COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA...

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Página 1 de 30 ===== COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA. === === COMISIÓN DE GOBIERNO, REGLAMENTOS Y JUSTICIA MUNICIPAL. == DICTAMEN GOB-024/2013.- Q se emite opinión positiva respecto de la iniciativa de la reforma al artículo Cuarto Transitorio del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato. DICTAMEN GOB-025/2013.- se emite opinión positiva respecto de la reforma al artículo 61 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato. DICTAMEN GOB-026/2013.- se emiten observaciones respecto de la reforma, adiciones y derogaciones de diversos artículos a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios. DICTAMEN GOB-STTPC-001/2013.- se crea la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, y en consecuencia se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Reglamento de Administración para el Municipio de Celaya, Gto === COMISIÓN DE SEGURIDAD, TRANSITO, TRANSPORTE Y PROTECCIÓN CIVIL.- ========================================== DICTAMEN STTYPC-049/2013.- Conformidad Municipal otorgada a la empresa que presta el servicio de Seguridad Privada, denominada “CONSORCIO INTERAMERICANO DE SEGURIDAD EMPRESARIAL S. DE R.L. DE C.V.”, =========== COMISIÓN DE EDUCACIÓN ================== DICTAMEN EDU- 003/2013.- aprobación de las Reglas de Operación del Programa Alcalde en tu Escuela. DICTAMEN EDU- 004/2013.- aprobación de las Reglas de Operación del Programa Caminito de la Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato === Recursos Humanos y Servicio Civil de Carrera y de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública ======================================= RHYSCC-HYDA-002/2013.- se valida la Plantilla de personal de la Administración Pública Centralizada por el Periodo del 04 al 17 de Mayo del Año 2013. === ACTA 23/2013 NUMERO VEINTITRES DIAGONAL DOS MIL TRECE ==== En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 11:00 Once horas del día 12 Doce de Junio del año 2013 dos mil trece, fueron presentes en el Salón Cabildos de esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la Décima Séptima Sesión Ordinaria de Ayuntamiento, con fundamento con fundamento en lo dispuesto por la Ley Orgánica DICTAMEN HDA-129/2013.- se autoriza otorgar un apoyo económico único a favor del PATRONATO DE TELEVISION CULTURAL DE GUANAJUATO, A.C DICTAMEN HDA-130/2013.- se autoriza a la Tesorería Municipal, realizar el reintegro del programa Piso Firme 2012. DICTAMEN HDA-131/2013.- se da de baja del inventario Patrimonial un bien mueble, asignado a la Dirección de Policía Municipal. DICTAMEN HDA-132/2013.- se autoriza la Pensión de Jubilación por Vejez, al C. J. GUADALUPE LOPEZ SIERRA. DICTAMEN HDA-133/2013.- se aprueban las Disposiciones de carácter Administrativo para la Terminación de la Gestión de Delegados. DICTAMEN HDA-134/2013.- se autoriza la baja de unos bienes muebles propiedad Municipal asignado a la Dirección General de Desarrollo Social. DICTAMEN HDA-135/2013.- se revoca el Dictamen HDA-098/2013, que autorizó un apoyo económico para la X Expo Nacional de la Cabra, el Queso y la Cajeta. DICTAMEN HDA-136/2013.- se aprueba la 1ª Primera Modificación al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Ejercicio Fiscal 2013.

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===== COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA. ===

=== COMISIÓN DE GOBIERNO, REGLAMENTOS Y JUSTICIA MUNICIPAL. ==

DICTAMEN GOB-024/2013.- Q se emite opinión positiva respecto de la iniciativa de la reforma al artículo Cuarto Transitorio del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato. DICTAMEN GOB-025/2013.- se emite opinión positiva respecto de la reforma al artículo 61 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato. DICTAMEN GOB-026/2013.- se emiten observaciones respecto de la reforma, adiciones y derogaciones de diversos artículos a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios. DICTAMEN GOB-STTPC-001/2013.- se crea la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, y en consecuencia se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Reglamento de Administración para el Municipio de Celaya, Gto

=== COMISIÓN DE SEGURIDAD, TRANSITO, TRANSPORTE Y PROTECCIÓN CIVIL.- ==========================================

DICTAMEN STTYPC-049/2013.- Conformidad Municipal otorgada a la empresa que presta el servicio de Seguridad Privada, denominada “CONSORCIO INTERAMERICANO DE SEGURIDAD EMPRESARIAL S. DE R.L. DE C.V.”,

=========== COMISIÓN DE EDUCACIÓN ==================

DICTAMEN EDU- 003/2013.- aprobación de las Reglas de Operación del Programa Alcalde en tu Escuela. DICTAMEN EDU- 004/2013.- aprobación de las Reglas de Operación del Programa Caminito de la Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato

=== Recursos Humanos y Servicio Civil de Carrera y de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública =======================================

RHYSCC-HYDA-002/2013.- se valida la Plantilla de personal de la Administración Pública Centralizada por el Periodo del 04 al 17 de Mayo del Año 2013.

=== ACTA 23/2013 NUMERO VEINTITRES DIAGONAL DOS MIL TRECE ====

“En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 11:00 Once horas del día 12

Doce de Junio del año 2013 dos mil trece, fueron presentes en el Salón Cabildos de

esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la Décima Séptima Sesión Ordinaria de

Ayuntamiento, con fundamento con fundamento en lo dispuesto por la Ley Orgánica

DICTAMEN HDA-129/2013.- se autoriza otorgar un apoyo económico único a favor del PATRONATO DE TELEVISION CULTURAL DE GUANAJUATO, A.C

DICTAMEN HDA-130/2013.- se autoriza a la Tesorería Municipal, realizar el reintegro del programa Piso Firme 2012. DICTAMEN HDA-131/2013.- se da de baja del inventario Patrimonial un bien mueble, asignado a la Dirección de Policía Municipal. DICTAMEN HDA-132/2013.- se autoriza la Pensión de Jubilación por Vejez, al C. J. GUADALUPE LOPEZ SIERRA. DICTAMEN HDA-133/2013.- se aprueban las Disposiciones de carácter Administrativo para la Terminación de la Gestión de Delegados. DICTAMEN HDA-134/2013.- se autoriza la baja de unos bienes muebles propiedad Municipal asignado a la Dirección General de Desarrollo Social. DICTAMEN HDA-135/2013.- se revoca el Dictamen HDA-098/2013, que autorizó un apoyo económico para la X Expo Nacional de la Cabra, el Queso y la Cajeta. DICTAMEN HDA-136/2013.- se aprueba la 1ª Primera Modificación al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Ejercicio Fiscal 2013.

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Municipal en sus Artículo 61, 62, 63; así como los numerales 22, 23 y 26 del Reglamento

Interior, los Ciudadanos Presidente Municipal C. Ismael Pérez Ordaz, Síndicos: C. Salvador

Ortega Estrada, C. Eduardo Guillen Hernández, Regidores, C. Dulce María Gallego

Hinojosa, C. Antonio Rodríguez Alvarado, C. Rebeca Lomelin Velasco, C. Rosa Isela

Hernández Herrera, C. David Alfonso Orozco Pérez, C. Arq. José Alberto Pérez Quiroga, C.

Rodolfo Segura Montes, C. Rubén Guerrero Merino, C. Georgina Suárez Díaz, C. Martha

Guadalupe Gomez Cruces, C. Marco Heroldo Gaxiola Romo, C. Francisco Eduardo Briseño

Domínguez, así como el Secretario del Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez. =====

PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. ====================

En uso de la voz el C. Vicente Caracheo Gómez, Secretario del H. Ayuntamiento, informa

al C. Ismael Pérez Ordaz, Presidente Municipal, que se encuentra el total de los

integrantes del Ayuntamiento, por lo que procede a declarar válida la Décima Séptima

Sesión Ordinaria de Ayuntamiento. ================================

PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- ===================

En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, da lectura al Orden del Día con la cual se

regirá la presente Sesión, misma que contempla los siguientes puntos: 1.- Lista de

Presentes. 2.- Declaración de Quórum legal. 3.- Aprobación del Orden del Día. 4.- Lectura

y Aprobación de las actas anteriores. 5.- Dictámenes y asuntos de comisiones. 6.- Asuntos

Generales. 7.- Clausura de la Sesión, Terminada la lectura, el Secretario del Ayuntamiento

C. Vicente Caracheo Gómez, somete a votación del Pleno el contenido del Orden del Día,

misma que se aprueba por unanimidad de los presentes. ===================

PUNTO NUMERO CUATRO.- LECTURA Y APROBACIÓN DE LAS ACTAS

ANTERIORES. ========================================

En esta ocasión se dejará pendiente la aprobación del acta anterior. =============

PUNTO NUMERO CINCO.- DICTÁMENES Y ASUNTOS DE COMISIONES: ======

COMISION DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA.- En uso de la voz el

Síndico C. Salvador Ortega Estrada, Presidente de la Comisión, solicita al Secretario del

H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del Pleno la

propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los dictámenes

a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se somete a

consideración del pleno la propuesta del Sindico, misma que se aprueba por unanimidad

de los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente el dictamen de

Hacienda. ================================================

DICTAMEN HDA-129/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza otorgar un apoyo económico único a favor del

PATRONATO DE TELEVISION CULTURAL DE GUANAJUATO, A.C. CONSIDERANDO.- 1.-

Que con la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c), último párrafo de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución

Política del Estado de Guanajuato y el artículo 76, fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato, el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer

los recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por quien

este autorice conforme a la Ley. 2.- Conforme a lo establecido por la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126, establece la prohibición de realizar

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algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato, en su artículo 201, establece que ningún gasto podrá

efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga

saldo disponible para cubrirlo. 3.- Conforme a lo establecido por el artículo 69 de la Ley

para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de

Guanajuato, es competencia del Ayuntamiento resolver todas las propuestas de creación y

modificación de sus respectivos presupuestos. 4.- Que mediante oficio: 0509/2013 ref.

COR/53716 (Fol.005204) de fecha 15 de mayo del 2013, suscrito por el Presidente

Municipal, Ismael Pérez Ordaz, remite escrito, suscrito por el C. OCTAVIO ARVIZU

VILLEGAS, mediante el cual expone, que Canal Once TV cumplirá 25 años de

transmisiones el próximo mes de noviembre, tiene una deuda histórica con el SAT desde

hace 15 años, actualmente el SAT tiene un programa de actualización y condonación de

multas dicho programa estará vigente durante este mes. 5.- Por este motivo solicita un

apoyo económico por la cantidad de $40,000.00 (Cuarenta mil pesos 00/100 m.n.) para

poder cubrir el adeudo con el SAT. El Canal y su servidor agradecemos su ayuda, la cual

es muy necesaria. 6.- La cantidad a condonar por el SAT es de $700,000.00 (Setecientos

mil pesos 00/100 m.n.). Documentos que se anexan y se tienen por reproducidos como si

a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con la facultad que otorga el artículo 81 de

la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- Se autoriza otorgar un apoyo económico único por la cantidad de $40,000.00

(CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), a favor del PATRONATO DE TELEVISION

CULTURAL DE GUANAJUATO, A.C., a través de su presidente el C. OCTAVIO ARVIZU

VILLEGAS. Lo anterior con la finalidad de liquidar el adeudo ante el SAT. SEGUNDO.- Se

instruye a la Oficialía Mayor dar cumplimiento a lo establecido en el punto anterior,

elaborando el convenio correspondiente con cargo a la cuenta 31111-0601-0136-4411

Ayudas, Gastos relacionados con actividades culturales, deportivas y de ayuda

extraordinaria. TERCERO.- Se instruye a la Tesorería Municipal hacer el pago

correspondiente de conformidad al resolutivo primero. CUARTO.- Se instruye a la

Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128

fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.-

Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su

aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para

su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, en fecha 03 de junio de 2013, Finalizada la lectura del dictamen anterior, el

Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a

votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ================

DICTAMEN HDA-130/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza a la Tesorería Municipal, realizar el reintegro del

programa Piso Firme 2012. CONSIDERANDO.- 1.- Con la facultad que confiere el

artículo 115 fracción IV inciso c) último párrafo de la Constitución Política de los estados

Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato y el

artículo 76 fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato. 2.- Que conforme a lo establecido por la Constitución Política de los Estados

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Unidos Mexicanos en su artículo 126 establece la prohibición de realizar algún pago que

no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato, en su artículo 235 establece que ningún gasto podrá efectuarse sin que

exista partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para

cubrirlo. 3.- Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y

Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, es

competencia del Ayuntamiento resolver toda propuesta de creación y modificación de sus

respectivos presupuestos. 4.- Que mediante Oficio 1005/2013 de fecha 29 de mayo del

2013, suscrito por el Director General de Desarrollo Social, Lic. Carlos Raymundo López

González, mediante el cual hace referencia al Programa para el Desarrollo de Zonas

Prioritarias (PDZP) con los Sub-programas Piso Firme Ejercicio 2012, solicita se autorice

reintegrar dicho programa por la cantidad de $209,883.07 (Doscientos nueve mil

ochocientos ochenta y tres pesos 07/100 m.n.) más intereses. Dicho trámite se realizaría a

través de la cuenta presupuestaria 31111-0305-0026-4411 de la partida Programa de

Mejoramiento de Vivienda “Piso Firme” 2013. Asimismo se agrega copia del oficio núm.

GTO-13/131/720/0120, emitido por la Secretaria de Desarrollo Social (SEDESOL)

Delegación Guanajuato, del cual se comenta que este reintegro surgió porque no fue

validada la modificación de la obra de dicho programa. 5.- Documentos que se anexan y

se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo anteriormente expuesto

y con fundamento el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza el reintegro del

Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias con el Sub-programa Piso Firme 2012,

por la cantidad de $209,883.07 (Doscientos nueve mil ochocientos ochenta y tres pesos

07/100 m.n.), mas los interés que correspondan al momento del reintegro. SEGUNDO.-

Se instruye a la Tesorería Municipal dar cumplimiento a lo establecido en el resolutivo

anterior, con cargo a la cuenta presupuestaria 31111-0305-0026-4411 de la partida

Programa de Mejoramiento de Vivienda “Piso Firme” 2013. TERCERO.- Se instruye a la

Dirección General de Desarrollo Social integre toda la documentación necesaria para dar

cumplimiento al resolutivo primero. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del H.

Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción V de la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.- Sométase a la

consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación.

SEXTO.-Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida

constancia los integrantes de la comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en

fecha 03 de junio del 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.

Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,

mismo que se aprueba por unanimidad. =============================

DICTAMEN HDA-131/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, para dar de baja del inventario Patrimonial un bien mueble, asignado a la

Dirección de Policía Municipal. CONSIDERANDO.- 1.- Con fundamento en el artículo 115

fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117

fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales establecen

que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio

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conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá

entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. 2.-

Que en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha 05 de

octubre del 2012, se aprobó el Dictamen HDA-671/2012 de fecha 24 de septiembre del

2012, emitido por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, mediante el cual

se autoriza a la Dirección General de Policía Municipal llevar a cabo la destrucción de

prendas y artículos de Policía. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si

a la letra se insertare. 3.- Ahora bien, con Oficio: 0876/2013-DCP, de fecha 17 de mayo

de 2013, suscrito por la Tesorero Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio

y Cuenta Pública la baja de un Chaleco Antibalas con clave de inventario 1232-4416-

01106-U, como se menciona en el Dictamen HDA-671/2012. Documento que se tiene por

anexado y reproducido como si a la letra se insertare. 4.- Por lo anterior y en virtud de

que dicho bien ya no existe físicamente, se dictamina como pérdida total, además de que

se cumple con los criterios de baja del bien mueble, motivo por los cual se hace ineludible

las baja del mismo. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76

fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para

aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el

artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se

aprueba dar de baja, del padrón de bienes muebles propiedad Municipal, un Chaleco

Antibalas con clave de inventario número 1232-4416-01106-U, asignado a la Dirección de

Policía. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar el trámite

correspondiente para la baja del bien antes mencionado del Registro del Padrón de Bienes

Muebles Propiedad Municipal. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Honorable

Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el

artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente

Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica en fecha 03 de Junio de 2013. Finalizada la lectura

del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,

procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ====

DICTAMEN HDA-132/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión de Jubilación por Vejez, al C. J.

GUADALUPE LOPEZ SIERRA. CONSIDERANDO.- 1.-Que la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato, establece en su artículo 162, fracción VIII que el

Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipal, el ejercicio de los derechos

que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. 2.- El Reglamento Interior de

Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de Celaya,

Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento de Pensiones

y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia Municipal de Celaya.

3.- Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio D.P.-00384/2013 de fecha 21 de

mayo del 2013, suscrito por los CC. Directora de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de

la Oficialía Mayor, mediante el cual remiten la solicitud de jubilación por vejez del C. J.

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GUADALUPE LOPEZ SIERRA, quien desempeña el puesto de Encargado C nivel dos en

la Dirección de Servicios Municipales. En virtud de que la persona referida tiene a la fecha

una antigüedad de 28 años de servicios ininterrumpidos y 60 años de edad, es de

otorgarse la pensión por el equivalente al 90% de su salario toda vez que cubrió los

requisitos señalados en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones en su artículo 11. Por

lo que se solicita poner a consideración del H. Ayuntamiento en la próxima sesión de

cabildos para su aprobación. Su pensión mensual ascienda a un monto de $4,704.00

(cuatro mil setecientos cuatro pesos 00/100 m.n.). Documentos que se anexan al presente

Dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo antes

expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se otorga una Pensión de

Jubilación por Vejez al C. J. GUADALUPE LOPEZ SIERRA, por el equivalente al 90% de

su salario mensual. Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún otro régimen.

SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor para que a través de la Dirección de

Personal, efectúe la baja en nómina y se de la alta como pensionado al C. J.

GUADALUPE LOPEZ SIERRA, en la catorcena inmediata siguiente a la notificación de la

aprobación del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H.

Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción V de la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la

consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación.

QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida

constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en

fecha 03 de junio de 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.

Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,

mismo que se aprueba por unanimidad. =========================

DICTAMEN HDA-133/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se aprueban las Disposiciones de carácter Administrativo para la

Terminación de la Gestión de Delegados. CONSIDERANDO.- 1.- Que el día 10 de abril

del 2013, concluye el período de gestión de los Delegados Municipales de las diferentes

comunidades que integran el Municipio de Celaya, Gto., entrando en funciones la nueva

administración de Delegados, conforme a lo dispuesto por el artículo 141 de la Ley

Orgánica Municipal para el estado de Guanajuato. 2.- Que los Delegados y Subdelegados

Municipales son autoridades auxiliares del Ayuntamiento y del Presidente Municipal, en la

demarcación territorial asignada a la Delegación. Y podrán ser nombrados o ratificados por

el Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal dentro de los 6 seis meses

siguientes a la Instalación del Ayuntamiento, o bien, el Presidente municipal podrá optar

por realizar una consulta pública previa a los habitantes de la Delegación. 3.- Que dada la

naturaleza de las funciones que desempeñan los Delegados, como auxiliares del

Ayuntamiento y del Presidente Municipal, no están tutelados por la Ley del Trabajo de los

Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios vigente en Guanajuato. Por

tal motivo, se considera conveniente, otorgar a los delegados municipales que terminan su

gestión una prestación por sus servicios, mismo que estará sujeto a las presentes

Disposiciones Administrativas. 4.- Que el establecimiento de la prestación por término del

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encargo, precisa la definición de los criterios y montos a que habrá de sujetarse, con el

propósito de otorgar certeza y objetividad a dicha medida. 5.- Que el artículo 6 de la Ley

del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y Municipios de Guanajuato

establece: “Art.- 6.- Son trabajadores de confianza los que realizan trabajos de Dirección,

Inspección, Vigilancia o Fiscalización, cuando tengan carácter general, siendo, entre otros:

...IV en los Municipios: Los Secretarios del Ayuntamiento y sus Secretarios Particulares, el

Secretario Particular de los Presidentes, el Tesorero y el Oficial Mayor, los Directores Y

Subdirectores que integran la administración centralizada, los titulares de los órganos de

gobierno o administración de las entidades paramunicipales. Por lo anteriormente

expuesto y con fundamento en las disposiciones legales y con la facultad que otorga el

artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión:

RESUELVE.- PRIMERO.- Se aprueban las Disposiciones de carácter Administrativo para

la Terminación de la Gestión de Delegados, como sigue: DISPOSICIONES

ADMINISTRATIVAS: Artículo 1.- Los Delegados Municipales, que se separen del

encargo con motivo del cambio de Delegados, mismo que concluye el 10 de abril del 2013,

tendrán derecho a recibir por única vez y en una sola exhibición una prestación por sus

servicios de acuerdo con lo siguiente: Fracción I.- Los Delegados Municipales que tengan

una antigüedad igual o mayor a 3 años de servicio inmediatamente anterior a la

separación, la prestación por sus servicios consistirá en el equivalente a 3 meses de salario

base. Fracción II.- Los Delegados Municipales que tengan un antigüedad menor a 3 años

de servicio inmediatamente anterior a la separación, el monto de la prestación por sus

servicios consistirá en una cantidad proporcional al tiempo de servicios prestados, sobre

los 3 meses a que se refiere la fracción anterior. Artículo 2.- Los Delegados Municipales

que continúen en su encargo, no tendrán derecho a recibir dicha prestación por sus

servicios. Artículo 3.- Los Delegados Municipales que hayan recibido la prestación por sus

servicios a que se refieren estas Disposiciones generales, y se reincorporen al servicio en

un plazo no mayor a 3 meses, deberán reintegrar al Municipio, la parte proporcional al

tiempo que faltaba para concluir dicho plazo, respecto de los tres meses otorgados.

TRANSITORIOS.- Artículo Primero.- Las presentes disposiciones administrativas entrarán

en vigor a partir del día 01 de Abril del 2013. Artículo Segundo.- Los Subdelegados de las

Comunidades de: Rincón de Tamayo, San Juan de la Vega, San miguel Octopan, Roque y

Tenería del Santuario, tendrán derecho a la prestación. SEGUNDO.- Se instruye al

Secretario del H. Ayuntamiento, informe a las Dependencias involucradas de las

Disposiciones de carácter Administrativo para la Terminación de la Gestión de Delegados.

TERCERO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente

Dictamen para su aprobación. CUARTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 03 de junio del 2013. Finalizada la lectura

del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,

procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ====

DICTAMEN HDA-134/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, referente a la modificación al Dictamen HDA-673/2012, mediante el cual se

autorizo la baja de unos bienes muebles propiedad Municipal asignado a la Dirección

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General de Desarrollo Social. CONSIDERANDO.- 1.- Que en la Septuagésima Quinta

Sesión Ordinaria de fecha 05 de octubre del 2012, mediante el Dictamen HDA-673/2012

de fecha 24 de septiembre del 2012, el H. Ayuntamiento de Celaya, Guanajuato, aprobó

dar de baja del inventario patrimonial unos bienes muebles asignado a la Dirección

General de Desarrollo Social; por lo que el citado Dictamen contiene 2 (dos) errores

involuntarios, los cuales corresponden a la clave de inventario, citados en el Considerando

número 5 (cinco) y Resolutivo Primero. 2.- Por lo anterior, la Tesorero Municipal solicita a

la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública mediante Oficio: 0876/2013-DCP de

fecha 22 de mayo de 2013, se estudie y dictamine un Adendum al Dictamen HDA-

673/2012 sobre la baja del Padrón Municipal de 2 cámaras fotográficas por robo al área de

Desarrollo Social. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se

insertare. 3.-Por lo que con la facultad que nos otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato; esta Comisión resuelve corregir tales errores y se

emite la siguiente modificación: PRIMERO.- Se modifica el Considerando número 5

(cinco) y el Resolutivo Primero del Dictamen HDA-673/2012 de fecha 24 de septiembre del

2012, aprobado en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria, de fecha 05 de octubre del

2012, que a la letra: En el Considerando número 5 (cinco) del Dictamen HDA-673/2012

que a la letra dice: PRIMERO.-…mediante el cual solicita a la Comisión de Hacienda del

H. Ayuntamiento la baja del Padrón Municipal de los siguientes activos, los cuales se

detalla a continuación: ====================================

ARTICULO CARACTERISTICAS CLAVE DE

INVENTARIO RESPONSABLE VALOR

CÁMARA

FOTOGRAFICA

DIGITAL CON

SERIE 974230915

1244-6200-00141-

Q

JUAN CASTRO

VARGAS $1,704.35

CÁMARA

FOTOGRAFICA

DIGITAL CON

SERIE 974036513

1244-6000-

00140-Q

GUADALUPE

ARREGUÍN

JIMÉNEZ

$1,704.35

DEBE DECIR: PRIMERO.- mediante el cual solicita a la Comisión de Hacienda del H.

Ayuntamiento la baja del Padrón Municipal de los siguientes activos, los cuales se detalla a

continuación: ==============================================

ARTICULO CARACTERISTICAS CLAVE DE

INVENTARIO RESPONSABLE VALOR

CÁMARA

FOTOGRAFICA

DIGITAL CON

SERIE 974230915

1244-6200-00141-

Q

JUAN CASTRO

VARGAS $1,704.35

CÁMARA

FOTOGRAFICA

DIGITAL CON

SERIE 974036513

1244-6200-

00140-Q

GUADALUPE

ARREGUÍN

JIMÉNEZ

$1,704.35

En el Resolutivo Primero del Dictamen HDA-673/2012 que a la letra dice:

PRIMERO.-Se aprueba dar de baja, del padrón de bienes muebles propiedad Municipal, los

siguientes artículos: ==========================================

ARTICULO CARACTERISTICAS CLAVE DE INVENTARIO

VALOR FACTURA

CÁMARA CÁMARA DIGITAL DE 6 MEGA PIXELES, CON 1244-6000-00140- $1,704.35

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FOTOGRÁFICA PANTALLA LCD 2.5”, MARCA SAMSUNG, MODELO S630, SERIE 974036513, COLOR PLATA

Q

CÁMARA FOTOGRÁFICA

CÁMARA DIGITAL DE 6 MEGA PIXELES, CON PANTALLA LCD 2.5”, MARCA SAMSUNG, MODELO S630, SERIE 974230915, COLOR PLATA

1244-6200-00141-Q $1,704.35

DEBE DECIR: PRIMERO.- Se aprueba dar de baja, del padrón de bienes muebles

propiedad Municipal, los siguientes artículos: ========================

ARTICULO CARACTERISTICAS CLAVE DE INVENTARIO

VALOR FACTURA

CÁMARA FOTOGRÁFICA

CÁMARA DIGITAL DE 6 MEGA PIXELES, CON PANTALLA LCD 2.5”, MARCA SAMSUNG, MODELO S630, SERIE 974036513, COLOR PLATA

1244-6200-00140-Q $1,704.35

CÁMARA FOTOGRÁFICA

CÁMARA DIGITAL DE 6 MEGA PIXELES, CON PANTALLA LCD 2.5”, MARCA SAMSUNG, MODELO S630, SERIE 974230915, COLOR PLATA

1244-6200-00141-Q $1,704.35

SEGUNDO.- Queda intacto el resto del Dictamen HDA-673/2012, de fecha 24 de

septiembre del 2012, aprobado en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria, de

fecha 05 de octubre del 2012. TERCERO.- Se instruye a la Tesorera Municipal, realice

las correcciones de baja necesarios en el Padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal.

CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del Honorable Ayuntamiento para su

aprobación el presente Dictamen QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo

resolvieron por Unanimidad de los presentes y firmaron para su debida constancia los

integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica, el 03 de Junio de

2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C.

Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se

aprueba por unanimidad. =======================================

DICTAMEN HDA-135/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se revoca el Dictamen HDA-098/2013, que autorizó un apoyo

económico para la X Expo Nacional de la Cabra, el Queso y la Cajeta. CONSIDERANDO.-

1.- Que en la Decima Cuarta Sesión Ordinaria de Ayuntamiento de fecha 26 de abril del

2013, se aprobó el Dictamen HDA-098/2013, mediante el cual se autorizó un apoyo

económico único como préstamo a favor de la Feria de Celaya, para la realización del

evento de la X Expo Nacional de la Cabra, el Queso y la Cajeta, por un importe de hasta

$100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 m.n.). 2.- Ahora bien, mediante oficio No.

D/447/2013 de fecha 24 de mayo del 2013, suscrito por el L.C.C. Edgardo Álvarez Rueda,

Director de la Feria de Celaya, y con relación al evento de la X Expo Nacional de la Cabra,

el Queso y la Cajeta, y que se nos apoyo con spots de radio y espectaculares en diferentes

puntos de la ciudad; sin embargo el apoyo económico que fue autorizado por la Comisión

de Hacienda, por los tiempos en que fue autorizado ya no fue necesario que se utilizará,

toda vez que los conceptos con los que se había etiquetado ese apoyo ya había sido

cubierto por el Patronato en fechas anteriores, esto para asegurar las fechas

oportunamente, por lo cual reiteramos nuestro agradecimiento de todas estos apoyos y

confiamos que en eventos subsecuentes podamos seguir contando con su apoyo. 3.- Por

lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 81 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato, y 52 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento

de Celaya , Gto., esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se revoca el Dictamen HDA-

098/2013 aprobado en la Decima Cuarta Sesión Ordinaria de Ayuntamiento de fecha 26 de

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abril del 2013. SEGUNDO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el

presente Dictamen para su aprobación. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H.

Ayuntamiento a que de cumplimiento al artículo 128 fracción V del La Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así

lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 03 de junio del 2013. Finalizada la lectura

del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,

procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ====

DICTAMEN HDA-136/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se aprueba la 1ª Primera Modificación al Presupuesto de

Ingresos y Egresos del Ejercicio Fiscal 2013. CONSIDERANDO.- 1.- Con la facultad que

confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c) último párrafo de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política para el Estado de

Guanajuato y el artículo 76 fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos que

integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa ó bien, por quien este autorice

conforme a la Ley. 2.- Atendiendo a la existencia del artículo 126 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos en concordancia con el artículo 134 de la

Constitución Política para el Estado de Guanajuato, no se podrá realizar ningún pago que

no esté aprobado presupuestalmente, por lo tanto de acuerdo con el artículo 235 de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, es necesario proporcionarle suficiencia

presupuestal a cada uno de los egresos. 3.- De conformidad en lo dispuesto en los

artículos 56, 57 y 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el

Estado y los Municipios de Guanajuato; los cuales señalan que: “En la ejecución del gasto

público, los sujetos de la Ley deberán realizar sus actividades con sujeción a los

programas aprobados en los presupuestos de egresos, que correspondan a sus prioridades

y estrategias; además que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa

del presupuesto que lo autorice y precisa que todas las propuestas de creación o

modificación de partidas a sus respectivos presupuestos de egresos, deberán ser

autorizadas por el Ayuntamiento. 4.- En ese sentido la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, establece en sus artículos 233 y 234 que la presupuestación del

gasto público municipal, atenderá a los objetivos y prioridades que señale el Programa de

Gobierno Municipal y los programas derivados de éste, observando los principios de

racionalidad, austeridad y disciplina del gasto público. 5.- Así mismo el artículo 24,

segundo párrafo, de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el

Estado y los Municipios de Guanajuato, establece; “Los presupuestos de egresos de los

Municipios serán los que aprueben los Ayuntamientos para el ejercicio fiscal que

corresponda a iniciativa de los presidentes municipales”. 6.- Que en fecha 21 de

diciembre del 2012, en la Séptima Sesión Ordinaria, el H. Ayuntamiento de Celaya,

Guanajuato; aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2013, el

cual refleja un total de Ingresos por la cantidad de $984’009,014.00 (NOVECIENTOS

OCHENTA Y CUATRO MILLONES NUEVE MIL CATORCE PESOS 00/100 M.N.), y

$984’009,014.00 (NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES NUEVE MIL CATORCE

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PESOS 00/100 M.N.) de Egresos. De lo anterior se desprende el equilibrio entre el Ingreso

y el Egreso contemplado en el artículo 234 fracción I de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato. 7.- Ahora bien, en fecha 11 de junio del 2013, ésta Comisión

recibió el oficio No.- 102/2013/DCP, suscrito por la Presidente Municipal, mediante el cual

presenta la propuesta de la 1ª Primera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2013;

misma que se analizó y discutió en reuniones de la Comisión, de fechas 11 de junio del

2013, Documento que se anexa al presente Dictamen y se tiene por reproducido como si a

la letra se insertare. Atendiendo a los objetivos y prioridades de los Programas del

Municipio y observando los principios de racionalidad, austeridad y disciplina del gasto

público por lo expuesto anteriormente y con fundamento en el Articulo 81 de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión; RESUELVE:

PRIMERO.- Se aprueba la 1ª Primera Modificación al Presupuesto de Ingresos y Egresos

del Ejercicio Fiscal 2013, mediante el documento anexo y quedando de la siguiente

manera: ================================================

PRIMERA MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2013

RESUMEN INGRESOS-EGRESOS

CRI-COG 1ra Modificación

** 10 Impuestos 183,975,117.60

** 30 Contribuciones de mejoras 16,212,947.00

** 40 Derechos 54,183,981.00

** 50 Productos 113,125,924.84

** 60 Aprovechamientos 187,139,389.05

** 80 Participaciones y Aportaciones 652,933,443.00

SUBTOTAL 1,207,570,802.49

90 Deuda por financiamiento -

Remanentes de años anteriores 63,090,686.63

*** Rubros de Ingreso 1,270,661,489.12

** 1000 Servicios Personales $ 413,928,611.75

** 2000 Materiales y Suministros $ 71,919,182.42

** 3000 Servicios Generales $ 184,177,534.51

** 4000 Transf, Asign, Subsidios y Otr $ 244,211,210.46

** 5000 Bienes Muebles, Inmuebles, Intan $ 83,346,812.60

** 6000 Inversión Pública 261,733,464.38

** 9000 Deuda Pública $ 11,344,673.00

*** Capítulos de Gasto 1,270,661,489.12

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PROGRAMATICO DE EGRESOS 2013

Clas. por Objeto 1ra Modificación

*** 31111-0101 PRESIDENCIA 9,654,192.56

** 0036 GESTION CIUDADANA 4,241,241.33

** 0037 ATENCIONES DEL PRESIDENTE 4,462,155.88

** 0038 MODULO DE ATENCION P 650,795.35

** 0039 PROGRAMA INFORME DE GOBIERNO 300,000.00

*** 31111-0102 SINDICOS Y REGIDORES 11,554,748.54

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 11,554,748.54

*** 31111-0103 C. SALVADOR ORTEGA 274,411.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 274,411.00

*** 31111-0104 LIC. EDUARDO GUILLEN 274,411.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 274,411.00

*** 31111-0105 C. DULCE MARÍA GALLE 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0106 C. ANTONIO RODRÍGUEZ 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0107 C. REBECA LOMELIN VE 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0108 ING. ROSA ISELA HERN 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0109 LIC. DAVID ALFONSO O 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0110 ARQ. JOSÉ ALBERTO PÉ 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0111 ARQ. RODOLFO SEGURA 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0112 LIC. RUBÉN GUERRERO 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0113 C. MARTHA GUADALUPE 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0114 C. GEORGINA SUAREZ DÍAZ 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0115 C. MARCO HEROLDO GAX 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0116 C.P. FRACISCO EDUARD 269,969.00

** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00

*** 31111-0201 DESARROLLO ECONOMICO 16,186,477.76

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** 0002 PROG.ATRACCION DE INVERSIONES 7,962,849.82

** 0003 MIPYMES Y MEJORA REGULATORIA 7,493,539.21

** 0185 COORD DE TURISMO 730,088.73

*** 31111-0301 DESARROLLO SOCIAL 12,556,294.92

** 0005 GASTOS ADMINISTRATIVOS 8,519,058.92

** 0161 PROG APOYO AL EMPRENDEDOR 4,000,000.00

** 0182 CENTRO COMUNITARIO V 34,800.00

** 0184 CENTRO COMUNITARIO V 2,436.00

*** 31111-0302 COORD. DE PARTICIPAC 9,808,506.76

** 0008 ATENCIÓN CIUDADANA 2,925,990.76

** 0010 PROG. MEJORAMIENTO DE VIV TECHO DIGNO -

** 0013 PORG. HABITAT 4,782,516.00

** 0014 PROG. RESCATE DE ESP 2,100,000.00

*** 31111-0303 COORD. DE EDUCACIÓN 18,816,215.81

** 0015 GASTOS ADMINISTRATIVOS 12,246,079.71

** 0208 PROG. ESCUELAS DE CALIDAD 1,530,000.00

** 0016 ESPACIOS INTERACTIVOS 5,040,136.10

*** 31111-0304 COORD. DE SALUD 4,095,541.13

** 0017 CONTROL Y FOMENTO SA 2,556,511.88

** 0018 PREVENCION Y CONTROL DE RABIA 1,539,029.25

*** 31111-0305 COORD. DE DESARROLLO 55,008,619.78

** 0020 GASTOS ADMINISTRATIVOS 6,750,442.91

** 0022 PROG. CAMINO SACACOSECHAS 1,717,500.00

** 0023 PROG. BORDERIA 420,000.00

** 0024 PROG. TU CASA 10,000,000.00

** 0025 PROG. EMPLEO TEMPORAL 6,000,000.00

** 0026 PROG. MEJORAMIENTO DE VIV PISO FIRME -

** 0027 PROG. MEJORAMIENTO DE VIV TECHO SEGURO 6,348,416.00

** 0031 PROG. ACTIVOS PRODUCTIVOS -

** 0163 PROG. TU CASA PROYECTOS ESPECIALES 5,372,260.87

** 0179 PROGRAMA FOGONES ECOLOGICOS -

** 0180 PROGRAMA BAÑOS DIGNOS -

** 0187 OPCIONES PRODUCTIVAS 2,000,000.00

** 0188 PROG APOYO A SEQUIAS 2,000,000.00

** 0189 OBRA JORNALEROS AGRICOLAS -

**0206 PROG. MEJORAMIENTO DE VIVIENDA ENJARRES 400,000.00

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**0207 PROG 3 X 1 EMPLEO TEMPORAL 14,000,000.00

**0192 APOYO POR CONVENIOS -

*** 31111-0306 INFRAESTRUCTURA DEPO 5,066,651.41

** 0033 GASTOS ADMINISTRATIVOS 1,118,694.61

** 0034 MANTENIMIENTO DE 3,947,956.80

*** 31111-0307 COORD. ADMINISTRATIVA 757,832.28

** 0035 GASTOS OPERATIVOS 757,832.28

*** 31111-0401 COMUNICACIÓN E IMAGEN 9,023,039.15

** 0040 COMUNICACIÓN SOCIAL 9,023,039.15

*** 31111-0402 EVENTOS ESPECIALES 5,037,711.97

** 0041 RELACIONES PÚBLICAS 5,037,711.97

*** 31111-0501 SRIA. DEL H. AYUNTAM 32,645,640.73

** 0042 SESIONES DE H.AYUNTAMIENTO 12,509,001.84

** 0043 COORDINACIÓN DE DELEGADOS 11,445,819.12

** 0044 JUECES CALIFICADORES 2,657,462.86

** 0045 PROG. SERVICIO MILIT 252,976.03

** 0158 PROG. PREVENTIVOS Y 2,235,206.56

** 0159 COORD. DE AGUA POTA 3,545,174.31

*** 31111-0502 DIRECCIÓN JURIDICA 55,254,233.55

** 0046 CONTRATOS, TITULACIÓ 55,254,233.55

*** 31111-0503 VENTANILLA DE RELACI 3,556,214.81

** 0048 PASAPORTES Y ASUNTOS 3,556,214.81

*** 31111-0504 UNIDAD MUNICIPAL DE 11,918,060.91

** 0050 PREVENCIÓN. MITIGACI 11,918,060.91

*** 31111-0505 JUZGADOS ADMINISTRAT 1,651,963.39

** 0052 JUSTICIA EXPEDITA 1,651,963.39

*** 31111-0506 DIR. TRANSPORTE Y VI 55,503,401.36

** 0054 SERVICIO DE LICENCI 4,816,885.65

** 0055 PROG. OPERATIVO DE T 43,778,748.85

** 0056 SERVICIO ADMINISTRATIVO 6,907,766.86

*** 31111-0507 INFOPOL 11,257,924.39

** 0057 CARRERA TÉCNICA 11,257,924.39

*** 31111-0508 UNIDAD MUNICIPAL DE 1,847,007.60

** 0058 DIFUSIÓN DE LA UNIDA 1,244,623.97

** 0059 COORDINACIÓN DE ARCHIVOS 602,383.63

*** 31111-0509 SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA 10.00

** 0209 SEGURIDAD PUBLICA 10.00

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*** 31111-0601 OFICIALIA MAYOR 21,651,630.60

** 0060 ADMINISTRACIÓN DE L 13,010,030.60

** 0135 SUBSIDIOS 636,000.00

** 0136 AYUDAS 8,005,600.00

*** 31111-0602 MANTENIMIENTO DE EDI 6,911,878.58

** 0062 MANTENIMIENTO DE BIE 6,911,878.58

*** 31111-0603 RECURSOS HUMANOS 19,476,615.21

** 0063 ADMINISTRACIÓN DE RE 19,476,615.21

*** 31111-0604 JUBILADOS 22,011,330.38

** 0068 JUBILADOS 22,011,330.38

*** 31111-0605 COORD.DE SERVICIO SO 974,354.49

** 0069 SERVICIO SOCIAL Y PR 974,354.49

*** 31111-0606 INNOVACIÓN GUBERNAME 1,662,171.79

** 0070 GASTOS ADMINISTRATIVOS 1,662,171.79

*** 31111-0701 TESORERÍA 32,486,284.74

** 0071 SEGUIMIENTO POA 2012 21,141,611.74

** 0137 DEUDA PÚBLICA 11,344,673.00

*** 31111-0702 CONTABILIDAD 8,127,623.82

** 0073 CONTABILIDAD Y CONTR 8,127,623.82

*** 31111-0703 INGRESOS 9,111,671.10

** 0074 RECAUDACION DE INGRE 9,111,671.10

*** 31111-0704 IMPUESTO INMOBILIARIO 9,758,102.20

** 0075 ADMINISTRACIÓN INMOBILIARIA 9,758,102.20

*** 31111-0705 CATASTRO 5,909,378.14

** 0076 PROG. GEOMÁTICA, PRO 5,909,378.14

*** 31111-0706 COMPRAS 1,640,277.53

** 0078 ACT. PADRON DE PROVE 1,640,277.53

*** 31111-0707 FISCALIZACIÓN 10,401,417.15

** 0080 COMERCIO EN LA VÍA PÚBLICA 1,771,697.24

** 0081 MERCADOS Y TIANGUIS 1,536,249.69

** 0082 ESTAB. COMERCIALES Y 2,930,970.12

** 0083 GASTOS ADMINISTRATIVOS 4,162,500.10

*** 31111-0708 INFORMÁTICA 7,431,767.23

** 0084 PROG.DE DESARROLLO I 4,426,914.16

** 0085 REDES Y TELECOMUNICACIONES 3,004,853.07

*** 31111-0709 CONTROL PATRIMONIAL 4,674,605.62

** 0086 CONTROL DE ACTIVOS 1,687,164.49

** 0087 BIENES MUEBLES 2,987,441.13

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*** 31111-0801 CONTRALORIA 12,063,573.84

** 0090 GASTOS ADMINISTRATIVOS 3,490,747.19

** 0091 AUDITORIAS 6,282,066.42

** 0092 ASUNTOS JURÍDICOS 2,290,760.23

*** 31111-0901 DIRECCION DE OBRAS P 45,833,026.11

** 0093 PROGRAMA ANUAL DE OB 10,371,231.71

** 0094 PROYECTOS, PLANEACIÓ 5,306,587.79

** 0095 SUPERINTENDENCIA DE 30,155,206.61

*** 31111-1001 DESARROLLO URBANO 12,883,884.86

** 0097 DIRECCION GENERAL 3,816,586.16

** 0098 DIRECCIÓN DE CONTROL 3,228,349.38

** 0101 DIRECCIÓN DE FRACCIONAMIENTOS 5,838,949.33

*** 31111-1101 SERVICIOS MUNICIPALES 113,550,669.15

** 0104 ADMINISTRACION 16,315,353.63

** 0105 PROG. MANTTO.Y CONSE 270,698.40

** 0106 CELAYA NUEVA IMAGEN 28,268,504.10

** 0107 RASTRO MUNICIPAL 6,538,933.17

** 0108 CELAYA ILUMINADA 17,470,624.96

** 0109 PANTEONES PÚBLICOS M 4,545,027.08

** 0110 ASEO ADMINISTRATIVO 3,146,705.46

** 0111 BARRIDO MECÁNICO 30,277,424.00

** 0113 OPERACIÓN RELLENO SANITARIO 6,714,672.35

** 0190 PROG OPERACION DE PL 2,726.00

*** 31111-1201 POLICÍA MUNICIPAL 196,155,384.31

** 0116 PROGRAMA OPERATIVO 132,952,824.89

** 0117 PROFESIONALIZACIÓN D 16,792,991.67

** 0118 EQUIPAMIENTO Y TEGNOLOGÍA 26,466,559.00

** 0119 PROG. SUBSEMUN 2013 19,943,008.75

*** 31111-1301 OBRA PUBLICA 309,420,131.69

** 0138 OBRA PÚBLICA RECURSO (MUNICIPAL) 21,868,652.06

** 0139 OBRA PÚBLICA RECURSO (Fondo 1) 53,858,573.00

** 0140 OBRA PÚBLICA RECURSO (Fondo 2) 96,601,470.00

** 0169 REMANENTE RECURSOS FAISM 2011 9,890,482.82

** 0170 REMANENTE RECURSOS FAISM 2010 6,841,181.59

** 0171 REMANENTE RECURSOS FAISM 2009 1,163,030.76

** 0172 REMANENTE RECURSOS FAISM 2008 1,752,707.89

** 0173 REMANENTE RECURSOS Fondo 1 2005-2007 954,694.40

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** 0174 REMANENTE RECURSOS Fondo 2 2011 3,758,018.39

** 0175 REMANENTE RECURSOS Fondo 2 2010 770,318.22

** 0176 REMANENTE RECURSOS Fondo 2 2009 537,854.34

** 0177 REMANENTE PROGRAMA E 12,855,169.47

** 0186 REMANENTES FAIMS 2012 4,936,581.18

** 0205 REMANENTES FORTAMUN 2012 17,576,366.57

** 0210 PROGRAMA ESTATAL Y FEDERAL 2013 76,055,031.00

*** 31120-8201 SISTEMA MUNICIPAL DIF 28,215,657.02

** 0121 SISTEMA MUNICIPAL DIF 26,239,079.02

** 0122 APORT. D.I.F. MI CAS 776,578.00

** 0123 APORT. D.I.F. ALBER 1,200,000.00

*** 31120-8301 COMISIÓN MPAL. DEL DEPORTE 6,171,340.90

** 0126 COMISIÓN MUNICIPAL 6,171,340.90

*** 31120-8401 SISTEMA MUNICIPAL DE ARTE Y CULTURA 20,033,140.00

** 0127 SISTEMA MUNICIPAL DE 20,033,140.00

*** 31120-8601 INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA 2,637,000.00

** 0124 INSTITUTO MUNICIPAL 2,637,000.00

*** 31120-8701 INSTITUTO MUNICIPAL DE ECOLOGÍA 8,147,018.96

** 0131 INSTITUTO MUNICIPAL 8,147,018.96

*** 31120-8801 INSTITUTO DE PLANEACIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA 10,372,329.63

** 0128 INSTITUTO DE PLANEAC 10,372,329.63

*** 31120-8901 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER 2,377,853.26

** 0133 INSTITUTO MUNICIPAL 2,377,853.26

*** 31120-9001 PATRONATO PARQUE XOCHIPILLI 627,000.00

** 0134 PATRONATO DEL PARQUE 627,000.00

*** 31120-9101 OFICINA DE CONVENCIONES 2,935,412.00

** 0129 OFICINA DE CONVENCIO 1,935,412.00

** 0130 APORT. OCV FONDOS MIXTOS 1,000,000.00

*** 31120-9201 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD 2,020,220.00

** 0132 INSTITUTO MUNICIPAL 437,710.00

** 0132 INSTITUTO MUNICIPAL 1,582,510.00

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal, a realizar los trámites necesarios para

gestionar una Línea de Crédito Revolvente, de conformidad al artículo 7 de la Ley de

Deuda Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato, la cual será utilizada

primordialmente para la ejecución de inversión pública, por el periodo vigente de la

presente Administración. TERCERO.- Se instruye a la Tesorería Municipal, haga llegar la

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demás información que exigen los ordenamientos legales aplicables y lo turne a la

Secretaría del H. Ayuntamiento. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del H.

Ayuntamiento remita copia certificada del documento citado en el punto primero al

Congreso del Estado; Así como haga las publicaciones correspondientes en el Periódico

Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato y en los diarios de mayor circulación

locales. QUINTO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento

a lo establecido por el artículo 128 fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato. SEXTO.- Sométase a consideración del pleno del H. Ayuntamiento el

presente Dictamen para su aprobación. SEPTIMO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así

lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 11 de junio del 2013. Finalizada la lectura

del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,

procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por

unanimidad.==============================================

COMISION DE GOBIERNO, REGLAMENTOS Y JUSTICIA MUNICIPAL .- En uso de

la voz el Síndico C. Eduardo Guillen Hernández, Presidente de la Comisión, solicita al

Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del

Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los

dictámenes a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se

somete a consideración del pleno la propuesta del Sindico, misma que se aprueba por

unanimidad de los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los

dictámenes de Gobierno. ======================================

DICTAMEN GOB-024/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y

Justicia Municipal, mediante el cual se emite opinión positiva respecto de la iniciativa de

la reforma al artículo Cuarto Transitorio del Código Territorial para el Estado y los

Municipios de Guanajuato, presentada por este H. Ayuntamiento, y remitida mediante

Oficio Circular No.53 por la Comisión de Desarrollo Urbano y Obra Pública del Congreso

del Estado de Guanajuato. C O N S I D E R A N D O.- 1.- Con fundamento en el artículo

106 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, en el cual se establece que: “El

Municipio libre, base de la división territorial del Estado y de su organización política y

administrativa, es una institución de carácter público, constituida por una comunidad de

personas, establecido en un territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio

propio, autónomo en su Gobierno interior y libre de la Administración de su Hacienda”. Y

de acuerdo al artículo 117 del mismo ordenamiento en relación a la facultad

reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con

las Leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y

Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observancia general;

que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,

funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y

vecinal”. 2.- Así mismo en el Artículo 76, fracción I, inciso a) de Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato, se establece que el Ayuntamiento tendrá dentro de las

atribuciones en materia de gobierno y régimen interior: “... emitir opinión sobre las

iniciativas de leyes o decretos que incidan en la competencia municipal, dentro del

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término que establezca la Comisión Dictaminadora”. 3.- Por lo que conforme al Artículo

67, inciso b) del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., le

corresponde a la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, “emitir el

dictamen que contenga las iniciativas de reformas, adiciones o nuevos proyectos de ley

que se pretenda enviar al Congreso del Estado, o emitir opinión de las enviadas por el

Congreso o por el Ejecutivo del Estado”. 4.- Por tal motivo, en reunión ordinaria de la

Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, celebrada el día 06 de junio de

2013, se analizó el Oficio Circular No. 53, enviado por la Comisión de Desarrollo Urbano y

Obra Pública, del Congreso del Estado de Guanajuato, mediante el cual se remite la

iniciativa de la reforma al artículo Cuarto Transitorio del Código Territorial para el Estado y

los Municipios de Guanajuato, presentada por este H. Ayuntamiento. Expuesto lo anterior,

con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, esta comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO.- Se emite opinión positiva

respecto de la iniciativa de la reforma al artículo Cuarto Transitorio del Código Territorial

para el Estado y Municipios de Guanajuato, presentada por este H. Ayuntamiento, y

remitida mediante Oficio Circular No.53 por la Comisión de Desarrollo Urbano y Obra

Pública del Congreso del Estado de Guanajuato. SEGUNDO.- Sométase a consideración

del Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. TERCERO.- Se

instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, envíe inmediatamente el presente acuerdo al H.

Congreso del Estado, para que surta sus efectos legales correspondientes. Así lo

resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión en fecha

06 de junio de 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.

Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,

mismo que se aprueba por unanimidad.=============================

DICTAMEN GOB-025/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y

Justicia Municipal, mediante el cual se emite opinión positiva respecto de la reforma al

artículo 61 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, remitida mediante

Oficio Circular No.45 por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del

Congreso del Estado de Guanajuato. C O N S I D E R A N D O.- 1.- Con fundamento en

el artículo 106 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, en el cual se establece

que: “El Municipio libre, base de la división territorial del Estado y de su organización

política y administrativa, es una institución de carácter público, constituida por una

comunidad de personas, establecido en un territorio delimitado, con personalidad jurídica

y patrimonio propio, autónomo en su Gobierno interior y libre de la Administración de su

Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117 del mismo ordenamiento en relación a la facultad

reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con

las Leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y

Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observancia general;

que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,

funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y

vecinal”. 2.- Así mismo en el Artículo 76, fracción I, inciso a) de Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato, se establece que el Ayuntamiento tendrá dentro de las

atribuciones en materia de gobierno y régimen interior: “... emitir opinión sobre las

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iniciativas de leyes o decretos que incidan en la competencia municipal, dentro del

término que establezca la Comisión Dictaminadora”. 3.- Por lo que conforme al Artículo

67, inciso b) del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., le

corresponde a la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, “emitir el

dictamen que contenga las iniciativas de reformas, adiciones o nuevos proyectos de ley

que se pretenda enviar al Congreso del Estado, o emitir opinión de las enviadas por el

Congreso o por el Ejecutivo del Estado”. 4.- Por tal motivo, en reunión ordinaria de la

Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, celebrada día 06 de junio de

2013, se analizó el Oficio Circular No. 45, enviado por la Comisión de Gobernación y

Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de Guanajuato, mediante el cual se

remite la reforma al artículo 61 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato,

formulada por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, referente a la

propuesta de establecer el inicio de vigencia de leyes, decretos y en general de cualquier

ordenamiento jurídico; esta Comisión con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V E.- PRIMERO.- Se

emite opinión positiva respecto de la reforma al artículo 61 de la Constitución Política para

el Estado de Guanajuato, remitida mediante Oficio Circular No.45 por la Comisión de

Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de Guanajuato, formulada

por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. SEGUNDO.- Sométase a

consideración del Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación.

TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, envíe inmediatamente el

presente acuerdo al H. Congreso del Estado, para que surta sus efectos legales

correspondientes. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes

de la Comisión en fecha 06 de junio de 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el

Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a

votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad.===================

DICTAMEN GOB-026/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y

Justicia Municipal, mediante el cual se emiten observaciones respecto de la reforma,

adiciones y derogaciones de diversos artículos a la Ley de Responsabilidades

Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios,

remitida mediante Oficio Circular No.46 por la Comisión de Gobernación y Puntos

Constitucionales del Congreso del Estado de Guanajuato. C O N S I D E R A N D O.- 1.-

Con fundamento en el artículo 106 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato,

en el cual se establece que: “El Municipio libre, base de la división territorial del Estado y

de su organización política y administrativa, es una institución de carácter público,

constituida por una comunidad de personas, establecido en un territorio delimitado, con

personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su Gobierno interior y libre de la

Administración de su Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117 del mismo ordenamiento en

relación a la facultad reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos compete: I.-

Aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia municipal que expida el Congreso del

Estado; los Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones

administrativas de observancia general; que organicen la administración pública municipal,

regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y

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aseguren la participación ciudadana y vecinal”. 2.- Así mismo en el Artículo 76, fracción I,

inciso a) de Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, se establece que el

Ayuntamiento tendrá dentro de las atribuciones en materia de gobierno y régimen interior:

“... emitir opinión sobre las iniciativas de leyes o decretos que incidan en la

competencia municipal, dentro del término que establezca la Comisión Dictaminadora”. 3.-

Por lo que conforme al Artículo 67, inciso b) del Reglamento Interior del Honorable

Ayuntamiento de Celaya, Gto., le corresponde a la Comisión de Gobierno, Reglamentos y

Justicia Municipal, “emitir el dictamen que contenga las iniciativas de reformas, adiciones o

nuevos proyectos de ley que se pretenda enviar al Congreso del Estado, o emitir opinión

de las enviadas por el Congreso o por el Ejecutivo del Estado”.4.- Por tal motivo, en

reuniones extraordinarias de la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal,

celebradas los días 10 y 12 de junio de 2013, se analizó el Oficio Circular No. 46, enviado

por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de

Guanajuato, mediante el cual se remite la iniciativa formulada por el Gobernador del

Estado, por la cual se reforman los artículos 2, primer párrafo; 4, párrafos primero y

tercero; 11, fracciones I, II, VIII, XIII, XVI, XVII, XXII y XXIII; 12, fracciones I, II, III, IV,

VI, XI; 13, fracciones II y párrafo tercero; 15; 22; 23; 24, párrafo primero; 26, fracciones

I, II, III y IV; 27, fracciones I, II y III; 28, segundo párrafo; la denominación del Título

Tercero, así como del Capítulo I; 29; 30; 31; 33, párrafos primero y segundo; 33 Bis; 33

Ter, párrafo primero; 34; 46, párrafo primero, y fracciones I y III, párrafo primero; 47

párrafo primero; 48; 49, párrafo primero, fracciones II, III, VIII y X; 51; 52; 53; 55; 56

párrafo primero; 60 párrafo primero; se adicionan los artículos 4 Bis; 8, con un párrafo

quinto; 11, fracción VIII, con un párrafo segundo, y fracción XIII, con un párrafo

segundo; 12, con una fracción XIII; un Capítulo II, denominado «Disposiciones Generales

al Procedimiento de Responsabilidad Administrativa», así como una Sección Tercera,

denominada «Generalidades del Procedimiento de Responsabilidad Administrativa»; 46

Bis; 46 Ter; 46 Quater; 46 Quinquies; 46 Sexies; 46 Septies; y 46 Octies; y se derogan

los artículos 4, en su párrafo cuarto; 10; 11 fracción XV, párrafo segundo; 21 párrafo

segundo; 24, fracciones I, II y III; 32; 33, párrafo tercero; 33 Ter, párrafos segundo y

tercero; 36; 37; 38; 39; 47, párrafo segundo; 49, fracción IV; 50; y 54 de la Ley de

Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y

sus Municipios. Expuesto lo anterior, esta Comisión con la facultad que otorga el artículo

81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V E.-

PRIMERO.- Se emiten observaciones respecto de la iniciativa de los artículos 2, primer

párrafo; 4, párrafos primero y tercero; 11, fracciones I, II, VIII, XIII, XVI, XVII, XXII y

XXIII; 12, fracciones I, II, III, IV, VI, XI; 13, fracciones II y párrafo tercero; 15; 22; 23;

24, párrafo primero; 26, fracciones I, II, III y IV; 27, fracciones I, II y III; 28, segundo

párrafo; la denominación del Título Tercero, así como del Capítulo I; 29; 30; 31; 33,

párrafos primero y segundo; 33 Bis; 33 Ter, párrafo primero; 34; 46, párrafo primero, y

fracciones I y III, párrafo primero; 47 párrafo primero; 48; 49, párrafo primero, fracciones

II, III, VIII y X; 51; 52; 53; 55; 56 párrafo primero; 60 párrafo primero; se adicionan los

artículos 4 Bis; 8, con un párrafo quinto; 11, fracción VIII, con un párrafo segundo, y

fracción XIII, con un párrafo segundo; 12, con una fracción XIII; un Capítulo II,

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denominado «Disposiciones Generales al Procedimiento de Responsabilidad

Administrativa», así como una Sección Tercera, denominada «Generalidades del

Procedimiento de Responsabilidad Administrativa»; 46 Bis; 46 Ter; 46 Quater; 46

Quinquies; 46 Sexies; 46 Septies; y 46 Octies; y se derogan los artículos 4, en su párrafo

cuarto; 10; 11 fracción XV, párrafo segundo; 21 párrafo segundo; 24, fracciones I, II y III;

32; 33, párrafo tercero; 33 Ter, párrafos segundo y tercero; 36; 37; 38; 39; 47, párrafo

segundo; 49, fracción IV; 50; y 54 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los

Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios, conforme a lo siguiente:

En relación a los artículos 4 y 4 BIS, se sugiere se especifique el alcance de la facultad de

atracción. Incluyéndose el respeto de la autonomía municipal y lo correlacione al artículo 8

de esta Ley. Referente a los artículo 10 y 51, se sugiere mantener el texto vigente a efecto

de conservar los principios de justicia administrativa conforme al art. 135 del Código de

Procedimiento Civil, conservándose el principio de inocencia ante la Ley. SEGUNDO.-

Sométase a consideración del Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su

aprobación. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, envíe

inmediatamente el presente acuerdo al H. Congreso del Estado, para que surta sus efectos

legales correspondientes. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los

integrantes de la Comisión en fecha 12 de junio de 2013. Finalizada la lectura del

dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede

a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad.==========

DICTAMEN GOB-STTPC-001/2013.- Que emiten las Comisiones Conjuntas de

Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, y de Seguridad, Transito, Transporte y

Protección Civil, mediante el cual se crea la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, y

en consecuencia se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Reglamento de

Administración para el Municipio de Celaya, Gto. C O N S I D E R A N D O S.- 1.-

Que conforme al artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, el cual establece la facultad reglamentaria del ayuntamiento, señalándose

literalmente lo siguiente: “Los Municipios estarán investidos de personalidad Jurídica y

manejarán su hacienda conforme a la Ley… Los Ayuntamientos tendrán facultades para

aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las

legislaturas de los estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y

disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas

jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias,

procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la

participación ciudadana y vecinal”. 2.- Así mismo, se establece en el artículo 106 de la

Constitución Política para el Estado de Guanajuato, que “El Municipio libre, base de la

división territorial del Estado y de su organización política y administrativa, es una

institución de carácter público, constituida por una comunidad de personas, establecido en

un territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su

Gobierno interior y libre de la Administración de su Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117

del mismo ordenamiento, en relación a la facultad reglamentaria, se señala que: “A los

Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia municipal que

expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares

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y disposiciones administrativas de observancia general; que organicen la administración

pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de

su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. 3.- Subsecuentemente

en el Artículo 76, fracción I, inciso b) de Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, se establece que los ayuntamientos tendrán como atribución en materia de

gobierno y régimen interior: ” b) Aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal

que expida el Congreso del Estado, los bandos de policía y buen gobierno, reglamentos,

circulares y disposiciones administrativas de observancia general, que organicen la

administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y

servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Y

de igual forma en correlación con el artículo 236 de dicha Ley Orgánica se establece la

facultad reglamentaria de los Ayuntamientos. 4.- Y en el artículo 67, inciso A) del

Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., señala que, a la

Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal le corresponde: “A) El dictamen

que contenga las iniciativas de reformas y adiciones o nuevos proyectos de Reglamentos

Municipales, para ser aprobadas por el Ayuntamiento y remitidas al Congreso del Estado

para su revisión y aprobación conforme al artículo 202 de la Ley Orgánica Municipal para

el Estado de Guanajuato (actualmente artículo 236 por la reforma publicada en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 12 de Septiembre del 2012). 5.-

Por lo que con fundamento en lo anterior, la Comisión de Gobierno, Reglamentos y

Justicia Municipal, en fechas 06 y 12 de junio de 2013, se analizó la iniciativa de reformas,

adiciones y derogaciones a diversos artículos del Reglamento de Administración para el

Municipio de Celaya, Gto., las cuales consisten en lo siguiente: La presente iniciativa

contempla la creación de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, la cual tendrá a su

cargo el despacho de los asuntos relacionados con la participación municipal en la Ley de

Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, los Reglamentos Municipales y los acuerdos que se deriven del Consejo

Nacional y Estatal de Seguridad Publica. Así como, la coordinación de las estrategias que

en matera de seguridad publica ejecuten las diferentes dependencias de la administración

pública municipal, tanto la institución policial, como las instituciones auxiliares en materia

de seguridad pública, buscando con ello una mejor alineación y mayor eficiencia en los

esfuerzos que se llevan a cabo para la prestación de este servicio, con el fin de garantizar

la seguridad en el territorio municipal, de las personas, sus bienes, sus derechos, así como

preservar la tranquilidad y guardar el orden público, y prevenir la comisión de delitos y

conductas antisociales, dentro del marco de sus atribuciones. Expuesto lo anterior, con

fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,

esta comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO. Se crea la Secretaría de Seguridad

Pública Municipal, y en consecuencia se reforman, adicionan y derogan diversos artículos

del Reglamento de Administración para el Municipio de Celaya, Gto., conforme al

documento anexo al presente dictamen. SEGUNDO. Sométase a la consideración del

Pleno del H. Ayuntamiento para su aprobación el presente dictamen. TERCERO. Se

instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento, realice los trámites necesarios para su

publicación en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Guanajuato. Así lo resolvieron

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y firmaron para su debida constancia los integrantes de las Comisiones Conjuntas de

Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, y de Seguridad Transito, Transporte y

Protección Civil, en fecha 12 de junio de 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior,

el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a

votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ==================

COMISION DE SEGURIDAD, TRANSITO, TRANSPORTE Y PROTECCIÓN CIVIL.-

En uso de la voz el Regidor C. José Alberto Pérez Quiroga, Presidente de la Comisión,

solicita al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a

consideración del Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y

resolutivos de los dictámenes a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de

los mismos, se somete a consideración del pleno la propuesta del Sindico, misma que se

aprueba por unanimidad de los presentes, por lo que se procede a transcribir

íntegramente el dictamen de Hacienda. ==============================

DICTAMEN STTYPC-049/2013.- Que emite la Comisión de Seguridad, Transito,

Transporte y Protección Civil, referente a la Conformidad Municipal otorgada a la

empresa que presta el servicio de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya,

denominada “CONSORCIO INTERAMERICANO DE SEGURIDAD EMPRESARIAL S.

DE R.L. DE C.V.”, siendo representada por el Lic. Juan Pablo Vázquez Sotelo. C O N S I

D E R A N D O.- 1.- Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su

Artículo 115 Fracción III inciso h) menciona que el Ayuntamiento tendrá a su cargo las

funciones y servicios público siguientes: seguridad pública…”. 2.- Además que el Artículo

117 Fracción III, inciso j) segundo párrafo y fracción IV de la Constitución Política del

Estado de Guanajuato, a la letra dicen “Los Municipios, con sujeción a la Ley, prestarán los

servicios públicos en forma directa o indirecta”, y “VI. Ejercer las funciones o la prestación

de los servicios públicos municipales observando lo dispuesto por las Leyes federales y

estatales”, así mismo en el artículo 76 Fracción III, inciso c) de la Ley Orgánica

Municipal, enumera las atribuciones que tiene el H. Ayuntamiento, entre otras las de

“Procurar la seguridad pública en el territorio municipal”. 3.- En relación a lo anterior, y en

virtud de lo establecido en la Ley de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, el

artículo 120 establece: “El Ejecutivo del Estado, con la corresponsabilidad de los

ayuntamientos, podrá autorizar el funcionamiento de servicios de seguridad privada, los

que operarán en la forma y términos que determine esta ley. El Estado autorizará la

prestación del servicio a los particulares, contando para ello con la previa conformidad del

Ayuntamiento que corresponda. La supervisión y vigilancia de la prestación de los servicios

de seguridad privada corresponderá preferentemente a los municipios, ahora bien el

artículo 121 establece el significado de lo que se entenderá por servicios de seguridad

privada “Aquellos que prestan los particulares y que comprenden la seguridad, protección,

vigilancia o custodia de personas, lugares o establecimientos, de bienes o valores, incluido

su traslado…” en el artículo 126 establece: “La Secretaría y los municipios son las

instancias facultadas para vigilar que los particulares que presten el servicio de seguridad

privada, cumplan con lo dispuesto en esta ley y otros ordenamientos legales aplicables.

Anualmente, en el mes de enero, estos particulares deberán refrendar su autorización”.

4.- Así mismo en el artículo 25 del Reglamento en Materia de Servicios de Seguridad

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Privada para el Estado de Guanajuato y sus Municipios donde se prescribe que aquellos

deberán solicitar refrendo a su autorización durante los primeros quince días de diciembre

adjuntando diversos requisitos contemplados en el ordenamiento antes citado, entres los

que se encuentra la conformidad Municipal, así mismo el artículo 26 establece “Los

Ayuntamientos analizaran las solicitudes de funcionamiento de los servicios privados de

seguridad, manifestando su conformidad, previo estudio de viabilidad, al Secretario de

Seguridad Pública”. 5.- Ahora bien, el día 04 de Junio del año 2013 se llevó a cabo la

reunión de la Comisión de Seguridad, Transporte y protección Civil, y se dio lectura al

oficio No.136/D.P.A.-P.M./2013, signado por el Director General de Policía Municipal

mediante el cual solicita se emita la Conformidad de Viabilidad a empresa denominada:

“CONSORCIO INTERAMERICANO DE SEGURIDAD EMPRESARIAL S. DE R.L. DE

C.V.”, siendo representada por el Lic. Juan Pablo Vázquez Sotelo, así mismo le informo

que por parte de la Dirección de Policía Auxiliar, se reviso el expediente de la empresa

antes referida y tras haber dado cumplimiento en tiempo y forma a lo requerido, solicitan

a la Comisión extender la conformidad municipal en virtud de que presenta el siguiente

estatus: Integración debida del expediente con los requisitos respectivos. Presentación del

informe personal y de servicios con que cuenta la empresa, La verificación del domicilio.

Prestará el servicio en las siguientes modalidades: Las investigaciones, cuyos propósitos

serán proporcionar informes sobre los antecedentes, solvencia, localización o actividades

de personas; La protección de personas y sus bienes fuera de las vías aéreas públicas; El

apoyo en vigilancia de fraccionamientos o conjuntos habitacionales, ya sea terminados o

en construcción, siempre y cuando no se consideren lugares públicos conforme al presente

reglamento u otras leyes; El apoyo en la vigilancia en el interior de lugares privados,

centros comerciales, turísticos u hoteleros. El asesoramiento y servicios en prevención de

riesgos. 6.- Deberá cumplir con las modalidades previstas en el Reglamento de los

Servicios Privados de Seguridad del Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 5 fracciones

II, IV, V, VI y VII, que a la letra dice: “II.- La Protección de personas y bienes fuera de

las vías o aéreas o públicas; IV.- La instalación y funcionamiento de dispositivos o

mecanismos indispensables de seguridad y alarma de bienes muebles e inmuebles; V.- El

apoyo en la vigilancia de fraccionamientos o conjuntos habitacionales o en construcción;

VI.- Apoyo en la vigilancia de Centros Comerciales, Turísticos u Hoteles; y VII El

asesoramiento y los servicios relacionados con la prevención de riesgos”. 7.- Una vez

realizado el análisis detallado de su documentación la cual se encuentra vigente y no

encontrándose ningún impedimento para otorgar la Conformidad Municipal, es viable que

la empresa denominada: “CONSORCIO INTERAMERICANO DE SEGURIDAD

EMPRESARIAL S. DE R.L. DE C.V.”, para que preste sus Servicios de Seguridad Privada

en el Municipio de Celaya, Gto., apegándose a las leyes de la materia que rigen en el

Estado y el Municipio de Celaya, Gto. La vigencia de la Conformidad Municipal será por un

año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento. Por lo que en mérito de lo antes

expuesto y con la facultad que otorgan a la Comisión el artículo 81 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato esta Comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO: Se

otorga la Conformidad Municipal a la empresa denominada “CONSORCIO

INTERAMERICANO DE SEGURIDAD EMPRESARIAL S. DE R.L. DE C.V.”, siendo

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representada por el Lic. Juan Pablo Vázquez Sotelo, a fin de que preste los Servicios de

Seguridad Privada en el Municipio de Celaya, Gto. SEGUNDO: La vigencia de la

Conformidad Municipal será por un año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento.

TERCERO: Una vez aprobado el presente Dictamen, se instruye al Director de la Policía

Municipal para que notifique y solicite a la Secretaría de Seguridad Pública el seguimiento

que le da a la empresa que se está otorgando la Conformidad Municipal. CUARTO: Una

vez aprobado el presente Dictamen se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, lo

notifique a la Dirección de Policía Municipal, mediante el Acta correspondiente. QUINTO:

Sométase a Consideración del Pleno de este Ayuntamiento, el presente Dictamen para su

aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la

Comisión en fecha 04 de Junio del 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el

Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a

votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ================

COMISION DE EDUCACIÓN.- En uso de la voz la Regidora C. Rosa Isela Hernández

Herrera, Presidenta de la Comisión, solicita al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente

Caracheo Gómez, someta a consideración del Pleno la propuesta de que se omita la

lectura de los considerandos y resolutivos de los dictámenes a los que dará lectura, para

únicamente referirse al rubro de los mismos, se somete a consideración del pleno la

propuesta del Sindico, misma que se aprueba por unanimidad de los presentes, por lo que

se procede a transcribir íntegramente los dictámenes =====================

DICTAMEN EDU- 003/2013.- Que emite la Comisión de Educación, referente a la

aprobación de las Reglas de Operación del Programa Alcalde en tu Escuela del Municipio

de Celaya, Guanajuato. CONSIDERANDO.- De conformidad con lo establecido en el

Artículo 115 Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se

establece lo siguiente: “los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y

manejaran su patrimonio conforme a la Ley”. “Los Ayuntamientos tendrán facultad para

aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las

legislaturas de los Estados, los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos

circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas

jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen los

procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la

participación ciudadana y vecinal”. Con fundamento en el artículo 117 fracción I de la

Constitución Política para el Estado de Guanajuato se establece lo siguiente: “Aprobar, de

acuerdo con las leyes en materia municipal que expida el Congreso el Estado; los Bandos

de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de

observancia general; que organicen la administración pública municipal, regulen las

materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la

participación ciudadana y vecinal”. La Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato en su artículo 76 fracción V, establece: “En materia de participación social,

desarrollo social, asistencial y económico, salud pública, educación y cultura: inciso a)

Promover el desarrollo económico, social, educativo”. Ahora bien, el día 27 de Mayo del

año en curso, se analizó en la Décima reunión de la Comisión de Educación las Reglas de

Operación del Programa Alcalde en tu Escuela del Municipio de Celaya, Gto.,

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mencionando que el objetivo ha sido con la finalidad de promover y acrecentar los valores

cívicos entre niños, jóvenes y adultos de las diferentes instituciones educativas del

Municipio de Celaya, con la colaboración y participación de autoridades educativas,

directores y profesorado. Así mismo, debemos instaurar los valores cívicos en nuestros

niños y jóvenes, ya que con el tiempo se ha ido perdiendo todo ello, es por eso que

nuestro Presidente Municipal y el H. Ayuntamiento está preocupados porque no se pierdan

esos valores y que a la par se vayan infundiendo en los niños pequeños, para que el día

de mañana sean personas cultas y con buenos valores, mismo que sean transmitidos de

generación en generación a través de la educación. Las presentes reglas tienen por

objetivo establecer las bases y principios conforme a las cuales se lleva a cabo el

Programa Alcalde en tu Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato, las cuales se tiene

por reproducido como si a la letra se insertare (Anexo 1). La Coordinación de Educación,

se deberá apegarse a las Reglas de Operación que se adjuntan al Presente, dictamen a fin

de llevar de manera coordinada los actos cívicos. Ahora bien, esta Comisión con la facultad

señalada en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

RESUELVEN.- PRIMERO: Se aprueban las Reglas de Operación del Programa Alcalde en

tu Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato. SEGUNDO: Se instruye a la Secretaria

del H. Ayuntamiento dé cumplimiento con el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato. TERCERO: Sométase a la consideración del

Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. CUARTO: Una vez

aprobado el presente Dictamen, notifíquese a la Dirección General de Desarrollo Social,

para que se coordine con la Secretaria Particular, Así lo resolvieron y firmaron para su

debida constancia los integrantes de la Comisión de Educación en fecha 27 de Mayo de

2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento,

C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que

se aprueba por unanimidad. =================================

DICTAMEN EDU- 004/2013.- Que emite la Comisión de Educación, referente a la

aprobación de las Reglas de Operación del Programa Caminito de la Escuela del Municipio

de Celaya, Guanajuato. CONSIDERANDO.- De conformidad con lo establecido en el

Artículo 115 Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se

establece lo siguiente: “los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y

manejaran su patrimonio conforme a la Ley”. “Los Ayuntamientos tendrán facultad para

aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las

legislaturas de los Estados, los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos

circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas

jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen los

procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la

participación ciudadana y vecinal”. Con fundamento en el artículo 117 fracción I de la

Constitución Política para el Estado de Guanajuato se establece lo siguiente: “Aprobar, de

acuerdo con las leyes en materia municipal que expida el Congreso el Estado; los Bandos

de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de

observancia general; que organicen la administración pública municipal, regulen las

materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la

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participación ciudadana y vecinal”. La Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato en su artículo 76 fracción V, establece: “En materia de participación social,

desarrollo social, asistencial y económico, salud pública, educación y cultura: inciso a)

Promover el desarrollo económico, social, educativo”. Ahora bien, el día 27 de Mayo del

año en curso, se analizó en la Décima reunión de la Comisión de Educación las Reglas de

Operación del Programa Caminito de la Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato.,

Gto., mencionando que el objeto consiste en regular la aplicación de los recursos

federales, estatales y municipales para el programa denominado CAMINITO DE LA

ESCUELA, el cual tiene como objetivo construir accesos dignos (Guarniciones, Banquetas

y Andadores), Patios Cívicos a los Centros Educativos tanto en las comunidades rurales

como en colonias, para lo cual se requiere la participación de autoridades educativas,

personal docente, padres de familia y comunidad escolar en general. Las presentes reglas

tienen por objetivo establecer las bases y principios conforme a las cuales se lleva a cabo

el Programa Caminito de la Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato, las cuales se

tiene por reproducido como si a la letra se insertare (Anexo 1). La Coordinación de

Educación deberá apegarse a las presentes reglas que se adjuntan con la finalidad de

optimizar los recursos asignados a este Programa. Ahora bien, esta Comisión con la

facultad señalada en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato. RESUELVEN.- PRIMERO: Se aprueban las Reglas de Operación del

Programa Caminito de la Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato. SEGUNDO: Se

instruye a la Secretaria del H. Ayuntamiento dé cumplimiento con el artículo 128 fracción

IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. TERCERO: Sométase a la

consideración del Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación.

CUARTO: Una vez aprobado el presente Dictamen, notifíquese a la Dirección General de

Desarrollo Social, para que se coordine con la Secretaria Particular, Así lo resolvieron y

firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Educación en fecha

27 de Mayo de 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.

Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,

mismo que se aprueba por unanimidad. ==============================

DICTAMEN RHYSCC-HDA-002/2013.- Que emiten las Comisiones Unidas de Recursos

Humanos y Servicio Civil de Carrera y de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, mediante

el cual se valida la Plantilla de Personal de la Administración Pública Centralizada por el

periodo del 04 al 17 de mayo del 2013. CONSIDERANDO.- 1.- Que en el artículo 28

fracción IV de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y

los Municipio de Guanajuato, se establece que: “El proyecto de presupuesto de egresos

municipal y la iniciativa de Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado para el

ejercicio fiscal correspondiente contendrán la siguiente información: IV. La indicación de

las plazas presupuestadas que incluye y la remuneración integrada mensual y anual que

les corresponda”. 2.- Y que en la Séptima Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha

21 de diciembre de 2012, se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio

Fiscal 2013, mismo que incluyó lo referido en la fracción IV del artículo 28 de la Ley para

el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de

Guanajuato. 3.- Que la Comisión de Recursos Humanos y Servicio Civil de Carrera, es

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competente para conocer el tema en referencia, conforme al artículo 76 del Reglamento

Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., se establece que: “Compete a la

Comisión de Recursos Humanos y Servicio civil de Carrera: A) Vigilar el ambiente laboral

de la administración pública municipal; B) Garantizar la estabilidad y seguridad del

empleo; C) Fomentar la vocación de servicio, mediante una motivación adecuada; D)

Promover la capacitación permanente del personal; E) Procurar la lealtad de las

instituciones del Municipio; F) Promover la eficiencia y eficacia de los servidores públicos

municipales; G) Garantizar promociones justas y otras formas de progreso laboral; H)

Garantizar a los servidores públicos, el ejercicio de los derechos que les reconocen las

Leyes y otros ordenamientos jurídicos; I) Contribuir al bienestar de los servidores públicos

municipales y sus familias, mediante el desarrollo de actividades educativas, de asistencia,

culturales, deportivas, recreativas y sociales; y J) Los demás asuntos que expresamente le

encomiende el H. Ayuntamiento; así como también es competencia de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta pública lo establecido en el articulo 6 letras D y G del

mismo citado ordenamiento. 4.- Que mediante oficio DP 322/2013 recibido en fecha 28 de

mayo del 2013, suscrito por el C.P. Víctor Joaquín Moreno Mendoza, Oficial Mayor, solicita

poner a consideración de estas Comis90ones la aprobación de la plantilla de personal

ejercida en la catorcena que se menciona a continuación: =======================

Catorcena Periodo que comprende Aprobación

1era. De mayo de

2013

04 al 17 de mayo del 2013

De manera retroactiva al

04 de mayo 2013

Con la finalidad de dar cumplimiento con el precepto legal antes mencionado. Por lo

anteriormente expuesto y con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato, estas Comisiones: RESUELVEN:.- PRIMERO.-

Se valida la Plantilla de Personal de la Administración Pública Centralizada por de la 1ª

catorcena del periodo del 04 al 17 de mayo del 2013. (Documento que se anexa al

presente) y de la siguiente manera: =============================================

Catorcena Periodo que comprende Aprobación

1era. De mayo de

2013

04 al 17 de mayo del 2013

De manera retroactiva al

04 de mayo 2013

SEGUNDO. Se instruye a la Oficialía Mayor y a la Tesorería Municipal dar cumplimiento al

resolutivo anterior. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé

cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción V de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a consideración del Pleno del H.

Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su

cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de

las Comisiones unidas de Recursos Humanos y Servicio Civil de Carrera, y de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 03 de junio del 2013. Finalizada la lectura del

dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede

a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ==========

PUNTO NÚMERO SEIS.- ASUNTOS GENERALES. ====================

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1.- se recibió oficio circular nº 56 del h. congreso del estado de Guanajuato, en el cual

pone en conocimiento la aprobación del nombramiento del licenciado Jorge Arturo

Espadas Galván, como Secretario General del Congreso del Estado de

Guanajuato.=============================================

2.- Se recibió oficio numero OFS/2023/2012 en el cual se informa resultados de la

revisión de la Cuentas Públicas de esta Administración Municipal, del Ejercicio Fiscal

Julio –Diciembre 2009, el cual fue enviado a la Comisión de Hacienda. ==========

3.- Se recibió oficio numero OFS/119/2013 en el cual se informa resultados de la

revisión de la Cuenta pública de esta Administración Municipal, del ejercicio fiscal Julio

–Diciembre 2010, el cual fue enviado a la Comisión de Hacienda. =============

4.- Se recibió oficio numero OFS/2245/2012 en el cual se informa resultados de la

revisión de la Cuentas Públicas de esta Administración Municipal, del Ejercicio Fiscal

Enero – Junio 2010, el cual fue enviado a la Comisión de Hacienda. ============

PUNTO NÚMERO SIETE.- Clausura de la sesión. En uso de la voz el Secretario del H.

Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, informa al C. Presidente Municipal Arq. Ismael

Pérez Ordaz, que han sido agotados los asuntos inscritos en el orden del día, por lo que el

Mandatario Municipal procede a declarar clausurados los trabajos de la Decima Séptima

sesión ordinaria de H. Ayuntamiento, siendo las 11:35 Once Horas con Treinta y Cinco

minutos del día 12 de Junio del 2013, levantándose para constancia la presente acta,

misma que firman quienes en ella intervinieron y quisieron hacerlo. Doy fe. =========