¿Cómo debe actuar frente a un inspector del ACUMAR?

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EFLUENTES-CAMARA TOMA DE MUESTRA

¿Cómo debe actuar frente a un

inspector del ACUMAR?

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¿Qué debe saber frente a un inspector del ACUMAR en lo que respecta a la toma de muestras de efluentes líquidos?

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EXIGENCIAS EDILICIAS DE LA CAMARA TOMA DE MUESTRA.

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NORMATIVAS ACUMAR:RESOLUCION 132/2010.

ARTICULO 1°Los titulares de establecimientos industriales y de servicios radicados en el ámbito de la Cuenca, están obligados a contar con Cámara de Toma de Muestras y Medición de Caudales, la cual deberá encontrarse en perfecto estado de funcionamiento y conservación y estar construida de acuerdo a lo especificado en el Reglamento para las instalaciones sanitarias internas domiciliarias e industriales, aprobado por Obras Sanitarias de la Nación mediante Resolución del Administrador General Nº 61.957 del 7 de marzo de 1978, o la normativa que en el futuro la reemplace.

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NORMATIVAS ACUMAR:Obras Sanitarias de la Nación mediante Resolución del Administrador General Nº 61.957 del 7 de marzo de 1978 exige:

La cámara deberá hallarse ubicada en el predio privado, sobre la línea municipal o próxima ella y con acceso directo desde la vía pública.

Los propietarios de establecimientos industriales están obligados a gestionar la autorización de volcamiento .

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NORMATIVAS ACUMAR:RESOLUCION 132/2010.ARTICULO 3°Al momento de efectuarse el Procedimiento de Toma de Muestras, se entregará al titular del establecimiento una contramuestra

SIEMPRE EXIJA LA CONTRA MUESTRA

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LA CONTRAMUESTRA:

Dentro de las 12 Horas posteriores a su extracción.

DEBE ENVIARSE A ANALIZAR

DóndeEN ALGUNO DE LOS LABORATORIOS REGISTRADOS.

?Ver el registro de los laboratorios en el Anexo.

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CADENA DE CUSTODIA DE LA CONTRA-MUESTRA:

La contramuestra deberá ser presentada en el laboratorio así seleccionado con precinto original y sin ningún tipo de daño en el recipiente contenedor, por el titular del establecimiento o quien él designe, quien será responsable por toda la cadena de custodia de la contramuestra hasta su entrega al Laboratorio para su análisis.

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CADENA DE CUSTODIA DE LA CONTRA-MUESTRA:

RESULTADOS PROVENIENTES DEL ANALISIS DE LA CONTRAMUESTRA DEBERAN SER PRESENTADOS por el establecimiento inspeccionado, en tiempo y forma, dentro del procedimiento recursivo respectivo a los fines de su inclusión como prueba de parte. En el marco procedimental señalado y en caso de divergencia entre los resultados de los análisis de la muestra y los de la contramuestra, será facultad de la ACUMAR solicitar a su laboratorio la realización de un informe técnico que se expida sobre las causas de la divergencia.

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INFORME DE LA CONTRAMUESTRA,OBLIGACIONES DEL LABORATORIO

EL PROTOCOLO DEL LABORATORIO DEBERA INCLUIR:

• EL NUMERO DEL PRECINTO.• LA FECHA DE RECEPCION.• LA HORA DE RECEPCION. • LA FECHA DE FINALIZACION DEL ANALISIS.• EL NOMBRE, APELLIDO Y DNI DE LA PERSONA QUE ENTREGO LA CONTRAMUESTRA.

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CAMARA TOMA DE MUESTRA

CAUDALES HASTA 24 m3/ h

CORTE TRANSVERSAL CORTE LONGITUDINAL

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CAMARA TOMA DEMUESTRACAUDALES HASTA 50 m3/ h

CORTE TRANSVERSAL CORTE LONGITUDINAL

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PARAMETROS ADMISIBLES

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EFLUENTES LÍQUIDOSART. 5 LEY 26.168 ACTUALIZADO AL 01/06/2007

Parámetro Unidades Código Técnica Analítica (h)

Límites para Descargar aColectora Cloacal

Pluvial / Cuerpo Superficial

Absorción Suelo

Aluminio mg/l 3500 Al D ó 3111 B y C

≤5,0 ≤2,0 ≤ 1,0

Arsénico mg/l 3500 As C ≤ 0,5 ≤0,5 ≤0,1Bario mg/l 3111 B ≤ 2,0 ≤2,0 ≤ 1,0Boro mg/l 4500 B B ≤ 2,0 ≤2,0 ≤ 1,0Cadmio mg/l 3111 B y C ≤0,1 ≤0,1 AusenteCianuros Totales

mg/l Standard Method Ed.20

≤1,0 ≤1,0 Ausente

Cianuro destructible por cloración

mg/l 4500 C.N. C y E

≤0,1 ≤0,1 Ausente

Cinc mg/l 3111 B y C ≤ 0,1 ≤2,0 ≤ 1,0Cloro Libre mg/l 4500 C.l. G

(D.P.D.)N.E. ≤1,0 Ausente

Cobalto mg/l 3111 B y C ≤2,0 ≤2,0 ≤1,0Cobre mg/l 3500 Cu D ó

3111 B y C≤2,0 ≤1,0 Ausente

Coliformes Fecales (f)

NMP/100ml 9223 A N.E. ≤2000 ≤2000

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PARAMETROS ADMISIBLES

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EFLUENTES LÍQUIDOS

ART. 5 LEY 26.168 ACTUALIZADO AL 01/06/2007Cromo Hexavalente

mg/l 3500 Cr D ≤ 0,2 ≤0,2 Ausente

Cromo Total mg/l 3111 B y C ≤2,0 ≤2,0 AusenteD.B.O mg/l 5210 B ≤200 ≤50 ≤200D.Q.O. mg/l 5220 D ≤700 ≤250 ≤500Fósforo Total (d)

mg/l 4500 P.C. ≤10 ≤1,0 ≤10

Hidrocarburos Totales

mg/l E.P.A. 418.1 ó A.S.T.M. 3921-85

≤30 ≤30 Ausente

Hierro (soluble)

mg/l 3500 Fe D ≤10 ≤2,0 ≤0,1

Manganeso (soluble)

mg/l 3500 Mn D ≤1,0 ≤0,5 ≤0,1

Mercurio mg/l 3500 Hg B ≤0,005 ≤0,005 AusenteNíquel mg/l 3111 B y C ≤2,0 ≤2,0 ≤2,0Nitrógeno Amoniacal

mg/l 4500 NH3+F ≤75 ≤25 ≤75

Nitrógeno Orgánico (d)

mg/l 4500 N org B

≤30 ≤10 ≤30

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PARAMETROS ADMISIBLES

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EFLUENTES LÍQUIDOS

ART. 5 LEY 26.168 ACTUALIZADO AL 01/06/2007Nitrógeno Total Kjeldahl (d)

mg/l 4500 N org B (N.T.K.)

≤105 ≤35 ≤105

pH pH 4500 H+B 7,0-10,0 6,5-10,0 6,5-10,Plaguicidas Organoclodares (g)

mg/l 6630 B ≤0,5 ≤0,05 Ausente

Plaguicidas Organofosforados (g)

mg/l 6630 B ≤1,0 ≤0,1 Ausente

Plomo mg/l 3111 B y C ≤0,1 ≤0,1 ≤0,1

S.A.A.M. mg/l 5540 C ≤10 ≤2,0 ≤2,0S.S.E.E. (1) mg/l 5520 B (1) ≤100 ≤50 ≤50Selenio mg/l 3114 C ≤0,1 ≤0,1 AusenteSólidos Sedim 10 Min (2)

ml/l Cono Imhoff

≤0,1 ≤0,1 ≤0,1

Sólidos Sedim 2 horas (2)

ml/l Cono Imhoff

≤5,0 ≤1,0 ≤5,0

Sulfuro mg/l 4500 S=D ≤1,0 ≤1,0 ≤5,0Sustancias fenólicas

mg/l 5530 C ≤0,5 ≤0,5 ≤0,1

Temperatura °C 2550 B ≤45 ≤45 ≤45

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PARAMETROS ADMISIBLES

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Notas:a) Los efluentes que sean evacuados por camiones atmosféricos deberán ajustarse a estos límites admisibles, según el destino final de los mismos.b) La indicación de "Ausente" es equivalente a menor que el límite de detección de la técnica analítica indicada.c) N. E. significa que por el momento no se establecen límites permisibles.d) Estos límites serán exigidos cuando la descarga final sea a lagos, lagunas o ambientes favorables a procesos de eutroficación. De ser necesario, se fijará la carga total diaria permisible en kg/día de Fósforo Total y de Nitrógeno Total.e) Los establecimientos e inmuebles pertenecientes a los Códigos de Actividad números 01101; 01102; 01103; 01104; 01110; 01112; 01114; 01118; 01122; 01130; 01199; 01200; 01201; 02401; 02403;11101;11103; 11201; lavaderos de camiones jaula, clínicas, hospitales, centros de salud, de diálisis, asistenciales y aquellos que puedan afectar la salud y bienestar público, la calidad de una fuente de agua (aguas subterráneas y/o superficiales) suelo y/o propaguen bacterias y/o virus de tipo patógeno, deberán satisfacer la Demanda de Cloro de sus efluentes, previo a su descarga.f) Este parámetro será controlado en descargas próximas a una zona de balneario. El valor indicado constituye el nivel máximo admisible a una distancia de por lo menos de 500 metros de una playa o área destinada a deportes acuáticos.g) En "Absorción por el suelo" deben comprenderse solamente a las lagunas facultativas y riego por aspersión. Queda expresamente prohibida la inyección a presión en el suelo o en la napa en forma directa o indirecta de los efluentes líquidos tratados o no tratados de ningún tipo de establecimiento.En la descarga a conducto superficial, absorción por el suelo o vuelco a mar abierto en líquidos residual tratado debe tener satisfecha la demanda de cloro.h) En todos los casos donde no se especifica la fuente del Código de Técnica Analítica debe tenerse por fuente el Standard Method Ed. 18.1) Utilizando éter etílico.2) Sólidos sedimentables en 10 minutos y 2 horas. Se coloca 1 litro de muestra bien homogeneizada en un cono Imhoff y luego de 10 minutos o 2 horas (según sea el parámetro) se lee el volumen sedimentado.

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LINKS CON LOS LABORATORIOSREGISTRADOS EN:

OPDS (Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible) http://www.opds.gba.gov.ar/index.php/paginas/ver/listado_lab

RELADA (Registro de Laboratorios de Determinaciones Ambientales (RELADA) de la Agencia de Protección Ambiental (APRA) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aireshttp://www.ambiente.gov.ar/archivos/web/DPGC/file/lab_relada2012.pdf

ANEXO-EFLUENTES-CAMARA TOMA DE MUESTRA

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FUENTES

http://normasambientales.com/ver-norma-resolucin-12007-aprobacin-de-la-tabla-consolidada-de-lmites-admisibles-para-descargas-de-efluentes-lquidos-139.html

Conozca la ley Medio Ambiental.

http://normasambientales.com/ver-norma-resolucin-1322010-aprobacin-del-procedimiento-para-la-toma-de-muestras-de-los-efluentes-industriales-237.html