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22/11/13 COMO PAGAR MENOS IMPUESTOS AL SAT.: Caso Práctico: Cómo se calculan las cuotas de seguridad social fiscalcostos.blogspot.mx/2012/10/caso-practico-como-se-calculan-las.html 1/19 COFICOST S.C. Consultoría Fiscal. Determinación, administación y pago de Impuestos: Federales y Estatales así como la implementación de estrategias fiscales,Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), Impuesto al Valor Agregado (IVA),Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto Sobre Depósitos en Efectivo (IDE). IMSS, Pensiones, Impuesto Sobre Producción y Servicios (IEPS), otros. COMO PAGAR MENOS IMPUESTOS AL SAT. COFICOST S.C. : Teléfono 43-33-18-03. Te Invitamos a Conocer la Página del Corporativo haz Click en la Imagen. lunes, 15 de octubre de 2012 Caso Práctico: Cómo se calculan las cuotas de seguridad social Aspectos a considerar en la determinación de las cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda a pagar al IMSS e Infonavit Cuando una empresa inicia sus operaciones está obligada a inscribir a sus trabajadores ante el IMSS y consecuentemente ante el Infonavit; además de este deber, es importante que conozcan los aspectos que inciden en dos de las principales obligaciones de seguridad social: la determinación y el pago de las cuotas obrero-patronales, así como aportaciones y amortizaciones de vivienda. En este tema se abordan los conceptos básicos que debe conocer el emprendedor o la persona que dentro de una pequeña o mediana empresa se dedique a calcular las cuotas de seguridad social a pagar por cada uno de sus colaboradores, así como un caso práctico en donde se incluyen diversas incidencias que se pueden presentar en ese proceso. CONCEPTOS BÁSICOS Los aspectos básicos que se deben tomar en cuenta para realizar el cálculo de esas contribuciones, son los siguientes: determinar correctamente el salario base de cotización (SBC) de los trabajadores, entendiéndose que éste se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, con excepción de los conceptos comprendidos en el artículo 27 de la LSS. Al respecto se recomienda consultar los temas “Integración de salarios fijos”, publicado en la edición 162 del 31 de julio de 2007 y el de “Integración salarial: variables y mixtos”, de la edición 163, del 15 de agosto de 2007, ambos disponibles en nuestra página de Internet: www.idconline.com.mx considerar los topes de cotización aplicables en materia del IMSS e Infonavit: el mínimo es el salario mínimo del área geográfica respectiva integrado –A, $65.14; B, $63.30 y C, $61.75– y, el máximo el equivalente a 25 veces el salario mínimo vigente en el DF – actualmente $1,558.25– (arts. 28 y Vigésimo Quinto Transitorio, LSS y 29, fracc. II y Quinto Transitorio, Ley del Infonavit) aplicar al SBC de cada trabajador, o en su caso al salario mínimo del DF, las primas de los Seguros del Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) y de las aportaciones de vivienda, contemplados en las Leyes del Seguro Social y del Infonavit, las cuales son: IMSS Seguro del ROSS Cuota Base salarial Fundamento legal (arts.) Patronal Obrera Total Riesgos de Trabajo De acuerdo con la sinietralidad laboral de la empresa 0.00% De acuerdo con la sinietralidad laboral de la empresa SBC 71, LSS Enfermedades y Maternidad Share this on Facebook Tweet this View stats (NEW) Appointment gadget >> Share it Participar en este sitio Google Friend Connect Miembros (1) ¿Ya eres miembro? Iniciar sesión Seguidores C.P.Ricardo López Estado de México, Cd. Satélite, Mexico Contador Público Titulado Egresado de la Escuela Bancaria y Comercial; Experiencia laboral: Despacho Roberto Casas Alatriste (Auditor Externo); Despacho Tomás Polo Hernández Trayectoria Más Siguiente blog» Crear un blog Acceder

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COFICOST S.C. Consultoría Fiscal. Determinación, administación y pago de Impuestos: Federales yEstatales así como la implementación de estrategias fiscales,Impuesto Empresarial a Tasa Única(IETU), Impuesto al Valor Agregado (IVA),Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto Sobre Depósitosen Efectivo (IDE). IMSS, Pensiones, Impuesto Sobre Producción y Servicios (IEPS), otros.

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lunes, 15 de octubre de 2012

Caso Práctico: Cómo se calculan las cuotas de seguridadsocial

A spectos a considerar en la determinación de las cu otas obrero-patronales y aportaciones de vivienda a pagar al IMSS e Infonavit

Cuando una empresa inicia sus operaciones está obligada a inscribir a sus trabajadores ante el IMSS y consecuentemente ante el Infonavit; además de este deber, es

importante que conozcan los aspectos que inciden en dos de las principales obligaciones de seguridad social: la determinación y el pago de las cuotas obrero-patronales,

así como aportaciones y amortizaciones de vivienda.

En este tema se abordan los conceptos básicos que debe conocer el emprendedor o la persona que dentro de una pequeña o mediana empresa se dedique a calcular las

cuotas de seguridad social a pagar por cada uno de sus colaboradores, así como un caso práctico en donde se incluyen diversas incidencias que se pueden presentar en

ese proceso.

CONCEPTOS BÁSICOS

Los aspectos básicos que se deben tomar en cuenta para realizar el cálculo de esas contribuciones, son los siguientes:

determinar correctamente el salario base de cotización (SBC) de los trabajadores, entendiéndose que éste se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones,

percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, con excepción de los

conceptos comprendidos en el artículo 27 de la LSS.

Al respecto se recomienda consultar los temas “Integración de salarios fi jos”, publicado en la edición 162 del 31 de julio de 2007 y el de “Integración salarial: variables y mixtos”, de la edición

163, del 15 de agosto de 2007, ambos disponibles en nuestra página de Internet: www.idconline.com.mx

considerar los topes de cotización aplicables en materia del IMSS e Infonavit: el mínimo es el salario mínimo del área geográfica respectiva integrado –A, $65.14; B, $63.30 y C, $61.75– y, el

máximo el equivalente a 25 veces el salario mínimo vigente en el DF – actualmente $1,558.25– (arts. 28 y Vigésimo Quinto Transitorio, LSS y 29, fracc. II y Quinto Transitorio, Ley del Infonavit)

aplicar al SBC de cada trabajador, o en su caso al salario mínimo del DF, las primas de los Seguros del Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) y de las aportaciones de vivienda,

contemplados en las Leyes del Seguro Social y del Infonavit, las cuales son:

IMSS

Seguro del ROSS

Cuota

Base salarialFundamento legal

(arts.)Patronal Obrera Total

Riesgos de Trabajo

De acuerdo

con la

sinietralidad

laboral de la

empresa

0.00%

De acuerdo

con la

sinietralidad

laboral de la

empresa

SBC 71, LSS

Enfermedades y Maternidad

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Enfermedades y Maternidad

Prestaciones en Especie

Cuota fi ja por cada trabajador hasta por tres

VSMGVDF1

20.40% 0.00% 20.40% SMGVDF2 106, fracción I y Décimo

Noveno Transitorio, LSS

Cuota adicional o excedente 1.10% 0.40% 1.50% (SBC-3VSMGVDF) 106, fracción II y

Décimo Noveno

Transitorio, LSS

Gastos médicos para pensionarios y

beneficiarios

1.05% 0.375% 1.425% SBC 25, último párrafo, LSS

Prestaciones en dinero 0.70% 0.25% 0.95% SBC 107, fracciones I y II,

LSS

Inv alidez y Vida 1.75% 0.625% 2.375% SBC 147, LSS

Retiro, Cesantía en Edad Av anzada y Vejez

Ramo de Retiro 2.00% 0.00% 2.00% SBC 168, fracción I, LSS

Ramo de Cesantía en Edad Avanzada y

Vejez

3.150% 1.125% 4.275% SBC 168, fracción II, LSS

Guarderías y Prestaciones Sociales 1.00% 0.00% 1.00% SBC 211, LSS

Nota:

1 Veces el salario mínimo general vigente en el DF

2 Salario mínimo general vigente en el DF

Infonav it

Concepto a pagar

Cuota

Base salarial

Fundamento legal

(arts.)Patronal Obrera Total

Aportaciones de vivienda5.00% 0.00% 5.00%

SBC 29, fracción II, Ley del

Infonavit

tomar en cuenta la periodicidad de pago de las cuotas obrero-patronales, así como de las aportaciones y amortizaciones de vivienda, esto es:

Concepto de pago Periodicidad de pago Fecha límite de pago

Cuotas obrero-patronales de los

Seguros de:

Riesgos de Trabajo

Enfermedades y

Maternidad

Invalidez y Vida, y

Guarderías y Prestaciones

Sociales

Mensual

A más tardar el día 17 de: enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio,

julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año del

que se trate

Cuotas del Seguro de Retiro,

Cesantía en Edad Avanzada y Vejez,

y

aportaciones de vivienda y

amortizaciones de créditos del

Infonavit

Bimestral

A más tardar el día 17 de: enero, marzo, mayo, julio, septiembre y

noviembre del año del que se trate

considerar las incidencias (ausencias e incapacidades) sufridas por los trabajadores en el periodo de pago y aplicar las reglas de cotización en ausentismo, contenidas en los numerales 31 de la

LSS; 35 y 49 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit (Ripaedi), es decir, cuando las ausencias son:

injustificadas: solo se pagan las cuotas relativas al Seguro de Enfermedades y Maternidad, las correspondientes a los demás Seguros del ROSS no

El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) únicamente permite el registro de siete ausencias injustificadas, y

amparadas por certificados de incapacidad emitidos por el IMSS: se enteran las cuotas del ramo de Retiro y las aportaciones de vivienda; solo subsistirá la obligación de efectuar y

enterar los descuentos por concepto de amortizaciones cuando el patrón tenga celebrado convenio de pago indirecto y reembolso de subsidios con el IMSS

CÁLCULO DE CUOTAS Y APORTACIONES

Las cuotas obrero-patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón debe determinar sus importes en los formatos impresos (COB-10, “Cédula de Determinación de Cuotas” y COB-20, “Cédula

para Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones”) o usando el SUA; no obstante este último es obligatorio para los patrones que cuenten con cinco o más trabajadores y opcional para quienes

Hernández(Contador);Grupo Pahan(ContadorGeneral); AmiDoduco México(Jefe deCostos yPresupuesto);ControladoraIUSA (Gerentede Costos yPresupuesto);MitsubishiElectric México(Gerente deCostos yPresupuesto);Actualmentelabora paraCorporativoContableFiscal Costos(COFICOSTS.C.) en dondese desempeñacomo Socio delÁrea Fiscal.Tiene más de10 años

ejerciendo ymaneja dosáreas: Fiscal(impuestos) ySistemas deCosteo(CostosEstándar).

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tengan hasta cuatro subordinados (arts. 39, LSS y 113, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afil iación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización –RACERF–).

Según el artículo 39-A de la LSS, el IMSS en apoyo a los patrones podrá entregar una propuesta de cédula de determinación y aquéllos podrán emplearla para pagar sus cuotas o no; si lo hacen, dicho

documento adquiere el carácter de acto vinculatorio.

La mayoría de los patrones util izan el SUA para realizar los cálculos de las cuotas a pagar al IMSS y de las aportaciones y amortizaciones para el Infonavit, no obstante siempre es útil conocer el cálculo

manual para poder identificar posibles errores.

A continuación se presenta un caso práctico en donde se muestra cómo se determinan las cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda de trabajadores: de jornada normal, con jornada y semana

reducida, pensionados, y con incapacidades o ausentismos.

CASO PRÁCTICO

La empresa “Productora de Artículos de Novedad, SA de CV” otorga a sus trabajadores prestaciones superiores a las de la Ley y debe calcular las cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda

correspondientes a octubre y al 5o bimestre de 2012, con base en los siguientes datos:

DATOS DE LOS TRABAJADORES

Número de

seguridad

social

Nombre del

trabajador

Tipo de

trabajador

Fecha de

ingreso

Días de

v acacionesSalario

Días

laborados

en la

semana

Horas laboradas

por díaAusencias Incapacidades

12978018352 Ávila Méndez José Permanente 06/01/10 12 $15,630.251 6 8

11966709470 Colín Márquez EdithSemana

reducida30/03/09 14 245.872 4 8 24/10/12

08947513653Fernández López

Raúl

Pensionado

por CEA25/05/10 12 5,430.281 6 8 27/10/12

12558796352 García Pérez AndrésJornada

reducida05/07/08 16 145.853 6 4 16/10/12

11789544521 López Campos ÁngelPensionado

por vejez24/12/09 14 4,256.981 6 8

01/10/12

02/10/12

07845455143 Osorio Sánchez Elisa Eventual 31/10/08 16 12,896.201 6 8

22/10/12

al

28/10/12

Notas:

1 Mensual 2 Diario 3 Por hora

1. Cálculo del salario base de cotización

A) DETERMINACIÓN DEL FACTOR DE PRESTACIONES

Proporción diaria de aguinaldo

FórmulaÁv ila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández López

Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio

Sánchez Elisa

Días de Aguinaldo 30* 30* 30* 30* 30* 30*

Entre: Días del año 365 365 365 365 365 365

Igual: Proporción diaria de aguinaldo 0.0821 0.0821 0.0821 0.0821 0.0821 0.0821

*Nota: Según el artículo 87 de la LFT anualmente el patrón debe pagar a sus trabajadores un aguinaldo de 15 días de salario, no obstante la empresa “Productora de Artículos de Novedad, SA de CV”

otorga a sus colaboradores 30 días

Proporción diaria de prima vacacional

FórmulaÁv ila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández

López Raúl

García Pérez

Andrés

López

Campos Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

Días de vacaciones 12 14 12 16 14 16

Por: % prima vacacional 25% 25% 25% 25% 25% 25%

Igual: Prima vacacional 3.00 3.50 3.00 4.00 3.50 4.00

Entre: Días del año 365 365 365 365 365 365

Igual: Proporción diaria de prima

vacacional

0.0082 0.0095 0.0082 0.0109 0.0095 0.0109

Modificaciones alreglamento interior dela SHCP

Lleve registro dedepósitos en efectivo

¡Juicio sumario fiscal!

Ventajas del juicio enlínea

TFJFA emite primeraresolución de juicio enlínea

El TFJFA tendrá una salaregional en Tlaxcala

¿Cómo funcionará la leycontra el lavado dedinero...

3ª Modificación a laRMISC 2012

Nuevo MaterialInformativo

DISPOSICIONES DECARACTER GENERALAPLICABLES A LOS...

Caso Práctico: Cómo secalculan las cuotas desegu...

Estabilidad en el trabajode mujeres

Suben 36% loscontribuyentes queacuden a Prodecon...

Atiende Prodecon a sietemil contribuyentes

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Cambios al Cofipe paraevitar robo de identidad

¿Ya estás protegiendo losdatos personales?

Siguen las novedades enmateria decomprobantes

Caso Práctico: Estímulosfiscales para el ahorro

Qué significa ser unaempresa incluyente

Cómo tramitarprestacioneseconómicas IMSS

Beneficios de importarcon la Regla Octava

Registro de profesionalesinmobiliarios en el DF

En qué casos el SATrevisará papeles detrabajo

Proponen cambios enmateria de dictamen

Sigue la discriminacióncontra la mujer

Lanzan espacio dedicadoa mujeres de negocios

Negocios mejoran si losdirige una mujer

Informe tributario del 2°

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Factor de prestaciones para trabajadores con semana y jornada reducida

Fórmula Colín Márquez Edith García Pérez Andrés*

Proporción diaria de aguinaldo 0.0821 0.0821

Más: Proporción diaria de prima

vacacional

0.0095 0.0109

Igual: Factor de Integración 0.0916 0.0930

Factor del séptimo día para trabajadores con semana y jornada reducida

Fórmula Colín Márquez Edith García Pérez Andrés*

Séptimo día 1 1

Entre: Días laborables en la semana 4 6

Igual: Factor proporcional del séptimo día 0.2500 0.1666

*Nota: Aun cuando en el artículo 62, fracción I del RACERF no se establece que en la integración salarial de los trabajadores de jornada reducida deban contemplarse las prestaciones, deben considerarse

pues también tienen derecho al pago de las mismas

Factor de prestaciones para trabajadores con jornada y semana normal

Fórmula Áv ila Méndez JoséFernández López

Raúl

López Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

Unidad (representa a la cuota

diaria)

1 1 1 1

Más: Proporción diaria de aguinaldo 0.0821 0.0821 0.0821 0.0821

Más: Proporción diaria de prima

vacacional

0.0082 0.0082 0.0095 0.0109

Igual: Factor de integración 1.0903 1.0903 1.0916 1.0930

B) DETERMINACIÓN DEL IMPORTE PROPORCIONAL DE PRESTACIONES

Trabajador con semana reducida

Fórmula Colín Márquez Edith

Salario por día laborado $245.87

Por: Factor de integración 0.0916

Igual: Monto proporcional de prestaciones $22.52

Trabajador con jornada reducida

Fórmula García Pérez Andrés

Salario por unidad de tiempo (hora laborada) $145.85

Por: Número de horas laboradas durante el día 4

Igual: Salario diario percibido en jornada reducida $583.40

Por: Factor de integración 0.0930

Igual: Monto proporcional de prestaciones $54.26

C) DETERMINACIÓN DEL IMPORTE SALARIAL PROPORCIONAL DEL SÉPTIMO DÍA

Trabajador de semana reducida

Fórmula Colín Márquez Edith

Salario por día laborado $245.87

Por: Factor porporcional del séptimo día 0.2500

Igual: Monto salarial proporcional del séptimo día $61.47

Trabajador con jornada reducida

Fórmula García Pérez Andrés

Salario diario percibido en jornada reducida $583.40

trimestre 2012

La mayoría de lasempresas no sabeproteger datos

Evita multas y protegedatos personales

Disputas contractuales enMéxico demoran 560días

En riesgo datospersonales en Internet

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Termina la vigencia de los

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Por: Factor proporcional del séptimo día 0.1666

Igual: Monto salarial proporcional del séptimo día $97.19

D) DETERMINACIÓN DEL SBC

Trabajador con semana reducida

Fórmula Colín Márquez Edith

Salario por día laborado $245.87

Más: Monto proporcional de prestaciones 22.52

Más: Monto salarial proporcional del séptimo día 61.47

Igual: Subtotal $329.86

Por: Días laborados en la semana 4

Igual: Importe total de la percepción semanal $1,319.44

Entre: Siete 7

Igual: SBC 188.49

VS SBC del SM 65.14

Igual: SBC a comunicar al IMSS $188.49*

Trabajador con jornada reducida

Fórmula García Pérez Andrés

Salario diario percibido en jornada reducida $583.40

Más: Monto proporcional de prestaciones 54.26

Más: Monto salarial proporcional del séptimo día 97.19

Igual: Subtotal $734.85

Por: Días laborados en la semana 6

Igual: Importe total de la percepción semanal $4,409.1

Entre: Siete 7

Igual: SBC $629.87

VS SBC del SM 65.14

Igual: SBC a comunicar al IMSS $629.87*

*Nota:El procedimiento para determinar el SBC de los trabajadores con semana y jornada reducida está previsto en el numeral 62 del RACERF, en donde se señala que si el salario resultante es inferior al

mínimo de la región, deberá ajustarse a éste. En este caso, como el salario de los trabajadores con semana y jornada reducida es superior, éste es el que debe declararse al IMSS

Trabajadores con semana y jornada normal

Fórmula Áv ila Méndez José Fernández López Raúl López Campos Ángel Osorio Sánchez Elisa

Salario Mensual $15,630.25 $5,430.28 $4,256.98 $12,896.26

Entre: Días del mes 30 30 30 30

Igual: Cuota diaria $521.01 $181.01 $141.90 $429.88

Por: Factor de integración 1.0903 1.0903 1.0916 1.093

Igual: SBC $568.06 $197.36 $154.90 $469.86

2. cálculo del tope máximo de cotización para los seguros del ross y aportaciones de v iv ienda

FórmulaÁv ila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández López

Raúl

García

Pérez

Andrés

López

Campos Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

VS Tope salarial máximo

(25VSMGDF=25 X $62.33)

1,558.25 1,558.25 1,558.25 1,558.25 1,558.25 1,558.25

Igual: SBC máximo $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

comprobantes impresos

Personas físicas tambiénutilizarán el SEDEPA

Caso Práctico: Sedepapara personas físicas

SEDEPA, obligatorio paramás contribuyentes

Paga con tu tarjetaFonacot en todos lados

México ya es parte delAcuerdo Transpacífico

IVA a alimentos ymedicinas ¿viable?

Actualice su SUA con laversión 3.3.6

¿Sabes qué son lasacciones colectivas?

¿Cuánto te gustaríaobtener cuando tejubiles?

Permuta no intercambio

Caso Práctico: Cuántocuesta vender acciones

¿Canje deacciones=enajenación?

Condonación de créditosen el DF

► septiembre (65)

► agosto (64)

► julio (52)

► junio (43)

► mayo (30)

► abril (2)

► marzo (1)

► enero (13)

► 2011 (18)

► 2010 (17)

► 2009 (22)

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*Nota: El SBC de los trabajadores no puede ser superior a 25 veces el salario mínimo del DF, según lo dispuesto en el artículo 28 de la LSS, de serlo, deberá ajustarse a este límite máximo

3. cálculo de cuotas del seguro de riesgos de trabajo

FórmulaÁv ila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández

López Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima 4.65325% 4.65325% 4.65325% 4.65325% 4.65325% 4.65325%

Igual: Subtotal 26.43 8.77 9.18 29.31 7.21 21.86

Por: Días del mes 31 291 302 302 292 242

Igual: Cuotas por cubrir $819.33 $254.33 $275.40 $879.30 $209.09 $524.64

Notas:

1 Para efectos del Seguro de Riesgos de Trabajo, deben descontarse los días en los que los trabajadores tengan ausencias injustificadas o incapacidades; si el trabajador es de semana reducida, tienen que

restarse los días indicados en la Tabla contenida en la fracción II del artículo 116 del RACERF, según sus faltas. En este caso se descuentan dos días del periodo mensual, a razón de que faltó un día del

mes

2 Para calcular las cuotas a pagar por el Seguro de Riesgos de Trabajo, se descuentan los días de ausencias injustificadas o incapacidades de los trabajadores (art. 31, fracs. I y IV LSS)

4. cálculo de cuotas del seguro de enfermedades y maternidad

FórmulaÁv ila Méndez

JoséColín Márquez Edith

Fernández López

Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

Prestaciones en dinero

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 0.70% 0.70% 0.70% 0.70% 0.70% 0.70%

Igual: Subtotal 3.98 1.32 1.38 4.41 1.08 3.29

Por: Días del mes 31 311 302 302 311 242

Igual: Cuota patronal $123.38 $40.92 $41.40 $132.30 $33.48 $78.96

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.9 $469.86

Por: Prima obrera 0.25% 0.25% 0.25% 0.25% 0.25% 0.25%

Igual: Subtotal 1.42 0.47 0.49 1.57 0.39 1.17

Por: Días del mes 31 31 30 30 31 24

Igual: Cuota obrera 44.02 14.57 14.7 47.1 12.09 28.08

Total de cuotas a cubrir $167.40 $55.49 $56.1 $179.4 $45.57 $107.04

Prestaciones en especie

Cuota fi ja

SMGVDF $62.33 $62.33 $62.33 $62.33 $62.33 $62.33

Por: Días del mes 31 31 30 30 31 24

Igual: SMGVDF 1,932.23 1,932.23 1,869.90 1,869.90 1,932.23 1,495.92

Por: Prima patronal 20.40% 20.40% 20.40% 20.40% 20.40% 20.40%

Igual: Cuotas patronales $394.17 $394.17 $381.46 $381.46 $394.17 $305.17

Cuota adicional o excedente SBC

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Días del mes 31 31 30 30 31 24

Igual: SBCM 17,609.86 5,843.19 5,920.80 18,896.10 4,801.90 11,276.64

Menos: 3SMGVDF (3*31*$62.33) 5,796.69 5,796.69 5,609.70 5,609.70 5,796.69 4,487.76

Igual: Excedente 11,813.17 46.50 311.10 13,286.40 0.00 6,788.88

Por: Prima patronal 1.10% 1.10% 1.10% 1.10% 1.10% 1.10%

Igual: Cuota patronal a cubrir $129.94 $0.51 $3.42 $146.15 0.00 $74.68

Excedente $11,813.17 $46.50 $311.10 $13,286.40 0.00 $6,788.88

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Por: Prima obrera 0.40% 0.40% 0.40% 0.40% 0.40% 0.40%

Igual: Cuotas obreras a retener $47.25 $0.19 $1.24 $53.15 0.00 $27.16

Total de cuotas a cubrir $177.19 $0.70 $4.66 $199.30 0.00 $101.84

Gastos médicos para pensionados

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 1.05% 1.05% 1.05% 1.05% 1.05% 1.05%

Igual: Subtotal 5.96 1.98 2.07 6.61 1.63 4.93

Por: Días del mes 31 31 03 30 03 24

Igual: Cuota patronal a cubrir $184.76 $61.38 0.00 $198.30 0.00 $118.32

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.9 $469.86

Por: Prima obrera 0.375% 0.375% 0.375% 0.375% 0.375% 0.375%

Igual: Subtotal 2.13 0.71 0.74 2.36 0.58 1.76

Por: Días del mes 31 31 03 30 03 24

Igual: Cuotas obreras a retener $66.03 $22.01 0.00 $70.80 0.00 $42.24

Total de cuotas a cubrir $250.79 $83.39 0.00 $269.10 0.00 $160.56

Total de cuotas a cubrir por el Seguro de

Enfermedades y Maternidad

$989.55 $533.75 $442.22 $1,029.26 $439.74 $674.61

Notas:

1 En los periodos de ausencias sí se cubren las cuotas del Seguro de Enfermedades y Maternidad (art. 31, fracc. I, LSS)

2 Cuando los trabajadores faltan a sus labores por una enfermedad general o profesional y esas ausencias están amparadas por certificados de incapacidad, esos días se descuentan para efectos del pago de

este Seguro

3 Los pensionados por cesantía en edad avanzada o vejez no cotizan para efectos del ramo de Gastos Médicos para Pensionados, por ende ni éstos ni sus patrones cubren este concepto (arts. 196 y 25,

segundo párrafo, LSS)

5. cálculo de cuotas del seguro de Inv alidez y v ida

FórmulaÁv ila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández López

Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio

Sánchez Elisa

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 1.75% 1.75% 1.75% 1.75% 1.75% 1.75%

Igual: Subtotal 9.94 3.30 3.45 11.02 2.71 8.22

Por: Días del mes 31 291 02 301 02 241

Igual: Cuota patronal a cubrir $308.14 $95.70 0.00 $330.60 0.00 $197.28

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima obrera 0.625% 0.625% 0.625% 0.625% 0.625% 0.625%

Igual: Subtotal 3.55 1.18 1.23 3.94 0.97 2.94

Por: Días del mes 31 29 02 30 02 24

Igual: Cuotas obreras a retener $110.05 $34.22 0.00 $118.20 0.00 $70.56

Total de cuotas a cubrir $418.19 $129.92 0.00 $448.80 0.00 $267.84

Notas:

1 Cuando los trabajadores se ausentan injustificadamente o esos periodos se amparan con certificados de incapacidad, esos días se descuentan para efecto del pago de este Seguro

2 Ni los pensionados ni sus patrones cubren las cuotas de este Seguro (art. 196, LSS)

6. CÁLCULO DE LAS CUOTAS DEL SEGURO DE GUARDERÍAS Y PRESTACIONES SOCIALES

FórmulaÁv ila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández López

Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 1.00% 1.00% 1.00% 1.00% 1.00% 1.00%

Igual: Subtotal 5.68 1.88 1.97 6.3 1.55 4.7

Por: Días del mes 31 29* 30* 30* 29* 24*

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Igual: Cuota patronal a

cubrir

$176.08 $54.52 $59.10 $189.00 $44.95 $112.80

*Nota: Cuando se registran ausencias injustificadas o incapacidades médicas de los trabajadores, los días correspondientes se descuentan para efectos del pago de este Seguro (art. 31, fraccs. I y IV, LSS)

7. Cálculo de las cuotas obrero-patronales a pagar en octubre

FórmulaÁv ila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández

López Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

Riesgos de Trabajo $819.33 $254.33 $275.40 $879.30 $209.09 $524.64

Más: Enfermedades y

Maternidad

989.55 533.75 442.22 1,029.26 439.74 674.61

Más: Invalidez y Vida 418.19 129.92 0.00 448.80 0.00 267.84

Más: Guarderías y

Prestaciones Sociales

176.08 54.52 59.10 189.00 44.95 112.80

Igual: Total de cuotas

mensuales a cubrir

$2,403.15 $972.52 $776.72 $2,546.36 $693.78 $1,579.89

8. cálculo de cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad av anzada y v ejez

FórmulaÁv ila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández López

Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

Retiro

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 2.00% 2.00% 2.00% 2.00% 2.00% 2.00%

Igual: Subtotal 11.36 3.77 3.95 12.60 3.10 9.4

Por: Días del bimestre 61 591 612 612 591 612

Igual: Cuota patronal a

cubrir

$692.96 $222.43 $240.95 $768.60 $182.90 $573.40

Cesantía y Vejez

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150%

Igual: Subtotal 17.89 5.94 6.22 19.84 4.88 14.80

Por: Días del bimestre 61 593 603 603 593 543

Igual: Cuota patronal por

cubrir

$1,091.29 $350.46 $373.20 $1,190.40 $287.92 $799.20

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima obrera 1.125% 1.125% 1.125% 1.125% 1.125% 1.125%

Igual: Subtotal 6.39 2.12 2.22 7.09 1.74 5.29

Por: Días del bimestre 613 593 603 603 593 543

Igual: Cuotas obreras a

retener

$389.79 $125.08 $133.20 $425.40 $102.66 $285.66

$1,481.08 $475.54 506.40 $1,615.80 $390.58 $1,084.86

Total de cuotas a cubrir $2,174.04 $697.97 $747.35 $2,384.40 $573.48 $1,658.26

Notas:

1 En los días de ausencias injustificadas no se pagan las cuotas de este ramo (art. 31, fracc. I, LSS)

2 Cuando los trabajadores se ausentan de su centro laboral y esos días están amparados por certificados de incapacidad, sus patrones deben cubrir las cuotas por el ramo de Retiro (art. 31, fracc. IV, LSS)

3 Las cuotas del ramo de Cesantía en Edad Avanzada no se cubren por los días de ausencias o incapacidades médicas (art. 31, fraccs. I y IV, LSS)

9. cálculo de aportaciones al infonav it

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FórmulaÁv ila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández López

Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 5.00% 5.00% 5.00% 5.00% 5.00% 5.00%

Igual: Subtotal 28.4 9.42 9.87 31.49 7.75 23.49

Por: Días del bimestre 61 591 612 612 592 612

Igual: Aportaciones

patronales

$1,732.40 $555.78 $602.07 $1,920.89 $457.25 $1,432.89

Nota:

1 Cuando los trabajadores se ausentan sin causa justificada, no se pagan las aportaciones de vivienda (arts. 35, fracc. I, Ripaedi)

2 Si las ausencias de los trabajadores están amparados por certificados de incapacidad, subsiste la obligación de pago de las aportaciones de vivienda (art. 35, fracc. III, LSS)

10. cálculo de las cuotas a cubrir en el quinto bimestre de 2012

Fórmula

Áv ila Méndez José Colín Márquez Edith Fernández López Raúl

Cuotas Cuotas Cuotas

Patronal Obrera Patronal Obrera Patronal Obrera

Retiro $692.96 0.00 $222.43 0.00 $240.95 0.00

Más: CEA y V 1,091.29 389.79 350.46 125.08 373.20 133.20

Más: Aportaciones al Infonavit 1,732.40 0.00 555.78 0.00 602.07 0.00

Igual: Monto de cuotas y

aportaciones bimestrales

$3,516.65 $389.79 $1,128.67 $125.08 $1,216.22 $133.20

Fórmula

García Pérez Andrés López Campos Ángel Osorio Sánchez Elisa

Cuotas Cuotas Cuotas

Patronal Obrera Patronal Obrera Patronal Obrera

Retiro $768.60 0.00 $182.90 0.00 $573.40 0.00

Más: CEA y V 1190.40 425.40 287.92 102.66 799.20 285.66

Más: Aportaciones al Infonavit 1,920.89 0.00 457.25 0.00 1,432.89 0.00

Igual: Monto de cuotas y

aportaciones bimestrales

$3,879.89 $425.40 $928.07 $102.66 $2,805.49 $285.66

COMENTARIO FINAL

La determinación y el pago correcto de las cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda, evitarán que el IMSS o el Infonavit le impongan sanciones como multas o pago de diferencias con la

actualización y los recargos correspondientes.

Si calcula los pagos a su cargo a través del SUA, no olvide registrar las incidencias de sus trabajadores para que entere lo que realmente proceda.

Fuente. IDC.

SE LES HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE TODA ATENCIÓN PERSONAL CAUSARÁ HONORARIOS, INCLUYENDO LOS GASTOS DE TRASLADO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA REVISIÓN DE SU

INFORMACIÓN.

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C.P.T. Ricardo López Tinajero

Ciudad Satélite.

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Declaración Anual.

Elaboración de DIOT.

IETU.

Pagos Prov isionales.

Factura Electrónica.

CBB.

IVA.

IMSS.

Aspectos a considerar en la determinación de las cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda a pagar al

IMSS e Infonavit

Cuando una empresa inicia sus operaciones está obligada a inscribir a sus trabajadores ante el IMSS y consecuentemente ante el Infonavit; además de

este deber, es importante que conozcan los aspectos que inciden en dos de las principales obligaciones de seguridad social: la determinación y el pago

de las cuotas obrero-patronales, así como aportaciones y amortizaciones de vivienda.

En este tema se abordan los conceptos básicos que debe conocer el emprendedor o la persona que dentro de una pequeña o mediana empresa se

dedique a calcular las cuotas de seguridad social a pagar por cada uno de sus colaboradores, así como un caso práctico en donde se incluyen diversas

incidencias que se pueden presentar en ese proceso.

CONCEPTOS BÁSICOS

Los aspectos básicos que se deben tomar en cuenta para realizar el cálculo de esas contribuciones, son los siguientes:

determinar correctamente el salario base de cotización (SBC) de los trabajadores, entendiéndose que éste se integra con los pagos hechos en

efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra

cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, con excepción de los conceptos comprendidos en el artículo 27 de la LSS.

Al respecto se recomienda consultar los temas “Integración de salarios fijos”, publicado en la edición 162 del 31 de julio de 2007 y el de

“Integración salarial: variables y mixtos”, de la edición 163, del 15 de agosto de 2007, ambos disponibles en nuestra página de

Internet: www.idconline.com.mx

considerar los topes de cotización aplicables en materia del IMSS e Infonavit: el mínimo es el salario mínimo del área geográfica respectiva

integrado –A, $65.14; B, $63.30 y C, $61.75– y, el máximo el equivalente a 25 veces el salario mínimo vigente en el DF – actualmente

$1,558.25– (arts. 28 y Vigésimo Quinto Transitorio, LSS y 29, fracc. II y Quinto Transitorio, Ley del Infonavit)

aplicar al SBC de cada trabajador, o en su caso al salario mínimo del DF, las primas de los Seguros del Régimen Obligatorio del Seguro Social

(ROSS) y de las aportaciones de vivienda, contemplados en las Leyes del Seguro Social y del Infonavit, las cuales son:

IMSS

Seguro del ROSSCuota

Base salarialFundamento legal

(arts.)Patronal Obrera Total

Riesgos de Trabajo

De acuerdo

con la

sinietralidad

laboral de la

empresa

0.00%

De acuerdo

con la

sinietralidad

laboral de la

empresa

SBC 71, LSS

Enfermedades y Maternidad

Prestaciones en Especie

Cuota fija por cada trabajador hasta

por tres VSMGVDF1

20.40% 0.00% 20.40% SMGVDF2 106, fracción I y

Décimo Noveno

Transitorio, LSS

Cuota adicional o excedente 1.10% 0.40% 1.50% (SBC-3VSMGVDF) 106, fracción II y

Décimo Noveno

Transitorio, LSS

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Gastos médicos para pensionarios y

beneficiarios

1.05% 0.375% 1.425% SBC 25, último párrafo,

LSS

Prestaciones en dinero 0.70% 0.25% 0.95% SBC 107, fracciones I y II,

LSS

Invalidez y Vida 1.75% 0.625% 2.375% SBC 147, LSS

Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Ramo de Retiro 2.00% 0.00% 2.00% SBC 168, fracción I, LSS

Ramo de Cesantía en Edad Avanzada

y Vejez

3.150% 1.125% 4.275% SBC 168, fracción II, LSS

Guarderías y Prestaciones Sociales 1.00% 0.00% 1.00% SBC 211, LSS

Nota:

1 Veces el salario mínimo general v igente en el DF

2 Salario mínimo general v igente en el DF

Infonavit

Concepto a pagar

Cuota

Base salarial

Fundamento legal

(arts.)Patronal Obrera Total

Aportaciones de vivienda5.00% 0.00% 5.00%

SBC 29, fracción II, Ley

del Infonavit

tomar en cuenta la periodicidad de pago de las cuotas obrero-patronales, así como de las aportaciones y amortizaciones de vivienda, esto es:

Concepto de pagoPeriodicidad de

pagoFecha límite de pago

Cuotas obrero-patronales de los

Seguros de:

Riesgos de Trabajo

Enfermedades y

Maternidad

Invalidez y Vida, y

Guarderías y

Prestaciones Sociales

Mensual

A más tardar el día 17 de: enero, febrero, marzo, abril, mayo,

junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y

diciembre del año del que se trate

Cuotas del Seguro de Retiro,

Cesantía en Edad Avanzada y

Vejez, y

aportaciones de vivienda y

amortizaciones de créditos del

Infonavit

Bimestral

A más tardar el día 17 de: enero, marzo, mayo, julio,

septiembre y noviembre del año del que se trate

considerar las incidencias (ausencias e incapacidades) sufridas por los trabajadores en el periodo de pago y aplicar las reglas de cotización en

ausentismo, contenidas en los numerales 31 de la LSS; 35 y 49 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al

Infonavit (Ripaedi), es decir, cuando las ausencias son:

injustificadas: solo se pagan las cuotas relativas al Seguro de Enfermedades y Maternidad, las correspondientes a los demás Seguros

del ROSS no

El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) únicamente permite el registro de siete ausencias injustificadas, y

amparadas por certificados de incapacidad emitidos por el IMSS: se enteran las cuotas del ramo de Retiro y las aportaciones de

vivienda; solo subsistirá la obligación de efectuar y enterar los descuentos por concepto de amortizaciones cuando el patrón tenga

celebrado convenio de pago indirecto y reembolso de subsidios con el IMSS

CÁLCULO DE CUOTAS Y APORTACIONES

Las cuotas obrero-patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón debe determinar sus importes en los formatos impresos (COB-10,

“Cédula de Determinación de Cuotas” y COB-20, “Cédula para Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones”) o usando el SUA; no obstante

este último es obligatorio para los patrones que cuenten con cinco o más trabajadores y opcional para quienes tengan hasta cuatro subordinados (arts.

39, LSS y 113, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización –RACERF–).

Según el artículo 39-A de la LSS, el IMSS en apoyo a los patrones podrá entregar una propuesta de cédula de determinación y aquéllos podrán

emplearla para pagar sus cuotas o no; si lo hacen, dicho documento adquiere el carácter de acto vinculatorio.

La mayoría de los patrones utilizan el SUA para realizar los cálculos de las cuotas a pagar al IMSS y de las aportaciones y amortizaciones para el

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Infonavit, no obstante siempre es útil conocer el cálculo manual para poder identificar posibles errores.

A continuación se presenta un caso práctico en donde se muestra cómo se determinan las cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda de

trabajadores: de jornada normal, con jornada y semana reducida, pensionados, y con incapacidades o ausentismos.

CASO PRÁCTICO

La empresa “Productora de Artículos de Novedad, SA de CV” otorga a sus trabajadores prestaciones superiores a las de la Ley y debe calcular las

cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda correspondientes a octubre y al 5o bimestre de 2012, con base en los siguientes datos:

DATOS DE LOS TRABAJADORES

Número de

seguridad

social

Nombre del

trabajador

Tipo de

trabajador

Fecha

de

ingreso

Días de

vacacionesSalario

Días

laborados

en la

semana

Horas

laboradas por

día

Ausencias Incapacidades

12978018352 Ávila Méndez José Permanente 06/01/10 12 $15,630.251 6 8

11966709470Colín Márquez

Edith

Semana

reducida30/03/09 14 245.872 4 8 24/10/12

08947513653Fernández López

Raúl

Pensionado

por CEA25/05/10 12 5,430.281 6 8 27/10/12

12558796352García Pérez

Andrés

Jornada

reducida05/07/08 16 145.853 6 4 16/10/12

11789544521López Campos

Ángel

Pensionado

por vejez24/12/09 14 4,256.981 6 8

01/10/12

02/10/12

07845455143Osorio Sánchez

ElisaEventual 31/10/08 16 12,896.201 6 8

22/10/12

al

28/10/12

Notas:

1 Mensual 2 Diario 3 Por hora

1. Cálculo del salario base de cotización

A) DETERMINACIÓN DEL FACTOR DE PRESTACIONES

Proporción diaria de aguinaldo

FórmulaÁvila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández

López Raúl

García

Pérez

Andrés

López

Campos

Ángel

Osorio

Sánchez

Elisa

Días de Aguinaldo 30* 30* 30* 30* 30* 30*

Entre: Días del año 365 365 365 365 365 365

Igual: Proporción diaria de

aguinaldo

0.0821 0.0821 0.0821 0.0821 0.0821 0.0821

*Nota: Según el artículo 87 de la LFT anualmente el patrón debe pagar a sus trabajadores un aguinaldo de 15 días de salario, no obstante la empresa “Productora de Artículos de Nov edad, SA de CV” otorga a sus colaboradores 30

días

Proporción diaria de prima vacacional

FórmulaÁvila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández

López Raúl

García

Pérez

Andrés

López

Campos

Ángel

Osorio

Sánchez

Elisa

Días de vacaciones 12 14 12 16 14 16

Por: % prima vacacional 25% 25% 25% 25% 25% 25%

Igual: Prima vacacional 3.00 3.50 3.00 4.00 3.50 4.00

Entre: Días del año 365 365 365 365 365 365

Igual: Proporción diaria de prima

vacacional

0.0082 0.0095 0.0082 0.0109 0.0095 0.0109

Factor de prestaciones para trabajadores con semana y jornada reducida

Fórmula Colín Márquez Edith García Pérez Andrés*

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Proporción diaria de aguinaldo 0.0821 0.0821

Más: Proporción diaria de prima

vacacional

0.0095 0.0109

Igual: Factor de Integración 0.0916 0.0930

Factor del séptimo día para trabajadores con semana y jornada reducida

Fórmula Colín Márquez Edith García Pérez Andrés*

Séptimo día 1 1

Entre: Días laborables en la semana 4 6

Igual: Factor proporcional del

séptimo día

0.2500 0.1666

*Nota: Aun cuando en el artículo 62, f racción I del RACERF no se establece que en la integración salarial de los trabajadores de jornada reducida deban contemplarse las prestaciones, deben considerarse pues también tienen

derecho al pago de las mismas

Factor de prestaciones para trabajadores con jornada y semana normal

FórmulaÁvila Méndez

José

Fernández

López Raúl

López

Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

Unidad (representa a la cuota

diaria)

1 1 1 1

Más: Proporción diaria de

aguinaldo

0.0821 0.0821 0.0821 0.0821

Más: Proporción diaria de prima

vacacional

0.0082 0.0082 0.0095 0.0109

Igual: Factor de integración 1.0903 1.0903 1.0916 1.0930

B) DETERMINACIÓN DEL IMPORTE PROPORCIONAL DE PRESTACIONES

Trabajador con semana reducida

Fórmula Colín Márquez Edith

Salario por día laborado $245.87

Por: Factor de integración 0.0916

Igual: Monto proporcional de prestaciones $22.52

Trabajador con jornada reducida

Fórmula García Pérez Andrés

Salario por unidad de tiempo (hora laborada) $145.85

Por: Número de horas laboradas durante el día 4

Igual: Salario diario percibido en jornada reducida $583.40

Por: Factor de integración 0.0930

Igual: Monto proporcional de prestaciones $54.26

C) DETERMINACIÓN DEL IMPORTE SALARIAL PROPORCIONAL DEL SÉPTIMO DÍA

Trabajador de semana reducida

Fórmula Colín Márquez Edith

Salario por día laborado $245.87

Por: Factor porporcional del séptimo día 0.2500

Igual: Monto salarial proporcional del séptimo día $61.47

Trabajador con jornada reducida

Fórmula García Pérez Andrés

Salario diario percibido en jornada reducida $583.40

Por: Factor proporcional del séptimo día 0.1666

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Igual: Monto salarial proporcional del séptimo día $97.19

D) DETERMINACIÓN DEL SBC

Trabajador con semana reducida

Fórmula Colín Márquez Edith

Salario por día laborado $245.87

Más: Monto proporcional de prestaciones 22.52

Más: Monto salarial proporcional del séptimo día 61.47

Igual: Subtotal $329.86

Por: Días laborados en la semana 4

Igual: Importe total de la percepción semanal $1,319.44

Entre: Siete 7

Igual: SBC 188.49

VS SBC del SM 65.14

Igual: SBC a comunicar al IMSS $188.49*

Trabajador con jornada reducida

Fórmula García Pérez Andrés

Salario diario percibido en jornada reducida $583.40

Más: Monto proporcional de prestaciones 54.26

Más: Monto salarial proporcional del séptimo día 97.19

Igual: Subtotal $734.85

Por: Días laborados en la semana 6

Igual: Importe total de la percepción semanal $4,409.1

Entre: Siete 7

Igual: SBC $629.87

VS SBC del SM 65.14

Igual: SBC a comunicar al IMSS $629.87*

*Nota:El procedimiento para determinar el SBC de los trabajadores con semana y jornada reducida está prev isto en el numeral 62 del RACERF, en donde se señala que si el salario resultante es inf erior al mínimo de la región,

deberá ajustarse a éste. En este caso, como el salario de los trabajadores con semana y jornada reducida es superior, éste es el que debe declararse al IMSS

Trabajadores con semana y jornada normal

FórmulaÁvila Méndez

José

Fernández López

Raúl

López Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

Salario Mensual $15,630.25 $5,430.28 $4,256.98 $12,896.26

Entre: Días del mes 30 30 30 30

Igual: Cuota diaria $521.01 $181.01 $141.90 $429.88

Por: Factor de integración 1.0903 1.0903 1.0916 1.093

Igual: SBC $568.06 $197.36 $154.90 $469.86

2. cálculo del tope máximo de cotización para los seguros del ross y aportaciones de vivienda

Fórmula

Ávila

Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández

López Raúl

García

Pérez

Andrés

López

Campos

Ángel

Osorio

Sánchez Elisa

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

VS Tope salarial máximo

(25VSMGDF=25 X $62.33)

1,558.25 1,558.25 1,558.25 1,558.25 1,558.25 1,558.25

Igual: SBC máximo $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

*Nota: El SBC de los trabajadores no puede ser superior a 25 v eces el salario mínimo del DF, según lo dispuesto en el artículo 28 de la LSS, de serlo, deberá ajustarse a este límite máximo

3. cálculo de cuotas del seguro de riesgos de trabajo

García López

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Fórmula Ávila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández

López Raúl

Pérez

Andrés

Campos

Ángel

Osorio

Sánchez Elisa

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima 4.65325% 4.65325% 4.65325% 4.65325% 4.65325% 4.65325%

Igual: Subtotal 26.43 8.77 9.18 29.31 7.21 21.86

Por: Días del mes 31 291 302 302 292 242

Igual: Cuotas por cubrir $819.33 $254.33 $275.40 $879.30 $209.09 $524.64

Notas:

1 Para ef ectos del Seguro de Riesgos de Trabajo, deben descontarse los días en los que los trabajadores tengan ausencias injustif icadas o incapacidades; si el trabajador es de semana reducida, tienen que restarse los días

indicados en la Tabla contenida en la f racción II del artículo 116 del RACERF, según sus f altas. En este caso se descuentan dos días del periodo mensual, a razón de que f altó un día del mes

2 Para calcular las cuotas a pagar por el Seguro de Riesgos de Trabajo, se descuentan los días de ausencias injustif icadas o incapacidades de los trabajadores (art. 31, f racs. I y IV LSS)

4. cálculo de cuotas del seguro de enfermedades y maternidad

FórmulaÁvila Méndez

JoséColín Márquez Edith

Fernández

López Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

Prestaciones en dinero

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 0.70% 0.70% 0.70% 0.70% 0.70% 0.70%

Igual: Subtotal 3.98 1.32 1.38 4.41 1.08 3.29

Por: Días del mes 31 311 302 302 311 242

Igual: Cuota patronal $123.38 $40.92 $41.40 $132.30 $33.48 $78.96

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.9 $469.86

Por: Prima obrera 0.25% 0.25% 0.25% 0.25% 0.25% 0.25%

Igual: Subtotal 1.42 0.47 0.49 1.57 0.39 1.17

Por: Días del mes 31 31 30 30 31 24

Igual: Cuota obrera 44.02 14.57 14.7 47.1 12.09 28.08

Total de cuotas a cubrir $167.40 $55.49 $56.1 $179.4 $45.57 $107.04

Prestaciones en especie

Cuota fija

SMGVDF $62.33 $62.33 $62.33 $62.33 $62.33 $62.33

Por: Días del mes 31 31 30 30 31 24

Igual: SMGVDF 1,932.23 1,932.23 1,869.90 1,869.90 1,932.23 1,495.92

Por: Prima patronal 20.40% 20.40% 20.40% 20.40% 20.40% 20.40%

Igual: Cuotas patronales $394.17 $394.17 $381.46 $381.46 $394.17 $305.17

Cuota adicional o excedente SBC

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Días del mes 31 31 30 30 31 24

Igual: SBCM 17,609.86 5,843.19 5,920.80 18,896.10 4,801.90 11,276.64

Menos: 3SMGVDF

(3*31*$62.33)

5,796.69 5,796.69 5,609.70 5,609.70 5,796.69 4,487.76

Igual: Excedente 11,813.17 46.50 311.10 13,286.40 0.00 6,788.88

Por: Prima patronal 1.10% 1.10% 1.10% 1.10% 1.10% 1.10%

Igual: Cuota patronal a

cubrir

$129.94 $0.51 $3.42 $146.15 0.00 $74.68

Excedente $11,813.17 $46.50 $311.10 $13,286.40 0.00 $6,788.88

Por: Prima obrera 0.40% 0.40% 0.40% 0.40% 0.40% 0.40%

Igual: Cuotas obreras a

retener

$47.25 $0.19 $1.24 $53.15 0.00 $27.16

Total de cuotas a cubrir $177.19 $0.70 $4.66 $199.30 0.00 $101.84

Gastos médicos para pensionados

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

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Por: Prima patronal 1.05% 1.05% 1.05% 1.05% 1.05% 1.05%

Igual: Subtotal 5.96 1.98 2.07 6.61 1.63 4.93

Por: Días del mes 31 31 03 30 03 24

Igual: Cuota patronal a cubrir $184.76 $61.38 0.00 $198.30 0.00 $118.32

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.9 $469.86

Por: Prima obrera 0.375% 0.375% 0.375% 0.375% 0.375% 0.375%

Igual: Subtotal 2.13 0.71 0.74 2.36 0.58 1.76

Por: Días del mes 31 31 03 30 03 24

Igual: Cuotas obreras a retener $66.03 $22.01 0.00 $70.80 0.00 $42.24

Total de cuotas a cubrir $250.79 $83.39 0.00 $269.10 0.00 $160.56

Total de cuotas a cubrir por el Seguro de

Enfermedades y Maternidad

$989.55 $533.75 $442.22 $1,029.26 $439.74 $674.61

Notas:

1 En los periodos de ausencias sí se cubren las cuotas del Seguro de Enf ermedades y Maternidad (art. 31, f racc. I, LSS)

2 Cuando los trabajadores f altan a sus labores por una enf ermedad general o prof esional y esas ausencias están amparadas por certif icados de incapacidad, esos días se descuentan para ef ectos del pago de este Seguro

3 Los pensionados por cesantía en edad av anzada o v ejez no cotizan para ef ectos del ramo de Gastos Médicos para Pensionados, por ende ni éstos ni sus patrones cubren este concepto (arts. 196 y 25, segundo párraf o, LSS)

5. cálculo de cuotas del seguro de Invalidez y vida

FórmulaÁvila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández

López Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio

Sánchez

Elisa

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 1.75% 1.75% 1.75% 1.75% 1.75% 1.75%

Igual: Subtotal 9.94 3.30 3.45 11.02 2.71 8.22

Por: Días del mes 31 291 02 301 02 241

Igual: Cuota patronal a

cubrir

$308.14 $95.70 0.00 $330.60 0.00 $197.28

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima obrera 0.625% 0.625% 0.625% 0.625% 0.625% 0.625%

Igual: Subtotal 3.55 1.18 1.23 3.94 0.97 2.94

Por: Días del mes 31 29 02 30 02 24

Igual: Cuotas obreras a

retener

$110.05 $34.22 0.00 $118.20 0.00 $70.56

Total de cuotas a cubrir $418.19 $129.92 0.00 $448.80 0.00 $267.84

Notas:

1 Cuando los trabajadores se ausentan injustif icadamente o esos periodos se amparan con certif icados de incapacidad, esos días se descuentan para ef ecto del pago de este Seguro

2 Ni los pensionados ni sus patrones cubren las cuotas de este Seguro (art. 196, LSS)

6. CÁLCULO DE LAS CUOTAS DEL SEGURO DE GUARDERÍAS Y PRESTACIONES SOCIALES

FórmulaÁvila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández

López Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 1.00% 1.00% 1.00% 1.00% 1.00% 1.00%

Igual: Subtotal 5.68 1.88 1.97 6.3 1.55 4.7

Por: Días del mes 31 29* 30* 30* 29* 24*

Igual: Cuota patronal a

cubrir

$176.08 $54.52 $59.10 $189.00 $44.95 $112.80

*Nota: Cuando se registran ausencias injustif icadas o incapacidades médicas de los trabajadores, los días correspondientes se descuentan para ef ectos del pago de este Seguro (art. 31, f raccs. I y IV, LSS)

7. Cálculo de las cuotas obrero-patronales a pagar en octubre

FórmulaÁvila Méndez

Colín

MárquezFernández García Pérez López Campos Osorio Sánchez

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José Edith López Raúl Andrés Ángel Elisa

Riesgos de

Trabajo

$819.33 $254.33 $275.40 $879.30 $209.09 $524.64

Más: Enfermedades y

Maternidad

989.55 533.75 442.22 1,029.26 439.74 674.61

Más: Invalidez y Vida 418.19 129.92 0.00 448.80 0.00 267.84

Más: Guarderías y

Prestaciones

Sociales

176.08 54.52 59.10 189.00 44.95 112.80

Igual: Total de cuotas

mensuales a cubrir

$2,403.15 $972.52 $776.72 $2,546.36 $693.78 $1,579.89

8. cálculo de cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

FórmulaÁvila Méndez

José

Colín

Márquez

Edith

Fernández

López Raúl

García Pérez

Andrés

López Campos

Ángel

Osorio

Sánchez Elisa

Retiro

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 2.00% 2.00% 2.00% 2.00% 2.00% 2.00%

Igual: Subtotal 11.36 3.77 3.95 12.60 3.10 9.4

Por: Días del bimestre 61 591 612 612 591 612

Igual: Cuota patronal a

cubrir

$692.96 $222.43 $240.95 $768.60 $182.90 $573.40

Cesantía y Vejez

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150%

Igual: Subtotal 17.89 5.94 6.22 19.84 4.88 14.80

Por: Días del bimestre 61 593 603 603 593 543

Igual: Cuota patronal por

cubrir

$1,091.29 $350.46 $373.20 $1,190.40 $287.92 $799.20

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima obrera 1.125% 1.125% 1.125% 1.125% 1.125% 1.125%

Igual: Subtotal 6.39 2.12 2.22 7.09 1.74 5.29

Por: Días del bimestre 613 593 603 603 593 543

Igual: Cuotas obreras a

retener

$389.79 $125.08 $133.20 $425.40 $102.66 $285.66

$1,481.08 $475.54 506.40 $1,615.80 $390.58 $1,084.86

Total de cuotas a cubrir $2,174.04 $697.97 $747.35 $2,384.40 $573.48 $1,658.26

Notas:

1 En los días de ausencias injustif icadas no se pagan las cuotas de este ramo (art. 31, f racc. I, LSS)

2 Cuando los trabajadores se ausentan de su centro laboral y esos días están amparados por certif icados de incapacidad, sus patrones deben cubrir las cuotas por el ramo de Retiro (art. 31, f racc. IV, LSS)

3 Las cuotas del ramo de Cesantía en Edad Av anzada no se cubren por los días de ausencias o incapacidades médicas (art. 31, f raccs. I y IV, LSS)

9. cálculo de aportaciones al infonavit

FórmulaÁvila Méndez

José

Colín Márquez

Edith

Fernández

López Raúl

García Pérez

Andrés

López

Campos

Ángel

Osorio Sánchez

Elisa

SBC $568.06 $188.49 $197.36 $629.87 $154.90 $469.86

Por: Prima patronal 5.00% 5.00% 5.00% 5.00% 5.00% 5.00%

Igual: Subtotal 28.4 9.42 9.87 31.49 7.75 23.49

Por: Días del bimestre 61 591 612 612 592 612

Igual: Aportaciones

patronales

$1,732.40 $555.78 $602.07 $1,920.89 $457.25 $1,432.89

Nota:

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1 Cuando los trabajadores se ausentan sin causa justif icada, no se pagan las aportaciones de v iv ienda (arts. 35, f racc. I, Ripaedi)

2 Si las ausencias de los trabajadores están amparados por certif icados de incapacidad, subsiste la obligación de pago de las aportaciones de v iv ienda (art. 35, f racc. III, LSS)

10. cálculo de las cuotas a cubrir en el quinto bimestre de 2012

Fórmula

Ávila Méndez José Colín Márquez Edith Fernández López Raúl

Cuotas Cuotas Cuotas

Patronal Obrera Patronal Obrera Patronal Obrera

Retiro $692.96 0.00 $222.43 0.00 $240.95 0.00

Más: CEA y V 1,091.29 389.79 350.46 125.08 373.20 133.20

Más: Aportaciones al Infonavit 1,732.40 0.00 555.78 0.00 602.07 0.00

Igual: Monto de cuotas y

aportaciones bimestrales

$3,516.65 $389.79 $1,128.67 $125.08 $1,216.22 $133.20

Fórmula

García Pérez Andrés López Campos Ángel Osorio Sánchez Elisa

Cuotas Cuotas Cuotas

Patronal Obrera Patronal Obrera Patronal Obrera

Retiro $768.60 0.00 $182.90 0.00 $573.40 0.00

Más: CEA y V 1190.40 425.40 287.92 102.66 799.20 285.66

Más: Aportaciones al Infonavit 1,920.89 0.00 457.25 0.00 1,432.89 0.00

Igual: Monto de cuotas y

aportaciones bimestrales

$3,879.89 $425.40 $928.07 $102.66 $2,805.49 $285.66

COMENTARIO FINAL

La determinación y el pago correcto de las cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda, evitarán que el IMSS o el Infonavit le impongan

sanciones como multas o pago de diferencias con la actualización y los recargos correspondientes.

Si calcula los pagos a su cargo a través del SUA, no olvide registrar las incidencias de sus trabajadores para que entere lo que realmente proceda.

Fuente. IDC.

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