Conflictos laborales

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PPPP 01 DERECHO LABORAL LEY FEDERAL DEL TRABAJO CONFLICTOS LABORALES EXPOSITORES: Aguilar Carla Cruz Víctor García Marcela Guillen Omar Montoya Teresa Diciembre 04, 2013 Relaciones Laborales

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DERECHO LABORAL LEY FEDERAL DEL TRABAJO

CONFLICTOS LABORALES

EXPOSITORES: Aguilar Carla Cruz Víctor

García Marcela Guillen Omar

Montoya Teresa

Diciembre 04, 2013

Relaciones Laborales

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INTRODUCCIÓN

• CONFLICTO

• Art.123° fracción XX

• Así pueden darse conflictos entre los trabajadores, entre los trabajadores y los patrones,

entre sindicatos y trabajadores y más entre el sindicato y el Estado.

Relaciones Laborales

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INTRODUCCIÓN

• CONFLICTO DE RELACIONES LABORALES• El conflicto laboral se define como las fricciones

que pueden producirse en las relaciones de trabajo• La constitución mexicana establece en el año de

1917 que los conflictos entre el capital y el trabajo se sujetaran a la decisión de una Junta de Conciliación y Arbitraje.

Relaciones Laborales

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MARCO LEGAL

• SON REGULADOS EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

• CAPITULO XVIII• Las disposiciones de este Capítulo rigen la tramitación de los

conflictos que se susciten• con motivo de la aplicación de los artículos 5o. fracción III;

28, fracción III; 151; 153, fracción X; 158; 162;• 204, fracción IX; 209, fracción V; 210; 236, fracciones II y III;

389; 418; 425, fracción IV; 427 fracciones I,• II y VI; 434, fracciones I, III y V; 439; 503 y 505 de esta Ley y

los conflictos que tengan por objeto el cobro• de prestaciones que no excedan del importe de tres meses

de salarios.

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DESARROLLO

• Los conflictos de trabajo se pueden clasificar en: • Personas Involucradas (Grupal e Individual) • Características de los intereses (Normativo y

Económico) • Medidas de presión utilizadas (Pacífico y Violento)• Resultado generado (Positivo o Negativo)

Relaciones Laborales

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DESARROLLO

• Mecanismos de solución• Confrontación: Siempre genera un ganador y un

perdedor. Huelga y cierre patronal• Negociación: Proceso de dialogo que conduce a un

acuerdo mutuamente aceptado. Convenio colectivo o contrato de trabajo.

• Conciliación: Pretende un acuerdo entre las partes, invita a las partes a una solución, pero no resuelve ni propone

• Mediación: Presenta informaciones y propuestas de solución

• Arbitraje: El árbitro decide, el acuerdo es de obligado complimiento

• Justicia: a través de los tribunales

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CONCLUSIONES

• ETAPAS DE DESARROLLO DE LOS CONFLICTOS• Identificación y asimilación: Es importante asumir

que hay un problema por que así surge la intención de corregirlo• Análisis: Se analizan intereses, personas,

consecuencias y la complejidad del problema• Búsqueda de soluciones: Se definen las posibles

soluciones y las consecuencias de cada una. • Elección de la mejor solución: Se tomara la que

mejor acerque las posturas enfrentadas.

RELACIONES LABORALES

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ANTECEDENTES

Principio de libertad sindical

La huelga es una institución a favor de la clase obrera, para poder lograr un equilibrio entre capital y trabajo, para ejercitar dichos derechos, los obreros deben unirse ya sea en una coalición o en un sindicato

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INTRODUCCIÓN

Es un derecho y como tal este deberá ejercitarse con justicia para ambos sectores económicos y no convertirlo en un instrumento de terrorismo empresarial, evitando los intereses lucrativos del patrón a su beneficio personal.

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MARCO LEGAL

• LEY FEDERAL DEL TRABAJO • TITULO OCTAVO Huelgas Art 440 al 471• CAPITULO I -Disposiciones generales

Art 440 Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores. Art. 441“los sindicatos de trabajadores son coaliciones permanentes” Art. 442 La huelga puede abarcar a una empresa o a uno o varios de sus establecimientos

Art. 443. Debe limitarse al mero acto de la suspensión de trabajo

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MARCO LEGAL

Tipos de huelga1. Huelga existente art. 4442. Huelga inexistente art. 452 fracción ll3. Art. 123 fracción XVll será licita cuando tenga por objeto conseguir el equilibrio

entre los diversos factores de producción, armonizando los derechos del trabajador con los del capital

4. Art. 445. La huelga es ilícital. Actos violentosll. Actos de Guerra5.- Art. 446.- Huelga justificada es aquella cuyos motivos son imputables al patrón.

• Artículo 447.- La huelga es causa legal de suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo por todo el tiempo que

• dure. • Artículo 449.- La Junta de Conciliación y Arbitraje y las autoridades civiles

correspondientes deberán hacer respetar el derecho de huelga, dando a los trabajadores las garantías necesarias y prestándoles el auxilio que soliciten para suspender el trabajo.

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MARCO LEGAL

• Artículo 466.- Los trabajadores huelguistas deberán continuar prestando los siguientes servicios:

• I. Los buques, aeronaves, trenes, autobuses y vehículos de transporte que se encuentren en ruta,

• II. En los hospitales, sanatorios, clínicas y demás establecimientos análogos,

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DESARROLLO

• TITULO OCTAVO Huelgas • CAPITULO ll –Objetivos y procedimientos de huelga

Es legalmente existente la huelga que satisfaga los requisitos y persigue los objetivos establecidos en el Art. 450 LFT

¿Cuál es el objeto de una huelga?

I. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital; ll. Contrato colectivo de trabajo lll. Contrato-Ley lV. Cumplimiento del contrato colectivo o contrato leyv. La participación de utilidadesVl. Apoyar a una huelga Vll. Revision de Salarios

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DESARROLLO

• Artículo 451.- Para suspender los trabajos se requiere: • Que la huelga tenga por objeto alguno o algunos

de los que señala el artículo anterior; • Que sean la mayoría

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DESARROLLO

• Artículo 469.- La huelga terminará: • I. Por acuerdo entre los trabajadores huelguistas y

los patrones; • ll. El patrón se allana, a las peticiones, cubre los

salarios de los trabajadores; • lll. Por laudo de la persona o comisión elegida• lV. Por laudo de la Junta de Conciliación y

Arbitraje.

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DESARROLLO

• CAPITULO XX • Procedimiento de huelga art. 920 al 938 • Artículo 920.- El procedimiento de huelga se iniciará mediante

la presentación del pliego de peticiones,

• I. Se dirigirá por escrito al patrón

• II. Se presentará por duplicado a la Junta de Conciliación y Arbitraje.

• III. El aviso para la suspensión será con seis días de anticipación a la fecha señalada para suspender el trabajo y con diez días de anticipación cuando se trate de servicios públicos

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DESARROLLO

• CAPITULO XX • Procedimiento de huelga Art. 923 certificación

Art. 921 Junta Art. 922 Patrón

48 hrs

Art. 926. audiencia de conciliación

Art. 924 aseguración de bienes

Artículo 930.- declaración de inexistencia de la huelga

Art. 932. declara la inexistencia legal del estado de huelga:

I. Fijará a los trabajadores un término de veinticuatro horas para que regresen a su trabajo

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EJEMPLO

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INTRODUCCIÓN

El sindicato es una persona moral de Derecho Social, sin intervenir en asuntos religiosos, ejercer la profesión de comerciantes con ánimo de lucro, podrán adquirir bienes inmuebles destinados a la Institución.

Es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para estudiar, conocer, mejorar y proteger los derechos de cada uno.

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MARCO LEGAL

•Son regulados por La ley Federal del Trabajo.

• TITULO SEPTIMO • RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO.

• Capítulo II-SINDICATOS, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES

• Artículos del 356 al 385

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ESTRUCTURA

• SINDICATO ( artículos 356-80)OBREROS (Gremiales, de Empresa, Industriales, Nacionales

de Industria, De Oficios Varios )

PATRONES (De una o varias ramas de actividades, y de distintas Entidades Federativas)

GRUPOS DE SINDICATOS CONFORMAN FEDERACIONES(380- 385)

GRUPO DE FEDERACIONES CONFORMAN CONFEDERACIONES

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DESARROLLO

Órganos que lo integran : La Directiva,(administra) El Secretario General ( representa

y es elegido por la directiva)y la Asamblea( esta formada por los miembros )

Hay dos tipos: Trabajadores y Patrones.

Como se integran y registran:• 20 Trabajadores 3 Patrones ( como mínimo)• En la Secretaria del trabajo, Competencia Federal

y en las Juntas de Conciliación y arbitraje si son locales

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DESARROLLO

Forman parte: Trabajadores mayores de 14 años

No forman parte de los Trabajadores de confianza

Requisitos: (copias autorizadas por el secretario )Asamblea constitutivaLista con el número, nombre, domicilios de los

miembros y patrones, así como de las empresas o establecimientos donde se prestan los servicios

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DESARROLLO

Registro ( STYPS y JCA) Número de registro.Nombre del Sindicato. Nombre de los integrantes del Comité Ejecutivo.Fecha de vigencia.Número de socios.Central obrera a la que pertenecen.

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DESARROLLO

• ¿Los sindicatos pueden cancelarse por cualquier causa?• No, únicamente por dos razones:

En caso de disolución. Por dejar de tener los requisitos legales.

• La Junta de Conciliación y Arbitraje resolverá las solicitudes de cancelación de registro.

Los sindicatos no están sujetos a disolución, suspensión o cancelación de su registro por vía administrativa.

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EJEMPLO

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EQUIPO II

• Bibliografía: • Ley Federal del Trabajo • WWW.tuempresa.gob.mx

MUCHAS GRACIAS …