Comparacion lct y cct

13
Ley de contrato de trabajo 20744/76 y Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/75 Concepto ´´CONVENIO COLECTIVO Nº 56/75 INDUSTRIA DE LA CARNE OBREROS Y EMPLEADOS ´´ ´´LEY DE CONTRATO DE TRABAJO 20744´´ Ámbito de aplicación Las disposiciones que integran esta convención colectiva serán de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional y comprenderán a las entidades y personas que se anuncian seguidamente: a)las empresas y/o establecimientos dedicados al faenamiento de ganado bovino, ovino, porcino, equino, caprino, animales de caza mayor y/o menor o a la industrialización de productos cárneos; b) los obreros y empleados sin cargo jerárquico que presten servicios en relación de Quedará condicionada a que la aplicación de sus disposiciones resulte compatible con la naturaleza y las modalidades de la actividad de que se trate y con el específico régimen jurídico a que se halle sujeta.

Transcript of Comparacion lct y cct

Page 1: Comparacion lct y cct

Ley de contrato de trabajo 20744/76 y Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/75

Concepto ´´CONVENIO COLECTIVO Nº 56/75INDUSTRIA DE LA CARNEOBREROS Y EMPLEADOS´´

´´LEY DE CONTRATO DE TRABAJO 20744´´

Ámbito de aplicación Las disposiciones que integran esta convención colectiva serán de aplicación obligatoria en todo elterritorio nacional y comprenderán a las entidades y personas que se anuncian seguidamente:a)las empresas y/o establecimientos dedicados al faenamiento de ganado bovino, ovino, porcino,equino, caprino, animales de caza mayor y/o menor o a la industrialización de productos cárneos;b) los obreros y empleados sin cargo jerárquico que presten servicios en relación de dependencia con las empresas a que se refiere el inciso anterior,c)al personal que se desempeñe como corredores y/o vendedores y como camioneros o acompañantes,ya se trate de transportistas locales, de corta, media o larga distanciad)se aplicará también a las empresas o establecimientos o sectores de establecimientos dedicados a la producción de embutidos y fiambres,genéricamente conocidas como plantas de "chacinados" y a todo el

Quedará condicionada a que la aplicación de sus disposiciones resulte compatible con la naturaleza y las modalidades de la actividad de que se trate y con el específico régimen jurídico a que se halle sujeta.

Page 2: Comparacion lct y cct

personal (obreros y empleados)

Profesionales y Clasificación de tareas

El personal comprendido en la presente convención colectiva queda incluido en la categoríaprofesional correspondienteSe divide en tres categorías:-Personal de Producción: OI-PP-SC-C- E- E1- Personal de Ingeniería: OI-PP- MO-O2-O1-E-E1- Personal Administración:I, 2°,3°,4°,5|,6°El trabajador que se desempeñe en una tarea de mayor clasificación que la propia por más de tresmeses consecutivos y durante más del cincuenta por ciento de las horas de trabajo de esos tres meses, adquirirá automáticamente la categoría mayor en forma definitiva.Queda excluido del presente convenio colectivo de trabajo el personal de supervisión, técnico y vigilancia

Art. 25. — Trabajador.Se considera "trabajador", a los fines de esta ley, a la persona física que se obligue o preste servicios en las condiciones previstas en los artículos 21 y 22 de esta ley, cualesquiera que sean las modalidades de la prestación.

Remuneraciones y Bonificaciones

El salario de los trabajadores de la carne es el que se consigna en las tablas respectivas según anexo Acta salario 3Dicho salario incluye el importede las bonificaciones correspondientes a la antigüedad, así como los aumentos dispuestos según Decretos.Las asignaciones por salario familiar, vacaciones, licencias pagas, se liquidaran en un solo recibo, juntamente con el haber salarial.

Art 103. Se entiende por remuneración la contraprestación que deba percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo. No podrá ser inferior al salario mínimo vital.

Art 105. PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS. El salario debe ser satisfecho en dinero, especie, habitación, alimentos, o mediante la oportunidad de obtener beneficios o ganancias. Las prestaciones complementarias, sean en dinero o en especie integran

Page 3: Comparacion lct y cct

BONIFICACIONES ESPECIALES: A) Adicional en concepto de trabajo en ambientes cuya temperatura sea de 0º o menos B) Al personal que preste servicios más de un 50% como mínimo del tiempo trabajado en la quincena en ambientes cuy temperatura exceda los 37º, C) A los cobradores, corredores de cobranzas, repartidores o cajeros que reciban efectivo del público, y/o de clientes, D) Al personal de guardia afectado a turnos rotativos que atienden labores de mantenimiento y producción (para la prestación de servicios de los días sábados después de las 13hs, domingos, feriados nacionales y cambios de turnos), E)Al personal que deba prestar servicios fuera de su horario habitual por un lapso de 15 días corridos.-Premio por asistencia: para todo el personal que trabaje el ciento por ciento de las horas hábiles de cada quincena ($150 por quincena y $300 mensual).

-Garantía horaria: convenido en 70hs quincenales como mínimo. No se consideran para dicho computo las horas extras en días hábiles, sábados por la tarde, domingos o feriados nacionales. Por otra parte serán considerados los 8 minutos por trabajo nocturno, y los 20 minutos por hora por tareas insalubres

la remuneración del trabajador

Art. 138. —Recibos y otros comprobantes de pago.

Todo pago en concepto de salario u otra forma de remuneración deberá instrumentarse mediante recibo firmado por el trabajador, o en las condiciones del artículo 59 de esta ley.

Page 4: Comparacion lct y cct

Condiciones laborales Art.42 HIGIENE, SALUBRIDAD Y SEGURIDAD: Las empresas suministraran a todo su personal y sin cargo alguno, los equipos de trabajo necesarios para el trabajo. La ropa de trabajo y los elementos de seguridad y/o higiene que las empresas suministren serán de uso obligatorio por parte del personal involucrado a cuyo cargo estará la conservación e higiene de los mismos.

-Equipo para personal que se desempeña en cámaras frías

Los equipos indicados deberán ser provistos en el plazo de sesenta días.Las empresas también suministraran sin cargo alguno la totalidad de las herramientas o implementos de trabajo que el personal necesite para cumplir adecuadamente su labor. Estos elementosserán reemplazados cada vez que ello corresponda de acuerdo con una estimación prudente y razonablede su vida útil contra entrega del usado.

Art. 51 - El trabajador tendrá derecho a solicitar cambio de destino, sin mengua de su categoría ni de su

Art 75. DEBER DE SEGURIDAD.

1) El empleador está obligado a observar las normas de higiene y seguridad en el trabajo y a hacer observar las pautas y limitaciones a la duración del trabajo establecidas en el ordenamiento legal.

2) Los daños que sufra el trabajador, se regirán por las normas que regulen la reparación de los daños provocados por accidentes en el trabajo y enfermedades profesionales, dando lugar únicamente a las prestaciones en ellas establecidas.

Page 5: Comparacion lct y cct

remuneración, y su petición será atendida, en la medida de lo posible, conforme al orden de prioridadesque resulta de la siguiente enumeración de causales:a) Razones de salud propia.b) Razones de salud de un miembro del grupo familiar que conviva con el trabajador.c) Traslado del cónyuge.d) Otras causales atendibles (estudios, etc.).Cuando se trate de cónyuges que se desempeñen para el mismo empleador y uno fuera trasladado a otroestablecimiento, la petición de traslado a igual destino del restante se concederá automáticamente

Beneficios sociales (No remunerativos)

Ropa de trabajo: Botas, pantalones o mamelucos, gabacha, redecilla para el pelo, bozal y guantes.(dos uniformes, para ser obligatorio y exclusivamente usados en trabajo.)

Equipo para personal que se desempeña en cámaras frías: botas de goma o cuero, camperas impermeables, guantes, mamelucos térmicos.

-Los servicios médicos y los de guardería infantil que corresponda sostener a la empresa, seregirán por las normas hasta ahora aplicables a

Art 103 bis. BENEFICIOS SOCIALES: Son prestaciones de naturaleza jurídica de seguridad social, NO REMUNERATIVAS, no dinerarias, no acumulables ni sustituibles en dinero que brinda el empleador al trabajador por sí o por medio de terceros, que tienen por objeto mejorar la calidad de vida del dependiente o de su familia a cargo. (Ej. Ser de comedor, reintegros de gastos de medicamentos, provisión de ropa de trabajo, útiles escolares, etc.)

Page 6: Comparacion lct y cct

cada establecimiento.

Enfermedad, accidentes y maternidad

Art. 36 En los casos de accidentes de trabajo que ocasionen incapacidad temporal, el trabajador afectado percibirá la totalidad de su remuneración desde la fecha del siniestro, y por el término de la ley.(art.208 ley 20744)

-La trabajadora en estado de gravidez tendrá derecho a que se le acuerde un cambio provisional de tareas y/o de horario si su ocupación habitual perjudicare el desarrolla de la gestación, según certificación médica, sin mengua de su remuneración ni categoría profesional.

Gozará de los mismos beneficios que establece la LCT 20744 con respecto a descansos diarios por lactancia.

Art. 208 Cada accidente o enfermedad inculpable que impida la prestación del servicio no afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración durante un período de tres (3) meses, si su antigüedad en el servicio fuere menor de cinco (5) años, y de seis (6) meses si fuera mayor. En los casos que el trabajador tuviere carga de familia y por las mismas circunstancias se encontrara impedido de concurrir al trabajo, los períodos durante los cuales tendrá derecho a percibir su remuneración se extenderán a seis (6) y doce (12) meses respectivamente, según si su antigüedad fuese inferior o superior a cinco (5) años.

Art 177. Prohibición de trabajar. 45 días antes y 45 días después de la fecha de parto. La interesada podrá optar porque se reduzca la licencia anterior al parto y ampliar la posterior a la fecha de parto

Page 7: Comparacion lct y cct

Licencias Especiales Las empresas concederán al personal permisos pagos en los casos y durante los períodos que se detallan seguidamente:

a) Cuatro días corridos en caso de fallecimiento de cónyuge o de la persona con la cual estuviera unido en aparente matrimonio, padres e hijos;

b) Dos días corridos, en caso de fallecimiento de hermano;

c) Un día hasta tres veces al año a los dadores de sangre; cuando el personal concurra a donar sangre deberá presentar los certificados correspondientes;

d) Por nacimiento de hijos dos días corridos;

e) Por matrimonio, diez días corridos;

f) Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos días corridos por examen, con un máximo de diez días por año calendario;

g) Por mudanza, un día por año calendario;

h) Por extracción dentaria, un día con certificación médica que así lo prescriba.

Art 158. El trabajador gozara de las siguientes licencias especiales:

a)Por nacimiento de hijo 2 días corridos

b)Por matrimonio 10 días corridos

c) Por fallecimiento del conyugue o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, de hijo o de padre, 3 días corridos.

d) Por fallecimiento de hermano, 1 día.

e)Por rendir examen de enseñanza media o universitaria, dos días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario

Page 8: Comparacion lct y cct

Feriados Día del Trabajador de la Carne El 10 de junio de cada año "Día del Trabajador de la Carne", será considerado, a todo efecto, como incluido en el régimen de los feriados nacionales obligatorios.

Art. 165.

Serán feriados nacionales y días no laborables los establecidos en el régimen legal que los regule.

Aporte Especial. Prestaciones Sociales

-Establécese a cargo de los empleadores comprendidos en el presente y con destino a las prestaciones sociales de la Federación una contribución equivalente a $ 4 (cuatro pesos), por cada uno de sus trabajadores amparados en la convención colectiva de trabajo 56/75, quienes serán sus beneficiarios.