CONCEPTO INFORMATICA

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1. Informática Jurídica. CONCEPTO DE INFORMÁTICA JURÍDICA La Informática jurídica consiste en una ciencia que forma parte de la Informática, es la especie en el género, y se aplica sobre el Derecho; de manera que, se dé el tratamiento lógico y automático de la información legal. Es una ciencia que estudia la utilización de los recursos informáticos (hardware y software) para la mejora de los procesos -análisis, investigación y gestión- en el ámbito jurídico. No es una rama del derecho. Su temática es fundamentalmente tecnológica y carece de contenido jurídico. La informática jurídica consiste en el uso de software y hardware informático como instrumentos del derecho, y nace cuando las computadoras evolucionan de ser máquinas que sólo facilitan el procesamiento de números a ser máquinas que posibilitan el almacenamiento y manipulación de textos. Origen y Evolución La primera aplicación de una máquina de cálculo al ambiente jurídico se realizó en la Cámara de Representante del estado de Ohio (EE.UU.) en 1938, con el uso de una máquina de tarjetas perforadas para el control y seguimiento de las iniciativas de ley presentadas. La Informática Jurídica tuvo su comienzo cuando en los años cincuenta se desarrollan las primeras investigaciones para buscar la recuperación de documentos jurídicos en forma automatizada. De esta manera, se comienzan a utilizar las computadoras u ordenadores ya no para trabajos matemáticos, sino también para los lingüísticos. Fue en la Universidad de Pittsburg, Pennsylvania, a través del Health Law Center, donde el director llamado John Horty concibió la idea de crear un mecanismo a través del cual se pudiera tener acceso a la información legal de manera automatizada. Para el año 1.959, el mencionado centro de la Universidad de Pennsylvania colocó los ordenamientos jurídicos de Pennsylvania en cintas magnéticas. Este fue el Estado donde nace la recopilación legal Informática, que fue demostrada al año siguiente, es decir, en 1.960, ante la Asociación Americana de Abogados en su reunión anual en la Capital de los Estados Unidos, Washington, D.C. A raíz de esta gran inventiva, la Corporación de Sistemas Aspen rediseñó el mencionado sistema legal automatizado y posteriormente lo explotó comercialmente. Fue de esta forma, como la automatización de los ordenamientos legales de ese país fueron tomando cabida. En 1.966, doce Estados de Estados Unidos tenían este sistema y para 1.968, cincuenta Estados de ese mismo país lo acogieron. Otro logro para el desarrollo de la Informática jurídica, se puede conseguir también en el Health Law Center antes mencionado, a través de un sistema que se llamó Lite (Legal Transformation Through Electronics), hoy llamado Flite (Federal Legal Transformation Through Electronics), que consiste en la información legal Federal a través de computadoras, desarrollado bajo contrato con la Fuerza Aérea Norteamericana en el año 1.969. La década de los sesenta constituye el inicio del desarrollo de varios sistemas. Además de los mencionados anteriormente como el sistema Aspen y el Lite (hoy Flite), surgen otros sistemas como por ejemplo: En 1.964 la Corporación Americana de Recuperación de Datos comenzó a explotar comercialmente sistemas de procesamientos de datos legislativos. En 1.967 aproximadamente, la Corporación de Investigación Automatizada de la Barra de Ohio, desarrolló sistemas enfocados hacia los abogados litigantes, llamado sistema OBAR. Sin embargo, los trabajos referidos a este sistema fueron continuados en 1.970 por Mead Data Central, que explotó comercialmente en 1.973 el sistema LEXIS como sucesor de OBAR.

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1. Informtica Jurdica.CONCEPTO DE INFORMTICA JURDICALa Informtica jurdica consiste en una ciencia que forma parte de la Informtica, es laespecie en el gnero, y se aplica sobre el Derecho; de manera que, se d el tratamiento lgico y automtico de la informacin legal.Es una ciencia que estudia la utilizacin de los recursos informticos (hardware y software) para la mejora de los procesos -anlisis, investigacin y gestin- en el mbito jurdico.No es una rama del derecho. Su temtica es fundamentalmente tecnolgica y carece de contenido jurdico.La informtica jurdica consiste en el uso de software y hardware informtico como instrumentos del derecho, y nace cuando las computadoras evolucionan de ser mquinas que slo facilitan el procesamiento de nmeros a ser mquinas que posibilitan el almacenamiento y manipulacin de textos.Origen y EvolucinLa primera aplicacin de una mquina de clculo al ambiente jurdico se realiz en la Cmara de Representante del estado de Ohio (EE.UU.) en 1938, con el uso de una mquina de tarjetas perforadas para el control y seguimiento de las iniciativas de ley presentadas.La Informtica Jurdica tuvo su comienzo cuando en los aos cincuenta se desarrollan lasprimeras investigaciones para buscar la recuperacin de documentos jurdicos en formaautomatizada. De esta manera, se comienzan a utilizar las computadoras u ordenadores ya no para trabajos matemticos, sino tambin para los lingsticos. Fue en la Universidad de Pittsburg, Pennsylvania, a travs del Health Law Center, donde el director llamado John Horty concibi la idea de crear un mecanismo a travs del cual se pudiera tener acceso a la informacin legal de manera automatizada.Para el ao 1.959, el mencionado centro de la Universidad de Pennsylvania coloc los ordenamientos jurdicos de Pennsylvania en cintas magnticas. Este fue el Estado donde nace la recopilacin legal Informtica, que fue demostrada al ao siguiente, es decir, en 1.960, ante la Asociacin Americana de Abogados en su reunin anual en la Capital de los Estados Unidos, Washington, D.C.A raz de esta gran inventiva, la Corporacin de Sistemas Aspen redise el mencionado sistema legal automatizado y posteriormente lo explot comercialmente. Fue de esta forma, como la automatizacin de los ordenamientos legales de ese pas fueron tomando cabida. En 1.966, doce Estados de Estados Unidos tenan este sistema y para 1.968, cincuenta Estados de ese mismo pas lo acogieron.Otro logro para el desarrollo de la Informtica jurdica, se puede conseguir tambin en el Health Law Center antes mencionado, a travs de un sistema que se llam Lite (Legal Transformation Through Electronics), hoy llamado Flite (Federal Legal Transformation Through Electronics), que consiste en la informacin legal Federal a travs de computadoras,desarrollado bajo contrato con la Fuerza Area Norteamericana en el ao 1.969.La dcada de los sesenta constituye el inicio del desarrollo de varios sistemas. Adems de los mencionados anteriormente como el sistema Aspen y el Lite (hoy Flite), surgen otros sistemas como por ejemplo:En 1.964 la Corporacin Americana de Recuperacin de Datos comenz a explotar comercialmente sistemas de procesamientos de datos legislativos.En 1.967 aproximadamente, la Corporacin de Investigacin Automatizada de la Barra de Ohio, desarroll sistemas enfocados hacia los abogados litigantes, llamado sistema OBAR. Sin embargo, los trabajos referidos a este sistema fueron continuados en 1.970 por Mead Data Central, que explot comercialmente en 1.973 el sistema LEXIS como sucesor de OBAR.Por otro lado, la famosa IBM, fue expandindose en el rea de recuperacin de documentos, al punto de que en Washington, D.C., se empez a utilizar el sistema de procesamientos de documentos de la IBM, llamado IBM- TEXTPAC. La IBM desarroll otro sistema llamado STAIRS, que fue acogido por otros Estados de Estados Unidos.CLASIFICACIN DE LA INFORMTICA JURDICAEn general se ocupa de dar soporte a la administracin y gestin de las entidades. Entre sus aplicaciones podemos encontrar programas para el seguimiento de casos y expedientes, control de archivos, control de clientes y facturacin, avisos y notificaciones, agenda de tareas, clculos de impuestos y honorarios, formularios electrnicos, confeccin automatizada de documentos, y otros.La Informtica Jurdica se clasifica para su estudio en: Informtica Jurdica Documental, que consiste en la creacin, almacenamiento y recuperacin de informacin jurdica como leyes, doctrina, jurisprudencia, documentos administrativos, contratos y convenios, expedientes judiciales, notariales y registrales.Existen 3 mtodos de bsqueda de informacin documental:Full-Text: el criterio de bsqueda es aplicado a todo el texto. Implica un mayor usode recursos de procesamiento, y el resultado es completo.Keywords: el criterio de bsqueda es aplicado a un conjunto de palabras claves que se almacenan con el texto. Implica un uso econmico de recursos de procesamiento, pero el resultado es menos completo.Abtract: el criterio de bsqueda es aplicado sobre el resumen del texto. Es un mtodo que se posiciona entre los dos anteriores, ya que podramos decir que usa keywords ampliadas, o full-text restringido, y su ubicacin tambin es intermedia tanto en uso de recursos como en la calidad de los resultados. Informtica jurdica de gestin y control: se compone de programas a travs de los cuales se asiste en la realizacin de actos y gestiones de tipo jurdicos, como contratos, certificaciones, mandatos judiciales. Fue en este sentido como nace la Informtica jurdica de gestin y control, para posteriormente buscar el desarrollo de actividades jurdico adjetivas. De acuerdo al uso profesional que se le de, la informtica de gestin y control puede subclasificarse en: Informtica Registral: es la que la Administracin Pblica aplica para el tratamiento electrnico de informacin catalogada a su cargo. Es una clasificacin que se posee caractersticas de la modalidad documental y la de gestin, ya que implica el almacenamiento de informacin pero tambin su actualizacin. Informtica Parlamentaria: se aplica al campo de la organizacin y funcionamiento de las cmaras parlamentarias, en tareas como informacin legislativa, diario de debates, bibliografa, hemerografa, control de gestin de proyectos, control de legislacin a partir de su relacin para determinar derogaciones, publicidad de los actos de gobierno, entre otros. Informtica de Gestin de Estudios Jurdicos: administra la gestin del estudio jurdico, agilizando los procesos. Administra, entre otros aspectos, la agenda de plazos; los casos; la agenda de clientes; la facturacin y cobranza; el procesamiento de textos; la consulta de legislacin, doctrina y jurisprudencia; y la administracin de recursos humanos. Informtica Notarial: con caractersticas compartidas con la gestin de estudios jurdicos, pero orientado a la generacin de documentos y la interaccin con la informtica Registral. Informtica Jurdica Decisoria o Metadocumental, a travs de la cual se ayuda o apoya en la toma de decisiones, a travs de sistemas de inteligencia artificial que brinden soluciones a ciertas problemticas jurdicas. Por ejemplo, mediante procesos de inteligencia artificial pueden redactarse documentos partiendo de pocas premisas, y corregirse errores ortogrficos y gramaticales.En un aspecto ms avanzado, la inteligencia artificial, materializada a travs de sistemas expertos que estructuran conocimientos especializados, obtienen conclusiones a partir de la informacin que se les suministra -generalmente bajo la modalidad "pregunta-respuesta"-, facilitando la toma de decisiones.El sistema experto puede ser esquematizado como un sistema que contiene: Una base de conocimientos -base de datos- en la cual abrevar. Un esquema de reglas de razonamiento. Una interfaz de comunicacin, el cual puede incluir un limitado lenguaje propietario para que el usuario y el sistema se comuniquen.En la actualidad la informtica jurdica decisioria es incipiente, y provee medios para ayudar al decidor humano, sin reemplazarlo.LA INFORMTICA JURDICA DOCUMENTAL. NOCIONES GENERALESLa Informtica Jurdica Documentaria constituye el rea ms antigua de la informtica jurdica; radicando sus orgenes en los trabajos de John Horty en la Universidad de Pittsburg..Esta parte de la informtica jurdica se desarrolla con la finalidad de expandir los sistemas de documentacin automatizada, por cuanto es evidente en la actualidad que los campos de conocimientos reflejados en textos; es decir, en volmenes documentarios, ha crecido y expandido tanto, que los mtodos tradicionales de bsqueda documentaria han quedado totalmente obsoletos.Especficamente en el aspecto jurdico se ha dado un gran desarrollo y publicacin de textos referidos a leyes, los cuales han pasado a ser de carcter general para ser desarrollados especficamente, aumentando su cantidad especialmente en los ltimos veinte aos.En estos sistemas de informtica jurdica documentaria se busca la creacin de bancos de datos jurdicos o llamado tambin corpus jurdico documentario; que se refiera a cualquier fuente del derecho con la finalidad de poder establecer una relacin entre el usuario y la computadora, la cual se torna interactiva, haciendo posible de que el usuario interrogue o enfoque palabras para que la computadora realice la funcin de bsqueda de las mismas.Inicialmente, la funcin de la computadora a travs de programas especiales estuvo muy limitada, debido a que se comenz utilizndolas como almacenamiento y recuperacin de la informacin. A medida de su evolucin, se comenz a instalar programas de bsqueda de documentos pertinentes.Los primeros sistemas de interrogacin de bancos jurdicos fueron los sistemas llamados Batch, los cuales permitan la bsqueda en los archivos de textos y palabras ordenadas alfabticamente, indicando como respuesta la direccin, archivo o archivos especficos donde se pudiese obtener la informacin; posibilitando la consulta a travs de la combinacin de palabras para hacer la bsqueda ms determinada, e inclusive excluir informacin especfica de una general. A travs de los sistemas Batch se puede escribir por ejemplo: Informtica, y de esta manera muestra todos los documentos que traten este punto; pero si escribimos informtica jurdica (combinacin de dos palabras), la bsqueda se hace ms especfica y entonces, ya mostrar slo los documentos que traten acerca de la informtica jurdica. Pero, si resulta que el lector desea informacin general de informtica jurdica, pero no le interesa nada acerca de la jurimetra, pues tipea: informtica jurdica jurimetra (no), para que el programa de bsqueda excluya toda la informacin referida a la jurimetra mas no a la informtica jurdica en general.De estos sistemas Batch se pas a los on line, a travs de los cuales con Internet, no slo se logran los propsitos de los sistemas Batch, sino que se extiende a espacios interactivos, multimedia y programas especiales muy sofisticados como los de la inteligencia artificial, especficamente los expertos artificiales y por consiguiente los expertos legales artificiales.Para concluir este punto, destaca el autor que la finalidad de la informatizacin en un sistema documentario jurdico trata acerca del desenvolvimiento, bsqueda y adquisicin de manera rpida y pertinente la informacin que previamente ha sido almacenada. Estas informaciones almacenadas son las que constituyen el banco de datos, corpus o corpus jurdico.2. Derecho InformticoConcepto y Diferencias con la Informtica JurdicaEl derecho informtico se define como un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurdicos nacidos de la interrelacin entre el Derecho y la informtica.El derecho informtico es el conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurdicos nacidos de la interrelacin de sujetos en el mbito de la informtica y sus derivaciones, especialmente la tecnologa de la informacin. Tecnologa de la Informacin, como concepto sociolgico, se refiere a la utilizacin de mltiples medios para almacenar, procesar y difundir todo tipo de informacin; generalmente a travs de computadoras y otros dispositivos electrnicos.El concepto que engloba a esta definicin es el de "sociedad de la informacin". Tal es la denominacin dada a la sociedad actual, que ha reemplazado -como sucesora- a la sociedad industrial; y en la cual la creacin, distribucin y manipulacin de la informacin forman parte importante de las actividades culturales y econmicas. Es por ello que podramos establecer los siguientes trminos en la ecuacin cuya resultante es el derecho informtico: derecho + informtica + sociedad de la informacin = derecho informtico.Por otro lado hay definiciones que establecen que es una rama del derecho especializado en el tema de la informtica, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales.El trmino "Derecho Informtico" (Rechtinformatik) fue acuado por el Prof. Dr. Wilhelm Steinmller, acadmico de la Universidad de Regensburg de Alemania, en los aos 1970.1 Sin embargo, no es un trmino unvoco, pues tambin se han buscado una serie de trminos para el Derecho Informtico como Derecho Telemtico, Derecho de las Nuevas Tecnologas, Derecho de la Sociedad de laInformacin, Iusciberntica, Derecho Tecnolgico, Derecho del Ciberespacio, Derecho de Internet, etc.A diferencia de la informtica jurdica, que es una rama de la informtica dedicada a las ciencias jurdicas, el derecho informtico es una rama del derecho, que nace recientemente, y cuya definicin acabamos de ver.Autonoma del Derecho InformticoA fines de la dcada del sesenta y luego de cerca de diez aos de aplicaciones comerciales de los computadores, empezaron a surgir las primeras inquietudes respecto a las eventuales repercusiones negativas motivadas por el fenmeno informtico y que requeran un tratamiento especial. Aparece entonces, una relacin entre la informtica y el Derecho, distinta de la hasta entonces conocida informtica jurdica, que comenz a ser distinguida como derecho informtico o derecho de la informtica, y que actualmente se prefiere denominar Derecho de las Tecnologas de la Informacin y las Comunicaciones. Este Derecho de la informtica, como instrumento regulador en la sociedad de la informacin, si bien no ha sido estudiado igual que la informtica jurdica, ya hay algunos tratadistas que lo consideran como una categora propia que obedece a sus reglas, surgida como una inevitable respuesta social al fenmeno informtico.El carcter interdisciplinario que presenta como rasgo esencial el Derecho de la Informtica ha suscitado un debate entre quienes sostienen que se tratara de un sector de normas dispersas de diferentes disciplinas jurdicas, y quienes creemos que constituye un conjunto unitario de normas dirigidas a regular un objeto determinado, desde una metodologa propia, es decir, que gozara de autonoma. Creemos que no le resta al Derecho de las Tecnologas de la Informacin su carcter de disciplina independiente el hecho de que maneje materiales suministrados por las otras ramas de la Ciencia del Derecho, ya que lo nico determinante es que debe sistematizar y reducir a unidad la pluralidad de elementos relacionados con el impacto social del fenmeno informtico, de modo de presentar as un sistema orgnico y unitario que los comprenda a todos.El desarrollo tecnolgico es determinante para el surgimiento de esta nueva rama en una sociedad, ya que en la medida en que se vaya incorporando en las labores de las personas, en el trabajo, en la forma de comunicarse, el manejo de la informacin a travs de los sistemas informticos har surgir la necesidad en ese grupo social de regulacin de conductas nuevas, formndose una nueva rama autnoma.El desarrollo de las tecnologas de la informacin y las comunicaciones es una fuente material del Derecho, en la medida en que el uso de esta tecnologa vaya generando conductas nuevas, que deban ser recogidas y reguladas por el Derecho, y haya necesidad de hacerlo.En relacin a lo anterior, el carcter autnomo del derecho de la informtica se desprende del anlisis de tres elementos: su objeto de estudio, su metodologa especfica y su sistema de fuentes.Objeto de estudioEl objeto inmediato de estudio lo constituye la tecnologa informtica, cuyas implicaciones econmicas, sociales, culturales y polticas son profundas y evidentes, por lo que elDerecho no puede desatenderse de regularla y de captar adecuadamente dicha realidad.Si la informtica constituye el objeto inmediato, el objeto mediato o remoto del derecho de la informtica es la propia informacin. sta constituye un bien inmaterial, el producto autnomo y previo a todo el procesamiento y transmisin que de ella pueda realizarse. Es una nocin abstracta vinculada a las libertades de opinin y expresin de informaciones e ideas por cualquier medio.La informacin representa una fuerza econmica de importancia, destacando dos elementos fundamentales dentro de las repercusiones econmicas provocadas por ella. Primero, la gran necesidad de sta en la productividad y empleo. En segundo lugar, la capacidad de almacenamiento, tratamiento, transmisin y sobre todo, utilizacin de la informacin como elemento fundamental para la toma de decisiones con inevitables consecuencias econmicas, por parte de personas e instituciones tanto en el sector pblico como privado, estn a la par desde el punto de vista econmico con elementos tales como la energa y las materiasprimas. Bien lo seala Toru Moto Oka, uno de los inspiradores del Proyecto japons de la Quinta Generacin: "la riqueza de las naciones que durante sus fases agrcola e industrial dependi de la tierra, del trabajo y del capital, de los recursos naturales y de la acumulacin monetaria, en el futuro se basar en la informacin, en el conocimiento y en la inteligencia".Sobre el particular, y a modo ilustrativo, hay valiosa informacin en una empresa en las bases de datos nominativos o personales, que son aquellas que contienen datos de carcter personal de personas naturales, que pueden referirse a clientes, proveedores, acreedores u otros, o contener datos referidos a empresas, instituciones o a personas jurdicas; en los programas computacionales; en los datos contables, pues para una empresa el conocimiento de la informacin contable puede representar una ventaja para sus competidores, y por lo tanto, tambin resulta valiosa; en la informacin comercial, ya que ella o los secretos comerciales marcan la lnea de actuacin de una empresa y el dominio en que desarrolla su cometido, siendo, por tanto, muy importante su seguridad frente a posibles filtraciones; en el caso de la transferencia de tecnologa se destaca en el "know how", es decir, el conocimiento tcnico, de carcter relativamente secreto, que tiene un valor econmico y susceptible de ser objeto de contratos o de operaciones mercantiles, debido a que los conocimientos que se adquieren a travs de aos de investigacin y desarrollo deben protegerse frente a quienes sin esa inversin realizada en dinero y tiempo pretendan apropiarse de ella.Todos estos diferentes tipos de informacin empresarial estn expuestos a numerosos y diferentes clases de riesgos, por ejemplo, las bases de datos nominativos sufren atentados referidos a la intimidad de las personas; los programas computacionales estn expuestos a la piratera del software; los datos contables son objeto de fraudes informticos; respecto a la informacin comercial, difcilmente pueden evitarse los robos de secretos comerciales, debido a la deslealtad de los empleados de la propia empresa; y por ltimo, el "know how", fruto, en muchas ocasiones, de considerables desembolsos econmicos y de largo tiempo de estudio e investigacin, padecen el problema de la transferencia ilcita de tecnologa.Dada la importancia que revisten estos bienes en la "sociedad de la informacin" y el sustrato fsico o mbito en el cual se producen los hechos, es decir, el sustrato tecnolgico, el Derecho Informtico se convierte en una disciplina independiente, que debe abordar los temas con una propia metodologa de trabajo.Metodologa Especfica:En cuanto a la metodologa especfica, los problemas que plantea la informtica y la telemtica exigen para su comprensin contar con especficas categoras conceptuales y metdicas aptas para su interpretacin.Debido al carcter cambiante e innovador de la informtica es ms conveniente que su disciplina normativa responda a una tcnica legislativa de clusulas o principios generales. As, al no tener estndares rgidos a partir de los cuales surge la reglamentacin se evita la necesidad de introducir variaciones constantes en las normas y permite a los rganos que las aplican adaptar los principios a las situaciones que se presenten sucesivamente.Fuentes:Las normas jurdicas que integran el Derecho de las Tecnologas de la Informacin cuentan con fuentes formales emanadas principalmente de la potestad legislativa y la jurisprudencial, sin olvidar a la potestad normativa de los particulares en el caso de la contratacin informtica.Tales formas de produccin jurdica han llevado a la continua celebracin de congresos y seminarios sobre estos temas. Por ello, el papel de la doctrina es decisivo para la sistematizacin y perfeccionamiento de las dems fuentes formales del Derecho de la informtica, ya que analiza el fenmeno informtico de manera enriquecedora para quelas autoridades legislativas y jurisprudenciales elaboren leyes y jurisprudencia, y luego, las estudia crticamente para descubrir sus eventuales lagunas, insuficiencias e imperfecciones.Es importante destacar que el vertiginoso avance del objeto de estudio del Derecho Informtico determina que la importancia relativa de las fuentes sea notoriamente diferente a las de otras ramas del derecho.Avances tecnolgicos y el DerechoEl contenido del Derecho de las Tecnologas de la informacin, basado en las problemticas ms destacables y desarrolladas en la literatura nacional y extranjera, lo podemos estructurar de la siguiente manera (haciendo presente que tales temas responden ms a un orden pedaggico que a uno doctrinal):1. El valor probatorio de los soportes modernos de informacin, provocado por la dificultad en la aceptacin y apreciacin de elementos de prueba derivados de estos soportes entre los rganos jurisdiccionales.2. La proteccin de datos personales, ante el manejo inapropiado de informaciones nominativas que atentan contra derechos fundamentales de las personas.3. Los delitos informticos, es decir, la comisin de verdaderos actos ilcitos en los que se tenga a los computadores como instrumentos o fines.4. El flujo de datos transfronterizos, con el favorecimiento o restriccin en la circulacin de datos a travs de las fronteras nacionales.5. La proteccin de los programas computacionales, como respuesta a los problemas provocados por la piratera de software que atenta contra la propiedad intelectual.6. Los contratos informticos, en funcin de esta categora contractual sui generis con evidentes repercusiones fundamentalmente econmicas.7. La regulacin de los bienes informacionales, en funcin del innegable carcter econmico de la informacin como producto informtico.8. La ergonoma informtica, como aquellos problemas laborales suscitados por la informatizacin de actividades.3. Enseanza del derecho ante las nuevas tecnologasVisin en la forma de ensear el derechoComo ya se ha dicho, el derecho informtico tiene un objeto de estudios dinmico y en constante modificacin; es por ello que el derecho a aplicar requiere una constante utilizacin de la analoga, sin que esta analoga viole principios establecidos por la legislacin, ya que la analoga no se aplica sobre la norma, sino sobre el objeto; debido a que en tecnologa las mismas acciones pueden realizarse a travs de diversos objetos. Como consecuencia ineludible, el conocimiento de la tecnologa es fundamental para poder aplicar la analoga en forma correcta, y poder as legislar, abogar o juzgar de modo efectivo.Sin hacer hincapi en las estructuras concretas, sino en el activo pensar y deducir, el profesor llevar al alumno al desarrollo de la dialctica jurdica; pues la multiplicidad de aspectos desde el cual puede abordarse un caso en el cual la tecnologa sea un elemento fundamental, determina que slo un anlisis multifactico nos permitir arribar a una solucin correcta del conflicto.Desarrollo de habilidades informticasComo herramienta asistente del conocimiento y la dialctica jurdica, las habilidades informticas potencias notablemente el trabajo del jurista, especialmente mediante el uso de las herramientas provistas por la informtica jurdica, en especial las bases documentales y los motores de bsqueda; y las herramientas de gestin.En la actualidad, el uso de Internet generalizado no ha logrado an que el uso de los motores de bsqueda sea adecuado, y el desconocimiento del funcionamiento interno de los mismos, al menos en sus conceptos bsicos- derivan en un pobre aprovechamiento de una de las ms poderosas herramientas de esta sociedad de la informacin, es la "biblioteca infinita" que alguna vez soara Jorge Luis Borges.