménez Representante de la Fundación Nicaragüense Orientación Cívica Coordinador de la Comisión de Gobernabilidad del CONPES

23 de noviembre

Miriam Hooker Coe Directora Ejecutiva de CEDEHCA, miembro del CORPES de la RAAS

23 de noviembre

Freddy Blandón Argeñal Jurista con especialidad en Derecho Administrativo. Asesor de la Cámara de Comercio de Nicaragua

23 de noviembre

Víctor Tirado López Coordinador de la Comisión de Producción del CONPES

27 de noviembre

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- vi -

Nombre Cargo Fecha

Juan Ramón Gámez Coordinador de la Comisión Económica del CONPES

28 de noviembre

Alta Hooker Coordinadora de la Comisión para Asuntos de la Costa Atlántica del CONPES

28 de noviembre

Socorro Rojas Cárdenas Miembro de la Comisión Social del CONPES 28 de noviembre

Nelly Miranda Miranda Consultora independiente con experiencia en gestión, formulación, ejecución y seguimiento de proyectos de contrapartes nacionales ante agencias internacionales

29 de noviembre

Azahálea Solís Román Representante del Movimiento Autónomo de Mujeres ante el CONPES

29 de noviembre

Gabriel Álvarez Argüello Jurista con especialidad en Derecho Constitucional 29 de noviembre

Mario Gutiérrez Miembro de la Comisión de Gobernabilidad del CONPES

2 de diciembre

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- viii -

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- i -

ANEXO 3 LISTAS DE INSTANCIAS POR VÍNCULO INSTITUCIONAL

Lista del subsistema sectorial Esta lista fue tomada del documento titulado “Sistema de participación ciudadana”, que forma parte de los documentos entregados por el CONPES a la consultora. Contiene 118 consejos, comités y comisiones; y fue elaborada con información proporcionada por cada institución del Poder Ejecutivo, a solicitud del CONPES para que diera a conocer las instancias en las que participa. Por eso es que hay 41 repeticiones, ya que una misma instancia aparece en varios ministerios; de manera que de las 118 enumeradas, realmente quedan 77, de las cuales 31 no cumplen con los criterios establecidos en esta consultoría de ser espacios públicos-privados con respaldo legal. En el imaginario colectivo de las organizaciones de la sociedad civil se afirma con frecuencia que “hay 108 instancias sectoriales de participación ciudadana”. Incluso en el documento Acción Ciudadana para el próximo quinquenio 2007-2011 (ver página 5), aparece el mismo número 108. La consultora tiene la siguiente hipótesis: este número 108 resulta de restar al número 118 (que es toda la lista) las 10 veces que aparece el Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible. Éste luego es excluido de la lista de instancias sectoriales porque junto con el CONPES, se le considera vértice del Sistema Nacional de Participación y Concertación. A continuación se reproduce esta lista:

II.- Subsistema sectorial Las diferentes instancias del Ejecutivo cuentan con consejos o comisiones nacionales de diálogo y concertación público - privada: 1. Ministerio de Gobernación

1.1. Comité Nacional del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres.

1.2. Comité Nacional para la implementación del “Plan Centroamericano de Cooperación Integral para Prevenir y Contrarrestar el Terrorismo y Actividades Conexas”

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- ii -

1.3. Comité Ejecutivo para la Reforma de la Administración Pública 1.4. Comisión Nicaragüense del SIDA 1.5. Comisión Nacional para la Aplicación del Derecho Internacional

Humanitario 1.6. Consejo Nacional de Lucha Contra las Drogas 1.7. Consejo Nacional de Atención y Protección Integral a la Niñez y la

Adolescencia 1.8. Consejo Nacional de Seguridad y Educación Vial 1.9. Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible 1.10. Consejo Consultivo Nacional de la Mujer 1.11. Consejo Nacional de Participación Ciudadana

2. Ministerio de Relaciones Exteriores 2.1. Comité Técnico de Deuda 2.2. Comité Interinstitucional de las Cuentas Nacionales de Salud 2.3. Comisión Técnica de Inversiones 2.4. Consejo Nicaragüense de Ciencia y Tecnología 2.5. Consejo Ejecutivo del Sistema de Estadística Nacional 2.6. Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible

3. Ministerio de Defensa 3.1. Comisión Nacional de Desminado 3.2. Comisión para la elaboración del Libro Blanco de la Defensa Nacional 3.3. Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible

4. Ministerio de Fomento, Industria y Comercio 4.1. Comisión Nacional para los TLC 4.2. Comisión Presidencial de Competitividad 4.3. Comisión Nacional de Energía 4.4. Comisión Nacional de Recursos Hídricos 4.5. Comisión Nacional CNPE 4.6. Comisión Nacional de Metrología 4.7. Comisión Sectorial para la Reforma de las Empresas Públicas 4.8. Comisión Especial para la Promoción de Inversiones 4.9. Comisión Nacional de Normalización, Técnica y Calidad 4.10. Comisión Nacional de Minería 4.11. Comisión de Administración del TLC con México 4.12. Comisión de Administración del TLC con Estados Unidos 4.13. Comisión Nacional de Pesca 4.14. Comisión Nacional de Salario Mínimo 4.15. Comisión Nacional de Seguridad Alimentaría y Nutrición 4.16. Comisión Nacional de Sanidad Agropecuaria 4.17. Comisión Nacional Forestal 4.18. Comisión Nacional del Ambiente 4.19. Comisión Interinstitucional para el mejoramiento del Comercio

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- iii -

4.20. Comisión Nacional Arancelaria y Aduanera 4.21. Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible

5. Ministerio de Educación Cultura y Deporte 5.1. Consejo de Educación 5.2. Consejo Nacional de Cultura y Arte 5.3. Consejo Nacional del Libro 5.4. Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible

6. Ministerio Agropecuario y Forestal

6.1. Consejo Nacional Agropecuario 6.2. Comisión Nacional de Fomento Rural 6.3. Comisión Nacional Ganadera 6.4. Comisión Nacional Forestal 6.5. Comisión Nacional Agraria 6.6. Comisión Nacional de Fomento Rural 6.7. Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible

7. Ministerio de Salud 7.1. Comisión Nacional de Lactancia Materna 7.2. Comisión Nacional de Mortalidad Maternal y Perinatal 7.3. Comisión Nacional de Desminado 7.4. Comisión Nacional de Seguridad Alimentaría y Nutricional 7.5. Comisión de Recursos Hídricos 7.6. Comisión Nacional de Agua y alcantarillado Sanitario (CONAPAS) 7.7. Comisión Nacional de Plaguicidas (CNP) 7.8. Comisión Nacional de Erradicación del Trabajo Infantil… 7.9. Comisión Nacional para la Aplicación del Derecho Internacional

Humanitario 7.10. Comité Nacional del Sistema Nacional para la Prevención Mitigación y

Atención de Desastres 7.11. Consejo Directivo del Instituto Nicaragüense (INTUR) 7.12. Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible (CONADES) 7.13. Consejo Nacional de Prevención, Rehabilitación y Equipamiento de las

Personas Discapacitadas 7.14. Consejo Nacional de Salud

8. Ministerio del Trabajo

8.1. Comisión Nacional para la Regulación y Control de Plaguicidas, Sustancias Tóxicas peligrosas y otras similares.

8.2. Comisión Nacional de Energía Atómica 8.3. Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad 8.4. Comisión Nicaragüense del SIDA 8.5. Comisión Nacional para la Prevención Mitigación y Atención de

Desastres

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- iv -

8.6. Comisión Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil y Protección del Adolescente Trabajador

8.7. Comisión Departamental de la Ley de Carrera Docente 8.8. Comisión Central de Cooperativas de Ahorro y Crédito Financiera

Nicaragua R.L. 8.9. Comisión Interinstitucional para la Revisión al Proyecto de la Ley

General de Cooperativas 8.10. Comisión Nacional de Lucha contra la Mortalidad Maternal y Perinatal 8.11. Comisión Nacional del Salario Mínimo 8.12. Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible 8.13. Consejo Nacional de Salud 8.14. Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo

9. Ministerio del Ambiente y de los Recursos Natura les

9.1. Comisión del Ambiente 9.2. Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible 9.3. Comisión Nacional de Educación Ambiental. 9.4. Comisión Reserva de Biosfera del Sureste de Nicaragua. 9.5. Comisión Nacional de la Reserva de Biosfera Bosawas. 9.6. Comisión Nacional de Cambios Climáticos. 9.7. Comisión del Ozono. 9.8. Comisión de Emisiones vehiculares. 9.9. Comisión Sectorial del Ambiente. 9.10. Comisión Sectorial de Fenómenos Naturales. 9.11. Comisión Nacional de Recursos Hídricos. 9.12. Comisión Nacional de Minería 9.13. Comisión Interinstitucional de Mujer y Desarrollo Rural. 9.14. Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura 9.15. Comisión Nacional Forestal CONAFOR 9.16. Comisión de la Cuenca del Lago de Managua 9.17. Comisión Nacional de Población. 9.18. Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad 9.19. Comisión Sectorial para la Descentralización. 9.20. Comisión Nacional de la Juventud 9.21. Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONYCIT)

10. Ministerio de la Familia

10.1. Consejo Nacional Atención Integral a la Niñez y Adolescencia 10.2. Consejo Nacional del Adulto Mayor 10.3. Consejo Nacional de Población

11. Ministerio de Transporte e Infraestructura

11.1. Comisión de Emisiones vehiculares 11.2. Comisión Sectorial del Ambiente 11.3. Comisión Nacional de Recursos Hídricos

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

- v -

11.4. Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura 11.5. Comisión de la Cuenca del Lago de Managua 11.6. Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad

12. Ministerio de Hacienda y Crédito Publico 12.1. Comisión Reserva de Biosfera del Sureste de Nicaragua

13. Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal

13.1. Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil… 13.2. Comisión Nacional de Lucha contra la Violencia 13.3. Comisión Interinstitucional de Mujer y Desarrollo Rural 13.4. Comisión Sectorial para la Descentralización 13.5. Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible 13.6. Consejo Directivo del Fondo de Mantenimiento Vial 13.7. Consejo Directivo del Fondo de Inversión Social de Emergencia

Lista de instancias formales seleccionadas La depuración de la lista del subsistema sectorial (118 instancias) produjo un número de 46 instancias que sí cumplían los criterios ya señalados. A éstas se agregaron 32 más, resultantes de la recopilación e inventario realizados, para un total de 78 instancias formales de participación ciudadana seleccionadas en este informe final. A continuación se reproduce esta lista: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA 01 CONSEJO NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL (CONPES) 02 CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO SOSTENIBLE (CONADES) 03 COMISIÓN NACIONAL AGRARIA 04 COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA (CNE) 05 COMISIÓN DE COMPETITIVIDAD 06 CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LA NIÑEZ Y LA

ADOLESCENCIA Y LA DEFENSORÍA DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (CONAPINA)

07 COMISIÓN NACIONAL DE LA JUVENTUD 08 CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL DE EMERGENCIA

(FISE) 09 CONSEJO NACIONAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 10 SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y ATENCIÓN DE

DESASTRES 11 CONSEJO NICARAGÜENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CONICYT) (También con

MIFIC) 12 COMISIÓN NACIONAL DEL AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

(CONAMOR) 13 COMISIÓN DE TRATADOS DE LIBRE COMERCIO 14 CONSEJO DIRECTIVO DE LA COMISIÓN ESPECIAL PARA LA PROMOCIÓN DE

INVERSIONES

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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MINISTERIO DE GOBERNACIÓN 15 CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD Y EDUCACIÓN VIAL 16 CONSEJOS DEPARTAMENTALES Y REGIONALES DE LUCHA CONTRA LAS

DROGAS MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 17 COMISIÓN NACIONAL PARA LA APLICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL

HUMANITARIO MINISTERIO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO 18 CONSEJO NACIONAL DEL CAFÉ 19 COMISIÓN NACIONAL DE MINERÍA 20 COMISIÓN NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA (CONAPESCA) 21 CONSEJO NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS

CONSUMIDORES 22 COMISIÓN NACIONAL DE NORMALIZACIÓN TÉCNICA Y CALIDAD 23 COMISIÓN NACIONAL DE METROLOGÍA 24 COMISIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES 25 COMISIONES NACIONALES SECTORIALES MIPYME 26 COMISIÓN DE ZONAS FRANCAS INDUSTRIALES DE EXPORTACIÓN (También con

MHCP) 27 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE APOYO A LA

PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (INPYME) MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES 28 CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN 29 CONSEJO NACIONAL DEL LIBRO 30 COMISIONES DEPARTAMENTALES Y REGIONALES DE CARRERA DOCENTE MINISTERIO AGROPECUARIO Y FORESTAL 31 CONSEJO NACIONAL DE SEMILLAS 32 COMISIÓN NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA (CONASA) 33 COMISIÓN NACIONAL DE PLAGUICIDAS, SUSTANCIAS TÓXICAS, PELIGROSAS Y

OTRAS SIMILARES 34 COMISIÓN NACIONAL FORESTAL (CONAFOR) MINISTERIO DE SALUD 35 CONSEJO NACIONAL DE SALUD 36 CONSEJO NACIONAL DE PREVENCIÓN, REHABILITACIÓN Y EQUIPARACIÓN DE

OPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 37 COMISIÓN NICARAGÜENSE DEL SIDA (CONISIDA) 38 COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA 39 COMISIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA LACTANCIA MATERNA 40 COMISIÓN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA MORTALIDAD MATERNA Y

PERINATAL 41 CONSEJOS DEPARTAMENTALES DE SALUD 42 CONSEJOS MUNICIPALES DE SALUD

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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MINISTERIO DEL TRABAJO 43 CONSEJO NACIONAL DEL TRABAJO 44 CONSEJO NACIONAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL TRABAJO 45 COMISIÓN NACIONAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Y

PROTECCIÓN DE ADOLESCENTES TRABAJADORES (CNEPTI) 46 COMISIÓN NACIONAL DE SALARIO MÍNIMO 47 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO (INATEC) MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES 48 COMISIÓN NACIONAL DEL AMBIENTE 49 COMISIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL 50 COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL DE EMISIONES VEHICULARES 51 COMISIÓN DEL OZONO 52 COMISIÓN DE CAMBIOS CLIMÁTICOS 53 COMITÉ NACIONAL DEL HOMBRE Y LA BIOSFERA (Comité MAB) 54 CONSEJOS DEPARTAMENTALES Y REGIONALES DE EDUCACIÓN AMBIENTAL 55 CONSEJOS MUNICIPALES DE EDUCACIÓN AMBIENTAL MINISTERIO DE LA FAMILIA 56 CONSEJO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR 57 COMISIÓN NACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER, NIÑEZ Y

ADOLESCENCIA MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA 58 CONSEJO NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE (CNTT) 59 CONSEJO NACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (CONACON) 60 CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO DE MANTENIMIENTO VIAL 61 CONSEJO MUNICIPAL DE TRANSPORTE (CMT) MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 62 COMISIÓN NACIONAL ARANCELARIA Y ADUANERA INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA 63 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TECNOLOGÍA

AGROPECUARIA (INTA) INSTITUTO DE LA VIVIENDA URBANA Y RURAL 64 CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA 65 JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA URBANA Y RURAL (INVUR) INSTITUTO NICARAGÜENSE DE CULTURA 66 CONSEJO NACIONAL DE TEATRO 67 CONSEJO DE COORDINACIÓN DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE CULTURA INSTITUTO NICARAGÜENSE DE JUVENTUD Y DEPORTES 68 CONSEJO NACIONAL DEL DEPORTE, LA EDUCACIÓN FÍSICA Y LA RECREACIÓN

FÍSICA

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Análisis jurídico legal de instancias formales de participación ciudadana

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INSTITUTO NICARAGÜENSE DE LA MUJER 69 CONSEJO CONSULTIVO NACIONAL DE LA MUJER 70 COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA MUJER Y DESARROLLO RURAL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE SEGURIDAD SOCIAL 71 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE SEGURIDAD SOCIAL

(INSS) INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TURISMO 72 CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TURISMO (INTUR) INSTITUTO DE FOMENTO COOPERATIVO 73 JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE FOMENTO COOPERATIVO (INFOCOOP) INSTANCIAS TERRITORIALES 74 CONSEJO DE DESARROLLO DEPARTAMENTAL 75 COMITÉ DE DESARROLLO MUNICIPAL 76 COMISIÓN NACIONAL DE DEMARCACIÓN Y TITULACIÓN (CONADETI) 77 CONSEJO REGIONAL DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL (CORPES) 78 COMISIONES INTERSECTORIALES DE DEMARCACIÓN Y TITULACIÓN (CIDT)