Comentario de Texto de Montesquieu

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“En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el ejecutivo de las cosas pertenecientes al derecho de gentes, y el ejecutivo de las que pertenecen al civil. Por el primero, el príncipe o el magistrado hace las leyes para cierto tiempo o para siempre, y corrige o deroga las que están hechas. Por el segundo, hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadores, establece la seguridad y previene las invasiones; y por el tercero, castiga los crímenes o decide las contiendas de los particulares. Este último se llamará poder judicial; y el otro, simplemente, poder ejecutivo del Estado (...). Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o el senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo. Así sucede también cuando el poder judicial no está separado del poder legislativo y del ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un agresor. En el Estado en que un hombre solo, o una sola corporación de próceres, o de nobles, o del pueblo administrase los tres poderes, y tuviese la facultad de hacer las leyes, de ejecutar las resoluciones públicas y de juzgar los crímenes y contiendas de los particulares, todo se perdería enteramente.” Montesquieu. El espíritu de las leyes. 1748.

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“En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el ejecutivo de las cosas pertenecientes al derecho de gentes, y el ejecutivo de las que pertenecen al civil.Por el primero, el príncipe o el magistrado hace las leyes para cierto tiempo o para siempre, y corrige o deroga las que están hechas. Por el segundo, hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadores, establece la seguridad y previene las invasiones; y por el tercero, castiga los crímenes o decide las contiendas de los particulares. Este último se llamará poder judicial; y el otro, simplemente, poder ejecutivo del Estado (...).Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o el senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo.Así sucede también cuando el poder judicial no está separado del poder legislativo y del ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un agresor.En el Estado en que un hombre solo, o una sola corporación de próceres, o de nobles, o del pueblo administrase los tres poderes, y tuviese la facultad de hacer las leyes, de ejecutar las resoluciones públicas y de juzgar los crímenes y contiendas de los particulares, todo se perdería enteramente.”

Montesquieu. El espíritu de las leyes. 1748.

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COMENTARIO DE TEXTO1. Lectura y preparación.

2. Clasificación del texto

a. Naturaleza del texto

Se trata de un texto de naturaleza histórico-literaria, ya que el autor nos presenta en él su teoría sociológica del gobierno y del derecho, como una crítica de la forma de gobierno de la época en la que vivió.

b. Cuándo y dónde

El ensayo fue publicado en 1748, durante la época del Antiguo Régimen en Francia, reinando Luís XV.

c. Autor

El presente texto es un fragmento del ensayo “El Espíritu de las Leyes”, de Montesquieu, pensador y jurista francés que se enmarca dentro de la corriente crítica de la Ilustración francesa

d. Destino

Al público en general ya que la obra tuvo una enorme repercusión en su tiempo y fue traducida a numerosos idiomas, ejerciendo una gran influencia sobre los liberales que protagonizaron la Revolución francesa de 1789 y la posterior construcción de regímenes constitucionales en toda Europa, convirtiéndose en un dogma del Derecho Constitucional que ha llegado hasta nuestros días.

3. Análisis del texto

a. Conceptos

- Próceres: Persona de la primera distinción o constituida en alta dignidad.

b. Resumen del texto

La idea principal del texto alude a que el Estado está constituido por tres clases de poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y que tienen que estar separados e independientes unos de otros.

4. Comentario del texto

Como hemos comentado anteriormente el siguiente texto habla sobre cómo el Estado está divididos en tres tipos de poderes (Legislativo, el “ejecutivo de las cosas pertenecientes al derecho de gentes” (que luego lo denomina ejecutivo del Estado, y el “ejecutivo de las que pertenecen al civil” (que le llamará judicial).

Esta idea-fuerza le sirve a Montesquieu para establecer lo que él considera condición necesaria para la “libertad política de un ciudadano”, esto es: la existencia de seguridad y de libertad. El autor cuestiona con esta afirmación la naturaleza de la monarquía absoluta, un sistema de gobierno donde todo el poder estaba concentrado en una misma persona o institución, el rey, que podía actuar de forma arbitraria y sin ningún tipo de limitación o freno legal; esta ausencia de limitaciones al poder del rey era una fuente de intranquilidad y de inseguridad, ya que el gobierno descansaba en el temor de los súbditos, no sobre su libertad. La libertad y la seguridad son pues, para el autor, la clave de cualquier sistema de gobierno que pretenda

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garantizar la igualdad legal de todos los ciudadanos. Es en el segundo párrafo del texto donde el autor hace esta afirmación.

En el tercer y último párrafo Montesquieu desarrolla la tesis principal de su ensayo: la necesidad de separar los tres poderes del Estado, de manera que no recaigan en una sola persona o institución; sólo esta separación puede garantizar la libertad de los ciudadanos y, lo que es fundamento ideológico de su tesis, la ausencia de despotismo o tiranía. En su análisis el autor argumenta con claridad que la concentración o la suma de varios poderes sólo puede conducir a la opresión y a la arbitrariedad. La frase que mejor concreta esta afirmación es la que dice: “Todo estaría perdido si el mismo hombre, el mismo cuerpo de personas principales, de los nobles o del pueblo, ejerciera los tres poderes (...).” Con esta tesis pone en cuestión uno de los pilares fundamentales del antiguo régimen, la monarquía absoluta, a la que acusa de arbitraria y despótica, en la medida en que el rey es la única institución soberana (“El Estado soy yo”) y de él emanan todos los poderes. Lo que Montesquieu propondrá será un sistema donde la voluntad del rey, poseedora del poder ejecutivo, se vea limitada y contrapesada por un poder legislativo de carácter representativo y un poder judicial independiente que se limite a hacer cumplir las leyes. El modelo en el que se inspirará será el de la monarquía británica, donde una Parlamento representativo actuaba como contrapeso del poder real y compartía con él la soberanía y el gobierno.

5. Crítica del texto

En definitiva, este ensayo fue una obra capital del pensamiento político de la Ilustración y su crítica del despotismo que representaba la monarquía absoluta de origen divino en Francia y en todo el continente europeo. Sus múltiples ediciones lo convertirán en uno de los puntales ideológicos del liberalismo político y de los regímenes constitucionales.El primer estado que fue capaz de llevar a la práctica los postulados de Montesquieu fue la joven república de los EEUU, que en su Constitución proclamaba la separación de poderes como condición necesaria para la libertad y la felicidad de los ciudadanos. En su propio país, Francia, los políticos que llevaron a cabo la revolución a partir de 1789 se inspiraron directamente en él. La posterior construcción de regímenes constitucionales en toda Europa, lo convirtieron en un dogma del Derecho Constitucional que ha llegado hasta nuestros días.Pero, junto a este componente innovador, no puede olvidarse el carácter conservador de la monarquía limitada que proponía Montesquieu, en la que procuró salvaguardar el declinante poder de los grupos privilegiados (como la nobleza, a la que él mismo pertenecía), aconsejando, por ejemplo, su representación exclusiva en una de las dos cámaras del Parlamento. Aún así, su legado sigue siendo fundamental para entender el delicado sistema de equilibrios y contrapoderes que constituyen la esencia de las democracias contemporáneas.

6. Bibliografía

- www.rae.es

- Libro de texto de Ciencias Sociales 4º ESO Editorial Edelvives