Código de Trabajo

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INTRODUCCIÓN El proyecto de Código Orgánico de Relaciones Laborales del Ejecutivo amplía las modalidades de trabajo y especifica los derechos y obligaciones de las partes en ciertas actividades. Expertos en temas laborales coinciden en que esta “actualización” era necesaria desde hace muchos años, pero anticipan que el cumplimiento de la legislación también pasa por mejorar los controles. El actual Código hace referencia a seis modalidades, que son: servicio doméstico, trabajo a domicilio, artesanos, empleados privados, trabajo en empresas de transporte y trabajo agrícola. Además, beneficios laborales para trabajadores o trabajadoras sexuales, mantenimiento de comedores, servicio médico y trabajo social para los trabajadores, bonificación por terminación de contrato y fondo global de jubilación patronal y sindicato por rama de actividad son los cinco temas que el Ejecutivo deja ‘en suspenso’ en la propuesta borrador de Código de Relaciones Laborales. 1

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INTRODUCCIÓN

El proyecto de Código Orgánico de Relaciones Laborales del Ejecutivo amplía las modalidades de trabajo y especifica los derechos y obligaciones de las partes en ciertas actividades. Expertos en temas laborales coinciden en que esta “actualización” era necesaria desde hace muchos años, pero anticipan que el cumplimiento de la legislación también pasa por mejorar los controles.

El actual Código hace referencia a seis modalidades, que son: servicio doméstico, trabajo a domicilio, artesanos, empleados privados, trabajo en empresas de transporte y trabajo agrícola. Además, beneficios laborales para trabajadores o trabajadoras sexuales, mantenimiento de comedores, servicio médico y trabajo social para los trabajadores, bonificación por terminación de contrato y fondo global de jubilación patronal y sindicato por rama de actividad son los cinco temas que el Ejecutivo deja ‘en suspenso’ en la propuesta borrador de Código de Relaciones Laborales.

CÓDIGO DEL TRABAJO: LAS 14 REFORMAS QUE DEBE CONOCER

El nuevo código cambia la relación empleado-empleador

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El derecho a la huelga, la creación de sindicatos por áreas de trabajo, mayor protección a la mujer embarazada y nuevos procedimientos judiciales están entre las propuestas. Dos años le tomó al Ministerio de Relaciones Laborales redactar el proyecto que busca reemplazar al actual Código de Trabajo, vigente desde 1938. En abril la normativa llegó a manos del presidente Rafael Correa y ahora la Comisión de Derechos de los Trabajadores es la encargada de su socialización, modificación y debate para que después pase al pleno.

La Confederación Sindical de Trabajadores del Ecuador, mediante un comunicado difundido la semana pasada, dijo que el proyecto se realizó sin la participación de los trabajadores. Jaime Arcineagas, presidente de la organización, añadió que no se entregó el proyecto a los trabajadores para su revisión, solo se les convocó a la reunión.

1. DÉCIMOS SUELDOS LA MENSUALIZACIÓN DE LOS SALARIOS

Con esta medida se busca aumentar la liquidez en el país. Para los trabajadores del sector público será una medida obligatoria, mientras que para los del sector privado será opcional. El décimo tercero, conocido también como bono navideño, es un sueldo completo que se recibe en diciembre. Por otro lado, el décimo cuarto es una remuneración básica que se recibe en agosto en la Sierra y la Amazonía y en febrero en la Costa.

Se estima que solo en el sector público la cifra de estas remuneraciones supera los $80 000 millones. Algunos aseguran que sería algo bueno, ya que se podría ahorrar los décimos y acumular intereses. Pero hay otros que consideran que se volverá dinero de bolsillo.

Ventajas para el trabajador

Si se aprueba la mensualización de los décimos los trabajadores podrán hacer uso de estos mensualmente.

Ventajas para el empleador

Podrá ir realizando una provisión mensualmente de manera que no afecte la economía a la empresa.

Desventajas para el trabajador

El trabajador no realizará un ahorro de estos beneficios sino que los gastará, sin tener en cuenta que ya no recibirá los décimos en forma acumulada.

Desventajas para el empleador

En el sector privado es potestad de cada trabajador que el pago sea mensualizado, mientras que en sector público es obligatorio.

2. SINDICATOS SECTORIALES

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Las agrupaciones nacionales para todos

La directiva de los sindicatos será elegida por voto secreto. El Código plantea que se realicen veedurías a los procesos de elecciones a través del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Se busca que todos los trabajadores del país pertenezcan a un sindicato, por lo que se crearan sindicatos nacionales por áreas de trabajo. El nuevo Código introduce la figura del Sindicato y la Contratación Colectiva por Rama de Actividad, tomando las 22 ramas establecidas para el Consejo Nacional de Remuneraciones Conades.

Con la medida se busca que la mayoría de los trabajadores puedan entrar en la modalidad de contratos colectivos y homologar el sueldo mínimo por áreas. Además de poder contar con los demás beneficios que ofrecen los sindicatos a los trabajadores.

El proyecto de Código de Relaciones Laborales regula los permisos sindicales remunerados a los dirigentes principales en el sector privado.

Ventajas trabajador

Si podrá constituirse un sindicato pero por rama de actividad. Para adherirse no habrá ningún requisito.

Desventajas del trabajador

El número de empleados no podrá ser menor a 90 La contratación colectiva

Hogar.- El proyecto de Código lo describe como actividades sin retribución económica realizadas en el hogar. Aporta al desarrollo económico y social. Se garantiza el derecho a la seguridad social.

Teletrabajo.- Se realiza con el uso de tecnologías de la información y comunicación, que serán proporcionadas por el empleador. Este debe respetar la intimidad familiar si se realiza en el domicilio.

Transporte.- Su duración no podrá exceder, incluidas horas suplementarias, de 10 diarias y 50 semanales. El empleado tiene derecho a un descanso de 30 minutos cada cuatro horas de conducción.

Sexual.- Prestación de servicios sexuales. Puede ser autónomo o subordinado. Las personas que ejerzan la actividad en clubes o centros nocturnos tendrán derecho a que los dueños cumplan obligaciones.

Doméstico.- La persona –residente en el domicilio del empleador– gozará de descanso semanal obligatorio de 48 horas consecutivas y de los mismos días de descanso y vacaciones que los trabajadores.

Minero.- Las personas contratadas para trabajos subterráneos, como en minas o canteras, estarán obligadas a someterse a un reconocimiento médico preventivo y a exámenes médicos periódicos.

3. MUJER EMBARAZADA

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Mayores permisos e indemnizaciones

En la actualidad la indemnización por despido a una mujer embarazada es el equivalente a un año de remuneraciones y la protección, permisos y licencias solo abarcan a su estado de embarazo y descanso por maternidad. La legislación vigente no cubre la licencia de lactancia, que es un año a partir del nacimiento del bebé.

Estos son los puntos modificados en el proyecto de Código Laboral.

En caso de despido intempestivo de mujeres en período de gestación, la indemnización sube al equivalente de dos años de remuneraciones.

Este rubro por despido también se extiende al período de lactancia. De igual manera, la licencias por maternidad y lactancia se extienden.

Ventajas de la mujer trabajadora.

Podrá tener una indemnización que aumenta a 2 años de remuneraciones, , protección que se extiende al período de lactancia

Desventajas de la mujer trabajadora.

La mujer puede perder plazas de trabajo y más considerarían las empresas contratar hombres más que mujeres.

Ventajas del empleador.

Ninguna

Desventajas del empleador.

Va a tener más gastos de un año más al que es actualmente que solo es un año

4. RENUNCIAS

En el sector privado se agilizará. En la legislación se plantea un mecanismo más fácil para la renuncia voluntaria, sin necesidad de intermediarios como consta en la actual legislación. El proyecto también busca que los trabajadores del sector privado reciban indemnizaciones similares a las de uno del sector público por su renuncia voluntaria.

Equiparación indemnizaciones de trabajadores del sector público

Las indemnizaciones de los trabajadores del sector público se equiparan con las de los servidores públicos por desvinculación a lo establecido en la LOSEP.

Eliminación trámite de desahucio

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Con la finalidad de dinamizar las relaciones laborales se establece que el aviso de terminación del plazo fijo en un contrato de trabajo se lo haga a través de los 2 formularios que para el efecto cree el Ministerio de Relaciones Laborales, evitando el actual trámite administrativo del desahucio.

5. MINERÍA A GRAN ESCALA

Cambio en la jornada de trabajo

De momento hay varias propuestas de algunos sectores de la comunidad para que las jornadas de trabajo en empresas dedicadas a la minería a gran escala sean de hasta ocho horas diarias.

La actual legislación contempla la limitación de que las jornadas en este tipo de compañías sean de máximo seis horas diarias.

6. DEFINICIÓN DEL TRABAJO

Los sectores informales están incluidos. En el proyecto se cambia el significado de trabajo para incluir sectores previamente excluidos. Los trabajos no remunerados como el de las amas de casa entrarán en esta categoría. Los trabajadores independientes o autónomos, como pequeños agricultores, pescadores obreros de construcción serán tomados en cuenta en el nuevo Código de Trabajo. El fin de esta reforma es la universalización de la seguridad social.

PAGO DE UTILIDADES EN ACCIONES

Se regula la facultad de las partes a acordar el pago de utilidades en acciones de la empresa a su valor comercial, fortaleciendo lo establecido en el Código Orgánico de la Producción.

Ventajas del trabajador

Los trabajadores serían “dueños” de una parte del capital, beneficiarios de los dividendos.

Desventajas del trabajador

El trabajador refuerza el capital de la empresa puesto que ellos son quienes generan utilidades para vender acciones, deberá acudirse a la bolsa de valores, pagar al corredor o agente una comisión y, probablemente, recibir por esas acciones un porcentaje menor al de su valor nominal

Ventajas empleador

El “accionariado obrero” reforzará el capital; y si esas acciones representan un porcentaje mínimo, los accionistas mayoritarios impondrán sus criterios. Además, para vender acciones, deberá acudirse a la bolsa de valores, pagar al corredor o agente una comisión y, probablemente, recibir por esas acciones un porcentaje menor al de su valor nominal.

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7. CARGOS DE CONFIANZA

Los altos cargos no tienen horas extras. La propuesta sostiene que actualmente, a efectos de no pagar horas suplementarias y extraordinarias, se pretende dar el carácter de funciones de confianza a las personas que representen al empleador y trabajen más de ocho horas diarias.

En el proyecto se establece que el no pago de horas extras por altos cargos solamente se limitará a directivos que tengan remuneraciones de más de siete remuneraciones básicas unificadas o más.

8. PROVEEDORES EXTERNOS

Comedor, almacén y guarderías

Se elimina la obligación de la empresa de tener en sus instalaciones dispensarios médicos, comedores y almacenes; esos servicios deben ser provistos a través de convenios. Tampoco es obligatorio implementar guarderías en las empresas pero ese servicio deberá ser compensado con convenios o reconocido en el salario.

Guardería Art 155. En firmas que cuenten con 50 más trabajadores se establecerá un servicio de guardería infantil. Se puede brindarlo con terceros.

Servicio médico Art. 430. El empleador con más de 100 trabajadores establecerá en el lugar de trabajo, en un local adecuado, servicio médico permanente.

Proyecto Oficial.

El beneficio del art 155 se elimina Art. 30 numeral 23. Cuando la o el empleador tenga 100 o más trabajadoras o

trabajadores, contarán con los servicios médicos y trabajo social.

Ventajas trabajador

Los trabajadores deberá ser compensado por el empleador ya que no pueden tener en las instalaciones estás guarderías esto podría ser un bono.

Desventajas del trabajador

Tendrán los trabajadores que contratar un servicio de guardería aparte para dejar a sus hijos de lo que antes podían dejarlo en la guardería de la empresa

Ventajas empleador

No tendrá que realizar gastos para el funcionamiento de una guardería.

Desventajas del empleador

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Según lo que plantea el nuevo proyecto los empleadores deberán compensar al trabajador por el servicio de guardería

9. TRABAJO ARTESANAL

Aprendices recibirán los décimos. Actualmente los operarios y aprendices artesanales no tienen derecho a percibir ni los décimos sueldos ni utilidades. Bajo el precepto de a igual trabajo igual remuneración, los operarios artesanales serán remunerados al igual que toda y todo trabajador, percibiendo las decimotercera y decimocuarta remuneraciones y utilidades.

10. JUBILACIÓN PATRONAL

Nuevas bonificaciones y nuevas figuras. Se sustituye la Jubilación Patronal y la bonificación por desahucio, y se crea la bonificación por terminación de contratos a plazo fijo, plazo excepcional, doméstico e indefinido, que beneficia a estos trabajadores, sin consideración a su tiempo de servicios en la empresa.

El pago de un bono reemplazará a la jubilación patronal y al desahucio, según plantea el proyecto de Código Laboral.

El nuevo beneficio, establecido en el artículo 261 del proyecto, se denomina Bono por terminación de contrato y fondo global de jubilación patronal. Este consiste en un pago de entre el 50 y 35% de la última remuneración por cada año de servicio. Mientras más años laborados menor será el porcentaje utilizado para calcular el bono a recibir.

Eliminar la jubilación patronal ha sido una vieja aspiración del sector empresarial, que argumenta que este beneficio surgió en 1938 para cubrir la falta de seguridad social. Este derecho se mantuvo pese a que luego apareció la jubilación general, con la creación del

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Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), dice Xavier Sisa, director jurídico de la Cámara de Industrias y Producción. Hay que tomar en cuenta que la jubilación patronal es un derecho que hoy reciben solo los trabajadores amparados en el Código del Trabajo.

Los empleados públicos regidos por la Ley Orgánica de Servicio Público no pueden acogerse a este beneficio. Para acceder a este derecho, el trabajador debe haber laborado de forma continua 25años en una misma empresa.

No aplica esta bonificación en casos de terminación de la relación laboral por visto bueno otorgado a favor del empleador por las causales contempladas en el Código.

Ventajas trabajador

El trabajador podrá recibir este bono sin importar los años de servicio en la empresa El trabajador podrá adquirir estabilidad laboral ya que no tendrá que irse

obligatoriamente de una organización para que no le paguen está jubilación patronal

Desventajas del trabajador

El trabajador podrá gastarse este bono y no tomará en cuenta que este es para su jubilación

DESVENTAJAS DEL EMPLEADOR

Si se hace obligatorio este bono patronal las empresas podrán tener un desequilibrio en su economía ya que solo pagaban está jubilación patronal a los trabajadores que tienen 25 años de servicio en la misma empresa. Y para no pagar este bono les obligaban a renunciar a sus trabajadores.

11. PARO DE ACTIVIDADES

Regulación del derecho a la huelga de empleados. Actualmente la huelga se la realiza con la entrega de las instalaciones de la empresa al Comité de trabajadores, previo inventario.

Con la propuesta se pretende que la ejecución de este derecho se lo haga sin la entrega de instalaciones y se pueda realizar fuera de las mismas, con el fin de precautelar la integridad de los trabajadores y a su vez evitar que no haya peligro de desmanes o daños en las instalaciones de la empresa o fábrica.

Ventajas trabajador

Si esto sucede los trabajadores no tendrán que asumir juicios por causar daño a las instalaciones del empleador.

Desventajas del trabajador

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Puede suceder que como los trabajadores realicen la huelga fuera de las instalaciones ellos no sean escuchados por sus empleadores

Ventajas empleador

Los trabajadores no podrán causar ningún daño a las instalaciones de la organización.

Desventajas del empleador

Los trabajadores pueden tomar otras medidas para ser escuchados.

12. TRABAJOS EVENTUALES

El contrato eventual discontinuo cambiará. Los contratos discontinuos eventuales son contratos de 180 días al año de manera discontinua. Los sectores de la agricultura estacional son los que utilizan más este tipo de contratos.

Para los trabajadores que se encuentren bajo este régimen, la remuneración básica tendrá un incremento del 35% al valor hora del salario básico del sector al que corresponda el trabajador.

De igual manera se deberá cancelar los proporcionales de los décimos, las vacaciones y de cualquier beneficio adicional al que tenga derecho el trabajador.

Para el pago de horas extras, el cálculo se basará en la ley y estas no pueden pasar de las 240 horas laborables al mes, en caso de ser jornadas superiores deberá pagarse lo correspondiente. La afiliación y pago al IESS se acogerá al mecanismo definido para el contrato de jornada parcial permanente.

13. ORALIDAD DE LOS JUICIOS

Nuevos tipos de procedimientos

En la actualidad los juicios laborales demoran entre tres y cinco años. Al establecer la oralidad de los juicios, al igual que en el proyecto del Código Penal Integral, se busca agilizar los procesos y que duren hasta tres meses.

El Juicio Ejecutivo Laboral pretende que cuando existan actas transaccionales, de finiquito o de conciliación suscritas ante autoridad competente; resoluciones de visto bueno solicitadas por el trabajador y la razón de no pago de haberes por parte del inspector del trabajo, los documentos sean títulos ejecutivos laborales y que su cobro sea más ágil.

El Juicio de Menor Cuantía Laboral, para reconocimiento de derechos cuya monto no supere los 10 salarios básicos, se desarrollará y resolverá en una sola audiencia.

Ventaja del trabajador

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Si el empleador le debe al trabajador, el trabajador podrá realizar los trámites más ágiles.

Desventaja del trabajador

Para juicio de menor cuantía se resolverá en una sola audiencia, y no admite recurso de apelación a la parte demanda.

Ventaja del empleador

El empleador podrá solicitar el visto bueno de una formá más rápida.

14. TRABAJO REMOTO

Nuevas modalidades en el trabajo desde casa

En el nuevo Código se incluirán nuevas modalidades de trabajo remoto en ciertas profesiones. Este tipo de trabajo ya es reconocido en varias partes del mundo e incluso es una práctica corriente en varias empresas del país.

El trabajo en domicilio se ejecuta desde el lugar de residencia del trabajador. No es necesaria la vigilancia o supervisión inmediata del empleador, utilizando materiales propios del trabajador o suministrados por el empleado. Aquí entran los trabajos de sastrería, zapatería, carpintería, diseño gráfico, imprenta, u otros que son parte de ciertos procesos productivos.

El teletrabajo se realiza a distancia o fuera de los locales de trabajo mediante la utilización de tecnologías de la información y la comunicación con herramientas suministradas por el empleador, bajo su supervisión a través de estos medios, como call center, educación a distancia, editores en medios de prensa.

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