COLEGIO ESPAÑOL MARIA REINA - · 3571 del 25 de agosto de 1981, con última modificación Nº...
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COLEGIO ESPAÑOL RED IBEROAMERICANA DE
MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES.- RICE
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COLEGIO ESPAÑOL MARIA REINA
REGLAMENTO DE EVALUACION
Y PROMOCIÓN ESCOLAR
Viña del mar, MARZO, 2018
COLEGIO ESPAÑOL RED IBEROAMERICANA DE
MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES.- RICE
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COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA
REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR
DE ALUMNOS DE EDUCACIÓN PARVULARIA: NT1-NT2
Y ENSEÑANZA BASICA: 1° a 8°
Según: Decreto Exento: No 289/2001 Educación Parvularia NT1-NT2
y Decreto Exento: No 511/97 Enseñanza Básica 1° - 8°
INTRODUCCIÓN:
El COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA R.B.D.: 1748-5, es un establecimiento particular, subvencionado,
Católico, con titularidad española, ubicado en calle Tres Cruces, 1351, Reñaca Alto, comuna de Viña del Mar, dependiente
de la Fundación Educacional María Reina., reconocido por el Ministerio de Educación de Chile mediante resolución Nº
3571 del 25 de agosto de 1981, con última modificación Nº 1315 del 05 de Mayo de 2.003 y por el Ministerio de Educación
del Reino de España con el Nº 60001443 y el Decreto del Obispado de Valparaíso lo reconoce como colegio católico con el
decreto Nº 24 de Noviembre de 1.992. Imparte educación Parvularia y Educación Básica, de acuerdo a la normativa vigente
y planes y programas propios autorizados por los Ministerios de Educación de la República de Chile y del Reino de España
y el presente Reglamento de Evaluación.
MISIÓN:
El COLEGIO MARÍA REINA nace con una misión eminentemente evangelizadora y de promoción humana, a través de la
Educación Católica. Es un colegio que tiene como objetivo: educar personas que desarrollen al máximo sus capacidades
intelectuales y formen su voluntad, de manera que, optando por la vivencia de los valores evangélicos, puedan integrarse
en forma eficiente a la sociedad.
VISIÓN:
Nos proponemos que los niños y jóvenes que asisten al Colegio Español María Reina, tengan una educación integral de
máxima calidad, que encuentren los medios de apoyo humanos, profesionales, pedagógicos y tecnológicos para desarrollar
sus capacidades y potencias, que tengan una delicada atención a sus necesidades individuales en el aspecto personal,
afectivo y espiritual de acuerdo a la gran dignidad que tienen por ser hijos de Dios
Será una preocupación esmerada que la formación cristiana de los niños y jóvenes, de acuerdo al Evangelio y a las
enseñanzas de Iglesia Católica, respetando la libertad de conciencia de cada uno, sean la base y fortaleza de su educación y
formación de su personalidad, de manera que no sólo sean verdades conocidas, sino también una libre opción por vivir de
acuerdo a las enseñanzas de Jesús.
Los profesores y personal en general, estaremos en un constante perfeccionamiento y actualización desde el punto de vista
humano, espiritual, profesional y administrativo, buscando la excelencia en todos los procesos, tanto pedagógicos como de
gestión y de administración para así entregar una educación, atención y servicio de máxima calidad, eficiente y eficaz
teniendo siempre a la persona como centro. Nuestro profesionalismo, forma y coherencia de vida será la base de nuestra
autoridad.
Seremos una comunidad en la que se sienta un ambiente acogedor, de confianza, de trabajo, de respeto, de libertad
responsable, de participación activa de los alumnos en su aprendizaje, de solidaridad con los más necesitados y de
compromiso en la consecución de la Misión y Visión del Colegio Español María Reina.
Trabajar para que los niños y jóvenes alumnos del COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA, preferentemente los más
necesitados, tengan una educación de la máxima calidad, que encuentren los medios para desarrollar sus capacidades, que
tengan una delicada atención a sus necesidades intelectuales, afectivas y espirituales, de acuerdo a la gran dignidad que
tienen por ser hijos de Dios
Será una preocupación esmerada que la formación cristiana de los niños, de acuerdo al Evangelio y a las enseñanzas de
Iglesia Católica, respetando la libertad de conciencia de cada uno, sea el puntal de su educación y formación de su
personalidad, de manera que no sólo sean verdades en las que crean, sino también libre opción por vivir de acuerdo a las
enseñanzas de Jesús.
CONCEPTO DE EVALUACIÓN:
En el COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA. se considera a la evaluación del aprendizaje como uno de los aspectos
fundamentales dentro del proceso educativo.
Evaluar el desempeño de los alumnos1 significa tomar conciencia de su aplicación en los estudios en relación con sus
propias posibilidades con el grupo que pertenece.
1 Las alusiones personales a “alumnos” se refiere a ambos sexos, alumnos y alumnas, se indica sólo en masculino para facilitar la lectura.
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Consideramos que la evaluación debe cumplir con tres roles fundamentales. El rol diagnóstico, al inicio; el rol formativo,
durante el proceso de aprendizaje y el sumativo, al final del proceso.
Concebimos la evaluación como un proceso permanente y sistemático. Para llevarlo a cabo utilizaremos instrumentos, tales
como: pruebas de desarrollo, pruebas de alternativas, informes, pruebas de ejecución, observaciones directas,
interrogaciones, exposiciones, foros, etc.
I.-DISPOSICIONES GENERALES
1. Artículo 1º: El presente Reglamento de Evaluación y Promoción indica la normativa que se aplicará para estos efectos
en el COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA y de acuerdo a los decretos vigentes del Ministerio de Educación de
Chile y aceptados por el Ministerio de Educación de España.
2. Artículo 2º.-El presente Reglamento se aplicará en los niveles de NT1 y NT2 de Educación Parvularia y en los niveles
de: 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8° de Educación General Básica.
Decreto Exento: No 289/2001 Educación Parvularia
-Decreto de Evaluación: No 511/97 (Enseñanza Básica)
3. Artículo 3º.-Las disposiciones del presente Reglamento serán dadas a conocer a los apoderados en el acto de la
matrícula o al inicio del año escolar y una copia del mismo será enviado al Departamento Provincial de Educación.
4. Artículo 4º.-El régimen de evaluación que se aplicará en el Colegio Español María Reina será semestral, según
calendarización entregada por el Ministerio de Educación para cada año escolar.
5. Artículo 5º: Los alumnos serán evaluados con nota en todas las asignaturas del plan de estudios con excepción de
Religión y Virtudes Humanas que se evaluarán con concepto.
6. Artículo 6º- Los alumnos que tengan impedimentos para desarrollar en forma normal las actividades planificadas en la
Asignatura, o actividad de aprendizaje del plan de estudios serán sometidos a procedimiento de evaluación
diferenciada de acuerdo a las indicaciones de las Psicopedagogas del Colegio.
Entendemos la evaluación diferenciada como la aplicación de procedimiento de evaluación técnicamente
acondicionada para atender a las diversidades que los alumnos presentan en su proceso de aprendizaje.
Se trata de lograr el objetivo correspondiente, adecuando o cambiando una actividad por otra que los alumnos puedan
realizar.
7. Artículo 7º - La información sobre el avance educacional de los alumnos será entregado a sus padres y apoderados, al
menos tres veces al año. Al término del semestre se entregará también informe de Desarrollo Personal y Social del
alumno,
8. ARTÍCULO 8º -El logro de los Objetivos fundamentales Transversales se registrará en el informe de Desarrollo
Personal y Social de los alumnos, el que se entregará a los padres y apoderados junto con el informe de calificación.
Se usará la escala siguiente:
S = Siempre se observa el rasgo.
G = Generalmente se observa el rasgo.
O = Ocasionalmente.
II.- ROL DEL PROFESOR EN LA EVALUACIÓN
9. Artículo 9º: Conocer el nivel de efectividad de la metodología aplicada.
10. Artículo 10°: Identificar las necesidades educativas de los alumnos con el fin aplicar medidas pedagógicas oportunas
para lograr un buen aprendizaje en todos los alumnos.
11. Artículo 11°.-Identificar las habilidades y conocimientos adquiridos y aquellos que hay que fortalecer en los alumnos.
12. Artículo 12°: -Identificar los niveles de desempeño que desea lograr en los alumnos.
13. Artículo 13°: -Identificar el grado de desarrollo de los valores y actitudes que los alumnos poseen.
14. Artículo 14°:.-Aplicar estrategias remediales para lograr los resultados esperados.
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III.- MOMENTOS Y FUNCIONES DE LA EVALUACIÓN
15. Artículo 15º: Evaluación Diagnóstica: Evaluación al iniciar la acción educativa:
Se utilizará para determinar las capacidades, destrezas y conocimientos específicos y habilidades que tienen los
estudiantes al iniciar el proceso de aprendizaje, con el fin de reforzar y planificar las actividades pedagógicas.
16. Artículo 16º: Evaluación de Proceso: Evaluación formativa y sumativa durante el semestre y el año académico:
Permitirá al profesor recibir información sobre el avance de los estudiantes y adecuarla a su acción pedagógica para
mejorarla. También los educandos podrán conocer y mejorar su propio quehacer educativo, (formativo).
Mediante estos procedimientos se obtendrán las calificaciones parciales y también la información requerida para el
logro y evaluación de los Objetivos Fundamentales Transversales. (Valores – Actitudes).
17. Artículo 17º: Evaluación de término (Sumativa): Evaluaciones al final del año académico:
A. - Se aplicará EXAMEN FINAL al término del año escolar en las asignaturas de: Lenguaje, Matemáticas, Historia,
Historia y Geografía de España, Ciencias Naturales e Inglés.
B. – Las asignaturas mencionadas en el párrafo anterior, corresponden a asignaturas del plan de estudios.
C. – El examen final tendrá una ponderación del 20% de la evaluación anual.
D. Este examen considerará los Objetivos de Aprendizaje, Contenidos y Métodos trabajados durante todo el año
escolar.
E. - El examen final se aplicara en los cursos de 5° y 8° Básicos.
F. - Los alumnos que tengan en una asignatura un promedio de los dos semestres igual o superior a 5,5 podrán
eximirse de los exámenes en esta misma asignatura.
G. – Quedan exentos de este examen los alumnos con dificultades NEE de aprendizaje, a criterio del Jefe de la UTP y
del Consejo de Profesores del curso al que pertenece el alumno.
Aquellos alumnos que no estén presentes para rendir examen final de la asignatura, tendrán derecho a rendirlo,
solo si, el apoderado ha justificado en forma personal con certificado médico en Inspectoría, dentro de las
veinticuatro horas hábiles después de la fecha del examen. De no ser así, se procederá a calificar con nota mínima
(1.0).
IV - PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN
18. Artículo 18º: El profesor trabajara con objetivos y contenidos claros y conocidos por los estudiantes los que se darán a
conocer como Objetivos de Aprendizaje. Ellos deberán entender con claridad que se espera al termino del proceso de
enseñanza - aprendizaje.
19. Artículo 19º: La evaluación (en sus distintas formas) será una práctica habitual y sistemática, es decir, en diferentes
momentos del año, el profesor recogerá información de cada estudiante, de manera que pueda tener claro, las
remediales necesarias y los logros obtenidos.
20. Artículo 20º: En la asignatura de Matemáticas se evaluará por separado las Unidades de Geometría y Aritmética,
desde Primer año de Enseñanza Básica a Octavo año de Enseñanza general Básica (acuerdo interno). Al término de
cada semestre, con las notas de las unidades de Geometría y Aritmética en conjunto, se obtendrá la nota final
(Semestral y Anual respectivamente). Para el número de evaluaciones, la Geometría se regirá como asignatura de dos
horas semanales.
21. Artículo 21º: La evaluación de los Objetivos de Aprendizaje Transversales (Valores-Actitudes) se entregará a fines de
cada semestre a través del Informe de Desarrollo Personal y Social.
22. Artículo 22º: La evaluación será Cuantitativa y Cualitativa (Cuantitativa con calificación numérica y Cualitativa, a
través conceptos).
23. Artículo 23º: El profesor llevará una observación y evaluación de proceso del desarrollo de las actitudes de cada
estudiante, para realizar las sugerencias pertinentes y fundamentadas en los Consejos de Profesores de Curso, donde se
realiza la evaluación de término: cualitativa a través el Desarrollo Personal y Social y cuantitativa referente al
rendimiento académico.
24. Artículo 24º:- El plazo máximo para registrar las notas en el libro de clase, es de diez días (10 días) hábiles desde el
día en que se hizo la evaluación.
25. Artículo 25º: El plazo máximo para corregir un error de nota en el libro de clases, será de 2 semanas a contar de la
fecha de entrega de la evaluación. DE NO SER ASI SE MANTENDRA LA NOTA ORIGINAL.
26. Artículo 26º: Todo cambio de nota en el libro de clases deberá realizarse con autorización de la Jefe de la Unidad
Técnica Pedagógica.
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27. Artículo 27°: La calificación se expresará en escala de 1.0 a 7.0.
28. Artículo 28°: El COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA exigirá en la evaluación el 60% de porcentaje de exigencia
para la obtención de la calificación mínima aceptable: 4,0 (cuatro coma cero).
29. ARTÍCULO 29º: Las calificaciones corresponden a:
A. Calificaciones Parciales: Son las obtenidas durante el transcurso del semestre.
B. Calificaciones Semestrales: Se obtiene del promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas en
el respectivo semestre.
C. Calificaciones Finales: Son las obtenidas al final del año escolar en cada Asignatura del plan de estudios de
cada curso.
D. Promedio General: Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones finales de los distintos
Asignaturas de aprendizaje obtenido por el alumno en un curso determinado.
30. Artículo 30º Para los alumnos que rinden examen, el cálculo final se realiza sumando el promedio de notas del 1er y
2o semestre (80%), mas la nota del examen (20%).
31. ARTÍCULO 31º: Al final de cada semestre en los niveles de 1° a 8° se realizará una evaluación en todas las
asignaturas que abarcará los objetivos fundamentales tratados durante el respectivo semestre. Esta evaluación tendrá
una ponderación de coeficiente dos, y se considerará como una nota parcial.
32. ARTÍCULO 32º: El número de calificaciones parciales por semestre, para todos los niveles, será como mínimo los
siguientes:
CUADRO CON EL NÚMERO MÍNIMO DE CALIFICACIONES SEMESTRALES
ASIGNATURAS DE: MÍNIMO Nº DE
EVALUACIONES SEMESTRE
7 ó MÁS HORAS DE CLASES SEMANALES 9
5 ó 6 HORAS SEMANALES 7
3 ó 4 HORAS SEMANALES 5
2 HORAS SEMANALES 4
Una de las calificaciones durante el año, coeficiente 1, es la evaluación del proceso de revisión del cuaderno de la
asignatura que tiene y usa el alumno durante las clases de la respectiva asignatura. Puede hacerse esta revisión
en cualquiera de los dos semestres.
33. ARTICULO 33º: Los resultados de las evaluaciones, se expresarán en calificaciones, utilizando una escala
numérica de 1,0 a 7,0 hasta con un decimal. La Calificación mínima de aprobación es 4,0. (cuatro coma cero).
34. Artículo 34º- Características de las evaluaciones sumativas:
a) Las evaluaciones sumativas serán planificadas y anunciadas con antelación.
b) Toda prueba debe registrar el puntaje total y el de cada ítem.
c) Los objetivos de Aprendizaje deben estar claramente especificados.
d) Toda evaluación que no sea prueba escrita debe tener una pauta de ejecución con el puntaje correspondiente
y/o rúbrica.
e) Todo instrumento evaluativo debe ser revisado por el Jefe de la Unidad. Técnico Pedagógica y aprobada por
este antes de ser multicopiada para su aplicación.
35. Artículo 35º- El docente puede hacer evaluaciones sumativas, sin previo aviso al alumno, con información al Jefe de
la UTP y autorización del mismo.
36. Artículo 36º- Los instrumentos de evaluación correspondientes a los alumnos que tienen Evaluación Diferenciada y
Adecuación Curricular Individual tendrán el porcentaje de exigencia 60% para la nota 4.0.
Los instrumentos de evaluación diferenciada deberán ser revisados por el Jefe de la UTP y de la Psicopedagoga
37. Artículo 37º: Procedimientos de aplicación de la evaluación diferenciada:
Considerando las diferencias personales y las orientaciones dadas por los especialistas, de acuerdo a los
diagnósticos realizados por éstos y por el propio docente, se aplicará los criterios de evaluación diferenciada más
oportunos. Se sugiere entre otros los siguientes:
a) Proporcionar más tiempo para responder.
b) Reforzar las instrucciones en forma oral e individualmente.
c) Aplicar evaluaciones con menor número de preguntas (60% de la evaluación original), que apunten a los
objetivos relevantes y que sean conductas de entrada para aprendizajes posteriores.
e) Realizar evaluaciones orales cuando corresponda.
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f) Utilizar procesos de autoevaluación y/o coevaluación académica.
g) Fraccionamiento de contenidos
En caso de que el alumno, después de la aplicación de los procedimientos de evaluación diferenciada, no logre la
nota mínima de aprobación (4,0) será calificado con la nota obtenida.
38. Artículo 38º- Se podrá realizar como máximo 2 (dos) evaluaciones de Unidad en un día. (En este contexto no se
considerará las evaluaciones formativas que no sean de final de unidad, las cuales, si las hubiere, podrán realizarse de
igual forma.)
39. Artículo 39º- No se podrá aplicar evaluación alguna, de la misma asignatura, sin antes haber entregado la calificación
y el instrumento de la evaluación anterior.
40. Artículo 40º: La dirección del Colegio realizará distintas evaluaciones de distintas asignaturas y cursos durante el
año. Las notas resultantes de estas evaluaciones serán promediadas y tendrán una nota que se registrará en el libro de
clases del alumno en la asignatura y semestre que corresponda.
41. Artículo 41º: Los ensayos de SIMCE realizados por la UTP, en las asignaturas de Lenguaje, Matemática, Historia,
Geografía y Ciencias Sociales y Ciencias Naturales, las evaluaciones progresivas u otras enviadas desde dirección
también serán evaluadas en forma sumativa y promediadas se registrarán como una nota semestral.
42. Artículo 42º: Las clases de reforzamiento y extra programáticos serán Evaluados cualitativamente.
V - EVALUACIÓN EN NIVELES DE EDUCACIÓN PARVULARIA:
43. Artículo 43º: Los niveles de Educación Parvularia contemplan NT1 y NT2.
44. Artículo 44º: Los docentes podrán realizar evaluaciones de proceso y de término en cada semestre.
45. Artículo 45º: Los alumnos obtendrán evaluaciones de acuerdo a los aprendizajes esperados de cada Ámbito ó Núcleo
Temático.
46. Artículo 46º: La plantilla de evaluación está confeccionada según sugerencia Mineduc y las adaptaciones realizadas
por las Educadoras y, la Unidad Técnica Pedagógica.
47. Artículo 47º: Al termino de cada año obtendrán la evaluación anual del respectivo nivel.
48. Artículo 48º: La evaluación, para estos niveles será de carácter cualitativa.
49. Artículo 49º: La evaluación estará centrada en las capacidades, destrezas y habilidades que contempla cada Ámbito.
VI - CÁLCULO DE NOTAS SEMESTRALES Y ANUALES
50. Artículo 50º: El promedio semestral de cada asignatura se expresara con un decimal y con aproximación
.
51. Artículo 51º: El promedio final anual de cada asignatura se expresara con un decimal y con aproximación.
52. Artículo 52º: El promedio general (promoción) que incluye todas las asignaturas se expresara con 1 decimal y con
aproximación.
53. Artículo 53º: El promedio de los ensayos SIMCE y evaluaciones de Dirección se calculará con 1 decimal y con
aproximación, a nivel semestral.
FORMAS DE COMUNICAR LOS RESULTADOS ACADEMICOS A PADRES Y APODERADOS.
54. Artículo 54º:- Cómo mínimo se entregará un informe escrito del avance pedagógico de sus hijos. En reunión o en
entrevista se explicará a los Padres el sistema utilizado, se expondrán posibles remediales y se recordará la importancia
de la responsabilidad de los Padres y Apoderados como primeros responsables en el desarrollo del proceso educativo
de sus hijos.
55. Artículo 55º:- En cada semestre académico se entregarán informes parciales de notas, con la finalidad de dar a
conocer el rendimiento académico de los alumnos.
56. Artículo 56º:- Los informes de evaluación semestral serán entregados al término de cada semestre y tendrán las
calificaciones obtenidas en las diferentes asignaturas y los resultados alcanzados en las diferentes Áreas del Informe de
Desarrollo Personal y Social.
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DE LA ASIGNATURA DE RELIGIÓN Y VIRTUDES HUMANAS Y DESARROLLO INTEGRAL.
57. Artículo 57º:- La asignatura de Religión es de carácter obligatorio para todos los alumnos matriculados regularmente.
58. Artículo 58º:- Los alumnos que no muestren una actitud responsable y comprometida con la asignatura de Religión y
obtengan una evaluación anual inferior a B deben firmar junto con su Apoderado una ficha de compromiso al término
del año escolar.
59. Artículo 59º- las calificaciones de las Asignaturas de Religión Católica y Virtudes Humanas y Desarrollo Integral, no
incidirán en la promoción; sin embargo se considerarán para los efectos de promedios para premiación. No podrá
recibir una distinción como primer lugar el alumno que no tenga la calificación máxima (MB) en estas asignaturas.
Las calificaciones en estas asignaturas son:
MUY BUENO: MB equivalente a notas entre: 6,0 y 7,0
BUENO B equivalente a notas entre: 5,0 y 5,9
SUFICIENTE S equivalente a notas entre: 4,0 y 4,9
INSUFICIENTE I equivalente a notas entre: 1,0 y 3,9
VII - SITUACIONES ESPECIALES
60. Artículo 60º-Los alumnos que por motivos justificados no se presenten a una prueba o no entreguen sus trabajos,
tendrán una segunda oportunidad el primer día que se presenten a clases y que les corresponda por horario la
asignatura o asignaturas a evaluar. Si la justificación de la inasistencia es con certificado médico se mantendrá el nivel
de exigencia del 60% en la evaluación, de lo contrario el nivel mínimo de exigencia será el 70% en la calificación
mínima aceptable (4,0) de la evaluación.
61. Artículo 61º-Toda inasistencia a evaluaciones debe ser justificada por el Apoderado forma personal, en Inspectoria,
dentro de las 48 horas en que estén programadas las evaluaciones.
62. Artículo 62º- El certificado médico solo se considerara como justificación a la ausencia de la prueba.
63. Artículo 63º- Los alumnos que representen al Colegio en actividades curriculares externas deberán normalizar su
situación durante el semestre directamente con UTP, para confeccionar calendario recuperativo.
64. Artículo 64º- Todo alumno que no se presente a rendir evaluaciones atrasadas según calendarización informada o
acordada, según sea la situación individual de cada alumno por la que no rindió la evaluación en la fecha que la realizó
todo su curso, se procederá a calificar con nota 1.0, con excepción de aquellos que presenten certificado médico.
65. Artículo 65º- Aquellos alumnos que no estén presentes para rendir examen final de la asignatura, tendrán derecho a
rendirlo, solo si, el apoderado ha justificado en forma personal con certificado médico en Inspectoria General.
66. Artículo 66º: Los alumnos que obtengan una calificación inferior a 4,5 (cuatro coma cinco) en dos evaluaciones
consecutivas, en las asignaturas de: Lenguaje y Comunicación ó Matemáticas, el apoderado firmará una carta de
compromiso y tendrá el alumno que asistir a clase de reforzamiento en forma OBLIGATORIA. Esta misma medida es
para los alumnos que tengan a final del primer semestre un promedio inferior a 4,5 (cuatro coma cinco), en estas
asignaturas.
67. Artículo 67º- Al alumno que durante una evaluación, sin previa autorización del docente, tenga encendido el teléfono
o cualquiera aparato electrónico, o se le sorprenda copiando o con material que contenga información pedagógica, se le
retirará el instrumento evaluativo y se le calificará con una nueva evaluación con ponderación de 70%. Esta situación
quedará registrada en su hoja de vida del libro de clase, pudiéndosele aplicar las medidas disciplinarias
correspondientes, de acuerdo al Reglamento Interno de Convivencia Escolar.
68. Artículo 68º.- El alumno no cumpla con los plazos establecidos por el profesor en la entrega de otros procedimientos
evaluativos (trabajos escritos, disertaciones u otros) será calificado con la nota mínima (1,0). Esta conducta será
registrada en la hoja de vida del alumno.
VIII - DE LA PROMOCIÓN
69. ARTICULO 69º: Para la promoción al curso inmediatamente superior se considerará conjuntamente la asistencia y
el rendimiento de los alumnos.
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A.- RESPECTO DE LA ASISTENCIA
70. ARTICULO 70º: Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en
el calendario escolar anual. No obstante por razones graves, debidamente justificadas, el Director del Colegio,
previa consulta al profesor jefe, podrá autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de
asistencia, para lo que se requiere elevar una carta a la Dirección y debe haber habido en su fecha, justificación
ante Inspectoría con certificado médico, en caso de enfermedad. Estos deberían justificar, al menos el 50%
(cincuenta por ciento) de las inasistencias a clase.
71. ARTICULO 71º: Los alumnos que sean eximidos de este porcentaje ó tengan una asistencia inferior a 91% al final
del año escolar, el apoderado firmará una carta de compromiso con el fin de mejorar este porcentaje. Al final del
semestre se evaluará esta situación y si no se ha superado, sin causa justificada, se aplicará condicionalidad al
alumno por asistencia.
B.- RESPECTO DEL LOGRO OBJETIVOS O RENDIMIENTO:
72. ARTICULO 72º Será promovidos:
a) Todos los alumnos de 1° a 2° y de 3° a 4° año de Enseñanza Básica, que hayan asistido a lo menos, al 85% de las
clases y que hayan logrado las competencias básicas de su nivel en Lenguaje y Matemáticas.
b) Serán promovidos los alumnos de 2° a 3° y de 4° hasta 8° nivel que hubieren aprobado todos los subsectores,
asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudios.
c) Serán promovidos los alumnos de los curso de 2° a 3° y de 4° hasta 8° nivel de Enseñanza Básica que no
hubieren aprobado un subsector, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior,
incluido el subsector reprobado.
a) Igualmente serán promovidos los alumnos de los cursos de 2° a 3° y de 4° hasta 8° nivel de Enseñanza Básica
que no hubieren aprobado dos subsectores o asignaturas, siempre que su nivel general de logros corresponda a un
promedio 5,0 o superior, incluidos los subsectores reprobados.
b) Serán reprobados los alumnos – alumnas de 1° a 3° Año Básico que tengan un atraso significativo en lectura,
escritura y/o matemática, que afecte la continuidad de sus aprendizajes en el curso siguiente. El procedimiento
será según Decreto 107/2003 N°3.
73. ARTÍCULO 73º Las situaciones especiales de evaluación y promoción de alumnos de 1° a 4° año de Enseñanza
Básica serán resueltas por el Director del Colegio.
La Dirección del Colegio resolverá los casos de los alumnos que por motivos justificados requieran ingresar
tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar dentro del período escolar
correspondiente, etc.
74. Artículo 74°: Todas las situaciones de evaluación deben quedar resueltas dentro del período del calendario escolar
75. ARTÍCULO 75º: Al término del año escolar el Colegio entregará a todos los alumnos un certificado anual de
estudio, el que llevará todas las Asignaturas, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. El
Certificado Anual de Estudio no podrá ser retenido en el Establecimiento por ningún motivo al alumno que lo solicite;
sin embargo, con el fin de no duplicar el trabajo administrativo, el Colegio podrá guardar los certificados de
promoción a los alumnos que continúen matriculados para el año escolar siguiente, en los expedientes de los mismos.
76. ARTÍCULO 76º: Las actas de Registro de calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada curso las
calificaciones finales de cada Asignatura o asignatura y la situación final de los alumnos, de acuerdo al formato
requerido por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN
77. ARTÍCULO 77º: La situación de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente Reglamento, serán
resueltas por la Secretaría Regional Ministerial de Educación.
78. ARTÍCULO 78º: Este Reglamento entra en vigencia a contar del 01 de Marzo de 2018.-
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79. ARTÍCULO 79º: El Colegio Español María Reina es un centro con titularidad española y el código es: Nº 60001443.
80. ARTÍCULO 80º: La equivalencia de niveles entre el Ministerio de Educación de la República de Chile y el Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España es:
EQUIVALENCIA DE NIVELES
ENTRE EL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE ESPAÑA Y CHILE
CH
ILE
HIS
PA
NO
AM
ER
ICA
NO
ED
UC
AC
IÓN
ME
DIA
EQUIVALENCIA DE NIVELES
ES
PA
ÑA
4º 2º BACHILLERATO
3º 1º
2º 4º SEGUNDO
CICLO
ES
O
1º 3º
CO
LE
GIO
ES
PA
ÑO
L M
AR
ÍA
RE
INA
ED
UC
AC
IÓN
GE
NE
RA
L B
ÁS
ICA
NB6 8º 2º PRIMER
CICLO NB5 7º 1º NB4 6º 6º TERCER
CICLO
ED
UC
AC
IÓN
PR
IMA
RIA
NB3 5º 5º
NB2 4º 4º SEGUNDO
CICLO 3º 3º
NB1 2º 2º PRIMER
CICLO 1º 1º
PRE
BÁSICA
KINDER 2º
SEGUNDO
CICLO
ED
UC
AC
IÓN
INF
AN
TIL
PRE
KINDER 1º
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81. ARTÍCULO 81º: La equivalencia de calificaciones entre el Ministerio de Educación de la República de Chile y el
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España es:
INFORMACIÓN TOMADA DEL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO (BOE) DEL REINO DE ESPAÑA
Núm. 217 Martes 8 de septiembre de 2009 Sec. III. Pág. 76255
Escala de Equivalencias de calificación
Centros de Convenio (España – Chile) COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA e HISPANO AMERICANO (Viña del Mar, Chile)
ESPAÑA CHILE
10 7,0 a 6,8
9 6,7 a 6,2
8 6,1 a 5,6
7 5,5 a 5,0
6 4,9 a 4,4
5 4,3 a 4,0
4 3,9 a 3,2
3 3,1 a 2,4
2 2,3 a 1,7
1 1,6 a 1,0
¡A Jesús por María!
Viña del Mar, Marzo, 2018.
COLEGIO ESPAÑOL RED IBEROAMERICANA DE
MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES.- RICE
11
NÓMINA DE FAMILIAS QUE RECIBIERON Y TOMARON CONOCIMIENTO DEL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN 2018 (19.03.2018)
CURSO: .PROF. JEFE: .
Nº ... APELLIDO Y NOMBRE ........................................... FIRMA . ........ DEL ALUMNO ......................................................... DEL APODERADO .
01 ................................... ........ ................... 02 ................................... ........ ................... 03 ................................... ........ ................... 04 ................................... ........ ................... 05 ................................... ........ ................... 06 ................................... ........ ................... 07 ................................... ........ ................... 08 ................................... ........ ................... 09 ................................... ........ ................... 10 ................................... ........ ................... 11 ................................... ........ ................... 12 ................................... ........ ................... 13 ................................... ........ ................... 14 ................................... ........ ................... 15 ................................... ........ ................... 16 ................................... ........ ................... 17 ................................... ........ ................... 18 ................................... ........ ................... 19 ................................... ........ ................... 20 ................................... ........ ................... 21 ................................... ........ ................... 22 ................................... ........ ................... 23 ................................... ........ ...................
COLEGIO ESPAÑOL RED IBEROAMERICANA DE
MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES.- RICE
12
NÓMINA DE FAMILIAS QUE RECIBIERON Y TOMARON CONOCIMIENTO
DEL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN 2018 (19.03.2018)
CURSO: .PROF. JEFE: .
Nº ... APELLIDO Y NOMBRE ........................................... FIRMA . ........ DEL ALUMNO ......................................................... DEL APODERADO .
24 ................................... ........ ................... 25 ................................... ........ ................... 26 ................................... ........ ................... 27 ................................... ........ ................... 28 ................................... ........ ................... 29 ................................... ........ ................... 30 ................................... ........ ................... 31 ................................... ........ ................... 32 ................................... ........ ................... 33 ................................... ........ ................... 34 ................................... ........ ................... 35 ................................... ........ ................... 36 ................................... ........ ................... 37 ................................... ........ ................... 38 ................................... ........ ................... 39 ................................... ........ ................... 40 ................................... ........ ................... 41 ................................... ........ ................... 42 ................................... ........ ................... 43 ................................... ........ ................... 44 ................................... ........ ................... 45 ................................... ........ ...................