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REGLAMENTO INTERNO 2018 COLEGIO PRESIDENTE AGUIRRE CERDA CARTAGENA

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REGLAMENTO INTERNO

2018

COLEGIO PRESIDENTE AGUIRRE CERDA CARTAGENA

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I N D I C E

INTRODUCCIÓN 3 FUENTE NORMATIVA 3 FUNDAMENTACIÓN LEGAL 3 DEFINICIÓN PROYECTO 5 MÉTODO DE TRABAJO 6 PRINCIPIOS 6 DERECHOS Y DEBERES DE COMUNIDAD EDUCATIVA 7

DE LOS ESTUDIANTES 7

DE LOS APODERADOS 8

DE LOS DOCENTES 9

ASISTENTES DE LE EDUCACIÓN 10

REGULACIONES TÉCNICO ADMINISTRATIVAS DEL ESTABLECIMIENTO

NIVELES DE ENSEÑANZA 11

RÉGIMEN , HORARIO, SUSPENSIÓN DE CLASES 11

RECREOS,ALMUERZOS Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO 12

RETIRO DEL ALUMNO DURANTE JORNADA ESCOLAR 12

ATENCIÓN DE APODERADO 12

RETIRO DE ALUMNO DE INSTITUCIÓN 13

ASISTENCIAS E INASISTENCIAS 13

EXIMICIÓN 13

CANALES DE COMUNICACIÓN Y TRANSPORTE 14

TENENCIA DE OBJETOS OBJETOS TECNOLÓGICOS Y CELULAR 14 ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL 16 ROLES COMUNIDAD EDUCATIVA

DIRECTIVOS, DOCENTES Y ASISTENTES 17

PROCESO DE ADMISIÓN

MATRICULA 18

UNIFORME ESCOLAR

DAMAS Y VARONES Y CASOS ESPECIALES 19

PROTOCOLOS DE ACCIÓN

PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR (PISE) 20

COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR 27

MAPA ZONA DE SEGURIDAD 30

MAPA DE ZONA Y VÍAS DE EVACUACIÓN 31

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

ACOSO ESCOLAR O BULLYING 32

MALTRATO ESCOLAR 33

ACCIDENTE ESCOLAR 38

TENENCIA DE ARMAS 39

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RETENCION ESTUDIANTE EMBARAZADA 40

PORTE Y CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS 42

ABUSO SEXUAL, ACOSO O ESTUPRO 43

VULNERACIÓN DE DERECHOS 47

SALIDAS PEDAGÓGICAS Y VIAJES DE ESTUDIO 47

PASEO DE CURSO 49

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

DISPOSICIONES GENERALES 49

NORMATIVA PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR (PIE)

INGRESO AL PIE 53

POSTULACIÓN 54

APOYOS ESPECIALIZADOS 54

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN PIE

EVALUACIÓN PERMANENTES Y TRANSITORIOS 56

EVALUACIÓN EGRESO, CONTINUIDAD Y DERIVACIÓN 58

INASISTENCIAS REITERADAS 59

CALIFICACIONES 60

PROMOCIÓN 61

CONVIVENCIA ESCOLAR

NORMAS. FALTAS, MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS 63

TIPIFICACIÓN DE FALTAS Y MEDIDAS 63

MEDIDAS DISCIPLINARIAS 64

MEDIDAS DISCIPLINARIAS EXCEPCIONALES 65

DESCRIPCIÓN DE FALTAS

FALTAS LEVES: DESCRIPCIÓN, PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS 66

FALTAS GRAVES: DESCRIPCIÓN, PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS 68

FALTAS GRAVISIMIAS: DESCRIPCIÓN, PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS 69

ATENUANTES Y AGRAVANTES PARA MEDIDAS DISCIPLINARIAS EXCEPCIONALES

ATENUANTES Y AGRAVANTES 72

REGULACIONES DE CONVIVENCIA ESCOLAR

DEFINICIÓN 72

ROL Y FUNCIÓN DE ENCARGADO DE CONVIVENCIA 73

PLAN DE CONVIVENCIA 73

NORMATIVA 74

NORMATIVA AULAS DEL BIEN ESTAR 75

EQUIPO DE GESTIÓN DE CONVIVENCIA 75

AUTO DIAGNÓSTICO INSTITUCIONAL 76

OBJETIVOS 76

PROCEDIMIENTOS GESTIÓN COLABORATIVA DE CONFLICTOS

ESTRATEGIAS 77

CONSIDERACIONES

DIFUSIÓN 79

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INTRODUCCIÓN

La política educacional vigente se sustenta en algunos principios fundamentales que dan fuerza y coherencia al

quehacer educativo, tanto a nivel del macro sistema como de establecimiento educacional. El más importante es el mejoramiento de la calidad de la educación, a fin de formar personas con un vasto repertorio de saberes, competencias, destrezas, habilidades, actitudes y valores, con capacidad de asumir sus derechos y deberes y adecuarse reflexivamente a las condiciones culturales, económicas y técnicas de una sociedad democrática en desarrollo.

Considerando que la Unidad Educativa es una organización compleja con objetivos institucionales propios, en el cual participan personas, estamentos y organismos que, por su condición de tales, aspiran a lograr sus objetivos, se hace necesario asegurar la coherencia entre ellos.

Esta coherencia debe estar reflejada en el Proyecto Educativo y en las normas del Reglamento Interno del Establecimiento, el cual, en su calidad de instrumento técnico pedagógico-administrativo, facilita la consecución de los principios y objetivos educacionales acorde con la política del país.

FUENTES NORMATIVAS

Principios rectores y orientadores de la Política de Convivencia Escolar:

Todos los actores de la comunidad educativa sin exclusión son sujetos de derecho.

La educación como pleno desarrollo de la persona.

Convivencia democrática y construcción de ciudadanía en la institución escolar.

La convivencia escolar como un ámbito de consistencia ética.

Respeto y protección a la vida privada, pública y a la honra de la persona y su familia.

Igualdad de oportunidades para las alumnas, padres y/o apoderados.

Las normas de convivencia como un encuentro entre el derecho, deberes y la ética.

FUNDAMENTACIÓN LEGAL

Los Objetivos Fundamentales Transversales (OFT) presentes en el currículo escolar, hacen referencia a las finalidades generales de la educación, vale decir, a los conocimientos, habilidades, actitudes, valores y comportamientos que se espera que los estudiantes desarrollen en el plano afectivo, intelectual, moral y social. Resulta de suma importancia que en el contexto en el cual se vivencia el día a día del desarrollo de los Objetivos Fundamentales Transversales, favorezca una convivencia social armónica.

Las normas establecidas en el Reglamento Interno de nuestro establecimiento, están enfocadas hacia una organización de la comunidad escolar y su entorno, con el propósito de trabajar en un ambiente armónico, formativo, valorativo.

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Concordante con los principios, valores y finalidades contempladas en el Proyecto Educativo Institucional y teniendo a la vista los principios que se subordinan a un conjunto de marcos legales que les otorgan legitimidad y obligatoriedad según la normativa vigente.

Constitución política de la República de Chile – 1980.

DFL. Nº 1 – 3063 de 1980, que aprueba el traspaso de los establecimientos educacionales a las municipalidades.

DFL. N° 2 de 2009 del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 30.370 con las normas no derogadas dl Decreto con Fuerza de Ley N°1 del 2005.

Ley N° 20.248 que establece la Subvención Escolar Preferencial

Ley N° 20.422 que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

Ley N° 20.609 que establece medidas contra la discriminación

Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del estado.

Decreto de Traspaso de Servicios Educacionales. Llamado también Decreto Cooperador de la Función Educacional del Estado Nº 10123 de 15 DIC. 1981.

Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza Nº 118962 de 1990.

Ley Nº 19.070/1991, Estatuto de los Profesionales de la Educación.

Reglamento de la Ley Nº 19070

Decreto Supremo Nº 453/1991.

Ordinario N° 476, Actualiza instructivo para los establecimientos educacionales sobre reglamento interno, en lo referido a Convivencia Escolar.

Política nacional de Convivencia Escolar 2015/2018, Ministerio de Educación.

Decreto N° 524 de 1990 del Ministerio de Educación.

Código del Trabajo Ley Nº 18.620/87 Art. 149, 150, 152 y 153.

Declaración de los Derechos del Niño. Ley Nº 19.532/97

La Declaración Universal de los Derechos Humanos.

La Política de Participación de Padres, Madres y Apoderados en el sistema educativo.

Los Decretos Supremos de Educación Nº240/99, 220/98.O.F.T.

Ley Nº 19.979.28/10/2004. Aprueba la formación de los Consejos Escolares.

Ley 19.653. Sobre Probidad Administrativa aplicable a los órganos de la administración del Estado.

Ley 18.883 Aprueba Estatuto Administrativo para funcionarios Municipales.

Ley sobre Delegación de Facultades (Ley Nº 19.410). Modificada por Ley Nº19.979.Modifica el régimen de jornada escolar completa diurna y otros cuerpos legales.

Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Gestión Escolar.

Marco Curricular vigente, para la Educación PRE- Básica, Básica.

Ley Nº 16744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Reglamenta Inciso Tercero del Artículo 2º de la Ley Nº 18.962 que regula el Estatuto de los alumnos en situación de Embarazo y Maternidad.

Decreto 170 fija Normas para determinar los alumnos(as) con Necesidades Educativas Especiales que serán beneficiarios de la subvención para educación especial.

Ley 20.000 Sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Los criterios generales y orientadores para la formulación de este reglamento se basan en el criterio de: Participación: esto significa generar y abrir canales y oportunidades que favorezcan la participación responsable, activa y consensual de toda la comunidad educativa, representada por miembros de cada uno de los estamentos que la integran: directivos, docentes, no docentes, alumnos, personal SEP, padres y apoderados. Así se logrará que las normas del Reglamento sean generales, entendidas, aceptadas, internalizadas, valoradas y validadas.

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Flexibilidad: Debe considerarse una guía, una pauta que entrega normas de acción orientadora, factible de adecuarse a la realidad cambiante del establecimiento. Coherencia: Debe tener relación con los principios de la política educacional vigente, los derechos universales de la persona, las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y el proyecto educativo del establecimiento educacional.

DEFINICIÓN El Reglamento Interno es el instrumento elaborado por los miembros de la comunidad educativa, de conformidad a los valores expresados en el proyecto educativo institucional, que tiene por objeto permitir el ejercicio y cumplimiento efectivo, de los derechos y deberes de sus miembros, a través de la regulación de sus relaciones, fijando en particular, normas de funcionamiento de convivencia y otros procedimientos generales del establecimiento. Todo lo anterior, en el entendido de que la educación es una función social, y por lo mismo, es deber de toda la comunidad contribuir a su desarrollo y perfeccionamiento. De ahí que todos los actores de los procesos educativos, junto con ser titulares de determinados derechos, deben cumplir también determinados deberes. Para todos los efectos legales la comunidad educativa está, integrada por alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales. El Reglamento interno es un instrumento único, aun cuando esté compuesto por distintos manuales o protocolos. Luego, a modo de ejemplo, cuando las normas de convivencia se encuentren contenidas en lo que usualmente se ha definido como Manual de Convivencia, este se entenderá como parte integrante del Reglamento Interno.

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MÉTODO DE TRABAJO

El siguiente reglamento fue elaborado tras recoger la opinión de los profesores y de los asistentes de la educación en talleres destinados exclusivamente para tratar el tema, donde se hizo un diagnóstico de los problemas conductuales, sociales y pedagógicos de los estudiantes y la forma de enfrentarlos por los profesores y directivos, además de la actitud de los padres frente a situaciones determinadas.

En conjunto con los estudiantes se trabajó en jornadas con la finalidad de revisar deberes y derechos, para construir el perfil de los estudiantes y además elaborar normas básicas de convivencia.

Los apoderados trabajaron en jornadas del Centro General de Padres y Apoderados donde analizaron sus deberes y derechos, así como también en el Perfil de los mismos. Además hicieron importantes sugerencias para ser contempladas en el manual de convivencia escolar.

Una vez recogida la información se formó un grupo de trabajo compuesto por el Equipo de Gestión que se encargó de analizar, sintetizar, explicitar las conclusiones del trabajo realizado por los demás estamentos. En el equipo de Gestión participaron las siguientes personas: - Directora - Inspectores Generales - Jefas de UTP - Encargado de Convivencia Escolar - Coordinadora Equipo Multidisciplinario - Sostenedor DAEM - Representante de los Asistentes de la educación - Representantes de los profesores - Presidente del Centro General de Padres - Presidente del CCAA

PRINCIPIOS

Los reglamentos internos de los establecimientos educacionales, en su integridad y en cada una de sus disposiciones deben respetar los principios que inspiran el sistema educativo establecido en la Ley General de educación N° 3. (Artículo 3 letra n).

De acuerdo a la Superintendencia de Educación, circular que imparte instrucciones sobre reglamento interno de establecimientos educacionales de enseñanza básica y media con reconocimiento oficial del estado, los principios en los cuales se basa el reglamento interno son:

- Dignidad del ser humano. - Interés superior del niño, niña y adolescente. - No discriminación arbitraria. - Legalidad. - Justo y racional Procedimiento. - Proporcionalidad. - Transparencia. - Participación. - Autonomía y diversidad. - Responsabilidad.

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DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

DE LOS ESTUDIANTES DERECHOS a) Ser escuchados y respetados en su integridad física, moral, psicológica y en su dignidad personal. b) Conocer los resultados, correcciones u observaciones a sus trabajos orales o escritos, en un tiempo máximo de

quince días calendario, de tal manera que no se le deberá hacer una nueva evaluación del mismo sector o subsector sin antes haber dado a conocer los resultados de la evaluación anterior.

c) Conocer los motivos por los cuales son sancionados y ser oídos en su defensa d) Tener clases respetando sus diferencias, ritmos y estilos de aprendizajes, aludiendo a la diversidad y a la

pertinencia. e) Ser tratados con un lenguaje respetuoso, afectivo y tolerante. f) Escuchar música en los recreos. g) Organizar el Centro de Alumnos en forma democrática h) Participar en las actividades extracurriculares que ofrece la unidad educativa i) Utilizar el Laboratorio de Computación como actividad de apoyo al quehacer pedagógico, siempre acompañado

por el profesor o persona encargada de la actividad j) El uso del C.R.A. será permanente y cuando los alumnos y docentes lo requieran. k) Participar activamente en su proceso de formación que propicie el desarrollo de un pensamiento crítico y de

análisis para su autoformación. l) Hacer uso del Seguro de Accidente Escolar. m) Integrar el Grupo Mediador ( Presidente/a del Centro de Alumnos) n) A ser atendido oportunamente aplicando los procedimientos inmediatos de los Primeros Auxilios y para luego ser

derivados al Centro de Salud más cercano. o) q) Ser atendido por especialistas cuando la situación así lo requiera. (Sicólogo, Trabajadora social, Fonoaudiólogo,

Terapeuta ocupacional, etc.).

DEBERES a) Asistir a clase con puntualidad. b) Respetar normas de convivencia escolar. c) Cumplir y respetar los horarios. d) Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y

consideración. e) Respetar el derecho de estudio de sus compañeros. f) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e

intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa. g) No discriminar a nadie por razón de raza, sexo o condición social. h) Respetar el Proyecto Educativo del Colegio. i) Cuidar y utilizar correctamente los bienes e instalaciones del establecimiento y respetar las pertenencias de los

otros miembros de la Comunidad Educativa. j) Participar en la vida y funcionamiento del establecimientos k) Mantener el orden en las entradas y salidas del Colegio. l) Mantener limpio el recinto escolar.

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DE LOS APODERADOS DERECHOS

a) Recibir un trato respetuoso y digno por parte de los funcionarios de la escuela

b) Participar en el equipo de gestión (a través de un representante)

c) Participar en la confección y/o adecuación del P.E.I.

d) Participar en el Manual de Convivencia

e) Participar en talleres para Padres y Apoderados que planifique la Escuela

f) Usar la infraestructura, espacios y materiales de la escuela previamente solicitados a la Dirección.

g) Realizar actividades previamente planificadas y autorizadas por la Dirección del establecimiento

h) Ser atendidos por los Profesores Jefes y/o de subsector, en horarios previamente definidos.

i) Recibir el informe detallado del rendimiento y comportamiento de sus hijos y / o pupilos en cada reunión de padres y/o apoderados.

j) Ser informados del proceso educativo y conductual de sus pupilos. DEBERES a) Dar un trato respetuoso y digno a los profesores y a todos los funcionarios del colegio. b) Asistir al establecimiento cuando se le requiera c) Es obligación del apoderado justificar a su pupilo en caso de atrasos, inasistencias, retiro de la jornada de clases o

de cualquier otra situación, ya sea personalmente, a través de comunicación o llamado telefónico. d) Informar y presentar informe del médico al profesor (a) si el alumno(a) presenta problemas de saludo

enfermedad que le impida realizar actividades prácticas en la asignatura de Educación Física y salud. e) Preocuparse por la higiene y presentación personal de su pupilo(a)diariamente f) Apoyar la labor educativa en el hogar, fomentando en sus hijos normas de urbanidad y buenas costumbres. g) Preocuparse por los deberes escolares de su pupilo(a) h) Asistir a las reuniones de padres y/o apoderado y centro general de padres cuando corresponda. i) Cumplir con los acuerdos tomados en las reuniones de apoderados. j) Apoyar y cumplir con materiales didácticos k) Retirar oportunamente a su pupilo, respetando el horario de salida de clases l) Preocuparse periódicamente del proceso evaluativo de su pupilo y no esperar a fin de año para conversar con los

profesores. m) Asistir a las reuniones del Centro General de Padres si forma parte de la directiva de su curso. n) Participar responsablemente en las actividades organizadas por el curso o por el Centro General de Padres. MEDIDAS ANTE EL NO CUMPLIMIENTO DE DEBERES a) Se procederá al cambio de apoderado. b) Se prohibirá el ingreso al establecimiento del adulto infractor de la normativa c) Se procederá a realizar acciones legales frente al hecho o situación acontecida.

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DE LOS DOCENTES DERECHOS a) A recibir un trato respetuoso, amable y cordial por parte de todos los miembros de la unidad educativa. b) A respetar su hora de colación. c) A no recibir agresión verbal, física ni sicológica de sus apoderados, alumnos y de cualquier personal de la unidad

educativa. d) Que el apoderado se entreviste con el profesor antes de realizar un reclamo contra éste. e) A hacer uso de los permisos administrativos que le corresponden siempre y cuando deje reemplazante. f) A ser atendidos oportunamente por directivos y personal administrativo guardando las normas de respeto y

siguiendo el conducto regular. g) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del proyecto educativo del establecimiento. h) Recibir en forma oportuna información sobre las actividades a realizar, ya sea verbalmente, en diario mural o por

escrito. i) A participar en los planes y programas de capacitación profesional ya sea por sus pares y /o instituciones del

Ministerio de Educación. Además se agrega según la ley 19070 de la nueva ley de educación, artículo 8 bis lo siguiente:

Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. Del mismo modo tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos, por parte de los demás integrantes de la unidad educativa.

Revestirá especial gravedad, todo tipo de violencia física y psicológica cometida por cualquier medio, incluyendo los tecnológicos y cibernéticos, en contra de los profesionales de la educación. Al respecto los profesionales de la educación tendrán atribuciones para tomar medidas administrativas y disciplinarias para imponer el orden en la sala, pudiendo solicitar el retiro de los alumnos; la citación del apoderado y solicitar la modificaciones al reglamento interno escolar, que establezca sanciones al estudiante para propender al orden en el establecimiento. DEBERES: a) Enseñar adecuadamente los contenidos de su competencia. b) Preparar con anticipación el material de trabajo para su clase. c) Planificar y desarrollar clases motivadoras y entretenidas. d) Desarrollar el plan de estudio correspondiente. e) No maltratar fía los alumnos y miembros de la unidad educativa. f) Brindar un trato respetuoso y afectuoso a los alumnos y comunidad educativa. g) Informar periódicamente a sus apoderados del rendimiento y conducta de sus pupilos. h) Velar por una buena convivencia entre sus alumnos, evitando agresiones verbales o físicas entre ellos. i) Atender a sus apoderados en forma respetuosa cuando su horario se lo permita. j) Preocuparse de mantener el orden y disciplina en la sala y en los recreos. k) Vigilar las salidas de los alumnos en horas de clases. l) Buscar estrategias para que todos los alumnos aprendan. m) Atender y tramitar o realizar las sugerencias que reciba de sus colegas, de los padres de familia, o de alumnos

(as), acerca de sus relaciones interpersonales y de manera de orientar tanto las clases como los procesos curriculares.

n) Velar por el buen nombre, por el respeto a la intimidad y el derecho a la privacidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

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o) Conoce, aceptar y acatar los reglamentos, normas y procedimientos de la institución. p) Adoptar nuevas tecnologías, sistemas, estrategias pedagógicas, etc. Para el progreso de los alumnos y de la

institución. q) Acogerse a los procesos de evaluación establecidos y seguir las recomendaciones para su mejoramiento continuo. r) Cumplir estrictamente las jornadas y horarios escolares de trabajo establecidos y ajustarse a los cambios que se

requieran. s) Respetar las reglas y normas del establecimiento educacional t) Asistir a las reuniones administrativas, de docentes, de padres o extra-curriculares que se programen o requieran. u) Cuidar y mantener al día el libro de clases en todas sus partes. MEDIDAS

a) Las contempladas en el Estatuto Docente y sus modificaciones. DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN DERECHOS: a) A recibir un trato respetuoso, amable y cordial por parte de todos los miembros de la unidad educativa. b) A respetar su hora de colación. c) A no recibir agresión verbal, física ni sicológica de sus apoderados, alumnos y de cualquier personal de la unidad

educativa. d) A hacer uso de los permisos administrativos que le corresponden. e) A ser atendidos oportunamente por directivos y personal administrativo guardando las normas de respeto y

siguiendo el conducto regular. f) Recibir en forma oportuna información sobre las actividades a realizar, ya sea verbalmente, en diario mural o por

escrito. g) A participar en los planes y programas de capacitación profesional ya sea por sus pares y /o instituciones del

Ministerio de Educación. h) A contar con un lugar, insumos y personal idóneo para atención médica oportuna. i) Realizar capacitaciones por lo menos una vez al año. j) Que el representante de los asistentes pueda asistir a reuniones de su gremio. k) En caso de accidente el funcionario debe ser acompañado con alguien al IST, si así lo amerita. l) Ser reconocidos por su desempeño por parte de dirección y/o profesores. DEBERES: a) Todos tienen la responsabilidad de velar por la seguridad, bienestar físico y sociológico de todos los alumnos(as). b) Deben trabajar en forma coordinada con los demás estamentos de la unidad educativa bajo la orientación de

todos y cada uno de sus superiores. c) Es responsabilidad de escuchar las peticiones de los alumnos(as) y apoderados y darlos a conocer a su superior. d) Todo el personal debe dirigirse con respeto y amabilidad a los alumnos(as) y unidad educativa. e) Es deber de todos facilitar una buena convivencia entre educadores y alumnos(as) evitando los conflictos. f) Prestar ayuda en caso de enfermedad a todos los alumnos. g) Cumplir con horarios de entrada y salida designados por el establecimiento. h) Encontrarse en el lugar designado a la hora de entrada. i) Conocer reglamento escolar, sus respectivos procesos y los protocolos de accidentes escolares.

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j) Respetar horarios de reemplazos internos y hora de colaciones. k) Respetar y valorar las funciones entre los pares. l) En forma voluntaria colaborar en las necesidades que lo requieran, y que se encuentren dentro de la esfera de

funciones comunes a todo los funcionarios, cuando estas no interfieran con sus obligaciones. (trabajos externos). m) Respetar y mantener buena relación con sus compañeros de trabajo. n) Cooperar y mantener limpios en los espacios comunes. MEDIDAS

a) Las contempladas en el Código del Trabajo.

REGULACIONES TÉCNICO ADMINISTRATIVA SOBRE EL FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO

NIVELES DE ENSEÑANZA

- Educación Pre Básica: un Pre Kinder y dos Kinder. - Educación Básica: cursos desde 1° básico a 8° básico, dos por nivel.

RÉGIMEN DE JORNADA El Establecimiento cuenta con Jornada Escolar Completa.

HORARIO DE CLASES

- Entrada a clases de lunes a jueves 8:30 hrs. y salida 15:50 hrs. - Entrada a clases viernes 8:30 hrs. y salida 13:35 hrs.

En caso de que un alumno no sea retirado a tiempo, se llamará al apoderado vía telefónica para que asista a buscarlo. De no haber respuesta positiva, el alumno será entregado a Carabineros de Chile, quienes tomarán el procedimiento que corresponda.

SUSPENSIÓN DE CLASES Estas se llevarán a cabo por Calendario Escolar, planificación Institucional y Motivo de Fuerza mayor. Siendo las dos primeras avisadas con anticipación.

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RECREOS

- Pre básica: 1° Recreo 10:00 a 10:20 hrs. 2° Recreo 11:15 a 11:30 hrs 3° Recreo 13:00 a 13:30 hrs.

- Básica: 1° Recreo de 10:00 a 10:20 hrs. 2° Recreo de 11:50 a 12: 05 hrs

ALMUERZO

- Pre básica: 12:00 a 12:30 hrs. - Primer ciclo: 12:50 a 13:35 hrs. - segundo ciclo: 13:35 a 14:20 hrs.

HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO

- De lunes a jueves de 08:00 a 18:00 hrs. - Viernes de 08:00 a 15:30 hrs.

RETIRO DEL ALUMNO DEL ESTABLECIMIENTO DURANTE LA JORNADA ESCOLAR

- En caso de enfermedad, accidente imprevisto de un alumno(a) dentro del establecimiento se comunicará por

teléfono al Apoderado solicitando su presencia para retirar al alumno, previa firma en el Libro de Registro de salidas.

- En caso que el apoderado envié una comunicación pidiendo autorización para que su pupilo se retire sin su apoderado o un adulto, esta será verificada por llamado telefónico desde el colegio al apoderado, corroborándolos solicitado y dejando fotocopia de la nota enviada en registro de salidas

- En caso que el apoderado necesite retirar a su pupilo por determinada situación, esta se debe hacer de manera personal previo aviso en Inspectoría General y registro bajo firma en el libro de salidas en secretaría del colegio.

- La única persona que puede solicitar y/o retirar a un alumno es el apoderado, en caso contrario el establecimiento tiene la facultad de negar su salida.

- El apoderado titular, puede solicitar un apoderado suplente, dejando una constancia por escrito y bajo firma en secretaría.

ATENCIÓN DE APODERADOS - El apoderado debe asistir al establecimiento cuando el Director(a), inspector, profesor(a) y/o equipo sicosocial cuando sea requerida su presencia a través de una citación por escrito o vía telefónica. - Durante la entrevista con el apoderado se escriben las consideraciones y los compromisos por escrito con firmas incluidas, ya sea en el libro de clases como en el de Inspectoría General (según corresponda). - Los horarios de atención para padres y/o apoderados, serán programados por la unidad técnica pedagógica según acuerdo con el profesor (a)de cada curso respectivo a inicio del año, en día y hora determinada. - Cuando se cita al apoderado, éste debe mostrar en la portería la citación para ser registrado en un registro en portería y acompañado por personal asistente de la educación hasta donde se encuentra el docente.

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NOTA: El apoderado citado debe presentarse obligatoriamente con su pupilo a la hora y día que aparece en la citación, con la finalidad de establecer acuerdos y compromisos.

RETIRO DEL ALUMNO DE LA INSTITUCIÓN - Este trámite es de exclusividad del apoderado del alumno. - Presentarse al establecimiento solicitando la documentación respectiva, (informe de notas parciales y semestrales, según corresponda, informe de personalidad y certificado de nacimiento y de traslado) la cual se entregará con un plazo mínimo de 24 horas. - La documentación se entregará y se registrará el retiro de los documentos en cuaderno de secretaria.

ASISTENCIA A CLASES. -Los alumnos(as) deberán asistir regularmente a todas las actividades programadas por el Establecimiento. -La asistencia de los(as) alumnos(as) a otras actividades organizadas y patrocinadas por el colegio, dentro y fuera de este, serán informadas a través de comunicación escrita quedando un registro en el colegio.

INASISTENCIAS A CLASES. - Las inasistencias deben ser justificadas por el apoderado oportunamente, el día en que el alumno vuelve a clases, a través de una comunicación por escrito. y/o en forma personal cuando así lo requiera en Inspectoría General. - En caso de que el alumno vuelva al establecimiento después de haber estado enfermo, los padres y/o apoderados deben presentar el certificado médico correspondiente a los días ausentes, quedando registrado en el libro de justificaciones de recepción, entregando una copia al profesor jefe. - En caso de que un alumno deje de asistir sin justificación alguna por un periodo prolongado de tiempo (1 mes), a pesar de las acciones realizadas por la asistente social, profesor jefe y dirección, el alumno será dado de baja del curso, dejando de ser alumno regular del establecimiento.

EXIMICIÓN DE CLASES

-Para que los(as) alumnos(as) se eximan de la asignatura de Educación Física y/o Religión, el apoderado debe solicitar la eximición del ramo que corresponda, quedando ésta como evidencia por escrito en Inspectoría General y para los profesores de la asignatura. - En el caso de Religión, realizar el trámite correspondiente otorgándoles un plazo al 30 de Abril de cada año, salvo excepciones, como los alumnos (as) que se matriculen después de esa fecha.

Asignatura de Educación Física

El alumno(a) eximido(a) de esta asignatura, que por cualquier razón no pueda participar de la clase práctica de Educación Física, los padres y/o apoderados deben presentar certificado médico y/o justificativo escrito. Este debe estipular que el (la) alumno(a) no puede realizar ejercicios físicos y la enfermedad que lo aqueja y en caso que sufra de una enfermedad leve, el tiempo en que no podrá participar de las clases prácticas.

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El alumno (a) debe ser evaluado en base a trabajos de investigación por escrito solicitados por el profesor de educación física. Asignatura de Religión El alumno eximido de la asignatura, se mantendrá en su sala realizando alguna actividad académica o relacionada con su propia religión siempre y cuando no interrumpa la clase.

CANALES DE COMUNICACIÓN - Existen 3 canales de comunicación que puede utilizar el apoderado y/o la escuela: A través de la presencia del apoderado en la escuela, la comunicación escrita a través de la libreta del alumno y la comunicación vía telefónica.

TRANSPORTE ESCOLAR MUNICIPAL (BUS ESCOLAR) - Lo podrán utilizar todos aquellos alumnos regulares que por motivos de distancia o por falta de locomoción lo necesiten, ya sea para la hora de ingreso o la hora de salida del establecimiento.

DE LA TENENCIA DE OBJETOS.

a) Tecnológicos

- Los objetos tecnológicos y de valor (notebook, radios, discman, mp3, mp4, iPod y otros no especificados) que a pesar de estar prohibidos sean traídos por los alumnos y que sean motivo de perturbación de una clase serán, solicitados al (la) alumno (a) que infrinja las normas de convivencia escolar, es decir, que sea sorprendido(a) utilizando este objeto, con fines que no benefician su aprendizaje ni el de sus compañeros(as), durante el desarrollo de cualquier clase, quedando resguardado en Inspectoría General, hasta el retiro de éste por el apoderado. - La solicitud de un objeto a un alumno puede ser realizada por Director (a) Inspector General, jefe de U.T.P. y cualquier docente de la escuela. El cual quedará resguardado en Inspectoría General, hasta el retiro de éste por el apoderado. Será decisión del profesor solicitar al alumno, elementos tecnológicos de cualquier tipo, siempre y cuando estén de acuerdo a la pertinencia para el desarrollo de los aprendizajes. Es responsabilidad del alumno(a) el cuidado de estos elementos y exime de toda responsabilidad al Colegio, ante la pérdida o robo de ellos.

b) Uso del teléfono celular

- Respecto al celular, está prohibido traerlo al establecimiento. Si aun así, el alumno o alumna lo trae y es sorprendido(a) utilizándolo por ejemplo para: jugar, hacer llamadas, activar ruidos molestos para compañeros(as) y profesores, grabar clases, tomar fotos de éstas sin autorización del profesor o profesora que las imparte, filmar, grabar, fotografiar dentro y fuera del establecimiento invadiendo la privacidad de un compañero, profesor, o

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cualquier miembro de la comunidad educativa, se procederá a solicitar el objeto al alumno quedando resguardado en Inspectoría General, hasta el retiro de éste por el apoderado. A su vez cualquier fotografía, grabación y/o filmación de un miembro de la comunidad educativa que sea subida a Internet y/ o hecha pública, será evaluada y sancionada de acuerdo a su gravedad, si esta afecta a su privacidad y/o menoscabo de integridad será considerado como falta gravísima, pudiendo solicitar el cambio de establecimiento educacional o cancelación de matrícula.

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ORGANIGRAMA

DOCENTES

DIRECCIÓN

CONVIVENCIA ESCOLAR

CENTRO DE ALUMNOS

CENTRO GENERAL DE PADRES

ASISTENTES

EQUIPO DE GESTIÓN

UTP

SOSTENEDOR

INSPECTORÍA GENERAL

CONSEJO ESCOLAR

COMITÉ PARITARIO

DOCENTES ASISTENTES

PIE

EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO

DUPLA SICOSOCIAL

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ROLES COMUNIDAD EDUCATIVA Directora: Acompaña a los/as educadores/as y a los/as encargados/ as de los diferentes procesos educativos. Liderar y dirigir el Proyecto Educativo Institucional, teniendo la responsabilidad de definir, articular e implementar una planificación estratégica que sea compartida y apoyada por toda la Comunidad Educativa y enmarcada dentro de un Sistema de Gestión de Calidad (SGC) para la Educación, y es el primer responsable de que el establecimiento a su cargo desarrolle todas sus actividades en un ambiente de sana convivencia escolar. Inspectores: Responsable de las funciones organizativas necesarias para el cumplimiento del Reglamento Interno, velando porque las actividades educativas se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia entre los distintos estamentos. Además es el responsable de aplicar medidas cuando corresponda de acuerdo al Manual de Convivencia. Jefas de UTP: Profesional docente encargado de la gestión, seguimiento y evaluación de los procesos educativos del Establecimiento, teniendo claridad en los objetivos de la organización, elaborando e implementando estrategias que permitan el logro de éstos. Asimismo, le corresponderá monitorear que las planificaciones y evaluaciones se adecuen a los marcos curriculares vigentes y al sistema de gestión de calidad establecidos, evaluando permanentemente la calidad de las actividades educativas, orientándose al logro de objetivos. Forma parte del equipo de gestión escolar. Encargada de Programa de Integración (PIE): Profesional encargado/a de coordinar el programa de integración que maneje la normativa vigente relacionada con las NEE. El PIE es una estrategia inclusiva del sistema escolar cuyo propósito es entregar apoyos adicionales, en el contexto del aula común, a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales (NEE), sean éstas de carácter permanente o transitorio, favoreciendo la presencia y participación en la sala de clases, el logro de los objetivos de aprendizaje y la trayectoria educativa de todos y cada uno de los estudiantes. Forma parte del equipo de gestión escolar. Encargado de Convivencia Escolar: Profesional del área de la Educación encargado de coordinar las políticas de Convivencia Escolar direccionadas por el MINEDUC, que se ejecutarán al interior del Establecimiento Educacional. Es responsable de implementar las acciones que contemple el Plan de Gestión de Convivencia Escolar. Docentes: El/la Docente es el encargado/a de la formación cognitiva y humana de sus estudiantes, enseñando y fomentando el aprender a aprender, facilitando la adquisición de conocimientos y habilidades teóricas y prácticas, a través de la planificación, ejecución y evaluación del proceso de enseñanza – aprendizaje, tomando en consideración los marcos curriculares vigentes, el Proyecto Educativo Institucional y las necesidades e intereses de los estudiantes, a fin de lograr el desarrollo de conocimientos, valores, habilidades y aprendizajes de calidad. Asistentes de la educación: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 19.464, se entiende por asistente de la educación a aquellos trabajadores que desarrollen actividades administrativas, de apoyo pedagógico y auxiliar de servicio, colaborando desde su rol en el proceso enseñanza aprendizaje de los alumnos.

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PROCESO DE ADMISIÓN Y MÁTRICULA

DE LA MATRÍCULA

El Sistema de Admisión Escolar, es un mecanismo online de postulación de los estudiantes a los establecimientos educacionales particulares subvencionados y municipales, que informa los cupos disponibles por colegio y distribuye a los estudiantes según las preferencias de las propias familias.

Las familias deberán postular a nuestro establecimiento a través de la plataforma online, únicamente a los estudiantes que cursaran por primera vez para el año 2019 los niveles de pre kínder, kínder, 1° básico y 7° básico (el aumento de estos niveles se dará gradualmente hasta completarlos todos). La postulación online se realiza a través del sitio web www.sistemadeadmisiónescolar.cl

Solo se postula online a los estudiantes provenientes de otros establecimientos educacionales y aquellos que inician el proceso de escolarización.

La continuidad de nuestros estudiantes está asegurada para el año siguiente, en todos los niveles antes mencionados, ya sea que la matrícula se origine por la promoción del estudiante como por la reprobación de este.

Al momento de la matricula presencial, tanto para estudiantes con continuidad, como para aquellos ingresados vía Sistema de Admisión Escolar, quien se identifique como apoderado debe presentar la documentación completa del estudiante, para mantener un registro físico de la vida académica de este y en ningún caso esto es un condicionante para hacer efectiva la matrícula.

Para aquellos casos que no postularon vía Sistema de Admisión Escolar, en la etapa regular o en la etapa complementaria, en las fechas indicadas por el ministerio de Educación y quiera postular a sus hijos durante el año a nuestro establecimiento, deberá dirigirse al Departamentos Provinciales de Educación donde le informarán sobre los vacantes disponibles con que cuenta los establecimientos educacionales de la provincia, incluido el nuestro. Luego de esto, podrá dirigirse directamente a nuestro colegio para matricular al estudiante. Se presentan a la matrícula

- Los padres y/o apoderados o persona responsable del o los alumnos(as) y debe ser mayor de edad. - Entregar información fidedigna al momento de matricular. - Recibir un extracto del reglamento de convivencia del colegio, bajo firma

Debe traer en su poder los siguientes documentos: Para alumnos nuevos:

- Certificado de nacimiento, certificado de estudios de año anterior, informe de personalidad, quedando en poder del establecimiento.

- En caso de que un alumno se incorpore durante el año lectivo, el apoderado deberá presentar certificado de nacimiento, certificado de traslado, informe de personalidad promedios y notas parciales, según corresponda.

Para alumnos antiguos:

- Solamente debe entregar información fidedigna durante el proceso de matrícula, ya que la documentación se encuentra en poder de la escuela.

- Los padres y/o apoderados o persona responsable de o los alumnos(as) antiguos deben ser mayor de edad al momento de la matrícula.

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USO DE UNIFORME ESCOLAR

La presentación personal de los alumnos del Colegio debe ser adecuada a las normas en su aseo personal como también en el vestuario, el que debe estar siempre limpio y en buen estado.

DAMAS a) Falda Escocesa (del colegio) b) Polera Blanca con cuello (del colegio) c) Calcetas o Pantys Verdes, sin polainas (según estación del año) d) Zapato Negro sin plataforma, no zapatillas. e) Cintillo o Cole verde f) Sweater (del colegio) g) Rostro limpio, sin maquillaje h) Uñas cortas i) Sin joyas ni accesorios (cadenas, piercing, expansores, etc.) j) Cabello limpio, recogido y bien peinado arreglado con accesorios discretos de color oscuro y con la frente

completamente despejada. sin peinados y sin tintura (sin teñir).

VARONES a) Pantalón gris, normal. b) Sweater (del colegio) c) Polera blanca con cuello (del colegio) d) Zapatos negros (no zapatillas) e) Cabello corto formal sin cortes de fantasía y sin tintura (sin teñir). f) Debidamente Afeitado g) Sin joyas ni accesorios (aros, anillos, cadenas, piercing, etc.) h) Polera Siempre dentro del pantalón i) En caso de emergencia y/o imprevisto, el alumno podrá asistir a clases con buzo del colegio, con su debida

justificación, escrita por el apoderado. * Solo en la estación de invierno se aceptarán parcas o chaquetas, gorros, guantes, bufanda, pantalón para las damas, siempre y cuando estas prendas sean de color azul marino, verde institucional o negro.

CASOS ESPECIALES (Damas y Varones) a) Los alumnos nuevos, tendrán un plazo para cumplir con el uniforme del colegio que no podrá ser más allá del término del primer semestre de clases. b) La Dirección y/o Inspectoría, podrán autorizar en casos muy debidamente justificados la eximición del uso del uniforme por un tiempo determinado. c) El uniforme escolar y el uniforme de Educación Física serán, los que los alumnos deberán usar para asistir al Establecimiento, a las actividades curriculares normales y extraescolares. NOTA: En este punto, existirá la flexibilidad para aquellos niños, cuyos padres no pudiesen adquirir el uniforme.

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EDUCACION FÍSICA (Damas y Varones) a) Buzo del colegio b) Polera blanca cuello polo c) Zapatillas acorde a la actividad física. d) En caso de emergencia y/ó imprevisto, el alumno podrá asistir con buzo de color azul o negro, polera blanca y sweater.

PROTOCOLOS DE ACCIÓN

PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR

Objetivo Coordinar a toda la comunidad escolar del establecimiento con sus respectivos estamentos, a fin de lograr una activa y masiva participación en el plan integral de seguridad escolar. El propósito de este documento es describir los pasos a seguir y responsabilidades en casos de emergencias

Campo de aplicación En todas las actividades que se desarrollen en el establecimiento

1. Documentación Aplicable Plan de seguridad escolar DEYSE. Resolución Exenta Nº 51 de Ministerio de Educación, del 04 de Enero de 2001, actual PISE

2. Desarrollo Consideraciones Generales - Disponer de las medidas de control, como respuesta inmediata de protección tanto al recurso humano como al

recurso material, ante contingencias naturales, o las originadas por acciones del ser humano, que comprometan la integridad física, la continuidad de las labores formativas y operacionales.

- Restablecer la continuidad del colegio en el mínimo de tiempo y con pérdidas mínimas aceptables.

- Reforzar la respuesta de control con toda la comunidad escolar, que requieren una participación eficiente en las

operaciones de emergencia y evacuación. De origen técnico: Incendios. Explosiones. Accidentes vehiculares. Entre otras. De origen natural Terremotos. Tormentas. Deslizamientos de tierras Vientos fuertes. Entre otras

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Coordinador de Emergencia Inspectoría General tiene la responsabilidad de controlar la contingencia, mitigar sus consecuencias y restablecer la normalidad, mediante acciones coordinadas para enfrentarla, apoyado directamente por la dirección del colegio y el comité de seguridad escolar. Comité de Seguridad Escolar Es responsabilidad de la Directora de la Unidad Educativa el conformar y dar continuidad de funcionamiento al Comité. El comité se reunirá 2 veces por semestre para repasar y plantear medidas a tratar. Los integrantes del comité deben ser: a) Directora y representantes de la Dirección del Establecimiento b) Monitor o Coordinador de Seguridad Escolar del Establecimiento, en calidad de representante de la Dirección c) Representantes del Profesorado d) Representantes del Centro General de Padres y Apoderados e) Representantes del Centro de Alumnos f) Representantes de las Unidades de Carabineros, Bomberos y de Salud más cercanas al Establecimiento, oficialmente designados para tales efectos por el jefe o directivo superior de esas respectivas Unidades. Estos actuarán como apoyo técnico. g) Representantes del Estamento Asistentes de la Educación del Establecimiento h) Representantes de otros organismos de protección civil que pudieran estar representados o contar con unidades en el entorno o en el mismo Establecimiento (Defensa Civil, Cruz Roja, etc.) i) Representantes del Comité Paritario. La Misión del Comité es coordinar a toda la comunidad escolar del Establecimiento, con sus respectivos estamentos, a fin de ir logrando una activa y masiva participación en un proceso que los compromete a todos, puesto que apunta a su mayor seguridad y, por ende, a su mejor calidad de vida.

Las responsabilidades y funciones del comité son: a) La Directora (s) Sra. Carol Álvarez Pareja es la responsable definitiva de la Seguridad en la Unidad Educativa,

preside y apoya al Comité y sus acciones. b) El Monitor o Coordinador de la Seguridad Escolar del Establecimiento Sr. Alex Vera, en representación de la

Directora, coordinará todas y cada una de las actividades que efectúe el Comité. c) La coordinación permite un trabajo armónico en función del objetivo común: Seguridad. El Coordinador deberá,

precisamente, lograr que los integrantes del Comité actúen con pleno acuerdo, para aprovechar al máximo las potencialidades y recursos. Para ello, deberá valerse de mecanismos efectivos de comunicación, como son las reuniones periódicas y mantener al día los registros, documentos y actas que genere el Comité.

d) Además, deberá tener permanente contacto oficial con las Unidades de Bomberos, Carabineros y de Salud del sector donde esté situado el Establecimiento, a fin de ir recurriendo a su apoyo especializado en acciones de prevención, educación, preparación, ejercitación y atención en caso de ocurrir una emergencia.

e) Representantes del Profesorado, Alumnos, Padres y Apoderados y Para-Docentes, deberán aportar su visión desde sus correspondientes roles en relación a la Unidad Educativa, cumplir con las acciones y tareas que para ellos acuerde el Comité y proyectar o comunicar, hacía sus respectivos representados, la labor general del Establecimiento en materia de Seguridad Escolar.

f) Representantes de las Unidades de Carabineros, Bomberos y de Salud constituyen instancias de apoyo técnico al Comité y su relación con el Establecimiento Educacional deberá ser formalizada entre el Director y el Jefe máximo de la respectiva Unidad. Esta relación no puede ser informal. La vinculación oficial viene a reforzar toda

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la acción del Comité de Seguridad Escolar no sólo en los aspectos de prevención, sino que también en la atención efectiva cuando se ha producido una emergencia.

g) Representantes de otros organismos, tales como Cruz Roja, Defensa Civil, Scout, etc., tanto del Establecimiento como del sector, deben ser invitados a formar parte del Comité, para su aporte técnico a las diversas acciones y tareas que se acuerden.

La misión del comité debe ser a través de tres líneas fundamentales de acción: a) Recabando información detallada y actualizándola permanentemente. b) Diseñando, ejercitando y actualizando continuamente el Plan de Seguridad del Establecimiento. c) Diseñando y ejecutando programas concretos de trabajo permanente que proyecten su accionar a toda la

comunidad del Establecimiento

La primera tarea específica que debe cumplir el Comité es proyectar su misión a todo el Establecimiento, sensibilizando a sus distintos estamentos y haciéndolos participar activamente en sus labores habituales. Debe tenerse siempre en cuenta que el Comité es la instancia coordinadora de las acciones integrales, vale decir, completas y globales en las que debe involucrarse la comunidad escolar: padres y apoderados, alumnos, directivos, docentes, etc. El trabajo concreto debe iniciarse a través de la Recopilación de la Información, e inspecciones de seguridad cotidianas para retroalimentar el Plan Específico de Seguridad. De este modo, el Plan siempre se ajustará a las particulares realidades del Establecimiento Educacional y de su entorno inmediato. El Comité con el apoyo de toda la comunidad escolar debe contar con el máximo de información sobre los riesgos o peligros al interior del Establecimiento y en el entorno o área en que está situado, como igualmente sobre los recursos con que cuenta para enfrentarlos y mejor controlarlos. El objetivo es lograr una completa visión de lo que puede ocurrir; cómo evitar que ello ocurra; o bien, que al no ser evitable como por ejemplo un sismo éste dañe lo menos posible a la comunidad escolar del Establecimiento. Los riesgos o peligros son aquellas situaciones o elementos que pueden llegar a provocar un daño a las personas, a sus bienes o al medio ambiente. Los riesgos están relacionados con las amenazas, hechos o fenómenos que pueden llegar a provocar daño. Existen amenazas de origen natural, como lo son los sismos, inundaciones, erupciones volcánicas, deslizamientos, aluviones, etc.; y las amenazas provocadas por el propio Hombre ya sea intencionalmente o en forma involuntaria, como los accidentes de tránsito, incendios, accidentes eléctricos, químicos, industriales, defectos de infraestructura o construcción, delincuencia, drogadicción, etc.

Los recursos son elementos, acciones, situaciones, organismos o instancias de la Escuela y del entorno, capaces de impedir, evitar o reducir el daño. El principal recurso es el ser humano individual u organizado: Brigadas Escolares de Tránsito, Scout, Centro de Padres y Apoderados, Bomberos, Unidad de Salud, Carabineros, Defensa Civil, Cruz Roja, etc. También están los recursos materiales: Extintores, áreas de seguridad, medios de transporte, teléfonos y otros medios de comunicación como alarmas sonoras, etc.

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Aviso de Emergencia Cualquier persona en conocimiento de una emergencia, informará de inmediato y por el medio más rápido que tenga a su alcance a las siguientes personas:

Dirección del Colegio

Representantes del Comité de Seguridad Escolar

Profesores

Tipo de emergencia, (incendio, explosión, accidentes, etc.)

Ubicación, lo más exacta posible.

Magnitud de la emergencia

Número de personas involucradas y/o lesionadas, gravedad de las lesiones.

Hora de ocurrencia o toma de conocimiento. La dirección y/o el coordinador de Seguridad en conocimiento de la emergencia, evaluará los pasos a seguir y si es necesario procederá a iniciar el plan PISE, utilizando para aquello la campana de emergencia golpeándola sistemáticamente, y/o en su efecto la sirena, esta será la señal de evacuación de salas de las clases, la comunidad deberá evacuar inmediatamente sus lugares y dirigirse a su zona de seguridad indicada en el plano de evacuación siguiendo las instrucciones de su profesor, en forma ordenada y silenciosa, en el caso que se encuentren en otra zona del colegio deberán dirigirse a la zona de seguridad más próxima y seguir las instrucciones dadas por los profesores.

Los profesores deberán asegurar el libro de clases y contar a sus alumnos una vez terminada la emergencia, si faltase un alumno en el recuento informar inmediatamente a la dirección. Las cocinas y los talleres deberán cortar los suministros de gas y electricidad que están utilizando en esos momentos. El auxiliar y reemplazante designado, deberá cortar el suministro eléctrico desde el tablero principal y la válvula de gas central si es posible y seguro. La dirección deberá chequear todas las aulas, baños y recintos para cerciorarse de que no quede ningún alumno, docente y no docente en aquellos lugares. En el caso que la dirección y/o el coordinador de seguridad lo indique se procederá a evacuar el establecimiento por las vías de escape definidas ya sea por el portón 1 de evacuación principal que da a la Avenida Cartagena (este) y por el portón n°2 que da a la misma avenida Cartagena y puerta de escape lado este por calle Aconcagua. La Dirección comunicará de la emergencia al 133 de carabineros o al celular del carabinero del plan cuadrante quien despachará la ayuda pertinente. Si la emergencia ocurre en la noche, el nochero comunicará a los servicios de emergencia pertinentes.

Una vez superada la emergencia y previa evaluación de la dirección y comité de seguridad se procederá a contar a los alumnos, docentes y no docentes para chequear su presencia y de ahí reiniciar las labores educativas en permanente vigilia.

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Planos generales y específicos de emergencia, zona de seguridad y Vías de evacuación. Actuación Frente a la Emergencia El Coordinador de seguridad constituido en el lugar y una vez evaluada la situación, dispondrá en coordinación con la dirección y/o el comité de seguridad, las acciones a desarrollar para el rescate de lesionados, movilizando los recursos que sean necesarios. NOTA: En toda atención de emergencia, solo participarán las personas debidamente entrenadas en evacuaciones y autorizadas por el comité de seguridad escolar. Procedimiento de un Accidentado Grave a) Toda persona que esté en conocimiento de un accidente debe informar inmediatamente a un profesor y/o

dirección de la escuela. b) Reconocimiento rápido y preciso del lugar en que ocurrió el accidente. c) Retiro del o los accidentados de terrenos o ambientes peligrosos, tratando de movilizarlo lo menos posible. Estos

movimientos sólo deben ser hechos por personal especializado. d) Reconocimiento de las lesiones del accidentado por personal entrenado en primeros auxilios, jerarquizando la

atención hacia aquellas lesiones que representan un mayor daño o riesgo para la vida. e) Solicitar ayuda inmediata al SAPU / IST para que proporcionen las atenciones de primeros auxilios.

NOTA: Es de suma importancia el requerir ayuda médica oportuna del centro asistencial más cercano al sector donde ocurre el accidente, con el fin de obtener una atención rápida y segura al accidentado. (Sapu)

Procedimiento de un Accidentado Leve. a) La comunicación del accidente debe hacerse inmediatamente a un profesor y/o a la dirección del colegio b) Se debe hacer un reconocimiento rápido y preciso del lugar en que ocurrió el accidente. c) Retiro del o los accidentados del lugar del accidente, esto debe hacerse con personal entrenado en primeros auxilios. d) Reconocimiento de las lesiones, jerarquizando la atención. e) Traslado a un centro asistencial próximo para su atención.

Emergencias por Incendios y Explosiones Debido a que el colegio está construido de cemento e internit su vulnerabilidad en materia de incendio es media, se debe contar con un procedimiento que permita la rápida respuesta ante la ocurrencia de la emergencia, a objeto de reducir pérdidas de tipo material, evitando a la vez pérdidas humanas.

Responsabilidades La dirección y/o el comité de seguridad escolar son responsables de la capacitación del personal en materias de prevención y control de incendios y explosiones. Además, deberá formar, capacitar y entrenar un grupo de personas, para que actúen eficientemente en la emergencia, con los equipos e implementos que sean necesarios.

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Procedimiento Frente al Incendio a) Dar la alarma general mediante el golpeteo sistemático de la campana de emergencia, sirena, a viva voz o

cualquier medio disponible, comunicando la emergencia, de acuerdo al plan general. b) Constituir el Comité de Emergencia c) Personal de Mantención o auxiliar en conocimiento de la emergencia, realizará corte de energía eléctrica y de

gas, según las condiciones previamente evaluadas, asegurando siempre su propia seguridad. d) Evacuar el establecimiento por el lado contrario al siniestro. e) Combatir el fuego incipiente con personal capacitado y utilizando agua, extintores de polvo químico seco, ( PQS ),

u otros Medios de Sofocación del Fuego como sacos, tierra, arena u otro, si la situación permite el control mediante estos elementos. Si el incendio es de mayor magnitud y no se cuenta con los medios requeridos, se debe considerar ayuda externa como Bomberos (FONO EMERGENCIA 132) (035) 2450046.

f) Controlada la emergencia, se debe inspeccionar el área afectada para verificar los daños y atender a los lesionados si los hubiera, posteriormente se efectuarán los trabajos de limpieza y se restablecerán las actividades.

Procedimiento en caso de accidente de vehículos del transporte escolar o particulares del personal

Al ocurrir un accidente a vehículos que transporten alumnos o a vehículos particulares, quién tome conocimiento de la situación de emergencia, dará cuenta de inmediato a la dirección del colegio, quien deberá conocer del hecho y en lo posible asistir a la emergencia avisando previamente a los servicios de emergencia pertinentes. Todas las comunicaciones deberán ser asumidas por la dirección del establecimiento con apoyo del coordinador de seguridad. Para ello se deberá actualizar constantemente los números de teléfonos de emergencia, de los docentes / no docentes y de los alumnos.

Actuación Frente a la Emergencia Previo a la llegada al lugar del accidente, la dirección y/o el coordinador de seguridad, designará y dispondrá las acciones a desarrollar y los recursos a utilizar. Ya en el lugar del accidente se deberá: a) Verificar la situación y sus riesgos. b) Decidir el acceso hacia los accidentados para examinarlos y socorrerlos. c) Decidir las acciones de rescate a efectuar por personal capacitado, ya sean estas para rescatar personas

atrapadas, retirar componentes del vehículo siniestrado o evitar riesgos de incendio y/o explosiones.

Importante En caso de fallecimiento en el lugar de los hechos, el cuerpo de la víctima no podrá ser levantado hasta que se cuente con la orden judicial respectiva.

Siempre se deberá actuar de forma tranquila y entregando seguridad a su entorno.

Emergencia por Sismo o Terremoto Considerando las consecuencias que podría ocasionar un sismo o terremoto de proporciones, tanto a la integridad física de las personas como al colegio, instalaciones, equipos, tuberías, líneas y otros, como asimismo sus efectos

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secundarios, incendios, escapes de líquidos y gases inundaciones, sistemas de comunicaciones, se debe contar con un sistema que reduzca sus efectos.

Responsabilidades

1- Coordinador general de la emergencia: Inspectoría General Alex Vera 2- Encargado de alarma: Inspector de nivel Francisco Saez – auxiliar de aseo Gabriel Kong pabellón 1. 3- Encargado en sala: profesores de asignatura, profesores jefes y asistentes de aula.

Líderes y encargados de la evacuación: a) Pabellón 1 Inspector de nivel Francisco Sáez, patio 1 b) Pabellón 2 Inspector de nivel María Eugenia Tobar, patio 2 c) Pabellón 3 Inspector de nivel Cristian Araya, patio 1 d) Pabellón 4 Inspector de nivel Grisel Gallardo, patio 1 e) Pabellón 5 Encargado del Enlaces Abel Cofré, patio 5 f) Pabellón 6 Inspector de patio Blanca Lizama y Juan Soto Patio 5 g) Encargados de cortes de energía: Inspectores generales Alexis Cornejo y Alex Vera

- Suministro Eléctrico: Inspector General Alexis Cornejo

- Suministro de gas: Manipuladoras de alimentos

a) La acción del control del alumnado, personal y equipos durante el sismo o terremoto, estará a cargo de cada profesor o jefe directo en sus salas de clases o puestos de trabajo respectivamente.

b) Se mantendrán vigentes las coordinaciones una vez que haya pasado el sismo. c) La dirección y/o el coordinador de seguridad una vez terminado el sismo o terremoto, procederán a la evaluación

de los daños producidos, chequeo de las zonas de seguridad que estén operativas y a establecer las necesidades inmediatas.

Acciones Generales en caso de Sismo o Terremoto a) Si el sismo o terremoto va en aumento los alumnos y el personal en general deben buscar protección bajo

escritorios y umbrales de puertas o vigas de estructuras. Manteniéndose lejos de las ventanas. b) El profesor deberá ayudar a los alumnos que queden paralizados o al descubierto, colocándolos en un lugar

seguro. c) Si se encuentran en el patio dirigirse al centro de este lo más alejado de las ventanas y luego repórtese a un

profesor. d) Alejarse de las líneas o redes eléctricas.

Acciones Post Sismo o Terremoto

Inicio plan P.I.S.E.

Búsqueda y rescate de lesionados

Control de incendios

Control de fugas de líquidos y gases

Asistencia médica

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Emergencia a causa de Temporal Toda la comunidad deberá permanecer en sus salas de clases o en lugares seguros y esperar instrucciones de la dirección y/o coordinador de seguridad.

Procedimiento Posterior a la Emergencia Una vez pasada o neutralizada la emergencia la dirección y/o el comité de seguridad escolar evaluarán la situación, chequearán las instalaciones y se determinará su reinicio o suspensión parcial o indefinida según corresponda. En el caso de reinicio de las labores educativas se recomienda estar en situación vigilante, mostrando siempre serenidad y seguridad en los actos. Responsabilidad Es responsabilidad de la dirección del establecimiento y del comité de seguridad escolar, la puesta en práctica de las actividades de éste Plan, quien podrá delegar en el coordinador de seguridad del colegio.

Seguridad Las medidas preventivas se aplicarán de acuerdo al Ítem 4 de acuerdo a la naturaleza del accidente o siniestro.

Distribución a) Administración (Dirección) b) Comité de seguridad escolar c) Profesorado d) Centro de alumnos e) Centro de padres f) Diario mural Archivo Se archivarán los registros e informes relacionados a este plan en un archivador individualizado en lugar convenientemente habilitado al efecto.

COMITÉ DE PLAN DE SEGURIDAD ESCOLAR 2018

Señor Alex Vera Inspector General Primer ciclo Señor Alexis Cornejo Inspector General Segundo ciclo PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA Y EVACUACIÓN

Con el objetivo de aclarar y establecer los procedimientos ante una emergencia y evacuación en nuestro colegio producto de un sismo de elevada intensidad, informamos lo siguiente:

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EN CASO DE SISMO:

- Los alumnos y profesores deben permanecer en su sala de clases, suspendiendo cualquier actividad que estén realizando.

- El profesorado y el alumnado deben mantener la calma, el profesor debe manejar la situación, ordenando a los alumnos, controlando cualquier situación de pánico.

- Se procederá a cerrar las cortinas y los alumnos se alejarán de las ventanas. - El alumno encargado o reemplazante procederá a abrir la puerta de la sala. - En caso de sismo de alta intensidad, el profesor dará la orden a los alumnos, de cubrirse y protegerse, bajo las

mesas, para evitar los principales riesgos de roturas de vidrios, tubos fluorescentes, lámparas, etc. - En caso de no encontrarse en una sala, deberá resguardarse utilizando el concepto del triángulo de la vida,

utilizando bancas o paredes y colocándose agachados a un costado de estos, lejos de las ventanas. - Durante el sismo no se debe salir de la sala, el mayor peligro se presenta al salir corriendo en el momento de

producirse un sismo.

DESPUÉS DEL SISMO:

- Tanto profesores como alumnos deberán mantener la calma permaneciendo en su sala en silencio y alertas a la señal de evacuación.

- Un toque de campana, sirena o toque de timbre permanente da inicio al procedimiento de evacuación de las salas a la zona de seguridad ya establecida.

- Los encargados de cada pabellón (Inspectores de nivel) revisarán patios y pasillos, verificando que estén despejados y seguros para evacuar dando la señal de evacuación de las salas en un orden ya establecido.

- El profesor hará salir al curso ordenado, pegados a la pared del pasillo, o lejos de las ventanas, llevando a cabo un paso rápido (pero sin correr), sin gritar a fin de prevenir situaciones de pánico individual y/o colectivo que solo complicarían aún más la situación.

- El profesor es el último en salir de la sala, llevando consigo el libro de clases. - Acompañará al curso a la zona de seguridad y procederá a pasar la lista al curso. - El encargado de cada pabellón será el último en evacuar, revisando antes cada sala para verificando que no

quede ninguna persona. - Al mismo tiempo se procederá al corte de energía eléctrica y de gas respectivamente. - Toda la unidad educativa deberá situarse al final de la evacuación en la zona de seguridad establecida. - Se procederá a la atención de los heridos (si los hubiese), administrando los primeros auxilios y disponiendo

al traslado a la posta cuando se estime necesario. RETIRO DE ALUMNOS:

- Una vez chequeada la situación, se procederá a la entrega a los apoderados de los alumnos. - Los alumnos se encontrarán en las zonas de seguridad del establecimiento, lugar donde los apoderados

retirarán a sus hijos. (después de ser organizados cada profesor jefe estará con su curso, si no se encuentra inspector de nivel tomará su función).

- El ingreso será por las puertas principales y solo podrá entrar una persona (apoderado o reemplazante, nombres que quedaran registrados en cada libro de curso) a retirar al alumno. No se entregarán alumnos a vecinos o personas desconocidas.

- Los apoderados retiraran a sus hijos procediendo con calma tranquilidad, e informando al profesor jefe o de asignatura indicando nombre y firmando su salida.

- En caso de que hubiere hermanos, estos esperaran juntos el retiro por parte del apoderado.

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- En caso de que el alumno se retire en transporte escolar deberá esperar el tiempo prudente, para que cada conductor los retire en el horario que corresponde a su recorrido habitual.

- Los padres y apoderados deben colaborar en esta situación para que este procedimiento se lleve a cabo ordenadamente y sin accidentes que lamentar.

- Les recordamos que el colegio en estos casos, es el lugar más seguro donde los niños pueden permanecer.

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MAPA GENERAL ZONA DE SEGURIDAD Y VÍAS DE EVACUACIÓN

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SALA 35 3°A

CLAUDIO G.

SALA 34 2°B

ANA V.

SALA33 2°A

GABRIELA B.

SALA32 1°B

JOHANA M.

BIBLIOTECA CRA

ENLACES

TALLER CIENCIAS

SALA 23 COMEDOR

SALA 24 SALA DE

PROFESORES

SALA 25 5°A

JIMENA I.

SALA 26 6°B

NATALY G.

SALA 31 1° A

FABIOLA G.

CORTE GAS MANIPULADORAS

BODEGA PATIO 1 CANCHA

INSPECTORES GENERALES

U.T.P. ADMINISTRATIVOS

DIRECCIÓN

*CADA DOCENTE CON CURSO CORRESPONDIENTE

PABELLÓN 6 JUAN SOTO/BLANCA LIZAMA

SALA MÚSICA

PABELLÓN 4 GRISSEL GALLARDO

PABELLÓN 3 CRISTIAN ARAYA

SALA 17 RADIO

BAÑO VARONES BAÑO DAMAS

SALA 20 3°B

SOFÍA A.

SALA 19 6°A

JESÚS O.

SALA 18 5°B

PAULA C.

CORTE ELECTRICIDAD

INSPECTORÍA GENERAL FRANCISCO SAEZ

PABELLÓN 2 MARÍA EUGENIA TOBAR

SALA 12 KINDER B

JARICSA V.

ENFER

SALA 14 KINDER A JENNY C.

SALA 13 PREKINDER CAROLA A

SALA 8 TALLER

SALA 11 4°B

ERNA G.

SALA 10 4°A

IVÁN Z.

SALA 9 TALLER

PABELLÓN 1 FRANCISCO SAEZ

SALA POR

SALA PIE

SALA INSP

SALA MUL

T

SALA 4 8°B

CECILIA H.

SALA 1 7°A

TANIA J.

SALA 2 7°B

CAMILA C.

SALA 3 8°A

MILTON M

SALA BAÑO

SALA OFICINA

SALA UTP

PORTÓN TRASERO

ENTRADA AMBULANCIA

PORTÓN 2

VÍA EVACUACIÓN

PATIO 5

INSPECTORES DE NIVEL ENCARGADA CRA. AUXILIAR DE ASEO. ENCARGADO COMEDOR

*CADA DOCENTE CON CURSO CORRESPONDIENTE

PATIO 3

INSPECTORES DE NIVEL ENCARGADO SALA DE COMPUTACIÓN

PATIO 4

PATIO 2 INSPECTOR DE NIVEL

EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO EDUCADORAS Y ASISTENTES

PORTÓN1 ENTRADA PRINCIPA

VÍA DE EVACUACIÓN DEL COLEGIO

CORTEELECTRICIDAD ABEL COFRÉ

CORTEELECTRICIDAD GRISSEL GALLARDO

CALLE BOMBERO ARRIOLA

CALLE ACONCAGUA

A V E N I D A C A R T A G E N A

MAPA ESPECÍFICO ZONA DE SEGURIDAD,

EVACUACIÓN DE SALAS Y ENCARGADOS

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PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

Ante hechos que afecten la sana convivencia y la seguridad de los integrantes de la Comunidad Educativa. En este apartado se contempla el resguardo de los derechos y cumplimiento de la normativa, considerando definiciones y procedimientos acerca de cómo proceder ante diversas situaciones que afecten a algún integrante del establecimiento y/o Convivencia Escolar. CONSIDERACIONES GENERALES

a) Durante el proceso de las indagaciones y medidas correspondientes, se asegurará la confidencialidad, privacidad y respeto de todas las partes involucradas.

b) Cada actuación deberá tener evidencia por escrito en documentos institucionales. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por parte de terceros ajenos al proceso de investigación.

c) Si el afectado fuera estudiante del establecimiento, se deberá brindar protección y apoyo durante el proceso. d) Si el afectado fuera funcionario del establecimiento, se deberá otorgar protección y se tomarán las medidas

necesarias para que pueda cumplir normalmente con sus funciones. e) Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus apoderados.

PROTOCOLO ACOSO ESCOLAR O “BULLYING”

Definición de acoso escolar: Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado en el tiempo, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición” . 1 Indicadores de Bullying No todas las formas de agresión constituyen acoso escolar, puesto que para que se trate de bullying se requiere: • Que el hecho de violencia o acoso escolar se repita en el tiempo. • Que la agresión o forma de violencia empleada sea realizada por un (o unos) par (es), como por ejemplo sus compañeros u otros que tengan igualdad de roles. • Que exista abuso de poder de una de las partes respecto al otro, el que se siente indefenso frente a la agresión. Responsables

Encargado de Convivencia Escolar Procedimientos en caso de Bullying:

1. Denuncia de los hechos: Cualquier miembro de la comunidad Educativa, tendrá el deber de informar ante hechos o sospecha de algún caso de acoso escolar. 1 Ley 20.536 sobre Violencia Escolar, Art 16 B

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2. Informar: Se deberá informar de la situación al Encargado de Convivencia Escolar, en un plazo máximo de 24 horas. 3. Recepción de la denuncia: El Encargado de Convivencia Escolar recepcionará la denuncia y consignará la declaración de los hechos, participantes y estudiantes involucrados en hoja de declaración. 4. Notificación al equipo: El Encargado de Convivencia informa de manera inmediata al director del establecimiento, inspectoría general y profesionales correspondientes. (No debe superar las 24 hrs.) 5. Recopilación de información: El Encargado de Convivencia en conjunto con profesionales (Trabajador social y Psicólogo) harán seguimiento del caso. 6. Citación de apoderados: Se citará a los apoderados de cada estudiante involucrado por separado para informar de la situación. 7. Recopilación de información: Se da inicio al proceso de recopilación de información, mediante entrevistas, declaraciones e informes solicitados a Estudiantes, profesores, a los adultos a cargo y familia. 8. Elaboración de conclusiones: Se elaborará un informe que dé cuenta de estudiantes involucrados, situaciones de violencia y conclusiones que den cuenta de los indicadores señalados en la Ley de Violencia Escolar y considerados en el protocolo para establecer Bullying2 . El informe será entregado A Inspectoría general, quien informará a la dirección del establecimiento. (El informe debe ser elaborado en máximo 5 días hábiles desde ocurrida la denuncia) 9. Plan de intervención: El Encargado de Convivencia Escolar en conjunto con equipo de profesionales, elaborarán un plan de acción con acciones formativas a partir de las necesidades que se detecten durante el proceso. Se establecerán medidas reparatorias. 10. Entrevista con apoderados: Se informará a los apoderados involucrados del plan de intervención que se realizará con los estudiantes para su toma de conocimiento. Se dejará constancia firmada por los apoderados en libro de clases y hoja de entrevista. 11. Seguimiento: Se realizará seguimiento por parte del Encargado de Convivencia y equipo, a través de entrevista con el profesor jefe, entrevista con estudiante, entrevista de apoderados y monitoreo del libro de clases. 12. Estado de avance: Elaboración de estado de avance que dé cuenta los resultados de la intervención realizada con los estudiantes. 13. Resultados del plan de intervención: El Encargado de Convivencia Escolar consignará los resultados en un informe que será notificado a los padres. 1.4 Consideraciones generales ante denuncias de Bullying: En el manejo de situaciones de acoso escolar, se garantizarán a todas las partes involucradas los siguientes derechos: - El derecho a la presunción de inocencia de los/as alumnos/as acusados/as de ser causantes directas e indirectas de la falta reclamada. - El derecho a la protección y apoyo para la o las presuntas afectadas por la falta reclamada. - El derecho de todos los involucrados/as a ser escuchados y a presentar sus descargos. - El derecho a apelar respecto de las resoluciones tomadas.

PROTOCOLO DE VIOLENCIA MALTRATO ESCOLAR Definición de maltrato escolar La Convención de los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas en su artículo 19, se refiere al maltrato infantil como “toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”. 3 2 Protocolo Acoso Escolar, Colegio Presidente Aguirre Cerda 1.2 Indicadores Bullying.

3 Ley de Menores, N° 16.618.

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De acuerdo a la Ley de Menores, N° 16.618, podemos definir el Maltrato Infantil como “un acto u omisión que produzca menoscabo en la salud física o psíquica de los menores” Todos los tipos de maltrato infantil constituyen vulneración a los derechos del niño que están consagradas como ley desde el año 1990 en Chile, a través de la ratificación de la Convención internacional de los Derechos del Niño. De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº20.370 General de Educación, Art. 16 letra D, señala que revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante e integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante.

TIPIFICACIÓN DEL MALTRATO Maltrato físico: Es cualquier acción no accidental por parte de los padres, madres o cuidadores s que provoque daño físico o sea causal de enfermedad en el niño o lo ponga en grave riesgo de padecerla. La aflicción de daño físico y dolor puede tener distintos propósitos, incluso aquellos validados socialmente como corregir o controlar la conducta del niño o niña. Por tanto, conductas constitutivas de maltrato físico son el castigo corporal, incluyendo golpes, palmadas, tirones de pelo, palmaditas, empujones, azotes, zamarrones, pellizcos u otras medidas que causen dolor o sufrimiento físico. Maltrato emocional o psicológico: Consiste en la hostilidad hacia el niño o niña manifestada por ofensas verbales, descalificaciones, críticas constantes, ridiculizaciones, rechazo emocional y afectivo. También se puede incluir la falta de cuidados básicos, ser testigo de violencia, discriminación sufrida en razón de raza, sexo, características físicas, capacidad mental. Algunos ejemplos son el lenguaje con groserías o que menoscabe al niño o niña, cualquier forma

de burla, humillación pública o privada, incluyendo amenazas de castigo físico, cualquier forma destinada a aterrorizar o aislar a un niño o niña, sanciones o castigos que impliquen el retiro de alimentos, descanso o prohibición de acceso a servicios higiénicos o encuentros con su familia. Maltrato por abandono o negligencia: Se refiere a situaciones en que los padres, madres o cuidadores s, estando en condiciones de hacerlo, no dan el cuidado y la protección tanto física como sicológica que los niños y niñas necesitan para su desarrollo. El cuidado infantil implica satisfacer diversos ámbitos como son el afecto, la alimentación, la estimulación, la educación, la recreación, la salud, el aseo, etc. Agresiones de carácter sexual: Definidas como cualquier tipo de actividad sexual, tales como insinuaciones, caricias, exhibicionismo, voyerismo, masturbación, sexo oral, penetración oral o vaginal, exposición a material pornográfico, explotación y comercio sexual infantil, entre otros, con un niño o niña en la cual el agresor está en una posición de poder y el niño o niña se ve involucrado en actos sexuales que no es capaz de comprender o detener. Las agresiones sexuales incluyen el abuso sexual, la violación, etc. Responsables: Inspectoría General. PRODECIMIENTO ANTE AGRESIÓN ENTRE ESTUDIANTES 1. Intervención: Cualquier miembro de la comunidad educativa estará obligado a intervenir frente a una situación de agresión física y/o psicológica entre estudiantes, con el fin de evitar que ésta continúe. 4

4 Ley 20.536 Sobre Violencia Escolar, Art 16D.

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2. Informar a inspectoría: El adulto que presencia la agresión o pelea debe informar inmediatamente a inspectoría general. 3. Verificación de lesiones: Inspector verifica si existen lesiones físicas en alguno de los estudiantes involucrados. 4. Accidente Escolar: Si hubiesen lesionados inspectoría general activa el protocolo de Accidente Escolar. 5. Dependiendo de la edad y gravedad de las lesiones físicas y psicológicas se procederá a dar aviso a carabineros y al apoderado. 6. Si la agresión amerita medida disciplinaria se procederá de acuerdo a normativa del reglamento de convivencia escolar. 7. Citación de apoderados: Se realizará citación a los apoderados para informar de la situación. 8. Plan de intervención: Encargado de Convivencia Escolar con su equipo elaborarán un plan de intervención que detalle las acciones formativas para los estudiantes involucrados. PROCEDIMIENTOS ANTE EL MALTRATO DE UN ADULTO EXTERNO A UN ESTUDIANTE DEL ESTABLECIMIENTO. 1. Informar a inspectoría general: Si un docente o funcionario recibe el relato de un estudiante que devele que ha sido maltratado ya sea física o psicológicamente por un adulto, o si un estudiante presenta signos físicos, emocionales o conductuales que hacen pensar que pueda ser víctima de maltrato, se debe poner en conocimiento inmediato a inspectoría general. 2. Informar a la dirección: El Inspector deberá dar aviso inmediatamente a la dirección del colegio, Encargado de Convivencia Escolar y Profesionales (Trabajadora social, Psicólogo). 3. Recopilación de información: Recoger información a través de entrevistas y declaraciones al estudiante. 4. Constatación de lesiones: En caso de existir agresiones físicas visibles, se deberá informar a carabineros, quien realizará constatación de lesiones en CESFAM de Cartagena y dar aviso a los apoderados paralelamente. En caso de no contactar a los padres, Carabineros de Chile toma contacto con Tribunal de Familia quién autoriza al estudiante ser acompañado por Carabineros a la constatación de lesiones. 5. Denuncia a Fiscalía: El inspector informará de la situación a la trabajadora social, quien, en un plazo no superior a 24 horas, deberá denunciar del hecho a fiscalía.

PROCEDIMIENTOS ANTE AGRESIONES DE UN FUNCIONARIO A UN ESTUDIANTE DEL ESTABLECIMIENTO. ¿Qué se entiende por maltrato de un funcionario a un estudiante? Son aquellas agresiones realizadas por algún miembro de la comunidad educativa (directivo, docente o asistente de la educación) en contra de un(a) estudiante, que atenta contra su dignidad o que arriesga su integridad física y/o síquica. Tales como; coscorrones, tirones de oreja, bofetadas, gritos, burlas, amenazas, insultos, descalificaciones, entre otras. Cualesquiera de estas conductas abusivas atentan contra el Art. Nº28 inc. 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Art. Nº5º inc. 2º de la Constitución Política de Chile.

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1. Informar a Inspectoría general: Si un docente o funcionario recibe el relato de un estudiante que devele que ha sido maltratado ya sea física o psicológicamente por personal interno del colegio, o si un estudiante presenta signos físicos, emocionales o conductuales que hacen pensar que pueda ser víctima de maltrato, se debe poner en conocimiento inmediato a inspectoría general. 2. Informar a la dirección: El Inspector deberá dar aviso inmediatamente a la dirección del colegio. 3. Recopilación de información: Recoger información a través de entrevistas, declaraciones a estudiante y adulto involucrado. 4. Notificación: Se notificará al funcionario durante la jornada, del proceso de investigación interna que se llevará a cabo por denuncia de estudiante. 5. Notificación a DAEM: Paralelamente la dirección del establecimiento deberá dar aviso vía correo electrónico a DAEM, para posteriormente reunir toda la información y realizar un informe que detalle los antecedentes proporcionados en declaraciones y entrevistas. 6. Citación de apoderados: Junto con informar a dirección se deberá citar a los apoderados para comunicarle la situación y las medidas que adoptará el establecimiento. 7. Constatación de lesiones: En caso de agresiones físicas y lesiones visibles a menores de edad, el inspector del Colegio y en conocimiento del apoderado, deberá informar a carabineros, quieres realizarán constatación de lesiones en el centro de salud. 8. Denuncia a Fiscalía: El inspector informará de la situación a la trabajadora social, quien, en un plazo no mayor a 24 horas, deberá denunciar del hecho a fiscalía.

PROCEDIMIENTOS ANTE AGRESIÓN DE UN ESTUDIANTE A UN ADULTO DEL ESTABLECIMIENTO: 1. Informar a Inspectoría general: Ante la agresión de un estudiante, el adulto debe dar aviso a inspectoría general. 2. Declaración: El inspector deberá tomar declaración al adulto afectado de los hechos de forma inmediata en formato establecido y al estudiante involucrado. 3. Informar a director y profesionales correspondientes: El inspector deberá informar de la situación a dirección, Encargado de Convivencia, Trabajadora social y Psicóloga. 4. Constatación de lesiones: El adulto afectado deberá ser orientado por el inspector para realizar constatación de lesiones en CESFAM de Cartagena. 5. Accidente laboral: Paralelamente se deberá activación a protocolo de Accidente laboral. 6. Denuncia a Carabineros: Posteriormente se debe proceder a realizar denuncia en Carabineros. Se podrá establecer en la propia denuncia como domicilio, a efectos de notificaciones, el Colegio Presidente Aguirre Cerda. 7. Recolección de información: Inspectoría general procederá a realizar la indagatoria de los hechos a través de declaración a todos los implicados y testigos, deberá incorporar, por tanto, un completo relato de los hechos, con indicación del lugar, fecha y hora en que acontecieron. 8. Citación de apoderado: Se deberá citar al apoderado del estudiante involucrado para informar de la situación y gravedad de la falta. 9. Aplicación de medidas disciplinaria declaradas en el Reglamento Interno: Inspectoría deberá aplicar las medidas correspondientes a la falta. 10. Derivación a Redes Externas: si se detecta que el agresor se encuentra en una condición de vulneración de derechos por parte de su familia, la situación debe ser denunciada a las Oficinas de Protección de Derechos de la Infancia (OPD) o los Tribunales de Familia, solicitando las medidas protectoras necesarias.

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PROCEDIMIENTOS ANTE AGRESION DE APODERADOS A MIEMBROS DEL ESTABLECIMIENTO. 1. Informar a Inspectoría: Ante cualquier situación de agresión por parte de apoderados se deberá informar a la brevedad a Inspectoría. 2. Denuncia en casos de violencia o agresión escolar: Los padres, madres y apoderados, alumnos y alumnas, docentes, asistentes de la educación y miembros de los equipos directivos deberán informar a inspectoría del colegio, las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un miembro de la comunidad educativa, ya sea, dentro o fuera del establecimiento educacional y de las cuales tomen conocimiento, todo ello conforme al reglamento interno. 3. Dar aviso a dirección y Encargado de Convivencia Escolar: El inspector que tome conocimiento de que un apoderado este incurriendo en alguna manifestación de agresión hacia otro miembro del establecimiento o alumno(a), deberá informar al encargado de convivencia escolar y a dirección de manera verbal o escrita. 4. Declaración: Se deberá tomar declaración a quienes denuncien; afectados y apoderados involucrados. 5. Situaciones de carácter leve: Frente a situaciones de carácter leve se deberá mediar la situación. El encargado(a) de convivencia será el responsable de abordar y mediar la situación en conjunto con profesionales del equipo. 6. Situaciones de carácter grave: Frente a una situación de carácter grave según el reglamento de convivencia, se deberán aplicar medidas internas para los apoderados involucrados. 7. Denuncia Carabineros: Frente a una situación en donde el apoderado cometa una falta muy grave en contra de un funcionario(a), se deberá realizar llamado a carabineros para denunciar la situación. 8. Contención: Es deber de todo funcionario del colegio hacer un llamado a la calma siendo éste su objetivo principal, evitando caer en confrontar al apoderado agresor. Se deberá buscar figura idónea que contenga, emocionalmente, al funcionario agredido, en un lugar privado. 9. Aplicación de medidas: Una vez finalizada la situación de riesgo, para efectos de la aplicación de medidas, Inspectoría general deberá presentar al director del Colegio, propuesta de sanciones de acuerdo a la gravedad de las faltas y en virtud del propio reglamento interno, como por ejemplo cambio de apoderado y prohibición de la entrada al establecimiento.

PROCEDIMIENTOS FRENTE AGRESIONES ENTRE APODERADOS 1. Informar a Inspectoría: Cualquier miembro de la comunidad debe informar a inspectoría general de situaciones de agresiones presenciadas fuera y dentro del establecimiento entre apoderados. 2. Aviso a Carabineros: Inspectoría deberá dar aviso a carabineros para aplicar procedimientos necesarios ante estas situaciones entre apoderados. 3. Aplicación de medidas internas: A partir de los hechos ocurridos, inspectoría general procederá a aplicar medidas a los apoderados afectados como; Cambio de apoderado y/o prohibición de ingreso al colegio a través de carta certificada.

PROCEDIMIENTOS FRENTE AGRESIONES ENTRE FUNCIONARIOS 1. Informar a Inspectoría: Cualquier miembro de la comunidad debe informar a inspectoría general de situaciones de agresiones presenciadas fuera y dentro del establecimiento entre apoderados. 2. Situaciones menores: Ante situaciones menores que no impliquen agresión física, se deberán realizar los siguientes procesos. • El Encargado de Convivencia Escolar en conjunto con equipo deberá proceder a tomar declaraciones a los funcionarios involucrados.

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• Elaborarán un informe breve que detallen los hechos. • Se realizará una mediación entre los funcionarios a fin de facilitar acuerdos. • Posterior a la mediación, si la situación continúa existiendo entre funcionarios, dirección deberá dar aviso mediante informe al Departamento de Educación. 3. Situaciones graves: Ante situaciones de carácter grave que impliquen agresión física, Inspectoría deberá dar deberá dar aviso a carabineros para aplicar procedimientos necesarios. 4. Aplicación de medidas internas: A partir de los hechos ocurridos, inspectoría general procederá a aplicar medidas a los apoderados afectados como; Cambio de apoderado y/o prohibición de ingreso al colegio a través de carta certificada.

PROTOCOLO ACCIDENTES ESCOLARES Antecedentes. Ley 16.744 Art.3°, dispone que estarán protegidos todos los alumnos de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional.

Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales.

En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la educación parvularia y básica están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en el colegio.

En caso de accidente o de enfermedad repentina de un alumno(a) durante la actividad escolar, se procederá de la siguiente manera:

1- En caso de enfermedad o accidente menos graves

El alumno será llevado a enfermería y se realizarán los primeros auxilios, o en su efecto se le dará agua de hierbas. Importante recordar que el colegio NO está autorizado para administrar ningún tipo de medicamentos. Inspectoría llamará a los padres y enviará una comunicación si fuese necesario.

2- En caso de accidentes leves

En los casos que el accidente requiera atención médica, se llamará a los padres y/o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al alumno al centro de salud que estimen conveniente e Inspectoría entrega el seguro de salud estatal con que todo alumno está cubierto.

3- En caso de accidentes graves

En todos los casos que el accidente sea grave, (determinado por encargada de enfermería, quien cuenta con cursos de primeros auxilios), se llamará inmediatamente al servicio de urgencia de la comuna, quienes lo trasladarán en ambulancia a la urgencia del hospital. Simultáneamente se dará aviso a los padres y ellos podrán tomar la decisión de trasladar a otro servicio. Los alumnos que cuenten con seguros particulares de salud, deben mantener la información actualizada en su agenda y ficha personal, para que el colegio se comunique directamente con ellos. Es importante completar todos los datos personales y teléfonos de emergencia en la agenda y ficha personal. Es responsabilidad de los padres y apoderados mantener estos datos actualizados.

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PROTOCOLO TENENCIA DE ARMAS

Son responsables penalmente los jóvenes mayores de 14 años y mayores de 18 años, quienes se rigen por la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Los menores de 14 años están exentos de responsabilidad penal, por lo que no pueden ser denunciados por la comisión de un delito. En estos casos, el Tribunal de Familia es la entidad competente para conocer la situación y determinar responsabilidades y medidas. Definición

Arma “blanca” o “corto punzante” es aquella arma o herramienta que se caracteriza por su capacidad de

cortar, herir o punzar mediante bordes afilados o puntiagudos.

Arma de “fuego” es un dispositivo destinado a propulsar uno o múltiples proyectiles mediante la presión

generada por la combustión de un propelente. Dentro de esta definición también se incluyen las armas

hechizas, así como las de fantasía, como fogueo, u otras similares. También abarca a las municiones y balas

no percutadas.

Responsables: Inspectoría general

1. Informar a Inspectoría: Es deber de cualquier miembro de la Comunidad Educativa que detecte o sean

informados de una situación de posible uso y porte de armas en el que estén involucrados estudiantes, poner

los antecedentes en conocimiento a Inspectoría general de manera reservada y oportuna.

2. Citación del estudiante: A partir de la información recibida se deberá citar al estudiante a inspectoría y

solicitar el arma de manera voluntaria y pacífica.

3. Citación del apoderado: Posteriormente se procederá a informar al apoderado de la situación y de las

medidas adoptadas por el establecimiento.

4. Dar aviso a Carabineros y requisa del arma: Ante sospecha razonable, sobre uso y porte de armas, la requisa

del arma la deberá realizar la autoridad policial en caso de no entregarse de forma voluntaria y pacífica.

5. En el caso de que el incidente implique la entrega del arma, las autoridades del centro tomarán las

previsiones para la custodia y manipulación adecuada de esta para que no ponga en peligro a ningún

miembro de la comunidad educativa.

6. Aplicación de medidas: Se aplicarán las medidas correspondientes de acuerdo al Manual de Convivencia.

Consideraciones Generales

1. En cada caso, se debe hacer una valoración cuidadosa de la gravedad del incidente y proceder de acuerdo

con el mismo, en el entendido de que las autoridades del establecimiento deben actuar con sentido común y

velar por la integridad de la miembros de la comunidad educativa, sin sustituir funciones policiales o de otra

naturaleza, para lo cual se deberán mantener contacto directo con los funcionarios policiales y CESFAM de

Cartagena, de manera que pueda existir una respuesta inmediata de apoyo o auxilio.

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PROTOCOLO DE RETENCIÓN EN EL SISTEMA ESCOLAR DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ADOLESCENTES

Introducción Si estás embarazada, eres madre o padre y te encuentras estudiando, el Establecimiento a través del siguiente protocolo pretende acompañarte en esta nueva condición que estas asumiendo amparado por las diversas leyes que a continuación se señalan. La ley N° 20.370 General de Educación de 2009 da protección a la embarazada y madre adolescente, y está por sobre los reglamentos internos de los establecimientos educacionales. La Ley N°19.688 señala lo siguiente: “El embarazo y la maternidad, no constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. Estos últimos deberán, además, otorgar las facilidades académicas del caso”. La Ley N°20.370, art 16, sanciona a los establecimientos que no respetan este mandato con una multa de 50 UTM. Respecto a los derechos de las estudiantes embarazadas, madres y padres adolescentes; en Chile se encuentra garantizado el derecho a permanecer en sus respectivos establecimientos educacionales, sean éstos públicos o privados, sean subvencionados o pagados, escuelas especiales o regulares, confesionales o no. Respecto del periodo de embarazo • El adulto responsable de la estudiante embarazada, madre/padre adolescente, deberán informar a Inspectoría con certificado médico. • Inspectoría comunicará a Profesor Jefe, Trabajadora Social o Psicóloga mediante un escrito la situación de la estudiante embarazada, madre/padre adolescente. • La estudiante embarazada o progenitor adolescente, serán autorizados para concurrir a las actividades que demanden el control prenatal y el cuidado del embarazo, debiendo ser documentado por el carnet de salud o el certificado emitido por el médico tratante. • La estudiante embarazada tendrá autorización de asistir a los servicios higiénicos las veces que ella lo requiera, sin tener que reprimirse por ello, previniendo el riesgo de producir una infección urinaria u otros antecedentes de salud. • El establecimiento deberá facilitar en horario de recreo espacios físicos para evitar estrés o riesgos de accidentes escolares. • La estudiante embarazada o el progenitor adolescente, serán orientados por el Trabajador(a) Social del establecimiento a fin de realizar la vinculación o incorporación a la red de apoyo necesaria para él o la estudiante, especialmente para aquellos/as en situación y/o condición distinta (NEE), además, psicólogo/a realizará la contención necesaria a estudiante embarazada, madre/padre adolescente. • La estudiante embarazada tendrá derecho a adaptar el uniforme escolar a su condición de embarazo. Respecto del período de maternidad y paternidad • La estudiante madre adolescente tendrá el derecho a decidir el horario de alimentación del hijo/a que debiera ser como máximo una hora, sin considerar los tiempos de traslado, evitando con esto que se perjudique su evaluación diaria. Este horario debe ser comunicado formalmente al Director/a del establecimiento educacional durante la primera semana de ingreso de la estudiante. • En el caso de las labores de amamantamiento, la estudiante de no contar con sala cuna al interior del establecimiento, se autorizará la salida de la madre en el horario predeterminado para acudir a su hogar o sala cuna. • Cuando el hijo/a menor de un año presente alguna enfermedad que requiera de su cuidado específico, según conste con un certificado emitido por el médico tratante, el establecimiento dará, tanto a la madre como al padre adolescente, las facilidades pertinentes, considerando especialmente que esta es una causa frecuente de deserción escolar post parto.

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Deberes del Establecimiento a considerar • El establecimiento a través de la Unidad técnico pedagógica (UTP) incorporará el sistema de evaluación en el reglamento de evaluación, al que él o la estudiante pueden acceder como alternativa, en tanto la situación de embarazo o de maternidad/paternidad le impida asistir regularmente a clases. Además, las o las estudiantes deberán contar con un calendario flexible que resguarde el derecho a la educación y una propuesta curricular adaptada que priorice aquellos objetivos de aprendizaje que permitan la continuidad de estudios, brindado apoyo y tutoría por parte del docente designado por UTP que supervise su realización. • El establecimiento no debe hacer exigible el 85% mínimo de asistencia durante el año escolar a las estudiantes en estado de embarazo o maternidad. Las inasistencias que tengan como causa directa de situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor un año, se consideran válidas al presentar certificado médico, carnet de salud, tarjeta de control u otro documento que indique las razones médicas de la inasistencia. Cabe señalar que podrán ser promovidas con un porcentaje inferior al 85% cuando sus ausencias sean justificadas por los médicos tratantes. • El establecimiento deberá hacer partícipe a él o la estudiante de las ceremonias y/o actividades institucionales (graduación, organizaciones estudiantiles, etc.). Según indica el art.8 de la Ley 18.962. • El establecimiento debe resguardar la integridad física, psíquica de la o él estudiante, no pudiendo ser objeto de ningún tipo de discriminación, teniendo acceso a los mismos derechos de educación que los demás estudiantes. • Según indica el art.7 de la Ley 18.962, Las disposiciones contenidas en el decreto Supremo N°313 de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que reglamenta el seguro escolar, serán aplicables a las alumnas en situación de embarazo y/o maternidad/paternidad. • Según indica el art. 9 de la Ley 18.962, Las estudiantes en condición de embarazo deberán asistir a las clases de Educación Física en forma regular, siguiendo las orientaciones del médico tratante, sin perjuicio de ser evaluadas en forma diferencial o ser eximida en los casos en que por razones de salud así procediera. Las estudiantes que hayan sido madres estarán eximidas del Subsector de Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo, en casos calificados por el médico tratante, podrán eximirse de este Subsector. • Según indica art.3 de la Ley 18.962, El embarazo o maternidad de una estudiante no podrá ser causal para cambio de curso o un nivel paralelo, salvo que ésta manifestare su voluntad expresa de cambio fundada en un certificado otorgado por un profesional competente. • El establecimiento educacional deberá informar sobre los beneficios que entrega el Ministerio de Educación: Salas cunas para que estudie contigo (PEC), Beca de apoyo a la retención escolar (BARE), Programa de apoyo a la retención escolar de embarazadas, madres y padres (Implementado por Junaeb). Además, de contar con redes de apoyo como: Chile crece contigo, subsidio único familiar, Programa de continuidad del ciclo educacional de estudiantes, padres, madres y embarazadas (MDS/JUNAEB), Programa del buen vivir de la sexualidad y la reproducción.

Deberes de los adultos responsables de las y los estudiantes en situación de embarazo, maternidad y paternidad • Los adultos responsables y/o apoderados de los estudiantes deberán informar al establecimiento educacional que la o el estudiante se encuentra en esta condición mediante una entrevista con Inspectoría General en compañía de Trabajador/a Social y/o Psicólogo/a quiénes además, informaran sobre los derechos y obligaciones, tanto del estudiante, como de la familia y del establecimiento educacional. • El adulto responsable tendrá el deber de notificar al establecimiento educacional de situaciones de cambio de domicilio o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

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PROTOCOLO PORTE, CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS

El uso de alcohol y otras drogas es una práctica relativamente común entre los niños, niñas y adolescentes, que en la mayoría de los casos queda circunscrita a la juventud produciendo en ocasiones problemas graves. Desde hace unos años estamos asistiendo a cambios en los patrones de consumo de alcohol y de otras sustancias adictivas que han aumentado considerablemente la morbilidad y la mortalidad asociada al consumo de drogas en la población juvenil, lo que han obligado a replantearse la prevención y el tratamiento de estas conductas en los niños, niñas y adolescentes. En los adultos, los trastornos relacionados con el uso de sustancias que habitualmente requieren un tratamiento específico son el abuso y la dependencia. Sin embargo, en los niños, niñas y adolescentes, por su inmadurez física y psicológica, incluso las intoxicaciones puntuales de alcohol u otras drogas pueden producir consecuencias nefastas (accidentes, embarazos no deseados, infecciones, “golpe de calor”, coma etílico, psicosis o crisis de ansiedad). Por otro lado, pocas veces encontramos que los niños y niñas cumplan estrictamente los criterios de abuso o dependencia de drogas y/o alcohol. En la mayoría de casos de problemas con las drogas, de los niños, niñas y adolescentes presentan lo que llamamos un patrón de consumo de riesgo, debido a su precocidad o a la presencia de factores de vulnerabilidad. Por lo tanto, la intervención en los problemas de drogas en los estudiantes debería incluir la detección precoz y las actuaciones preventivas ante los primeros síntomas de consumo de riesgo, incluso antes de que se desarrolle el abuso y la dependencia. Considerando que el tráfico de drogas al interior de los establecimientos educacionales es una problemática que constituye una seria amenaza para el bienestar de la convivencia escolar de las unidades educativas, la salud de los/as estudiantes y sus proyectos de vida, así como también en ocasiones involucra a niños, niñas, adolescentes y muchas veces a sus familias y adultos significativos en actividades delictivas. Ley 20.000 El consumo y tráfico de drogas puede llegar a ser un problema muy serio para las comunidades educativas, amenaza la convivencia escolar, las expectativas educacionales de los estudiantes e incluso la seguridad e integridad de sus miembros. Responsables: Inspectoría General PROCEDIMIENTOS 1.- Informar a inspectoría: Es deber de cualquier miembro de la Comunidad Educativa que detecte o sean informado de una situación de posible porte, tráfico y consumo de drogas y/o alcohol, en el que estén involucrados estudiantes, poner los antecedentes en conocimiento a inspectoría general de manera reservada y oportuna. 2.- Indagación: Inspectoría general investigará la situación y analizarán los antecedentes, y determinarán una estrategia prudente para recabar información. 3.- Denuncia a Carabineros o PDI: En el caso de porte, tráfico y consumo de drogas y alcohol dentro del establecimiento detectado infraganti, el establecimiento procederá de acuerdo a lo indicado en la Ley N° 20.000, denunciando en forma directa a carabineros o PDI. 4.- Citación apoderados: No obstante a lo anterior, el colegio, además informará a la familia de los involucrados y aplicando la medida disciplinaria y formativa indicada en el manual de convivencia Escolar. 5.- En el caso de que un estudiante se presente bajo la evidente influencia de drogas, sustancias psicotrópicas o alcohol en el colegio llamará a la familia para que retire al menor del establecimiento, aplicando la medida disciplinaria y formativa indicada en el manual de convivencia Escolar. Posteriormente se realizarán las gestiones con redes externas para realizar un seguimiento e intervención con el estudiante. 6. Compromiso con la familia: En todos los puntos anteriormente expuestos se establecerá un compromiso familiar, en el que acceden a evitar la ocurrencia de un nuevo episodio de consumo.

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7.- En el caso de porte, tráfico y consumo de drogas y alcohol en las inmediaciones del establecimiento detectado infraganti, el colegio pondrá en conocimiento a la familia de los involucrados en entrevista formal entregando información sobre centros de salud en los cuales puede solicitar ayuda. En casos necesarios, se pondrá en conocimiento de la situación a carabineros de Cartagena y aplicando la medida disciplinaria y formativa indicada en el manual de convivencia Escolar. Además se aplicará la medida disciplinaria y formativa indicada en el manual de convivencia Escolar.

PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL, ACOSO O ESTUPRO

El espacio escolar adquiere especial relevancia dado su rol educativo, por lo que debe construirse en un sistema que promueva y garantice una convivencia pacífica, respetuosa e inclusiva. Por tanto el establecimiento educacional rechaza toda forma de maltrato y abuso hacia la infancia y adolescencia, ente lo cual se ha generado un protocolo que implementa las acciones necesarias para proteger al estudiante una vez que se detecte o sospeche de que ha sido víctima de maltrato, acoso, abuso o estupro. DEFINICIÓN DE ABUSO SEXUAL, ACOSO Y ESTUPRO:

“El abuso sexual y estupro son una forma grave de maltrato infantil. Implica la imposición a un niño, niña o adolescente de una actividad sexualizada en que el/la ofensor/a obtiene una gratificación, es decir, es una imposición intencional basada en una relación de poder. Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la seducción, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o cualquier otra forma de presión o manipulación psicológica”5 DE LAS DENUNCIAS EN CASOS DE ABUSO SEXUAL:

a) El Artículo 175 del Nuevo Código Procesal Penal estipula que “Estarán obligados a denunciar (entre otros): Los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. La denuncia realizada por alguno de los obligados en este artículo eximirá al resto”. b) El Artículo 176 del mismo Código Procesal Penal aclara que “Las personas indicadas en el artículo anterior deberán hacer la denuncia dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal. c) El Artículo 177 explica qué pasa si alguno de éstos no denuncia: “Las personas indicadas en el artículo 175 que omitieren hacer la denuncia que en él se prescribe incurrirán en la pena prevista en el artículo 494 del Código Penal, o en la señalada en disposiciones especiales, en lo que correspondiere. d) La situación de abuso sexual, una vez denunciada, deberá ser informada inmediatamente a la Oficina de Resguardo de Derechos de la Secretaría Regional Ministerial de Educación.

1. CONDUCTAS QUE SE CONSIDERAN COMO ABUSO SEXUAL, ACOSO Y ESTUPRO:

a) Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a al niño, niña o adolescente.

b) Tocación de genitales del niño, niña o adolescente por parte del abusador/a.

c) Tocación de otras zonas del cuerpo del niño, niña o adolescente por parte del abusador/a.

d) Incitación, por parte del abusador/a, a la tocación de sus propios genitales.

5 Ministerio de Educación: “Maltrato, acoso, abuso sexual, estupro en establecimientos educacionales”, 2017.

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e) Contacto bucogenital entre el/la abusador/a y el niño, niña o adolescente.

f) Penetración vaginal o anal, o intento de ella, con sus genitales, con otras partes del cuerpo o con objetos, por

parte del abusador/a.

g) Utilización del niño, niña o adolescente en la elaboración de material pornográfico (Por ejemplo; fotos, películas,

imágenes en internet).

h) Exposición de material pornográfico a un niño, niña o adolescente (Por ejemplo: revistas, películas, fotos,

imágenes en internet).

i) Promoción o facilitación de la explotación sexual infantil.

j) Obtención de servicios sexuales de parte de un/a menor de edad a cambio de dinero u otras prestaciones.

2. INDICADORES PARA LA DETECCIÓN DE ABUSO SEXUAL, ACOSO Y ESTUPRO6:

Es importante considerar, que los indicadores señalados a continuación no son determinantes por sí solo a una situación de abuso sexual, acoso o estupro, puede deberse a múltiples situaciones que no necesariamente se relaciona con una situación abusiva. La persona adulta que detecta uno o más de los siguientes indicadores que se señalan a continuación, se encontrará frente a una situación de sospecha de abuso sexual, acoso o estupro.

a) El propio niño, niña o adolescente revela que está siendo o ha sido víctima de maltrato, abuso sexual o de otra

situación abusiva.

b) Un tercero (algún/a compañero/a del niño, niña afectada, una persona adulta) le cuenta que un/a niño/a

adolescente determinado está siendo o ha sido víctima de maltrato, abuso sexual u otra situación abusiva.

c) La o el adulto nota señales en el niño, niña o adolescente que le indican que algo está sucediendo que no

evidenciaba anteriormente o nota un cambio en su comportamiento, en sus hábitos o formas de relacionarse con

los demás. Entre estas señales, es importante prestar atención a lo siguiente:

i. Cambios bruscos de conducta: aislamiento, baja de ánimo, tristeza, llanto.

ii. Brusco descenso de notas, repentina desmotivación por los estudios y/o que no sean comúnmente

atribuibles a actividades habituales a su edad y etapa de desarrollo.

iii. Miedo o rechazo a volver a su hogar.

iv. Miedo o rechazo a asistir a la escuela o liceo o estar en lugares específicos de este.

3. PROCEDIMIENTOS EN CASO DE SOSPECHA DE UNA SITUACIÓN DE ABUSO SEXUAL, ACOSO O ESTUPRO AL

INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO:

a) Informar: El adulto que sospeche o le sea develada una situación de abuso sexual, acoso o estupro, deberá

informar a Inspectoría General donde solicitará la intervención de profesionales del área psicosocial

(Trabajadora/o Social y/o Psicólogo/a quiénes serán los encargados y responsables de acoger al niño, niña o

adolescente, además, de informar al Director/a del establecimiento.

b) Confidencialidad: Él/a o los/as Encargados/as que tome conocimiento deberá resguardar la identidad de todos

los involucrados, víctima y victimario/s, mientras se lleve a cabo el procedimiento.

c) Entrevistas: Él/a o los/as Encargados/as recopilará los antecedentes generales que permitan contextualizar la

situación: Revisión de libro de clases, entrevista al profesor/a jefe, u otro actor relevante para posterior generar

6 Ministerio de Educación: “Maltrato, acoso, abuso sexual, estupro en establecimientos educacionales”, 2017.

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la comunicación con la familia y/o apoderado/a y/o adulto protector. Si la situación lo requiere, se realizará una

entrevista preliminar con el niño, niña o adolescente consignado en un informe confidencial, a fin de proteger la

intimidad y privacidad de los involucrados.

d) Si se trata de una sospecha y existen lesiones: Él/a o los/as Encargados/as Informará a la familia, a fin de realizar

traslado a centro asistencial más cercano para que sea examinado.

e) Si se trata de una sospecha y no existe lesiones: Él/a o los/as Encargados/as, evaluarán las acciones pertinentes

para el caso tales como: Derivación a red de apoyo local, disponer de medidas pedagógicas y realizar seguimiento

y acompañamiento al estudiante.

4. PROCEDIMIENTOS EN CASO DE DETECCIÓN DE UNA SITUACIÓN DE ABUSO SEXUAL, ACOSO O

ESTUPRO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO POR PARTE DE UN ADULTO:

a) Informar: El adulto que sospeche o le sea develada una situación de abuso sexual, acoso o estupro, deberá

informar a Inspectoría General donde solicitará la intervención de profesionales del área psicosocial

(Trabajadora/o Social y/o Psicólogo/a quiénes serán los encargados y responsables de acoger al niño, niña o

adolescente, además, de informar al Director/a del establecimiento.

b) Confidencialidad: Él/a o los/as Encargados/as que tome conocimiento deberá resguardar la identidad de

todos los involucrados, víctima y victimario/s, mientras se lleve a cabo el procedimiento.

c) Entrevistas: Él/a o los/as Encargados/as recopilará los antecedentes generales que permitan contextualizar la

situación: Revisión de libro de clases, entrevista al profesor/a jefe, u otro actor relevante para posterior

generar la comunicación con la familia y/o apoderado/a y/o adulto protector.

d) Denuncia: Paralelamente Él/a o los/as Encargados/as procederán a realizar la denuncia de los hechos ante

Fiscalía de Chile mediante un informe que dé cuenta de lo sucedido, en caso de existir lesiones en el/a

menor, se solicitará la presencia de Policía de Investigaciones de Chile.

5. PROCEDIMIENTOS EN CASO DE DETECCIÓN DE UNA SITUACIÓN DE ABUSO SEXUAL, ACOSO O ESTUPRO AL

INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO POR PARTE DE UN FUNCIONARIO:

a) Informar: El adulto que sospeche o le sea develada una situación de abuso sexual, acoso o estupro, deberá

informar a Inspectoría General donde solicitará la intervención de profesionales del área psicosocial

(Trabajadora/o Social y/o Psicólogo/a quiénes serán los encargados y responsables de acoger al niño, niña o

adolescente, además, de informar al Director/a del establecimiento.

b) Informar actor externo al Establecimiento: El director del establecimiento deberá informar de los hechos al jefe

del Departamento de Educación Comunal (DAEM) y Superintendencia de Educación, solicitando el cambio de

funciones del acusado, alejándolo del contacto con los niños, en tanto se lleva a cabo el proceso judicial.

c) Confidencialidad: Él/a o los/as Encargados/as que tome conocimiento deberá resguardar la identidad de todos

los involucrados, víctima y victimario/s, mientras se lleve a cabo el procedimiento.

d) Entrevistas: Él/a o los/as Encargados/as recopilará los antecedentes generales que permitan contextualizar la

situación: Revisión de libro de clases, entrevista al profesor/a jefe, u otro actor relevante para posterior generar

la comunicación con la familia y/o apoderado/a y/o adulto protector.

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e) Denuncia: Paralelamente Él/a o los/as Encargados/as procederán a realizar la denuncia de los hechos ante

Fiscalía de Chile mediante un informe que dé cuenta de lo sucedido, en caso de existir lesiones en el/a menor, se

solicitará la presencia de Policía de Investigaciones de Chile.

f) Accionar externo al establecimiento: El jefe del Departamento de Educación Comunal tendrá la atribución de

iniciar un sumario interno, a fin de contar con todos los antecedentes para colaborar con la investigación judicial

que se realizará.

6. PROCEDIMIENTOS EN CASO DE SOSPECHA O DETECCIÓN DE UNA SITUACIÓN DE ABUSO SEXUAL, ACOSO O

ESTUPRO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO ENTRE MENORES DE EDAD.

a) Informar: El adulto que sospeche o le sea develada una situación de abuso sexual, acoso o estupro, deberá

informar a Inspectoría General donde solicitará la intervención de profesionales del área psicosocial

(Trabajadora/o Social y/o Psicólogo/a quiénes serán los encargados y responsables de acoger al niño, niña o

adolescente, además, de informar al Director/a del establecimiento.

b) Confidencialidad: Él/a o los/as Encargados/as que tome conocimiento deberá resguardar la identidad de todos

los involucrados, víctima y victimario/s, mientras se lleve a cabo el procedimiento.

c) Entrevistas: Él/a o los/as Encargados/as recopilará los antecedentes generales que permitan contextualizar la

situación: Revisión de libro de clases, entrevista al profesor/a jefe, u otro actor relevante para posterior generar

la comunicación con la familia y/o apoderado/a y/o adulto protector. Si la situación lo requiere, se realizará una

entrevista preliminar con el niño, niña o adolescente consignado en un informe confidencial, a fin de proteger la

intimidad y privacidad de los involucrados.

d) Si se trata de una sospecha y existen lesiones: Él/a o los/as Encargados/as Informará a la familia, a fin de realizar

traslado a centro asistencial más cercano para que sea examinado.

e) Si se trata de una sospecha y no existe lesiones: Él/a o los/as Encargados/as, evaluarán las acciones pertinentes

para el caso tales como: Derivación a red de apoyo local, disponer de medidas pedagógicas y realizar seguimiento

y acompañamiento al estudiante.

Respecto de los supuestos responsables, se debe distinguir:

Si se trata de menores de edad sin responsabilidad penal (-14) las autoridades del establecimiento deberán realizar la derivación para atención de especialistas propios y/o externos. Si se trata de menores de edad, mayores de 14 años, serán investigados y eventualmente sometidos a proceso judicial, pero hay que recordar que toda persona es inocente hasta que una sentencia dicte lo contrario.

Dependiendo de la gravedad del hecho y los antecedentes, se podrán adoptar medidas destinadas a proteger a las víctimas, como suspender al alumno indicado como agresor/a, cuando la víctima sienta, con su presencia, amenazada su integridad física o psíquica. Dicha suspensión deberá velar porque se mantengan los compromisos escolares del agresor y su derecho a la educación, esto es favorecer el estudiante tenga una atención en otro horario y desarrolle en su hogar tareas escolares.

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PROTOCOLO FRENTE A LA DETECCIÓN DE SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHO Concepto de Vulneración de Derechos a la Infancia: Se entenderá por vulneración de derechos cualquier práctica que por acción u omisión de terceros transgredan al menos uno de los derechos de los niños y niñas, establecidos en la convención de los derechos del niño, niña y adolescente. . INDICADORES PARA LA DETECCIÓN DE VULNERACIÓN DE DERECHOS Negligencia: Se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes tiene el deber de hacerlo. Existe negligencia cuando los /as adultos responsables del cuidado y educación de los/as niños/as y adolescentes no atienden ni satisfacen sus necesidades básicas, sean estas físicas, sociales, psicológicas o intelectuales. 1. No se atienden las necesidades físicas básicas como alimentación, vestuario, vivienda 2. No se proporciona atención médica básica. 3. No se brinda protección y/o se expone al niño o niña ante situaciones de peligro. 4. No se atienden las necesidades psicológicas o emocionales. 5. Existe abandono, y/o cuando se le expone a hechos de violencia o de uso de drogas. 6. Alta inasistencia a clases sin justificación por parte de los adultos responsables. PROCEDIMIENTOS EN CASO DE SOSPECHA Y/O LA DETECCIÓN DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE UN ESTUDIANTE. a) Informar: El adulto que sospeche o le sea develada una situación de vulneración de derechos, deberá informar a Inspectoría General donde solicitará la intervención de profesionales del área psicosocial (Trabajadora/o Social y/o Psicólogo/a quiénes serán los encargados y responsables de acoger al niño, niña o adolescente, además, de informar al Director/a del establecimiento. b) Confidencialidad: Él/a o los/as Encargados/as que tome conocimiento deberá resguardar la identidad de todos los involucrados, víctima y victimario/s, mientras se lleve a cabo el procedimiento. c) Entrevistas: Él/a o los/as Encargados/as recopilará los antecedentes generales que permitan contextualizar la situación: Revisión de libro de clases, entrevista al profesor/a jefe, u otro actor relevante para posterior generar la comunicación con la familia y/o apoderado/a y/o adulto protector. Si la situación lo requiere, se realizará una entrevista preliminar con el niño, niña o adolescente consignado en un informe confidencial, a fin de proteger la intimidad y privacidad de los involucrados. d) Si se trata de una sospecha o detección: Él/a o los/as Encargados/as analizarán la situación del estudiante, de ser necesario, se realizará una derivación a red de apoyo local, disponer de medidas pedagógicas y realizar seguimiento y acompañamiento al estudiante. PROTOCOLO DE SALIDAS PEDAGÓGICAS Y VIAJES DE ESTUDIO a) Las salidas pedagógicas constituyen experiencias académicas irreemplazables para el desarrollo y complemento

de las distintas asignaturas. b) Estas salidas, deben estar vinculadas con los contenidos y habilidades de los programas de estudio de los distintos

cursos. c) Las salidas pedagógicas son actividades de aprendizaje desarrolladas fuera del establecimiento, que se vinculan

directamente con el desarrollo de uno o varias asignaturas. d) Se desarrollan en horario de clases y deben contar siempre con la supervisión del profesor de asignatura

respectiva. e) Estas salidas pueden ser, a museos, zoológicos, teatros, cines, excursiones, visitas a lugares históricos, u otros que

sean acordados por la unidad técnica pedagógica (UTP), ya sean estos fuera o dentro de la comuna. f) Las salidas fuera de la comuna serán autorizadas por la Dirección Provincial de Educación a solicitud de la

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dirección del establecimiento. RESPONSABLE: - Profesor Jefe o de asignatura correspondiente. - Profesor, asistente o inspector acompañante. PROCEDIMIENTO: El docente a cargo de la salida presentará la solicitud de salida pedagógica a la UTP y a Dirección. La solicitud de salida pedagógica deberá presentarse al menos 15 días de anticipación a la realización de esta, indicando lo siguiente: a) Profesor encargado y/o profesor acompañante. b) Padres y/o apoderados, si lo hubiera. c) Curso, día, horario de salida y llegada estimada, lugar y ubicación, objetivos de la salida, medidas de seguridad

adoptadas. d) El profesor a cargo enviará el documento de autorización de salida a los apoderados, los cuales deberán

devolverla firmada a lo menos dos días hábiles antes de la salida. e) El/la alumno/a que no presente firmada su autorización, no podrá salir del establecimiento. f) En caso de suspensión de la salida o viaje, el profesor a cargo deberá informar con dos días hábiles de

anticipación a la Dirección del Establecimiento, y Unidad Técnica, apoderados y alumnos/as. g) Se asume que eventualmente puede haber suspensión de la actividad sin previo aviso por motivos de fuerza

mayor. h) El docente a cargo será el responsable de la salida a terreno desde su inicio hasta su término o regreso al colegio,

por lo tanto tomará todas las medidas de seguridad pertinentes, que minimice los riesgos de accidentes para los estudiantes.

i) El docente a cargo de la salida pedagógica y profesores acompañantes, deberán dejar la actividad de suplencia a los cursos que quedarán sin su atención, ya sea con guías, trabajos o ejercicios del texto de estudio.

j) Entregar este material a UTP. Además, deberá dejar en UTP, copia de la guía de trabajo que desarrollarán los alumnos durante el viaje pedagógico.

k) Las salidas pedagógicas se encuentran cubiertas por el Seguro Escolar de acuerdo a las disposiciones de la Ley N°16.744 D.S.N°313, por lo tanto, en caso de sufrir un accidente, el/la alumno/a deberá concurrir al Servicio de Salud Pública más cercano, donde indicará las circunstancias del accidente y que se encuentra cubierto por el Seguro Escolar. Si el estudiante al momento de sufrir el accidente no contara con la Declaración Individual de Accidente Escolar, deberá concurrir, dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente al Colegio, para que le sea entregado y pueda presentarlo en el Servicio de Salud Pública en que fue atendido.

l) Los estudiantes usarán su uniforme o buzo según lo indique el/ la docente a cargo. En caso de detectarse incumplimiento a esta disposición, y sólo en caso que no fuere una acción discriminatoria, se podrá negar la salida del/los/las alumno/os/as que se encuentren en esta situación.

m) Durante las salidas pedagógicas, los/as alumnos/as deberán mantener un comportamiento adecuado a las disposiciones de nuestro reglamento interno en del lugar visitado, sea esta otra escuela, una empresa, museo, etc.

n) En caso de algún/a alumno/a manifestara conductas que transgredan las normas de la institución, se procederá a la aplicación de los procesos descritos en el Manual de Convivencia Escolar, según y en relación a la falta cometida.

o) El docente a cargo, deberá entregar un informe escrito con lo desarrollado en la salida pedagógica, y una evaluación de la misma.

p) Se solicitará presencia de los padres y/o apoderados para salidas pedagógicas, según requerimientos particulares y/o necesidades específicas de los estudiantes. Lo anterior, con el ánimo de garantizar la inclusión y participación de todos los estudiantes.-

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GIRAS DE ESTUDIO O PASEO DE CURSO. Son actividades recreativas y de esparcimiento que se desarrollan fuera del establecimiento no utilizando necesariamente el horario normal de clases. Estas deberán contar con el respaldo y supervisión de uno o más apoderadas/os y el profesor/a jefe del curso respectivo. Por ejemplo, paseos a la playa o al campo, campamentos, picnic, etc. Se requerirá solicitar la autorización a la Dirección del establecimiento al menos con una semana de anticipación, adjuntando la autorización escrita de todos/as las y los apoderadas/os de las y los estudiantes participantes y el patrocinio del profesor/a jefe.

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN (Documento basado en Decreto Exento N°511/97 y sus modificaciones)

Lo consensuado y dispuesto en este reglamento de evaluación, será aplicable a la Educación General Básica y además el patrón a seguir en cuanto los instrumentos y metodologías de evaluación, que permitan a nuestros estudiantes ser medidos de forma justa y pedagógica, con fines formativos y de constante actualización científica. Además, poseer un reglamento de evaluación permite profesionalizar las acciones pedagógicas que se implementen en el colegio.

Contar con un buen sistema de evaluación, es un paso fundamental hacia la educación de calidad, entendiendo la calidad como altos desempeños en lo cualitativo y cuantitativo.

En situaciones excepcionales que puedan producir serios perjuicios a los alumnos de establecimientos educacionales de estos niveles educativos, el Jefe del Departamento Provincial de Educación que corresponda arbitrará todas las medidas que fueren necesarias con el objeto de llevar a buen término el año escolar, entre otras: suscripción de actas de evaluación, certificados de estudios o concentraciones de notas, informes educacionales o de personalidad.

Las medidas que se adopten en virtud de lo dispuesto en este decreto tendrán la misma validez que si hubieren sido adoptadas o ejecutadas por las personas competentes, indicadas en los decretos que se complementan y durarán sólo el tiempo necesario para lograr el objetivo perseguido con su aplicación.

DISPOSICIONES GENERALES:

Se define al rendimiento escolar como todo logro alcanzado por el estudiantado en las diferentes asignaturas del Programa de Estudio vigente, el cual se expresa con una calificación numérica. Por su parte el aspecto formativo y conductual, se refiere al desarrollo y comportamiento del estudiantado, en las áreas: personal, social, afectiva y vocacional; su evaluación será conceptual y no se podrá evaluar el aspecto conductual con cifra numérica.

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PÁRRAFO 1: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1: Las disposiciones del presente reglamento se aplicarán en la Colegio Presidente Aguirre Cerda de Cartagena, en los niveles de Educación Básica. Bajo las condiciones de los decretos respectivos, que se indican para cada nivel:

1.- Decreto Supremo N* 439/2012, aprueba las Bases Curriculares de Lenguaje, Matemáticas, Historia y Geografía, Ciencias Naturales e Inglés. Desde Primero a Sexto Básico. 2.- Decreto Supremo N* 433/2012, aprueba las Bases Curriculares de Artes Visuales, Educación Física y Salud, Música, Tecnología y Orientación desde Primero a Sexto Básico. 3.- Decreto Supremo N* 614/2013, aprueba las Bases Curriculares de Séptimo Básico a Segundo Medio en las asignaturas naturales del plan de estudio. 4.- Decreto Supremo N* 298/2002, aprueba las Bases Curriculares de Educación Pre básica. 5.- Decreto N* 511/97, sobre evaluación en educación Pre Básica y Básica. 6.- Decreto Supremo N* 170, regula el funcionamiento de los Programas de Integración Escolar. 7.- Este Reglamento de evaluación está basado en los Decretos Supremos146/88, 511/97 de Evaluación y Promoción Escolar para la Educación General Básica. 8.- El presente reglamento se aplicará en la Educación General Básica del Colegio Presidente Aguirre Cerda. 9.- El Colegio está facultado para establecer todas las normas que estime conveniente, siempre que no vulnere lo contenido en los Decretos Supremos inicialmente mencionados. 10.- El presente Reglamento de Evaluación, estará sujeto a un proceso de revisión permanente, por lo cual se le pueden hacer modificaciones anualmente. 11.- Se entregará un informe parcial de calificaciones en cada semestre, correspondiendo a las primeras semanas de los meses de julio y diciembre respectivamente.

ARTICULO 2 DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN EN CUANTO A TIEMPOS, TIPOS DE INSTRUMENTOS, ASIGNATURAS A EVALUAR Y MÉTODOS DE EVALUACIÓN POR CADA SECTOR DE APRENDIZAJE. a) El Colegio presidente Aguirre Cerda, de la comuna de Cartagena, aplicará un régimen de Evaluación Semestral. b) La evaluación del proceso enseñanza aprendizaje considerará dos aspectos importantes:

1.- El rendimiento escolar y 2.- El aspecto formativo y conductual.

Se define rendimiento escolar como todo logro alcanzado por los estudiantes en las diferentes asignaturas del Programa de Estudio, el cual se expresa con una calificación numérica. Por su parte el aspecto formativo y conductual, se refiere al desarrollo y comportamiento del estudiante, en las áreas: personal, social, afectiva y vocacional, y en lo referido por las Bases Curriculares en; Dimensión física, Dimensión afectiva, Dimensión cognitiva, Dimensión socio-cultural, Dimensión moral, Dimensión espiritual, Proactividad y trabajo y finalmente las TIC's; su evaluación será conceptual y no se podrá calificar el aspecto conductual con cifra numérica.

c) En el inicio del Primer Semestre, se realizarán las actividades de organización, de Evaluación Diagnóstica y nivelación de los estudiantes, en todos los cursos del establecimiento, presentando a la Unidad Técnica y a Dirección los resultados tabulados de aquellas mediciones, conforme a los aprendizajes SEP o B.B.C.C.

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d) Durante el proceso Educativo se aplicarán diversos procedimientos de evaluación, en los que se incluyen pruebas escritas de coeficiente 1 ó 2, referidas a objetivos relevantes del Programa de Estudio respectivo, las que serán avisadas por lo menos con 72 horas de anticipación.

e) En las Asignaturas Técnico Artísticos, las calificaciones serán asignadas por proceso, clase a clase, o sobre un trabajo práctico, que concentre las destrezas trabajadas durante el Semestre, respaldar con una pauta de evaluación o rúbrica.

f) El Establecimiento entregará un Informe Bimensual y Semestral de Notas a los apoderados en las fechas programadas en Consejo de Profesores y comunicadas en el Calendario Escolar.

g) La Evaluación de las Áreas de Desarrollo, se entregarán a los apoderados en forma semestral, adjunto al Informe de Notas.

h) Del número mínimo de calificaciones por Asignaturas en cada Semestre será: Asignaturas con 5 horas semanales o más = 6 notas mínimo (4 parcial) Más una global coef. 2 Asignaturas con 3 ò 4 horas semanales = 5 notas mínimo Asignaturas con 2 horas semanales = 4 notas mínimo Será determinación del profesor de cada Asignatura, si la evaluación será coeficiente uno o dos, previo aviso al estudiante y al apoderado y basándose en la cantidad de objetivos de aprendizaje que pretenda medir, si son más de 03 entonces deberá ser considerada una evaluación coeficiente 2. ARTÍCULO 3: La evaluación, como tal, tendrá que superar un aprendizaje repetitivo, memorístico, pasivo y dar cabida a un aprendizaje dinámico, construido, significativo, permanente y comprensivo. Respetando las capacidades individuales de los alumnos por lo cual ninguno puede quedar al margen de una asignatura o actividad de aprendizaje. Para este efecto se utilizarán las siguientes formas de evaluación: 1. Diagnóstica: se aplica al inicio del año escolar y proporciona información sobre las competencias de los alumnos

para que, a partir de ellas, se establezca el nivel en que se comenzarán a desarrollar los nuevos contenidos. No se califica, se comunicarán a los alumnos y a los apoderados cuando sea necesario, en un plazo no superior a una semana después de su aplicación.

2. Formativa: Se realiza en forma continua durante todo el proceso de enseñanza aprendizaje, da cuenta de la

formación integral del estudiante, de sus avances y de sus capacidades.

El objetivo de esta evaluación es retroalimentar el proceso de aprendizaje de los alumnos, comunicando el grado de avance logrado por cada uno de ellos. No están sujetas a calificaciones, servirán de antecedentes para que el profesor decida respecto a algunas situaciones de calificaciones que se plantean en las evaluaciones sumativas.

3. Sumativa: Se expresa mediante una calificación que muestra los resultados obtenidos por los estudiantes, al término de cada unidad de aprendizaje correspondiente al periodo respectivo.

Sus resultados se formularán en términos de objetivos. El grado de logro alcanzado por los alumnos, se expresará mediante una nota, de acuerdo a la escala establecida en el presente reglamento.

4. Las formas, instrumentos y métodos de evaluación serán pedagógicamente distribuidas, sin embargo, las pruebas escritas tradicionales no podrán exceder el 50% de las calificaciones semestrales. De esta forma se da espacio a otras formas de evaluación de los aprendizajes como trabajos en grupo, disertaciones y exposiciones, investigaciones, entre otras.

5. Las evaluaciones de procesos, tales como eventos especiales, trabajos grupales, asignación de tareas, desarrollo de guías, trabajos de investigación, serán medidas a través de instrumentos objetivos de evaluación como; lista de cotejo, escalas de apreciación, rúbricas, pautas de observación, etc. Las que serán calificadas de 2.0 a 7.0. La sumatoria de estas calificaciones será traducida a una evaluación Sumativa.

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ARTICULO 4.- SOBRE DISPOSICIONES DE ORDEN INTERNO: a) En un mismo curso no podrán aplicarse más de dos pruebas de las asignaturas Científico-Humanístico, en un

mismo día de clases, salvo que se haya postergado por alguna razón, y de pleno conocimiento y acuerdo de los todos los estudiantes y apoderados.

b) Las calificaciones obtenidas por los estudiantes NO podrán ser rebajadas por comportamientos disciplinarios. c) El atraso injustificado en la presentación de trabajos prácticos disminuirá la calificación que debieran obtener

los estudiantes, según criterio y pauta de cotejo del profesor para evaluar el respectivo trabajo. El plazo para presentar su trabajo y no obtener una nota reprobatoria, no deberá exceder de cuatro clases contada desde la fecha original de presentación. En caso de no presentarlo en el plazo estipulado, su calificación será nota mínima dos (2,0). El profesional dejará estipulado que estará haciendo uso de la letra c) del artículo 4 del presente reglamento, dejando la debida evidencia como por ejemplo las recalendarizaciones que asignó al estudiante.

d) Todas las evaluaciones escritas, orales o prácticas, serán calendarizadas e informadas a los estudiantes con la debida antelación (tres días como mínimo).

e) Los resultados deben ser entregados por parte de los profesores con un máximo de cinco días hábiles. f) Dado que las personas tenemos diferentes estilos de aprender y formas de comunicar los aprendizajes, en

nuestra escuela se utilizarán diversos procedimientos evaluativos, como, por ejemplo: lenguaje oral y escrito, monografías, disertaciones, elaboración y producción de planos, maquetas, gráficos, esquemas, informes, guías de trabajo, pautas de terreno, etc.

g) La extensión de los procedimientos evaluativos (pruebas y /o trabajos), deberán ser adecuadas a un tiempo máximo igual a un bloque de clases (90minutos) con excepción de casos debidamente justificados.

h) Los trabajos prácticos de las asignaturas de Educación Tecnológica y Artes Visuales deberán ser evaluados en las clases respectivas. Eventualmente y por razones muy justificadas se permitirá que parte de estos trabajos se realicen en los hogares, pero que no sean hechos en su totalidad allí.

i) Los profesores de los Sectores Técnicos Artísticos deberán cautelar que los materiales que soliciten para sus trabajos, no demanden gastos significativos para los padres. Además, deberán ser pedidos con una anticipación mínima de una semana.

j) El estudiante que por causa justificada, no estuviese presente en el momento de una evaluación, su apoderado(a) deberá presentar dentro de un plazo de 24 horas, el certificado médico o la justificación escrita o personal ante el profesor de la asignatura, quién en consideración de los antecedentes expuestos , procederá a fijar una fecha para evaluar al estudiante, pudiendo ser en horarios de la tarde, dejando constancia en la UTP y firmando el apoderado como toma de conocimiento.

k) Los estudiantes que, sin causa justificada, no estuviesen presentes al momento de una evaluación y que pasadas las 24 horas de ésta no hayan presentado una justificación a su inasistencia, el profesor jefe dejará constancia por escrito en UTP y fijará la hora que estime conveniente, para que este estudiante rinda su evaluación, restando un punto de su calificación por cada aviso entregado.

l) En el caso de los estudiantes que no presenten sus materiales en las asignaturas Técnicos Artísticos y haga imposible su evaluación al término de la clase, deberá traer los materiales a la clase siguiente, y realizar su trabajo optando en este caso a la nota máxima de un seis (6,0), de lo contrario el profesional podrá hacer uso de la letra c) de este reglamento.

.

ARTÍCULO 5 DE LA EVALUACIÓN DE LAS ÁREAS DE DESARROLLO a) En los cursos del Segundo Ciclo, la evaluación de las áreas de desarrollo será realizada en Consejos Técnicos de

Profesores, con la participación del Profesor Jefe y los profesores de las asignaturas. b) Los conceptos evaluativos serán: Siempre (S), Generalmente (G), Ocasionalmente (O), Nunca (N).

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ARTÌCULO 6 DE LA ASIGNATURA DE RELIGIÓN: a) En nuestro Establecimiento se imparte la Religión Católica, ésta tiene carácter de Optativo. Al momento de la

matrícula del estudiante, el apoderado deberá dejar expresa constancia sobre la opción o no de su pupilo a realizar esta asignatura.

b) Esta asignatura tendrá un tipo de calificación Conceptual. Estos conceptos Son: Muy Bueno (MB), Bueno (B), Suficiente (S) e Insuficiente (I).

c) La calificación obtenida por los estudiantes en este Subsector, no incidirá en su promoción.

ARTÍCULO 7 DE LA ATENCIÓN ESPECIAL ESTUDIANTES CON NEE (Necesidades educativas especiales) Los Docentes que detecten algún estudiante que presenta alguna dificultad de aprendizaje, tendrán la obligación de informar a la Dirección del Establecimiento, para que ésta con la UTP los derive a los especialistas correspondientes, quienes emitirán un Informe con la situación real del estudiante. Aquellos estudiantes que clasifiquen como PIE, serán evaluados conforme a lo estipulado en el protocolo de evaluación PIE.

Reglamento y Protocolo de Evaluación, Programa de Integración Escolar (PIE) 2018. En el presente documento se ha establecido un reglamento que delimita los ingresos, postulaciones, apoyos, evaluaciones y estrategias que se llevarán a cabo en este establecimiento, éste tendrá una vigencia desde el 2017, debiendo ser revisado obligatoriamente al término de este y pudiendo ser modificado en todo o en parte, para el año siguiente.

NORMATIVA PARA APOYAR LAS PRÁCTICAS PEDAGÓGICAS RELACIONADAS CON EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR DEL COLEGIO PRESIDENTE AGUIRRE CERDA.

DEL INGRESO AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR.

1.- Criterios de detección. El profesional encargado de la derivación será el docente de aula regular, docente jefe, docente de asignatura y/o Profesional del Programa de Integración Escolar, que haya realizado un trabajo sistemático por un periodo de al menos 6 meses con el estudiante.

Con el objetivo de recopilar datos relevantes sobre el aprendizaje del estudiante, de ser necesario el docente deberá completar un cuestionario de evaluación de problemas de aprendizaje (CEPA) o pauta de despistaje.

Basados en los criterios establecidos en el Decreto 170 nos regiremos por:

Progresan poco o no progresan, aun cuando el foco de atención educativa ha estado dirigido a ayudarles a superar o compensar sus dificultades.

Su desempeño en el currículo nacional se encuentra en un nivel significativamente inferior al que se espera para alumnos de edad similar o del mismo nivel educativo ( 2 o más años de retraso escolar)

Presentan dificultades emocional y/o conductuales las cuales no se superan pese a haber aplicado las técnicas de contención y apoyo (emocional y/o conductual), habitualmente utilizadas y efectivas con los estudiantes del nivel escolar al que asiste.

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Presentan déficit sensorial o físico y, a pesar del uso de ayudas especiales, continúan progresando poco o nada.

Tienen dificultades de comunicación y/o interacción y requieren intervenciones individuales específicas para relacionarse y/o para acceder al aprendizaje.

Finalizado esta etapa se citará al padre, madre o tutor responsable para informar que sus hijos/as formarán parte del proceso de postulación al Programa de Integración Escolar.

2.- Postulación. Evaluación diagnóstica de ingreso. Tal como lo estipula el Decreto 170" Este proceso de evaluación diagnostica integral, tiene que ser previamente consentido o autorizado por el padre/madre o tutor responsable". Por este motivo el adulto a cargo deberá firmar previo a la evaluación una autorización que llevará a cabo el profesional del equipo PIE y en forma simultánea se realizará una entrevista a la familia con el fin de recabar antecedentes familiares, educativos, de salud y socioculturales.

En la evaluación psicopedagógica de los estudiantes se utilizarán preferentemente pruebas, test o instrumentos estandarizados, y de manera complementaria se podrán utilizar pruebas informales de carácter pedagógico que contemplen las diversas áreas; curricular, habilidades y competencias.

De acuerdo a las evaluaciones aplicadas y al resultado que aportó dicho proceso evaluativo se podrá identificar el tipo de necesidad educativa especial que presente el estudiante, como también sus fortalezas para el aprendizaje.

DE LOS APOYOS ESPECIALIZADOS. La comunidad educativa debe estar informada de las NEE que se atenderán en el establecimiento, así como de las modalidades de atención, organización y evaluación con el fin de favorecer a los estudiantes. De esta manera se brindarán los apoyos y ayudas especializadas a los estudiantes que lo requieran, permitiéndoles progresar en el currículum e impidiendo que los estudiantes limiten sus oportunidades de aprendizaje.

El Colegio Presidente Aguirre Cerda de acuerdo a la normativa presente en el decreto 170/09, podrá incluir en el Programa de Integración escolar por curso un máximo de 2 estudiantes con necesidades educativas especiales de tipo permanente y 5 con necesidades educativas transitorias.

1.- Necesidades educativas transitorias: "Se considera una Necesidad Educativa Transitoria cuando dichos apoyos y recursos adicionales están acordados a un periodo determinado de su escolaridad". Dentro de las necesidades transitorias el establecimiento atenderá a aquellos estudiantes que presenten: DEA (Dificultades Específicas del Aprendizaje), SDA (Síndrome de Déficit Atencional) y Coeficiente Intelectual en rango limítrofe, TEL (Trastorno Específico del Lenguaje), entre otras.

2.- Necesidades educativas permanentes : "Son barreras para aprender y participar que determinados estudiantes experimentan durante toda su escolaridad como consecuencia de un déficit o trastorno asociado a una discapacidad, que demandan al sistema educacional la provisión de apoyos y recursos extraordinarios para asegurar el aprendizaje escolar" . En este sentido, el establecimiento dará respuesta a las necesidades de aquellos estudiantes que presenten discapacidad intelectual en sus distintos grados.

Los estudiantes pertenecientes al Programa de Integración Escolar del establecimiento requerirán de los siguientes apoyos:

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Tipo de apoyo Descripción Quién lo proveerá

Personales Apoyos personalizados complementarios a la función docente, que requiere el/la estudiante.

Docente de aula y/o asignatura Profesional PIE

Curricular Principales adaptaciones curriculares que se requiere para ajustar la respuesta educativa a las NEE que presenta el/ la estudiante: Adaptaciones en la evaluación, en la metodología, en las actividades, en los objetivos y contenidos de aprendizaje.

Docente de aula Profesional PIE

Medios y recursos materiales y/o tecnología.

Medios y recursos que deberán estar disponibles para favorecer su aprendizaje y la participación: material de enseñanza adaptado o especializado, recursos tecnológicos, equipamientos específicos etc.

Docente de aula Profesional PIE

Organización y agrupamiento en el aula

Principales estrategias organizativas que se implementarán para responder a las NEE: adecuación de los tiempos y espacio; formas de agrupamiento y distribución del alumnado; trabajo colaborativo y tutoría entre pares.

Docente de aula Profesional PIE

Familiar Apoyos de la familia que el/la estudiante requiere para progresar en la superación de sus dificultades.

Familia

Se trabajará con los estudiantes en el aula común en un periodo no inferior a 8 horas pedagógicas semanales por curso, realizando co-docencia con el profesor a cargo de las asignaturas. De manera complementaria se podrá trabajar en el aula de recursos, previo a un acuerdo con el docente con los estudiantes que requieran de un apoyo personalizado, especialmente a estudiantes con diagnóstico permanente.

Con el fin de coordinar acciones pedagógicas se trabajará de manera colaborativa 3 horas cronológicas semanales entre profesor de aula y/o asignatura con el profesional PIE, la coordinación se utilizará para realizar adecuaciones curriculares para los estudiantes, basadas en el DUA (diseño universal del aprendizaje).

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR. El objetivo de la Evaluación Diferenciada es el aprendizaje del estudiante, por lo tanto, se debe considerar sus potencialidades, procurando una metodología diferenciada que atienda a las necesidades particulares de cada uno de ellos. Ello implica una diversidad de técnicas y procedimientos de evaluación. Es un recurso temporal o permanente, que el profesor debe emplear al evaluar a los estudiantes que presentan NEE, la evaluación diferenciada se podrá realizar en todas las asignaturas que el estudiante requiera apoyo.

El presente protocolo de evaluación se aplicará desde Educación Parvularia hasta 8°Básico. El Programa de Integración Escolar atenderá a los estudiantes de 1°Básico en los siguientes casos: Niños con dificultades específicas del aprendizaje que cursen por segunda vez este nivel, déficit atencional con diagnóstico médico, Trastorno Específico del Lenguaje, niños con coeficiente intelectual límite y necesidades educativas permanentes, entre otros.

EVALUACIÓN PARA ESTUDIANTES CON NEE TRANSITORIAS Y PERMANENTES. Procedimiento para las evaluaciones. El horario de coordinación será la instancia para planificar de manera conjunta y colaborativa entre profesor de aula y equipo PIE las clases y evaluaciones, se aprovechará esta instancia además para adecuaciones curriculares, diversificación de clases, material de apoyo entre otras.

Para los procedimientos evaluativos se podrán considerar las siguientes opciones:

A) Profesor de aula en conjunto con equipo PIE realizan las evaluaciones considerando estilo de aprendizaje, habilidades, nivel cognitivo y de aprendizaje de los estudiantes.

B) Profesor de aula realiza la evaluación de la asignatura, la cual debe ser entregada con un mínimo de una semana de anticipación al equipo PIE, el cual se encargará de realizar las adecuaciones curriculares que estime pertinente. A continuación, se mencionan algunos aspectos a considerar:

Instrucciones.

Simplificación del enunciado (extensión y/o vocabulario) Subrayado o ennegrecido de palabras claves o frases Apoyo oral de manera complementaria Apoyo visual a través de íconos o pictogramas (colores) Modificación del tamaño y gráfica del enunciado

Evaluaciones. Eximición Evaluación oral, expositiva y escrita Extensión o reducción Objetivo Contenido Tiempo Espacio (aula común, aula de recursos, otros)

Estrategias metodológicas.

Exploración de conocimientos previos Mediación Supervisión constante de actividades Retroalimentación

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Refuerzo positivo a progresos Graduación de aprendizajes Flexibilización de actividades Priorización de aula común/aula de recursos Actividades de tipo colaborativo Se prioriza canales de aprendizajes Asegurar comprensión de instrucciones Utilización de diversos recursos (visuales, auditivos, concretos, entre otros)

Si los resultados de las evaluaciones parciales, sumativas y globales no fueran satisfactorios, se podrá aplicar a los estudiantes pertenecientes al Programa de Integración Escolar una segunda evaluación y podrán optar a una nota máxima 6.0.

Si el resultado de la segunda evaluación no fuera satisfactorio se podrá realizar un trabajo complementario: exposición, representación, interrogación oral, trabajo escrito entre otros, que se promedie con el resultado de la segunda calificación.

Si el estudiante se rehúsa a realizar las evaluaciones mencionadas anteriormente se evaluará la situación y se determinaran las decisiones pertinentes entre Equipo PIE, profesor de aula, UTP y dirección.

Si el estudiante no se presenta a una evaluación (falta justificada), se evaluará la situación en conjunto entre docente, equipo PIE y UTP para coordinar las acciones a seguir, tales como:

Plazo para la rendición de la evaluación (plazo máximo una semana)

Espacio (sala de recursos, común, otro)

Calificación máxima (7.0) En el caso de las inasistencias no justificadas, el estudiante podrá obtener una calificación máxima 6.0. Las calificaciones insuficientes (bajo 4,0) de los estudiantes que pertenezcan al Programa de Integración Escolar, deberán ser informadas al Equipo PIE y UTP antes de ser traspasadas al libro de clases, para así realizar los planes de apoyo correspondientes.

Adicionalmente para aquellos estudiantes que presenten una NEE de tipo Permanente, se deberán realizar adecuaciones de contenido, es decir, simplificar, replantear o eliminar contenidos en base a sus habilidades y capacidades, considerando incluso el planteamiento de objetivos de cursos anteriores.

El o la estudiante con el diagnóstico anteriormente señalado, será eximido de la asignatura de inglés, permaneciendo y participando en la clase, rindiendo las evaluaciones dispuestas por el o la docente de la asignatura, no obstante, la calificación no se considerará en el promedio general del niño/a, según lo indicado en el reglamento de evaluación del establecimiento, artículo n° 3

Todos los estudiantes con necesidades educativas transitorias y permanentes deberán tener su plan de adecuación curricular individual (PACI), de forma obligatoria. Este tiene que ser flexible y además debe ser evaluado semestralmente, con el propósito de reevaluar los objetivos y replantearse nuevas estrategias.

En el caso de estudiantes que no pertenezcan al Programa de Integración Escolar, el profesor de aula deberá elaborar el Plan de Adecuación Curricular Individual.

Los estudiantes con diagnóstico de Déficit Intelectual desde rango leve, podrán cerrar su promedio con cuatro notas por cada asignatura.

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DE LA EVALUACIÓN DE EGRESO O DE CONTINUIDAD.

De acuerdo a las políticas educacionales que impulsa el ministerio de educación, la dirección del establecimiento y el Programa de Integración Escolar, determina que el estudiante recibirá apoyo psicopedagógico durante un periodo de 2 años, terminado este plazo se evaluará la continuidad o egreso del estudiante en el PIE. En caso de haber un egreso en un periodo inferior a 2 años, se debe fundamentar a través de evaluaciones estandarizadas, con un informe del profesional competente y anexando un informe pedagógico del profesor jefe. Por otra parte, los estudiantes que habiendo cumplido el plazo de 2 años de participación en el programa, y que aun requieran de apoyos especializados, se deberá realizar un nuevo ingreso y renovar los documentos mencionados en el Si durante el periodo de los 2 años de permanencia en el PIE un estudiante presentara un cambio de diagnóstico, se debe realizar un nuevo proceso de ingreso con el diagnóstico actual. Será dado de baja el estudiante que no asista a 3 citaciones de los controles de salud de carácter obligatorio que exige el decreto 170 (valoración de salud, atención neurológica y psicometrías). A solicitud del coordinador comunal, el Programa de Integración Escolar será el responsable de emitir un documento informando los motivos por los cuales el estudiante ha sido dado de baja del PIE. Este documento deberá ser firmado por la dirección del establecimiento.

DE LOS TRASLADOS Y ATENCIÓN DE ESTUDIANTES QUE NO PERTENECEN AL PIE

Los estudiantes trasladados de Escuela Especial deberán rendir una evaluación que determine sus habilidades y competencias, con el fin de establecer el nivel educativo al que se deben matricular. El encargado de la evaluación será el especialista que corresponda al curso de la prueba de diagnóstico, quien deberá realizar un informe psicopedagógico con los resultados, que serán informados al apoderado durante el transcurso de una semana. El apoderado deberá tomar conocimiento del nivel adecuado para el estudiante y firmar un compromiso en UTP. La matrícula de estos estudiantes será de carácter provisorio, pues se debe esperar una resolución emitida del ministerio de Educación por validación de estudios. De no haber vacantes disponibles en el Programa de Integración Escolar, para aquellos estudiantes que sean trasladados de otro establecimiento y que estén ingresados formalmente a un Programa de Integración se les brindara de igual forma los apoyos mencionados en el artículo N° 2, de manera informal.

DE LA DERIVACIÓN Si el desempeño del estudiante se encuentra en un nivel significativamente inferior al que se espera para los estudiantes de su edad o nivel educativo, o presentan dificultades emocionales y/o conductuales, las cuales no son superadas a pesar de haber realizado intervenciones a nivel pedagógico y socio-afectivas, el estudiante será derivado al especialista pertinente:

ESPECIALISTA MOTIVO DE DERIVACIÓN

PSICÓLOGO -Evaluación de Coeficiente Intelectual. -Apoyo y contención, emocional-conductual.

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NEURÓLOGO Evaluación y tratamiento de Síndrome de Déficit Atencional.

FONOAUDIÓLOGO Evaluación y tratamiento de las dificultades de Lenguaje, comunicación y/o de interacción social.

TRABAJADOR SOCIAL Evaluación social de aspectos como higiene, salud, familia y entorno social.

INASISTENCIAS REITERADAS PROTOCOLO DE ACCIÓN: Transcurridos 5 días de inasistencia sin justificación de un estudiante del Programa de Integración Escolar se realizará el siguiente procedimiento:

Llamar a los teléfonos consignados en la anamnesis, ficha de matrícula y libro de clases. Si no existe una respuesta, se debe avisar a Inspectoría General, la cual derivará el caso al Equipo ABE,

realizando los procedimientos explicitados en el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento.

ARTÍCULO 8 SITUACIONES ESPECIALES DE EVALUACIÓN a) Evaluación diferenciada: a los estudiantes que tuvieren dificultades de aprendizajes debidamente diagnosticadas

por los diversos especialistas, se les aplicará un tipo de evaluación diferenciada en las Asignaturas relacionadas a su dificultad específica. Esta evaluación consistirá en la administración de procedimientos indicados por el o los especialistas, basados en lo normado por el Decreto 170 y sus orientaciones.

b) Los profesores realizarán un proceso de seguimiento y apoyo pedagógico permanente a estos estudiantes, como una forma de procurar la superación de sus limitaciones y evitar reiteradas repitencias de cursos . Será además, responsabilidad de los Padres y apoderados, asegurar la asistencia a clases y el apoyo constante según las indicaciones del profesor (a).

c) Diferenciada: se aplicará a los alumnos que tengan dificultades transitorias o permanentes, debidamente certificadas por un especialista, para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en cualquiera de los subsectores del plan de estudio.

d) Especiales: Se realizará una adecuación curricular con los criterios que el equipo de profesionales que atenderá el caso determine. Este tipo de evaluación no sólo contempla adecuación del curriculum, sino que también del plan de estudios y de la cantidad de notas que asignan a cada asignatura. Casos como por ejemplo; Matrícula provisoria por validación de estudios, estudiantes a quienes se les haya aplicado reglamento interno de convivencia escolar, situaciones familiares complejas (justificadas)

Los(as) estudiantes que asisten sistemáticamente a tratamiento en Grupo de Refuerzo, se les consignará una calificación adicional en el semestre, en la asignatura de Lenguaje y Matemática, en los Niveles NB1 y NB2.

Se evaluará con un nivel de exigencia de un 50%, en una de las pruebas del semestre en las asignaturas instrumentales.

Los(as) estudiantes deberán ser evaluados en todos los sectores o subsectores del Plan de Estudio correspondiente, utilizando una escala numérica de 2,0 a 7 con un decimal. No se eximirá en ningún sector o subsector por Problemas de Aprendizaje. Excepto los al

Unos(as) con Necesidades Educativas Especiales Permanentes, pertenecientes al Proyecto de Integración serán eximidos del Subsector idioma extranjero inglés.

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En el subsector de Educación Física, los estudiantes que presenten impedimentos físicos respaldados por especialistas de la salud, tendrán derecho a ser evaluados con trabajos teóricos.

Las alumnas que se encuentren en situaciones especiales (embarazo), se evaluarán respetando su período de reposo antes y después del nacimiento de su hijo(a). Sus evaluaciones se realizarán de acuerdo con el Profesor Jefe, U.T.P. y Dirección.

DE LAS CALIFICACIONES

ARTÍCULO 9: Los alumnos deberán ser calificados en todos los subsectores de aprendizaje, con un nivel de exigencia del 60 %, usando una escala numérica de 2,0 a 7,0 hasta con un decimal. La nota mínima de aprobación será 4.0. (cuatro coma cero).

Estas calificaciones deberán referirse al proceso y al producto del aprendizaje. Es decir deberán considerar en términos globales todo el quehacer del estudiante, por lo cual los instrumentos a utilizar deberán ser múltiples.

El año escolar comprenderá dos semestres.

ARTÍCULO 10: El estudiante que no se presente, a rendir prueba en la fecha establecida, deberá realizarla en cuanto asista a clases, con un nivel de exigencia mayor (70%) Exceptuando, si presenta certificado médico, al profesor encargado de la asignatura.

ARTÍCULO 11: En la asignatura de Religión los alumnos serán calificados con cifras, pero la calificación final no incidirá en la promoción, no obstante, será registrada en Acta, en el Informe Educacional y en el Certificado de estudios, con conceptos según la siguiente escala:

MUY BUENO 6.0 a 7.0 BUENO 5.0 a 5.9 SUFICIENTE 4.0 a 4.9 INSUFICIENTE 1.0 a 3.9 ARTÍCULO 12: El logro de los Objetivos de Aprendizaje Transversales se registrará en conjunto con el informe de desarrollo personal y social del alumno. ARTÍCULO 13: Los alumnos obtendrán durante el año lectivo los siguientes tipos de calificaciones:

A: Parciales Corresponderán a las calificaciones que el alumno obtenga durante el semestre en las asignaturas respectivas.

B: Semestrales

Corresponderán, en cada subsector al promedio aritmético de las calificaciones parciales asignadas durante el semestre. (con un decimal, sin aproximación)

C: Anuales Corresponderán, en cada subsector al promedio aritmético de las calificaciones semestrales.

D: Finales La nota final corresponderá a la nota anual.

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E: Promedio de Calificaciones Finales o Promedio General

Corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones finales obtenidas por el alumno en todos los subsectores que incidan en la promoción

a) Una vez tomada las pruebas o trabajos, la evaluación será registrada y dada a conocer a los alumnos(as), en un plazo máximo de siete días.

b) En el evento que después de aplicado y tabulado un certamen evaluativo, un grupo curso obtuviera sobre un 25 % de notas insuficientes, se deberá repetir la evaluación.

c) A los alumnos(as) que no se presenten a rendir una prueba o trabajo en la fecha señalada, deberán realizarlo en la clase siguiente, según los criterios del artículo 4.- Letra C).

d) Se excluyen de esta disposición los alumnos(as) que presenten certificado médico u otro documento que acredite que la inasistencia se debió a una causa justificada, en cuyo caso los alumnos(as) tendrán que realizar o entregar el trabajo pedido en una fecha calendarizada por el alumno y profesor jefe.

SEMESTRALES: Corresponderán en cada asignatura, al promedio aritmético de los logros parciales asignados en el semestre .Estas notas se calcularán tomando en cuenta la centésima que se subirá a la décima superior.

FINALES: De primero a octavo básico, corresponderá a las asignaturas del respectivo Plan de Estudios, al promedio aritmético ponderado de las evaluaciones de los dos semestres. Estas notas se calcularán tomando en cuenta la centésima que se subirá a la décima superior. Si en algún Sector o Subsector el alumno(a) obtiene 3,9 como promedio anual, la calificación se aproximará a 4,0.

e) Los(as) alumnos(as) de 1º a 8º año básico que tengan uno o dos Sectores o Subsectores con notas insuficientes, y que no cumplan con los requisitos de Promoción del presente reglamento, tienen derecho a rendir una prueba especial que valdrá un 30% de la nota final, en forma escrita previamente presentada a la UTP y que contenga los OA más importantes del año.

Si en la prueba especial obtiene una nota inferior a 4,0 (cuatro coma cero), se considerará la nota obtenida en el semestre. f) Si tiene tres o más notas insuficientes finales el alumno o alumna repetirá curso.

LA ENTREGA DE LA INFORMACIÓN A LOS PADRES Y APODERADOS SERÁ DE LA SIGUIENTE FORMA: MENSUAL: Informe de notas parciales, inasistencias y anotaciones positivas y negativas. SEMESTRAL: Informe de notas semestrales y de áreas de desarrollo personal y social. ARTÍCULO 14: DE LA PROMOCIÓN: Para la promoción de los estudiantes de 1º a 8º años se considerarán conjuntamente la asistencia y el rendimiento de los estudiantes.

1.- ASISTENCIA: Para ser promovidos los estudiantes de 1º a 8º de Educación

General Básica deberán asistir a lo menos en un 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, el Director del Establecimiento consultado al Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes con porcentaje menor de asistencia, siempre que hayan justificado oportuna y debidamente sus ausencias, como lo estipula el inciso N°2 del Artículo 11del Decreto 511/97.

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2.- RENDIMIENTO Y LOGROS DE LOS OBJETIVOS: a) Serán promovidos todos los estudiantes que hubieren aprobado todas las asignaturas del Plan de estudio de sus respectivos cursos. b) Serán promovidos igualmente los estudiantes de 1º a 8º años que hayan reprobado una asignatura, pero que tuvieren un promedio general igual o superior a 4.5, incluida la asignatura reprobada. c) Igualmente, serán promovidos los estudiantes de 1º a 8º años que hayan reprobado hasta dos asignaturas, pero que tuvieren un promedio igual o superior a nota 5.0, incluidas las asignaturas reprobados. d) Repetirán curso todos los estudiantes que reprueben más de dos asignaturas, en este caso no influye el promedio general. e) Para promover el mejor rendimiento escolar, los Profesores Jefes de cursos, podrán estimular periódicamente a todos los estudiantes, destacando entre éstos, a aquellos de mejor promedio. La escuela podrá mensualmente establecer un Cuadro de Honor en el Diario Mural del Colegio, con aquellos estudiantes que se han destacado en Rendimiento o en otras actividades de relación directa con la Educación. f) Para determinar los mejores rendimientos, se considerará como referencia el promedio general hasta con las centésimas. De persistir el empate, se premiará a todos aquellos que cumplan con la norma.

DISPOSICIÓN FINAL:

Todo acto, situación o ambigüedad evaluativa no considerada en este reglamento, podrá ser resuelto por el equipo directivo del establecimiento, si no existieran las competencias para tomar la decisión, entonces de acuerdo al Decreto 511, será el Jefe Provincial de Educación quien tome la determinación.

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CONVIVENCIA ESCOLAR

NORMAS, FALTAS, MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS La existencia de normas y medidas de permiten a nuestro establecimiento velar por un adecuado clima escolar que favorezca el desarrollo integral de todos los miembros de la comunidad educativa, en un ambiente de sana convivencia y de respeto a los principios enunciados en nuestro Proyecto Educativo Institucional. Las normas representan acuerdos de la comunidad respecto al comportamiento esperado de sus integrantes, por lo tanto, toda la comunidad se debe comprometer con el cumplimiento de estas. 7 TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS Las infracciones a las normas establecidas por la comunidad educativa y que afecten la Convivencia Escolar serán consideradas faltas, las que serán proporcionales de acuerdo a la gravedad de los hechos y conductas que las constituyen y categorizadas como:

a- Leves

b- Graves

c- Gravísimas

Descripción de medidas que se aplicarán a las faltas establecidas: Las medidas y procedimientos que se detallarán a continuación han sido estipulados de acuerdo a principios que se deben respetar en la elaboración del Reglamento Interno de todo establecimiento8 y deberán ser aplicadas de acuerdo a la gravedad de la falta, edad y etapa de desarrollo. TIPIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS

Medidas Formativas

De acuerdo al perfil del estudiante del proyecto educativo institucional de nuestro establecimiento, serán consideradas como medidas formativas aquellas que permiten que los estudiantes tomen consciencia de las consecuencias de sus actos, que aprendan a responsabilizarse y desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño. Toda falta cometida por un estudiante del establecimiento será apoyada de una acción reflexiva y reparatorias, independiente de la medida disciplinaria correspondiente. Entre las medidas formativas se pueden considerar:

Pedagógicas

7 Tríptico Clima Escolar, Supereduc.

8Circular que imparte instrucciones sobre reglamentos internos de los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media con reconocimiento oficial

del estado. Superintencia de Educación, 20 de Junio de 2018.

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- Diálogo formativo con adulto a cargo. - Recolectar o elaborar material para cursos de otros niveles. - Ayudante de un profesor o asistente de la educación en una o más clases. - Tutorías entre pares. - Clasificar textos en la biblioteca. - Realizar relato escrito de los hechos acontecidos y posibles soluciones. - Trabajo colaborativo a través de un proyecto grupal. - Exposiciones con temáticas de acuerdo a la falta cometida. - Desarrollar guías y trabajos de reforzamiento. - Apoyar las labores formativas y campañas de interés social que tengan carácter preventivo en relación a las temáticas alusivas.

Comunitarias

- Ayudar a limpiar algún espacio del establecimiento, comedor, salas, pasillo etc. (Acompañados siempre de un adulto) - Ayudar en el recreo a cuidar estudiantes de cursos menores acompañados de un inspector de nivel. - Ayudar en el comedor (recolectando bandejas, ordenando sillas, etc.) acompañado de personal del establecimiento. - Cooperar en actividades culturales y/o sociales dentro y fuera de establecimiento. - Realizar acciones de apoyo social o solidario en beneficio de la comunidad escolar. - Apoyar labores formativas que tengan carácter preventivo en los temas alusivos.

Reparatorias

Pedir disculpas públicas o privadas a través de una declaración escrita y/u oral fundamentada. Restituir un bien y reponer el material dañado (Vidrios, tabiques, puertas, etc.

Medidas Disciplinarias

Son aquellas medidas que buscan disciplinar a los estudiantes por medio de sanciones, como:

Amonestación verbal por parte de inspectoría: Tiene por objetivo hacer presente al estudiante y/o apoderado el carácter y gravedad de la falta cometida, como también advertir y prevenir las consecuencias que una reiteración de su conducta pudiese tener para el estudiante.

Registro en hoja del estudiante: Se refiere al registro escrito en el libro de clases de una conducta grave o gravísima cometida por un estudiante. El libro de clases será el único registro válido para verificar la aplicación, seguimiento del debido proceso y en caso de aplicar una medida disciplinaria.

Citación de apoderado: En el caso de cometer faltas de carácter graves y/o gravísimas se debe realizar citación al apoderado de manera inmediata, para que tome conocimiento de la conducta de su pupilo y medidas que se aplicarán según sea el caso.

Suspensión en actividades: Consiste en la restricción temporal de la participación del estudiante en actividades extra programáticas, ceremonias, eventos, salidas pedagógicas, entre otras.

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Medidas Disciplinarias Excepcionales

Son aquellas medidas disciplinarias que sólo pueden ser aplicadas cuando se comentan faltas gravísimas y que

afecten la Convivencia Escolar, poniendo en riesgo la integridad física y/o psicológica de los miembros de la comunidad educativa.

Suspensión de clases: Consiste en la restricción temporal y provisoria de la participación de un estudiante a la jornada escolar normal, no pudiendo ingresar al aula ni participar en ningún tipo de actividades organizadas por el colegio durante ese periodo. Esta medida sólo podrá ser aplicada ante faltas graves y/o gravísimas, por un periodo 1 a 5 días máximo, dependiendo gravedad y reiteración de la falta. La suspensión tiene como objetivo el normal desarrollo del entorno escolar, seguridad de los estudiantes implicados y busca generar conciencia, compromiso de cambio y responsabilidad en relación a la gravedad de la falta.

Los estudiantes y sus familias deberán ser informados de esta medida previamente por Inspectoría General, detallando el motivo, fecha y hora de suspensión.

Reducción de jornada escolar: Medida que consiste en reducir el horario de la jornada diaria del estudiante, cuando la conducta del estudiante implique un riesgo real para la integridad física y/o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa.

Condicionalidad de la matrícula: Medida disciplinaria que condiciona la continuidad de la matrícula de un estudiante en relación a su comportamiento y al cumplimiento de compromisos adquiridos por el estudiante.

Alejamiento parcial de clases: Se aplicará esta medida en casos cuando el estudiante implique un riesgo real, tanto físico o psicológicos para algún miembro de la comunidad educativa.

Cancelación de matrícula: La cancelación de matrícula significa que el establecimiento permitirá a los estudiantes concluir el año escolar en curso y participar de todas las actividades académicas y extra programáticas, sin embargo, se imposibilitará al apoderado matricular al estudiante en el establecimiento para el año siguiente. Dicha medida debe ser notificada por escrito al apoderado por parte del director del colegio y el apoderado tendrá un plazo de 15 días desde la notificación para apelar a la medida ante el director, quien resolverá previa consulta al consejo de profesores. El consejo deberá pronunciarse de forma escrita.

Expulsión: Consiste en la separación definitiva de un estudiante del establecimiento educacional quedando inhabilitado de retornar. Esta medida debe ser aplicada ante faltas gravísimas y será de carácter apelable por el apoderado.

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DESCRIPCIÓN DE FALTAS Descripción de Faltas leves Se considera falta leve a aquella que no afecta, o repercute directamente, sobre algún miembro de la comunidad escolar, causándole daño. Es una falta menor que debe ser abordada oportunamente.

Ámbito Descripción Faltas

En relación a otros Acciones que afecten o dañen a quienes los rodean.

a) Mantener un comportamiento inadecuado, durante

la formación, después de cada recreo o almuerzo, previo al ingreso a la sala de clases, etc.

b) Interrumpir el normal desarrollo de la clase de cualquiermodo.

c) Practicar juegos bruscos, dentro o fuera de la sala.

d) Expresarse hacia un compañero(a), con sobrenombres y apodos que afecten a su persona.

En relación al cuidado de su entorno

Cuidado de los espacios del establecimiento

a) Ensuciar y tirar basura deliberadamente en espacios del establecimiento.

b) Producir cualquier deterioro no premeditado en diferentes espacios, sala de clases, patio, baños o pasillos, mobiliarios o equipos del Colegio.

En relación al aprendizaje en el aula

Acciones que interfieran en la dinámica de la clase.

a) Promover desorden en forma evidente dentro de la clase. b) No ingresar a la sala de clases oportunamente (en la entrada, recreos y almuerzos).

e) Hacer actividades ajenas a la clase (copiar y/o estudiar materias de otras asignaturas, pintarse, mirarse en espejos, etc.)

c) Negarse a realizar las actividades indicadas por funcionarios del colegio. d) Comer alimentos, chicle o dulces durante las clases. e) Uso de celular y/o material tecnológico sin autorización. f) Salir sin previa autorización de la sala o lugar donde se esté desarrollando una actividad académica.

En relación a la responsabilidad y deberes escolares:

Incumplimiento de deberes escolares y académicos.

a) Atraso en el ingreso a clases. b) No acudir a la formación. c) No traer el material requerido. d) Presentarse sin el uniforme (oficial y/ó de educación

Física) o uso incorrecto de estos (combinarlo con ropa de

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color). e) Descuidar presentación e higiene personal. f) Usar maquillaje en cara y manos (uñas), tintes de cabello

para damas y varones. g) Usar accesorios en el rostro como piercing o expansiones. h) No entregar a los padres o apoderado las comunicaciones

o documentos que el establecimiento envía.

Procedimiento ante Faltas Leves.

a) En caso que cualquier funcionario de la escuela sorprenda a un estudiante incurriendo en alguna falta de tipo leve, éste deberá informar al inspector de patio del pabellón o al profesor jefe y/o de asignatura.

b) El inspector de pabellón y/o profesor realizarán una indagación de la situación o hecho, conociendo la versión del o los involucrados, considerando el contexto y/o circunstancias en que ocurrió.

c) Se conversará con el estudiante, invitándolo a reflexionar sobre la falta realizada. d) El inspector de pabellón y/o profesor aplicarán algunas de las medidas formativas para el caso de las faltas

leves, considerando atenuantes, agravantes, edad del estudiante y contexto. e) Las faltas leves y medidas aplicadas deben ser registradas en bitácora del curso. f) El profesor a cargo, podrá de ser necesario entregar comunicación por escrito, solicitando la firma del

apoderado. g) Las medidas adoptadas deberán ser informadas a inspectoría para supervisión y seguimiento.

Medidas para faltas leves

a) Para este tipo de faltas, se aplicarán medidas de tipo formativa, de acuerdo al resultado de los hechos, tales como:

Pedagógicas

Comunitarias

Reparatorias

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Descripción de Faltas graves Se considera falta grave, cuando el estudiante infringe la normativa institucional en forma reiterada, comprometiendo seriamente los valores del Proyecto Educativo Institucional.

Ámbito Descripción Faltas

En relación a los otros

Acciones que afecten o dañen a quienes los rodean.

Ofender o descalificar verbalmente a cualquier integrante del Colegio, a través de adjetivos que atenten o menoscaben la dignidad o autoimagen de las personas.

Faltar el respeto a cualquier miembro de la comunidad educativa con actitudes desafiantes, vocabulario inadecuado

expresiones de burla, directamente o a través de cualquier medio

de comunicación (redes sociales). Uso de vocabulario inapropiado, soez o burlesco.

Manifestar y mantener en el tiempo, actitudes y actos de

evidente burla y provocación hacia otro compañero(a). Bajarle los pantalones o subirles la falda a sus compañeros de

colegio. Dar mal uso al teléfono celular, tomando fotos y / o grabando

situaciones internas del colegio, para ser exhibidas a sus pares o comunidad.

Presentar trabajos o tareas de otros estudiantes como suyos (plagio).

Tergiversar situaciones en forma maliciosa y generar conflictos entre pares (calumnia).

Faltar a la verdad para perjudicar a otros y/u omitir información relevante.

En relación al cuidado de su entorno

Cuidado de los espacios del establecimiento

Ensuciar, rayar o producir cualquier deterioro premeditado en diferentes espacios (sala de clases, patio, baños o pasillos), mobiliarios o equipos del Colegio.

En relación al aprendizaje en el aula

Acciones que interfieran en la dinámica de la clase.

Promover desorden de manera reiterada en forma evidente dentro de la clase, o salidas pedagógicas.

Salir de la sala clases sin autorización. Copiar las respuestas de otro estudiante, facilitar o promover la

copia, adulterar pruebas o trabajos, o bien cualquier otra conducta que implique incurrir en acciones deshonestas en el contexto de evaluaciones o pruebas.

Falsificación y /o Adulteración de notas y comunicaciones. Falsificación de firmas. Interrumpir las clases sin motivo, gritando, peleando, etc.

En relación a la responsabilidad y deberes escolares:

Incumplimiento de deberes escolares y académicos.

i) Presentarse sin el uniforme (oficial y/ó de educación Física) o uso

incorrecto de estos de manera reiterada y sin justificación. Dirigirse a otro lugar habiendo salido de su hogar en dirección a

la escuela. (cimarra). Negarse al cumplimiento de una instrucción proveniente de

cualquier funcionario que conforma la unidad educativa en forma reiterada.

Inasistencia de clases o actividades complementarias estando el establecimiento.

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Procedimiento ante Faltas graves.

a- En caso que cualquier funcionario de la escuela sorprenda a un estudiante incurriendo en alguna falta de tipo grave, deberá informar los hechos al inspector general.

b- El inspector general tomará nota de la situación en hoja de entrevista, indagando los hechos, conociendo la versión del o los involucrados, considerando el contexto y/o circunstancias que rodearon el hecho. En caso que la falta sea cometida dentro del aula, será el profesor a cargo quien registre los hechos de manera objetiva en la hoja de vida del o los estudiantes y posteriormente derivará a inspectoría general.

c- Se conversará con el estudiante para conocer su versión de los hechos, invitándolo a reflexionar sobre la falta realizada.

d- Una vez verificada la falta, el inspector deberán registrar los hechos en la hoja de vida del estudiante del libro de clases.

e- Inspectoría general citará al apoderado con el fin de informar la situación y medidas correspondientes.

f- Inspectoría general implementará algunas de las medidas disciplinarias para el caso de las faltas graves, considerando atenuantes, agravantes, edad y etapa de desarrollo.

g- Dependiendo la gravedad de la falta y en situaciones de conflicto entre pares que no incurran en agresión, el equipo de convivencia escolar deberá realizar mediación, arbitraje, negociación según edad que corresponda.

h- Para toda falta grave, se deberán aplicar complementariamente medidas formativas, que apoyen al estudiante en su reflexión y/o desarrollo personal.

Medidas para faltas graves.

a) Para este tipo de faltas se aplicarán medidas de tipo formativa y disciplinaria, considerando atenuantes, agravantes, edad y etapa de desarrollo del estudiante, según corresponda.

Amonestación escrita en libro de clases.

Citación de apoderado.

Suspensión de participar en actividades extra programáticas, ceremonias, eventos, salidas pedagógicas entre otras.

Trabajo comunitario.

Descripción de Faltas Gravísimas Las faltas gravísimas son aquellas que afectan gravemente la convivencia escolar, poniendo en riesgo la integridad física y/o psicológica de los miembros de la comunidad educativa.

Ámbito Descripción Faltas

En relación a los otros

Acciones que afecten o dañen a quienes los rodean.

Consumir drogas, alcohol, tabaco y/o uso indebido de fármacos, dentro del establecimiento y/o en el trayecto de la casa hacia el colegio.

Traer al establecimiento cigarrillos, bebidas alcohólicas, drogas, fármacos y/ó material pornográfico.

Acosar sexualmente a compañeros (as) o personal del establecimiento

Agredir física y/o con elementos contundentes o

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corto punzantes a un miembro de la comunidad educativa dentro o fuera del establecimiento.

Sustraer y/o apropiarse de bienes ajenos o cualquier material o implemento del establecimiento.

Portar y usar armas (cuchillos, corta plumas, cuchillos cartoneros manoplas, mariposas, lumas entre otros).

Mantener conductas de connotación sexual dentro del establecimiento.

Observar o compartir material pornográfico dentro del colegio.

Mentir en forma deliberada perjudicando a terceros, levantando falso testimonio.

Utilizar los computadores y el Internet del colegio para amenazar, insultar, agredir a cualquier miembro de la unidad educativa o para bajar material pornográfico, de connotación sexual o que atenten en contra de la integridad física y emocional de las personas.

Agredir físicamente a un compañero de forma intencional o premeditada dentro del colegio, en instancias de representación del mismo o bien fuera del establecimiento una vez terminada la jornada escolar.

Golpear o participar en riñas con compañeros u otras personas dentro y fuera del establecimiento y en instancias de representación del colegio.

Uso de redes sociales con efectos perjudiciales para cualquier miembro de la comunidad escolar y que atenten en contra de la integridad física y/o psicológica de las personas.

Producir, reproducir y/o difundir contenido gráfico o audiovisual inadecuado que involucre a miembros de la comunidad educativa.

En relación al cuidado de su entorno

Cuidado de los espacios del establecimiento

Dañar intencionalmente o destruir bienes, inmuebles de propiedad del colegio y /o material tecnológico o de algún miembro de la comunidad educativa.

En relación a la responsabilidad y deberes escolares:

Incumplimiento de deberes escolares y académicos.

Adulterar el libro de clases (agregar o quitar notas, sustraer el libro, quitarle hojas etc.) o provocarle cualquier tipo de daño.

Fugarse del establecimiento. (Salir después de haber ingresado a clases)

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Procedimiento ante faltas gravísimas 1- Informar a cualquier integrante del equipo directivo y/o encargado de convivencia escolar, si se sorprende a

un estudiante incurriendo en alguna falta de tipo gravísima, dentro del establecimiento o fuera de él usando el uniforme escolar.

2- Inspectoría general recopilará antecedentes, conociendo la versión del o los involucrados. 3- Inspectoría general registrará estos antecedentes en una entrevista (declaración), con el fin de llegar a la

verdad final del hecho. 4- Se deberá conversar con el estudiante, invitándolo a reflexionar sobre la falta realizada. 5- Inspectoría deberá dejar registro de la falta en el libro de clases. 6- Se citará al apoderado con el fin de informar la situación y las medidas a seguir, considerando el contexto,

circunstancias que rodearon el hecho, 7- El equipo de Convivencia escolar determinara si existen atenuantes o agravantes antes de ser establecidas las

medidas. 8- Se implementarán algunas de las medidas disciplinarias y/o excepcionales para el caso de faltas gravísimas,

considerando atenuantes y agravantes. 9- En caso de una medida disciplinaria, el estudiante deberá asumir un compromiso formativo para desarrollar un

cambio de conducta. 10- En caso que la falta cometida afecte a otra persona en su integridad física, emocional y sexual, o si la conducta

o falta constituye delito, se solicitará apoyo de carabineros, PDI, redes de apoyo u otros que amerite la situación (revisar apartado de protocolos de actuación).

Medidas ante faltas Gravísimas Para este tipo de faltas se aplicará las medidas de tipo disciplinaria y/o excepcional.

Suspensión de clases

Reducción de jornada escolar.

Condicionalidad de la matrícula

Alejamiento parcial de clases

Cancelación de matrícula

Expulsión

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ATENUANTES Y AGRAVANTES PARA LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y EXCEPCIONALES Atenuantes:

Edad y etapa del desarrollo del estudiante

Tener un historial de comportamiento favorable a la convivencia escolar.

Intento inmediato de reparar el daño causado o impedir sus consecuencias.

Asumir su responsabilidad por iniciativa propia, con dignidad, evidenciando arrepentimiento.

Actuar en defensa propia o de familiares directos.

El haber sido inducido a cometer una falta por alguien de mayor edad.

El apoyo brindado por el apoderado al proceso educativo y formativo de la escuela.

Agravantes:

Ser reincidente en cualquier hecho considerado como falta.

Cometer la misma falta más de una vez.

Que la falta tenga un impacto negativo en la comunidad escolar.

Cometer una falta aprovechando la confianza depositada en ellos.

Indiferencia ante las consecuencias de la falta cometida.

Cometer la falta aprovechando la superioridad física o emocional sobre otros.

Cometer una falta de manera premeditación y/u con organización colectiva

No asumir la falta cometida pesar de la evidencia.

Culpar y/o involucrar a otras personas injustamente

REGULACIONES REFERIDAS AL ÁMBITO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR La normativa define la buena convivencia escolar como la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos, en un clima que propicie el desarrollo integral de los estudiantes9. Composición y funcionamiento del Equipo de Gestión de Convivencia Escolar El equipo de Gestión de Convivencia Escolar, será una instancia que tendrá por fin cumplir con las funciones de promoción de la buena Convivencia Escolar y prevenir todo tipo de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamiento. El equipo estará compuesto por representantes de los distintos estamentos de la comunidad educativa:

Director

Jefe de UTP

Inspector general

Encargado de Convivencia Escolar

Dupla psicosocial

Docente

9 Artículo 16 A, Ley General de Educación.

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Asistente de la Educación.

Durante el año escolar se deberán realizar reuniones de carácter formal, informadas por escrito, previas a la fecha de realización. Se designará un secretario, quien llevará el registro del acta de cada sesión, consignando acuerdos y compromisos. El equipo de Gestión de Convivencia Escolar debe ser informado y consultado al menos sobre materias establecidas por ley y tiene a su vez carácter propositivo, por lo que podrá presentar medidas acerca del funcionamiento del establecimiento. Rol y función del Encargado de Convivencia Escolar El Encargado de Convivencia Escolar será el Profesional del área de la educación a cargo de velar por las políticas de Convivencia escolar direccionadas por el MINEDUC, que se ejecutaran al interior del Establecimiento. Es responsable de implementar las acciones que determinen el Consejo Escolar y/o el Equipo de Gestión de la Convivencia Escolar. Las acciones deberán estar definidas en un Plan de Gestión. Su designación deberá ser por escrito en su contrato de trabajo, anexo u otro documento formal que acredite su nombramiento. Durante el año 2018, cumplirá la función de Encargado de Convivencia Escolar, el profesional Sebastián Mora Céspedes, quien ha sido designado por el equipo directivo. Plan de Gestión de Convivencia Escolar Documento institucional que consta de acciones enfocadas en promover la sana convivencia escolar, la resolución pacífica de conflictos y la prevención de conductas de riesgo para la comunidad educativa. Dichas acciones son acordadas por el Consejo Escolar y cuentan con plazos de ejecución y responsables para monitorear su cumplimiento. El Plan de Gestión tiene directa relación con las necesidades de nuestra comunidad educativa, y respeta los principios y valores del Proyecto Educativo Institucional. Plan de Convivencia Escolar El presente documento dará cuenta de las acciones propuestas por la Comunidad Educativa para promover la Convivencia y prevenir la violencia escolar en nuestro Colegio Presidente Aguirre Cerda, ha sido elaborado en base a la normativa vigente; la Ley Sobre Violencia Escolar y considerando como marco orientador lo establecido en la Política Nacional de Convivencia Escolar. El siguiente plan constará de los siguientes apartados:

I. Normativa vigente II. Equipo de Gestión de Convivencia Escolar III. Equipo Multidisciplinario IV. Autodiagnóstico del establecimiento V. Objetivos VI. Planificación 2018

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I. Normativa vigente en Convivencia Escolar

La Ley sobre Violencia Escolar define la Convivencia Escolar como “La coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes” 10. Así mismo, la Política Nacional de Convivencia Escolar orienta a los establecimientos educacionales para fortalecer la comprensión formativa de la Convivencia Escolar y se sustenta en siete enfoques11 que apunta al cumplimiento de este objetivo:

Enfoque formativo de la Convivencia Escolar: “La Convivencia Escolar es un aprendizaje comprendido en el currículum, por lo cual se debe planificar y evaluar como cualquier otro aprendizaje. Por lo tanto, se enseña y se aprende a convivir.”

Enfoque de Derecho: “Considera a cada uno de los actores de la comunidad educativa como sujetos de derechos, que pueden y deben ejercerse de acuerdo a la legalidad vigente. Este enfoque considera a cada sujeto como un ser humano único y valioso, con derecho no solo a la vida y a la supervivencia, sino también a desarrollar en plenitud todo su potencial; reconoce también que cada ser humano tiene experiencias esenciales que ofrecer y que requiere que sus intereses sean considerados.”

Enfoque de Género:“Busca resguardar en todas las personas , independiente de su identidad de género, el derecho a ser tratados con el mismo respeto y valoración, reconociendo que todas y todos tienen las mismas capacidades, derechos y responsabilidades, por lo que se debe asegurar que tengan las mismas oportunidades de aprendizaje.

Enfoque de Gestión Territorial: “Reconoce la diversidad las realidades y dinámicas de interrelación de lo social, lo cultural y lo político institucional que existe en el territorio, valorando y movilizando los recursos territoriales, es decir, el capital humano (capacidad de las personas), capital económico y capital social (relaciones y redes que facilitan y potencian la gestión)”

Enfoque Participativo: “Proceso de cooperación mediante el cual la escuela/liceo y los actores de la comunidad educativa identifican, deliberan y deciden conjuntamente acerca del quehacer educativo, con metodologías y herramientas que fomenten la creación de espacios de reflexión y de diálogos colectivos, encaminados a la participación activa de acuerdo a sus roles y atribuciones, para contribuir a la formación integral de los y las estudiantes.”

Enfoque Inclusivo: “Supone transformaciones profundas en la cultura escolar y en su quehacer pedagógico e institucional, valora y respeta a cada uno/a tal y como es, reconociendo a la persona con sus características individuales sin tratar de acercarlas a un modelo de ser, actuar o pensar “normalizado”. Reconoce y valora la riqueza de la diversidad, sin intentar de corregir o cambiar la diferencia, y permite asumir e intencionar cambios estructurales en el sistema escolar que acojan la diversidad, sin pretender que sean los sujetos quienes deban “adaptarse” a un entorno que no les ofrece oportunidades reales de aprendizaje.”

Enfoque de Gestión Institucional: “Se refiere a la planificación, desarrollo y evaluación de acciones coordinadas en un plan (Plan de Gestión de la Convivencia Escolar, Plan de Mejoramiento Educativo que

10 Ley 20.536, Art.16 A.

11Política Nacional de convivencia Escolar, Pág. 28-32

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tiendan a instalar, mejorar, promover y/o desarrollar determinados ámbitos o dimensiones de la Convivencia Escolar.”

II. Normativa Vigente Aulas de Bien Estar.

¿QUÉ ES AULAS DEL BIEN ESTAR (ABE)? “Es un componente de la Política Nacional de Convivencia Escolar del Ministerio de Educación basado en un Modelo de Gestión Intersectorial construido e implementado en alianza con el Ministerio de Salud (MINSAL), el Ministerio del Deporte (MINDEP-IND), el Ministerio de Desarrollo Social (MIDESO) con el Subsistema de Protección a la Infancia Chile Crece Contigo y el Sistema Elige Vivir Sano en Comunidad, la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB), y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del consumo de Drogas y Alcohol (SENDA). Aulas del Bien Estar aporta en la construcción de comunidades protectoras e inclusivas desde el énfasis en los conceptos de bienestar y cuidado, apostando por visibilizar a los estudiantes como sujetos integrales en el marco de su proceso formativo”.12 “Fin: contribuir a la formación integral de estudiantes en escuelas y liceos públicos desde el desarrollo de una Convivencia Escolar que incorpora en su gestión un modelo para el abordaje del bienestar y el cuidado, reconociendo a las y los estudiantes como sujetos de derecho, con múltiples necesidades a satisfacer y potencialidades a desplegar en su desarrollo personal y social a lo largo de sus trayectorias educativas, lo que permite organizar, gestionar e implementar acciones de apoyo que cuenten con un soporte intersectorial adecuado a su territorio. Propósito: escuelas y liceos públicos del país instalan una mirada integral de sus estudiantes y comunidad educativa, fortaleciendo su Convivencia Escolar mediante el Modelo de Gestión Intersectorial Aulas de Bien Estar; cuya implementación favorece al interior del establecimiento la articulación de los distintos contenidos transversales de apoyo, y en el territorio establece un diálogo intersectorial permanente a nivel comunal, regional y nacional para construir y entregar respuestas articuladas a las necesidades que declare cada establecimiento educacional”.13

III. Equipo de Gestión de Convivencia Escolar 2018

Carol Álvarez Pareja, Directora Subrogante.

Alex Vera Jorquera, Inspector General Primer ciclo.

Alexis Cornejo, Inspector General Segundo ciclo.

Sebastián Mora Céspedes, Encargado de Convivencia Escolar.

Nataly González Aguayo, Trabadora Social.

Catalina Giulianni, Psicóloga.

Sandra Torres Aránguiz, Jefa Unidad Técnica Primer ciclo.

Rossana Millas Carter, Jefa Unidad Técnica Segundo ciclo.

12 Modelo de Gestión intersectorial, Aulas del bien Estar, 2017

13 Modelo de Gestión intersectorial, Aulas del bien Estar, 2017

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IV. Autodiagnóstico Institucional Se realiza un diagnóstico para establecer prioridades y planificar acciones pertinentes en relación a la Convivencia Escolar, utilizando los siguientes insumos:

- Diagnóstico de Agencia de Calidad - ”Pauta de Autodiagnóstico”14. - Jornada “Día de la Convivencia Escolar” 2018, Opiniones de los estudiantes. - Reunión de Consejo Escolar con participación de miembros de la Comunidad Educativa 2018 (Asistentes de la

Educación, Apoderados, centro de estudiantes y equipo directivo). - Se realizaron mesas de trabajo en el año 2017, las cuales fueron dirigidas por Equipo Directivo y conformadas

en mesas de trabajo por; Docentes y Equipo Multidisciplinario, temática abordada “Estándares indicativos de desempeño organizado en cuatro dimensiones de la gestión escolar; Gestión pedagógica, Liderazgo Escolar, Convivencia Escolar y Gestión de recursos”, siendo utilizados los indicadores correspondiente a Plan de gestión del equipo Psicosocial.

- Proyecto Educativo Institucional. - Antecedentes recabados desde las entrevistas e intervenciones realizadas a alumnos, padres, cuidadores y

apoderados durante el año 2017.

De acuerdo a la información obtenida a través de los diferentes actores de la comunidad educativa se arrojan los siguientes resultados:

1. Falta de rutinas institucionales y estrategias comunes en torno a Convivencia Escolar que expresen estrategias claras para relacionarse, resolver conflictos entre los estudiantes, conductas violentas, acoso escolar y/o bullying.

2. Falta de comunicación y articulación entre los distintos estamentos de la Comunidad Educativa; Estudiantes, Docentes, Asistentes de la Educación, Centro General de Apoderados y equipos.

3. Falta de conocimiento en los estudiantes sobre educación sexual y sus derivados, baja autoestima, carencias afectivas, ausencia de figuras ejemplares, escasas habilidades sociales.

4. Falta de conocimiento de los apoderados del manual de Convivencia Escolar y de las acciones realizadas por el equipo de Convivencia en materia de prevención.

V. Objetivo General:

Fortalecer la Convivencia Escolar entre los estudiantes y toda la comunidad Educativa mediante la implementación de diferentes acciones que favorezcan el desarrollo integral de sus actores en un clima de buen trato y respeto.

Objetivos Específicos:

I. Definir rutinas formativas e implementar estrategias y actividades que mejoren el Clima de Aula, ayuden a la prevención del bullying y mejoren la Convivencia Escolar de nuestros estudiantes.

14 Gestión de la Buena Convivencia

Orientaciones para el Encargado de Convivencia Escolar y equipos de de liderazgo educativo, pág. 40- 44

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II. Fortalecer acciones preventivas y formativas para los estudiantes, enfocadas en autocuidado y educación sexual.

III. Fortalecer comunicación entre equipos del establecimiento y redes externas para articular procesos y

acciones enfocadas en estudiantes.

IV. Actualizar y difundir el Manual de Convivencia Escolar, acciones y actividades que se realizan en el colegio con la comunidad educativa.

El detalle de las acciones asociadas a cada objetivo, encargados y plazos de ejecución, se encuentran detalladas en el documento oficial Plan de Gestión de Convivencia Escolar, año 2018.

PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN COLABORATIVA DE CONFLICTOS Ante situaciones de conflicto entre estudiantes, se deberá acudir al Encargado de Convivencia Escolar, quién utilizará las siguientes estrategias según la etapa de desarrollo de los niños y niñas, como mecanismo colaborativo de solución de conflictos:

“La negociación: se realiza entre las partes involucradas en un conflicto, sin intervención de terceros, para que los implicados entablen una comunicación en busca de una solución aceptable a sus diferencias, la que se explicita en un compromiso. Los involucrados se centran en el problema pensando en una solución conveniente para ambos y en la que las concesiones se encaminen a satisfacer los intereses comunes. Esta estrategia puede ser aplicada, también, entre personas que se encuentran en asimetría jerárquica (un profesor y un estudiante, por ejemplo), siempre y cuando no exista uso ilegítimo de poder por una de las partes.

El arbitraje: es un procedimiento que está guiado por un adulto que proporcione garantías de legitimidad ante la comunidad educativa, con atribuciones en la institución escolar quien, a través del diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e intereses de los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas partes, en relación a la situación planteada. La función de esta persona adulta es buscar una solución formativa para todos los involucrados, sobre la base del diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia vivenciada en el conflicto.

La mediación: es un procedimiento en el que una persona o grupo de personas, ajenas al conflicto, ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin establecer sanciones ni culpables, sino buscando el acuerdo para restablecer la relación y la reparación cuando sea necesaria. El sentido de la mediación es que todos los involucrados aprendan de la experiencia y se comprometan con su propio proceso formativo. El mediador adopta una posición de neutralidad respecto de las partes en conflicto y no impone soluciones, sino que orienta el diálogo y el acuerdo. Es importante tener presente que no es aplicable la mediación cuando ha existido un uso ilegítimo de la fuerza o el poder, porque esta estrategia no está orientada a sancionar conductas de abuso.”15

Se deberá dejar registro de estas acciones en formato institucional, junto con las declaraciones de los estudiantes.

15MINEDUC (2011). Orientaciones para elaboración y revisión de reglamentos de convivencia escolar. (pag. 10)

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Si algún conflicto requiere mediación entre apoderados, esta será realizada por el Encargado de Convivencia Escolar. Ante situaciones de conflicto entre funcionarios del establecimiento, se deberá informar de la situación a Inspectoría General, quien dependiendo de la gravedad de la situación derivará a Convivencia Escolar. El mecanismo para la resolución de estos conflictos será una mediación entre los adultos, que será realizada por el Encargado de Convivencia Escolar y Dupla psicosocial como ministro de fe. Si el conflicto persiste, no hay cumplimiento en los acuerdos adquiridos durante la mediación y estos afectan el normal desarrollo de las funciones, el director del establecimiento informará la situación al Departamento de Educación. CONSIDERACIONES PARA LOS ADULTOS.

Debe promover el ejercicio cotidiano de una convivencia respetuosa y solidaria entre los miembros de la comunidad educativa.

Debe reforzar conductas que promuevan la sana convivencia.

Utilizar un lenguaje adecuado entre pares y/o con otros miembros de la comunidad procurando tratar con respeto.

Todos los miembros de la comunidad educativa cuidaran responsablemente las instalaciones, instrumentos educativos y mobiliario.

Cumplir oportunamente con los compromisos adquiridos.

Responsabilizarse individualmente de sus objetos personales.

Abstenerse de abandonar sus funciones durante la jornada laboral, solo en situaciones especiales el directivo a cargo podrá autorizar la salida.

Queda estrictamente prohibido asistir al establecimiento bajo los efectos de alcohol y drogas.

Mantener una higiene y presentación personal acorde a su condición de docente y asistente de la educación.

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DE LAS CONSIDERACIONES Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia, será evaluada, analizada y resuelta por Dirección, UTP y/o Consejo de Profesores, Equipo de Gestión según corresponda.

LA DIFUSIÓN En cuanto a la difusión de este Reglamento, se realizará en: a) Equipo de Gestión. b) Consejo de Profesores. c) Reuniones informativas a los Asistentes de la Educación. d) Consejo de Curso. e) Reunión Directiva Centro General Centro de Padres y Apoderados. f) Reunión Subcentros Cursos. g) Comunidad Escolar. h) Sitio web. (comunidad escolar).

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN: Agosto 2018 VIGENCIA: Bianual.