Compra-Venta Con Usufructo

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NOSOTROS, REINALDO GREGORIO ÁLVAREZ JAGEMBERG Y ASSUNTA MARTIGNETTI DE ÁLVAREZ, titulares de la Cédula de Identidad, No V-2.121.281, el primero y No. V-7.237.005 la segunda, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, de este domiciliado, mediante el presente documento declaros: Que damos en venta perfecta e irrevocable, y reservándonos el DERECHO DE USUFRUCTO, mientras permanezcamos uno y/o ambos en vida a los ciudadanos: JOSÉ GREGORIO ÁLVAREZ MARTIGNETTI Y JENNIFER DANIELA ÁLVAREZ MARTIGNETTI, quienes son venezolanos, ambos de este domicilio, mayores de edad, solteros, Titulares de la Cédula de Identidad Nos. V-13.770.486 el primero, y V-15.533.477 la segunda, un inmueble constituido por un Apartamento destinado a vivienda, distinguido con el número cuatro (No 4), ubicado en la Segunda Planta del Edificio “GATTUSO”, ubicado en la Avenida Bermúdez número Ochenta y Cinco (No 85); del Municipio Girardot, de la Ciudad de Maracay, Estado Aragua, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones tanto del mencionado edificio como de la parcela de terreno sobre la cual se halla construido se halla especificados en el Documento de Condominio que se cita más adelante y debe considerarse plenamente reproducidos aquí. Dicho apartamento posee una superficie aproximada de CIENTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS, CON OCHENTA Y SEIS CENTIMETROS (142, 86 m2), y tiene las siguientes dependencias: sala- comedor, cocina, lavadero, dos (2) habitaciones, un (1) baño, y una terraza, correspondiéndole dos puesto de estacionamiento. El apartamento objeto de la siguiente venta, se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: pared que lo separa del apartamento tres (3), área de circulación y escaleras generales del edificio, SUR: pared exterior sur del edificio, ESTE: pared exterior sur del edificio, OESTE: fachada principal del edificio; siendo su número catastral el siguiente 01-05-03-06-0-023-001-007-000-002-004. El precio de venta es la

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NOSOTROS, REINALDO GREGORIO ÁLVAREZ JAGEMBERG Y ASSUNTA

MARTIGNETTI DE ÁLVAREZ, titulares de la Cédula de Identidad, No V-2.121.281, el

primero y No. V-7.237.005 la segunda, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, de este

domiciliado, mediante el presente documento declaros: Que damos en venta perfecta e

irrevocable, y reservándonos el DERECHO DE USUFRUCTO, mientras permanezcamos

uno y/o ambos en vida a los ciudadanos: JOSÉ GREGORIO ÁLVAREZ MARTIGNETTI

Y JENNIFER DANIELA ÁLVAREZ MARTIGNETTI, quienes son venezolanos, ambos

de este domicilio, mayores de edad, solteros, Titulares de la Cédula de Identidad Nos. V-

13.770.486 el primero, y V-15.533.477 la segunda, un inmueble constituido por un

Apartamento destinado a vivienda, distinguido con el número cuatro (No 4), ubicado en la

Segunda Planta del Edificio “GATTUSO”, ubicado en la Avenida Bermúdez número

Ochenta y Cinco (No 85); del Municipio Girardot, de la Ciudad de Maracay, Estado Aragua,

cuyos linderos, medidas y demás determinaciones tanto del mencionado edificio como de la

parcela de terreno sobre la cual se halla construido se halla especificados en el Documento de

Condominio que se cita más adelante y debe considerarse plenamente reproducidos aquí.

Dicho apartamento posee una superficie aproximada de CIENTO CUARENTA Y DOS

METROS CUADRADOS, CON OCHENTA Y SEIS CENTIMETROS (142, 86 m2), y

tiene las siguientes dependencias: sala-comedor, cocina, lavadero, dos (2) habitaciones, un (1)

baño, y una terraza, correspondiéndole dos puesto de estacionamiento. El apartamento objeto

de la siguiente venta, se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE:

pared que lo separa del apartamento tres (3), área de circulación y escaleras generales del

edificio, SUR: pared exterior sur del edificio, ESTE: pared exterior sur del edificio, OESTE:

fachada principal del edificio; siendo su número catastral el siguiente 01-05-03-06-0-023-001-

007-000-002-004. El precio de venta es la cantidad de CUARENTA MILLONES DE

BOLIVARES EXACTOS (Bs. 40.000.000,00), que recibo en este acto a su entera y cabal

satisfacción. El apartamento objeto de la presente venta está libre de hipoteca y nada

adeuda por concepto de impuestos nacionales, municipales y estadales, ni por ningún otro

concepto y me pertenece por haberlo adquirido en compra, según consta en documento

protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro Inmobiliario Primero del Municipio

Girardot, de la Ciudad de Maracay, Estado Aragua, bajo el Número Catorce (No 14), Tomo

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Seis (6) adicional, Segundo Trimestre de 1.975. Con el otorgamiento de de este documento

hacemos a los compradores la tradición legal de apartamento vendido y nos obligamos al

saneamiento de la ley. Y, nosotros JOSÉ GREGORIO ÁLVREZ MARTIGNETTI Y

JENNIFER DANIELA ÁLVAREZ MARTIGNETTI, aceptamos la venta que por este

documento se nos hace, en los términos arriba expuestos. En Maracay a la fecha de su

presentación. -------------------------------------------------------------------------------------------------

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NOSOTRAS, LUCY ALEXANDRA ANNA PELLINO GIARRATANA Y MARIA

CONCEPCIÓN GAMBUZZA GIARRATANA, titulares de la Cédula de Identidad, No V-4.554.323, la primera y No. V-4.568.343 la segunda, ambas de estado civil solteras, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, mediante el presente documento declaramos: Que damos en venta pura, perfecta e irrevocable al ciudadano: FRANCISCO DE LUCA

SCAVO, quien es de profesión u oficio comerciante, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de Identidad No. V-

8.578.338, de este domicilio; un inmueble constituido por una CASA ubicada en la Calle Fuerzas Armadas No 70, en la Jurisdicción del Municipio Ocumare de la Costa de Oro, Estado Aragua, construida sobre un terreno propiedad de la municipalidad que mide doce metros (12 mts) de frente por treinta y cinco metros (35 mts) de fondo, siendo sus linderos los siguientes: NORTE: con casa que es o fue del ciudadano GONZALES MENDOZA , SUR: con la calle Fuerzas Armadas, ESTE: con parcela que es o fue de LUIS VERDU, OESTE: con terrenos que son o fueron municipales. El precio de venta es la cantidad de TREINTA Y CINCO MILLONES DE

BOLIVARES EXACTOS (Bs. 35.000.000,00), que recibo en este acto a su entera y cabal satisfacción. La CASA objeto de la presente venta está libre de hipoteca y nada adeuda por concepto de impuestos nacionales, municipales y estadales, ni por ningún otro concepto y nos pertenece por haberlo adquirido en compra, según consta en documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro Inmobiliario Segundo del Municipio Girardot, de la Ciudad de Maracay, Estado Aragua, bajo el Número veintidós (No 22), Tomo tres (03), Protocolo Primero de fecha veintinueve (29) de Octubre de mil novecientos noventa y uno (1991). Con el otorgamiento de de este documento hacemos al comprador la tradición legal de la casa vendida y nos obligamos al saneamiento de la ley. Y, yo, FRANCISCO DE LUCA SCAVO acepto la venta que por este documento se me hace, en los términos arriba expuestos. En Maracay a la fecha de su presentación. ---

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NOSOTRAS, AMALIA MARGARITA TRENTANNI TACCABRESCHI,

venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la cedula de Identidad No. V- 4.569.767, actuando en nombre y representación de mi hermana LAURA ANTONIETA TRENTANNI TAECABISCHI,

venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad No. V- 4.551.631, debidamente facultada para ello según consta en Instrumento Poder protocolizado ante la Oficina subalterna del Primer Circuito del Registro Inmobiliario del Municipio Girardot del Estado Aragua, bajo el No. DIEZ Y NUEVE (19), folio CIENTO DIEZ Y NUEVE (119) al folio CIENTO VEINTE Y CUATRO (124), protocolo Tercero, tomo PRIMERO, de fecha VEINTIOCHO (28) de Julio de 2006, JULIETA TRENTANNI TACCABRESCHI, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad No. V- 7.242.517, mediante el presente documento declaramos: Que damos en venta pura y simple, perfecta e irrevocable, a los ciudadanos JOSÉ

ANTONIO RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ Y JOSEPH KHILZI BALI, ambos venezolanos, mayores de edad, casado el primero y soltero el segundo, hábiles en derecho, titulares de la cédula de identidad Nos. V- 6.169.952

y V- 7.229.367 respectivamente, un inmueble constituido por una extensión de terreno y las bienechurias sobre el construidas, ubicado en la Avenida Principal de la Pedrera No. NOVENTA Y SEIS (96), Barrio La Pedrera del Municipio Girardot de la Ciudad de Maracay, Estado Aragua, el cual tiene un área de dos mil ciento cuarenta y siete metros cuadrados, con veinticuatro decímetros cuadrados (2.147,24 M2), y que se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: propiedad que es o fue de ANTONIO DIAZ Y SEBASTIAN SILVA con NOVENTA Y SEIS METROS Y CINCUENTA Y CUATRO CENTIMETROS (96,54 mts), SUR:

propiedad que es o fue de MIGUEL ANGEL CARABALLO Y MARTIN

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PEREZ con NOVENTA Y CINCO METROS Y NOVENTA Y TRES CENTIMETROS (95,93 mts), ESTE: propiedad que es o fue de CIRO LUIS GUZMAN Y

RAFAEL GUZMAN con VEINTIDOS METROS Y CINCUENTA Y UN CENTIMETROS (22,51 mts), OESTE: con Avenida Principal de la Pedrera con VEINTITRES METROS Y CERO CINCO CENTIMETROS (23,05 MTS); siendo su número catastral el siguiente 01-05-03-02-0-004-000-000-000-004-550, según se evidencia

en documento protocolizado ante la Oficina subalterna del Primer Circuito del Registro Inmobiliario del Municipio Girardot del Estado Aragua, bajo el Número SEIS (No 06), Tomo DIEZ (10), Protocolo PRIMERO, Folios TREINTA Y TRES (33) al TREINTA Y NUEVE (39), de Fecha VEINTIOCHO (28) de Julio de 2006. El precio de venta es la cantidad de TRESCIENTOS

SETENTA MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS (Bs.

370.000.000,00), los cuales nos han cancelado en este mismo acto en dinero en efectivo y de curso legal, a nuestra entera y cabal satisfacción. El inmueble objeto de la presente venta está libre de hipoteca y nada adeuda por concepto de impuestos nacionales, municipales y estadales, ni por ningún otro concepto y nos pertenece por herencia según se evidencia de Declaración Sucesoral No. 00053 y Planilla de Liquidación Sucesoral de fecha 28 de Julio de 1.982, mediante venta, pura, simple, perfecta e irrevocable según consta en documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro Inmobiliario Primero del Municipio Girardot, de la Ciudad de Maracay, Estado Aragua, bajo el Número SEIS (No 06), Tomo DIEZ (10), Protocolo PRIMERO, Folios TREINTA Y TRES (33) al TREINTA Y NUEVE (39) de fecha veintisiete (27) de Julio de 2006. Con el otorgamiento de este documento hacemos a los compradores la tradición legal del inmueble vendido y nos obligamos al saneamiento de la ley. Y, nosotros JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ Y JOSEPH KHILZI

BALI, anteriormente identificados aceptamos la venta que por este documento se nos hace, en los términos arriba expuestos. Y yo, MARBELLA ROMERO DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de Estado Civil casada, de este domicilio, y Titular de la Cedula de Identidad Nº V-4.792.973, hábil en derecho, en mi condición de legítima cónyuge del ciudadano JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, declaro mi

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total conformidad a la presente compra establecida en este documento en los términos expuestos. En Maracay a la fecha de su presentación.---------------------------

YO, MARÍA AUXILIADORA COLINA ROMERO, Venezolana, mayor de edad, de estado civil Soltera, Titular de la Cédula de Identidad, No V-14.489.359,

civilmente hábil, domiciliada en el Municipio Miranda de la Ciudad de Coro, Estado Falcón, mediante el presente documento declaro: Que doy en venta pura y simple, perfecta e irrevocable a la ciudadana: SONIA VIRGINIA

ROMERO HERNÁNDEZ, quien es Venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio Licenciada en Educación, de estado civil Divorciada, Titular de la Cédula de Identidad No. V-3.829.494, domiciliada en el Municipio Miranda de la Ciudad de Coro, Estado Falcón; un inmueble constituido por un APARTAMENTO ubicado en la Urbanización La Velita I, Bloque 37, Piso Primero, identificado con el número cero uno raya cero dos (01-02), en el Municipio Miranda de la Ciudad de Coro, Estado Falcón, el inmueble objeto de la presente venta se encuentra constituido por: Sala-Comedor, tres (03) dormitorios, Cocina, Lavadero, un (01) Baño, Terraza, Pasillo Interior; y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Pared de apartamento cero uno raya cero uno (01-01), con SEIS METROS CINCUENTA CENTIMETROS (6,50 mts), SUR:

Pared del apartamento cero uno raya cero tres, con SEIS METROS CON

CINCUENTA CENTIMETROS (6,50 mts), ESTE: Fachada Este del Edificio, con NUEVE METROS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS (9,56 mts), OESTE: Pasillo común de circulación, con NUEVE METROS CON CINCUENTA

Y SEIS CENTIMETROS (9,56 mts), PISO: Terreno del apartamento cero cero raya cero dos (00-02), TECHO: Piso del apartamento cero dos raya cero dos (02-02). La superficie total del inmueble es de SESENTA Y DOS METROS

CUADRADOS CON CATORCE CENTIMETROS (62,14 M2), de acuerdo a las

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medidas y especificaciones señaladas en el documento de Condominio inscrito en la Oficina Subalterna del Municipio Miranda del Estado Falcón, bajo el número cuatro (No 4), Folios del treinta y uno (31) al cuarenta y seis (46), Protocolo Primero, Tomo Octavo (8vo) de Fecha dos (02) de Diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993). El precio de venta del inmueble es la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS

(Bs. 44.000.000,00), que recibo en este acto a mi entera y cabal satisfacción, en dinero en efectivo y de curso legal. El APARTAMENTO objeto de la presente venta está libre de hipoteca y nada adeuda por concepto de impuestos nacionales, municipales y estadales, ni por ningún otro concepto y me pertenece por haberlo adquirido en Cesión o Traspaso de haberes y derechos, según consta en documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro Inmobiliario del Municipio Miranda, de la Ciudad de Coro, Estado Falcón, bajo el Número Trece (No 13), Tomo Quinto (5to), Protocolo Primero de Fecha veintiuno (21) de Julio de Dos mil seis (2006). Con el otorgamiento de de este documento hago a la compradora la tradición legal del inmueble vendido y me obligo al saneamiento de la ley. Y, yo SONIA VIRGINIA ROMERO

HERNÁNDEZ, anteriormente identificada acepto la venta que por este documento se me hace, en los términos arriba expuestos. En Coro a la fecha de su presentación. ------------------------------------------------------------------------------

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