CÓMO EVITAR SANCIONES Y DEMANDAS LABORALES EN SEGURIDAD Y...
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CÓMO EVITAR SANCIONES Y DEMANDAS LABORALES
EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
JUAN ANTONIO URUETA LUGO• ABOGADO: Universidad del Atlántico, 1999• ESPECIALISTA DERECHO LABORAL: Universidad Simón Bolívar, 2003• ESPECIALISTA SALUD OCUPACIONAL: Universidad Simón Bolívar, 2007• CANDIDATO A MAGISTER ADMÓN.: Universidad de la Costa• DIPLOMADO SALUD OCUPACIONAL: Universidad del Atlántico, 2001• DIPLOMADO DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO: Universidad Simón Bolívar,
2007
JUAN ANTONIO URUETA LUGO• AUXILIAR LIQUIDADOR DE NÓMINA: Gaseosas Lux S.A., 1986• JEFE DE RECURSOS HUMANOS: Robín Hood S.A. (1987-2007)• DOCENTE UNIVERSITARIO• ASESOR / CONSULTOR• LITIGANTE: Accidente, Enfermedad Laboral, Derecho Laboral
RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR EN ACCIDENTES DE TRABAJO Y
ENFERMEDADES LABORALES
OBL IG A C IÓN DE SE G URIDA D Y SA L UD E N E L T RA BA JO
Artículos 56, 57, 348Código Sustantivo del
Trabajo
Artículo 216Código Sustantivo del
Trabajo
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
RESPONSABILIDAD CIVIL
RESPONSABILIDAD PENAL
RESPONSABILIDAD LABORAL
RESPONSABILIDAD DEL
EMPLEADOR
RE SPONSA BIL IDA D A DM INIST RAT IVA
Ley 1610/2013, artículo 1 - artículos 17 y 485 CST - SANCIONES (Ley 1562/2012)
TAMAÑO EMPRESA
NÚM.TRAB.
TOTALESACTIVOS(smmlv)
Incumplimiento a normas en SST
Omisión reporte de AT
Accidente Mortal
ocasionado por incumplimiento de normas en
SST
Micro Empresa 1- 10 Menores 322 millones 600 mil a 3 millones
600 mil a 13 millones
13 a 15 millones
Pequeña Empresa 11-50 323 a 3,222 millones 4 a 13 millones
14 a 32 millones 16 a 97 millones
Mediana Empresa 51-200 3,223 a 17,250 millones
14 a 64 millones
33 a 64 millones 97 a 258 millones
Gran Empresa 2001- más Mayor 17,250 millones
65 a 644 millones
65 a 644 millones
259 a 644 millones
RESPONSABILIDAD PENAL
HOMICIDIO CULPOSO
PREVARICATO
LESIONES PERSONALES
ARTÍCULO 97 CP: «Indemnización por daños. En relación con el daño derivado
de la conducta punible el juez podrá señalar como indemnización, una suma equivalente, en moneda nacional, hasta
mil (1 000) salarios mínimos legales mensuales»
Art. 109 del C.P. Homicidio culposo: «El que por culpa matare a otro, incurrirá en
prisión de treinta y dos (32) a ciento ocho (108) meses y multa de veinte y seis punto sesenta y seis (26.66) a ciento cincuenta
(150) SMLMV».
Art. 111 del C.P. Lesiones personales: «El que causare a otro daño en el cuerpo o en la salud, incurrirá en las sanciones establecidas en los artículos siguientes.» Estas sanciones se fijaran dependiendo del tiempo de incapacidad y el tipo de perturbación que se cause con el accidente de trabajo y que pueden llegar a ser hasta 10 años de prisión y hasta 100 SMLMV
RE SPONSA BIL IDA D C IV IL DE L E M PL E A DOR
Artículos 56, 57, 348Código Sustantivo del
Trabajo
Artículo 216Código Sustantivo del
Trabajo
RESPON SAB I L I D AD CI V I LRESPON SAB I L I D AD CI V I L
Elementos Generadores de Culpa:
Negligencia
Imprudencia
Impericia
Violación Normas SST
INDE M NIZ A C IONE SINDE M NIZ A C IONE S
• DA ÑOS M AT E RIA L E S
Daño E mergenteL ucro C esante
• DA ÑOS INM AT E RIA L E S
Daños M orales
• DA ÑOS FISIOL ÓG IC OS
SL 659-2013ANA MARÍA CASAS CONTRERAS VS INCOLBESTO S.A.
CONTRATO TRABAJO: JAIRO GARCÍA QUIÑONES
DE: abril 17/89
A: feb. 24/02
Cargo: AUDITOR DE PROCESO II
AT: PLANTA DE MEZCLA - feb. 22/02“Derrame liquido inflamable al rebosarse tanque de bombeo tolueno (solvente), intenta apagar el mezclador, y al oprimir botón de emergencia generó chispa eléctrica que produjo explosión”
“operario no pudo utilizar el extintor, por su gran tamaño, y acudió, por uno más pequeño, pero cuando lo accionó, se reventó la manguera al pie de la boquilla, cayéndole liquido en los ojos”
SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
JUEZ SÉPTIMO LABORAL DE DESCONGESTIÓN
(30 de mayo de 2008)
$ 508,398,763
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA
TRIBUNAL SUPERIOR30 de sept. de 2009
Confirmó el fallo condenatorio de Primera Instancia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
De ahí que el incumplimiento por parte del empleador en la observancia de dichos deberes de protección y seguridad que debe a sus trabajadores, es suficiente para tener por acreditada la culpa en el infortunio laboral (SL 659-2013)
SL 16102-2014 (44540) nov. 5.ESTHER JULIA RIASCOS ÁNGULO VS MAYAGÜEZ S.A.
M.P. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
CONTRATO TRABAJO: PABLO ADOLFO CAMBINDO VALDÉS (q.e.p.d.)
DE: feb. 13/1980
A: Mayo 16/03
Cargo: SOLDADOR (primera división de mantenimiento)
AT: PRODUCCIÓN – mayo 16/03.
“se dirigía a reforzar con una Manila de ½ pulgada de una de las esquinas del andamio, este se desfondo o desbarató debido a que la Manila que tenía se reventó originando la caída del trabajador al primer piso”
MAYAGÜEZ S.A. MAYAGÜEZ S.A. TESIS:
el accidente de trabajo ocurrió por culpa exclusiva de la víctima, puesto que a pesar de habérsele comunicado que la manila se encontraba defectuosa, por imprudencia y confianza exagerada de su parte subió al andamio
Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Palmira – Valle19 de noviembre de 2007
Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Palmira – Valle19 de noviembre de 2007
• DAÑO EMERGENTE $ 3.244.374,00• LUCRO CESANTE $ 27.566.112,24• LUCRO CESANTE FUTURO $ 118.295.588,46• TOTAL SERA LA SUMA DE $149.106.074,70
DAÑOS MORALES 1,000 gms
ORO
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga22 de octubre de 2009
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga22 de octubre de 2009
$319.436.511,70, por concepto de perjuicios materiales
$24.845.000,00, por concepto de perjuicios morales
CULPA:
CSJ SL, 16 mar. 2005, rad. 23489 y CSJ SL, 2 oct. 2007, rad. 29644 que abordan el tema de la apreciación de la culpa:
«si el empleador demandado obró con la diligencia y cuidado para evitar el accidente de trabajo que nos ocupa»
CORTE SUPREMA DE JUSTICIASALA DE CASACIÓN LABORAL
SL17468-2014
CORTE SUPREMA DE JUSTICIASALA DE CASACIÓN LABORAL
SL17468-2014MARÍA YANETH MESA MORALES
(NICOLÁS y ANDRÉS FELIPE CARDONA MESA)
CONTRA
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P.
ASPECTOS FÁCTICOS
• Juan Felipe Cardona Mesa laboró al servicio de la demandada desde el 3 de diciembre de 1990 hasta el 19 de marzo de 2003
• Falleció por un accidente de trabajo, por culpa ocasionada por el empleador; que ocupó el cargo de ingeniero, con una asignación mensual de «$3.211.»
• María Yaneth Mesa Morales nació el 21 de marzo de 1966, y que agotaron la reclamación administrativa.
SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIASENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
• El Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Medellín:• condenó a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P.• DAÑOS MATERIALES:• L.C.P. $363.892.514,oo; • L.C.F. $871.984.910 (distribuidos 50% para la cónyuge supérstite y 25% para cada hijo. A
la parte vencida le impuso costas)
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN
Confirmó el fallo del juzgado de
Primera Instancia
DERECHO LABORAL PREVENTIVO
EQUIPO DE PROFESIONALES
EXPERTO
AUDITORÍA LEGAL CUMPLIMIENTO SST
DERECHO LABORAL
CONTRATACIÓN
LIQUIDACIÓN NÓMINA
TERMINACIÓN CONTRATO
SANCIONES
COMITÉ CONVIVENCIA
E. P. P.
PRESTACIONES SOCIALES
HOJAS VIDA
AUDITORÍA LEGAL CUMPLIMIENTO SST
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
POLÍTICA SST
ASIGNACIÓN DE RESPONSABILIDADES
PARTICIPACIÓN TRABAJADORES
DEFINICIÓN RECURSOS
CUMPLIMIENTO REQUISITOS NORMATIVOS
GESTIÓN PELIGROS Y RIESGOS
PLAN DE TRABAJO ANUAL
www.juanuruetalugo.comCalle 44 No. 41-84, Oficina 405
Celular 316 330 99 15 – Teléfono [email protected] - @JuanUruetaLugo - Face: JUL Abogados
JUAN ANTONIO URUETA LUGO