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EMPRESA AZUCARERA SAN BUENAVENTURA APROBADO POR R.A. N° 093/2017 DE 20 DE DICIEMBRE DE 2017 CODIGO DE ETICA

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EMPRESA AZUCARERA SAN BUENAVENTURA

APROBADO POR R.A. N° 093/2017 DE 20 DE

DICIEMBRE DE 2017

CODIGO DE ETICA

ESTABLECER LOS PRINCIPIOS DE CONDUCTA QUE DEBEN CUMPLIR EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES LOS(AS) SERVIDORES (AS) PUBLICOS (AS) DE LA EMPRESA AZUCARERA SAN BUENAVENTURA EN CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE

OBJETIVO

CPE

LEY 1178

LEY 2341 DE PROC. ADMINISTRATIVO

LEY 2027 ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PUBLICO

LEY 2104 MOD. DE LA LEY 2027

LEY 045 CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACION

D.S. 25749

D.S. 26237

D.S. 29820

D.S. 23318-A

D.S. 29894

D.S. 214

D.S. 0762 REGLAMENTO A LA LEY CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACION

D.S. 27113 REGLAMENTO A LA LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

D.S. 0637

RESOLUCION MINISTERIAL N° 722/2012 GUIA PARA LA ELABORACION DEL CODIGO DE ETICA

INSTITUCIONAL EMITIDO POR EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISION SOCIAL

R.I.P. (EASBA)

BASE LEGAL

QUE ES LA CONDUCTA???

Manera de comportarse una persona en una situación

determinada o en general.

En el caso de los principios inherentes a la sociedad plural

boliviana los mismos se encuentran insertos en el articulo 8 de

la Constitución Política del Estado

PRINCIPIOS- VALORES Y NORMAS DE

CONDUCTA

1. AMA QHILLA (NO SEAS FLOJO)

2. AMA LLULLA (NO SEAS MENTIROSO)

3. AMA SUWA (NO SEAS LADRON)

4. SUMA QAMAÑA (VIVIR BIEN)

5. ÑANDEREKO (VIDA ARMONIOSA)

6. TEKO KAVI (VIDA BUENA)

PRINCIPIOS ETICO - MORALES

LEGITIMIDAD

Los actos y las disposiciones públicos deben reunir requisitos de

ética y transparencia para la realización de toda actividad

operativa, administrativa y todos los actos relacionados con la

prestación de servicios, así como con la administración financiera,

contratación, manejo y disposiciones de bienes de la EASBA,

sujetándose a las leyes y normas vigentes.

LEGALIDAD

Los servidores públicos deben reunir requisitos de legalidad, ética

y transparencia para la realización de toda actividad operativa,

administrativa y todos los actos relacionados con la prestación de

servicios, así como con la administración financiera, contratación,

manejo y disposiciones de bienes de la empresa.

PRINCIPIOS

IMPARCIALIDAD

Los servidores públicos deben resolver peticiones y conflictos

en función de los intereses sociales y con justicia.

PUBLICIDAD

los actos de los servidores públicos no pueden estar al margen

del control social y tampoco requieren de solicitud expresa para

ser transparentes.

COMPROMISO E INTERES SOCIAL

Todo actos de los servidores públicos se desarrollara velando

por el buen servicio a la población, empatía y solidaridad

PRINCIPIOS

ETICA

Compromiso efectivo de los servidores públicos con principios y valores establecidos en la CPE, que lo conducen a un idóneo desempeño personal y laboral.

TRANSPARENCIA

Los servidores públicos deben mostrar claridad en sus actos, tratar de trascender hacia los demás para constituirse en un imperativo institucional digno de un Estado Plurinacional

IGUALDAD

Los servidores públicos deben brindar un trato equitativo a todos los ciudadanos a quienes prestan un servicio o tienen alguna petición ante la administración publica.

PRINCIPIOS

COMPETENCIA

Es el ejercicio de las funciones publicas con capacidad técnica y

ética, observando las normas y principios éticos inherentes al

ejercicio de su profesión.

EFICIENCIA

Cumplimiento de los objetivos y de las metas trazadas,

optimizando los recursos disponibles oportunamente.

PRINCIPIOS

CALIDEZ

Los servidores públicos deben tener un trato amable, cordial,

respetuoso y con amplio sentido de cooperación entre

servidores públicos en general y con la población que acude a la

Administración Publica en particular.

HONESTIDAD

Los servidores públicos han de actuar de una forma correcta en

el ejercicio de las funciones publicas con base en la verdad,

transparencia y justicia, manteniendo una conducta intachable y

honesta.

PRINCIPIOS

RESPONSABILIDAD

Los servidores públicos asumen plena responsabilidad por el

efecto que causen sus acciones y omisiones de los recursos

utilizados y los resultados emergentes del desempeño de sus

funciones.

RESULTADOS

Logro de los objetivos institucionales y la satisfacción de las

necesidades de la población.

PRINCIPIOS

UNIDAD

IGUALDAD

INCLUSION Y JUSTICIA SOCIAL

DIGNIDAD

SOLIDARIDAD

RECIPROCIDAD

RESPETO

COMPLEMENTARIEDAD

ARMONIA

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

EQUIDAD SOCIAL

VALORES

VALOR DE LA EFICIENCIA

UTILIZAR EL TIEMPO SIEMPRE REALIZANDO EL MEJOR ESFUERZO

INICIATIVA EN APLICACIÓN DE NORMAS MAS ECONOMICAS

HACER USO EFICIENTE DE LOS MATERIALES QUE ESTEN BAJO SU

RESPONSABILIDAD

CUMPLIR LAS METAS EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS

RESPONDER A SITUACIONES IMPREVISIBLES CON CAPACIDAD,

TRANSPARENCIA Y EFICACIA

VALORES DE LA ENTIDAD

VALOR DE HONESTIDAD

Los servidores públicos conducirán sus actos con:

Honradez, decoro, sinceridad, reconociendo méritos y

capacidad, absteniéndose de emitir criterios finales sin

objetividad, evidencias o indicios, utilizando medios lícitos y

permitidos para el logro de resultados.

VALORES DE LA ENTIDAD

VALOR DE FACILITACION

Los servidores públicos conducirán sus actos simplificando

normas y procedimientos, adoptando medidas y decisiones

oportunas, y evitando la interferencia en las atribuciones o

funciones de otro servidor publico, facilitando su investigación

para esclarecer incumplimientos al Código de Ética y

respetando la buena fe del ciudadano que requiere los servicios

de EASBA.

VALORES DE LA ENTIDAD

VALOR DE IDONEIDAD

Los servidores públicos conducirán sus actos con competencia y

excelencia profesional, observando las normas y principios

éticos inherentes al ejercicio de su profesión, con conocimiento

de la normativa vigente y aplicable de acuerdo a sus funciones

VALORES DE LA ENTIDAD

VALOR DE IMPARCIALIDAD

Los servidores públicos conducirán sus actos aplicando

uniformemente las leyes, normas y procedimientos, brindando

servicio bajo los mismos estándares de calidad para todos, sin

distinción alguna, otorgando un trato igualitario y sin

discriminación a los clientes usuarios y publico en general

otorgando trato preferencial a personas con discapacidad y

mayores de 65 años o mujeres embarazadas o con niños

menores.

VALORES DE LA ENTIDAD

VALOR DE INTEGRIDAD

Los servidores públicos conducirán sus actos actuando de buena

fe, transparencia y legitimidad moral, obrando sin perjuicios ni

premeditaciones que busquen un objetivo particular diferente o

ajeno al interés colectivo, respetando las buenas costumbres de

convivencia, absteniéndose de manifestar conductas de relación

de pareja, intimidad, compromiso o romance, absteniéndose de

ejercer intimidación, amenaza, represalia, persecución directa

o indirecta.

VALORES DE LA ENTIDAD

VALOR DE TRANSPARENCIA

Los servidores públicos conducirán sus actos reconociendo el

derecho de los ciudadanos al acceso a la información

gubernamental sin mas limite que el que imponga el interés

colectivo y los derechos particulares reconocidos por ley, dando

cumplimiento a las normas jurídicas que regulan el acceso a la

información gubernamental, permitiendo el acceso y brindando

la información necesaria ágil y oportuna.

VALORES DE LA ENTIDAD

VALOR DE RESPETO A LAS PERSONAS

Los servidores públicos conducirán sus actos tratando a todas las personas con equidad y sin ningún tipo de discriminación que haga distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de sexo, raza o religión, origen social u opinión política. Asimismo debe ser consciente del derecho de cada persona a su buen nombre y no participar en rumores que puedan dañar su buena imagen.

Debe ser prudente al expresar juicios en el manejo de la información personal que poseemos de autoridades, compañeros o dependientes nuestros.

Respeto al derecho a la l ibertad de opinión que tienen todas las personas , por lo que es deber escuchar con atención incluso a las personas que puedan discrepar de nosotros.

VALORES DE LA ENTIDAD

SUSCRIPCION DE COMPROMISO

Los servidores públicos de forma obligatoria, antes de su

incorporación, deben suscribir un compromiso de conducta

ética, la misma es extensible a las personas que ya prestan

funciones en la EASBA.

COMPROMISO-PROMOCION Y SANCIONES

La Unidad de Recursos Humanos y el Responsable de

Transparencia de la EASBA, serán responsables de establecer

mecanismos para promover la ética de los servidores públicos

que presten servicios en la EASBA, impulsando un clima

organizacional basado en el cumplimiento del presente Código y

los principios y valores establecidos en la CPE y otras

disposiciones relacionadas.

INSTANCIA DE PROMOCION DE LA ETICA

FUNCIONES TRANSPARENCIA

Capacitación continua en temas relativos a la ética.

Apoyo en el proceso de inducción de la ética en la función publica.

Implementación de mecanismos que aseguren la evaluación practica de las disposiciones del Código.

Recepción y tratamiento de las denuncias por vulneración a lo establecido en el presente código, realizadas por los servidores públicos de la empresa para su remisión a la autoridad competente.

Difusión periódica de principios y valores del Código de Ética Institucional al interior de la empresa.

RESPONSABILIDAD PROMOCION CODIGO DE

ETICA

DEFINICION DE AUTORIDAD

SERVIDOR PUBLICO QUE SEGÚN SU NIVEL JERARQUICO TIENE LA

RESPONSABILIDAD DE TOMAR DECISIONES, DIRIGIR A OTROS

SERVIDORES PUBLICOS Y ADMINISTRAR LOS RECURSOS DEL

ESTADO EN EL MARCO DE LOS PRINCIPIOS Y VALORES

DESCRITOS EN EL PRESENTE CODIGO DE ETICA.

EJERCICIO DE AUTORIDAD

Lograr e l respeto de ot ros servidores y del publ ico en general

Apl icar con pront i tud y opor tunidad los valores y normas de conducta

Actuar con imparcial idad en sus decis iones

Afrontar con serenidad los contrat iempos

Cumpl ir las obl igaciones con efic iencia y t ransparencia

Tomar decisiones de manera opor tuna y encontrar soluciones

Cooperar con sus dependientes prestando asistencia, guía y respaldo opor tunos.

Brindar atención a cualquier persona con cor tes ía, imparcial idad y respeto a sus derechos considerando sus legit imas demandas.

Respetar la independencia de otros serv idores públ icos quedando impedidos de induci r, inter fer i r. Inf lui r en e l t ratamiento, atención o so lución de casos, t ramites o asuntos de in terés par t icular

NORMAS DE CONDUCTA (AUTORIDAD)

DEFINICION

Toda situación o evento en que los intereses particulares,

directos o indirectos de algún servidor(a) publico(a)

contravenga con los de la sociedad, interfiriendo con los

deberes que le competen o lo lleven a actuar en su

desempeño por motivaciones diferentes al bien común o los

intereses de la EASBA

CONFLICTO DE INTERESES

DEBER DE ABSTENCION

Los servidores públicos que presten servicios en la EASBA,

deben abstenerse de mantener, fomentar o generar relaciones o

situaciones en cuyos hechos sus intereses personales, laborales

o económicos pudieran prevalecer o estar en conflicto .

CONFLICTO DE INTERESES

OBLIGACION DE COMUNICACIÓN Y EXCUSA

Todos los servidores públicos de la EASBA, sin importar su

jerarquía se encuentran obligados a comunicar en forma

expresa, escrita y oportuna a la MAE o autoridad competente y

tienen la obligación de excusarse o abstenerse de ejercer sus

funciones y competencias en todos aquellos casos en los que

exista conflicto de intereses.

CONFLICTO DE INTERESES

REGALOS BENEFICIOS Y GRATIFICACIONES

Son las cosas materiales e inmateriales ornamentales,

artísticas, artesanales u otras con valor económico

cuantificable, entregados a los servidores públicos.

En este tema existe conflicto de intereses cuando el servidor

publico acepta de cualquier persona individual o colectiva

publica o privada este tipo de obsequios, beneficios orientados

a favorecer directa o indirectamente las gestiones a su cargo o

hacer valer influencias en razón del cargo.

CONFLICTO DE INTERESES

Cuando se traten de cosas materiales e inmateriales que son

entregados a los servidores públicos en ocasión de

cumpleaños, otros de carácter familiar que no estén

orientados a favorecer o influir en la toma de decisiones de

los servidores públicos .

Cuando se trate de reconocimientos protocolares otorgados a

titulo personal (condecoraciones, medallas, galardones,

premios y/o distinciones)

Cuando se trate de incentivos, bonificaciones

EXCEPCIONES

Trato de favor hacia familiares, a los que se otorgan cargos o

empleos públicos con el mero hecho de serlo, sin tener en

cuenta otros méritos.

Las autoridades de la EASBA, deberán abstenerse de beneficiar

con nombramientos cuando exista parentesco hasta el 4to

grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

NEPOTISMO

INTERESES ECONOMICO Y RELACIONES COMERCIALES

Los intereses económicos se originan a partir de las relaciones

comerciales entre la entidad y los propietarios o accionistas que

ejercen control o son representantes de empresas u

organizaciones que prestan servicio o son proveedores de la

empresa.

INTERESES

CONFLICTOS DE INTERES

Se generan estos conflictos de interés cuando servidores

públicos de la EASBA, son familiares o personas afines a los

propietarios o representantes de las empresas que prestan

servicios o son proveedores de la Empresa.

Por lo que los servidores de la EASBA, deberán presentar

oportunamente su excusa de participar en decisiones o

recomendaciones en los procesos de contratación, procesos de

adquisición, alquiler de bienes, negociación de contratos de

obras o servicios de aprovisionamiento directa o indirectamente

CONFLICTOS

OTRAS SITUACIONES QUE GENERAN CONFLICTO DE INTERESES

Cuando el servidor publico desempeñe simultáneamente mas de

un cargo remunerado a tiempo completo

Cuando preste funciones publicas en la misma entidad, cuando

exista parentesco hasta el 4to grado de consanguinidad o 2do

de afinidad, vinculo matrimonial, unión libre o de hecho o de

adopción.

CONFLICTO DE INTERESES

POR VULNERACION A PRINCIPIOS Y VALORES

La Unidad de Transparencia de la EASBA, tomara conocimiento

de las denuncias por contravención al Código de Ética pudiendo

ser verbales o escritas.

La valoración de las pruebas serán hechas en el plazo de 10

días hábiles, debiendo remitirse mediante informe al Gerente

General a efectos que se remita a la Autoridad Legal

competente para su tratamiento en el marco de la

Responsabilidad por la función publica.

ATENCION DE DENUNCIAS

RESPONSABILIDAD DE DENUNCIAR

Ante el conocimiento de una conducta que vulnere el Código

de Ética, los servidores públicos tienen la obligación de

presentar denuncia correspondiente

Cuando sea denunciado el servidor publico de la Unidad de

Transparencia por vulneraciones al Código de Ética , se

pondrá en conocimiento del Gerente General , quien

designara al servidor publico para el tratamiento de la

denuncia.

RESPONSABILIDAD

CADA SERVIDOR PUBLICO DE LA EASBA, A CONOCIDO A

CABALIDAD NUESTRO CODIGO DE ETICA

ASIMISMO ESTE CODIGO AYUDA AL SERVIDOR PUBLICO A

REGULAR LOS PRINCIPIOS, VALORES Y NORMAS DE RESPETO

Y COMPORTAMIENTO DE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE

FORMAMOS PARTE DE ESTA INSTITUCION

POR LO QUE ES NECESARIO QUE CADA UNO DE LOS

SERVIDORES DE LA EASBA ADOPTEN ESTE CODIGO DE ETICA

COMO UNA ORIENTACION DE SU ACTUACION PERSONAL Y

PROFESIONAL.

CONCLUSIONES

QUE EL SERVIDOR PUBLICO INGRESE A LA PAGINA

INSTITUCIONAL

www. easba.gob.bo

Link: TRANSPARENCIA

CARPETA DE :REGLAMENTOS

INGRESE CODIGO DE ETICA EASBA

CON EL FIN DE CONOCER MAS A FONDO ESTE CODIGO QUE ES

IMPRESCINDIBLE EN NUESTRO RITMO DE TRABAJO.

RECOMENDACIONES