Comités paritarios Fuero

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ORD.: Nº 6552/288 MATERIA= Comités paritarios Fuero. Comités paritarios Constitución Procedencia. RESUMEN DE DICTAMEN= No resulta procedente que trabajadores que laboran en las dos sucursales de la empresa Sandy Point Importadora Exportadora Ltda. se unan para los efectos de completar el quórum que para la constitución de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad exige el artículo 1º del decreto reglamentario Nº 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. ANTECEDENTES DEL DICTAMEN= 1) Ord. Nº 1180, de 04.09.95, de Director Regional del Trabajo de la XIIª Región. 2) Presentación de 17.08.95, de don Tomás Buvinic S. por Empresa Sandy Point Importadora Exportadora Ltda. FUENTES LEGALES= Decreto Supremo Nº 54, de 1969, artículo 1º, modificado por Decreto Supremo Nº 30, de 1988, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. CONCORDANCIAS DEL DICTAMEN= Dictamen Ord. Nº 1.830-64, de 26.03.92. FECHA DE EMISION= 23/10/1995 DICTAMEN= DE : DIRECTOR DEL TRABAJO A : SEÑOR TOMAS A. BUVINIC S.

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Comités paritarios Fuero

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ORD.: N 6552/288MATERIA= Comits paritarios Fuero.

Comits paritarios Constitucin Procedencia.

RESUMEN DE DICTAMEN= No resulta procedente que trabajadores que laboran en las dos sucursales de la empresa Sandy Point Importadora Exportadora Ltda. se unan para los efectos de completar el qurum que para la constitucin de Comits Paritarios de Higiene y Seguridad exige el artculo 1 del decreto reglamentario N 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsin Social.

ANTECEDENTES DEL DICTAMEN= 1) Ord. N 1180, de 04.09.95, de Director Regional del Trabajo de la XII Regin.

2) Presentacin de 17.08.95, de don Toms Buvinic S. por Empresa Sandy Point Importadora Exportadora Ltda.

FUENTES LEGALES= Decreto Supremo N 54, de 1969, artculo 1, modificado por Decreto Supremo N 30, de 1988, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsin Social.

CONCORDANCIAS DEL DICTAMEN= Dictamen Ord. N 1.830-64, de 26.03.92.

FECHA DE EMISION= 23/10/1995

DICTAMEN=

DE : DIRECTOR DEL TRABAJO

A : SEOR TOMAS A. BUVINIC S.

GERENTE EMPRESA SANDY POINT IMPORTADORA EXPORTADORA LTDA.

LOTE D MANZANA 8 ZONA FRANCA PUNTA ARENAS

Mediante presentacin del Ant. 2), se solicita un pronunciamiento de esta Direccin acerca de la obligacin de constituir Comit Paritario de Higiene y Seguridad en la Empresa Sandy Point Importadora Exportadora Ltda., considerando que en su casa matriz laboran 9 trabajadores, en la sucursal gran tienda 15, y en la sucursal mdulo N 37, 1 trabajador, sumando 25 dependientes, cantidad que podra aumentar en 1 2 de contratarse ms personal para alguna de las sucursales indicadas.

Sobre el particular, cmpleme informar a Ud. lo siguiente:

El artculo 1 del decreto supremo N 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsin Social, modificado por el decreto supremo N 30, de 1988, del mismo Ministerio, dispone:

" En toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen " ms de 25 personas se organizarn Comits Paritarios de " Higiene y Seguridad, compuestos por representantes " patronales y representantes de los trabajadores, cuyas " decisiones adoptadas en el ejercicio de las atribuciones " que les encomienda la ley 16.744, sern obligatorias para la " empresa y los trabajadores.

" Si la empresa tuviere faenas, sucursales o agencias " distintas, en el mismo o en diferentes lugares, en cada una " de ellas deber organizarse un Comit Paritario de Higiene y " Seguridad.

" Corresponder al Inspector del Trabajo respectivo decidir, " en caso de duda, si procede o no que se constituya el Comit " Paritario de Higiene y Seguridad".

Del anlisis de la disposicin antes transcrita es posible inferir que las modificaciones introducidas por el aludido texto reglamentario determinan por una parte que las normas sobre Comits Paritarios alcanzan actualmente a todas las empresas, cualquiera sea su naturaleza jurdica y la actividad a que se dediquen, sea industria, comercio, servicios, etc.

Asimismo, se infiere por otra lado que los Comits Paritarios deben constituirse en toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen ms de 25 personas, de manera que si una empresa tuviera faenas, sucursales o agencias, en el mismo o en diferentes lugares, en cada uno de ellos deber organizarse un Comit, correspondiendo al Inspector del Trabajo decidir, en caso de duda, si procede o no la constitucin de tales organismos.

Como es dable apreciar, del tenor de la norma en anlisis se desprende que el requisito relativo al nmero de trabajadores que se requiere para constituir un Comit Paritario de Higiene y Seguridad debe cumplirse respecto de cada una de las sucursales, agencias o faenas de una empresa, de suerte tal que no resulta procedente que los trabajadores de unas y otras se unan para completar el qurum de que se trata.

Lo anteriormente expresado guarda armona con la doctrina de este Servicio manifestada, entre otros, en Ord. N 1.830-64, de 26.03.92.

En efecto, el considerar separadamente la empresa de la faena, sucursal o agencia cuando aquella tiene estas dependencias para exigir que en ellas trabajen ms de 25 personas no puede estar referido sino a la situacin de hecho de que en cada uno de tales centros labore esta cantidad mnima de trabajadores que justifiquen la existencia de los Comits, cuya funcin es vigilar en los respectivos lugares de trabajo que se cumpla con las normas de higiene y seguridad, lo que lleva a que no proceda computar el qurum en relacin al total de trabajadores contratados por la empresa, indistintamente del lugar fsico donde prestan servicios.

Conforme lo anterior, en la especie, los trabajadores que laboran en las sucursales gran tienda y en el mdulo N 37 de la Empresa Sandy Point Importadora Exportadora Ltda. y que individualmente no renen el mnimo legal indicado, an cuando se contrate uno o dos trabajadores ms, no pueden unirse para los efectos de completar el qurum que la norma en anlisis exige para constituir los referidos Comits.

En consecuencia, segn lo expuesto y la disposicin reglamentaria citada cmpleme informar a Ud. que no resulta procedente que trabajadores que laboran en las dos sucursales de la empresa Sandy Point Importadora Exportadora Ltda. se unan para los efectos de completar el qurum que para la constitucin de Comits Paritarios de Higiene y Seguridad exige el artculo 1 del decreto reglamentario N 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsin Social. Saluda a Ud.,

MARIA ESTER FERES NAZARALA

ABOGADO

DIRECTOR DEL TRABAJO