CÓDIGO DEL PROCESO: CCD 065 EPP OSC 2014 · Para poder participar en el presente procedimiento, al...

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Pág. 1 CONSULTORÍA CONTRATACIÓN DIRECTA CÓDIGO DEL PROCESO: CCD-065-EPP-OSC-2014 Objeto de Contratación: “IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA PARA LA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DE EP PETROECUADOR”. Quito DM, Diciembre de 2014

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CONSULTORÍA CONTRATACIÓN DIRECTA

CÓDIGO DEL PROCESO:

CCD-065-EPP-OSC-2014

Objeto de Contratación:

“IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA PARA LA

COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DE EP

PETROECUADOR”.

Quito DM, Diciembre de 2014

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INDICE GENERAL

I. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA

SECCION I

CONVOCATORIA

SECCION II

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

SECCION III

CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO

SECCIÓN IV

EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

SECCIÓN V

OBLIGACIONES DE LAS PARTES

II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS

PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA

SECCIÓN I

DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

SECCIÓN II

METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

SECCIÓN III

FASE CONTRACTUAL

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III. FORMULARIOS

SECCIÓN I

FORMULARIO DE LA OFERTA

SECCIÓN II

FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA.

SECCIÓN III

FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOSICIÓN O CONSORCIO (No aplica para procedimientos de Contratación Directa)

IV. PROYECTO DE CONTRATO

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I. CONDICIONES PARTICULARES

SECCIÓN I CONVOCATORIA

Se convoca a la señora Pamela Figueroa Silva con Número de RUC 1706613195001, para que presente su oferta técnica y económica para el proceso de contratación de la “IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA PARA LA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DE EP PETROECUADOR”. El invitado deberá encontrarse habilitado en el Registro Único de Proveedores – RUP en el CPC 83142, tener su domicilio fiscal en el Ecuador y ser legalmente capaz para contratar. El Presupuesto Referencial es de US$ 37,000.00 (Treinta y siete mil 00/100 dólares de Estados Unidos de América), sin incluir el IVA, y el plazo para la ejecución del contrato es de 90 días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. Las condiciones de esta Convocatoria son las siguientes: 1. El Pliego está disponible, sin ningún costo, en el Portal Institucional del SERCOP www.compraspublicas.gob.ec, de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP. 2. La interesada podrá formular preguntas en el término establecido en el cronograma. EP PETROECUADOR absolverá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en el plazo señalado en el cronograma. 3. La oferta se presentará de forma física en el Dpto. de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría, ubicada en la calle Alpallana E8-51 y Av. 6 de Diciembre, Edificio El Rocío II, hasta la fecha y hora establecida en el calendario del proceso. Los Formularios 1 y 2 de la oferta técnica y, el precio de la misma, deberá subirse a través del Portal Institucional del SERCOP, hasta la fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta. La no publicación de los formularios referidos o la falta de ingreso del precio de la propuesta en el Portal Institucional será causa de descalificación de la oferta. De existir diferencia en el monto que consta en la oferta física y el registrado electrónicamente, se deberá proceder con la corrección de errores aritméticos por parte de EP PETROECUADOR. La apertura de la oferta se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de la oferta; el acto de apertura de la oferta técnica será público. Para poder participar en el presente procedimiento, al momento de la presentación de la propuesta, el oferente deberá encontrarse habilitado en el Registro Único de Proveedores en el CPC 83142. 4. La oferta debe presentarse por la totalidad de la contratación. 5. De acuerdo con lo establecido en el segundo inciso del artículo 131 del Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en este contrato no se establece ningún tipo de reajuste de precios, y el Contratista al aceptar su participación en este procedimiento precontractual y contractual renuncia expresamente al Reajuste de Precios.

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6. La evaluación de la oferta se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en estos pliegos, conforme lo dispone el artículo 54 del Reglamento General de la LOSNCP y las resoluciones que el SERCOP dicte para el efecto. 7. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos provenientes del Presupuesto de EP PETROECUADOR de conformidad con lo indicado en el proyecto de contrato. 8. El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del SERCOP y el presente Pliego. 9. EP PETROECUADOR se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna. Quito DM, 3 de diciembre de 2014

ING. LILYANA PÁEZ R. JEFE DE ADQUISICIONES DE OBRAS, SERVICIOS Y CONSULTORÍA, ENC.

EP PETROECUADOR

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SECCIÓN II

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA

2.1 OBJETO: Este proceso tiene por objeto la calificación, selección, negociación y adjudicación del contrato para la Consultoría: “IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA PARA LA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DE EP PETROECUADOR”. 2.2 PRESUPUESTO REFERENCIAL: El Presupuesto Referencial es US$ 37,000.00 (Treinta y siete mil 00/100 dólares de Estados Unidos de América), sin incluir el IVA, para realizar la “IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA PARA LA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DE EP PETROECUADOR” 2.3 TÉRMINOS DE REFERENCIA: 2.3.1 INTRODUCCIÓN La Jefatura de Imagen Empresarial entre los canales de comunicación para difundir al personal de EP PETROECUADOR información relevante de la empresa, detectó la necesidad de contar con una herramienta para distribuir mensajes estratégicos de comunicación al público interno de la EP PETROECUADOR a diferentes dispositivos disponibles en la empresa (Computadores, móviles, telefonía IP) y gestionar el contenido de manera pre-programada y por segmentación. Ejemplo: distribución geográfica, agrupaciones laborales, árbol estructural empresarial. 2.3.2 ALCANCE Y RESTRICCIONES Determinar e implementar una herramienta de comunicación interna que cumpla con las necesidades de EP PETROECUADOR que se detallan en este documento y sea compatible con las herramientas actuales de la empresa. 2.3.2.1 ALCANCE

Implementar una herramienta que envíe y monitoree mensajes de campañas a los computadores de la red empresarial de EP PETROECUADOR.

2.3.2.2 ESTRUCTURA DETALLADA DEL TRABAJO A continuación se detallan todos los elementos que el proveedor deberá entregar como resultado del proyecto:

Implementación Herramienta de comunicación interna

Capacitación técnica y funcional de la herramienta

Soporte post producción de la herramienta de difusión interna

Acompañamiento de 8 campañas (de 3 piezas cada una)

2.3.2.3 IMPLEMENTACIÓN

La implementación debe realizarse en un tiempo de tres meses a partir de la firma del contrato.

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Para la puesta en marcha la aplicación debe ser sometida a un plan de pruebas aprobado por los miembros de la comisión asignada al proyecto.

2.3.3.2 ARQUITECTURA

ECM

Servidor de Aplicaciones

Administrador

Estaciones de trabajo

CONSOLA ADMINISTRACION

Estaciones de trabajo Estaciones de trabajo

BDD – Oracle 11g

2.3.3.3 INTERFACES

Active Directory

File Net – Sistema Documental Corporativo

2.3.3.4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EP PETROECUADOR requiere una herramienta que distribuya mensajes (publicidad) a los computadores de su red empresarial, misma que tome en cuenta los siguientes requerimientos.

Los mensajes deben sobreponerse a cualquier aplicación, ventana que se esté abierta en el computador.

La ventana en la que se desplieguen los mensajes debe permitir configurar aspectos como: Transparencia, tamaño.

La información desplegada debe permitir crear vínculos a diferentes formatos web como blogs, foros, páginas web, archivos PDF, etc.

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La aplicación debe cargar Imágenes, video, animación y audio en formatos web estándar directamente en los computadores conectados a la red empresarial.

La herramienta debe crear y gestionar grupos de distribución de mensajes, como por ejemplo:

o Grupos por Gerencias

o Grupos solo de Gerentes

o Grupos por cargos

o Grupos por zona geográfica

o La carga inicial de los grupos deben ser realizada por el contratista

La herramienta debe tener una consola de administración de donde se enviarán los mensajes.

o Los mensajes podrán ser administrados tomando en cuenta grupos de usuarios, regiones geográficas o distribución estructural empresarial, de acuerdo a lo configurado en la herramienta (grupos).

o Los mensajes podrán ser calendarizados y programados previamente para su distribución.

En la consola de administración la aplicación deberá tener un módulo de monitoreo y estadísticas para medir la efectividad de las campañas.

o Cuántos mensajes fueron abiertos

o Cuántos mensajes fueron enviados.

o Cuántos mensajes fueron rechazados.

o Reportes mensuales de clic, índice de lectoría e impactos, totales y por grupo objetivo.

Todos estos análisis deben ser entregados en un reporte en pantalla y poder ser exportados a PDF, Excel, Word, etc.

La aplicación instalada en cada máquina usuaria deberá funcionar de manera “standalone” es decir, sin hacer uso de la barra de tarea y sin utilizar una ventana nativa del sistema operativo.

La herramienta debe almacenar un historial de las campañas publicadas y en desarrollo, para poder hacer auditorías de estas.

La aplicación deberá cargar e interpretar archivos HTML, que contengan los archivos de imagen, video y audio descritos anteriormente.

La herramienta deberá utilizar la mínima cantidad de recursos de las computadoras a las que se envíen los comunicados, para no afectar el rendimiento del mismo durante su ejecución.

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La consola de administración debe estar en un ambiente web.

Se necesita que las campañas que no fueron accedidas por los usuarios finales sean accedidas extemporáneamente hasta 1 semana luego de su difusión.

La herramienta no deberá presentar la campaña en caso de que se esté ejecutando una aplicación en modo pantalla completa

2.3.3.6 SISTEMAS OPERATIVOS COMPATIBLES

Windows XP

Windows Vista

Windows 7

Windows 8

2.3.3.7 FORMATOS MINIMOS QUE DEBE ACEPTAR LA HERRAMIENTA

IMAGEN

Formatos : PNG, JPEG, BMP y GIF

Transparencia: PNG de 32 bits

VIDEO

Formatos: mpeg, quicktime, wmv, avi 2.3.3.8 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS

El acceso a la consola de administración de la aplicación deberá ser con las credenciales del directorio activo y a usuarios permitidos (manejo de roles).

Los usuarios finales no deberán digitar ningún usuario o password para poder leer o visualizar los mensajes a enviarse.

La herramienta deberá permitir que se realicen pruebas de stress para garantizar el rendimiento de la herramienta.

El repositorio a usar para almacenar la información (imágenes, videos, texto, etc.), será el ECM de EP PETROECUADOR (FILENET - IBM).

La base de datos a utilizar, será ORACLE 11g de EP PETROECUADOR.

El contratista deberá especificar la arquitectura de la solución a implementar.

En caso de que la solución a implementar necesite de alguna licencia adicional, el costo de la misma deberá estar incluida en la propuesta.

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El contratista deberá especificar la configuración de la infraestructura para el funcionamiento óptimo a nivel nacional de la herramienta a implementar, considerando la red WAN de EP PETROECUADOR descrita a continuación:

Internet InterM.

3Mb

5Mb

Internet CNT

LAGO

Internet CNT

REE

Internet CNT

GYE

172.19.230.25

172.19.230.1

172.19.230.9

CNT

SW6509

PEC

172.19.231.2

172.19.231.3

172.19.230.3 172.19.231.10

172.19.231.9

FIREWALL

PEC

LAN

172.19.230.18

172.19.231.66

5Mb

172.19.231.97

172.19.231.98

PIN - SW6509

ASA

8Mb

172.19.231.33

172.19.231.19CNT

PPR

ASTARO PCO

CNT

GYE PREV.

6Mb

PCO-GYE

IEP172.19.231.41

CNT

IEP GYE

CNT

SOTE - UIO

5Mb

172.19.231.25

CNT

PPR

172.19.231.34

172.19.231.18

4Mb

172.19.231.81VanguardCNT

BEATERIO

172.19.231.82

CNT

PPR – SAN

RAFAEL172.19.231.89

172.19.231.90

CNT

UIO

MATRIZ

172.19.231.74SOTE

LAGO AGRIO

172.19.231.73

TIC-LA

172.19.230.10

172.19.230.17

172.19.230.2

172.19.231.26

CNT

COMERCIALIZACION

PRODUCCION

TRANSPORTE

INDUSTRIAL

PEC-MATRIZ

190.152.15.1

3 Mb

8Mb

190.152.15.161/27

190.152.15.130/27

190.152.15.193/27

172.19.38.0/25

SOTE

Edificio

Villafuerte

Edificio Tribuna

SW4507R

172.17.20.0 /20

172.17.40.0 /20

172.17.18.0 /24

172.18.28.0/23

172.18.2.0/23

172.16.32.0/20

172.17.24.0/24

172.20.97.11 /23

172.20.133.11/24

172.20.165.0 /25

172.20.167.64/26

172.20.170.0 /24

172.20.171.64/24

172.17.28.0/24172.18.16.0/21

SW4507R

SW4507R

172.17.16.0/24

172.17.17.0/24

17

2.2

0.6

4.0

/21

172.20.129.0/24

172.16.82.0/24

172.16.17.0/24

172.16.18.0 /24

172.16.48.0/20

REDES WAN EP - PETROECUADOR / CNT

6Mb

5Mb

6Mb

CNT

GYE

5Mb

6Mb

4Mb

PIN REE

SOTE

BALAO

172.19.231.58

172.19.231.57

CNT

ESMERALDAS

172.19.231.42

172.19.230.26

PPR

DA

172.19.231.65

PIN RLL

PIN CIS

CNT

LAGO

5Mb

BCE

20Mb

Internet CNT

UIO

5Mb

190.152.249.14

10.80.31.1

192.168.254.20

192.168.254.19

En caso de que la solución contemple la administración de usuarios finales vía Active Directory, se debe tomar en cuenta que la empresa cuenta con varias cuentas de este tipo.

Todos los programas fuente, informes y cualquier otra información anterior o que se genere como resultado de la ejecución del presente Contrato, serán de propiedad exclusiva de la EP PETROECUADOR, en los términos previstos en la Ley de Propiedad Intelectual.

2.3.3.9 PRIORIZACIÓN DE ENTREGABLES

ENTREGABLES

1. Informe Etapa1 2. Informe Etapa 2

2.3.3.10 ESTIMACIÓN DE TIEMPO A continuación se describe el tiempo estimado para la implementación de la solución.

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ETAPAS NOMBRE DE TAREA DURACIÓN

Etapa 1

Análisis y Diseño 15 días

Desarrollo e Implementación 45 días

Pruebas 15 días

Informe de Etapa 1 (entregable)

Etapa 2

Ajuste aplicación según resultado de las pruebas

5 días

Publicación herramienta en ambiente Producción

8 días

Transferencia de conocimientos 2 días

Definición y entrega de documentos de SLA’s

Durante Etapa 2

Entrega de Manuales de funcionamiento Durante Etapa 2

Informe de Etapa 2 (entregable)

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SECCIÓN III

CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO

3.1 Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente:

Concepto Día Hora

Fecha de publicación 3-diciembre-2014 16:00

Fecha límite de preguntas 4-diciembre-2014 16:00

Fecha límite de respuestas y aclaraciones 8-diciembre-2014 16:00

Fecha límite entrega de ofertas técnica y económica

10-diciembre-2014 10:00

Fecha apertura oferta técnica 10-diciembre-2014 11:00

Fecha evaluación oferta 10-diciembre-2014 11:10

Fecha publicación resultados finales oferta técnica

12-diciembre-2014 11:00

Fecha estimada de adjudicación 15-diciembre-2014 11:00

En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores será de dos días. 3.2 Vigencia de la oferta: La oferta se entenderá vigente hasta la celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP. 3.3 Precio de la propuesta: Se entenderá por precio de la propuesta al valor que el oferente haga constar en el Portal Institucional del SERCOP, información que se completará en línea, Formulario de Oferta Económica. El precio de la oferta deberá cubrir el valor de los trabajos a ejecutarse según sea su naturaleza, los costos indirectos, los impuestos y tasas vigentes; así como, los servicios para la ejecución completa de la consultoría a contratarse. El oferente deberá detallar en su oferta económica los costos unitarios requeridos para la prestación de sus servicios. De existir errores aritméticos se procederá a su corrección conforme a lo previsto en la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto. 3.4 Forma de presentar la oferta: La oferta, se presentará en un sobre único, el cual contendrá el siguiente texto:

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CONSULTORÍA CONTRATACIÓN DIRECTA CCD-065-EPP-OSC-2014

Sobre Único

OFERTA TÉCNICA y ECONÓMICA Señores JEFATURA DE ADQUISICIONES DE OBRAS, SERVICIOS Y CONSULTORÍA Alpallana E8-51 y Diego de Almagro, Edificio El Rocío II, segundo piso Contacto: Ing. Adrián Solano Presente PRESENTADA POR:

No se tomará en cuenta la oferta entregada en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción. La Secretaría de la Jefatura de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, recibirá la oferta y conferirá comprobante de recepción para la oferta entregada y anotará, tanto en el recibo como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción. 3.5 Plazo de ejecución: El plazo para la ejecución del contrato es de 90 días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. La recepción definitiva se realizará en el plazo de 15 días siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto por parte del Administrador del Contrato de conformidad a lo previsto en el artículo 123 del RGLOSNCP. 3.6 Alcance al Precio de la oferta: El precio de la oferta deberá cubrir el valor de los trabajos a ejecutarse según sea su naturaleza, los costos indirectos, los impuestos y tasas vigentes; así como, los servicios para la ejecución completa de la consultoría a contratarse. El participante deberá ofertar todos y cada uno de los rubros señalados en las Condiciones Particulares del Pliego, Formulario de Oferta Económica, 3.3. De existir errores aritméticos se procederá a su corrección conforme a lo previsto en la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto. 3.7 Forma de pago: El valor del contrato se pagará en dos partes de la siguiente manera: - 60% una vez que el Consultor haya presentado el informe correspondiente a la etapa

1, a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, hasta 30 días luego de haberse presentado la factura y aprobada por el Administrador del Contrato.

- 40% una vez que el Consultor haya presentado el informe correspondiente a la etapa

2, a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, hasta 30 días luego de haberse presentado la factura, aprobada por el Administrador del Contrato y una vez suscrita el acta entrega recepción definitiva.

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SECCIÓN IV

EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

4.1 Evaluación de la oferta: Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “cumple o no cumple”. 4.1.1 Integridad de la oferta: La integridad de las ofertas se evaluará considerando la presentación de los formularios y requisitos mínimos previstos en el Pliego, conforme al siguiente detalle:

a.) FORMULARIO DE OFERTA b.) FORMULARIOS DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL

TÉCNICO Y HOJA DE VIDA c.) FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO (De ser el

caso)

El Formulario de Oferta contendrá los siguientes documentos, claramente descritos en las Condiciones Particulares del Pliego de Consultoría: Descripción: 1. Presentación y compromiso 2. Datos generales del oferente 3. Oferta económica 4. Plan de trabajo: enfoque, alcance y metodología 5. Experiencia del oferente 6. Personal técnico clave asignado al proyecto 7. Experiencia del Personal Técnico 8. Formulario de Compromiso de participación del personal técnico 9. Hoja de Vida del personal técnico asignado al proyecto 4.2 Evaluación de la oferta técnica (cumple / no cumple).- Los parámetros de calificación señalados a continuación se cumplirán integralmente, caso contrario será descalificada: EXPERIENCIA DEL OFERENTE El oferente deberá presentar en la oferta al menos dos certificados de experiencia en servicios similares al objeto del contrato, realizados en los últimos cinco (5) años. 4.2.1 Capacidad técnica y administrativa disponible (Personal técnico clave):

No. PERSONAL TÉCNICO PERSONAL

MÍNIMO REQUISITOS MÍNIMOS

1

LÍDER DEL PROYECTO

1 - Título de tercer nivel. Experiencia mínima de 5 años como ejecutiva de cuentas en

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el ámbito del requerimiento, con conocimientos en comunicación.

2 DESARROLLADORES

DEL SISTEMA 2

Título de tercer nivel en Sistemas o Informática, con Experiencia mínima de 5 años en desarrollo de aplicaciones WEB.

3 DISEÑADOR GRÁFICO

MULTIMEDIA 1

Título de tercer nivel en diseño gráfico o multimedia, con experiencia mínima en los últimos 5 años en diseño de páginas WEB.

EXPERIENCIA PERSONAL TÉCNICO Para validar la experiencia del personal técnico, se deberá presentar copia de los documentos que validen lo solicitado en el cuadro anterior. Será responsabilidad de EP PETROECUADOR, verificar la autenticidad de la información presentada. 4.2.2 Capacidad Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto (Metodología y Cronograma).- En este ítem se evaluará los criterios como enfoque, alcance y metodología de los trabajos de acuerdo a la propuesta presentada. Se evaluará la capacidad organizativa del oferente, la programación de los trabajos, la asignación de responsabilidades, los niveles de coordinación interna, etc. EVALUACIÓN DE LA OFERTA: 4.3 Calificación de la Oferta.- De cumplir la oferta presentada con cada uno de los requisitos exigidos, se otorgará el siguiente puntaje:

PARÁMETRO PUNTAJE

Experiencia Personal Técnico 50

Experiencia General del Oferente 40

Plan de trabajo 10

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SECCIÓN V

OBLIGACIONES DE LAS PARTES 5.1 Obligaciones del Contratista: El Contratista se obliga a:

1. Prestar servicios de Consultoría para la “IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA PARA LA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DE EP PETROECUADOR”, realizando todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del contrato, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las Condiciones Generales y Específicas y los demás documentos contractuales.

2. Brindar los servicios requeridos de conformidad a la oferta presentada, en los plazos pactados.

3. Entregar un informe final de la Solución Implementada para la comunicación institucional de EP PETROECUADOR, previa la suscripción del acta de recepción definitiva del servicio.

4. Para el cumplimiento de los servicios de consultoría, contará durante la vigencia del contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta.

5. Para sustituir personal técnico clave asignado al proyecto, solicitará la autorización previa por escrito, del Administrador del Contrato.

6. A solicitud de EP PETROECUADOR, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, a su costo, deberá sustituir uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto.

7. Solicitará a EP PETROECUADOR la aprobación correspondiente en caso de que requiera personal adicional al indicado en su oferta.

8. Coordinar y vigilar el correcto desempeño de la consultoría, de manera que todas las actividades se realicen bajo el total cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas y de seguridad.

9. Se incorporará una etapa de transferencia de conocimientos al personal tecnológico y funcional, para una correcta administración de la herramienta para un mínimo de 3 técnicos y 5 funcionales.

10. Instalar y configurar la solución a implementar en el o los servidores designados por la EP PETROECUADOR.

11. Proteger y salvar de responsabilidad a EP PETROECUADOR y a sus representantes, de cualquier reclamo o juicio que surgiera como consecuencia de la contravención o falta de cumplimiento de cualquier norma jurídica por parte del adjudicatario o su personal. En caso de encontrar en los documentos contractuales una discrepancia o contradicción con relación a cualquier norma jurídica, el adjudicatario deberá informar de esto a EP PETROECUADOR.

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12. Instalar o reinstalar la solución objeto de este proyecto, sin costo para la EP PETROECUADOR, siempre y cuando se dañaren por causas no imputables a la CONTRATANTE, durante el período que dure la garantía de las mismas.

13. Garantizar el rendimiento adecuado para la herramienta a implantarse en los servidores tanto de desarrollo como de producción de EP PETROECUADOR.

14. Los servidores donde se aloje la solución no debe estar fuera del territorio nacional.

15. En caso de ser necesario ejecutar trabajos que afecten al normal desempeño de la herramienta, estos deberán ser realizados fuera de los horarios de oficina.

16. Brindar soporte técnico y mantenimiento de la herramienta a través de consultas telefónicas, correo electrónico, accesos remotos y/o de manera presencial a la EP PETROECUADOR, en toda ocasión que sea requerido y en el tiempo de respuesta establecido, desde la firma del Acta de Recepción Definitiva hasta la vigencia de la Garantía Técnica, mínima de 1 año, con el fin de atender y solucionar, sin costo alguno, los problemas reportados de acuerdo al nivel de criticidad, según el siguiente detalle:

NIVEL TIEMPO RESPUESTA TIEMPO SOLUCIÓN

Bajo 4 horas 8 horas

Medio 2 horas 4 horas

Alto 1 hora 2 horas

17. Para el soporte técnico especializado en caso de ser necesario extenderlo a nivel nacional, este será realizado sin costo alguno para la EP PETROECUADOR y máximo en 72 horas contados a partir de la hora en la que se realice el reporte.

18. Proporcionar a la EP PETROECUADOR, sin costo, el desarrollo y las mejoras que haga a los programas y que las haya incorporado a los productos entregados.

19. Responsabilizarse por la instalación, configuración y puesta en producción de la herramienta a satisfacción de la EP PETROECUADOR.

20. Entregar todos los manuales de instalación, operación, configuración, instructivos y demás documentación técnica, que permitan el apropiado uso y operación del servicio objeto de la contratación, a entera satisfacción de la EP PETROECUADOR.

21. Entregar a EP PETROECUADOR todos los derechos de uso y administración de la herramienta a implementar objeto del contrato.

22. El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del contrato, ni con el personal de la subcontratista.

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23. A más de las obligaciones ya establecidas, el contratista está obligado a cumplir con cualquier otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y pueda ser exigible por constar en cualquier documento de él o en norma legal específicamente aplicable al mismo.

5.2 Obligaciones de la Contratante: 1. Designar un(a) administrador(a) del contrato para el adecuado control de su ejecución,

quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, para lo que adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados.

2. Por intermedio del administrador(a) del contrato, adoptar las medidas necesarias para el

normal cumplimiento del mismo. 3. Cancelar a favor del Contratista, los valores facturados de conformidad con la forma

de pago constante en el contrato.

4. Dar atención a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo de veinte y cuatro (24) horas, contados a partir de la petición escrita formulada por el Consultor.

5. Elaborar el Acta de Recepción Definitiva una vez finalizado el contrato.

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II. CONDICIONES GENERALES

SECCIÓN I

DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 1.1 Comisión Técnica: En el presente procedimiento, los miembros designados como parte de la Comisión Técnica y la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR serán responsables del procedimiento. 1.2 Participantes: La convocatoria está dirigida a la señora Pamela Figueroa Silva que se encuentra habilitada en el CPC 83142 y debe cumplir con los siguientes requisitos: a) Que el objeto social al que se dedica incluya esta actividad. b) El consultor demostrará que cuenta con la experiencia necesaria para la cumplir con el

objeto de esta contratación. c) Que el proponente no se encuentre incurso en ninguna de las inhabilidades

determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP. 1.3 Presentación y apertura de oferta: La oferta se presentará de forma física en la Secretaría de la Jefatura de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR ubicada en la calle Alpallana E8-51 Av. 6 de Diciembre, Edificio El Rocío II, segundo piso. La Oferta técnico-económica se presentará hasta la fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta. EP PETROECUADOR, realizará la evaluación, negociación y adjudicación, sobre la base del Pliego en el término previsto en el cronograma del procedimiento. La apertura de la oferta técnica se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de la oferta. El acto de apertura de la oferta técnica será público. La oferta técnico - económica será completada en línea y una impresión de la misma se incluirá en el sobre respectivo que se entregará físicamente. 1.4 Inhabilidades: No podrán intervenir en el proceso, ningún oferente que se encuentre incurso en las inhabilidades generales o especiales determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y artículos 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP. y, en las Resoluciones emitidas por el SERCOP. De verificarse con posterioridad que el Consultor, incursa en una inhabilidad general o especial, hubiere suscrito el contrato, dará lugar a la terminación unilateral del contrato conforme el numeral 5 del artículo 94 de la LOSNCP. 1.5 Obligaciones del Consultor: El Consultor deberá revisar cuidadosamente el Pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta.

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1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones: El invitado al procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a EP PETROECUADOR, a través del Portal Institucional SERCOP, la respuesta a su inquietud o consulta. EP PETROECUADOR responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias a través del Portal, de acuerdo a lo establecido en la Convocatoria.

1.7 Modificación del Pliego: EP PETROECUADOR, podrá emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares del Pliego, por propia iniciativa o por pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el Portal Institucional del SERCOP hasta el término máximo para responder preguntas. EP PETROECUADOR podrá ajustar el cronograma de ejecución del procedimiento precontractual con la motivación respectiva. Todo cambio será publicado en el Portal Institucional del SERCOP y podrá realizarse hasta la fecha límite para contestar las preguntas formuladas y realizar aclaraciones.

1.8 Idioma y autenticidad de los documentos: La documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita en castellano. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse por parte del oferente, rubricando al margen. Los documentos que se presenten en la oferta serán en original o copia notariada. Para el caso de los documentos emitidos en otro idioma o en el extranjero, su traducción y/o legalización deberá realizarse conforme el procedimiento legal previsto en la Ley de Modernización del Estado y la Convención de La Haya sobre la apostilla. 1.9 Convalidación de errores de forma: Si en el procedimiento se presentaren errores de forma, la oferta podrá ser convalidada por el oferente en un término de 2 días, contado a partir de la fecha de notificación, a criterio de EP PETROECUADOR. Así mismo, dentro del período de convalidación, el oferente podrá integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del RGLOSNCP. En este caso, EP PETROECUADOR podrá recibir físicamente los documentos correspondientes. EP PETROECUADOR está obligada a analizar en profundidad la oferta presentada en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ella, respecto de los cuales notificará a través del Portal Institucional del SERCOP. El oferente notificado podrá convalidar tales errores para efectos de ser calificados. Si EP PETROECUADOR, al analizar la oferta presentada, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido al oferente para efecto de que convaliden los errores de forma notificados. 1.10 Causas de Rechazo de Ofertas: EP PETROECUADOR podrá rechazar la oferta por las siguientes causas:

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a) Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios de este Pliego.

b) Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después

de la hora establecida para ello, o no se hubiera subido el valor de la propuesta al Portal Institucional.

c) Cuando la oferta contenga errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser

convalidados, de acuerdo a lo señalado en las resoluciones emitidas por el SERCOP. d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos

o modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información.

e) Si se presentaren documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando

no puedan ser convalidados. f) No se aceptarán excepciones, condicionamientos, rubros no solicitados ni cualquier

modificación al Pliego. g) Si al momento de la presentación de la propuesta, el oferente interesado no se

encontrare habilitado en el Registro Único de Proveedores. La oferta será descalificada por EP PETROECUADOR en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. EP PETROECUADOR podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento. La adjudicación se circunscribirá a la oferta calificada. No se aceptará oferta alternativa y no podrá intervenir con más de una oferta. 1.11 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación: 1.11.1 Apertura de la oferta: EP PETROECUADOR, una hora después del término límite para la presentación de la oferta, iniciará la evaluación de la oferta presentada, para lo que abrirá el sobre único presentado físicamente y evaluará tanto la oferta técnica como la económica, en función del cumplimiento de los parámetros establecidos en los pliegos. 1.11.2 Criterios de evaluación: EP PETROECUADOR calificará la oferta, bajo los parámetros de evaluación determinados en el Pliego, tomando en cuenta los criterios de selección establecidos en el Pliego. 1.11.3 Negociación: EP PETROECUADOR negociará con el proponente de acuerdo a los términos del artículo 40 del RGLOSNCP y, no se volverá a llamar para nuevas negociaciones en el caso de que no se haya llegado a un acuerdo.

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El Acta de Negociación será firmada por la Comisión Técnica de EP PETROECUADOR y el Consultor. El Consultor negociará por intermedio de su Representante Legal o el delegado de éste, debidamente acreditado, y de los profesionales que estime necesario. Iniciado el proceso de negociación, éste no podrá suspenderse por motivo alguno, salvo circunstancias de fuerza mayor, hasta lograr la negociación. EP PETROECUADOR adjudicará el contrato en los términos del último inciso del artículo 40 del RGLOSNCP. En caso de no llegar a un acuerdo en la negociación, el procedimiento se declarará desierto por esta circunstancia, de conformidad al artículo 33 de la LOSNCP. El Acta de Negociación y la Resolución de Adjudicación debidamente suscritas, se publicarán en el Portal del SERCOP. 1.12 Garantías: Por ser la cuantía del presente procedimiento menor a multiplicar el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, no se exige garantía de Fiel Cumplimiento. 1.13 Cancelación del Procedimiento: EP PETROECUADOR podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP. 1.14 Declaratoria de Procedimiento Desierto: EP PETROECUADOR, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento, en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP. Dicha declaratoria se realizará mediante resolución de la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, fundamentada en razones técnicas, económicas y/o jurídicas. Una vez declarado desierto el procedimiento, podrá disponer su archivo o su reapertura. 1.15 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, EP PETROECUADOR le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al SERCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP. 1.16 Suscripción del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, EP PETROECUADOR formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de este Pliego, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General y lo publicará en el Portal Institucional. 1.17 Moneda de cotización y pago: La oferta deberá presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

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1.18 Reclamos: Para el evento de que el oferente o adjudicatario presente reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, y el procedimiento correspondiente. 1.19 Administración del Contrato: EP PETROECUADOR designará de manera expresa un Administrador del Contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. El Administrador deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales convenidas. El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que pudiera formular el Consultor. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, así como también deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte del presente contrato. Respecto de su gestión reportará a la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato. Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación y validación de los productos e informes que emita y/o presente la Contratista y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren. 1.20 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que EP PETROECUADOR encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, EP PETROECUADOR, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y, en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.

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SECCIÓN II METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

SECCIÓN II

FASE CONTRACTUAL 2.1 Ejecución del contrato: 2.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El Consultor prestará los servicios de consultoría dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el Consultor analizará conjuntamente con el Administrador del Contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del presente procedimiento de contratación. Por razones no imputables al Consultor, la administración del contrato podrá reprogramar y actualizar el cronograma de ejecución contractual, por razones debidamente justificadas, de ser el caso. Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de definir el grado de cumplimiento del Consultor. 2.1.2 Cumplimiento de términos de referencia: Todos los servicios de consultoría a prestar deben cumplir en forma estricta con los términos de referencia requeridos respectivamente en el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y aprobados por EP PETROECUADOR. En caso de que el Consultor descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al Administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva. En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el Consultor no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al Administrador del Contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto. 2.1.3 Personal del Consultor: El Consultor de ser el caso empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia. El Administrador del Contrato podrá requerir en forma justificada al Consultor, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones. 2.1.4 Obligaciones del Consultor: El Consultor debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad, especialmente, pero sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, y de ser necesario y lo disponga el Administrador del Contrato, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida protección del público y personal del

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Consultor, especialmente si las actividades afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos. Los sueldos y salarios del Consultor con los trabajadores se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país. El Consultor deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador. Serán también de cuenta del Consultor y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social. El Consultor se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes. El Consultor, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito. 2.1.5 Obligaciones de EP PETROECUADOR: - Designar al Administrador del Contrato. - Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del

mismo, en forma ágil y oportuna. - Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma

oportuna. - Las demás, determinadas en el pliego precontractual. 2.1.6 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato. En caso de retención indebida de los pagos al Consultor se cumplirá el artículo 101 de la LOSNCP. 2.1.7 Administrador del Contrato.- EP PETROECUADOR designará de manera expresa un Administrador del Contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. El Administrador deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales convenidas. El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que pudiera formular la Consultora. El Administrador será el encargado adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, así como también deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte del presente contrato.

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Respecto de su gestión reportará a la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato. Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación y validación de los productos e informes que emita y/o presente el Consultor y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren.

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III. FORMULARIO DE OFERTA

NOMBRE DEL OFERENTE: 3.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO El que suscribe, en atención a la convocatoria de Contratación Directa efectuada por la EP PETROECUADOR para la realización de la “IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA PARA LA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DE EP PETROECUADOR”, luego de examinar el Pliego del presente procedimiento de Consultoría, al presentar esta oferta por (representante legal o apoderado de…), declara que: 1. El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley

Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y su Reglamento. 2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella,

sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.

3. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras

personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación.

En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contratación.

4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial

aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos vehículos y materiales que se incorporarán, así como los que se utilizarán para su ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización.

5. Suministrará la mano de obra, equipos y materiales requeridos para el cumplimiento de

sus obligaciones, de acuerdo con el pliego; prestará los servicios, de acuerdo con los pliegos, especificaciones técnicas, términos de referencia e instrucciones; en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta; que al presentar esta oferta, ha

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considerado todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.

6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha

efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de EP PETROECUADOR que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación del Pliego, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.

7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos

establecidos en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 que anteceden, EP PETROECUADOR le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.

8. Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que

pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que EP PETROECUADOR ejerza las acciones legales civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en los artículos 200 y 201 del Código Penal vigente.

9. Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas,

términos de referencia y demás información del pliego, las aclaraciones y respuestas realizadas en el proceso, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas.

10. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para esta contratación

son exactas y, por tanto no podrán variar por ningún concepto.

11. De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a prestar el servicio sobre la base de las cantidades, especificaciones, términos de referencia y condiciones, las mismas que declara conocer; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo.

12. Conoce y acepta que la EP PETROECUADOR se reserva el derecho de adjudicar el

contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.

13. Se somete a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, de las

resoluciones del SERCOP y demás normativa que le sea aplicable.

14. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, así

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como de toda la información que como proveedor consta en el portal, al tiempo que autoriza a la Jefatura de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de la entidad contratante que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad ideológica será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.

15. No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.

16. Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para

contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable.

17. En caso de que sea adjudicatario, conviene en:

a) Firmar el contrato dentro del término de 15 días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará la garantía correspondiente. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días)

b) Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del

término señalado, se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la LOSNCP.

c) Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del

contrato, hasta su recepción definitiva.

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3.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE NOMBRE DEL OFERENTE: Ciudad: Calle (principal): No.: Calle (intersección): Teléfono(s): Correo electrónico: Cédula de Ciudadanía (Pasaporte): RUC:

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3.3 OFERTA ECONÓMICA

DESCRIPCIÓN Valor US$

COSTOS DIRECTOS

Remuneraciones

Beneficios y cargas sociales

Viajes y viáticos

Servicios

Arrendamientos

Equipos e instalaciones

Suministros

Reproducciones

Subcontratos

COSTOS INDIRECTOS

Utilidad

TOTAL

TOTAL: (detallar el total en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA. (Detallar costos directos e indirectos, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento General de la LOSNCP.)

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3.4 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA Contendrá, entre otros lo siguiente:

a) Desarrollo de objetivos, actividades, acciones, productos y metas;

b) Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de consultoría;

c) Organigrama funcional del servicio propuesto; y,

d) Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y tiempos.

(Nota: El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato).

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3.5 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS.

Nº Nombre del

proyecto Entidad

Contratante

Monto Breve descripción

Período de ejecución

Inicio Final

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3.6 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO

Nombre completo

Título profesional

Nacionalidad Cargo / Función

Tiempo participación

(meses)

Porcentaje participación sobre total

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3.7 EXPERIENCIA DEL PERSONAL TÉCNICO: Director/ Líder del Proyecto:

Nº Nombre del

proyecto Entidad

Contratante

Monto

Breve descripción

Período de ejecución

Inicio Final

Nº Nombre del

proyecto Entidad

Contratante

Monto

Breve descripción

Período de ejecución

Inicio Final

Para constancia de lo ofertado, suscribo este Formulario de Oferta,

FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso) Lugar y fecha

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IV. FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA

4.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO Yo, (nombre del profesional), me comprometo con (nombre del oferente) a prestar mis servicios en calidad de (título profesional), para (cargo asignado) durante la realización del proyecto, en caso de adjudicación, adjuntando al presente compromiso mi hoja de vida correspondiente, numeral 4.2 de este formulario. Lugar y Fecha __________________________ (Firma, Nombre y Número CC) (Profesional Asignado al Proyecto) Notas:

1. Este formulario deberá estar firmado por el profesional para ser considerado. 2. Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado en el

numeral 4.2 de este formulario.

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4.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO

Hoja.... de ..... 1. Nombres completos: __________________________________ 2. Lugar y fecha de nacimiento: __________________________________ 3. Nacionalidad: __________________________________ 4. Título profesional: __________________________________ 5. Fecha de graduación: __________________________________ 6. Título IV nivel: __________________________________ 7. Fecha de obtención: __________________________________ 6. Experiencia profesional:

Empresa / Institución

Contratante

Proyecto

Monto del proyecto

Papel desempeñado

Tiempo de participación

Actividades relevantes

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IV. PROYECTO DE CONTRATO

COMPARECIENTES: La Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, por intermedio de la Ing. Lilyana Páez R., Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría, Enc., por una parte; y, por otra parte ……………………………………….., por sus propios derechos, a quien en adelante se le denominará el “CONSULTOR”, respectivamente, convienen en celebrar el presente Contrato para las “IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA PARA LA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DE EP PETROECUADOR”, de conformidad con las siguientes cláusulas: Primera.- ANTECEDENTES 1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-, y 25 y 26 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la contratación de: “SOPORTE TÉCNICO: IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL”. 1.2 Previo los informes y los estudios respectivos, la Jefatura de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría mediante Resolución No. I-CCD-065-EPP-OSC-2014 resolvió aprobar el procedimiento de Consultoría Contratación Directa para la “IMPLEMENTACIÓN DE UN SERVICIO PARA LA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL”. 1.3 Se realizó la respectiva convocatoria el …. de diciembre de 2014, a través del Portal Institucional del SERCOP.

1.4 Luego del proceso correspondiente, la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, mediante Resolución No. ADJ-CCD-065-EPP-OSC-2014 de …. de ………………. de 2014 adjudicó la ejecución de la consultoría para la “IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA PARA LA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DE EP PETROECUADOR”, al oferente (nombre del adjudicatario). Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO 2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:

a) El Pliego del procedimiento. b) La oferta presentada por el CONSULTOR. c) Los documentos que acrediten la calidad de los comparecientes y su capacidad para

celebrar el contrato. d) Registro Único de Contribuyentes (RUC). e) Registro Único de Proveedores (RUP).

Tercera.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 3.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:

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a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal.

b. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y

obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.

c. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera

que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.

d. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”.

Cuarta.- OBJETO DEL CONTRATO 4.1 EL CONSULTOR se obliga para con EP PETROECUADOR a prestar el servicio de Consultoría para la “IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA PARA LA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DE EP PETROECUADOR”, a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, según las características y términos de referencia constantes en el Pliego y en la oferta negociada, que se agregan y forman parte integrante de este contrato. Se compromete al efecto, a ejecutar el trabajo de consultoría, con sujeción a su oferta, plan de trabajo y metodología, términos de referencia, anexos, instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, que forman parte del mismo respetando la normativa legal aplicable. Quinta.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS 5.1 En cumplimiento del objeto del presente contrato, el CONSULTOR se compromete a prestar a EP PETROECUADOR todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría, según las características y términos de referencia constantes en el Pliego y en la oferta negociada, que se agregan y forman parte integrante de este contrato. Sexta.- PRECIO DEL CONTRATO 6.1 El valor estimado del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al Consultor, es el de (cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, de conformidad con la oferta presentada por el Consultor. 6.2 Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al Consultor por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 6.1. Séptima.- FORMA DE PAGO 7.1 El valor del contrato se pagará en dos partes de la siguiente manera:

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- 60% una vez que el Consultor haya presentado el informe correspondiente a la etapa 1, a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, hasta 30 días luego de haberse presentado la factura y aprobada por el Administrador del Contrato.

- 40% una vez que el Consultor haya presentado el informe correspondiente a la

etapa 2, a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, hasta 30 días luego de haberse presentado la factura, aprobada por el Administrador del Contrato y una vez suscrita el acta entrega recepción definitiva.

7.2 Pagos indebidos: EP PETROECUADOR se reserva el derecho de reclamar al CONSULTOR, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose al CONSULTOR a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la CONTRATANTE, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador. 7.3 Todos estos valores se pagarán con cargo a la partida presupuestaria “SERVICIOS CONTRATADOS DE OPERACIÓN”. Octava.- PLAZO 8.1 El plazo para la ejecución y terminación de la totalidad de los trabajos contratados es de 90 días, contado a partir de la fecha de suscripción de este contrato. Novena.- PRÓRROGAS DE PLAZO 9.1 La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que la CONSULTORA así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del término de hasta dos días siguientes a la fecha de producido el hecho que motive la solicitud. a) Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por EP PETROECUADOR, previo

informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONSULTOR está obligado a continuar con la prestación del servicio, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato.

b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de EP PETROECUADOR y que no se deban a causas imputables al Consultor.

c) Si EP PETROECUADOR no hubiera solucionado los problemas administrativos-

contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la prestación del servicio de Consultoría.

9.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la Jefatura de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría, previo informe del administrador del contrato.

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Cláusula Décima.- GARANTÍA 10.1 Por ser la cuantía del presente procedimiento menor a multiplicar el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, no se exige garantía de Fiel Cumplimiento. Décimo Primera.- MULTAS 11.1. El CONSULTOR pagará a EP PETROECUADOR, por concepto de multa el equivalente al uno por mil (1x1000) del valor total de este contrato sin IVA, por cada día de retraso en la entrega de cada uno de los productos esperados, de igual manera se aplicará estás multas, si el Contratista no cumple con lo establecido en cláusula décimo cuarta del presente contrato. Excepto en caso fortuito o fuerza mayor, conforme lo dispuesto en el Art. 30 de la Codificación del Código Civil, debidamente comprobado y aceptado por EP PETROECUADOR, para lo cual el CONSULTOR notificará a la CONTRATANTE dentro de las cuarenta y ocho (48) horas subsiguientes a la ocurrencia de los hechos. Cumplido el término, de no mediar dicha notificación, se entenderá como no ocurridos los hechos que alegue el CONTRATISTA como causa, para el no cumplimiento del objeto al cual está obligado, y se le impondrá la multa prevista anteriormente. 11.2. EP PETROECUADOR queda autorizada por el CONSULTOR para que haga efectiva la multa impuesta, de los valores que por este contrato le corresponde recibir sin requisito o trámite previo alguno. 11.3 Si el valor de las multas impuestas llegare a superar el equivalente al cinco por ciento (5%) del precio del contrato sin el valor del IVA, EP PETROECUADOR podrá declarar, anticipada y unilateralmente la terminación del contrato. 11.4 El pago de multas no libera al CONSULTOR del cumplimiento de la obligación principal, esto es, del cumplimiento exacto de los términos del presente contrato. 11.5 Las multas serán descontadas de la factura presentada por el CONSULTOR al final de la ejecución del contrato. En caso que las multas superen el valor pendiente de pago, el CONSULTOR deberá cancelar el excedente, mediante cheque certificado o giro bancario a la orden de EP PETROECUADOR. 11.6 El pago de las multas no exonerará al CONSULTOR, de indemnizar los daños o perjuicios que su eventual incumplimiento ocasione a EP PETROECUADOR. 11.7 Las multas podrán ser apeladas ante la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR dentro del término de tres (3) días de notificadas. Transcurrido este término sin que se apele, se entenderá que la multa adquiere firmeza y que el CONTRATISTA acepte su imposición. 11.8 El recurso se presentará por escrito y reunirá, en lo que resulte aplicable, los requisitos del Art. 153 de Reglamento General de la LOSNCP; de no cumplir con tales requisitos se podrá disponer que se lo aclare o complete, en el término de 3 días, de no hacerlo en este lapso, no se dará trámite al recurso y se lo archivará. La resolución se dictará y notificará en el término de quince (15) días de interpuesto el recurso; no obstante, considerando los pronunciamientos de la Procuraduría General del Estado referentes al silencio administrativo en el ámbito de los contratos administrativos, si se notificare en un lapso mayor, no se

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entenderá por este hecho que el recurso se entienda aceptado. La resolución que tome la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, será definitiva y no será proclive de nuevo recurso o reclamo administrativo. Décimo Segunda.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS 12.1 En este contrato no se establece ningún tipo de reajuste de precios, por lo que las Partes renuncian expresamente al mismo. Décimo Tercera.- CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN 13.1 El CONSULTOR no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna, ni todo ni parte los derechos y obligaciones emanados de este Contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la LOSNCP. 13.2 El CONSULTOR previo autorización por escrito de la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, podrá subcontratar con terceros, registrados y habilitados en el RUP, parte de sus prestaciones, dentro del porcentaje permitido en el Art. 79 de la LOSNCP, y del Art. 120 del Reglamento General de la LOSNCP. 13.3 El CONSULTOR será la única responsable ante EP PETROECUADOR por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos. Décimo Cuarta.- OBLIGACIONES DEL CONSULTOR 14.1 Prestar servicios de Consultoría para la “IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA PARA LA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DE EP PETROECUADOR”, realizando todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del contrato, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las Condiciones Generales y Específicas y los demás documentos contractuales. 14.2 Brindar los servicios requeridos de conformidad a la oferta presentada, en los plazos pactados. 14.3 Entregar un informe final de la Solución Implementada para la comunicación institucional de EP PETROECUADOR, previa la suscripción del acta de recepción definitiva del servicio. 14.4 Para el cumplimiento de los servicios de consultoría, contará durante la vigencia del contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta. 14.5 Para sustituir personal técnico clave asignado al proyecto, solicitará la autorización previa por escrito, del Administrador del Contrato. 14.6 A solicitud de EP PETROECUADOR, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, a su costo, deberá sustituir uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto. 14.7 Solicitará a EP PETROECUADOR la aprobación correspondiente en caso de que requiera personal adicional al indicado en su oferta.

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14.8 Coordinar y vigilar el correcto desempeño de la consultoría, de manera que todas las actividades se realicen bajo el total cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas y de seguridad. 14.9 Se incorporará una etapa de transferencia de conocimientos al personal tecnológico y funcional, para una correcta administración de la herramienta para un mínimo de 3 técnicos y 5 funcionales. 14.10 Instalar y configurar la solución a implementar en el o los servidores designados por la EP PETROECUADOR. 14.11 Proteger y salvar de responsabilidad a EP PETROECUADOR y a sus representantes, de cualquier reclamo o juicio que surgiera como consecuencia de la contravención o falta de cumplimiento de cualquier norma jurídica por parte del adjudicatario o su personal. En caso de encontrar en los documentos contractuales una discrepancia o contradicción con relación a cualquier norma jurídica, el adjudicatario deberá informar de esto a EP PETROECUADOR. 14.12 Instalar o reinstalar la solución objeto de este proyecto, sin costo para la EP PETROECUADOR, siempre y cuando se dañaren por causas no imputables a la CONTRATANTE, durante el período que dure la garantía de las mismas. 14.13 Garantizar el rendimiento adecuado para la herramienta a implantarse en los servidores tanto de desarrollo como de producción de EP PETROECUADOR. 14.14 Los servidores donde se aloje la solución no debe estar fuera del territorio nacional. 14.15 En caso de ser necesario ejecutar trabajos que afecten al normal desempeño de la herramienta, estos deberán ser realizados fuera de los horarios de oficina. 14.16 Brindar soporte técnico y mantenimiento de la herramienta a través de consultas telefónicas, correo electrónico, accesos remotos y/o de manera presencial a la EP PETROECUADOR, en toda ocasión que sea requerido y en el tiempo de respuesta establecido, desde la firma del Acta de Recepción Definitiva hasta la vigencia de la Garantía Técnica, mínima de 1 año, con el fin de atender y solucionar, sin costo alguno, los problemas reportados de acuerdo al nivel de criticidad, según el siguiente detalle:

NIVEL TIEMPO RESPUESTA TIEMPO SOLUCIÓN

Bajo 4 horas 8 horas

Medio 2 horas 4 horas

Alto 1 hora 2 horas

14.17 Para el soporte técnico especializado en caso de ser necesario extenderlo a nivel nacional, este será realizado sin costo alguno para la EP PETROECUADOR y máximo en 72 horas contados a partir de la hora en la que se realice el reporte. 14.18 Proporcionar a la EP PETROECUADOR, sin costo, el desarrollo y las mejoras que haga a los programas y que las haya incorporado a los productos entregados.

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14.19 Responsabilizarse por la instalación, configuración y puesta en producción de la herramienta a satisfacción de la EP PETROECUADOR. 14.20 Entregar todos los manuales de instalación, operación, configuración, instructivos y demás documentación técnica, que permitan el apropiado uso y operación del servicio objeto de la contratación, a entera satisfacción de la EP PETROECUADOR. 14.21 Entregar a EP PETROECUADOR todos los derechos de uso y administración de la herramienta a implementar objeto del contrato. 14.22 El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del contrato, ni con el personal de la subcontratista. 14.23 A más de las obligaciones ya establecidas, el contratista está obligado a cumplir con cualquier otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y pueda ser exigible por constar en cualquier documento de él o en norma legal específicamente aplicable al mismo. Décimo Quinta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 15.1 Designar un(a) administrador(a) del contrato para el adecuado control de su ejecución, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, para lo que adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados.

15.2 Por intermedio del administrador(a) del contrato, adoptar las medidas necesarias para el normal cumplimiento del mismo.

15.3 Cancelar a favor del Contratista, los valores facturados de conformidad con la forma de pago constante en el contrato. 15.4 Dar atención a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo de veinte y cuatro (24) horas, contados a partir de la petición escrita formulada por el Consultor.

15.5 Elaborar el Acta de Recepción Definitiva una vez finalizado el contrato. Décimo Sexta.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO 16.1 EP PETROECUADOR, designará un administrador del contrato, para el adecuado control de la ejecución del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los Pliegos que forman parte del presente contrato, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento. 16.2 El administrador del contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo lo que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga de plazo parcial que puede hacer el CONSULTOR; pero, la autorización de la prórroga que varíe el plazo total del Contrato, le corresponderá a la Jefe de Adquisiciones de

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Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR. 16.3 El administrador será el encargado de velar por el cumplimiento de las normas legales y compromisos contractuales por parte del CONSULTOR. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar. 16.4 Las multas que imponga el administrador del contrato al CONSULTOR, deberán constar por escrito, estar debidamente fundamentadas y notificadas a éste. 16.5 El administrador pondrá inmediatamente en conocimiento de la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, el o los recursos que interponga el CONTRATISTA por las multas que se pudieran imponer, adjuntando un informe sustentando sobre los hechos y argumentos esgrimidos por el CONTRATISTA. 16.6 El administrador del contrato elaborará la orden de pago, la aprobará y la remitirá al área respectiva para que se efectúe el pago al CONTRATISTA. 16.7 El administrador del contrato, reportará a la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, sobre todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza, que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato. 16.8 Emitir el informe final del servicio recibido, previamente a la suscripción del acta entrega recepción definitiva y enviará una copia del acta en mención, al Departamento de Adquisición de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR. 16.9 Emitir su opinión debidamente sustentada a la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, sugiriendo o no, según la situación fáctica del caso, la terminación unilateral del contrato. 16.10 Formar parte de la comisión que suscribirá el acta de entrega recepción definitiva, verificando que cumpla con lo establecido en el Art. 124 y 125 del Reglamento de la LOSNCP. Décimo Séptima.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO 17.1 Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el CONSULTOR entregará a la EP PETROECUADOR el informe final provisional de la consultoría realizada, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La EP PETROECUADOR dispondrá del término de 15 días para la emisión de observaciones y el CONSULTOR de 15 días término adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo. 17.2 El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo de 15 días, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto por parte del Administrador del Contrato de conformidad a lo previsto en el artículo 123 del RGLOSNCP. 17.3 Si la CONTRATANTE no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el término de quince días, se

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considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del CONSULTOR notificará que dicha recepción se produjo, de acuerdo con el artículo 81 de la LOSNCP. 17.4 Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del CONSULTOR o declarada por la CONTRATANTE, producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico-económica correspondiente. Las partes buscarán en el plazo de 30 días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas. 17.5 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del RGLOSNCP. Décimo Octava.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO 18.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato. 18.2 Causales de Terminación unilateral del Contrato.- Tratándose de incumplimiento del CONSULTOR, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales: a) Si el CONSULTOR no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión,

enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;

b) Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la

LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONSULTOR;

c) Si el CONSULTOR incumple con las declaraciones que ha realizado en el Formulario de la oferta - Presentación y compromiso;

d) El caso de que EP PETROECUADOR encontrare que existe inconsistencia, simulación

y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, lo declarará Contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.

18.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.

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18.3.1 La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del contratista. 18.3.2 Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley. Décimo Novena.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS 19.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios o convenir en la ejecución de trabajos bajo las modalidades de diferencias en cantidades de servicio u órdenes de trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 85, 86, 87, 88 y 89 de la LOSNCP, y en los artículos 144 y 145 de su Reglamento General. Vigésima.- DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS 20.1 En caso de suscitarse divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, las Partes tratarán de llegar a un acuerdo que solucione el problema, en el plazo de treinta (30) días. 20.2 Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar la mediación para la solución de controversias en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado. 20.3 De no mediar acuerdo alguno, las partes en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 105 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, aplicarán el procedimiento prescrito en la Ley de la Jurisdicción Contencioso administrativa; en este caso, será competente para conocer la controversia la Unidad de lo Contencioso Administrativo de la ciudad de Quito. 20.4 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el CONSULTOR renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este contrato. Si el CONSULTOR incumpliere este compromiso, EP PETROECUADOR podrá dar por terminado unilateralmente el contrato. Vigésimo Primera.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 21.1 La CONTRATANTE efectuará al CONSULTOR las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente. La CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenare y que corresponda a mora patronal, por obligaciones con el seguro social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo a la Ley de Seguridad Social. Vigésimo Segunda: LABORAL 22.1 El CONSULTOR asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de

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Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, la Entidad Contratante está exenta de toda obligación respecto del personal del CONSULTOR. Sin perjuicio de lo cual, la Entidad Contratante ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente. Vigésimo Tercera: RESPONSABILIDAD 23.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCOP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador. Vigésimo Cuarta.- DOMICILIO Y COMUNICACIONES 24.1 Para todos los efectos de este contrato, las Partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Quito DM. 24.2 Para efectos de comunicación o notificaciones, las Partes señalan como su dirección, las siguientes: CONTRATANTE: EP PETROECUADOR RUC : 1768153530001 DIRECCIÓN : Alpallana y Av. 6 de Diciembre, Edif. El Rocío I, 6to. piso. TELÉFONOS : 2994-200 CIUDAD : Quito-Ecuador CONSULTOR : RUC : DIRECCIÓN : TELÉFONOS : Correo electrónico: Ciudad : Vigésima Quinta.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 25.1.- Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones. Para constancia de las declaraciones presentes y ratificándose en todo su contenido, las Partes suscriben el presente contrato, en tres (3) ejemplares originales, de igual contenido y valor en la ciudad Quito, Distrito Metropolitano, a los Ing. Lilyana Páez CONSULTOR JEFE DE ADQUISICIONES DE OBRAS, SERVICIOS Y CONSULTORÍA EP PETROECUADOR