Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

20
ESCUELA: PONENTE: BIMESTRE: CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL CICLO: CIENCIAS JURÍDICAS II BIMESTRE Dr. José Aurelio Macas ABRIL – AGOSTO 2007

description

Universidad Técnica Particular de Loja Ciencias Jurídicas Código de Procedimiento Civil I II Bimestre Abril-Agosto 2007 Ponente: Dr. Aurelio Macas

Transcript of Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

Page 1: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

ESCUELA:

PONENTE:

BIMESTRE:

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

CICLO:

CIENCIAS JURÍDICAS

II BIMESTRE

Dr. José Aurelio Macas

ABRIL – AGOSTO 2007

Page 2: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

TEMA GENERAL: EL PROCESO CIVILTEMA GENERAL: EL PROCESO CIVIL

SUBTEMA: PARTES DEL PROCESO CIVILSUBTEMA: PARTES DEL PROCESO CIVIL

UNIDAD 1: DEMANDAUNIDAD 1: DEMANDAEs un acto e el que el demandante deduce su acciónEs un acto e el que el demandante deduce su acciónque ha de ser materia principal del fallo. que ha de ser materia principal del fallo.

ACCIÓN: Es a facultad y modo de acudir a la autoridadACCIÓN: Es a facultad y modo de acudir a la autoridadjudicial, para que haga efectivo los derechos subjetivos.judicial, para que haga efectivo los derechos subjetivos.

Sustantivas civiles: Reales y personales.Sustantivas civiles: Reales y personales.Procesales civiles: Declarativas, ejecutivas, sumarias,Procesales civiles: Declarativas, ejecutivas, sumarias, especiales. especiales.

Page 3: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

REQUISITOS DE LA DEMANDAREQUISITOS DE LA DEMANDA

Se encuentran establecidos en el Art. 67 del C.P.C.Se encuentran establecidos en el Art. 67 del C.P.C.

DOCUMENTOS DE LA DEMANDADOCUMENTOS DE LA DEMANDA Poder para intervenir en el juicio, en el caso de procuración Poder para intervenir en el juicio, en el caso de procuración

judicial.judicial. Prueba de representación de actor, si se tratase de persona Prueba de representación de actor, si se tratase de persona

natural incapaz o de persona jurídica.natural incapaz o de persona jurídica. Documentos y pruebas de carácter preparatorio que se pretende Documentos y pruebas de carácter preparatorio que se pretende

hacer valer en el juicio.hacer valer en el juicio. Los demás documentos exigidos de acuerdo al caso.Los demás documentos exigidos de acuerdo al caso.

CALIFICACIÓN DE LA DEMANDACALIFICACIÓN DE LA DEMANDA Si reúne los requisitos: el juez la aceptará a trámite.Si reúne los requisitos: el juez la aceptará a trámite. Si no reúne los requisitos: el juez la mandará a completar o Si no reúne los requisitos: el juez la mandará a completar o

aclarar.aclarar.

Page 4: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

2. CITACIÓN2. CITACIÓN

Es el acto por el cual se hace saber al demandado:Es el acto por el cual se hace saber al demandado: El contenido de la demanda.El contenido de la demanda. Del acto preparatorio.Del acto preparatorio.

CLASES DE CITACIÓN:CLASES DE CITACIÓN: Personal.Personal. Por boleta.Por boleta. Por la prensa.Por la prensa.

EFECTOS DE LA CITACIÓN:EFECTOS DE LA CITACIÓN: HORARIO EN QUE SE HORARIO EN QUE SE Dar prevención al juez.Dar prevención al juez. DEBE CITAR: Puede hacerse DEBE CITAR: Puede hacerse Interrumpir la prescripción.Interrumpir la prescripción. en días y horas inhábiles. en días y horas inhábiles. Constituir al deudor en mora.Constituir al deudor en mora.

Page 5: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

3. NOTIFICACIÓN3. NOTIFICACIÓN

Es el acto por el cual se pone en conocimiento de las partesEs el acto por el cual se pone en conocimiento de las partes

o de otras personas: providencias, autos y sentencias. o de otras personas: providencias, autos y sentencias.

HORARIO EN QUE SE DEBE NOTIFICARHORARIO EN QUE SE DEBE NOTIFICAR

Art. 88 inc. 1Art. 88 inc. 1

Desde las 8H00 hasta las 18H00, días laborables.Desde las 8H00 hasta las 18H00, días laborables.

Page 6: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

4. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA4. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA

Es la facultad que tiene el demandado para contradecir lasEs la facultad que tiene el demandado para contradecir laspretensiones del actor.pretensiones del actor.En la contestación de la demanda, el demandado puede:En la contestación de la demanda, el demandado puede:

Allanarse.Allanarse. Aceptar parcialmente o alegar y negar lo demás.Aceptar parcialmente o alegar y negar lo demás. Presentar excepciones dilatorias, como: incompetencia del Presentar excepciones dilatorias, como: incompetencia del

juez, falta de personería del actor.juez, falta de personería del actor. Presentar excepciones perentorias, como: extinción de la Presentar excepciones perentorias, como: extinción de la

obligación por uno de los modos expresados por el Código obligación por uno de los modos expresados por el Código Civil, cosa juzgada.Civil, cosa juzgada.

Negar totalmente las pretensiones del actor.Negar totalmente las pretensiones del actor. Reconvenir al demandante: es decir contrademandar. Reconvenir al demandante: es decir contrademandar.

Page 7: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

REQUISITOS DE LA CONTESTACIÓN DEMANDA:REQUISITOS DE LA CONTESTACIÓN DEMANDA:

Art. 102 C.P.C.Art. 102 C.P.C.

EFECTO DE LA FALTA DE CONTESTACIÓN:EFECTO DE LA FALTA DE CONTESTACIÓN:

Será apreciada por el juez como indicio en contra del Será apreciada por el juez como indicio en contra del demandado.demandado.

Se considerará como negativa simple de los fundamentos de Se considerará como negativa simple de los fundamentos de la demanda.la demanda.

Page 8: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

5. TRABAZÓN DE LA LITIS5. TRABAZÓN DE LA LITIS

Se traba la litis con:Se traba la litis con: La demanda.La demanda. La contestación de la demanda.La contestación de la demanda. La rebeldía del demandado.La rebeldía del demandado.

6. TERCERÍAS6. TERCERÍASEs la acción deducida por un tercer opositor, distinto del actor yEs la acción deducida por un tercer opositor, distinto del actor ydel demandado.del demandado.En cualquier juicio, puede ser oído un tercero a quién lasEn cualquier juicio, puede ser oído un tercero a quién lasprovidencias judiciales causaren perjuicio directo.providencias judiciales causaren perjuicio directo.En los juicios ordinarios y ejecutivo, se sustanciarán comoEn los juicios ordinarios y ejecutivo, se sustanciarán comoIncidentes y serán resueltas por el mismo juez que conoce loIncidentes y serán resueltas por el mismo juez que conoce loprincipal.principal.

Page 9: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

7. CONCILIACIÓN7. CONCILIACIÓN

En todo juicio, el juez debe procurar un entendimiento En todo juicio, el juez debe procurar un entendimiento conciliatorio entre las partes, a través de dos diligencias.conciliatorio entre las partes, a través de dos diligencias.

AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN: AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN: Se la ejerce por loSe la ejerce por logeneral en los sumarios.general en los sumarios.En esta diligencia se contesta la demanda.En esta diligencia se contesta la demanda.En el caso que no haya conciliación, el juez, abrirá la causa a En el caso que no haya conciliación, el juez, abrirá la causa a prueba.prueba.

JUNTA DE CONCILIACIÓN: Se la ejerce por lo general en losJUNTA DE CONCILIACIÓN: Se la ejerce por lo general en losJuicios ordinarios y ejecutivos.Juicios ordinarios y ejecutivos.Para esta diligencia, el demandado ya contestó la demanda porPara esta diligencia, el demandado ya contestó la demanda porescrito.escrito.Si no hay conciliación, el término de prueba se abrirá posteriorm.Si no hay conciliación, el término de prueba se abrirá posteriorm.

Page 10: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

8. PRUEBA8. PRUEBA

Las partes y eventualmente los terceros, deben demostrarLas partes y eventualmente los terceros, deben demostrarante el juez la existencia y veracidad de los hechos queante el juez la existencia y veracidad de los hechos quealegan.alegan.

CARGA DE LA PRUEBA:CARGA DE LA PRUEBA:Debe ser apreciada por el juez en su conjunto, de acuerdo conDebe ser apreciada por el juez en su conjunto, de acuerdo conlas reglas de la sana crítica.las reglas de la sana crítica.

OPORTUNIDAD DE LA PRUEBA:OPORTUNIDAD DE LA PRUEBA:Solo la prueba debidamente actuada, hace fe en juicio.Solo la prueba debidamente actuada, hace fe en juicio.

Page 11: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

PRÁCTICA DE LA PRUEBA:PRÁCTICA DE LA PRUEBA:

El juez, dentro del término respectivo, mandará que todas las El juez, dentro del término respectivo, mandará que todas las pruebas presentadas o pedidas, se practiquen con notificaciónpruebas presentadas o pedidas, se practiquen con notificacióncontraria.contraria.

MEDIOS DE PRUEBA:MEDIOS DE PRUEBA:

Confesión de parte.Confesión de parte. Instrumentos públicos o privados.Instrumentos públicos o privados. Declaraciones de testigos.Declaraciones de testigos. Inspección judicial.Inspección judicial. Dictámenes de peritos e intérpretes.Dictámenes de peritos e intérpretes.

Page 12: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

LA CONFESIÓN JUDICIAL COMO MEDIO DELA CONFESIÓN JUDICIAL COMO MEDIO DEPRUEBAPRUEBA

Es la declaración o reconocimiento que hace una personaEs la declaración o reconocimiento que hace una personacontra sí misma de la verdad de un hecho o la existencia de uncontra sí misma de la verdad de un hecho o la existencia de underecho.derecho.

OPORTUNIDAD DE LA CONFESIÓN JUDICIAL:OPORTUNIDAD DE LA CONFESIÓN JUDICIAL: El juez señalará día y hora para la diligencia.El juez señalará día y hora para la diligencia. El momento de la diligencia, abrirá el sobre cerrado y calificará El momento de la diligencia, abrirá el sobre cerrado y calificará

las preguntas.las preguntas.

VALOR PROBATORIO DE LA CONFESIÓN JUDICIAL: VALOR PROBATORIO DE LA CONFESIÓN JUDICIAL: LaLaconfesión judicial debidamente prestada en los juicios civiles, confesión judicial debidamente prestada en los juicios civiles, hace prueba contra el confesante, pero no contra terceros.hace prueba contra el confesante, pero no contra terceros.

Page 13: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

LA DECLARACIÓN DE TESTIGOS COMO MEDIO DE PRUEBALA DECLARACIÓN DE TESTIGOS COMO MEDIO DE PRUEBA

Los jueces y tribunales apreciarán la fuerza probatoria de losLos jueces y tribunales apreciarán la fuerza probatoria de los

testigos, conforme a las reglas de la sana crítica.testigos, conforme a las reglas de la sana crítica.

REQUISITOS PARA SER TESTIGO IDÓNEO:REQUISITOS PARA SER TESTIGO IDÓNEO: Edad.Edad. Probidad.Probidad. Conocimiento.Conocimiento. Imparcialidad.Imparcialidad.

Page 14: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

PROCEDIMIENTO PARA LA PRUEBA TESTIMONIAL: PROCEDIMIENTO PARA LA PRUEBA TESTIMONIAL: La parte La parte interesada, presentará al juez la nómina de testigos que deben declarar y el interesada, presentará al juez la nómina de testigos que deben declarar y el interrogatorio correspondiente.interrogatorio correspondiente.

El juez ordenará que la solicitud sea comunicada a la otra parte.El juez ordenará que la solicitud sea comunicada a la otra parte.No se admitirán más de seis testigos para acreditar un hecho.No se admitirán más de seis testigos para acreditar un hecho.Las preguntas y repreguntas no podrán pasar del número de treinta.Las preguntas y repreguntas no podrán pasar del número de treinta.

LA INSPECCIÓN JUDICIAL COMO MEDIO DE PRUEBA.LA INSPECCIÓN JUDICIAL COMO MEDIO DE PRUEBA.Es el examen o el reconocimiento que hace el juez, de la cosa Es el examen o el reconocimiento que hace el juez, de la cosa

litigiosa, para juzgar de su estado y circunstancia.litigiosa, para juzgar de su estado y circunstancia.

Page 15: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

PROCEDIMIENTO PARA LA DILIGENCIA: PROCEDIMIENTO PARA LA DILIGENCIA: El día y hora El día y hora señalados para la diligencia, el juez concurrirá al lugar de la señalados para la diligencia, el juez concurrirá al lugar de la inspección judicial y oirá la exposición verbal de los interesados, inspección judicial y oirá la exposición verbal de los interesados, reconocerá la cosa litigiosa y extenderá el acta correspondiente.reconocerá la cosa litigiosa y extenderá el acta correspondiente.

CASOS EN QUE LA INSPECCIÓN CONSTITUYE PRUEBA:CASOS EN QUE LA INSPECCIÓN CONSTITUYE PRUEBA:

En los asuntos que versen sobre:En los asuntos que versen sobre: Localidades.Localidades. Linderos.Linderos. Asuntos que demanden examen ocular o conocimientos Asuntos que demanden examen ocular o conocimientos

especiales.especiales.

Page 16: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

9. SENTENCIA9. SENTENCIA

Es la declaración del juez acerca del asunto principal del juicio.Es la declaración del juez acerca del asunto principal del juicio.En la sentencia, el juez debe decidir únicamente los puntos sobre En la sentencia, el juez debe decidir únicamente los puntos sobre que se trabó la litis y los incidentes.que se trabó la litis y los incidentes.

CONTENIDO DE LA SENTENCIACONTENIDO DE LA SENTENCIA: La sentencia expresará: La sentencia expresará

con claridad lo que se mande o resuelva y contendrá:con claridad lo que se mande o resuelva y contendrá: La parte expositiva.La parte expositiva. La parte considerativa.La parte considerativa. La parte resolutiva.La parte resolutiva.

Page 17: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

IRREVOCABILIDAD DE LA SENTENCIA: IRREVOCABILIDAD DE LA SENTENCIA: El juez que dictó la El juez que dictó la sentencia, no puede revocarla ni alterar su sentido en ningún sentencia, no puede revocarla ni alterar su sentido en ningún caso.caso.Podrá aclararla o ampliarla, si alguna de las partes lo solicita Podrá aclararla o ampliarla, si alguna de las partes lo solicita dentro del término de tres días. dentro del término de tres días.

CAUSAS EN QUE SE EJECUTORÌA LA SENTENCIACAUSAS EN QUE SE EJECUTORÌA LA SENTENCIA: : 2.2. Por no haber recurrido de ella, dentro del término legal.Por no haber recurrido de ella, dentro del término legal.3.3. Por haberse desistido del recurso interpuesto.Por haberse desistido del recurso interpuesto.4.4. Por haberse declarado desierto el recurso.Por haberse declarado desierto el recurso.5.5. Por haberse declarado abandonada la instancia o el Por haberse declarado abandonada la instancia o el

recurso.recurso.6.6. Por haberse decidido de causa en última instancia.Por haberse decidido de causa en última instancia.

Page 18: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

10. RECURSOS:10. RECURSOS:

APELACIÓN: APELACIÓN: Es la reclamación que alguna de las partes litigantes Es la reclamación que alguna de las partes litigantes hace al juez o tribunal superior, para que revoque o reforme la hace al juez o tribunal superior, para que revoque o reforme la sentencia.sentencia.

TÉRMINO PARA INTERPONERLOTÉRMINO PARA INTERPONERLO: Dentro de tres días de: Dentro de tres días de

notificado.notificado.

ANTE QUIÉN SE APELAANTE QUIÉN SE APELA: Ante el juez cuya resolución se : Ante el juez cuya resolución se

apela.apela.

Page 19: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)

ADHESIÓN DE LA APELACIÓN: ADHESIÓN DE LA APELACIÓN: Si una de las partes hubiere Si una de las partes hubiere apelado, la otra podrá adherirse a la apelación ante el juez a quo apelado, la otra podrá adherirse a la apelación ante el juez a quo o ante el superior.o ante el superior.

DE HECHODE HECHO: Denegado el recurso de apelación se podrá : Denegado el recurso de apelación se podrá interponer ante el mismo juez, el recurso de hecho, entro delinterponer ante el mismo juez, el recurso de hecho, entro deltérmino de tres días de notificada la negativa.término de tres días de notificada la negativa.

OBLIGACIÓN DEL JUEZ A QUOOBLIGACIÓN DEL JUEZ A QUO: Sin calificar la legalidad o : Sin calificar la legalidad o ilegalidad del recurso, elevará el proceso al superior.ilegalidad del recurso, elevará el proceso al superior.

Page 20: Código de Procedimiento Civil I( II Bimestre)