Conceptos fundamentales en materia de ddhh
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DERECHOS HUMANOS Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO
CONCEPTOS FUNDAMENTALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS
1a Edición del Curso On-line Derechos humanos, cooperación al desarrollo y
relaciones Norte/SurBarcelona, febrero de 2012
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¿Qué son los derechos humanos? Expectativas que tiene un sujeto de manera fundada respecto
que alguien haga o deje de hacer alguna cosa relacionada con sus necesidades e intereses más relevantes.
Estas necesidades e intereses se refieren a aspectos como el acceso a alimentos adecuados, la disponibilidad de una vivienda digna, la posibilidad de participar en los asuntos públicos, de disponer de ingresos suficientes, de expresarse libremente, etc.
El acceso a estos recursos garantiza las condiciones de supervivencia y autonomía necesarias para desarrollar un proyecto de vida digno.
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Derechos humanos versus privilegios
La protección generalizada de los derechos humanos implica limitar el ejercicio de privilegios (ejemplo: el derecho al agua potable seguramente limita las posibilidades de usos abusivos como los que se dan en campos de golf, piscinas particulares; por su parte, universalizar el derecho a una vivienda digna conlleva seguramente la posibilidad de disponer de viviendas vacías; el acceso a la información requiere igualmente controles en la concentración de los medios de comunicación, etc.)
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La titularidad de los derechos humanos
La titularidad de los derechos humanos es intrínseca a la dignidad de las personas. Sin embargo, la protección de los derechos constituye una prioridad para las personas y colectivos en mayor situación de vulnerabilidad.
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Principios básicos
La Declaración final de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993, celebrada en Viena, afirma que los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes
Universalidad: los derechos humanos comportan expectativas tendencialmente generalizables, inclusivas, igualitarias.
Los privilegios, en cambio, comportan pretensiones tendencialmente restrictivas, excluyentes, y discriminatorias.
La universalidad de los derechos reivindica que existen necesidades transculturales indispensables para llevar los propios planes de vida. Sin embargo, la forma en que se obtienen o suministran los recursos a cuyo acceso protegen los derechos depende del entorno en el que se vive.
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Principios básicos(II) Interdependencia: los derechos humanos son
complementarios, todos los derechos se refuerzan mutuamente. A su vez, la vulneración de uno de ellos supone la violación de otros derechos.
Indivisibilidad: los derechos humanos deben garantizarse en su totalidad. Las diversas categorías de derechos (derechos de primera, segunda y tercera categoría) responden a cuestiones de orden político. En la actualidad esta división tan sólo tiene razones pedagógicas. La predilección por una de las categorías no puede justificar el menoscabo de otros derechos.
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La Declaración de Derechos Humanos, 1948
Artículos Contenido
PreámbuloArt. 1-2
Sustrato: Libertad, igualdad, fraternidad, no-discriminación
Art. 3-11D. orden personal: derecho a la vida y a la libertad, prohibición de la esclavitud y de tortura, igualdad ante la ley, presunción de inocencia
Art. 12 - 17D. de los individuos en relación con la comunidad: derecho a la intimidad, honor, libre circulación y residencia, propiedad privada
Art. 18 –21D. políticos: libertad de expresión, opinión, culto, reunión, asociación, participación política
Art. 22 - 27D. econ., sociales y cult.: trabajo, seguridad social, al descanso, a la educación, vivienda…cooperación internacional
Art. 28 - 30 Cond y límites: orden social e internacional, principio de legalidad
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Desarrollo de la DUDHLa imposibilidad de llegar a un único Pacto Internacional se resuelve con la aprobación de dos instrumentos con diferentes mecanismos de garantía
Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, (PIDESC) de 1966
Part.
Art.
Contingut
Preámbulo Dignidad humana, universal
I 1 D. Libre determinación
II 2-5
Obligaciones estatales: progresibidad, cooperación internacional, no discriminación, igualdad entre hombres y mujeres
III 6-15
Dº al trabajo, sindicatos, familia, alimentación, vestimenta, vivienda, salud, educ. y cultura
IV 16-25
Vigilancia: Presentación de informes
V 26 - 31
Firma, ratificación, y adhesión
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) de 1966
Part.
Art.
Contingut
Preámbulo Dignidad humana, universal
I 1 D. Libre determinación
II 2- 5 Obligaciones de los estados: no discriminación, igualdad entre hombres y mujeres, recursos efectivos
III 6 -27
D. a la vida, prohibición de torturas, esclavitud, privación libertad, libertad de circulación, acceso a la justicia, presunción inocencia, d. reunión, familia, particip. política, igualdad ante la ley, cultura
IV 28 – 45
Vigilancia: Comité de DDHH – presentación de quejas e informes
V - VI 45 – 53
Ratificación, …
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Obligaciones Los derechos humanos comportan obligaciones ineludibles para los poderes públicos.
Con el objetivo de dar satisfacción a estas obligaciones es preciso que adopten medidas legislativas, administrativas, presupuestales y judiciales, entre otras.
Respetar: se refiere al deber de los poderes públicos de no interferir en el acceso y disfrute de un derecho, es decir, a la obligación de “no hacer o negativa”. Ejemplo: no promover desalojos arbitrarios; no impedir el acceso de las mujeres embarazadas a centros educativos; no obstaculizar el ejercicio del derecho de reunión y asociación, etc.
Proteger: exige que el estado prevenga violaciones a los derechos humanos por parte de terceros, “obligación de que otros no hagan”. Ejemplo: impedir discriminación en centros educativos privados; sancionar despidos arbitrarios por parte de empleadores privados, etc.
Satisfacer: se refiere a la realización efectiva de los derechos humanos por parte de los poderes públicos, “obligación de hacer o positiva”. Ejemplo: promoción de viviendas asequibles, desarrollo de planes educativos y de salud, etc.
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Obligaciones (II)
Principio de no-discriminación:
Principio de no regresibidad
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Garantías1. Institucionales o primarias:
Políticas: Constitucionales y legislativasAdministrativas o de política pública
2. Jurisdiccionales o secundariasEstatales Supra-estatales: regionales, internacionales.Cuasi-judiciales: Defensor del Pueblo- ombudsman- , Organismos de
Derechos Humanos
3. Extra-institucionales o socialesParticipación: sufragio, Iniciativa Legislativa PopularCooperativas de consumo, de trabajo; centros sociales; etc.