COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ, S.A. CONCURSO DE … › documentos › concursos_adquisicion...
Transcript of COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ, S.A. CONCURSO DE … › documentos › concursos_adquisicion...
COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ, S.A.
CONCURSO DE ADQUISICION Nº 2018PP‐000013‐PROV
SERVICIO DE LLAVE EN MANO DE SOLUCION COMPLETA DE SOFTWARE Y HADWARE PARA MULTISITIO DE TECNOLOGIAS DE INFORMACIÓN BASADO EN UNA SOLUCION
HIPERCONVERGENTE Y SOPORTE Y MANTENIMIENTO
APERTURA DE OFERTA
A LAS 13:00 HORAS DEL DIA 16 DE AGOSTO DEL 2018
SAN JOSE, COSTA RICA
2018
INDICE CAPITULO I ......................................................................................................................................................................... 4
CONDICIONES PARTICULARES ........................................................................................................................................... 4
1. INVITACIÓN ........................................................................................................................................................... 4
2. PRESENTACIÓN DE OFERTAS ................................................................................................................................. 4
3. NOTIFICACIONES ................................................................................................................................................... 5
4. CONSULTAS Y ACLARACIONES ............................................................................................................................... 6
5. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ........................................................................................................................ 6
6. ACLARACIONES DE OFERTAS ................................................................................................................................. 6
7. VIGENCIA DE LA OFERTA ....................................................................................................................................... 6
8. PRECIOS ................................................................................................................................................................. 7
9. AUDIENCIA DE DESCUENTOS ................................................................................................................................. 7
10. AUMENTO Ó DISMINUCIÓN EN LA ADJUDICACIÓN .............................................................................................. 7
11. TIEMPO DE INICIO Y ENTREGA DEL SERVICIO ....................................................................................................... 7
12. LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO .................................................................................................................. 7
13. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO ............................................................................................................................. 7
14. DEPOSITO DE GARANTÍAS EN EFECTIVO ............................................................................................................... 8
15. GARANTÍA DEL SERVICIO Y EQUIPO ...................................................................................................................... 8
16. MODALIDAD Y FORMA DE PAGO: ......................................................................................................................... 8
17. CLAUSULA PENAL Y MULTAS ................................................................................................................................. 9
18. REQUISITOS OBLIGATORIOS DE ADMISIBILIDAD DE OFERTAS ............................................................................ 10
19. DECLARACIÓN JURADA ........................................................................................................................................ 10
20. CERTIFICACIONES ................................................................................................................................................ 11
21. ESTUDIO Y ADJUDICACION .................................................................................................................................. 11
22. SISTEMA DE VALORACIÓN Y COMPARACIÓN ...................................................................................................... 11
23. REQUISITOS OBLIGATORIOS DEL ADJUDICATARIO ............................................................................................. 11
24. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ...................................................................................................................... 12
25. OBLIGACIONES DEL PERSONAL EMPLEADO POR EL CONTRATISTA .................................................................... 14
26. POTESTADES DE LA CNFL ..................................................................................................................................... 14
27. CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD ..................................................................................................................... 15
28. PROHIBICIÓN ....................................................................................................................................................... 15
29. CUMPLIMIENTO DEL OBJETO CONTRACTUAL ..................................................................................................... 15
CAPITULO II ...................................................................................................................................................................... 16
REQUERIMIENTOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ........................................................................................................... 16
ANTECEDENTES, PANORAMA ACTUAL ............................................................................................................................ 16
JUSTIFICACIÓN DE LA CLASULA PENAL Y MULTA ............................................................................................................ 30
CAPITULO I
CONDICIONES PARTICULARES
1. INVITACIÓN La Compañía Nacional de Fuerza y Luz, S.A., (C.N.F.L., S.A.), con cédula jurídica N° 3‐101‐000046, con domicilio en San José, Costa Rica, Centro América, invita a presentar oferta SERVICIO DE LLAVE EN MANO DE SOLUCION COMPLETA DE SOFTWARE Y HADWARE PARA MULTISITIO DE TECNOLOGIAS DE INFORMACIÓN BASADO EN UNA SOLUCION HIPERCONVERGENTE, INCLUYENDO SOPORTE Y MANTENIMIENTO. Las ofertas se recibirán hasta las 13 horas del día 16 de Agosto del 2018, en nuestra Área de Proveeduría Empresarial, 250 metros al este de “Pozuelo, S.A.” en la Uruca, (frente a Ciudad Toyota)
Rige para este concurso la Ley Nº 8660 “Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del sector Telecomunicaciones” y el reglamento para los procesos de contratación de las empresas del Instituto Costarricense de Electricidad, publicado en el alcance digital Nº 85 a La Gaceta Nº 102 del 27 de mayo del 2016.
La oferta deberá presentarse haciendo referencia expresa a cada una de las condiciones generales y requisitos solicitados, en este cartel, anotando si acepta o no una determinada cláusula.
2. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Las ofertas serán entregadas en idioma español en original, copia y en formato digital (escaneada copia fiel al original) en sobre cerrado en el Área de Proveeduría Empresaria de la CNFL., sita en 250 metros al este de “Pozuelo, S.A.” en la Uruca, (frente a Ciudad Toyota).
La persona que suscriba la oferta, por sí o en representación, deberá indicar su nombre y apellidos, sus calidades y número de cédula de identidad o de residencia.
Cuando el oferente concurra a través de apoderado o de representantes de casas extranjeras, así debe hacerse constar, de manera que quede claramente establecida la identidad de la casa o persona que propone y la del agente a través de quien lo hace.
Las ofertas deberán ser presentadas en forma ordenada, separando la información legal, técnica y financiera en forma clara.
Las ofertas que se presenten tardíamente, serán recibidas, pero no evaluadas.
La oferta debe venir debidamente foliada, incluyendo toda la información necesaria y con la siguiente leyenda:
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ, S.A. CONCURSO Nº 2018PP‐000013‐PROV, SERVICIO DE LLAVE EN MANO DE SOLUCION COMPLETA DE SOFTWARE Y HADWARE PARA MULTISITIO DE TECNOLOGIAS DE INFORMACIÓN BASADO EN UNA SOLUCION HIPERCONVERGENTE, INCLUYENDO SOPORTE Y MANTENIMIENTO
En la aplicación del principio de eficiencia, la CNFL, pedirá subsanar en cualquier momento los errores de tipo material o aritmético que se detecten, siempre y cuando estos no alteren el monto de la oferta. El oferente debe tomar en cuenta que es necesario que el orden de las respuestas se ajuste al orden presentado en esta contratación, respondiendo a todos y cada uno de los requerimientos señalados El oferente debe referirse a cada párrafo de esta contratación. Indicando si acepta y cumple con lo solicitado, debe detallar sus respuestas en el mismo párrafo sin hacer referencia a anexos, así mismo, si hace referencia a un documento técnico debe indicar claramente el número de página y número de párrafo, si no se presenta de esta forma no se considerará esa información. La sola presentación de la oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones de esta contratación El oferente debe suministrar la documentación necesaria y suficiente que permita su análisis y evaluación en todos los aspectos donde las especificaciones técnicas lo soliciten explícitamente, cuando se requiera la presentación de literatura técnica del fabricante, esta documentación deberá ser presentada en idioma español o inglés. Es importante indicar que esta literatura debe ser congruente con lo ofertado; que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de adjudicación. Cualquier incongruencia de la información sustancial que permita verificar su ajuste a las condiciones significativas del cartel, descalificará la oferta para efectos de análisis y adjudicación.
La CNFL espera que los oferentes respondan de una manera precisa aquellas cláusulas técnicas que le obligan a manifestar qué ofrece, cómo lo ofrece y como realizará la implementación, indicando de forma clara los conceptos técnicos y procedimientos respectivos.
3. NOTIFICACIONES
Deberá indicarse en la oferta el medio electrónico para recibir notificaciones, de preferencia dirección de correo electrónico y de manera alternativa un número de fax. Si el oferente omite indicar el medio para recibir notificaciones, tanto las resoluciones y los oficios posteriores le quedarán automáticamente notificados 24 horas después de su adopción. La
misma consecuencia se tendrá cuando la notificación no se pueda realizar en el medio señalado. Queda bajo responsabilidad del oferente garantizar que su cuenta de correo electrónico o fax, tienen la capacidad, disponibilidad y seguridad para recibir las notificaciones que se efectúen en ese medio.
4. CONSULTAS Y ACLARACIONES Las consultas y aclaraciones sobre este este concurso podrán hacerse vía fax a través del número: 2232‐7927, o entregarse personalmente en la siguiente dirección:
Compañía Nacional de Fuerza y Luz, S.A. La Uruca, Plantel Virilla, Frente a Ciudad Toyota Atención: Área Proveeduría Empresarial
En todo caso deberá hacerse referencia al número de este concurso.
Las solicitudes de aclaración, deberán ser presentadas ante la CNFL, dentro del primer cuarto del plazo para presentar ofertas y serán resueltas dentro de los diez días hábiles siguientes a su presentación o dentro del siguiente cuarto del plazo de recepción de ofertas el plazo que resulte menor. Las que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas señalada.
5. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
Dependencia: Proceso Dotación y Soporte a Infraestructura Nombre: José Ramón Garita Molina
6. ACLARACIONES DE OFERTAS La CNFL se reserva el derecho de solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas, las cuales deberán responderse dentro del plazo indicado en la solicitud de aclaración. Deben ser contestadas de igual manera, puntualizando cada solicitud de aclaración. De no recibirse respuesta en ese plazo, se tomará como no aclarado lo solicitado, con las consecuencias correspondientes para el análisis de la oferta.
7. VIGENCIA DE LA OFERTA La vigencia de las ofertas será como mínimo de 90 días naturales a partir de la fecha de la apertura de ofertas.
8. PRECIOS Los precios cotizados deben ser unitarios y totales, firmes y definitivos según vigencia de la oferta, se debe detallar por separado los impuestos que la afecten. Los montos se establecerán claramente en números y letras. En caso de detectar inconsistencia entre los precios unitarios y totales, la oferta no será evaluada.
9. AUDIENCIA DE DESCUENTOS Después de la apertura de ofertas, la CNFL en caso de considerarlo necesario podrá (no es obligatorio) convocar a los oferentes a mejorar su propuesta económica. Podrán acudir a esta convocatoria todos aquellos cuyas ofertas sean elegibles y su precio no exceda en más de un 10% la oferta de menor precio para el artículo que se trate.
10. AUMENTO Ó DISMINUCIÓN EN LA ADJUDICACIÓN La CNFL se reserva el derecho de adjudicar de forma parcial, aumentar o disminuir la cantidad de materiales o equipos para cada uno de los artículos, cuando por razones presupuestarias o por circunstancias especiales debidamente razonadas se justifique.
11. TIEMPO DE INICIO Y ENTREGA DEL SERVICIO El contrato iniciará 5 días hábiles después de notificada la orden de servicio por parte de la Proveeduría de CNFL.
A partir de la fecha de inicio, a lo máximo en 60 días hábiles se debe entregar la solución de multisitio, con la implementación, instalación, configuración y operación al 100%, para lo cual el oferente debe indicar la cantidad de días. La recepción definitiva del contrato, no eximirá al Contratista de su responsabilidad por el incumplimiento visible o no al momento de brindar la aceptación mencionada.
12. LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO El servicio contratado debe brindarse en el Plantel de Calle 21 avenida central y primera y el segundo en el Plantel Virilla 250 metros al este de “Pozuelo, S.A.” en la Uruca, (frente a Ciudad Toyota).
13. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO La garantía de cumplimiento será por un monto de un 5 % del valor total adjudicado, con una vigencia de 12 meses adicionales a la entrega final y a satisfacción de la CNFL, misma que se devolverá de acuerdo con lo que establece la ley.
14. DEPOSITO DE GARANTÍAS EN EFECTIVO
Cuando la caución se rinda en dinero en efectivo (colones o dólares), deberá depositarse a cualquiera de las siguientes cuentas a nombre de la CNFL.
Banco Dólares Colones Banco de Costa Rica 17350‐9 2226‐8 Banco Nacional 617144‐1 184800‐1
15. GARANTÍA DEL SERVICIO Y EQUIPO
Para todos los equipos y solución de MultiSitio implementada, el Contratista debe brindar una garantía de al menos de 36 meses.
La solución de MultiSitio implementada, se refiere a la instalación, configuración e implementación de todos los componentes requeridos en este cartel para dejarla operativa a entera satisfacción de la CNFL
La garantía debe incluir el reemplazo de partes o equipos completos por cualquier defecto, rotura o desgaste normal por el uso correcto del equipo.
La fecha de inicio de la garantía será a partir de la recepción satisfactoria y definitiva de la solución por parte de la CNFL, se extenderá un documento para tal efecto.
16. MODALIDAD Y FORMA DE PAGO:
La forma de pago será una vez recibida el servicio de implementación del MultiSitio a entera satisfacción por parte de la CNFL, contra presentación de factura a 30 días naturales de plazo, previa aprobación del administrador del contrato, mediante transferencia bancaria, para lo cual el oferente deberá indicar en su oferta el número de cuenta en el BCR (Banco de Costa Rica) o BNCR (Banco Nacional de Costa Rica) a donde acreditar el pago. La factura deberá contener el número de orden de servicio y concurso correspondiente a esta contratación.
Las facturas deberán cumplir con todas las normas y requisitos técnico‐legales. La CNFL retendrá según la Legislación vigente, el 2% por concepto del Impuesto sobre la Renta de cada factura a pagar.
Para dar curso al respectivo pago de la factura, el contratista deberá aportar la certificación de la Caja Costarricense de Seguro Social, que se encuentra al día con el pago de las cuotas obrero patronal. Forma de pago del monto del servicio de Soporte y Mantenimiento: La CNFL realizará el pago del monto de Soporte y Mantenimiento contra presentación de factura a 30 días naturales de plazo, previa aprobación del administrador del contrato, y según la siguiente formula:
MB = MSMS/CP Donde:
MB = al monto a pagar bimensualmente. MSMS = al monto total del servicio de Mantenimiento y Soporte Técnico según lo ofertado. CP = Cantidad de pagos a realizar, la cantidad es igual a 18
17. CLAUSULA PENAL Y MULTAS
CLAUSULA PENAL Si existiera atraso en la entrega del servicio de acuerdo al punto 11, el contratista deberá pagar a la CNFL por concepto de cláusula penal, la suma del 0.21% del valor total adjudicado (monto total estimado de la orden de servicio) por cada día natural de atraso. El monto máximo a cobrar será el 25 % del valor total estimado de la orden de servicio El cobro de la cláusula penal podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y a las facturas pendientes de pago. MULTAS Si existiera una defectuosa ejecución del objeto contratado, por concepto de: 1‐ Mantenimiento Correctivo, solución a incidentes:
El contratista deberá pagar a la CNFL por concepto de multa el monto de noventa y cinco mil colones (₡95,000.00) por cada hora de atraso en brindar una solución total a un incidente según lo detallado más adelante en el apartado de Soporte y Mantenimiento.
2‐ Mantenimiento preventivo El contratista deberá pagar a la CNFL por concepto de multa un monto de doscientos cincuenta mil colones (₡250.000.00) en caso de que no realice el mantenimiento preventivo bimensual correspondiente. El monto máximo por concepto de multas en ambos casos será el 25% del valor del contrato.
Cuando el monto por aplicación de la multa alcance el monto equivalente al 25% (veinticinco por ciento) del total adjudicado se considerará que el Contratista incurre en incumplimiento del contrato.
El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y a las facturas pendientes de pago.
18. REQUISITOS OBLIGATORIOS DE ADMISIBILIDAD DE OFERTAS
Carta del fabricante de la solución hiperconvergente, indicando la autorización para brindar la solución de hiperconvergencia. Dicho documento debe tener una vigencia de al menos 30 días naturales de emitida.
Dos (2) técnicos con certificaciones de VMWare de VCP6‐NV o superior, para la implementación de soluciones del software de virtualización de redes VMWare NSX.
Dos (2) de técnicos con certificaciones VMWare de VCP6‐DCV o superior, para la implementación de soluciones del Virtualización de Centros de Datos.
19. DECLARACIÓN JURADA
Los oferentes nacionales presentarán las siguientes declaraciones y certificaciones: Declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa de que se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales. Declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa, en la que conste que no le afectan las restricciones impuestas en el artículo N°6 del Reglamento para los procesos de contratación de las empresas del Instituto Costarricense de Electricidad, publicado en La Gaceta Nº 85 del 27 de Mayo del 2016. Declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa donde indique, que se encuentran libres de trabajo infantil y que de contar con adolescentes trabajando, cumple con lo establecido en las leyes 7739 Código de la niñez y la adolescencia y 8922 Prohibición del trabajo peligroso e insalubre para personas adolescentes trabajadoras.
En el caso de las declaraciones, se harán bajo la gravedad de juramento y no será necesario rendirlas ante notario público.
20. CERTIFICACIONES
Los oferentes nacionales deberán estar al día en el pago de las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social y del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, o bien, tener un arreglo de pago aprobado por ésta, vigente al momento de la apertura de las ofertas, para lo cual deberán aportar las certificaciones correspondientes junto con su oferta.
21. ESTUDIO Y ADJUDICACION
La CNFL resolverá la presente contratación dentro de los 90 días naturales contados a partir de la fecha de recepción de oferta, la CNFL se reserva el derecho de prorrogar éste plazo en caso de considerarlo necesario. Se adjudicará la oferta que cumpla con todos los requisitos técnicos, legales y presente el menor precio. En caso de existir empate, la selección de la oferta adjudicada se realizará mediante el siguiente procedimiento: las ofertas que presenten igual precio se escogerá la que presente el menor tiempo de entrega en implementación de la solución. De existir empate en precio y tiempo de entrega, la elección se hará al azar, para lo cual la CNFL convocará a los interesados.
22. SISTEMA DE VALORACIÓN Y COMPARACIÓN La oferta deberá ajustarse a las especificaciones técnicas solicitadas en el presente cartel, así como en los aspectos legales, técnicos y financieros. Aquella oferta que se aparte de lo solicitado será excluida del análisis comparativo. Para efectos del sistema de evaluación de ser necesario realizar alguna conversión de moneda, se utilizará el tipo de cambio de referencia de venta del Banco Central de Costa Rica del día de la apertura de ofertas.
23. REQUISITOS OBLIGATORIOS DEL ADJUDICATARIO
El oferente deberá presentar un listado con el personal encargado de realizar el trabajo solicitado en esta contratación y con el personal encargado de dar el soporte y mantenimiento. Este listado debe indicar el nombre, número de cédula del funcionario y el puesto que desempeña. La información sobre el conocimiento y experiencia deberá estar respaldada y referenciada en el apartado 18 “Requisitos Obligatorios de Admisibilidad de Ofertas” de esta contratación.
El servicio no podrá iniciar hasta tanto no se cumpla a cabalidad con estos requisitos, si por esta razón el contrato no inicia en el tiempo establecido se aplicará la cláusula penal correspondiente, si en el término de 15 días naturales el contrato no ha dado inicio por esa misma razón, el mismo se declarará insubsistente, y se ejecutara el total de la Garantía de Cumplimiento.
24. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El Contratista debe asumir su responsabilidad como patrono único en su totalidad, por lo que todas las obligaciones obrero‐patronales derivadas de la realización del trabajo, tales como cuotas de la Caja Costarricense de Seguro Social y Riesgos Profesionales, correrán por cuenta del Contratista. La CNFL queda totalmente exenta de cualquier responsabilidad civil o penal en que se pudiera incurrir en la prestación de los servicios. Los oferentes deben especificar claramente en su oferta que asumen tales responsabilidades y que se mantendrán al día con todas las obligaciones obrero‐patronales derivadas y durante la realización del trabajo.
El Contratista deberá cancelar oportunamente al personal asignado a la CNFL los salarios correspondientes a las jornadas laboradas, cumpliendo con los salarios mínimos establecidos por el Ministerio de Trabajo. Dichas obligaciones están debidamente estipuladas en los artículos 136, 139, y 163 del Código de Trabajo, siendo el incumplimiento de cualquiera de los artículos causa suficiente para resolver el contrato.
En caso de que el Contratista ocasione algún daño o pérdida de patrimonio empresarial de la CNFL, y en el cual sea responsabilizado por falta, dolo, negligencia, imprudencia o impericia, o bien, por no acatar las recomendaciones que la CNFL en materia de seguridad y protección se les haya dado, deberá asumir las consecuencias del acto cometido en perjuicio de la CNFL.
La utilización indebida o negligente de los recursos de la CNFL, por prácticas imputables al Contratista como: daños a equipos de cualquier índole, daños colaterales a los equipos de cómputo como servidores, unidades de almacenamiento, equipos de comunicación, unidades robóticas, daños eléctricos, extracción de equipos, modificación a los equipos sin coordinación con la CNFL, daño a las instalaciones físicas, establecimiento de áreas de trabajo inadecuadas e inseguras para los trabajadores de la CNFL, son responsabilidad del Contratista, se podrían considerar factores de incumplimiento en esta contratación y facultará a la CNFL para dar por terminada la contratación, y establecer cualquier tipo de acción que a criterio de la CNFL, deba ejecutarse para resarcirse por los daños del incumplimiento que el Contratista le haya generado.
El Contratista deberá asumir los costos y riesgos del transporte del personal asignado a la CNFL, así como los equipos, herramientas y materiales requeridos para la realización de la implementación de la solución.
El Contratista debe transmitir el conocimiento a los funcionarios de la CNFL, asistiendo y evacuando todas las consultas realizadas, con el fin de mejorar e incrementar las destrezas del personal que se
designe por el Proceso Dotación y Soporte a Infraestructura, de la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación de la CNFL.
El Contratista no podrá ceder a terceros los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, sin la autorización previa y formal de la CNFL.
El Contratista deberá velar para que sus trabajadores cuenten y utilicen todos los implementos de seguridad necesarios para la realización de los servicios contratados.
El Contratista deberá instruir al personal designado por CNFL en la solución implementada, para lo cual debe realizar una capacitación de un mínimo de 4 horas en donde el personal de CNFL pueda capacitarse en la operación, en el mantenimiento y características de la solución implementada. Debe brindarse para un máximo de 8 personas, en dos sesiones de 4 personas, en las instalaciones de CNFL. El Contratista debe garantizar que todos los equipos suministrados sean nuevos, no se aceptarán equipos usados, genéricos, reconstruidos o de dudosa calidad. Asimismo, la CNFL podrá solicitar el cambio de todo el equipo, algún componente o parte, que a su criterio no posea la calidad deseada o cuando no se logre constatar su originalidad.
El Contratista debe brindar lo referente a los requerimientos mínimos de espacio, ambiente de operación, instalación eléctrica y demás aspectos que considere necesarios para una adecuada instalación y operación del objeto del contrato.
El Contratista debe suministrar junto con la solución, los documentos en idioma español de instalación, configuración y operación de la solución implementada, deben ser entregados en medios digitales, los mismos serán valorados y revisados por la CNFL para la aceptación.
Para la solución de hiperconvergencia de infraestructura, el Contratista debe estar acompañado (físico o remoto) por el fabricante. En la solución de hiperconvergencia y de VMWare NSX Advanced, el Contratista debe realizar la implementación siguiendo las guías de diseño y de buenas prácticas establecidas por el fabricante de tal forma que garantice el correcto funcionamiento El incumplimiento a cualquiera de estas obligaciones dará potestad a la CNFL de considerarlo necesario de detener la realización de los trabajos hasta que se corrija la situación, de persistir la situación la CNFL queda facultada para resolver el contrato.
El Contratista está obligado a cumplir, plenamente, con las condiciones del concurso, lo ofrecido tanto en su oferta como en cualquier manifestación formal documentada que haya aportado adicionalmente durante el procedimiento del concurso o aceptado en la formalización o ejecución de esta contratación.
El Contratista tiene una obligación ineludible de ajustarse estrictamente a los requerimientos de esta contratación y a los términos de su oferta. Consecuentemente el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contempladas en esta contratación, dará lugar a la ejecución de la garantía de cumplimiento, y a la resolución del contrato si el incumplimiento fuere grave, sin perjuicio de accionar en la vía jurisdiccional para el cobro de daños y perjuicios correspondiente.
25. OBLIGACIONES DEL PERSONAL EMPLEADO POR EL CONTRATISTA
El personal empleado por el Contratista debe presentar una conducta respetuosa y responsable durante la ejecución de sus labores. La CNFL se reserva el derecho de exigir que se sustituya cualquier persona empleada por el Contratista que no se comporte debidamente. Estas personas no podrán ser reinstaladas por el Contratista sin el consentimiento del administrador del contrato. Si el Contratista mantiene al trabajador en el servicio contratado o lo reinstala sin el consentimiento del administrador del contrato, éste podrá dar por finalizado el contrato sin responsabilidad alguna para la CNFL.
El Contratista debe garantizar la seguridad de las personas bajo su responsabilidad, durante la ejecución o conclusión de los trabajos o en el proceso de corrección de ellos, también debe mantener los sitios de trabajo en orden para evitar cualquier peligro hacia las personas. Después de las labores que ejecute, los sitios de trabajo que fueron afectados deberán quedar limpios y ordenados. Debe respetar los procedimientos de seguridad, acceso y limpieza de los diferentes sitios donde requiera acceder en virtud de las labores que deba ejecutar.
El personal empleado por el Contratista, durante la permanencia en las instalaciones de la CNFL, estará sujeto a las normas disciplinarias que la CNFL mantiene dentro de sus instalaciones. El irrespeto a tales normas faculta a la CNFL para solicitar el retiro de dichas personas sin responsabilidad alguna para la CNFL.
26. POTESTADES DE LA CNFL
La CNFL podrá utilizar los productos entregados por el Contratista conforme a sus intereses y para su uso exclusivo, sin requerir de aviso previo o autorización por parte del Contratista.
Los productos iniciales, parciales y finales generados serán propiedad de la CNFL y no representarán costo adicional del monto ofertado y aceptado.
La CNFL, bajo criterios técnicos de calidad, oportunidad y funcionalidad, se reserva el derecho de interrumpir el desarrollo de este contrato por incumplimiento en la ejecución contractual. Esta situación puede presentarse en cualquier etapa en que se encuentre y debe seguirse el debido proceso para los efectos.
Queda a criterio de la CNFL durante el plazo de estudio de la oferta, requerir del oferente, las explicaciones y aclaraciones que se consideren necesarias.
La CNFL iniciará el proceso de recibo a satisfacción del objeto concursal una vez instalado, configurado y probado al 100%, y emitirá un documento de aceptación, a partir de la entrega de este documento se inicia el periodo garantía y del servicio de mantenimiento y soporte técnico.
27. CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD
El Contratista y el personal bajo su cargo, deberán apegarse a las normas de ética profesional y técnica, por lo tanto, no podrán usar ni revelar información de cualquier naturaleza, propiedad de la CNFL, sin el previo consentimiento por escrito por parte de la CNFL.
El Contratista y el personal bajo su cargo no deberán compartir, trasmitir, divulgar o de alguna manera revelar o exponer, parcial o totalmente, a clientes o terceros, información confidencial entregada por CNFL o de la que tenga conocimiento por cualquier otra razón, sin su autorización expresa y por escrito. El Contratista se compromete de igual forma, a entregar con prontitud, todas las copias y documentos que estén en su posesión, especialmente, si contienen información confidencial. Para todos estos efectos, se entiende por “información confidencial”, aquella información que generalmente no es conocida en el mercado o por el público y que es usada, manejada y obtenida exclusivamente por CNFL en conexión con sus negocios. En caso de incumplimiento, la CNFL podrá accionar judicialmente
28. PROHIBICIÓN
Aplica para este concurso el régimen de prohibiciones del artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa
29. CUMPLIMIENTO DEL OBJETO CONTRACTUAL
Si la cantidad, fecha de entrega, confección y operación del equipo o material entregado no se ajustare a lo especificado en las ofertas y el porcentaje de garantía rendido no fuere suficiente o se encontrare agotado, la CNFL. S.A., accionará judicialmente contra el Contratista el cobro de daños y perjuicios.
CAPITULO II
REQUERIMIENTOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ANTECEDENTES, PANORAMA ACTUAL
Los requerimientos que propone la CNFL en este concurso de adquisición están sustentados desde el punto de vista técnico, acorde con satisfacer las necesidades de la empresa y atender el servicio público brindado a todos los clientes, en este requerimiento se ha determinado la mejor manera de satisfacer los requisitos internos. La CNFL tiene como objetivo estratégico la adopción de las tendencias tecnológicas para lograr la eficiencia empresarial, está en el proceso de implementación de la red eléctrica inteligente, con esto, entre otros, realizar el análisis de información de los datos brindados por la misma con el fin de mejorar el servicio brindado, lograr la competitividad empresarial, aumentar la calidad de suministro, contribuir a la reducción de pérdidas de energía y la formalización de zonas vulnerables, para lo cual requiere actualizar y mejorar la infraestructura de TI para el procesamiento y almacenamiento actual, además prepararla para recibir gran cantidad de datos obtenidos de los medidores inteligentes. Es vital contar con mecanismos de seguridad y protección de datos por lo que, además, requiere actualizar y mejorar la infraestructura actual de copias de seguridad (backups) y de la recuperación de la información. La infraestructura actual de TI convergente utilizada en las copias de seguridad está requiriendo realizar “backups” en horarios de oficina donde los recursos de los servidores son más utilizados lo cual impacta los servicios de TI, con ello al servicio público, es decir por el tiempo utilizado y por el impacto ocasionado se requiere reducir los tiempos actuales de esos procesos de “backups” y de recuperaciones de información de horas a minutos. La CNFL tiene una plataforma tecnológica para la infraestructura virtual tipo convergente sobre hardware basado en servidores Intel Cisco Blade UCS (procesadores Intel Xeon CPU E5‐2637 v3 3.50 GHZ), utiliza una SAN NetApp 8060 “Virtualizada”, Cisco 9222i y Cisco UCS 6248UP, para almacenamiento de datos. La CNFL utiliza un ambiente de virtualización basado en la infraestructura de VMWare vSphere 6.0 Enterprise Plus With Operation Management. Lo anterior, es de suma importancia en aspectos de transferencia de datos, integración e implementación de lo requerido en esta contratación, además se cuenta con un sitio alterno de recuperación de desastres ubicado en la Uruca en el Plantel Virilla, en este se hace la replicación por medio de SAN NetApp de los servicios de TI prioritarios de la CNFL. Los requerimientos del cartel son para brindar una solución completa de Multi‐Sitio con la instalación, configuración e implementación de todos los componentes requeridos en este cartel a entera satisfacción de la CNFL y luego brindar el soporte y mantenimiento técnico por tres años. Las recomendaciones dadas por el oferente en los términos de referencia de este concurso deben ser fundamentadas y justificadas técnicamente con bibliografía indicando para cada caso las respectivas citas y explicaciones, la CNFL se reserva el derecho de aceptarlas.
El oferente deberá de cotizar utilizando el presente cuadro Nº1 “Cuatro de cotización” y podrá adjuntar lo que considere necesario para respaldar su propuesta económica: Cuadro nº1 Cuadro de cotización
Ítem No. Cantidad Descripción Precio
UnitarioMonto Impuestos
Precio Unitario más Impuestos
Monto Total con impuestos Incluido
1 4
Cuatro(4) Servidores hiperconvergentes 1.5TBytes memoria RAM tipo DDR4‐2666, velocidad 2666 MHz o superior , con 2 (dos) procesadores Intel Xeon Gold 6134 de última generación .
2 4
Cuatro(4) Servidores hiperconvergentes , de 1.5TBytes memoria RAM tipo DDR4‐2666, velocidad 2666 MHz , o con características superiores a las indicadas b. Procesador Intel Xeon Gold 6132 de última generación
3 4 Switches para infraestructuras hiperconvergentes
4 16 Cantidad de Licencias Software de Virtualización de redes VMWare NSX Advanced
5 1
Servicio de mantenimiento y soporte técnico correctivo y preventivo por 36 meses para todos los ítems anteriores. Debe detallar para cada ítem anterior el precio unitario anual
6 1 Servicios de configuración, implementación y transferencia de Conocimiento del Multi‐Sitio.
7 1 Servicio de Capacitación
Totales
Precio Total Oferta en números:
Precio Total Oferta en letras:
SERVICIO DE LLAVE EN MANO DE SOLUCION COMPLETA DE SOFTWARE Y HADWARE PARA MULTISITIO DE TECNOLOGIAS DE INFORMACIÓN BASADO EN UNA SOLUCION HIPERCONVERGENTE, INCLUYENDO SOPORTE Y MANTENIMIENTO
Se requiere el servicio para la implementación de un Multi‐Sitio de TI basado en hiperconvergencia el cual se ubicará en dos sitios geográficos diferentes, uno se ubicará en el Plantel de Calle 21 en San José avenida central y primera y el otro en el Plantel Virilla, 250 metros al este de “Pozuelo, S.A.” en la Uruca, (frente a Ciudad Toyota). Este Multi‐Sitio debe presentarse a los usuarios y clientes como un único centro de datos, para este requerimiento se debe considerar hardware, software, licenciamiento y contendrá los servicios de TI definidos por la CNFL.
La oferta debe ser para una solución con todos los componentes necesarios y requeridos en cumplimiento de esta contratación. La CNFL requiere que la solución sea completa considerando el hardware, software, licenciamiento y soporte para la implementación del Multi‐Sitio, se debe utilizar tecnología hiperconvergente en todos los servidores solicitados en este cartel, se debe implementar VMWare NSX Advanced. Esta solución debe estar compuesta por recursos de cómputo, red y almacenamiento, con arquitectura Intel x86 para crear una plataforma distribuida con capacidad de crecimiento horizontal. La gestión del Multi‐Sitio debe ser de forma integrada con el VMWare Virtual Center. La solución Multi‐sitio debe cumplir con las siguientes características: Con fin ilustrativo, diagrama lógico:
1) Cuatro (4) Servidores Hiperconvergentes, los cuatro servidores deben ser de la misma marca y modelo, cada servidor debe tener al menos la siguiente configuración:
a) 1.5 TeraBytes de memoria RAM de tipo DDR4‐2666, velocidad 2666 MHz, o con características superiores.
b) Dos (2) procesadores Intel Xeon Gold 6134 de última generación. c) Una tarjeta integrada o similar con cuatro puertos de 1Gbps. d) Dos tarjetas de red, cada una con al menos dos puertos 10Gb. e) Fuentes de poder redundantes, intercambiables en caliente. f) Abanicos redundantes e intercambiables en caliente. g) Doce (12) dispositivos de estado sólido (Flash SSD) de 3.8TB o superior, estos
dispositivos serán utilizados para almacenamiento de la solución hiperconvergente. Los discos deben ser intercambiables en caliente.
h) Debe ser certificado para ejecutar con el hipervisor VMWare VSphere en la versión Enterprise Plus.
i) Dos (2) o más discos para la instalación, únicamente, del Sistema Operativo VMWare vSphere 6.5 o superior, o puede ofrecer solución para instalación para el Sistema Operativo mencionado.
j) Un puerto de red dedicado para la administración. Debe incluir licenciamiento respectivo.
2) Cuatro (4) Servidores hiperconvergentes, los cuatro servidores deben ser de la misma marca y
modelo, cada servidor debe tener al menos la siguiente configuración:
a) 1.5 TeraBytes de memoria RAM de tipo DDR4‐2666, velocidad 2666 MHz, o con características superiores.
b) Dos (2) procesadores Intel Xeon Gold 6132 de última generación. c) Una tarjeta integrada o similar con cuatro puertos de 1Gbps. d) Dos tarjetas de red, cada una con al menos dos puertos 10Gb. e) Fuentes de poder redundantes, intercambiables en caliente. f) Abanicos redundantes e intercambiables en caliente. g) Doce (12) dispositivos de estado sólido (Flash SSD) de 3.8TB o superior, estos
dispositivos serán utilizados para almacenamiento de la solución hiperconvergente. Los discos deben ser intercambiables en caliente.
h) Debe ser certificado para ejecutar con el hipervisor VMWare VSphere en la versión Enterprise Plus.
i) Dos (2) o más discos para la instalación, únicamente, del Sistema Operativo VMWare vSphere 6.5 o superior, o puede ofrecer solución para instalación para el Sistema Operativo mencionado.
j) Un puerto de red dedicado para la administración. Debe incluir licenciamiento respectivo.
3) El Contratista debe entregar una solución hiperconvergente para el Multi‐Sitio, en los dos sitios de
ubicaciones geográficas diferentes mencionadas, la cual debe implementarse en el almacenamiento tipo “all‐flash” solicitado para los servidores mencionados, debe quedar
implementado y en operación para que un sitio pueda darse de baja y que el otro asuma la capacidad de total del almacenamiento, cada sitio debe ser una copia de todos los datos del otro, de manera que las máquinas virtuales alojadas en el sitio de baja puedan ejecutarse en el sitio activo utilizando las capacidades de VMWare vSphere Enterprise.
4) El Contratista debe incluir las licencias respectivas de la solución hiperconvergente para todos los
servidores solicitados en esta contratación, el licenciamiento debe ser de la versión “Enterprise”, es decir debe incluir todas las funcionalidades de la solución de hiperconvergencia ofrecida. La solución hiperconvergente debe tener la funcionalidad de crear un clúster extendido de los dos sitios en las ubicaciones diferentes de forma que sea presentado a los servidores requeridos en este cartel como un único almacenamiento, asegurando que los datos sean escritos en los dos sitios de forma síncrona. La solución hiperconvergente debe estar implementada para las funcionalidades de HA y DRS del hipervisor VMWare VSphere sin involucrar licencias adicionales a las del hipervisor. Debe permitir la funcionalidad de vMotion tanto de procesamiento y como de almacenamiento en todo el Multi‐Sitio.
5) Todos los servidores hiperconvergentes deben venir integrados de fábrica respetando los
lineamientos de configuración pre establecidos por el fabricante para cumplir con los requerimientos. El Contratista debe presentar un listado de los componentes con su respectivo número de parte, cantidades y descripción del fabricante.
6) La solución de hiperconvergencia ofertada debe estar plenamente identificado en el portafolio del fabricante como una solución Hiperconvergente que contenga los elementos solicitados en este cartel de manera integrada. El Oferente debe adjuntar la ficha técnica del producto.
7) La solución hiperconvergente debe proveer mecanismos para controlar un “Split Brain” entre los dos sitios, el oferente debe detallar el procedimiento para cumplir este requerimiento y debe brindar todos los elementos necesarios para cumplir este punto. La CNFL lo validará en la implementación y operación.
8) La solución hiperconvergente debe proveer una herramienta de administración con la funcionalidad a través del VMWare vCenter, para esto se debe proveer de un “plug‐in” . Todas las funcionalidades de la solución hiperconvergente se deben realizar a través del VMWare vCenter.
5) El Contratista debe entregar cuatro switches a 10GbE para la solución Multi‐Sitio, deben ser dos
switches por sitio, los cuales deben ser compatibles con la solución de hiperconvergencia ofertada y con el ambiente de VMWare NSX Advanced. Deben contar con al menos 40 puertos a 10GbE. Todos los puertos deber estar licenciados y habilitados. Cada switch debe tener fuentes de poder y abanicos redundantes, intercambiables en caliente. El Contratista debe suplir todos los conectores, cables y demás dispositivos y accesorios necesarios para un adecuado funcionamiento de los switches en la solución Multi‐Sitio. Estos switches deben brindar todas las funcionalidades de la solución hiperconvergente y todas las funcionalidades para el VMWare NSX Advanced.
6) La solución hiperconvergente debe tener integradas e incorporadas de forma nativa, como mínimo, las siguientes funcionalidades, capacidades y características:
a. Compresión: La solución hiperconvergente debe tener la compresión integrada de
forma nativa, debe quedar activada e implementada, debe realizar la compresión en línea antes de escribir los datos al almacenamiento de los servidores hiperconvergentes solicitados, y la compresión debe habilitarse simultáneamente con otras características como: la de‐duplicación o la clonación. La compresión debe dejar los datos comprimidos a través de todo el almacenamiento para tal fin de todos los servidores hiperconvergentes solicitados en este cartel.
b. De‐duplicación: La solución hiperconvergente debe tener la de‐duplicación integrada de forma nativa, debe quedar activada e implementada, debe realizar la de‐duplicación en línea antes de escribir los datos al almacenamiento de los servidores hiperconvergentes solicitados y la de‐duplicación debe habilitarse simultáneamente con otras características como: la compresión o la clonación. La de‐duplicación debe dejar los datos de‐duplicados a través de todo el almacenamiento de todos los servidores hiperconvergentes solicitados en este cartel.
c. Recuperación ante desastres: La solución hiperconvergente debe realizar la duplicación de todos los datos en los dos sitios del Plantel Calle21 y de Plantel Virilla, de manera que ante la salida de operación de un sitio ya sea por un mantenimiento planeado o por un evento, se mantenga los datos duplicados en un sitio que quede activo, de forma tal que las todas máquinas virtuales contenidas en el Multi‐Sitio se pueden iniciar en el sitio activo.
d. Clonación: La solución hiperconvergente debe tener la clonación integrada de forma nativa, es decir debe ser una funcionalidad propia sin incluir ningún software adicional a la solución hiperconvergente, debe ser funcional para todas las máquinas virtuales contenidas en el Multi‐Sitio.
e. Copias de seguridad: debe tener integrada una solución de respaldos de forma nativa, sin requerir un software y licenciamiento adicional, los respaldos se deben realizar en la solución hiperconvergente sin utilizar la funcionalidad de los snapshot de VMWare, para la realización de los respaldos no se debe afectar el ambiente de VMWare, los respaldos se deben realizar con el mínimo impacto en cualesquiera de las funcionalidades de todas las máquinas virtuales. Las copias de seguridad se deben realizar de forma automática o manual. La solución de respaldos debe tener habilitado la escogencia del destino para realizar las copias en el sitio local o remoto, además debe permitir la restauración completa de una máquina virtual, de una carpeta o de archivos internos de la máquina virtual. La restauración de una copia de seguridad de una máquina virtual debe permitir crear una nueva máquina o reemplazarla. La solución de respaldos debe tener la funcionalidad para la definición de frecuencia (minutos, diaria, mensual) de ejecución, para definir la retención de las copias, el destino de la copia, el horario en que se ejecutará la copia. La solución de respaldos debe quedar habilitada para realizar copias de seguridad a todas las máquinas virtuales alojadas en la solución Multi‐Sitio. La solución de respaldos debe permitir copias en línea, total y consistentes para todas las máquinas virtuales del Multi‐Sitio sin requerir de un licenciamiento adicional y debe usarse con otras características de forma
simultanea como la de‐duplicación y compresión, para utilizar menor espacio en disco, para versionamiento de las máquinas virtuales.
7) El Contratista debe proveer, habilitar, configurar, implementar y dejar en operación a entera
satisfacción (con las funcionalidades solicitadas) la solución hiperconvergente.
8) La solución Multi‐Sitio basado en hiperconvergencia debe permitir el crecimiento de forma horizontal, como agregar en “caliente” servidores hiperconvergentes sin que se presente salidas del servicio, con el objetivo de incrementar la capacidad del Multi‐Sitio.
9) Todos los servidores hiperconvergentes y equipos de comunicaciones solicitados para esta solución Multi‐Sitio deben estar homologados para ejecutar el hipervisor VMWare VSphere 6.x versión Enterprise y VMWare NSX Advanced. El oferente debe presentar la documentación respectiva y probatoria.
10) Todos los servidores y equipos de comunicaciones solicitados de la solución Multi‐Sitio deben estar
certificados de la solución hiperconvergente.
11) El Contratista debe proveer todas las licencias de VMWare NSX Advanced de última versión disponible para cada uno de los servidores solicitados en este cartel.
12) La solución Multi‐Sitio ofrecida debe ser altamente redundante, debe cumplir al menos con lo
siguiente:
a) En cada servidor hiperconvergente debe tolerar la falla de dos o más unidades de almacenamiento del tipo all‐flash, sin que esto provoque una pérdida de datos.
b) La falla de un servidor por sitio de ubicación física no debe impactar a toda la solución del Multi‐Sitio.
c) Para la solución hiperconvergente, se debe brindar con componentes redundantes en comunicaciones, software, conectores, cables, accesorios y demás para lograr una solución de alta disponibilidad.
13) La solución Multi‐Sitio, y en cada sitio debe soportar la instalación de actualizaciones en los
servidores y demás componentes de la hiperconvergencia y switches sin que se requiera darla de baja. La solución Multi‐Sitio debe permitir la operación mientras se realiza la actualización. El oferente debe detallar el procedimiento para cumplir este requerimiento. La CNFL lo validará en la implementación.
14) La solución Multi‐Sitio debe integrarse al vCenter Server 6.x como herramienta de gestión,
administración y monitoreo de la infraestructura, toda la administración, mantenimiento y operación se debe realizar únicamente desde el VMWare vCenter.
15) Para la solución de hiperconvergencia, el Contratista debe entregar un software de monitoreo,
diagnóstico y debe quedar habilitada la comunicación al fabricante. El software debe monitorear de forma periódica y notificar de cualquier condición de alerta o error al fabricante y a la CNFL.
16) La solución hiperconvergente debe replicar de forma sincrónica y/o asíncrona los datos entre las dos ubicaciones físicas del Multi‐Sitio, es decir entre los dos sitios separados geográficamente, ofreciendo disponibilidad y garantizando que no haya ninguna pérdida de datos si se produjera una falla total de alguno de los sitios o de una falla en las comunicaciones entre los sitios. El tiempo fuera de servicio no debe ser mayor a 10 minutos, El oferente debe detallar el procedimiento para cumplir este requerimiento.
17) En caso de mantenimiento planeado o caída total de un sitio de procesamiento y almacenamiento del Multi‐Sitio. El otro sitio debe tener la capacidad de asumir la operación y ejecución de la carga total del procesamiento, comunicaciones y almacenamiento del sitio que este fuera de servicio. El oferente debe detallar el procedimiento para cumplir este requerimiento. La CNFL lo validará en la implementación.
18) El Contratista debe proveer todo el licenciamiento requerido para la implementación de la solución Multi‐Sitio. Excepto las licencias de VMWare vSphere Enterprise Plus y del VMWare Virtual Center, estas serán provistas por la CNFL.
SERVICIO DE IMPLEMENTACIÓN E INSTALACIÓN PARA LA SOLUCIÓN MULTI‐SITIO DE PROCESAMIENTO, RED Y ALMACENAMIENTO BASADO EN UNA SOLUCION HIPERCONVERGENTE 1) El Contratista en coordinación con la CNFL realizarán un plan de instalación e implementación de
la solución, en donde se definirán las tareas, actividades y responsables.
2) El Contratista debe gestionar la ejecución del plan de instalación e implementación de la solución de este cartel, en los Planteles de Calle21 y Virilla, en coordinación con la CNFL.
3) Las actividades de instalación e implementación se llevarán a cabo en forma simultánea con el
trabajo ordinario de la CNFL y en el horario de 8:00 a las 16:30 horas de lunes a viernes, salvo aquellas actividades que puedan afectar o pongan en riesgo la operación normal, para lo cual se abrirán las “ventanas de trabajo” fuera del horario estipulado, esto no debe originar ningún pago adicional por parte de la CNFL.
4) El Contratista debe proporcionar todos los componentes de hardware, software, accesorios,
licenciamiento y resto de elementos necesarios para la operación y a satisfacción de la CNFL, de lo solicitado en la presente contratación.
5) El Contratista debe incluir todos los servicios de instalación y soporte necesarios para poner en
marcha y brindar mantenimiento efectivo de la solución. La instalación abarca desde lo físico hasta dejar los equipos y el software adjudicado, operando a entera satisfacción de la CNFL.
6) El Contratista debe garantizar la debida operación e interoperación de y entre cada uno de los
elementos solicitados y lo especificado para tal fin en esta contratación. 7) En coordinación con la CNFL, el Contratista debe realizar la instalación y configuración de los
servidores solicitados en esta contratación, en los racks propiedad de CNFL. De los 4 (cuatro)
servidores indicados en el Ítem N° 1 del Cuadro de Cotización, 2 (dos) se ubicarán en el Plantel Calle21 y los otros 2 (dos) en el Plantel Virilla, de los 4 (cuatro) servidores indicados en el Ítem N° 2 del Cuadro de Cotización, 2 (dos) se instalarán en el Plantel Calle21 y 2 (dos) se ubicarán en el Plantel Virilla.
8) En coordinación con la CNFL, el Contratista debe realizar la instalación y la configuración de los
switches ofertados. De los 4 (cuatro) switches solicitados en el Ítem N° 3 del Cuadro de Cotización, 2 (dos) se ubicarán en el Plantel Calle21 y 2 (dos) en el Plantel Virilla.
9) Los switches solicitados deben conectarse de forma redundante a la fibra que comunica los dos sitios geográficamente separados, esta fibra es provista por la CNFL por medio de un panel ubicado en un rack contiguo a los racks donde se ubicarán los switches solicitados, la conexión desde los switches al panel de fibra debe ser implementada por el Contratista y debe ser a 10Gb, la fibra óptica brindada por la CNFL son dos enlaces, en total cuatro hilos, además el Contratista debe aportar todo lo necesario para los switches solicitados y el panel de fibra de CNFL con el fin de establecer la implementación de la solución Multi‐Sitio como: el cableado, gibics, puertos, licenciamiento, entre otros. Debe realizar la configuración de los switches solicitados de forma que interconectan ambos sitios para brindar un ambiente de alta disponibilidad. La CNFL proveerá las conexiones de Fibra Óptica entre el Plantel Calle21 y Plantel Virilla. La distancia entre ambos sitios es menor a 10 kilómetros.
10) El Contratista debe proveer todos los componentes y accesorios necesarios para la conexión entre los entre los servidores y los switches solicitados, en cada sitio, la conexión debe ser al menos 10Gb. Cada servidor debe tener conexión a cada uno de los switches solicitados en este cartel, debe considerar la configuración e implementación de la solución hiperconvergente y de VMWare NSX Advanced.
11) El Contratista debe instalar y configurar el sistema operativo vSphere Enterprise Plus with
Operation Management 6.5 o superior con la última versión liberada y certificada, debe realizar la instalación de los últimos parches críticos, en los nuevos servidores solicitados. No se deben incluir las licencias de VMWare vSphere Enterprise Plus. La instalación debe contemplar la operatividad y funcionalidad de todos los elementos para toda la solución Multi‐Sitio de esta contratación.
12) El Contratista debe migrar el VMWare Virtual Center 6.x de la CNFL a una nueva instalación con la versión más reciente, el Contratista no debe incluir las licencias del VMWare vCenter, la CNFL proveerá las licencias de VMWare vCenter.
13) El Contratista debe mover las licencias de vSphere Enterprise Plus with Operation Management, propiedad de la CNFL desde los servidores propiedad de CNFL a los nuevos servidores solicitados, agregándolas al nuevo Virtual Center, debe realizar la coordinación con CNFL.
14) El Contratista debe implementar y configurar la solución de hiperconvergencia ofertada, debe ser
de la última versión certificada, basada en las mejores prácticas recomendadas por el fabricante considerando mayormente los aspectos de seguridad, además del rendimiento de tiempos de
respuesta. Debe aportar todas las licencias necesarias. Debe realizar la configuración del almacenamiento y presentarlo a los servidores solicitados en esta contratación, en coordinación con CNFL.
15) El Contratista debe implementar y configurar en la solución hiperconvergente, la réplica de los datos entre el Multi‐Sitio (dos sitios separados geográficamente), garantizando la disponibilidad sin ninguna pérdida de datos. Los dos sitios estarán activos con carga productiva, si se produjera una falla parcial o total de algún sitio, el otro sitio debe soportar la carga y tener la copia exacta de los datos. La solución hiperconvergente debe quedar configurada y habilitada para permitir la funcionalidad de vMotion Storage entre los dos sitios Plantel Calle21 y Plantel Virilla
16) El Contratista debe instalar y configurar el VMWare NSX Advanced de la última versión
certificada en los servidores solicitados en esta contratación, y debe aportar las licencias necesarias para los servidores solicitados. Estas licencias pueden ser de tipo OEM.
17) El Contratista debe configurar la red (una sola red o red extendida) dentro del Multi‐Sitio, con la
plataforma de virtualización de redes por software VMWare NSX Advanced, separando los ambientes de producción y desarrollo/pruebas, en coordinación con CNFL.
18) El Contratista debe implementar VMWare NSX Advanced, basado en las buenas prácticas recomendadas por VMWare y debe implementar al menos un balanceador para tres máquinas virtuales, un VPN SSL, un VPN IPSEC, dos grupos de seguridad con micro‐segmentación. La implementación debe integrarse con la red LAN física actual del Centro de Datos de Calle 21 y del Plantel Virilla.
19) El Contratista debe integrar la solución del Multi‐Sitio solicitada en este cartel a la infraestructura actual utilizada en la virtualización en la CNFL (ver adelante la imagen Nº2 Diagrama lógico de la red actual del Centro de Datos del Plantel Calle 21), ya que se realizará una migración en caliente y programada de las máquinas virtuales desde la infraestructura en producción de la CNFL hacia la nueva solución Multi‐Sitio de esta contratación. Se utilizará el vMotion de procesamiento y el vMotion de “storage” de VMWare o una solución con funcionalidad similar que debe brindar el Contratista para mover las máquinas virtuales. El Contratista debe proveer todos los componentes de hardware y software necesarios para la conectividad entre las dos plataformas y debe realizar la instalación y configuración para ejecutar los procesos VMWare vMotion mencionados o la solución similar. El Contratista debe migrar al menos 10 máquinas virtuales de la infraestructura actual de CNFL a la nueva infraestructura del Multi‐Sitio solicitada en esta contratación. La CNFL brindará al Contratista la lista de las 10 máquinas virtuales que se deben migrar.
Imagen Nº2 Diagrama lógico de red actual del Centro de Datos de Plantel Calle21.
20) El Contratista debe interconectar de forma redundante en el Multi‐Sitio a la red de CNFL, cada
uno de los switches solicitados con los equipos Cisco modelo Nexus 9300 (2 por cada sitio), propiedad de CNFL, debe entregar todo lo necesario como: el cableado, gbics, puertos y licenciamiento, entre otros. Las conexiones deben ser redundantes a una velocidad de 10Gbps cada una.
21) El Contratista debe rotular los componentes de las comunicaciones, de acuerdo con la normativa vigente de CNFL y previa coordinación.
22) El Contratista debe entregar un documento con la configuración y diseño, con diagramas físicos y lógicos, debe incluir las tareas para la operación y mantenimiento rutinario de la solución Multi‐Sitio implementada. El documento será revisado por la CNFL, la misma podrá solicitar ajustes al documento.
23) El Contratista debe entregar un documento con el procedimiento de continuidad de la solución
Multi‐Sitio.
24) El Contratista debe entregar un documento con el procedimiento de apagado y encendido de la solución. El documento será revisado por la CNFL quien podrá solicitar cambios en el mismo.
CAPACITACIÓN 1) El Contratista debe brindar e incluir en su oferta cursos de capacitación para mantener y operar
la solución multi‐sitio, y deben ser impartidos en idioma español por instructores certificados, se debe entregar un certificado de participación a cada participante, éste debe incluir al menos el nombre y apellidos, nombre del curso, duración en horas, fecha de realización, nombre y firma del instructor. El oferente debe indicar el tipo de curso el cual puede ser virtual o presencial, los cursos deben ser impartidos en instalaciones físicas adecuadas para tal fin y brindadas por el Contratista, se debe incluir la alimentación durante los periodos. Al finalizar la capacitación. Los participantes manifestarán sobre la capacitación la aceptación o no de la misma. Si la capacitación no cumple con las expectativas deseadas, debe ser reestructurada e impartida nuevamente, según lo anterior. La capacitación es para cinco funcionarios de la CNFL, La capacitación es para lo siguiente:
1. Curso técnico para solución Hiperconvergente ofrecida, con un contenido de 50% teórico y 50% práctico.
2. Según catálogo de contenidos de VMWare, estos cursos deben ser de contenido certificado:
2.1. WMware NSX: Install, Configure, Manage. 2.2. VMware NSX: Design and Deploy 2.3. VMware vSphere: Optimize and Scale 2.4. Vmware vSphere Design Workshop. Las capacitaciones de VMWare deben ser para las versiones implementadas.
La CNFL S.A, Se reserva el derecho de adjudicar o no este artículo.
SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE TÉCNICO
1) El Contratista debe brindar un servicio de mantenimiento y soporte técnico preventivo y
correctivo, este servicio tendrá una vigencia de 36 meses a partir de la recepción satisfactoria y definitiva de la solución por parte de la CNFL. Dicho plazo podrá ser prorrogado en periodos inferiores o iguales hasta un máximo de 36 meses, siempre y cuando el administrador de este contrato manifieste que existen motivos para la prórroga del contrato, antes al vencimiento del plazo.
2) La fecha de inicio para el servicio de mantenimiento y soporte técnico preventivo y correctivo,
regirá con la recepción satisfactoria y definitiva por parte de la CNFL. La CNFL extenderá un documento para tal efecto.
3) El Contratista debe mantener activos durante la vigencia del servicio de mantenimiento y
soporte técnico todos los contratos con los fabricantes VMWare y de la solución hiperconvergente.
4) Para los equipos entregados y licencias de software, el Contratista debe entregar la información de los contratos de soporte acordados con los fabricantes. los cuales se deben
detallar con un numero de parte del fabricante donde se indiquen claramente según número de serie, fecha inicio, fecha fin, cantidad y descripción de los elementos cubiertos, esta información será validada por parte de CNFL con los fabricantes. Los contratos deben ser a nombre de la CNFL, y cuando sea necesario, a nombre del Administrador del Contrato.
5) El Contratista debe disponer de un método de recepción para la atención de incidentes y
consultas. El Contratista debe entregar un documento con el procedimiento para utilizar dicho método.
6) El Contratista debe proveer acceso a los sitios web de los fabricantes de la solución
hiperconvergente y de VMWare.
7) El servicio de mantenimiento y soporte técnico correctivo brindado por el Contratista debe cubrir:
a. Atención de los incidentes en horario de lunes a viernes de las 8 horas a las 16.30 horas. b. Todos los materiales o componentes necesarios para la solución de incidentes. c. Mano de obra. d. El tiempo máximo de respuesta del Contratista es de una hora para atender los reportes
de incidentes, el Contratista debe asignar un número de incidente. e. Tiempo máximo para brindar la solución definitiva a un incidente reportado:
i. Para soluciones por reemplazo de partes del equipo o equipos completos se otorgará un plazo máximo de un (1) día hábil a partir de la fecha y hora de la entrega del número de incidente por parte del Contratista y según el horario de lunes a viernes de las 8 horas a las 16.30.
ii. Para las restantes soluciones a incidentes no contemplados en el punto anterior, se otorgará un plazo máximo de seis (6) horas a partir de la fecha y hora de la entrega del número de incidente por parte del Contratista y según el horario de lunes a viernes de las 8 horas a las 16.30.
f. Todos los componentes o equipos reemplazados deben ser originales, compatibles, vigentes y de la marca respectiva.
g. Debe incluir todos los costos para este servicio, h. Debe emitir un reporte por cada trabajo realizado. i. Todo incidente debe atenderse en las instalaciones de la CNFL, si por razones
excepcionales un equipo debe ser llevado a reparación fuera de la CNFL, el traslado del equipo para su reparación y el costo del mismo deberá ser cubierto por el Contratista.
j. Cuando la CNFL lo requiera, el Contratista debe realizar la atención del servicio en horas fuera del horario mencionado, la CNFL no reconocerá ningún monto adicional.
8) Servicio de mantenimiento y soporte técnico preventivo: El Contratista debe entregar un plan
de mantenimiento preventivo previa coordinación con la CNFL. De acuerdo a dicho plan se debe realizar el mantenimiento preventivo cada dos meses y debe entregar un informe en formato digital como máximo en tres días hábiles después de la visita.
9) El plan de mantenimiento preventivo debe incluir al menos lo siguiente: actualización de
firmware, análisis de las bitácoras de los equipos y del software, aplicación de parches de
seguridad, actualización de nuevas versiones de software, revisión física de los equipos, emisión de recomendaciones sobre el ambiente operativo, revisión y seguimiento de las mismas, revisión de advertencias, alertas o fallas intermitentes, revisión de umbrales operativos e implementación de buenas prácticas del fabricante.
10) Cuando las fallas de cualquier naturaleza fueran como consecuencia de uso inadecuado,
negligencia por parte de la CNFL o fenómenos naturales, el Contratista está obligado a reparar en los tiempos establecidos en el mantenimiento correctivo, dichas fallas con la premura y en las condiciones estipuladas en esta contratación. Así mismo, el Contratista tendrá derecho a que se le cubra separadamente el costo de la solución, debe presentar una proforma del trabajo, debidamente autorizada por la CNFL antes de brindar la solución; posteriormente, debe presentar una factura para el trámite de pago correspondiente.
11) Durante el periodo de mantenimiento y de soporte técnico, el Contratista está obligado a
asumir, por su cuenta y riesgo la reparación o enmienda del daño, falla, defecto o incumplimiento, por cualquier causa imputable al Contratista (visible o no al momento de recibir a satisfacción lo contratado) de los bienes del objeto de la presente contratación.
12) Cualquier tipo de daño ocasionado por el Contratista tanto a los equipos como a los sistemas
de información instalados en los Centros de Datos del Plantel Calle21 y Plantel Virilla de la CNFL, debe ser subsanado por el Contratista sin que la CNFL incurra en algún gasto.
JUSTIFICACIÓN DE LA CLASULA PENAL Y DE MULTA
Metodología de evaluación
Factor 1 Repercusiones. Alta igual a 30 puntos si el incumplimiento afecta un proyecto o programa estratégico para la dependencia; Media igual a 20 puntos si el proyecto afecta un proyecto o programa importante para el cumplimiento de objetivos de la dependencia; Moderada igual a 10 puntos si el incumplimiento afecta un proyecto o programa con medio o bajo impacto sobre la estrategia y objetivos de la dependencia.
Factor 2 Riesgos. Alto igual a 30 puntos si el incumplimiento pone en riesgo muy alto la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como los ingresos o imagen institucional. Medio igual a 20 puntos cuando el incumplimiento pone en riesgo alto la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como los ingresos o imagen institucional. Moderado igual a 10 puntos cuando el incumplimiento pone en riesgo medio o bajo la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como os ingresos o imagen institucional.
Factor 3 Preponderancia del plazo. Alto igual a 15 puntos cuando el plazo de entrega es fundamental para el cumplimiento de las metas de la dependencia. Medio igual a 10 puntos cuando el plazo de entrega es importante para el cumplimiento de las metas de la dependencia. Moderado igual a 5 puntos cuando el plazo de entrega es de importancia media o baja para el cumplimiento de las metas de la dependencia.
Factor 4.Monto del contrato. El puntaje se aplicará tomando como referencia el monto definido para el concurso de adquisición. Alto: se asignará 15 puntos cuando el monto total estimado del concurso sea igual o superior a ₡1.230.000.000,00. Medio: se asignará 10 puntos cuando el monto total estimado del concurso sea igual o superior a ₡615.000.000,00 pero inferior a ₡1.230.000.000,00. Moderado: se aplicará 5 puntos cuando el monto total estimado del concurso sea menor a ₡615.000.000,00.
CLAUSULA PENAL En caso de atraso en la entrega del servicio de acuerdo al punto 11 se establece el porcentaje de la cláusula penal en un 0.21 % por cada día natural de atraso, la aplicación de la metodología es como sigue:
FACTOR PUNTOS
1. Repercusiones de eventual incumplimiento: La CNFL en los siguientes años estará en el proceso de implementación de la red eléctrica inteligente, con esto, entre otros, realizar el análisis de información de los datos brindados por la misma con el fin de mejorar el servicio brindado, lograr la competitividad empresarial, aumentar la calidad de suministro, contribuir a la reducción de pérdidas de energía y la formalización de zonas vulnerables, para lo cual requiere actualizar y mejorar la infraestructura de TI para el procesamiento y almacenamiento actual, además prepararla para recibir gran cantidad de datos obtenidos de los medidores inteligentes.
30
2.‐ Riesgos del incumplimiento del plazo: El incumplimiento de los plazo de entrega impactará en diferentes ámbitos: financiero, imagen empresarial, Deja en riesgo la continuidad y disponibilidad del servicio de los sistemas de información y comunicaciones de las diferentes áreas del negocio de la CNFL.
30
3.‐ Preponderancia del plazo de entrega: El no contar con la continuidad del servicio solicitado por parte de la CNFL, pone en riesgo la eficacia, eficiencia y los diferentes servicios que se brindan a los clientes internos o externos, así como los ingresos e imagen empresarial.
15
4.‐ Monto del contrato: se estima en ₡510.000.000.00 5
TOTAL DE PUNTOS: 80
En la siguiente tabla, según el puntaje anterior se determina el porcentaje de la cláusula penal en caso de atraso en el tiempo de entrega:
Puntaje Importancia Porcentaje
De 90 a 70 puntos Alta 0.21%
De menos de 70 a 50 puntos Media 0.16%
Menos de 50 puntos Moderada 0.11%
MULTAS
Multa en caso de no realizar el servicio de mantenimiento correctivo: solución a incidentes: se establece el monto de la multa por noventa y cinco mil colones (₡95,000.00) por cada hora de atraso en la solución a un incidente, la aplicación de la metodología como sigue:
FACTOR PUNTOS
1. Repercusiones de eventual incumplimiento: Mantenimiento Correctivo: Los problemas que se presenten por no atender un incidente en el tiempo estipulado puede provocar la interrupción parcial o total de los servicios de los sistemas de información del centro de datos, Multi Sitio de la CNFL, afectando las finanzas (ejemplo: recaudación externa, pago proveedores) e imagen (servicios web) de la CNFL. y los servicios de electricidad (ejemplo: atención averías, reconexiones..) y otros que presta la CNFL a los clientes por medio de sistemas informáticos.
30
2.‐ Riesgos del incumplimiento del plazo: El incumplimiento de los plazos en relación con la atención de los incidentes y / o reemplazo de partes, impactará en diferentes ámbitos: financiero, imagen empresarial, afectando la continuidad y disponibilidad del servicio de los sistemas de información y comunicaciones de las diferentes áreas del negocio de la CNFL.
30
3.‐ Preponderancia del plazo de entrega: El no contar con la continuidad del servicio solicitado por parte de la CNFL, pone en riesgo la eficacia, eficiencia y los diferentes servicios que se brindan a los clientes internos o externos, así como los ingresos e imagen empresarial.
15
4.‐ Monto del contrato: se estima en ₡510.000.000.00 5
TOTAL DE PUNTOS: 80
En la siguiente tabla, según el puntaje anterior se determina el monto de la multa por no brindar el servicio mantenimiento correctivo solicitado en este cartel:
Puntaje Importancia Monto aplicar
De 90 a 70 puntos Alta ₡95,000.00
De menos de 70 a 50 puntos Media ₡70,000.00
Menos de 50 puntos Moderada ₡45,000.00
Multa en caso de no realizar el servicio de mantenimiento preventivo: se establece el monto de la multa en doscientos cincuenta mil colones (₡250.000.00) por cada bimestre que no realice el mantenimiento y soporte técnico preventivo bimensual, la aplicación de la metodología como sigue:
FACTOR PUNTOS
1. Repercusiones de eventual incumplimiento: Un incumplimiento en el mantenimiento preventivo puede desencadenar en fallas en la infraestructura, aumentando la posibilidad de pérdida de información sensible. Podría interrumpir los servicios de los sistemas de información de la CNFL con afectación al cliente y las finanzas, la pérdida de la información puede afectar la imagen de la CNFL tanto a nivel externo como interno
30
2.‐ Riesgos del incumplimiento del plazo: El mantenimiento preventivo se debe realizar bi‐mensualmente, el no realizarlo en el plazo acordado provoca que los mantenimientos se hagan en periodos cortos o largos. Lo que puede afectar la aplicación de parches de seguridad/firmware, mejoras del software y aplicar medidas preventivas, puede afectar el funcionamiento de la infraestructura de TI y provocar una salida del servicio, afectando la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos y externos, así como los ingresos e imagen empresarial. Así mismo, permite cumplir regulaciones exigidas por las autoridades competentes..
20
3.‐ Preponderancia del plazo de entrega: El no contar con los resultados del mantenimiento preventivo realizado a la infraestructura, no se tendría conocimiento del estado actual de la infraestructura, afectaría el tiempo prudente para la aplicación de medidas preventivas y posibilidad de salidas del servicio de la infraestructura, afectando la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos y externos, así como los ingresos e imagen empresarial
10
4.‐ Monto del contrato: se estima en ₡510.000.000.00 5
TOTAL DE PUNTOS: 65
En la siguiente tabla, según el puntaje anterior, se determina el monto de la multa por no brindar el servicio mantenimiento preventivo correspondiente:
Puntaje Importancia Monto aplicar
De 90 a 70 puntos Alta ₡450,000.00
De menos de 70 a 50 puntos Media ₡250,000.00
Menos de 50 puntos Moderada ₡150,000.00