Comisión Ad Fonavi

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Comisión AD-HOC La Comisión Ad Hoc, de acuerdo a la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, la conforman: Dos (2) representantes del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF Un (1) representante del Ministerio de la Presidencia (*) Dos (2) representantes de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT Dos (2) representantes de la Oficina de Normalización Previsional – ONP Tres (3) representantes de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú – ANFPP (*) Desactivado mediante Decreto Legislativo N° 560 "Ley del Poder Ejecutivo" del 28/03/1990 y su modificatoria Decreto Legislativo N° 563 La Comisión Ad Hoc la integran actualmente: Sr. Salvador Edilberto Medina Prada, representante de la ONP. Dr. Guillermo Paredes San Román, representante de la ONP. Dr. Juan Carlos Zecenarro Monge, representante del MEF. Dr. Edgard Eduardo Ortiz Gálvez, representante del MEF. Sr. Raúl Daniel Carrasco Clavijo, representante de la SUNAT. Sra. Ana Milagros Requena Rodríguez, representante de la SUNAT. Sr. Francisco Alcántara Paredes, representante de la ANFPP (Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú). Sr. Jaime Chihuala Peche, representante de la ANFPP (Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú). Sr. Luis Luzuriaga Garibotto, representante de la ANFPP (Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú). COMUNICADO A LOS SEÑORES FONAVISTAS Se pone en conocimiento de los señores Fonavistas que presentaron recursos sobre entrega del Certificado de Reconocimiento de Aportes y Derechos del Fonavista – CERAD, lo siguiente: 1.- La Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, conforme al Plan de Acción aprobado el 12 de abril del presente año, ha establecido un cronograma de proceso y procedimientos en beneficio de los señores Fonavistas, en el marco de lo dispuesto en la citada ley y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2012-EF.

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Comisión AD-HOC La Comisión Ad Hoc, de acuerdo a la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores

que contribuyeron al mismo, la conforman:

Dos (2) representantes del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF

Un (1) representante del Ministerio de la Presidencia (*)

Dos (2) representantes de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT

Dos (2) representantes de la Oficina de Normalización Previsional – ONP

Tres (3) representantes de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú – ANFPP

(*) Desactivado mediante Decreto Legislativo N° 560 "Ley del Poder Ejecutivo" del 28/03/1990 y su modificatoria

Decreto Legislativo N° 563

La Comisión Ad Hoc la integran actualmente:

Sr. Salvador Edilberto Medina Prada, representante de la ONP.

Dr. Guillermo Paredes San Román, representante de la ONP.

Dr. Juan Carlos Zecenarro Monge, representante del MEF.

Dr. Edgard Eduardo Ortiz Gálvez, representante del MEF.

Sr. Raúl Daniel Carrasco Clavijo, representante de la SUNAT.

Sra. Ana Milagros Requena Rodríguez, representante de la SUNAT.

Sr. Francisco Alcántara Paredes, representante de la ANFPP (Asociación Nacional de Fonavistas de los

Pueblos del Perú).

Sr. Jaime Chihuala Peche, representante de la ANFPP (Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del

Perú).

Sr. Luis Luzuriaga Garibotto, representante de la ANFPP (Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del

Perú).

COMUNICADO A LOS SEÑORES FONAVISTAS

Se pone en conocimiento de los señores Fonavistas que presentaron recursos sobre entrega del Certificado de

Reconocimiento de Aportes y Derechos del Fonavista – CERAD, lo siguiente:

1.- La Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que

contribuyeron al mismo, conforme al Plan de Acción aprobado el 12 de abril del presente año, ha establecido un

cronograma de proceso y procedimientos en beneficio de los señores Fonavistas, en el marco de lo dispuesto en la

citada ley y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2012-EF.

2.- Las fases de desarrollo del referido proceso son escalonadas, las cuales se realizarán de acuerdo al siguiente

detalle:

Proceso de identificación.

Pedido de información de aportes a los empleadores.

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Proceso de ingreso del historial laboral.

Recepción de documentación supletoria.

Proceso de emisión de constancias de cuenta individual.

Verificación de aportes en campo y;

Emisión del CERAD (Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista).

Etapa de devolución efectiva de aportes a través de las modalidades establecidas en la Ley (Liquidación de

CERAD).

3.- En tal virtud, los señores Fonavistas deberán sujetarse al citado cronograma de actividades aprobado por la

Comisión AD HOC, por ser el órgano rector del proceso de devolución.

4.- Finalmente cabe señalar, que aún no existe un marco reglamentario para emitir el Certificado de Reconocimiento de

Aportaciones y Derechos del Fonavista – CERAD.

COMISIÓN AD HOC CREADA POR LA LEY N° 29625

Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo.

Page 3: Comisión Ad Fonavi

El proceso de inscripción está abiertoDe acuerdo a lo dispuesto por del Tribunal Constitucional, con fecha 10 de diciembre del 2014, el registro de ex aportantes al Fonavi ha sido reabierto. Para el registro los ex aportantes deben cumplir con presentar el Formulario Nº1, el cual pueden obtenerlo en la página web www.fonavi-st.gob.pe, entregándolo en las ventanillas del Banco de la Nación o realizar su registro directamente en dicha página web o las oficinas que la Comisión Ad Hoc ha establecido para la gestión, en forma gratuita.Lima, 03 de mayo de 2015