Conclusiones P2 Rad
-
Upload
marco-gutierrez -
Category
Documents
-
view
23 -
download
0
description
Transcript of Conclusiones P2 Rad
TIPO DE SOCIEDADCaractersticas
Proceso de constitucinNombre
Capital Social
Reservas
Nmero de SociosResponsabilidad de los socios
Sociedad en nombre colectivo.Los socios responden de modo subsidiario, solidario e ilimitado ante las obligaciones sociales.
Simultnea: Junta de socios para elaborar proyecto de estatutos Autorizacin de la Secretara de Relaciones Exteriores (SRE) Protocolizacin ante notario pblico Inscripcin en el Registro Pblico de ComercioRazn social y compaa (si el socio que dio su nombre para la razn se separa, se aadir la palabra sucesores); tambin si la razn social se transfiere.
No estable un mnimo
Cinco por cierto de las utilidades anuales hasta reunir un 20% del capital social fijo.
Mnimo dos, mximo ilimitado
Todos los socios responden de manera subsidiaria, solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales.
Sociedad en comandita simple (S. en C.).Tiene dos tipos de socios: Comanditados y Comanditarios
Simultnea: Junta de socios para elaborar proyecto de estatutos Autorizacin de la Secretara de Relaciones Exteriores (SRE) Protocolizacin ante notario pblico Inscripcin en el Registro Pblico de ComercioRazn social (el socio que preste su nombre para la razn social es considerado comanditado)
No estable un mnimo
Cinco por cierto de las utilidades anuales hasta reunir un 20% del capital social fijoMnimo dos, mximo ilimitado
Comanditados: Solidaria, subsidiaria e ilimitada Comanditarios: Por sus aportaciones, salvo que hayan tomando parte en alguna operacin o de manera habitual administre los negocios de la sociedad
Sociedad de responsabilidad limitada (S. de R.L.).Las partes sociales son indivisibles y no pueden estar representadas por ttulos negociables
Simultnea: Junta de socios para elaborar proyecto de estatutos Autorizacin de la Secretara de Relaciones Exteriores (SRE) Protocolizacin ante notario pblico Inscripcin en el Registro Pblico de ComercioRazn social o denominacin
Mnimo: la ley establece un monto fijo de $3000,000.00 de pesos. Como mnimo, 50% de esta cantidad, debe estar pagado en el momento de la constitucin de la empresa.
Cinco por cierto de las utilidades anuales hasta reunir un 20% del capital social fijo
Mnimo dos, mximo 50
Hasta por el monto de su parte social
Sociedad annima (S. A.).Capital representado por acciones nominativas Socios obligados al pago de sus acciones, ya sea en efectivo o en especie. En este caso, la tenencia de las acciones los acredita como socios.
Simultnea: Junta de socios para elaborar proyecto de estatutos Autorizacin de la Secretara de Relaciones Exteriores (SRE) Protocolizacin ante notario pblico Inscripcin en el Registro Pblico de ComercioDenominacin
Mnimo fijo $ 50,000.00
Cinco por cierto de las utilidades anuales hasta reunir un 20% del capital social fijo
Mnimo dos, mximo ilimitado
Hasta por el monto de sus acciones (aportacin)Los administradores responsabilidad ilimitada
Sociedad en comandita por acciones (S. en C. por A.).Dos tipos de socios: comanditados y comanditarios Capital representado por acciones
Simultnea: Junta de socios para elaborar proyecto de estatutos Autorizacin de la Secretara de Relaciones Exteriores (SRE) Protocolizacin ante notario pblico Inscripcin en el Registro Pblico de ComercioRazn social o denominacin (el socio que preste su nombre para la razn social es considerado comanditado)
La ley no establece un mnimo
Cinco por cierto de las utilidades anuales hasta reunir un 20% del capital social fijo
Mnimo dos, mximo ilimitado
Comanditados: Solidaria, subsidiaria e ilimitada Comanditarios: Por sus aportaciones, salvo que hayan participado en alguna operacin o de manera habitual administre los negocios de la sociedad
Sociedad cooperativa (S. C.)Los rendimientos son por trabajo o por consumo Todos los socios pertenecen a la clase trabajadora
Acta por quintuplicado a la asamblea general Certificacin de firmas ante notario pblico, corredor pblico, juez de distrito, etctera Autorizacin de la Secretaria del Trabajo y Previsin Social Inscripcin en el Registro Pblico de Comercio
Denominacin
No estable un mnimo, pero siempre ser de capital variable
El fondo de reserva se constituir con 10 a 20% de los rendimientos de cada ejercicio social. El fondo de reserva podr ser delimitado en las bases constitutivas, pero no ser menor de 25% del capital social en las S. C. de productores y de 10% en las de consumidoresMnimo cinco, mximo ilimitado
Limitada: hasta por el mono de su aportacin Suplementada: los socios responden a prorrata hasta por la cantidad determinada en el acta constitutiva