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Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana MEMORIA DE 2016

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Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana

MEMORIA DE 2016

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016

Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana

MEMORIA DE 2016

Que el Consell Jurídic Consultiu de laComunitat Valenciana eleva alGobierno Valenciano, en cumplimientode lo dispuesto en el artículo 77 de suReglamento, aprobado por Decreto138/1996, de 16 de julio.

VALENCIA, 2016

Edita: Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana

Producción gráfica: Meydis S.L.

Maquetación: Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana

ÍNDICE

PresentaciónIntroducción

Primera parteEXPOSICIÓN DE LA ACTIVIDAD DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIUDURANTE EL AÑO 2016

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016

I – Composición del Consell Jurídic Consultiu....................II – Organigrama del Consell Jurídic Consultiu ..................III – Función consultiva ..........................................................

A) Estadística de asuntos dictaminados (1 de enero a31 de diciembre de 2016)............................................

B) Estadística de asuntos sometidos a consulta (1 deenero a 31 de diciembre de 2016) ..............................

IV – Funcionamiento del Consell Jurídic Consultiu ............A) Entrada en vigor de la modificación del Reglamento

operada por el Decreto 1/2016, de 15 de enero, delConsell ........................................................................

B) Renovación parcial de la composición del Pleno ........C) Decisiones de los órganos del Consell Jurídic

Consultiu ....................................................................D) V Jornadas de Letrados de Consejos Consultivos y

del Consejo de Estado ................................................E) Revista Española de la Función Consultiva ............F) Convenios de cooperación para la realización de

prácticas formativas en el Consell Jurídic Consultiupor estudiantes universitarios ..................................

G) Relaciones institucionales y protocolo ......................V – Personal e infraestructura ..............................................

A) Letrados ......................................................................

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B) Biblioteca ....................................................................C) Informática y Bases de datos ....................................D) Gestión económico-financiera ....................................E) Personal ......................................................................F) Contratación ..............................................................G) Registro ......................................................................

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Segunda parteOBSERVACIONES Y SUGERENCIAS

Introducción..............................................................................I - Modificación de dictamen................................................

- Introducción...................................................................- Solicitudes de aclaración de dictamen por parte de las

autoridades consultantes..............................................- Conclusión .....................................................................

II - La acumulación de procedimientos en los supuestos derevisión de oficio ..............................................................- Sobre la naturaleza del procedimiento de revisión de

oficio de actos nulos ......................................................- La acumulación en el procedimiento administrativo..- Tramitación única de la revisión de oficio de varios

actos administrativos: supuestos de aplicación inco-rrecta de la técnica de la acumulación ........................

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PRESENTACIÓN

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PRESENTACIÓN

La rendición de cuentas es una obligación fundamental de quienes tie-nen encomendada una misión, pues permite comprobar el grado deexactitud con el que el mandatario ha atendido las instrucciones delmandante.

La rendición de cuentas es una figura que aparece en los primerosmomentos del Derecho y que se sitúa en la misma base de la relacióncontractual de la representación. El representante debe cumplir fiel-mente el cometido que le ha encargado la persona a quien representa,so pena de incurrir en responsabilidad.

Las Instituciones, y sobre todo las personas que las integramos, tam-bién recibimos un mandato y, como depositarios de tal responsabilidad,debemos exponer ante quien nos ha comisionado qué y cómo hemosgestionado sus intereses.

El Consell Jurídic Consultiu recibe su mandato directamente del pue-blo valenciano, quien se ha expresado a través del Estatuto de Autono-mía, y ha encomendado a esta Supremo Órgano consultivo una serie defunciones y atribuciones específicas. Este mandato general, permanen-te, si se quiere, adquiere una puntual concreción cuando quien ha sidoapoderado para ello por la Ley designa a una serie de personas concre-tas para ejercer estas funciones. El mandato adquiere así un notablegrado de concreción.

Y somos estas personas designadas, en el caso del Consell Jurídic Con-sultiu, por Les Corts y el Gobierno Valenciano, a quienes se nos enco-mienda la gestión concreta y, con ella, la rendición de cuentas a toda lasociedad.

Esta Memoria responde a esta obligación. A la exposición compiladadel grado de cumplimiento del mandato que se nos ha dado por el con-junto de la ciudadanía valenciana.

El Reglamento del Consell Jurídic Consultiu dispone que anualmentese ha de elevar al President de la Generalitat la Memoria de la Insti-tución. El período de control, por lo tanto, viene determinado por nues-tra normativa reguladora.

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El cumplimiento de este deber, además de ser un onus jurídico, tam-bién es una obligación democrática por cuanto las Instituciones, en unasociedad democrática responden ante la ciudadanía y sus representan-tes legítimamente elegidos. Es indiferente si la lógica de configuraciónde una Institución responde a una dinámica partidaria, sectorial o desolvencia técnica, caso este último del Consell Jurídic Consultiu y deotras Instituciones estatutarias. En un Estado de Derecho nada quedaal margen de la Ley y en un Estado democrático nada queda al margendel escrutinio de los ciudadanos a través de sus representantes.

Este Consell Jurídic Consultiu asumió desde hace muchos años estedeber como algo inherente a su configuración institucional. Y así, nosolo presenta su Memoria anual al President de la Generalitat, comopreceptúa su Reglamento, sino que también hace entrega de ella a losmiembros de Les Corts. Se rinden cuentas así ante los dos órganos queconforman la composición del Consell Jurídic Consultiu.

De las memorias, la que se ha realizado respecto al año 2016, como delas que se han realizado en años previos, se desprende la relevancia deltrabajo desarrollado por este Consell Jurídic Consultiu de la Comuni-tat Valenciana. En 2016 se cumplieron veinte años de trabajo conti-nuado asesorando en Derecho a las Administraciones Públicas de laComunitat Valenciana.

Durante más de dos décadas se han emitido más de 15.000 dictámenesprocedentes de la práctica totalidad de las Administraciones de nues-tra Comunidad: Generalitat, Ayuntamientos, Diputaciones y Universi-dades, amén de otras personificaciones públicas. Durante este periodohemos contribuido desde la lealtad más absoluta a la Ley y al Derecho,pero también a los sucesivos Gobiernos, a dotar de seguridad jurídica yclaridad al ordenamiento jurídico valenciano y a las decisiones admi-nistrativas de los Poderes Públicos.

La relevancia de nuestra labor radica precisamente en su discreción yen el trabajo sosegado e independiente. Independiente de los vaivenespolíticos, pero también de las agendas políticas o mediáticas. Nuestromarco de acción lo constituye el ordenamiento jurídico: la Constitución,el Estatuto y el resto de normas. Por ello, el impulso de cambio ha decentrarse en aquellos órganos que tienen encomendada la potestadlegislativa, y no en los órganos como los Consejos Consultivos que noslimitamos a interpretar las normas. Nuestro proceder es siempresecundum legem. Y ahí reside la legitimidad de la Institución y la fia-

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PRESENTACIÓN

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bilidad de su consejo, un consejo que es abrumadoramente atendido porlas Administraciones al utilizar la fórmula «conforme del Consell Jurí-dic Consultiu».

En esta Memoria se da referencia al cambio parcial que se ha produci-do en la conformación del Pleno del Consell Jurídic Consultiu. Es laprimera vez en sus 20 años que se produce esta situación, en la que defacto se ha dado una renovación de la mitad de los miembros del Pleno,pues tradicionalmente la renovación era total y solo en casos puntualesse producían sustituciones de algún miembro que por las causas pre-vistas en la Ley perdía la condición de Consejero.

De esta renovación queda un Consejo con miembros que necesariamen-te tendrán mandatos distintos, habida cuenta del retraso de Les Cortsen designar los miembros que por Ley debe elegir. Pero también quedauna Institución con una Presidencia interina, que ya se prolonga másde lo recomendable.

Ciertamente, estas circunstancias no han afectado al normal desarrollode las funciones del Consejo, quizás más afectado por el excesivo núme-ro de asuntos que le son sometidos a consulta con carácter urgente –enla mayoría de casos, sin que se justifique tal carácter– o en las limita-ciones para la provisión de puestos del Cuerpo de Letrados derivadasde las restricciones presupuestarias de años pasados y que afortunada-mente ya se van superando.

La situación actual, sin embargo, mantiene constantemente en eldebate público a la Institución lo que necesariamente no es negativo.Pero este debate, que con frecuencia tiene más que ver con la agendapolítica ajena a la actividad del Consejo, se proyecta sobre la Institu-ción, distorsionando con frecuencia la imagen que se tiene de ella enla sociedad.

Esta Institución, como todas las Instituciones de carácter consultivo,residencian su eficacia en la auctoritas de que disponen para las auto-ridades consultantes, pero también para la sociedad. Situarlas en elcentro del debate político por cuestiones coyunturales desfigura la auc-toritas y con ello no solo sufre la Institución, sino también todo el con-junto del autogobierno.

Por eso la presentación de esta Memoria es tan relevante. Con ella,junto con nuestros dictámenes y demás actividades que desarrollamos

PRESENTACIÓN

cada día desde el Consell Jurídic Consultiu, contribuimos a consolidarel autogobierno del pueblo valenciano, situando en el centro de nuestrafunción la defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos y elpleno sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

José R. Díez CuquerellaPresidente en funciones

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PRESENTACIÓN

INTRODUCCIÓN

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INTRODUCCIÓN

La presente Memoria del Consell Jurídic Consultiu de la ComunitatValenciana, correspondiente al año 2016, fue aprobada por el Pleno delConsell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana en sesiónpública y extraordinaria celebrada el día 26 de julio de 2017.

Se ha elaborado para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 77de su Reglamento (aprobado por Decreto 138/1996, de 16 de julio), quepreceptúa lo siguiente:

«Anualmente, el Consell Jurídic Consultiu elevará al GobiernoValenciano una memoria en la que, con ocasión de exponer laactividad del Consell en el periodo anterior, podrá recoger lasobservaciones sobre el funcionamiento de los servicios públicos queresulten de los asuntos consultados, y las sugerencias dedisposiciones generales y medidas a adoptar para el mejorfuncionamiento de la administración».

Primera parte

EXPOSICIÓN DE LA ACTIVIDADDEL CONSELL JURÍDIC CONSUL-TIU DE LA COMUNITAT VALEN-CIANA DURANTE EL AÑO 2016

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ICOMPOSICIÓN DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIUa 31 de diciembre de 2016

PresidenteIlmo. Sr. D. José Díez Cuquerella

Consejeros electivosIlmo. Sr. D. Enrique Fliquete LlisoIlma. Sra. D.ª Margarita Soler SánchezIlmo. Sr. D. Faustino de Urquía GómezIlma. Sra. D.ª M.ª Asunción Ventura Franch

Consejero natoMolt Hble. Sr. D. Francisco Camps Ortiz

Secretario GeneralIlmo. Sr. D. Ferran García i Mengual

SECCIONES DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIUa 31 de diciembre de 2016

El artículo 63 del Reglamento del Consell Jurídic Consultiu prevé laexistencia de cinco Secciones permanentes, presidida cada una de ellaspor un consejero electivo e integradas por uno o más letrados. Sucometido es la elaboración de los proyectos de dictamen, sin perjuiciode las ponencias asumidas por el Presidente.

Sección 1ª - Ilmo. Sr. D. José Díez CuquerellaSección 2ª - Ilmo. Sr. D. Enrique Fliquete LlisoSección 3ª - Ilma. Sra. D.ª Margarita Soler SánchezSección 4ª - Ilmo. Sr. D. Faustino de Urquía GómezSección 5ª - Ilma. Sra. D.ª M.ª Asunción Ventura Franch

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LETRADOS DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIUa 31 de diciembre de 2016

Letrada MayorSra. D.ª Patricia Boix Mañó

LetradosSra. D.ª Bárbara Aranda Carles (excedente)Sra. D.ª Pau Monzó BáguenaSra. D.ª Constanza Sánchez Henares (excedente)Sra. D.ª Teresa Vidal MartínSr. D. Artur Fontana i PuigSr. D. José Hoyo RodrigoSr. D. José Carlos Navarro RuizSr. D. Miquel Nadal i Tàrrega

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COMPOSICIÓN DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIU

IIORGANIGRAMA DEL CONSELL JURÍDICCONSULTIU

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IIIFUNCIÓN CONSULTIVA

A continuación se refleja la evolución de la producción consultiva en cadauno de los veinte ejercicios cerrados del Consell Jurídic Consultiu:

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Año Consultas recibidas Dictámenes aprobados2016 844 7032015 728 7512014 789 7422013 744 7362012 860 1.0032011 1.471 1.5062010 1.358 1.2292009 1.034 1.0092008 831 8722007 911 1.1192006 1.187 8432005 620 6212004 533 5452003 702 6642002 583 5912001 564 5632000 571 5271999 457 4191998 681 7111997 402 304

AESTADÍSTICA DE ASUNTOS DICTAMINADOS (1 DE ENERODE 2016 A 31 DE DICIEMBRE DE 2016)

I. Dictámenes aprobados en Pleno 7031

II. Plenos celebrados 37

III. Clasificación de los asuntos por Autoridad Consultante

Presidencia de la Generalitat 21Vicepresidencia y Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas 25Consellería de Hacienda y Modelo Económico 16Consellería de Justicia, Administración Pública, ReformasDemocráticas y Libertades Públicas 19Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte 84Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública 173Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos,Comercio y Trabajo 43Consellería de Agricultura, Medio Ambiente, CambioClimático y Desarrollo Rural 30Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente 1Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración delTerritorio 20Consellería de Transparencia, Responsabilidad Social,Participación y Cooperación 10Ayuntamiento de Alaquàs 3Ayuntamiento de Alberic 3Ayuntamiento de Alboraya 1Ayuntamiento de Alcalà de Xivert 1

1 De los 703 dictámenes emitidos, 51 corresponden a expedientes de los ejercicios 2014y 2015.

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FUNCIÓN CONSULTIVA

Ayuntamiento de Alcoy 8Ayuntamiento de Aldaia 1Ayuntamiento de Alfafar 1Ayuntamiento de Alicante 8Ayuntamiento de Almassora 2Ayuntamiento de Altea 1Ayuntamiento de Benavites 2Ayuntamiento de Benetússer 1Ayuntamiento de Benicarló 1Ayuntamiento de Benicasim 2Ayuntamiento de Benidorm 7Ayuntamiento de Benigànim 1Ayuntamiento de Benimuslem 1Ayuntamiento de Beniparrell 1Ayuntamiento de Benissa 1Ayuntamiento de Biar 1Ayuntamiento de Bigastro 1Ayuntamiento de Borriol 2Ayuntamiento de Burjassot 2Ayuntamiento de Burriana 3Ayuntamiento de Cabanes 1Ayuntamiento de Calles 1Ayuntamiento de Callosa de Segura 4Ayuntamiento de Callosa d’En Sarrià 1Ayuntamiento de Calp 2Ayuntamiento de Canals 1Ayuntamiento de Castalla 4Ayuntamiento de Castellón de la Plana 3Ayuntamiento de Càlig 2Ayuntamiento de Chilches 2Ayuntamiento de Crevillent 1Ayuntamiento de Cullera 1Ayuntamiento de Dénia 1Ayuntamiento de Dolores 1

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FUNCIÓN CONSULTIVA

Ayuntamiento de El Campello 4Ayuntamiento de Elche 5Ayuntamiento de Elda 3Ayuntamiento de Faura 1Ayuntamiento de Gaianes 1Ayuntamiento de Gandia 6Ayuntamiento de Gata de Gorgos 1Ayuntamiento de Guadassuar 1Ayuntamiento de Ibi 1Ayuntamiento de Jalance 1Ayuntamiento de Jijona 2Ayuntamiento de L’Alcúdia 1Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi 4Ayuntamiento de L’Eliana 2Ayuntamiento de L’Olleria 1Ayuntamiento de La Font de la Figuera 2Ayuntamiento de La Pobla de Farnals 1Ayuntamiento de La Vall d’Uixó 1Ayuntamiento de Les Coves de Vinromà 1Ayuntamiento de Llíria 1Ayuntamiento de Massamagrell 1Ayuntamiento de Mutxamel 1Ayuntamiento de Náquera 4Ayuntamiento de Navajas 1Ayuntamiento de Nules 1Ayuntamiento de Oliva 2Ayuntamiento de Ondara 1Ayuntamiento de Orihuela 6Ayuntamiento de Oropesa del Mar 2Ayuntamiento de Paiporta 1Ayuntamiento de Pego 1Ayuntamiento de Peñíscola 2Ayuntamiento de Petrer 2Ayuntamiento de Picanya 3

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FUNCIÓN CONSULTIVA

Ayuntamiento de Picassent 1Ayuntamiento de Pinoso 1Ayuntamiento de Puçol 3Ayuntamiento de Quart de Poblet 2Ayuntamiento de Rafal 1Ayuntamiento de Requena 2Ayuntamiento de Riba-roja de Túria 2Ayuntamiento de Sagunto 4Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig 1Ayuntamiento de Santa Pola 3Ayuntamiento de Sax 3Ayuntamiento de Silla 1Ayuntamiento de Sueca 2Ayuntamiento de Sumacàrcer 1Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna 1Ayuntamiento de Teulada 2Ayuntamiento de Todolella 2Ayuntamiento de Torreblanca 2Ayuntamiento de Torrent 1Ayuntamiento de Torrevieja 9Ayuntamiento de Utiel 1Ayuntamiento de València 16Ayuntamiento de Vall d’Alba 1Ayuntamiento de Vilamarxant 1Ayuntamiento de Villahermosa del Río 1Ayuntamiento de Villajoyosa 6Ayuntamiento de Villar del Arzobispo 1Ayuntamiento de Villena 2Ayuntamiento de Vinalesa 1Ayuntamiento de Vinaròs 5Ayuntamiento de Xàtiva 3Ayuntamiento de Xeraco 1Ayuntamiento de Xirivella 3Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació 1

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FUNCIÓN CONSULTIVA

Diputación Provincial de Alicante 3Diputación Provincial de Castellón 2Diputación Provincial de Valencia 4Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI) 2Entitat Pública Aigües i Sanejament de Sueca 1Entidad de Saneamiento de Aguas (EPSAR) 2Gestión Tributaria – Diputación de Alicante (SUMA) 1Universidad Miguel Hernández de Elche 2Universitat de València 10TOTAL 703

IV. Clasificación de los dictámenes por materias

Consultas preceptivas(artículo 10 Ley 10/1994, de creación del Consell Jurídic Consultiu dela Comunitat Valenciana)

Anteproyectos de Leyes (artículo 10.2) 8Proyectos de Reglamentos o Disposiciones de caráctergeneral (artículo 10.4) 215Recursos de inconstitucionalidad y conflictos de competenciaante el Tribunal Constitucional (artículo 10.5) 1Indemnizaciones de daños y perjuicios y responsabilidadpatrimonial (artículo 10.8.a) 319Revisión de oficio de actos administrativos (artículo 10.8.b) 77Contratos administrativos (artículo 10.8.c) 40Declaración de caducidad concesión administrativa(artículo 10.8.d) 1Modificación de los planes de urbanismo, las normascomplementarias y subsidiarias y los programas de actuaciónque tengan por objeto una diferente zonificación o usourbanístico de las zonas verdes o de los espacios libres previstos(artículo 10.8.e) 7Recursos extraordinarios de revisión (artículo 10.8.g) 9

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FUNCIÓN CONSULTIVA

Consultas facultativas(artículo 9 Ley 10/1994, de creación del Consell Jurídic Consultiude la Comunitat Valenciana) 26

- Expte. 9/2016 del Ayuntamiento de Calles en relación con las discre-pancias jurídicas surgidas sobre la baja de determinada licencia deactividad de Bar-Merendero por parte del Ayuntamiento.

- Expte. 99/2016 del Ayuntamiento de Castellón de la Plana relativo ala restauración de la legalidad urbanística para la realización deobras en el “Camino de las Villas, LV-29”.

- Expte. 142/2016 del Ayuntamiento de Náquera en relación con laresolución del contrato del Programa de Actuación Integrada para eldesarrollo de la Unidad de Ejecución Única del Sector R-8 “ElsPlans”.

- Expte. 143/2016 del Ayuntamiento de Torrevieja en relación con ladenegación de la permuta a un funcionario agente de policía local dela corporación porque no ha trascurrido el término de diez años desdesu anterior permuta.

- Expte. 144/2016 de la Diputación Provincial de Valencia en relacióncon las dudas que se observan en el pliego de prescripciones técnicasdel arrendamiento de la plaza de toros de Valencia para la celebra-ción de espectáculos taurinos.

- Expte. 249/2016 del Ayuntamiento de Puçol sobre el “Convenio apor-tación a las urbanizaciones Alfinach i Monesteris, ejercicio 2016”.

- Expte. 267/2016 del Ayuntamiento de Nules en relación con las dis-crepancias en cuanto a la disparidad de criterios relacionados con laexistencia o no de rectificación de error u otro tipo de revisión del actoadministrativo (Decreto de Alcaldía de 12 de marzo de 1999).

- Expte. 273/2016 de la Diputación Provincial de Castellón en relacióncon la propuesta de resolución del recurso de reposición interpuestocontra el decreto de desistimiento del procedimiento para la contrata-ción del servicio de exposición y exhibición para vuelos de aves rapa-ces en los jardines del Castillo de Peñíscola.

- Expte. 276/2016 del Ayuntamiento de Santa Pola en relación con elrecurso de reposición contra la desestimación de licencias para laestación de servicio.

- Expte. 297/2016 del Ayuntamiento de Torrevieja sobre las discrepan-cias existentes entre los técnicos municipales sobre la ejecución desentencias actos judiciales con cantidad económica.

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FUNCIÓN CONSULTIVA

- Expte. 318/2016 de la Presidencia de la Generalitat relativo a la con-sulta sobre Proposición de Ley de Les Corts, del Servicio Público deRadiodifusión y Televisión de ámbito autonómico, de titularidad de laGeneralitat.

- Expte. 352/2016 del Ayuntamiento de Benetússer sobre la consultaen relación a considerar la existencia de error de hecho, la determina-ción en la Homologación y Plan de Reforma Interior en una únicaárea de repartimiento para la unidad de ejecución dentro de esta.

- Expte. 375/2016 del Ayuntamiento de Picassent en relación a la pre-gunta si la asignación económica a los Grupos Políticos Municipalesprevista en el artículo 73.3 LRBRL puede destinarse a realizar unaaportación al partido político correspondiente y, en casi afirmativo, enqué condiciones y requisitos puede efectuarse.

- Expte. 397/2016 del Ayuntamiento de Elche sobre las previsiones delpliego de condiciones administrativas particulares del contrato deconcesión de obra pública para la construcción y explotación el nuevomercado central del municipio.

- Expte. 456/2016 del Ayuntamiento de Villahermosa del Río sobrecuestiones relacionadas con el procedimiento de contratación,mediante concurso por procedimiento abierto, para la selección por elAyuntamiento del socio o socios privados adjudicatarios de la suscrip-ción pública de acciones para la constitución de una Empresa decarácter mercantil de Economía mixta bajo la forma de sociedad limi-tada, para el ejercicio de actividades económicas, ajenas a la gestiónde servicios públicos, en régimen de libre concurrencia, por gestiónindirecta.

- Expte. 458/2016 del Ayuntamiento de Castellón de la Plana sobrediversas cuestiones relacionadas con la participación ciudadana enlos plenos municipales por las asociaciones y la ciudadanía.

- Expte. 459/2016 del Ayuntamiento de Xàtiva sobre la modificacióndel contrato de uso privativo del Hotel Murta y cafetería-restaurante.

- Expte. 524/2016 de la Consellería de Educación, Investigación, Cultu-ra y Deporte para determinar si el nombramiento delsecretario/secretaria del Consell Social de las Universidades Públicasde la Comunitat Valenciana ha de recaer en funcionario de carrera,personal laboral o eventual.

- Expte. 525/2016 de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráuli-cos (EMSHI) sobre la legalidad de los pliegos y encargos a EMIMETen su ejecución.

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FUNCIÓN CONSULTIVA

FUNCIÓN CONSULTIVA

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- Expte. 561/2016 del Ayuntamiento de Benissa sobre la compatibili-dad urbanística de la actividad de carburantes en C/Clòtxina n.º 2.

- Expte. 562/2016 del Ayuntamiento de Torrevieja sobre la permuta defuncionarios como forma de provisión de puestos de trabajo.

- Expte. 592/2016 del Ayuntamiento de Faura sobre la legalidad de laregulación por medio de ordenanza reguladora de la ocupación de lavía pública, del horario de apertura al público de los establecimientosde venta automática, mediante máquinas expendedoras con accesodesde el exterior del local.

- Expte. 614/2016 del Ayuntamiento de Orihuela sobre la posibilidadde llevar a cabo el Servicio de Atención Temprana a través de unasociedad mercantil cuyo capital es 100 % municipal.

- Expte. 616/2016 del Ayuntamiento de Torrevieja sobre la realizaciónde un contrato de gestión parcial de las actividades y escuelas depor-tivas municiaples.

- Expte. 617/2016 del Ayuntamiento de Torrevieja sobre órgano muni-cipal competente para decidir incoación de expedientes disciplinariosy potestad sancionadora en un municipio de gran población.

- Expte. 648/2016 de la Diputación Provincial de Valencia en relacióna las dudas sobre el Reglamento de Espectáculos Taurinos respecto alas corridas de becerros y sobre el límite de edad para torear en lasclases prácticas.

V. Porcentaje de los dictámenes por materias

Anteproyectos de Leyes 1,14 %Proyectos de Reglamentos 30,58 %Recursos de inconstitucionalidad 0,14 %Indemnización de daños y perjuicios 45,38 %Revisión de oficio de actos administrativos 10,95 %Contratos administrativos 5,69 %Declaración caducidad concesión administrativa 0,14 %Modificación del planeamiento urbanístico 0,99 %Recursos extraordinarios de revisión 1,28 %Consultas facultativas 3,70 %

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FUNCIÓN CONSULTIVA

VI. Dictámenes emitidos con carácter de urgencia 169

VII. Asuntos dejados sobre la mesa (art. 60 Reglamento) 17

VIII. Asuntos desechados por el Pleno (art. 58 Reglamento) 0

IX. Asuntos retirados del orden del día de la sesión 20

X. Votos particulares emitidos 24

- Dictamen 77/2016, aprobado por mayoría con voto particular de laConsejera Ilma. Sra. D.ª M.ª Luisa Mediavilla Cruz al que se adhiereel Consejero Ilmo. Sr. D. Federico Fernández Roldán.

- Dictamen 119/2016, aprobado por mayoría con voto particular de laConsejera Ilma. Sra. D.ª M.ª Luisa Mediavilla Cruz.

- Dictamen 149/2016, aprobado por mayoría con voto particular delConsejero Ilmo. Sr. D. Enrique Fliquete Lliso.

- Dictamen 207/2016, aprobado por mayoría con voto particular de laConsejera Ilma. Sra. D.ª M.ª Luisa Mediavilla Cruz.

- Dictamen 248/2016, aprobado por mayoría con voto particular delConsejero Ilmo. Sr. D. Federico Fernández Roldán al que se adhierela Consejera Ilma. Sra. D.ª M.ª Luisa Mediavilla Cruz.

- Dictamen 279/2016, aprobado por unanimidad con voto particularconcurrente del Consejero Ilmo. Sr. D. Federico Fernández Roldán alque se adhiere la Consejera Ilma. Sra. D.ª M.ª Luisa Mediavilla Cruz.

- Dictamen 295/2016, aprobado por unanimidad con voto particularconcurrente del Consejero Ilmo. Sr. D. Federico Fernández Roldán alque se adhiere la Consejera Ilma. Sra. D.ª M.ª Luisa Mediavilla Cruz.

- Dictamen 296/2016, aprobado por unanimidad con voto particularconcurrente del Consejero Ilmo. Sr. D. Federico Fernández Roldán alque se adhiere la Consejera Ilma. Sra. D.ª M.ª Luisa Mediavilla Cruz.

- Dictamen 340/2016, aprobado por mayoría con voto particular de laConsejera Ilma. Sra. D.ª M.ª Luisa Mediavilla Cruz al que se adhiereel Consejero Ilmo. Sr. D. Federico Fernández Roldán.

FUNCIÓN CONSULTIVA

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 35

- Dictamen 378/2016, aprobado por mayoría con voto particular de laConsejera Ilma. Sra. D.ª M.ª Luisa Mediavilla Cruz al que se adhiereel Consejero Ilmo. Sr. D. Federico Fernández Roldán.

- Dictamen 438/2016, aprobado por mayoría con voto particular de laConsejera Ilma. Sra. D.ª M.ª Luisa Mediavilla Cruz al que se adhiereel Consejero Ilmo. Sr. D. Federico Fernández Roldán.

- Dictamen 441/2016, aprobado por mayoría con voto particular de laConsejera Ilma. Sra. D.ª M.ª Luisa Mediavilla Cruz.

- Dictamen 461/2016, aprobado por mayoría con voto particular delHble. Sr. Presidente D. Vicente Garrido Mayol al que se adhiere elIlmo. Sr. Consejero Sr. D. José Díez Cuquerella.

- Dictamen 503/2016, aprobado por mayoría con voto particular delConsejero Ilmo. Sr. D. Federico Fernández Roldán.

- Dictamen 523/2016, aprobado por mayoría con voto particular de laConsejera Ilma. Sra. D.ª Margarita Soler Sánchez.

XI. Sentido de las resoluciones recaídas en asuntosdictaminados2

En cumplimiento del artículo 7 del Reglamento del Consell -el cual dis-pone que la autoridad consultante comunicará al Consell Jurídic Con-sultiu, en el plazo de 15 días, la resolución recaída o la disposición apro-bada-, han tenido entrada en el Registro de resoluciones y disposicio-nes un total de 346, de las cuales una corresponde a asuntos sometidosen el año 2011, dos a asuntos sometidos en el año 2014, 84 a asuntossometidos en el año 2015 y 259 del ejercicio contemplado.

De estas 346 resoluciones o disposiciones comunicadas, 311 han sido deconformidad con el dictamen emitido, y 35 bajo la fórmula de “oído elConsell Jurídic Consultiu”. Porcentualmente, la proporción de confor-midad, por tanto, ha sido del 89,88 %.

2 Hasta el 31-12-2016 se habían comunicado un total de 11.894 resoluciones.

1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006

Conforme con elConsell 248 620 353 463 507 522 564 473 514 635

Oído el Consell 42 75 41 41 24 39 62 55 70 102

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201636

FUNCIÓN CONSULTIVA

Los datos referidos a 2016 solo incluyen las comunicaciones recibidashasta el 31 de diciembre de 2016, faltando recibir a esa fecha 418 reso-luciones de asuntos dictaminados en 2016.

En el siguiente cuadro se reflejan las materias en que se ha producidodiscrepancia de la autoridad consultante con el criterio del ConsellJurídic Consultiu:

2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Conforme con elConsell 782 543 605 734 932 624 470 390 431 261

Oído el Consell 139 67 72 73 123 60 50 29 35 24

MATERIA ASUNTO DICTAMEN

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por S.M.A. por un supuestodefectuoso funcionamiento en la aten-ción sanitaria prestada (Consellería deSanidad Universal y Salud Pública).

14/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por J.A.B.A. por las lesio-nes sufridas en un accidente de circu-lación (Ayuntamiento de Villajoyosa).

28/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por S.A.S. y otros por elfallecimiento de M.S.B. en un hospitalde València (Consellería de SanidadUniversal y Salud Pública).

86/2016

Proyectos deReglamentos odisposiciones decarácter general

Decreto por el que se regulan los díasadicionales de la licencia por asuntosparticulares y vacaciones del personalestatutario del Servicio de Salud de laComunitat Valenciana.

94/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por M.M. por las lesionessufridas durante una intervención qui-rúrgica (Consellería de Sanidad Uni-versal y Salud Pública).

124/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por C.F.B. por un acciden-te de circulación en dirección a Peñís-cola (Consellería de Obras Públicas yVertebración del Territorio).

152/2016

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 37

FUNCIÓN CONSULTIVA

MATERIA ASUNTO DICTAMEN

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por M.C.Q.N. por una defi-ciente asistencia sanitaria prestada aC.N.S. (Consellería de Sanidad Uni-versal y Salud Pública).

154/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por A.M.C. por los dañossufridos al caer en vía pública (Ayun-tamiento de València).

170/2016

Proyectos deReglamentos odisposiciones decarácter general

Orden por la que se establecen lasbases reguladoras para la concesión debecas salario ligadas a la renta para larealización de estudios universitariosdurante el curso académico en las uni-versidades de la Comunitat Valencia-na (Consellería de Educación, Investi-gación, Cultura y Deporte).

278/2016

Proyectos deReglamentos odisposiciones decarácter general

Orden por la que se establecen las basesreguladoras para la concesión de lasbecas para el alumnado que va a fina-lizar sus estudios universitarios en lasuniversidades públicas de la Comuni-tat Valenciana (Consellería de Educa-ción, Investigación, Cultura y Deporte).

279/2016

Proyectos deReglamentos odisposiciones decarácter general

Orden por la que se establecen las basesreguladoras para la concesión de becaspara la realización de estudios universi-tarios en las universidades de la Comu-nitat Valenciana (Consellería de Educa-ción, Investigación, Cultura y Deporte).

280/2016

Proyectos deReglamentos odisposiciones decarácter general

Orden por la que se establecen las basesreguladoras para la concesión de sub-venciones públicas en régimen de concu-rrencia competitiva de las diferentesmaterias culturales integradas en Cultu-rArts Generalitat (Consellería de Educa-ción, Investigación, Cultura y Deporte).

281/2016

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201638

FUNCIÓN CONSULTIVA

MATERIA ASUNTO DICTAMEN

Proyectos deReglamentos odisposiciones decarácter general

Orden por la que se establecen lasbases reguladoras para la concesión debecas en régimen de concurrencia com-petitiva de las diferentes materias cul-turales integradas en CulturArts Gene-ralitat (Consellería de Educación,Investigación, Cultura y Deporte).

282/2016

Proyectos deReglamentos odisposiciones decarácter general

Orden por la que se establecen las basesreguladoras para la concesión de becaspara la promoción de la excelencia aca-démica destinada a los que hayan con-cluido estudios de educación universita-ria en laa universidades públicas de laComunitat Valenciana y estudios supe-riores en centros de titularidad públicaadscritos al Instituto Superior de Ense-ñanzas Artísticas de la ComunitatValenciana (Consellería de Educación,Investigación, Cultura y Deporte).

286/2016

Proyectos deReglamentos odisposiciones decarácter general

Orden por la que se aprueban las basesreguladoras del procedimiento de sub-venciones para el fomento del valencia-no para medios de comunicación social:Empresas de televisión, radio y prensaescrita y digital (Consellería de Educa-ción, Investigación, Cultura y Deporte).

309/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por A.M.H. por una defec-tuosa asistencia sanitaria (Conselleríade Sanidad Universal y Salud Pública).

367/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por M.A.T.J. por los dañosocasionados a consecuencia de la caídade una rama de un árbol (Ayuntamien-to de Alcoy).

397/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por I.A.C. y otros por losdaños ocasionados por una defectuosasasistencia sanitaria (Consellería deSanidad Universal y Salud Pública).

469/2016

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 39

FUNCIÓN CONSULTIVA

MATERIA ASUNTO DICTAMEN

Proyectos deReglamentos odisposiciones decarácter general

Orden por la que se aprueban las basesreguladoras de las ayudas económicaspara subvencionar los servicios com-plementarios de transporte y comedordel alumnado de los centros específicosde Educación Especial de titularidadprivada concertados y de titularidadde corporaciones locales convenidos(Consellería de Educación, Investiga-ción, Cultura y Deporte).

407/2016

Proyectos deReglamentos odisposiciones decarácter general

Orden por la que se aprueban las basesreguladoras para la concesión de sub-venciones para el fomento del deportefederado y los programas de tecnifica-ción deportiva en la Comunitat Valen-ciana (Consellería de Educación,Investigación, Cultura y Deporte).

420/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por I.A.C. y otros por losdaños ocasionados por una defectuosasasistencia sanitaria (Consellería deSanidad Universal y Salud Pública).

469/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por G.S.S. por la deficienteasistencia sanitara recibida (Conselleríade Sanidad Universal y Salud Pública).

471/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por J.R.G.P. por los dañosocasionados por el error de una bare-mación otorgada por la Administraciónal resolver un concurso (Consellería deSanidad Universal y Salud Pública).

480/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por D.G.D. por los dañossufridos tras ser atendido en la Mutuade Accidentes de Trabajo (Conselleríade Sanidad Universal y Salud Pública).

521/2016

Responsabilidadpatrimonialextracontractual

Formulada por V.N.C.G. por los dañossufridos tras una operación quirúrgica(Consellería de Sanidad Universal ySalud Pública).

522/2016

XII. Proyectos normativos dictaminados

En este apartado se relacionan los anteproyectos de Ley y los proyectosde reglamentos o disposiciones de carácter general que han sidodictaminados durante el año 2016:

a) Anteproyectos de Ley (artículo 10.2, Ley 10/1994)

- Anteproyecto de Ley de Pesca Marítima y Acuicultura de la ComunitatValenciana.

- Anteproyecto de Ley por la que se crea la Agencia Valenciana de Segu-ridad y Respuesta a las Emergencias.

- Anteproyecto de Ley por la Función Social de la Vivienda de la Comu-nitat Valenciana.

- Anteproyecto de Ley por la que se aprueba la disolución del ColegioProfesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos de Alicante.

- Anteproyecto de Ley de creación de la Agencia Valenciana de Innovación.- Anteproyecto de Ley integral del reconocimiento del derecho a la iden-

tidad y expresión de género en la Comunitat Valenciana.- Anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa

y Financiera, y de Organización de la Generalitat.- Anteproyecto de Ley por la que se aprueba la creación del Ilustre Cole-

gio Oficial de Economistas de Alicante por unificación del Colegio Ofi-cial de Economistas de Alicante con el Colegio Oficial de TitularesMercantiles de Alicante.

b) Proyectos de disposiciones de carácter general (artículo10.4, Ley 10/1994)

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas y subvenciones en materia de atención a perso-

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201640

FUNCIÓN CONSULTIVA

MATERIA ASUNTO DICTAMEN

Proyectos deReglamentos odisposiciones decarácter general

Orden por la que se establecen lasbases reguladoras para la concesión deayudas a la difusión del libro y la lec-tura (Consellería de Educación, Inves-tigación, Cultura y Deporte).

536/2016

nas con diversidad funcional, promoción de la autonomía y de la acce-sibilidad.

- Proyecto de Orden por la que se regulan los tratamientos sanitariosobligatorios, los modelos de cartilla sanitaria para los animales decompañía y se crea la red de vigilancia epizootiológica en la Comuni-tat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se regula la aplicación de la condiciona-lidad y se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas con-diciones agrarias y medioambientales que deben cumplir los benefi-ciarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales dedesarrollo rural o pagos en virtud de determinados programas deapoyo al sector vitivinícola en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de laconcesión de plazas para estancias en balnearios de la ComunitatValenciana (Programa Termalisme Valencià).

- Proyecto de Orden por la que se aprueba el Catálogo de Infraestructu-ras Ferroviarias y Tranviarias de la Generalitat y su adscripción a losefectos de administración.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de laconcesión de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comu-nitat Valenciana para la financiación de gastos corrientes de lasAgencias de Mediación para la Integración y la Convivencia Social(AMICS) de las que son titulares.

- Proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento del CuerpoSuperior de Interventores y Auditores de la Generalitat, aprobadomediante Decreto 72/2005, de 8 de abril, del Consell.

- Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 27 de julio de2007, por la que se adoptan medidas fitosanitarias para la erradica-ción y control del organismo nocivo Xanthomonas CampestrisPV.Pruni.

- Proyecto de Decreto por el que se regula la Comisión Mixta de Coope-ración entre la Generalitat y la Federación Valenciana de Municipiosy Provincias.

- Proyecto de Orden por la que se introducen normas adicionales en elrégimen de descanso obligatorio y la limitación diaria en la prestacióndel servicio de taxis en el área de prestación conjunta de Valencia.

- Proyecto de Decreto por el que se fijan las directrices de coordinaciónde las funciones que, en materia de deporte, gestionan las diputacio-nes provinciales en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 41

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras delas ayudas para programas de servicios sociales especializados en laatención a mujeres en situación o en riesgo de exclusión social.

- Proyecto de Decreto por el que se fijan las directrices de coordinaciónpara las funciones que, en materia de turismo, gestionen las diputa-ciones provinciales en el ámbito territorial de la Comunitat Valen-ciana.

- Proyecto de Decreto por el que se establece un plan de gestión para lapesca de moluscos bivalvos, con dragas mecanizadas en la ComunitatValenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se establece el sistema para la mejorade la calidad de los servicios públicos y la evaluación de los planes yprogramas en la administración de la Generalitat y el sector públicoinstrumental dependiente de la misma.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras deconcesión de subvenciones dirigidas a centros de día y programas deprevención, protección e inserción de menores en situación de riesgo ocon medidas jurídicas de protección.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de laconcesión de subvenciones destinadas a la realización de proyectosdirigidos a la integración social de personas inmigrantes.

- Proyecto de Decreto por el que se regula la tarjeta de estacionamientopara vehículos que transportan personas con discapacidad que pre-sentan problemas de movilidad y se establecen las condiciones para suconcesión.

- Proyecto de Decreto por el que se regulan los días adicionales de lalicencia por asuntos particulares y de las vacaciones del personal esta-tutario del Servicio de Salud de la Comunitat Valenciana, que modi-fica el Decreto 137/2003, del Consell, de 18 de julio.

- Proyecto de Decreto por el que se desarrolla el Texto Refundido de laLey sobre Cajas de Ahorro, aprobado por Decreto legislativo 1/1997,de 23 de julio.

- Proyecto de Orden por la que se prorroga el régimen establecido en ladisposición transitoria primera del Decreto 191/2013, de 20 dediciembre, relativo a los precios, rentas y superficies máximas de lasviviendas protegidas de nueva construcción.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de laconcesión de subvenciones en materia de equipamiento para centros deservicios sociales especializados de personas mayores.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201642

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de laconcesión de subvenciones relativas al programa Bono Respiro y sub-venciones para financiar estancias en centros de día para personasdependientes y en residencias de tercera edad.

- Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden 3/2015, por la quese regula la acreditación entidades colaboradoras para la presenta-ción de solicitudes de las ayudas incluidas en la Solicitud Única de laPolítica Agrícola Común.

- Proyecto de Decreto por el que se regula el acceso a los centros docentespúblicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educa-ción Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligato-ria y Bachillerato.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de las subvenciones en materia de acción comunitaria.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases y convocan sub-venciones destinadas a las federaciones deportivas para el desarrolloprograma Esport a l’Escola.

- Proyecto de Decreto por el que se regula el curso selectivo de formaciónpara el personal de la escuela de mando e inspección de los serviciosde prevención, extinción de incendios y salvamento de la ComunitatValenciana.

- Proyecto de Orden por la que se convoca y regula la selección de losGrupos de Acción Local GAL LEADER 2014-2020 y de las estrategiasde desarrollo local participativo.

- Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento Orgánico yFuncional del Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Traba-jo (INVASSAT).

- Proyecto de Orden por la que se determina la referenciación cartográ-fica y los formatos de presentación de los instrumentos de planifica-ción urbanística y territorial de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen los coeficientes aplicablesen 2016 al valor catastral a los efectos de los Impuestos sobre Trans-misiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Suce-siones y donaciones

- Proyecto de Orden por la que se regula el procedimiento de admisióndel alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicosde la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas de EducaciónInfantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria yBachillerato.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 43

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Código de Buen Gobiernode la Generalitat.

- Proyecto de Decreto por el que se aprueban las bases reguladoras delas prestaciones económicas individualizadas para gastos de manu-tención por acogida familiar de menores.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases de las ayudasfinanciadas por FEADER, a las inversiones en mejora de las condicio-nes de transformación y/o comercialización de productos agrícolaspara el periodo 2014/2020.

- Proyecto de Orden por la que se crea y regula el depósito de estatutosde las organizaciones sindicales y empresariales de la ComunitatValenciana con funcionamiento a través de medios electrónicos.

- Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden 8/2015, de 23 denoviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se deter-mina el programa de formación para la ocupación para la realiza-ción de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personasocupadas.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras delprograma de fomento de empleo para la contratación de personas jóve-nes cualificadas (AVALEM JOVES), en el marco del Sistema Nacio-nal de Garantía Juvenil.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras y sedetermina el programa de formación profesional para el empleo parala realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente apersonas desempleadas y la formación a medida de las necesidadesempresariales, con compromiso de contratación.

- Proyecto de Orden por la que se regulan las bases reguladoras para laconcesión de subvenciones para el desarrollo del programa de atenciónde necesidades e inclusión social a menores y sus familias en períodoestival y se hace pública la convocatoria para el ejercicio 2016.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de laconcesión de ayudas a entidades sin ánimo de lucro para financiarprogramas de apoyo a la igualdad en la diversidad.

- Proyecto de Decreto por el que se establece la cuantía del precio públicode las pericias efectuadas a solicitud de particulares por los Institutosde medicina legal y ciencias forenses, en las reclamaciones extrajudi-ciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.

- Proyecto de Decreto por el que se crea el Registro de Títulos de GestorAdministrativo de la Comunitat Valenciana.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201644

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Decreto por el que se aprueban las bases reguladoras desubvenciones destinadas al sostenimiento de gastos corrientes enmunicipios y entidades locales menores de la Comunitat Valencianacon población que no exceda de 3.000 habitantes.

- Proyecto de Decreto por el que se regula el Plan de Seguridad Alimen-taria de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lasayudas destinadas a impulsar y gestionar la participación en los pro-gramas de investigación internacionales en materias de biomedicina,sanidad y salud pública.

- Proyecto de Decreto por el que se regulan las bases para la designaciónde las Unidades de Referencia del sistema sanitario público de laComunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se regulan las bases reguladoras para laconcesión de becas para la realización de prácticas profesionales enmateria de medios de comunicación social en las dependencias de laConsellería de Sanidad Universal y Salud Pública.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de con-cesión de becas para la realización de prácticas profesionales en activi-dades relacionadas con el ejercicio de la salud pública en la DirecciónGeneral de Salud Pública y centros dependientes de la misma.

- Proyecto de Decreto por el que se regula el Consejo Valenciano de Coo-peración al Desarrollo.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de becas para la realización de estudios universitarios enlas universidades de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrenciacompetitiva de las diferentes materias culturales integradas en Cultu-rArts Generalitat.

- Proyecto de Orden por la que se estableen las bases reguladoras parala concesión de becas en régimen de concurrencia competitiva de lasdiferentes materias culturales integradas en CulturArts Generalitat.

- Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden 15/2014, de 20 deoctubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subven-ciones destinadas al apoyo de razas autóctonas en peligro de extinción.

- Proyecto de Decreto por el que se aprueban las bases reguladoras desubvenciones destinadas al sostenimiento de gastos corrientes en man-comunidades de municipios de la Comunitat Valenciana.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 45

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras delas ayudas para complementar las becas para la actividad de movili-dad de estudiantes por estudios, del Programa Erasmus+, pertene-cientes a instituciones públicas de educación superior de la ComunitatValenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala tramitación de las becas por las que se compensa, a las universida-des públicas de la Comunitat Valenciana, la parte no financiada concargo a los Presupuestos Generales del estado de las becas de matrí-cula del sistema general de becas y ayudas al estudio concedidas porel Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lasayudas y asignaciones económicas para la realización de proyectos deinvestigación e innovación educativa en centros educativos no univer-sitarios en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de subvenciones dirigidas a las asociaciones de madres ypadres de alumnos, asociaciones de alumnos sus federaciones y confe-deraciones.

- Proyecto de Orden por la que se regulan las condiciones y el procedi-miento de solicitud y autorización de un plan específico de organiza-ción de la jornada escolar en los centros sostenidos con fondos públicosde segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educa-ción Especial de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se regula el programa de reutilización,reposición y renovación de libros de texto y material curricular, a tra-vés de la creación y puesta en funcionamiento de bancos de libros detexto y material curricular en los centros públicos y privados concerta-dos de la Comunitat Valenciana, y se determinan las bases regulado-ras de las subvenciones destinadas a centros docentes privados concer-tados y centros docentes de titularidad de corporaciones locales.

- Proyecto de Orden por la que se convocan y regulan las ayudas econó-micas destinadas a la escolarización en las escuelas y centros de Edu-cación Infantil de primer ciclo para el curso escolar 2016-2017.

- Proyecto de Decreto por el que se regula la prestación de servicios enrégimen de teletrabajo del personal empleado público de la adminis-tración de la Generalitat.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas al transporte universitario en la ComunitatValenciana.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201646

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento delempleo de personas con discapacidad o diversidad funcional en cen-tros especiales de empleo y enclaves laborales.

- Proyecto de Decreto por el que se establecen y aprueban las bases regu-ladoras de subvenciones para la financiación de gastos de equipa-miento y los seguros de riesgos, destinadas a los Ayuntamientos de laComunitat Valenciana que dispongan de Agrupación Local de Volun-tarios de Protección Civil.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de laconcesión de ayudas para la realización de prácticas académicasexternas, curriculares y extracurriculares, destinadas a estudiantesmatriculados en las universidades, con las que la Consellería a travésdel Institut Cartogràfic Valencià, subscriba un Convenio de Colabora-ción Educativa.

- Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 5 de mayo de2006, de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, por laque se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al control oficialdel rendimiento lechero para la evaluación genética de las hembras delas especies bovina, ovina y caprina, se deroga la Orden de juliode2008, que modifica la anterior.

- Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden 6/2015, de 27 defebrero, de la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimen-tación y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras aplica-bles a los pagos a los agricultores en zonas con limitaciones naturales,contenidos en el Programa de Desarrollo Rural de la ComunitatValenciana 2014-2020 y cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícolade Desarrollo Rural (FEADER).

- Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden 7/2015, de 27 defebrero, por la que se regulan las ayudas correspondientes a la medidade Agricultura ecológica contenida en el programa de desarrollo ruralde la Comunitat Valenciana 2014-2020 y cofinanciada por el FondoEuropeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones destinadas a proyectos e iniciativas enmateria de recuperación de la memoria histórica que favorezcan laconvivencia democrática, y a proyectos e iniciativas que promuevan eldesarrollo de derechos y libertades fundamentales.

- Proyecto de Orden que modifica la Orden de 27 de febrero de 2002, queestablece el Informe de Salud Escolar como documento sanitario de

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 47

FUNCIÓN CONSULTIVA

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201648

FUNCIÓN CONSULTIVA

utilización obligatoria para el acceso a un centro escolar o para el ini-cio de etapa educativa.

- Proyecto de Decreto por el que se fija el número de alumnos y la jorna-da lectiva del personal docente en los niveles no universitarios regula-dos en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en los cen-tros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras delPrograma de Ayudas al Alquiler de Vivienda y convoca las ayudaspara el ejercicio 2016.

- Proyecto de Orden por la que se regulan las pruebas de acceso a ciclosformativos correspondientes a la Formación Profesional del SistemaEducativo en el ámbito de gestión de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que aprueban las bases reguladoras del Pro-grama de Fomento de la Rehabilitación Edificatoria y convoca lasayudas para el ejercicio 2016.

- Proyecto de Orden por la que se regula el acceso, la admisión y matrí-cula para el alumnado que curse enseñanzas de grado medio y de gradosuperior de Formación Profesional en régimen presencial en modalidadcompleta o parcial en centros docentes públicos y privados con enseñan-zas concertadas y semipresencial o a distancia en modalidad completao parcial, en centros docentes públicos de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras con-juntas de las subvenciones destinadas a las entidades locales (ayunta-mientos, mancomunidades y otras fórmulas asociativas), entidadesciudadanas, centros valencianos al exterior (CEVEX) y sus federacio-nes y confederaciones, casas regionales de otras comunidades a laComunitat Valenciana y sus federaciones y confederaciones, para elfomento de la participación ciudadana, la transparencia y el acceso ala información pública.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de becas salario ligadas a la renta para la realización deestudios universitarios durante un curso académico en las universida-des de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de las becas para el alumnado que vaya a finalizar susestudios universitarios en las universidades públicas de la ComunitatValenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de becas para la promoción de la excelencia académica

destinada a los que hayan concluido estudios de educación universi-taria en las universidades públicas de la Comunitat Valenciana yestudios superiores en centros de titularidad pública adscritos al Ins-tituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones públicas destinadas a la creación o man-tenimiento de las unidades de apoyo a la actividad profesional, comomedida de fomento del empleo para personas con discapacidad odiversidad funcional en centros especiales de empleo.

- Proyecto de Decreto por el que se regula la composición y régimen de fun-cionamiento de la comisión de coordinación de los servicios de preven-ción, extinción de incendios y salvamento de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden 8/2015, de 27 defebrero, por la que se regulan las ayudas correspondientes a las medi-das de agroambiente y clima, contenida en el Programa de DesarrolloRural de la Comunitat Valenciana 2014-2020 y cofinanciada por elFondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

- Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden 17/2013, de 15 deabril, por la que se regulan las titulaciones administrativas que facultanpara la enseñanza en valenciano, del valenciano y en lenguas extranje-ras en las enseñanzas no universitarias en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se crea y regula la Comisión Interdepar-tamental para la recuperación de la memoria democrática.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lasayudas dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para la promoción dela cultura valenciana a través de las actividades y fiestas vinculadasal patrimonio cultural inmaterial valenciano.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras deconcesión de becas para la realización de prácticas profesionales en laDirección General de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad.

- Proyecto de Orden por la que se fijan los periodos hábiles y las normasgenerales relacionadas con la pesca deportiva y de entretenimiento enaguas continentales de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de laconcesión de subvenciones para los programas formativos de cualifi-cación básica de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras delPrograma de ayudas para la realización de estancias vacacionales parapersonas con discapacidad intelectual y/o parálisis cerebral infantil.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 49

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras delprocedimiento para la concesión de subvenciones para el fomento de lanormalización del valenciano en el ámbito educativo, destinadas aasociaciones sin fines lucrativos.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de ayudas a los armadores y pescadores de buques pes-queros con puerto base localizado en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se regula el proceso electoral para larenovación y constitución de los consejos escolares de los centrosdocentes no universitarios de la Comunitat Valenciana, sostenidos confondos públicos.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras delprocedimiento de subvenciones para el fomento del valenciano paramedios de comunicación social: empresas de televisión, radio y prensaescrita y digital.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lassubvenciones para las corporaciones locales y entidades privadas sinánimo de lucro que desarrollan la educación de personas adultas enla Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de subvenciones para la realización de actividades com-plementarias para el alumnado escolarizado en Centros de EducaciónEspecial o en Unidades de Educación Especial ubicadas en centrosordinarios sostenidos con fondos públicos.

- Proyecto de Orden por la que se regula la autorización de centros for-mativos para impartir los programas formativos 4, 6, 7 y 8, para obte-ner las certificaciones personales 2, 4, 5 y 6 especificadas en el anexo Idel Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la comer-cialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en losmismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de laconcesión de subvenciones destinadas a las mancomunidades demunicipios y a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana para larealización de actuaciones relacionadas con el desarrollo y la difusióndel Estatuto de Autonomía y la recuperación y divulgación del Dere-cho Foral Civil Valenciano.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de laconcesión de subvenciones destinadas a financiar la remodelación yconstrucción de locales sociales de las sociedades musicales de laComunitat Valenciana.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201650

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones para fomento y apoyo de actividades cul-turales y artísticas.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de unprograma de fomento de empleo para la contratación de colectivos vul-nerables.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras des-tinadas a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de progra-mas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o el asocia-cionismo de mujeres en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas en materia de internacionalización.

- Proyecto de Decreto por el que se prorroga la validez de los carnés demanipulador de biocidas, niveles básico y cualificado, para realizartratamientos con biocidas en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban la bases reguladoras y sedetermina el programa mixto de empleo-formación Talleres deEmpleo.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras delprograma de iniciativa social en la colaboración con las corporacioneslocales de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se establece el ámbito de aplicación dela Evaluación del Impacto en Salud en la Comunitat Valenciana y secrea la Comisión de Evaluación del Impacto de Salud.

- Proyecto de Decreto por el que se regulan los Centros Valencianos enel Exterior de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se crea el Registro de Entidades Memo-ralistas de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se regula la enseñanza para la obten-ción de determinados títulos profesionales del sector pesquero en laComunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se regula la utilización de barros dedepuración en el sector agrario de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras delas subvenciones destinadas a la contratación de agentes de Empleo yDesarrollo Local en la Comunitat Valenciana y se modifica la Orden5/2015, de 5 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 51

FUNCIÓN CONSULTIVA

de las subvenciones destinadas a financiar el mantenimiento de losAgentes de Empleo y Desarrollo Local en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de subvenciones destinadas a federaciones deportivaspara la adquisición de material inmovilizado.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lasayudas dirigidas a acciones, programas y materiales educativos desa-rrollados por entidades privadas sin ánimo de lucro de la ComunitatValenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de laconcesión de ayudas para actuaciones de conservación y protección de losbienes inmuebles del patrimonio cultural de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión del Premio ‘Cartografia i Territori Pare Tosca’.

- Proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Comité de Bioética dela Comunitat Valenciana y los Comités de Bioética Asistencial de losdepartamentos de salud como órganos garantes de los derechos de losusuarios/as y pacientes del Sistema Valenciano de Salud.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de laayuda a las inversiones en explotaciones agrícolas, prevista como ope-ración 4.1.1. del Programa de Desarrollo Rural de la ComunitatValenciana 2014/2020.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de becas para la realización de prácticas profesionales enel ámbito de las bibliotecas y archivos gestionados por la Generalitat.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones destinadas a la digitalización y la res-tauración de la documentación histórica y la mejora de las instalacio-nes de los archivos municipales de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones destinadas a las federaciones deportivascon participación como selecciones de la Comunitat Valenciana en loscampeonatos de España oficiales.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones destinadas a la organización de aconte-cimientos deportivos especiales en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de becas académico-deportivas para deportistas de élitede la Comunitat Valenciana.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201652

FUNCIÓN CONSULTIVA

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 53

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para laconcesión de subvenciones destinadas a asociaciones, Fundaciones yotras entidades y Organizaciones sin ánimo de lucro de la ComunitatValenciana para la realización de actuaciones relacionadas con la for-mación y divulgación en materia de responsabilidad social.

- Proyecto de Decreto por el que se regulan los órganos de seguimiento ycoordinación de la postemergencia.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lassubvenciones para la financiación de gastos extraordinarios por aco-gida familiar en familia educadora.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de premios al deporte olímpico y paralímpico.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lassubvenciones destinadas a financiar la realización, por parte de enti-dades especializadas, de itinerarios de inserción laboral dirigidos apersonas consideradas en situación o riesgo de exclusión social.

- Proyecto de Decreto por el que se crea y regula la Red de Oficinas dela Generalitat de Asistencia a las Víctimas del Delito.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para laconcesión de becas para el IVACE en materia de internacionalización.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones para la internacionalización de empre-sas y entidades culturales.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas para la adquisición de material bibliográficopara las bibliotecas y agencias de lectura públicas en las entidadeslocales de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas para la adquisición de equipamiento para lasbibliotecas y agencias de lectura públicas de las entidades locales dela Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se regula la gestión de la informaciónante situaciones de emergencia o grave riesgo colectivo.

- Proyecto de Orden por la que se fijan para la temporada 2016-2017,los periodos hábiles y normas de caza en las zonas comunes y se esta-blecen otras regulaciones en los cotos de caza y zonas de caza contro-lada en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden 46/2010, de 28 demayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la convoca-

toria de ayudas de comedor escolar en los centros educativos no uni-versitarios de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueba el procedimiento de selecciónde las estrategias de desarrollo local participativo en el marco delFondo Europeo Marítimo y de Pesca.

- Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden 65/2015, de Edu-cación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases regulado-ras para la convocatoria de ayudas individuales para el servicio deTransporte Escolar y se aprueba la convocatoria correspondiente alcurso 2015-2016.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras delprograma de fomento de los acuerdos territoriales en materia deempleo y desarrollo local a la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se convocan ayudas económicas destina-das al mantenimiento de los gabinetes psicopedagógicos escolaresdependientes de ayuntamientos, mancomunidades de municipios yentidades locales menores de la Comunitat Valenciana para el ejerci-cio 2016.

- Proyecto de Decreto de racionalización régimen de personal que ocupapuestos de carácter directivo del Sector Público Instrumental de laGeneralitat.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban la bases reguladoras de lassubvenciones a centros de enseñanza no reglada de música y danza,dependientes de corporaciones locales o entidades privadas sin ánimode lucro de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de modificación del artículo segundo y quinto de la Orden de26 de junio de 2001, mediante la que se desarrolla el Decreto187/1997, de 17 de junio, en lo referente a jornada, horarios ordina-rios para oficinas de farmacia ubicadas en zonas turísticas, serviciode urgencia en casos especiales y localización de servicios de urgenciay procedimiento para la realización de un horario superior ordinario.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lasayudas destinadas al voluntariado ambiental en prevención de incen-dios forestales.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de subvenciones para atender el pago del alquiler ensituaciones de emergencia social y se convocan las ayudas.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones dirigidas al desarrollo de itinerarios

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201654

FUNCIÓN CONSULTIVA

integrados para la inserción socio laboral de personas en situación oriesgo de exclusión social.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lasayudas económicas para subvencionar los servicios complementariosde transporte y comedor del alumnado de los centros específicos deEducación Especial de titularidad privada concertados y de titulari-dad de corporaciones locales convenidos.

- Proyecto de Orden por la que se autoriza con carácter excepcional lacaptura, tenencia y cría de aves fringílidas para la participación enlos concursos de canto.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para laconcesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de los planes deespecialización deportiva.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de laconcesión de becas para la realización de prácticas profesionales en losórganos directivos competentes en materia de transparencia, respon-sabilidad social, fomento de autogobierno, participación ciudadana,cooperación al desarrollo, atención a la ciudadanía, calidad en laprestación de servicios públicos o inspección de servicios.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de subvenciones para el fomento del deporte federado ylos programas de tecnificación deportiva en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se crean las bolsas de trabajo para laprovisión interina de lugares de trabajo reservados a personal funcio-nario con habilitación de carácter nacional.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones a la edición electrónica de libros.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lasayudas de gestión sanitaria y de bienestar animal en la acuiculturade la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras deayudas destinadas a las explotaciones de cría de conejos en el ámbitode la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se declara como Zonas Especiales deConservación (ZEC) los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) laSierra de Martes y el Ave, la Muela de Corte y el Caroig, Vall d’Aioray la Sierra del Boquerón, Sierra de Enguera y de la Sierra de Mala-

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 55

FUNCIÓN CONSULTIVA

cara, se modifica el ámbito territorial de la Zona de Especial Protec-ción para las Aves (ZEPA) denominada la Sierra de Martes-La Muelade Cortes, y se aprueba la Norma de Gestión de estas ZEC y ZEPA, asícomo la ZEPA la Sierra de Malacara.

- Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 40/2002, de 5 demarzo, modificado por Decreto 88/2006, de 16 de junio, de medidasde apoyo a los estudiantes universitarios en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se convoca el programa experimentaldenominado ‘Coordinación Horaria’ dirigido al alumnado que cursasimultáneamente las enseñanzas profesionales de música y/o danza yla Educación Secundaria para el curso 2015-2016.

- Proyecto de Orden por la que se prueban las bases reguladoras de laconcesión de becas para la realización de prácticas profesionales en laDirección General de Deporte.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras delas subvenciones destinadas a los Ayuntamiento o instituciones públi-cas municipales o supramunicipales de organicen competición inter-municipal dentro de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones en materia de industrialización.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras delas subvenciones para las corporaciones locales y entidades sin ánimode lucro que mantienen conservatorios o centros privados autorizadosde enseñanzas elementales o profesionales de música o de danza de laComunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de laconcesión de subvenciones destinadas a las universidades de la Comu-nitat Valenciana para la realización de actuaciones relacionadas conel desarrollo del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana,la promoción del autogobierno y la responsabilidad social.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras delprograma de empleo con soporte en empresas del mercado ordinariode trabajo (SERVEF).

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de ayudas por el IVACE en materia de energías renova-bles y biocarburantes.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de ayudas por el IVACE para impulsar la internaciona-lización empresarial.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201656

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras delas ayudas destinadas a fomentar la jubilación anticipada de los agri-cultores y trabajadores agrícolas en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras delprocedimiento de subvenciones a ayuntamientos, mancomunidades demunicipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana ylos municipios del Carche que realizan actividades de promoción deluso del valenciano.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras delprocedimiento de subvenciones para el fomento del valenciano paralas asociaciones profesionales, otras entidades sin ánimo de lucro,universidades, redes universitarias, entidades del exterior de laComunitat Valenciana y para las personas juridico-públicas y priva-das que realicen proyectos singulares de fomento del multilingüismoen el ámbito social.

- Proyecto de Orden por la que se crean los ficheros con datos de carác-ter personal en la Agència Valenciana d’Avaluació i Prospectiva(AVAP).

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de becas para el alumnado que vaya a realizar estudiosen centros asociados de la Universidad Nacional de Educación a Dis-tancia en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de losproyectos T’Avalem en desarrollo del programa mixto de Empleo-For-mación Garantía Juvenil.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas destinadas al fomento de las empresas coope-rativas y de las sociedades laborales.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lasayudas a centros de educación primaria y secundaria y Asociacionesde utilidad pública de defensa medioambiental y otras entidades parala difusión de las Buenas Prácticas en el uso del agua.

- Proyecto de Decreto por el que se regula la estructura, composición ynormas de funcionamiento de la Mesa General de Negociación I y dela Mesa General de Negociación II de la Generalitat.

- Proyecto de Decreto por el que se regulan las indemnizaciones para elejercicio de la función arbitral en órganos arbitrales de consumo, cole-giados o unipersonales, de las juntas arbitrales de consumo constitui-das en la Comunitat Valenciana.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 57

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras dela concesión de becas, para la realización de prácticas profesionalesen materia de desarrollo y aplicación de nuevas tecnologías y optimi-zación de procesos cartográficos en el Instituto Cartográfico Valen-ciano.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de laayuda a la distribución de frutas y hortalizas a los alumnos de centrosescolares de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras parala concesión de becas para la realización de prácticas profesionales depersonas con titulación universitaria en la Agencia de Seguridad yRespuesta a las Emergencias.

- Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de selección,provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal comprendidoen el amito de aplicación de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordena-ción y gestión de la función pública valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras y elprocedimiento para la concesión de ayudas económicas destinadas ala promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo.

- Proyecto de Orden por la que se crean dos ficheros de titularidadpública de datos de carácter personal relativos a interlocutores y pro-veedores de la Red COMDES.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de ayudas para la adquisición de infraestructuras y equi-pamiento de I+D+i.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de ayudas del programa para la promoción de la investi-gación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comu-nitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones a la participación en ferias internaciona-les del sector del libro.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas destinadas a la producción editorial para elejercicio 2016.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas a la difusión del libro y la lectura.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lassubvenciones para el fomento de la traducción literaria multilingüe.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201658

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas destinadas a la difusión, promoción y fomentodel Patrimonio de la Comunitat Valenciana, declarado por la UNES-CO Patrimonio Mundial o Patrimonio Cultural Inmaterial de laHumanidad.

- Proyecto de Orden por la que se establece un nuevo título integrado detransporte para el Área de Transporte Metropolitano de Valenciadenominado Bono Transbordo AB.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de becas para la realización de prácticas profesionales enlas dependencias de la Dirección General de Política Lingüística yGestión del Multilingüismo.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de ayudas económicas, en concepto de subvención, dirigi-das a centros privados concertados para el desarrollo de la compensa-ción educativa y de programas para la reducción del abandono escolar.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de laconcesión de ayudas en materia de juventud.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras parala concesión de ayudas para fomentar el acceso de las alumnas a lasenseñanzas de formación profesional del sistema educativo correspon-dientes a determinados ciclos de las familias profesionales de electri-cidad y electrónica, energía y agua, fabricación mecánica y de insta-lación y mantenimiento, en centros educativos públicos de la Comuni-tat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas de IVACE en materia de I+D e innovaciónempresarial.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas del Instituto Valenciano de CompetitividadEmpresarial (IVACE) dirigidas a centros tecnológicos de la Comuni-tat Valenciana en materia de I+D.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones destinadas a la promoción, fomento ydifusión de la economía social en la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de lassubvenciones para el fomento de trabajos de investigación y de estu-dios en el ámbito de la planificación lingüística y de la Lingüísticaaplicada.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 59

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Orden por la que se crean los ficheros de datos de carácterpersonal y titularidad pública denominados E-Formación y cursosDGTIC.

- Proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras parala concesión de becas para la realización de prácticas profesionales enlas dependencias de los órganos superiores y centros directivos compe-tentes en materia de imagen institucional, radio y televisión, políticainformativa, impulso de la acción interdepartamental del Consell,dirección del protocolo de los actos de carácter representativo, relacio-nes externas y en la Subsecretaría de la Presidencia de la Generalitat.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de ayudas destinadas a la promoción de la economía sos-tenible.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de subvenciones a los sindicatos y organizaciones sindi-cales en proporción a su representatividad, en el ámbito de la Comu-nitat Valenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se regula el Consell de Participació Ciu-tadana de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras delas ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de lasexplotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Reglamento Orgánico y Funcional del Consejo Rector dela Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació.

- Proyecto de Decreto por el que se establece el régimen de los organis-mos autorizados de verificación metrológica en el ámbito de la Comu-nitat Valenciana.

- Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras parala concesión de becas de formación práctica del SERVEF.

- Proyecto de Decreto por el que se establece el curriculum de las ense-ñanzas artísticas profesionales correspondientes al título de TécnicoSuperior de Artes Plásticas y Diseño en Técnicas Escultóricas, perte-necientes a la familia profesional artística de Escultura, en el ámbitode la Comunitat Valenciana.

- Proyecto de Decreto por el que se establece el curriculum de las ense-ñanzas artísticas profesionales correspondientes al título de TécnicoSuperior de Artes Plásticas y Diseño en Técnicas Escultóricas en Pie-dra, pertenecientes a la familia profesional artística de Escultura enel ámbito de la Comunitat Valenciana.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201660

FUNCIÓN CONSULTIVA

- Proyecto de Decreto por el que se regulan los horarios de espectáculospúblicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, para elaño 2017.

- Proyecto de Decreto por el que se regulan los servicios de comunicaciónaudiovisual y el Registro de Prestadores en el ámbito de la ComunitatValenciana.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras deconcesión de becas para la realización de prácticas profesionales en laDirección General de Asistencia Sanitaria.

BESTADÍSTICA DE ASUNTOS SOMETIDOS A CONSULTA (1DE ENERO DE 2016 A 31 DE DICIEMBRE DE 2016)

I. PETICIONES DE DICTAMEN 844

a) Solicitudes

Durante el año 2016 se han solicitado al Consell Jurídic Consultiu dela Comunitat Valenciana un total de 844 dictámenes, frente a los 728dictámenes demandados en el año 2015.

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016 61

FUNCIÓN CONSULTIVA

Número de solicitudes registradas en elConsell Jurídic Consultiu por meses

Número global de solicitudes registradas en elConsell Jurídic Consultiu

II. Dictámenes solicitados urgentes 171

III. Asuntos devueltos 0

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 201662

FUNCIÓN CONSULTIVA

IV. Asuntos en los que se han pedido antecedentes condevolución del expediente y con suspensión de plazopara emitir dictamen 23

De este número, en 17 casos se cumplimentó la petición deantecedentes durante el ejercicio, quedando por tanto 6 peticiones sinque por la Administración se haya contestado.

V. Advertencias a la Generalitat por omisión de peticiónde dictamen preceptivo (artículo 8 Reglamento) 3

- Decreto 23/2016, de 26 de febrero, de la Consellería de Agricultura,Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por el que semodifica el Decreto 162/1999, de 17 de septiembre, por el que se esta-blecen las condiciones para el ejercicio del buceo profesional en laComunitat Valenciana.

- Decreto 76/2016, de 23 de junio, de la Consellería de Sanidad Univer-sal y Salud Pública, por el que se regula el procedimiento y las condi-ciones para la concesión de subvenciones en materia de salud públicapara la lucha contra el mosquito tigre.

- Decreto 84/2016, de 8 de julio, de la Consellería de Educación, Inves-tigación Cultura y Deporte, por el que se crea el Premio Julio Gonzálezde la Generalitat y se aprueban las bases para su concesión.

VI. Cuantía reclamada en los expedientes de responsabilidadpatrimonial que han sido dictaminados durante el ejercicio2016

La cantidad mínima reclamada ha sido de mil ciento cuarenta y nueveeuros con cuarenta y cuatro céntimos (1.149,44) (Dictamen 670/2016,Expte. 685/2016), ello a pesar de que la cuantía mínima a partir de la quela consulta a este Consell Jurídic Consultiu es preceptiva son los quincemil euros (15.000). Ello no obstante, esta Institución entiende que si laAdministración recaba su parecer en un expediente, aunque no se alcanceesta cuantía mínima, ha de atender la consulta.

La cantidad máxima reclamada ha sido de siete millones quinientos seismil seiscientos noventa y ocho euros con diecisiete céntimos –7.506.698,17– (Dictamen 681/2016, Expte. 286/2016).

CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA MEMORIA 2016

FUNCIÓN CONSULTIVA

63

IVFUNCIONAMIENTO DEL CONSELL JURÍDICCONSULTIU

A continuación se reseñan las actividades más relevantes llevadas acabo por este Consell Jurídic Consultiu.

AENTRADA EN VIGOR DE LA MODIFICACIÓN DELREGLAMENTO OPERADA POR EL DECRETO 1/2016, DE 15DE ENERO, DEL CONSELL

El Consell de la Generalitat aprobó, en su reunión de 15 de enero de2016, la modificación del Reglamento del Consell Jurídic Consultiu quehabía sido aprobada por el Pleno del Supremo Órgano Consultivo en susesión de 5 de noviembre de 2015.

La modificación, de carácter parcial, afectaba a los artículos 23.e), 32,35, 42, 43 y 59 del Reglamento vigente.

Los cambios, en esencia, incorporaban la figura del Letrado Mayor ysus funciones, clarificaban el trámite de audiencia en el procedimientode emisión de dictamen y establecían la necesidad de fundamentar elvoto discrepante cuando no se emitía voto particular.

Este acuerdo del Gobierno valenciano se plasmó en el Decreto 1/2016,de 15 de enero, del Consell, por el que se modifica el Reglamento delConsell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, aprobado por elDecreto 138/1996, de 16 de julio, del Consell. Este Decreto se publicóen el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 7699, de 18 deenero de 2016, y entró en vigor el día siguiente al de su publicación, taly como establecía su disposición final única.

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BRENOVACIÓN PARCIAL DE LA COMPOSICIÓN DEL PLENO

El día 2 de septiembre de 2016 se cumplió el mandato de cinco años delos miembros del Pleno, habida cuenta que los miembros que fuerondesignados en la anterior renovación tomaron posesión el día 2 de sep-tiembre de 2011.

A lo largo de este mandato se produjeron algunas alteraciones en lacomposición del Pleno del Consell Jurídic Consultiu. En noviembre de2013 dimitió el Consejero Sr. Pla i Durà, y en diciembre del mismoaño falleció el Consejero-Vicepresidente Sr. Mira Ribera. Ambos fue-ron sustituidos por la Consejera Sra. Soler Sánchez y por el ConsejeroSr. Fernández Roldán. Por último, en mayo de 2015 dimitió la Conse-jera Sra. Mediavilla Cruz y, posteriormente, en el mismo mes, fuedesignada de nuevo como Consejera por Decreto del Consell de laGeneralitat.

Por Decreto 157/2016, de 21 de octubre, del Consell, se nombraron lostres Consejeros electivos cuya designación corresponde al GobiernoValenciano. Los tres miembros del Pleno designados en virtud de esteDecreto son D.ª Margarita Soler Sánchez, D.ª Asunción VenturaFranch, y D. Faustino de Urquía Gómez.

Los tres nuevos miembros prometieron su cargo ante el President de laGeneralitat el día 25 de octubre de 2016, en el Palau de la Generalitat,y en presencia del Vicepresidente del Consell Jurídic Consultiu, D.José Díez Cuquerella.

Tras este acto, tomaron posesión como Consejeros electivos en la sesiónordinaria del Pleno que se celebró el mismo día 25 en el Palacio deSanta Bárbara.

Como consecuencia de ello, con efectos del día 25 de octubre de 2016, seprodujo el cese en sus funciones de los tres Consejeros cuyo nombra-miento correspondía al Gobierno valenciano que, en ese momento eranel Consejero Sr. Fernández Roldán, la Consejera Sra. Mediavilla Cruzy el Presidente, D. Vicente Garrido Mayol.

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FUNCIONAMIENTO DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIU

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 4 de la Ley de Creaciónde la Institución, desde el 25 de octubre de 2016 asumió las funcionesde la Presidencia el Consejero-Vicepresidente, D. José Díez Cuquerella.

Asimismo, al haber sido la Consejera Sra. Soler Sánchez designadacomo Consejera por el Consell de la Generalitat, puesto que en el ante-rior mandato lo había sido por Les Corts, quedó vacante uno de lospuestos de Consejero de designación parlamentaria.

CDECISIONES DE LOS ÓRGANOS DEL CONSELL JURÍDICCONSULTIU

A lo largo de 2016 el Pleno de la Institución ha adoptado numerososacuerdos. Entre ellos, y por su relevancia, destacan los siguientes.

1) Acuerdos sobre la representación del Consell JurídicConsultiu en órganos colegiados.

El Pleno acordó en su sesión de 11 de febrero designar al Consejeroelectivo, Sr. Fliquete Lliso, como representante del Consell JurídicConsultiu en el Observatorio del Derecho Civil Valenciano.

2) Acuerdo sobre la imposición de la Insignia del Consell alMolt Honorable Sr. Ximo Puig i Ferrer, President de laGeneralitat.

Con motivo de la celebración del XX aniversario del Consell JurídicConsultiu, el Pleno acordó en su sesión de 16 de junio imponer al Pre-sident de la Generalitat, Molt Honorable Sr. Ximo Puig i Ferrer, lainsignia de la Institución.

La imposición tuvo lugar durante el acto solemne de celebración del XXaniversario, el día 28 de junio de 2016, en el Palacio de Santa Bárbara.

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FUNCIONAMIENTO DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIU

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3) Acuerdo sobre la imposición de la Insignia del Consell alExcmo. Sr. D. Rafael Catalá Polo, Ministro de Justicia.

El Pleno acordó en su sesión de 12 de julio imponer al Ministro de Jus-ticia, Excmo. Sr. D. Rafael Catalá Polo, la insignia de la Institución.

El Sr. Catalá Polo es el primer Ministro que ha visitado oficialmente lasede del Consell Jurídic Consultiu, hecho que coincidió con el XX ani-versario de la Institución.

La imposición tuvo lugar el día 15 de julio, en el Palacio de Santa Bár-bara.

4) Acuerdo de concesión del tratamiento de Presidente deHonor al Hble. Sr. D. Vicente Garrido Mayol.

El Pleno acordó en su sesión de 25 de octubre, por unanimidad, conce-der al Hble. Sr. D. Vicente Garrido Mayol el tratamiento de Presidentede Honor de la Institución en los términos previstos en el artículo 4 delas Normas de Honores y Protocolo del Consell Jurídic Consultiu de laComunitat Valenciana.

De esta manera, el Pleno reconoce los veinte años de servicio del Sr.Garrido Mayol a la Institución, que contribuyó a poner en marcha en1996 y en la que ha sido Secretario General, Consejero y, desde agostode 2003, Presidente, siendo su aportación esencial para la consolida-ción de esta Institución del Autogobierno Valenciano.

DV JORNADAS DE LETRADOS DE CONSEJOS CONSULTIVOSY DEL CONSEJO DE ESTADO

Los días 2 y 3 de junio de 2016 se celebraron en el Palacio de SantaBárbara las V Jornadas de Letrados de Consejos Consultivos y del Con-sejo de Estado, organizadas por el Consell Jurídic Consultiu en elmarco de las celebraciones del XX Aniversario.

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FUNCIONAMIENTO DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIU

El programa seguido fue el siguiente:

Jueves 2 de junio16:30 h. Presentación de las Jornadas. Bienvenida.

Hble. Sr. D. Vicente Garrido Mayol, Presidente del ConsellJurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana

17:00 h. Los informes de impacto en la infancia y adolescencia y en lafamilia: aplicabilidad en el ámbito normativo.Introducción: D. Ferran García i Mengual, Secretario Generaldel Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana.Modera: D.ª María García Fonseca, Secretaria Letrada-Jefedel Consejo Consultivo de Castilla y León.

18:00 h. Reflexiones sobre el régimen jurídico actual de la contrataciónpública.Modera: D. Jorge Méndez Lima, Letrado Mayor del ConsejoConsultivo de Canarias.Novedades en la regulación de la Unión Europea en materiade contratación pública. Introducción: D.ª Elvira Gallardo Romera, Letrada del Conse-jo de Estado.Los efectos jurídicos de las Directivas de Contratación Públicaante el vencimiento del plazo transposición sin nueva ley decontratos del sector público.Introducción: D. Luis Gracia Romero, Letrado del ConsejoConsultivo de Castilla y León.

19:00 h. Sobre la nueva causa potestativa de suspensión del plazo máxi-mo para resolver el procedimiento y notificar, regulada en el artí-culo 22.1.g) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas.Introducción: D.ª Teresa Vidal Martín, Letrada del ConsellJurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana.Modera: D. Pere Ollers i Vives, Letrado del Consell Consultiude les Illes Balears.

Viernes 3 de junio9:30 h. Delimitación de las reclamaciones en el procedimiento de res-

ponsabilidad patrimonial.Introducción: D. Joan Carles Seuba i Torreblanca, Responsa-ble de Estudios e Investigación de la Comisión Jurídica Aseso-ra de Cataluña.Modera: D.ª Patricia Boix Mañó, Letrada Mayor del ConsellJurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana

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10:45 h. Responsabilidad patrimonial por la acción del Estado legisla-dor por vulneración del Derecho Comunitario y la Constitución.Introducción: D. José Luis Martín Moreno, Letrado-Jefe delConsejo Consultivo de Andalucía.Modera: D.ª Soledad Rodríguez Rivero, Secretaria General delConsejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

11:30 h. Responsabilidad patrimonial de funcionarios en el ejercicio desus funciones.Introducción: D. Jesús García Blanco, Letrado del ConsejoConsultivo de Castilla y León.Modera: D. Eduardo Míer González, Letrado Jefe adjunto a laSecretaría General del Consejo Consultivo del Principado deAsturias.

12:15 h. Las observaciones y sugerencias en las memorias de los Con-sejos Consultivos.Introducción: D. Ignacio Granado Hijelmo, Letrado-SecretarioGeneral del Consejo Consultivo de La Rioja.Modera: D. Manuel Contreras Ortiz, Letrado-Secretario delConsejo Jurídico de la Región de Murcia.

13:00 h. Conferencia de Clausura.«La nueva casación contencioso-administrativa: problemas yperspectivas»Excmo. Sr. D. Luis María Díez-Picazo Giménez, MagistradoPresidente de la Sala III del Tribunal Supremo y Catedráticode Derecho Constitucional.

En las Jornadas participaron más de 30 Letrados de los distintos Con-sejos Consultivos y del Consejo de Estado.

EREVISTA ESPAÑOLA DE LA FUNCIÓN CONSULTIVA

Durante el año 2016 se publicaron dos números de la Revista Españolade la Función Consultiva.

El primer número, el 23 de la serie, se publicó en el mes de abril y ensu apartado de estudios se incluyeron varios artículos doctrinales que

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fueron remitidos a la Revista y que fueron superaron el correspondien-te proceso de control de calidad.

En este ejemplar se abordó, asimismo, la doctrina comparada de losConsejos Consultivos sobre las reclamaciones de responsabilidad patri-monial de la Administración derivada de daños ocurridos con motivo defestejos populares.

El segundo número de este año, el 24, publicó, entre otros estudios, lasponencias dictadas en las IV Jornadas de Letrados de Consejos Consul-tivos, celebrada en junio 2015 en Granada, organizadas por el ConsejoConsultivo del Andalucía. También se publicaron varios artículos remi-tidos por sus respectivos autores y que el Consejo de Redacción conside-ró de interés, una vez superado el control de calidad de la publicación.

Estudios publicados en la Revista Española de la Función Consultivadurante 2016Número 23

PEDRO TOMÁS NEVADO-BATALLA MORENO. Función consultiva y garantíadel Estado de Derecho: A propósito de un debate desleal.PABLO J. COLLADO BENEYTO. La suspensión del procedimiento por peti-ción de informes preceptivos y determinantes: a la búsqueda de unainterpretación coherente de los artículos 42.5.c) y 83 de la Ley 30/1992.JUAN CANO BUESO. Contribución de Andalucía a la reconfiguración delEstado Autonómico.ENRIQUE FLIQUETE LLISO. La nulidad de pleno derecho del acto adminis-trativo por vulneración del principio «non bis in idem».MARÍA ÁNGELES GARCÍA GARCÍA. La Universidad sujeto de la asociaciónpara la innovación.CARLOS TORMO CAMALLONGA. La «voluntad general» en la división pro-vincial de 1822: el Congreso aprobará por menor lo mismo que en gene-ral y por mayor desaprueba.DAVID MUÑOZ PÉREZ. El derecho de las personas con discapacidad a unavivienda adecuada: perspectivas para su eficacia en los Planes Estata-les de Vivienda.JUAN J. GUARDIA HERNÁNDEZ. Posibilidades y límites para el desarrolloautonómico del artículo 16.3 de la Constitución Española.

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Doctrina de los Consejos Consultivos sobre la responsabilidadpatrimonial derivada de daños con motivo de festejos populares.

IRENE M.ª ESPUEY SERVERA. Consejo Consultivo de las Illes Balears.TERESA P. VIDAL MARTÍN. Consejo Jurídico Consultivo de la ComunitatValenciana.DEIANE AGIRREBALTZATEGI SÁNCHEZ. Comisión Jurídica Asesora de Eus-kadi.JAVIER PÍRIZ URUEÑA. Consejo Consultivo de Castilla y León.CARLOS YÁÑEZ DÍAZ. Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.

Número 24

IGNACIO GRANADO HIJELMO. El Estilo Consultivo: concepto y pautas.TOMÁS REQUENA LÓPEZ. Algunas cuestiones sobre la revisión de oficioen materia de contratación.FELIPE A. JOVER LORENTE, ANTONIO ALONSO CLEMENTE y JOSÉ MANUELRODRÍGUEZ MUÑOZ. Tribunales administrativos de recursos contractua-les como órganos adscritos a Consejos Consultivos: experiencia y nove-dades recientes (Extremadura).FRANCESC J. RODRÍGUEZ PONTÓN. Las modificaciones de las concesionesde autopistasGABRIEL CAPILLA I VIDAL. Función consultiva y transparencia: noveda-des legislativas.ELÍSABET GUIJARRO GONZÁLEZ. Limitaciones en las autorizaciones parael ejercicio de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC’s).ENRIQUE FLIQUETE LLISO. Actos discrecionales, actos políticos y actosgraciables.DJAMIL TONY KAHALE CARRILLO. El fundamento constitucional y lanaturaleza de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.ANA MARRADES PUIG. La Ley General de derechos de las personas condiscapacidad y de su inclusión social: Diversidad, dignidad e igualdadde oportunidades.IGNACIO GRANADO HIJELMO. Doctrina del Consejo Consultivo de LaRioja en materia de responsabilidad patrimonial derivada de festejospopulares.

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Reunión del Consejo Asesor de la Revista Española de la Fun-ción Consultiva

El día 15 de junio se celebró en el Palacio de Santa Bárbara la reunióndel Consejo Asesor de la Revista Española de la Función Consultiva. Elobjeto de la reunión fue analizar la situación de la publicación y, sobretodo, confirmar el compromiso de su mantenimiento a futuro, tras losúltimos cambios acaecidos en la conformación de los distintos ConsejosConsultivos.

A la reunión, que fue la tercera reunión desde la creación de la Revistaasistieron:

Excmo. Sr. D. José Manuel Romay BeccaríaPresidente del Consejo de Estado

Excma. Sra. D.ª Guadalupe Hernández-Gil Álvarez-CienfuegosSecretaria General del Consejo de Estado

Hble. Sr. D. Joan Egea FernándezPresidente del Consejo de Garantías Estatutarias de la Generalitat deCataluña

Excmo. Sr. D. Albert Lamarca i MarquèsPresidente de la Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat de Cata-luña

Excmo. Sr. D. Carlos Millán HernándezPresidente del Consejo Consultivo de Canarias

Excmo. Sr. D. Juan B. Cano BuesoPresidente del Consejo Consultivo de Andalucía

Ilmo. Sr. D. Ignacio Granado HijelmoLetrado-Secretario General del Consejo Consultivo de La Rioja

Excmo. Sr. D. Antonio Gómez FayrénPresidente del Consejo Jurídico de la Región de Murcia

Ilmo. Sr. D. Sabino Torre DíezPresidente de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi

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Excmo. Sr. D. Mario Amilivia GonzálezPresidente del Consejo Consultivo de Castilla y León

Excmo. Sr. D. Bernardo Fernández PérezPresidente del Consejo Consultivo del Principado de Asturias

Excmo. Sr. D. Emilio Sanz SánchezPresidente Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha

Ilma. Sra. D.ª Rocío Guerrero AnkersmitPresidenta de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad deMadrid

Tras la sesión de trabajo, los participantes visitaron el vecino temploparroquial de San Nicolás Obispo y San Pedro Mártir, donde pudieronapreciar la magnífica restauración inaugurada unos meses antes.

FCONVENIOS DE COOPERACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DEPRÁCTICAS FORMATIVAS EN EL CONSELL JURÍDICCONSULTIU POR ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS

Al amparo de los Convenios Marco celebrados por el Consell JurídicConsultiu con las Universidades que a continuación se relacionan,durante 2016 han realizado su practicum en el Consell Jurídic lossiguientes alumnos:

a) Universitat de València

- D.ª Rocío Mormeneo Oliveros- D. Andrés Vidal Bartolomé

b) Universidad Europea de Valencia

- D. Pablo Aguilar Romero

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El programa desarrollado por los estudiantes tuvo el siguiente contenido:

- Colaboración con los Letrados del Consell Jurídic Consultiu,facilitándoles la búsqueda de jurisprudencia y legislaciónaplicable a los asuntos sometidos a consulta del Consell, cuyapreparación tengan encomendada.

- Participación, junto con el Servicio de Coordinación yDocumentación, en tareas relacionadas con la biblioteca delConsell.

- Manejo de Bases de Datos informáticas de jurisprudencia ylegislación de Aranzadi, BOE, DOCV, así como las bases dedatos del propio Consell Jurídic Consultiu.

- Seguimiento y actualización de la Base de Datos sobre lascuantías de las indemnizaciones propuestas por el ConsellJurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana en losexpedientes de responsabilidad patrimonial de la Generalitat.

- Estudio de expedientes dictaminados por el Consell JurídicConsultiu de la Comunitat Valenciana y resolución de casosprácticos a partir de ellos.

GRELACIONES INSTITUCIONALES Y PROTOCOLO

1) Visitas al Palacio de Santa Bárbara

a) Visita del Presidente de la Real Academia deMedicina de la Comunitat Valenciana, D. AntonioLlombart Bosch.

El día 11 de enero, el Presidente de la Real Academia de Medicina dela Comunitat Valenciana, D. Antonio Llombart, visitó la sede del Con-

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FUNCIONAMIENTO DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIU

sell Jurídic Consultiu, acompañado por la Secretaria de la institución,D.ª Carmen Leal y el Vicesecretario D. Carlos Guillén.

Fueron recibidos por el Presidente D. Vicente Garrido Mayol. D. Anto-nio Llombart firmó en el Libro de Honor y mantuvo una reunión de tra-bajo con el Presidente del Consell Jurídic Consultiu.

b) Visita de la Consellera de Justicia, AdministraciónPública, Reformas Democráticas y LibertadesPúblicas.

El Presidente D. Vicente Garrido Mayol, recibió el día 7 de julio, en lasede de la Institución, a la Consellera de Justicia, AdministraciónPública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas D.ª GabrielaBravo Sanestanislao, ambos mantuvieron una reunión de trabajo.

En el curso de la visita, a la que asistieron los Consejeros del ConsellJurídic, la Consellera firmó en el Libro de Honor de la Institución.

c) Imposición de la Cruz de Honor de San Raimundode Peñafort al Presidente del Consell JurídicConsultiu, Vicente Garrido Mayol, por parte delMinistro de Justicia, Rafael Catalá Polo.

En un acto solemne celebrado el día 15 de julio en el Salón de Actos delPalacio de Santa Bárbara, el Ministro de Justicia, Rafael Catalá, impu-so la Cruz de Honor de San Raimundo de Peñafort al Presidente delConsell Jurídic Consultiu, D. Vicente Garrido Mayol.

La distinción le había sido concedida por el Ministerio de Justicia el día28 de junio.

El distintivo, que lleva el nombre del patrón de los juristas, constituyela segunda máxima distinción española en el ámbito jurídico, y seañade en el caso de Vicente Garrido a la Cruz Distinguida de PrimeraClase de la Orden de San Raimundo de Peñafort, con la que había sidodistinguido anteriormente.

Al acto institucional asistió un nutrido grupo de autoridades civiles,judiciales y académicas, familiares y amigos. Entre ellos, la Consellera

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FUNCIONAMIENTO DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIU

de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Liberta-des Públicas, D.ª Gabriela Bravo Sanestanislao, y el Delegado delGobierno, D. Juan Carlos Moragues Ferrer.

El titular de Justicia, a quien el Presidente del Consell Jurídic impusoa su vez la insignia del Consell Jurídic Consultiu, alabó en la interven-ción con la que cerró el acto la trayectoria como jurista de D. VicenteGarrido Mayol.

Por su parte, el galardonado agradeció los apoyos para recibir la distinción,fruto de una iniciativa que partió de los miembros del Consell Jurídic Con-sultiu y a la que se adhirieron los Colegios de Abogados, Notarios, Procu-radores, Registradores y Graduados Sociales de València, el ConsejoValenciano de Colegios de Abogados, la Consellera de Justicia y el Delega-do del Gobierno en nuestra Comunidad, así como los Decanatos de lasFacultades de Derecho de la Universitat de València, la Universidad CEU-Cardenal Herrera, la Universidad Católica de Valencia, y los Presidentesde los restantes Consejos Consultivos Autonómicos españoles y el Presi-dente del Consejo de Estado, entre otras personalidades e instituciones.

Durante su visita a la sede del Consell Jurídic Consultiu, el Ministrotambién firmó en el Libro de Honor de la Institución y saludó a losmiembros del Consejo.

d) Visita de las Falleras Mayores de Valencia 2017

El 17 de noviembre, la Fallera Mayor de València, Raquel Alario Ber-nabé, y la Fallera Mayor Infantil, Clara Parejo Pérez, acompañadaspor el Secretario General de la Junta Central Fallera, D. José MartínezTormo, visitaron el Palacio de Santa Bárbara y fueron recibidas por elPresidente en funciones del Consell Jurídic, D. José Díez Cuquerella,junto a varios miembros del Pleno de la Institución.

2) Actos Institucionales

a) Acto institucional por el vigésimo aniversario delConsell Jurídic Consultiu

El President de la Generalitat, Molt Hble. Sr. Ximo Puig i Ferrer, fueel encargado de presidir junto al Presidente del Consell Jurídic Consul-

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FUNCIONAMIENTO DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIU

tiu, Hble. Sr. D. Vicente Garrido Mayol, el acto institucional con motivodel vigésimo aniversario de la puesta en marcha de la Institución. Elacto se celebró el día 28 de junio en el salón de actos del Palacio deSanta Bárbara.

En el curso del mismo se impuso la insignia del Consell Jurídic al Pre-sident de la Generalitat, y se entregó una placa conmemorativa por susveinte años de servicio a las empleadas más antiguas de la Institución.

Al evento asistieron representantes de las principales institucionesvalencianas, como el Presidente de Les Corts. También representantesdel mundo universitario y de la abogacía, y Consejeros eméritos delConsell Jurídic.

Asimismo, estuvieron presentes los miembros del Consell, Cuerpo deLetrados y personal al servicio de la Institución.

b) Presentación de la Memoria 2015 al President de laGeneralitat.

El 7 de septiembre, el Presidente del Consell Jurídic, Hble.Sr. D. Vicen-te Garrido Mayol, fue recibido en audiencia por el President de la Gene-ralitat, Molt Hble. Sr. Ximo Puig i Ferrer, en el Palau de la Generalitat.

En el transcurso del encuentro, el Presidente hizo entrega al MoltHble. President de la Generalitat de la Memoria y Doctrina Legal delConsell Jurídic correspondiente al año 2015.

3) Relaciones Institucionales

Entre los actos más relevantes de la actividad institucional de esteConsell Jurídic Consultiu cabe destacar:

Actos a los que asistió el Presidente del Consell Jurídic Consultiu, enrepresentación de la Institución:

18-01-16El Presidente Sr. Garrido Mayol asistió al Desayuno Informativo orga-nizado por Nueva Economía Fórum Tribuna Mediterránea con la Alcal-desa de Castellón de la Plana, Excma. Sra. D.ª Amparo Marco Gual.

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FUNCIONAMIENTO DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIU

El mismo día asistió por la noche en Madrid a la cena organizada porla Fundación Conexus, de entrega de su Premio Anual al InstitutoValenciano de Infertilidad.

04-02-16El Presidente asistió a la inauguración de la restauración de la Iglesiade San Nicolás.

08-02-16El Presidente asistió al Desayuno Informativo organizado por el NuevaEconomía-Fórum Tribunal Mediterránea con la Consellera de Justicia,Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públi-cas, Hble. Sra. D.ª Gabriela Bravo Sanestanislao.

09-02-16El Presidente asistió al Desayuno organizado por el periódico “Las Pro-vincias” con el Presidente de la Generalitat, Molt Hble. Sr. Ximo Puigi Ferrer.

26-02-16El Presidente, Sr. Garrido Mayol, y el Secretario General, Sr. Garcia iMengual, asistieron al acto de solemne apertura del Año Judicial en laArchidiócesis de Valencia, que se celebró en el Centro Cultural Benefi-cencia, en Valencia.

01-03-16El Presidente asistió al Desayuno Informativo de la Tribuna Nueva Eco-nomía Fórum con el Conseller de Transparencia, ResponsabilidadSocial, Participación y Cooperación, Hble. Sr. D. Manuel Alcaraz Ramos.

03 y 04-03-16El Presidente asistió en Luxemburgo al III Congreso Internacional dela Función Consultiva sobre “La libertad de expresión y los nuevosmedios sociales”, organizado por el Consejo de Estado del Gran Ducadode Luxemburgo, en el que presentó una ponencia sobre “La informa-ción y las filtraciones del sumario secreto”.

08-03-16Los Consejeros Sr. Fliquete Lliso y Sra. Soler Sánchez asistieron alActo de investidura como Doctora “Honoris Causa” de la Profesora D.ªAmelia Valcárcel, organizado por la Universitat de València y celebra-do en el Paraninfo de la Institución.

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29-03-16El Presidente, Sr. Garrido Mayol, asistió en el Salón del Trono de Capi-tanía General a la toma de posesión del Jefe Superior de Policía deValencia, Ilmo. Sr. D. José Javier Cuasante, bajo la presidencia delSecretario de Estado de Seguridad.

14-04-16El Presidente asistió en el Ateneo Mercantil a la conferencia de laHble. Sra. D.ª Gabriela Bravo Sanestanislao, Consellera de Justicia,Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públi-cas, organizada por la Asociación Valenciana de Juristas Demócratas.

22-04-16El Presidente, Sr. Garrido Mayol, asistió en la Universitat de Valènciaa la entrega de la tercera edición de los premios “Savis en Dret” de laCátedra institucional del Derecho Foral Valenciano, con el patrociniode la Generalitat.

El Secretario General, Sr. Garcia i Mengual, asistió a la presentaciónde la Gramàtica Normativa básica, que tuvo lugar en la sede de l’A-cadèmia Valenciana de la Llengua, en el Monasterio de San Miguel delos Reyes, de Valencia.

25-04-16El Presidente asistió a la recepción y entrega de la Alta DistinciónFrancesc de Vinatea, que con motivo del Dia de Les Corts Valencianesse celebró en el Palau dels Borja.

03-05-16El Presidente asistió al desayuno organizado por Nueva EconomíaFórum-Tribuna Mediterránea con el Ministro de Justicia, Excmo. Sr.D. Rafael Catalá Polo.

Seguidamente asistió en el Palacio Arzobispal de València a la imposi-ción de la Cruz Distinguida de Primera Clase de la Orden de San Rai-mundo de Peñafort al Vicerrector de la Universidad Católica de Valèn-cia, D. Ricardo García García.

20-05-16El Presidente asistió en el Palacio de Justicia a la jura de los nuevosProcuradores de los Tribunales.

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24-05-16La Consejera D.ª Margarita Soler Sánchez asistió al acto de entrega delXXIV Premio Convivencia, concedido al Alto Comisionado de las Nacio-nes Unidas para los Refugiados ACNUR, que tuvo lugar en el Palau dela Generalitat.

27-05-16El Secretario General, Sr. Garcia i Mengual, asistió a la presentacióndel Portal Terminològic Valencià y de las nuevas aplicaciones digitalesdel Diccionari Normatiu Valencià, que tuvo lugar en la sede de l’Acadè-mia Valenciana de la Llengua, en el Monasterio de San Miguel de losReyes, de Valencia.

23-06-16La Consejera, Sra. Soler Sánchez, asistió al Acto de Graduación deldoble grado ADE-Derecho, organizado por la Facultad de Derecho de laUniversitat de València y celebrado en el Salón de Actos de la Ciudadde la Justicia, de València.

29-06-16Asistieron el Presidente y la Consejera D.ª Margarita Soler Sanchez,en el Palau de la Generalitat al acto “En defensa del Derecho HistóricoValenciano”, coincidiendo con la Promulgación del Decreto de NuevaPlanta el 29 de junio de 1707, presidido por el Molt Hble. Sr. Ximo Puigi Ferrer, President de la Generalitat.

30-06-16El Presidente, Sr. Garrido Mayol, asistió en la Casa Cuartel de laGuardia Civil a un almuerzo ofrecido por el General Excmo. Sr. D. Fer-nando Santafé Soler.

12-09-16El Presidente asistió a un desayuno organizado por Radio Valencia-Cadena SER con el President de la Generalitat Molt Hble. Sr. XimoPuig i Ferrer.

14-09-16El Presidente asistió en Les Corts Valencianes al debate sobre PolíticaGeneral.

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FUNCIONAMIENTO DEL CONSELL JURÍDIC CONSULTIU

15-09-16La Consejera D.ª Margarita Soler Sánchez asistió al Acto de Gradua-ción de los Grados y Dobles Grados en Derecho, Criminología y CienciaPolíticas de la Administración Pública, organizado por la Facultad deDerecho de la Universitat de València y celebrado en la Sala Iturbi delPalau de la Música de València.

21-09-16El Presidente, Sr. Garrido Mayol, asistió en la Ciudad de la Justicia alsolemne acto de Apertura del Año Judicial en la Comunitat Valenciana.

29-09-16El Presidente, Sr. Garrido Mayol, asistió en el Colegio de Notarios deValència a la imposición de la Cruz Distinguida de Primera Clase de laOrden de San Raimundo de Peñafort a su Decano, D. César BeldaCasanova.

Posteriormente, asistió en La Lonja de la Seda a la Noche de la Econo-mía Valenciana 2016, organizada por la Cámara de Comercio, Indus-tria y Navegación de València.

03-10-16El Presidente participó en el simposium sobre Derecho Civil Valencia-no organizado por la Cátedra de Derecho Foral Valenciano en LesCorts Valencianes, en el que expuso una ponencia sobre “Las vías desolución al conflicto surgido en el ámbito del derecho civil valencianocomo consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad de lasleyes valencianas sobre dicha materia”.

El Consejero D. Enrique Fliquete Lliso asistió al acto con motivo de la fes-tividad de los Santos Ángeles Custodios, patronos de la Policía Nacional,organizado por la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana.

05-10-16La Consejera D.ª Margarita Soler Sánchez asistió al Acto de presenta-ción del manifiesto por una financiación justa para la ComunitatValenciana en el Círculo de Bellas Artes de Madrid, presidido por elPresident de la Generalitat, Molt Hble. Sr. Ximo Puig i Ferrer.

09-10-16El Presidente, Sr. Garrido Mayol, el Consejero electivo, Sr. FliqueteLliso, la Consejera electiva, Sra. Soler Sánchez, y el Secretario Gene-

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ral, Sr. García Mengual, asistieron al Acto Institucional del Día de laComunitat Valenciana, celebrado en el Palau de la Generalitat.

10-10-16Asistió el Presidente en La Laguna (Tenerife) la conferencia inauguraldel acto de apertura del ejercicio 2016-2017 del Consejo Consultivo deCanarias durante el que pronunció una conferencia bajo el título “Elcontrol extrajudicial de la actividad normativa del gobierno”.

12-10-16El Presidente asistió en el acuartelamiento de Cantarranas, de Valèn-cia, a los actos programados con motivo de la festividad de la Virgen delPilar, Patrona del Cuerpo de la Guardia Civil.

20-10-16El Presidente, Sr. Garrido Mayol, y la Consejera Sra. Soler Sánchez asis-tieron a la Gala Valencianos del Siglo XXI organizada por el periódico“Las Provincias”, que tuvo lugar en el Palau de Les Arts Reina Sofía.

27/28-10-16El Presidente en funciones, Sr. Díez Cuquerella, el Consejero electivo,Sr. Fliquete Lliso, la Consejera electiva, Sra. Soler Sánchez, y el Secre-tario General, Sr. Garcia i Mengual, asistieron a las XVII Jornadas dela Función Consultiva que se celebraron en Granada. En dichas Jorna-das, el Presidente de Honor, Hble. Sr. D. Vicente Garrido Mayol, impar-tió la conferencia sobre “La responsabilidad del estado legislador”.

10-11-16El Presidente en funciones, Sr. Díez Cuquerella, y el Secretario Gene-ral, Sr. Garcia i Mengual, asistieron a la Jornada del Consejo Superiorde Letrados y Abogados de Comunidades Autónomas, celebrada en laCiudad de la Justicia en València.

18-11-16El Presidente en funciones, Sr. Díez Cuquerella, y el Secretario Gene-ral, Sr. Garcia i Mengual, asistieron al acto de clausura del Curso deFormación en Mediación, organizado por el Colegio de Registradores enla Comunitat Valenciana, y a la presentación de la Asociación Convi-ventia. El acto, celebrado en la sede de la Fundación Universitat-Empresa de Valencia, fue presidido por la Consellera de Justicia,Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públi-cas, Hble. Sr. D.ª Gabriela Bravo Sanestanislao.

24-11-16El Presidente en funciones, Sr. Díez Cuquerella, el Consejero electivoSr. Fliquete Lliso, las Consejeras electivas Sras. Soler Sánchez y Ven-tura Franch, y el Secretario General, Sr. Garcia i Mengual, asistieronal solemne acto de entrega de los Premios Rey Jaime I 2016 que, bajola presidencia de SS.MM. los Reyes, se celebró en el salón columnariode la Lonja de los Mercaderes de València.

22-12-16Las Consejeras Sra. Soler Sánchez y Ventura Franch, y el SecretarioGeneral, Sr. Garcia i Mengual, asistieron en el Palau de la Generalitata la presentación del número 61 de la Revista Valenciana d’EstudisAutonòmics, monográfico titulado “Autonomía política y sistema definanciación: las carencias de un modelo caduco”. El acto fue presididopor el Molt Honorable President de la Generalitat.

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VPERSONAL E INFRAESTRUCTURA

ALETRADOS

Por Resolución de 13 de junio de 2016, de la Presidencia de la Institu-ción, se convocó oposición para la provisión de dos plazas del Cuerpo deLetrados del Consell Jurídic Consultiu, dicha Resolución se publicó enel Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 7813, de 24 de juniode 2016.

Asimismo, el 15 de junio de 2016 se incorporó, en comisión de servicios,como Letrado de este Consell Jurídic Consultiu D. Miquel Nadal iTàrrega, con la finalidad de cubrir la situación de excedencia por cuida-do de hijos de la Letrada D.ª Constanza Elvira Sánchez Henares, funcio-naria de carrera del Cuerpo de Letrados del Consell Jurídic Consultiu.

BBIBLIOTECA

I.- Los fondos bibliográficos del Consell Jurídic Consultiu alcanzaron lacifra de 6.066 obras, como consecuencia del ingreso de 116 nuevos títu-los en el pasado año.

El incremento de los fondos deriva, tanto de compras como de donacio-nes e intercambios.

Debe destacarse la ampliación del área de Derecho Administrativo porla adquisición de obras relacionadas con la entrada en vigor de las

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Leyes 39 y 40 de 2015 del Procedimiento Administrativo Común, y deRégimen Jurídico del Sector Público, respectivamente, así como por larenovación de manuales de Derecho Administrativo General y Local,por la actualización de las series dedicadas a contratación pública yresponsabilidad patrimonial extracontractual.

También se han adquirido obras relativas al Derecho Autonómico,Derecho Comunitario y otras que tratan aspectos más concretos comolos derechos fundamentales y las libertades públicas. Igualmente, seha actualizado la serie de códigos y manuales básicos de Derecho Civily Derecho Jurisdiccional.

En cuanto a libros relativos a consultas rápidas, cabe destacar laadquisición del Diccionario del español jurídico editado por Espasa, asícomo de la Gramàtica valenciana básica de l’Acadèmia Valenciana dela Llengua y del Diccionario jurisprudencial del proceso contencioso-administrativo editado por La Ley.

Respecto a la sección de hemeroteca se ha continuado con las suscrip-ciones a las siguientes publicaciones periódicas: Revista de DerechoUrbanístico y Medio Ambiente, Revista Española de Derecho Constitu-cional, Revista de Estudios Políticos, Revista Española de DerechoAdministrativo, Revista Aranzadi de Urbanismo y Edificación, Revistade Administración Pública, Revista de las Cortes Generales, Teoría yRealidad constitucional y la Revista de Derecho Político.

II.- Por lo que se refiere a las Bases de Datos se ha procedido a la sus-cripción a la base de datos jurídica de “Aranzadi Master” y “AranzadiExperto Administración Local”, y se ha renovado y actualizado la de“Tirant on line”.

III.- Se ha proseguido con el intercambio regular de publicaciones conlas Cortes de Castilla-La Mancha, la Asamblea de Madrid, la Univer-sidad de Santiago de Compostela, la Consejería de Presidencia y Admi-nistraciones Públicas del Gobierno de Castilla-La Mancha, el Institutd’Estudis Autonòmics del Govern de les Illes Balears y la Universidadde Deusto. Así mismo, se ha iniciado un nuevo intercambio de publica-ciones con el Anuario de Derecho Canónico editado por la Facultad deDerecho Canónico de la Universidad Católica “San Vicente Mártir”.Por otro lado se han gestionado las suscripciones a la Revista Españolade la Función Consultiva, editada por el Consell Jurídic Consultiu.

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PERSONAL E INFRAESTRUCTURA

IV.- Entre los servicios de apoyo documental prestados a través delcorreo electrónico se ha continuado con el servicio de alerta informativamediante el envío diario de los sumarios del DOGV y del BOE, y con ladistribución mensual del boletín de “Novedades bibliográficas”. Es deespecial interés el servicio de difusión selectiva de la información a tra-vés del “mailing” mensual de las disposiciones generales de interéspublicadas en los Diarios Oficiales, y de información jurisprudencial ydoctrinal, con una selección de las sentencias más relevantes del Tri-bunal Constitucional y de la Sala de lo contencioso-administrativo delTribunal Supremo. Del mismo modo también se han realizado envíosperiódicos de Newsletter y dossiers de jurisprudencia recibidos y que seconsideraban de interés para el Consell Jurídic Consultiu.

V.- Respecto a la organización de los fondos documentales, se ha proce-dido a la creación de una nueva serie denominada Técnicas Jurídicascon el fin de reunir las obras relativas al procedimiento y técnica legis-lativa y a la argumentación jurídica, que se encontraban dispersas endiferentes series de la biblioteca. Asimismo se ha realizado el recuentoy la actualización del inventario de los fondos bibliográficos, y un pro-cedimiento de expurgo, al objeto de optimizar el espacio disponible.

VI.- En cuanto a la Biblioteca Virtual del Consell Jurídic ha habido unincremento considerable de los fondos tanto de la sección de Documen-tos Electrónicos, como de la sección Hemeroteca debido al aumento deediciones digitales de libros y publicaciones periódicas.

VII.- Por último, en el ámbito de la colaboración con las Universidadesde la Comunitat Valenciana, se ha continuado con la coordinación delas prácticas formativas realizadas por estudiantes de Derecho de Uni-versidades públicas y privadas, de la Comunitat Valenciana.

CINFORMÁTICA Y BASES DE DATOS

Mediante Resolución de 27 de junio de 2016, del Presidente de esta Ins-titución Consultiva, se crearon dos nuevos ficheros informatizados dedatos de carácter personal.

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Igualmente el Consell Jurídic Consultiu asumió la gestión directa delos 4 dominios de internet de titularidad de la Institución, que conanterioridad eran gestionados por una sociedad mercantil externa.

En el apartado hardware se han adquirido dos nuevos ordenadores ensustitución de los equipos antiguos que había quedado desfasados.

Respecto al software se adquirió una licencia de Adobe Acrobat con elfin de remitir electrónicamente la nómina del personal de la Institu-ción, y producir un ahorro en el consumo de papel. Igualmente, se pro-cedió a adecuar el gestor de correo electrónico de todo el personal alMicrosoft Outlook 2013.

En el Portal de Transparencia se ha venido incluyendo periódicamentedurante el año 2016 la información exigida por la normativa estatal yautonómica sobre transparencia (nombramiento de los miembros de laInstitución Consultiva, sus currículum vitae, retribuciones de los altoscargos, relación de puestos de trabajo, contratos mayores y menorescelebrados…), en los términos acordados por el Pleno para la puesta enmarcha he dicho Portal.

DGESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA

El día 28 de julio de 2016, tras la oportuna deliberación por el Pleno,se aprobó el anteproyecto del Presupuesto para el ejercicio 2017 porimporte de 2.516.250,28 euros, que se remitió a la Consellería deHacienda y Modelo Económico.

En la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el año 2017, el Pre-supuestos del Consell Jurídic Consultiu para dicho periodo quedó cifra-do en la mencionada cantidad.

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PERSONAL E INFRAESTRUCTURA

EPERSONAL

Como se ha expuesto, con motivo de la situación de excedenciapara el cuidado de sus hijos de la Letrada D.ª Constanza Elvira Sán-chez Henares, se procedió al nombramiento, en comisión de servicios,de D. Miquel Nadal i Tárrega como Letrado, que se incorporó con fecha15 de junio.

FCONTRATACIÓN

El 30 de enero de 2016 el Consell Jurídic Consultiu suscribió con laSociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. un contrato administrati-vo, basado en el Acuerdo Marco 3/15 CC (servicios postales y paquete-ría de la Administración de la Generalitat, sus Entidades Autónomasy Entes del Sector Público de la Generalitat), en cuanto al Lote 1 (ser-vicios postales), fijándose una duración de 2 años a contar desde su for-malización.

Igualmente, durante el año 2016 se ha continuado ejecutando con nor-malidad el contrato del servicio de vigilancia del edificio sede del Con-sell Jurídic Consultiu cuya vigencia concluye el 14 de marzo de 2019.Por otra parte, tras la tramitación del correspondiente procedimientoabierto de contratación, el 12 de julio de 2016 se formalizó con MINUS-VAL-EIL, S.L. el contrato administrativo para la prestación del servi-cio de limpieza del edificio sede del Consell Jurídic Consultiu, por elplazo de ejecución comprendido entre el 1 de agosto de 2016 y el 31 dejulio de 2017, ambos inclusive, con posibilidad de prórroga por otro añomás.

Asimismo, la Jefa de Servicio de la Central de Compras de la Genera-litat comunicó que la vigencia de la última prórroga del Acuerdo Marco

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PERSONAL E INFRAESTRUCTURA

1/14 CC (suministro de energía eléctrica en los puntos de consumo dela Generalitat) suscrita por el Conseller de Hacienda y AdministraciónPública con los representantes de las empresas IBERDROLA CLIEN-TES, S.A.U. y GAS NATURAL COMERCIALIZADORA, S.A.) finaliza-ba hacia finales de julio de 2016, así como que era probable que la tra-mitación y formalización de los nuevos Acuerdos Marco no estuvieraconcluida antes del mes de diciembre, y, que, en consecuencia, respectode las Consellerías e Instituciones de la Generalitat con contratosbasados en el vigente Acuerdo Marco, que finalizasen en el 2016, erarecomendable que solicitasen oferta vinculante a las empresas citadas,al objeto de contratar el suministro eléctrico hasta el 31 de enero de2017, para que entretanto la Conselleria pudiera formalizar el nuevoAcuerdo Marco. Siguiendo tales instrucciones, el Consell Jurídic Con-sultiu solicitó oferta vinculante a las referidas empresas, presentandola oferta económica más ventajosa IBERDROLA CLIENTES, S.A.U.,con la que se formalizó contrato administrativo de suministro de ener-gía eléctrica para el plazo comprendido entre el 10 de noviembre de2016 y el 31 de enero de 2017, ambos inclusive.

Por último, durante el año 2016 también se han celebrado diversos con-tratos para garantizar el correcto funcionamiento de la Institución,tales como el de la Bases de Datos Jurídicas Aranzadi Master, o loscorrespondientes contratos de mantenimiento (aire acondicionado, ins-talación eléctrica, pararrayos…).

GREGISTROS

Registro de Entrada y Salida

El Registro General de documentos, totalmente informatizado, se abrióal público durante todo el año, de lunes a jueves desde la 9:00 horas hastalas 15:00 horas, y el viernes desde las 9:00 horas hasta las 14:30 horas.

El total de asientos de entrada correspondientes al año 2016fue de 1.536 documentos, siendo los de salida 928.

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PERSONAL E INFRAESTRUCTURA

Registro de expedientes sometidos a consulta

En el ejercicio 2016 se sometieron a consulta 844 asuntos de loscuales han podido ser dictaminados durante el ejercicio 652 expedientes.

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Segunda parte

OBSERVACIONES YSUGERENCIAS

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INTRODUCCIÓN

El artículo 77 del Reglamento del Consejo, aprobado por Decreto138/1996, del Gobierno Valenciano, establece que: «Anualmente, elConsejo Jurídico Consultivo elevará al Gobierno Valenciano una Memo-ria en la que, con ocasión de exponer la actividad del Consell JurídicConsultiu en el periodo anterior, podrá recoger las observaciones sobreel funcionamiento de los servicios públicos que resulten de los asuntosconsultados, y las sugerencias de disposiciones generales y medidas aadoptar para el mejor funcionamiento de la Administración».

Con la finalidad de observar el cumplimiento de ese mandato regla-mentario, se realizan las siguientes observaciones, sugerencias y reco-mendaciones.

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IMODIFICACIÓN DE DICTAMEN

I. La doctrina define los dictámenes como declaraciones de juicioemitidas por órganos cualificados en determinadas materias llamadosa ilustrar al órgano decisor y a proporcionarle los elementos de juiconecesarios para dictar la resolución con garantías de acierto. Esta Ins-titución, en su condición de supremo órgano consultivo del Consell deLa Generalitat y de su Administración, así como de las demás entida-des a que se refiere el artículo 1 de la Ley 10/1994, de 19 de diciembre,de Creación de este Consell Jurídic, emite su parecer, mediante laaprobación de los correspondientes dictámenes, bien con carácter pre-ceptivo o bien con carácter facultativo, en los asuntos o en las materiasa que se refieren los artículo 9 y 10 de la citada Ley.

Los dictámenes son aprobados por el Pleno de esta Institución una vezse ha procedido al examen de los asuntos sometidos a dictamen,mediante el análisis y estudio de la documentación que integra el expe-diente remitido por la Autoridad consultante. Aprobado el dictamen seremite a la autoridad consultante a los efectos de que dicte la resolu-ción definitiva que proceda.

Ahora bien, una vez aprobado el dictamen por el Pleno de esta Institu-ción y remitido a la Administración Pública, se suscita la cuestión rela-tiva a la posibilidad de que dicho dictamen del Consell Juríric Consul-tiu pueda ser «revisado» o «revocado». Al respecto, debe reseñarse quelos dictámenes, y en particular, los emitidos en el marco de un procedi-miento de responsabilidad patrimonial o en materia de resoluciones decontratos, entre otros supuestos, constituyen actos de trámite (no cua-lificados) no susceptibles de ser objeto de «revisión de oficio» a que serefiere el actual artículo 106 de la Ley 39/2015 ni de la «revocación» quese regula en el artículo 109 de la citada Ley. Y ello en cuanto que talesinstrumentos jurídicos solo son aplicables a los actos administrativosdefinitivos (los que ponen fin a un procedimiento administrativo) o alos actos de trámite cualificados (aquellos, que conforme al artículo 112de la Ley 39/2015, «deciden directa o indirectamente el fondo del asun-to, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, produ-cen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos».

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Por regla general, los actos de trámite no pueden ser objeto de impug-nación independiente, a diferencia de los actos resolutorios que sí loson.

Por ello, salvo que un dictamen pueda calificarse –en un determinadosupuesto– como acto de trámite cualificado en los términos indicados (oasí lo disponga la Ley) no es susceptible de recurso administrativoindependiente, ni de revisión de oficio, ni revocación, en los términosque prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre procedimiento admi-nistrativo.

Ahora bien, puede suceder que en la emisión del parecer por parte delPleno de este Órgano consultivo se incurra en un error en la exteriori-zación de dicho parecer o resulte necesario modificar, en mayor omenor medida, el contenido de dictamen, completarlo, aclararlo, oincluso corregirlo. Ello obliga, por consiguiente, a distinguir, en princi-pio, los supuestos siguientes:

1) Que una vez emitido el dictamen se observe que se ha cometi-do un mero error en la redacción o en el contenido del dictamen (des-cripción de los hechos, mención de datos, o referencias, etc.) que ennada afecte ni al sentido del dictamen ni al parecer o a la voluntad emi-tidos por el Pleno del Órgano consultivo.

En este caso, advertido dicho error, bastará con proceder a la correccióno rectificación del extremo del dictamen de que se trate; lo que se efec-túa por el Secretario General de la Institución.

2) Que una vez emitido el dictamen, se advierta un error en elcontenido del dictamen que trascienda del simple «error de redacción»o del error fáctico, que afecte a las valoraciones fácticas o jurídicas deldictamen, o bien se aprecie la necesidad de proceder a su modificacióno ampliación en extremos no resueltos o no advertidos en el dictamen.

En este caso, se estima que la modificación del dictamen correspondeal Pleno de la Institución, al trascender del simple error. Así, debeadvertirse que el artículo 38 del Reglamento de este Consell, aproba-do por Decreto 138/1996, de 16 de julio, atribuye al Secretario Gene-ral la función de «Firmar con el Presidente los dictámenes aprobadospor el Consell Jurídic Consultiu y las modificaciones que en ellos seintroduzcan».

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MODIFICACIÓN DE DICTAMEN

No se estima necesario en estos casos emitir un nuevo dictamen, sinoque bastará con que el Pleno acuerde la modificación del dictamen deque se trate (modificación a que se refiere el precitado Reglamento), yproceda a la notificación de dicha modificación a la autoridad consul-tante. Dicha modificación debería ir procedida, de ser necesario, de lapropuesta por parte de la Ponencia o Sección correspondiente.

Este supuesto es trasladable a las aclaraciones de dictamen que seefectúen por el Pleno, previo informe por parte del letrado, de la Ponen-cia o Sección que se acuerde.

3) Por último, puede suceder que la modificación del dictamensea de tal trascendencia, en atención a los posibles nuevos hechos, nor-mas, o datos comunicados o tomados en consideración, que alcance porcompleto al sentido o parecer del Pleno de la Institución expresado enel dictamen ya emitido.

Piénsese, por ejemplo, que, en un procedimiento de responsabilidadpatrimonial en el que se Pleno de este Órgano consultivo estimó que nodebía declararse la responsabilidad de la Administración consultante,se estime, tras conocer nuevos datos o hechos no tomados en conside-ración o aportados con posterioridad, que debe procederse a declarar laresponsabilidad de la Administración. En este caso, se debería elaborarpor la Ponencia un nuevo proyecto de dictamen para su posterior deli-beración y aprobación por el Pleno.

Nos encontraremos, en definitiva, ante la necesidad de emitir un nuevodictamen que sustituya al anterior, al suponer un cambio completo delparecer (o conclusión) del dictamen.

El procedimiento a seguir será, como se ha dicho, la elaboración de unnuevo proyecto de dictamen por la Sección o Ponencia correspondientepara su sometimiento a deliberación y aprobación del Pleno del Consell.

Ahora bien, solo deberá procederse a la emisión de nuevo dictamen (oa su modificación) cuando los nuevos datos, hechos, o documentaciónaportada o advertida (si no lo fue en su momento) sean de tal trascen-dencia e importancia que realmente cambie o pueda variar el parecerdel Pleno de la Institución emitido en el dictamen de que se trate. Deno ser así, deberá mantenerse el dictamen ya aprobado.

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MODIFICACIÓN DE DICTAMEN

II. Solicitudes de aclaración de dictamen por parte de lasautoridades consultantes.

Una vez cursado el dictamen a la Administración consultante, en algu-nas ocasiones se ha remitido a esta Institución un escrito de dichaautoridad en el que solicita la aclaración de algún extremo o extremosrecogidos en el dictamen emitido.

Esta solicitud de aclaración de dictamen se ha referido o bien a unmero error en la redacción o en la descripción de hechos sin trascenden-cia jurídica, o bien a valoraciones fácticas o jurídicas efectuadas en eldictamen.

Pues bien, esta Institución, tras analizar la solicitud de aclaración for-mulada por la autoridad consultante, ha procedido a dar respuesta a laAdministración Pública atendiendo al alcance de la solicitud y a los dis-tintos supuestos que se han descrito en el apartado anterior.

Entre los supuestos concretos en los que se ha solicitado aclaración omodificación o «revisión» de dictámenes emitidos por este Órgano con-sultivo, son de destacar los siguientes:

1) Petición de aclaración del Dictamen 560/2002, emitido enrelación con el procedimiento de deslinde de la línea límitejurisdiccional entre los municipios de Aielo de Rugat y Rugat.

Tras la emisión del dictamen, por escrito de 29 de mayo de2007 (registro de entrada de 5 de junio del mismo año), unaentidad privada solicitó aclaración del mencionado Dictamen.

No obstante, en contestación a dicha solicitud, por escrito delentonces Secretario General de esta Institución, de 14 de juniode 2007, se le comunicó que «conforme a la normativa del Con-sell Jurídic Consultiu las comunicaciones relacionadas conlos Dictámenes emitidos por esta Institución deberán practi-carse por las autoridades que están legitimadas para formu-lar las consultas» y que «en cuanto a la concreta petición for-mulada, en todo caso no cabe la aclaración planteada habidacuenta que el Dictamen no se pronuncia sobre las consecuen-cias derivadas del deslinde administrativo que fue objeto de laconsulta».

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MODIFICACIÓN DE DICTAMEN

De esta forma, se determinó que solo pueden recabar de estaInstitución la eventual aclaración de un dictamen la autoridadconsultante destinataria del dictamen de que se trate.

2) Aclaración al Dictamen 199/2010, emitido en relación con elProyecto de Decreto del Consell de la Generalitat, por el que seestablecen las Condiciones Técnicas y Normativas para el Usode la Plataforma de Facturación Electrónica de la Generalitat,GEFACTURA.

Tras la remisión del Dictamen, a la autoridad consultante (eneste caso, la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo), porescrito de fecha 14 de abril de 2010, esta remitió a esta Institu-ción el texto definitivo del referido proyecto de Decreto del Con-sell, habida cuenta que el Dictamen de esta Institución199/2010, de 11 de marzo, parecía referirse a un primer textoremitido del proyecto de Decreto.

Tras el examen del texto definitivo, por escrito del entoncesSecretario General, de 22 de abril de 2010, se comunicó a laAdministración que no existían en el referido texto definitivomodificaciones sustanciales que alterasen el significado o sen-tido del Dictamen 199/2010, por lo que no resultaba necesarioni procedente que se acordase la aprobación de modificaciones,ni siquiera de aclaraciones, al referido Dictamen.

3) Solicitud de aclaración de los Dictámenes 927 y 1038/2011,emitidos en relación con la reclamación por responsabilidadpatrimonial formulada por la Federación de Asociaciones deConcesionarios de automóviles FACONAUTO.

Así, tras la emisión de dichos dictámenes, la autoridad consul-tante, solicitó aclaración en relación con determinados extremos(legitimación activa de Faconauto, valoración de los documenta-os privados aportados, posibilidad de actuar Faconauto comorepresentante de los concesionarios) examinados por el Pleno deesta Institución en los reseñados Dictámenes.

En esta ocasión, esta Institución remitió escrito a la Adminis-tración en el que efectuó una aclaración detallada de cada unode los extremos solicitados, explicando la argumentación man-tenida por el Pleno en tales dictámenes.

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MODIFICACIÓN DE DICTAMEN

4) Petición de aclaración del Dictamen 654/2012, emitido enrelación con el expediente instruido por el Ayuntamiento dePaterna, de revisión de oficio del Acuerdo de aprobación de lareparcelación del Sector «Río» de aquel municipio.

El escrito de solicitud de «revisión» del dictamen fue presentado enesta Institución por el particular afectado por la revisión de oficio.

En contestación a dicho escrito se comunicó, por el SecretarioGeneral de este Órgano consultivo (mediante escrito de 7 de sep-tiembre de 2012), que «únicamente están legitimados activa-mente ante esta Institución las Corporaciones Locales, las Uni-versidades y las Entidades y Corporaciones de Derecho Públicode nuestra Comunidad Autónoma (artículos y 11 de la Ley10/1994, de 19 de diciembre, de la Generalitat, de Creación delConsell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y 1, 66y 69 de su Reglamento, aprobado por Decreto 138/1996, de 16de julio, del Gobierno Valenciano), a través de las personas queostenten su correspondiente representación legal».

En consecuencia, solo se podría proceder a la emisión de nuevodictamen en el citado asunto si así lo hubiera solicitado laautoridad consultante (en este caso, el Alcalde).

Ello dio lugar a la devolución del escrito al solicitante por carecerde legitimación para pedir la referida «revisión» del dictamen.

5) Aclaración solicitada en relación con el Dictamen 660/2012,emitido en relación con el proyecto de Decreto del Consell porel que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcio-namiento de industrias e instalaciones industriales. El dicta-men fue emitido en sentido favorable a la norma proyectada.

Por escrito con registro de salida de 19 de septiembre de 2012,nº 19812, la Consellería de Economía, Industria y Comerciosolicitó que se aclarase si existía algún impedimento en variar–tras la emisión del citado Dictamen– el contenido de la dispo-sición final segunda del citado proyecto de Decreto, y demoraren 6 meses, desde la publicación del Decreto, la derogación dela Orden de la Orden de 9 de diciembre de 1987, de la Conse-llería de Industria, Comercio y Turismo, sobre mantenimientode subestaciones eléctricas y centros de transformación.

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MODIFICACIÓN DE DICTAMEN

Por escrito del Presidente de esta Institución, de 21 de septiem-bre de 2012, se comunicó a la Administración consultante (Con-sellería de Economía, Industria y Comercio), que el Pleno delConsell Jurídic Consultiu en su reunión del día 20 de septiembrede 2012 estimó que la modificación pretendida era conforme conel ordenamiento jurídico y no tenía virtualidad suficiente paraalterar el contenido y el sentido favorable de nuestro Dictamen660/2012, de 26 de julio, emitido en relación con el citado pro-yecto normativo, «no siendo por tanto necesario emitir un nuevodictamen respecto del contenido definitivo de la referida Dispo-sición Final».

6) Rectificación del Dictamen 454/2014, solicitada por el Ayunta-miento de Requena.

Tras la emisión del Dictamen, la autoridad consultante pusoen conocimiento del Consell Jurídic Consultiu la existencia deerrores materiales tanto en los antecedentes como en las con-sideraciones que fundamentaban la conclusión del Dictamen,que era de declaración de la caducidad del procedimiento.

El Pleno consideró que efectivamente, en el despacho del expe-diente se habían producido errores que conducían a una con-clusión errónea, por lo que se volvió a estudiar el expediente yse aprobó un nuevo Dictamen, con el número 589/2014, cuyaconclusión era favorable a la resolución de la condición deagente urbanizador objeto del procedimiento.

7) Aclaración de dictamen solicitada por el Ayuntamiento deElche en relación con el Dictamen 566/2016.

En dicho Dictamen el Pleno de esta Institución mostró suparecer favorable a estimar la responsabilidad de la entidadlocal por los daños sufridos por el reclamante como consecuen-cia de una explosión irregular de la Palmera de la Virgen delas fiestas de agosto de 2012.

Evacuado el citado Dictamen, por escrito del Ayuntamiento deElche de 21 de noviembre de 2016 se solicitó la aclaración omodificación del Dictamen, en relación con determinadoshechos valorados por el Pleno de esta Institución (el lugar enel que se encontraba el perjudicado al tiempo de sufrir el

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daño), ya que «El considerando segundo del citado dictamendice “el siniestro se produjo estando fuera del perímetro deseguridad que había acotado el Ayuntamiento…” (…) por loque al parecer y con el debido respeto, el dictamen parte de unapremisa que en realidad es errónea, conforme a las pruebasaportadas (informe policía local) que no han sido desvirtuadasde contrario…».

En este caso, y tras el examen de las argumentaciones efectua-das por la Administración consultante, no se estimó la existenciade ningún error en el considerando segundo del Dictamen566/2016 que obligase a su rectificación, ni que debiera proceder-se a la modificación del contenido o del parecer del Pleno de esteÓrgano consultivo. Ello sin perjuicio de que si la Autoridad con-sultante no compartía el parecer del dictamen dictase la resolu-ción definitiva que estimase oportuna incorporando la expresión«oído el Consell Jurídic Consultiu», que exige el artículo 74 delReglamento aprobado por Decreto 138/1996, de 16 de julio.

El escrito dando respuesta a la aclaración del Dictamen566/2016 fue remitido por el Presidente de esta Institución ala Administración consultante, con el parecer favorable delPleno de este órgano consultivo.

III.Conclusión

En definitiva, y a modo de conclusión, una vez emitido el correspon-diente Dictamen por el Pleno de esta Institución, puede que la Autori-dad consultante estime oportuno solicitar una aclaración de Dictamenque suponga una mera explicación del contenido, una corrección deerrores de redacción o de descripción de hechos, o que conlleve, incluso,la posibilidad de una modificación o aprobación de un nuevo dictamen.

El tratamiento y respuesta que se dé a las denominadas solicitudes deaclaración de dictamen va a depender, por tanto, y como se ha visto, delcontenido de dicha solicitud, sin olvidar que únicamente están legiti-mados para presentar dichas solicitudes las Administraciones Públicasconsultantes destinatarias del dictamen.

La tramitación, en todo caso, requerirá un estudio por parte del Plenode la solicitud tras el cual, si procede, la Ponencia o la Sección elabora-

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MODIFICACIÓN DE DICTAMEN

rán el correspondiente informe que servirá de base, después de serdebatido en el Pleno, para contestar a la autoridad consultante. Solo yde manera excepcional, cuando en el Dictamen cuestionado se observenerrores que afecten de manera decisiva al razonamiento jurídico y a laconclusión, procederá la emisión de un nuevo dictamen sustitutivo delanterior.

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IILA ACUMULACIÓN DE PROCEDIMIENTOS EN LOSSUPUESTOS DE REVISIÓN DE OFICIO

I. Sobre la naturaleza del procedimiento de revisión deoficio de actos nulos.

El procedimiento de revisión de oficio está regulado en el actual artículo106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administra-tivo Común de las Administraciones Públicas (artículo 102 de la anti-gua Ley 30/1992). En palabras del Tribunal Supremo, la revisión de ofi-cio «…se sitúa entre dos exigencias contrapuestas: el principio de legali-dad, que postula la posibilidad de revocar actos cuando se constata suilegalidad, y el principio de seguridad jurídica, que trata de garantizarque una determinada situación jurídica que se presenta como consolida-da no pueda ser alterada en el futuro. El problema que se presenta enestos supuestos es satisfacer dos intereses que son difícilmente concilia-bles, y la solución no puede ser otra que entender que dichos fines no tie-nen un valor absoluto. La única manera de compatibilizar estos dere-chos es arbitrando un sistema en el que se permita el ejercicio de ambos.De ahí que en la búsqueda del deseable equilibrio el ordenamiento jurí-dico sólo reconozca la revisión de los actos en concretos supuestos en quela legalidad se ve gravemente afectada y con respeto y observancia dedeterminadas garantías procedimentales en salvaguardia de la seguri-dad jurídica, y todo ello limitando en el tiempo el plazo para ejercer laacción, cuando los actos han creado derechos a favor de terceros...» (Sen-tencia del Tribunal Supremo, Sala 3ª, de 17 de enero de 2006).

El Consejo de Estado ha afirmado que «constituye un cauce de utiliza-ción ciertamente excepcional y de carácter limitado, ya que comportaque, sin mediar una decisión jurisdiccional, la Administración puedavolver sobre sus propios actos, dejándolos sin efecto. De aquí que nocualquier vicio jurídico permita acudir sin más a la revisión de oficio,sino que ella es sólo posible cuando concurra de modo acreditado eindubitado un vicio de nulidad de pleno derecho de los legalmente pre-vistos» (dictamen núm. 738/2005, de 30 de junio).

Por nuestra parte, siguiendo la doctrina citada hemos afirmado demanera reiterada (dictámenes 129/2006, 238/2007, 331/2009, 342/2010

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y 303/2016), que la revisión de oficio de los actos administrativos esuna potestad exorbitante de la Administración que deriva de sus pode-res de autotutela y que, por su propia naturaleza, queda reservadapara los casos más graves de violación del ordenamiento jurídico, sien-do su interpretación y ejercicio restringidos.

Como consecuencia de lo excepcional de este procedimiento, el propioordenamiento jurídico establece en el artículo 110 (artículo 106 de lahoy derogada Ley 30/1992) una serie de límites a la revisión de oficiode los actos administrativos cuales son la prescripción de las acciones,el tiempo transcurrido u otras circunstancias, cuando el ejercicio de lafacultad revisoria resulte contrario a la equidad, a la buena fe, al dere-cho de los particulares o a las leyes.

Este carácter exorbitante y restrictivo de la facultad revisoria debetener su traslado a la tramitación del procedimiento en sus aspectosesenciales o nucleares. Tratándose de un procedimiento que suponeuna alteración grave de los principios de seguridad jurídica y confianzalegítima, característicos del Estado de Derecho, entendemos que esfundamental no solo que a la hora de identificar la causa de nulidadesta se interprete de una manera restrictiva, sino que también, en latramitación se apliquen de manera escrupulosa las reglas adjetivasque, en última instancia, constituyen una garantía de los derechos delas personas afectadas y del interés general.

II. La acumulación en el procedimiento administrativo.

1) Aspectos generales.

Desde esta perspectiva, reviste un cierto interés la facultad de acumu-lación de procedimientos reconocida a la Administración en el artículo57 de la vigente Ley de Procedimiento (artículo 73 de la Ley 30/1992).La dicción del precepto es la siguiente:

«El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento,cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer,de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los queguarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea elmismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento.

Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno».

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LA ACUMULACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ...

Ya en nuestra Memoria de 1999 tuvimos ocasión de abordar, en rela-ción con aspectos esenciales del procedimiento administrativo, algunossupuestos de acumulación de procedimientos.

En aquella ocasión indicamos algunas maneras irregulares de procederen este punto entre las que conviene recordar:

- En el caso de dos procedimientos de revisión de oficio (de lalicencia de apertura y de la licencia de obras), la Administra-ción tramitó un único procedimiento, sin acumular. El ConsellJurídic Consultiu entendió que debieron haberse tramitado doso, en su caso, la acumulación (Dictamen 18/1999).

- En el dictamen 20/1999 se hizo constar la necesidad de resolu-ción administrativa expresa de acumulación.

A la vista de algunos expedientes sometidos a dictamen de esta Insti-tución, conviene profundizar algo más en este aspecto de la acumula-ción de procedimientos, especialmente, en materia de revisión de oficio.La acumulación de expedientes, refundiéndolos en uno a efectos de suresolución, es una técnica de dirección del procedimiento que busca lacongruencia en la actuación y manifestación de voluntad de la Admi-nistración, evitando resoluciones contradictorias para resolver unmismo asunto, lo que, además de perturbador del quehacer adminis-trativo, resulta perjudicial para los propios interesados (STS de la Salade lo Contencioso-Administrativo, de 6 mayo 2011). En un sentidosimilar nos pronunciamos en nuestro dictamen 359/1999 y en nuestraMemoria de 2008.

Por último, hay que reseñar que los expedientes acumulados conservansu identidad y ni la acumulación sana la caducidad del procedimientoque hubiera incurrido en ella, ni la declaración de caducidad de esteextiende tal defecto a otro acumulado que no hubiere caducado almomento de acordarse la acumulación, y que seguirá su tramitacióncon independencia del procedimiento caducado (STS de la Sala de loContencioso-Administrativo, de 6 mayo 2011).

2) Requisitos materiales de la acumulación de procedimientos.

De esta facultad en la instrucción del procedimiento, la jurisprudenciaha señalado como característica singular la discrecionalidad otorgada

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LA ACUMULACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ...

a la Administración para adoptar tal decisión y que es claro que enmanera alguna cabe confundir con el libre arbitrio que la pudiera ins-pirar, pero en todo caso, sí que es presupuesto lógico y elemental quepara que esa acumulación sea posible que exista más de un expedientey que por la íntima conexión existente entre ellos, sea oportuno porrazones de brevedad, economía y unidad de criterio que puedan serresueltos por la misma autoridad que resultaría competente para cono-cer por separado de cada uno de los objetos que dieran lugar a ellos(STS de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 13 de febrero de1985). A este rasgo de discrecionalidad («podrá disponer»), se ha aña-dido en la redacción de la vigente Ley 39/2015, donde se ha incluido elinciso «de oficio, o a instancia de parte» al referirse a la decisión deacordar la acumulación.

Los requisitos fijados en la Ley para la acumulación son, desde unaperspectiva material, que los procedimientos objeto de acumulaciónguarden identidad sustancial o íntima conexión. Junto a estas exigen-cias, el artículo 57 de la Ley ritual establece condiciones de carácteradjetivo como la potestatividad de la acumulación, la determinacióndel órgano que la acuerde y que los procedimientos acumulados debanser resueltos y tramitados por el mismo órgano.

El Tribunal Supremo ha mantenido en constante doctrina que estaíntima conexión o identidad sustancial hay que valorarla a partir de lanaturaleza y objeto de los distintos procedimientos, de manera que simantienen una singularidad propia no procederá la acumulación (Sen-tencia de la Sala 3ª, de 30 de noviembre de 1999), aunque existan algu-nos elementos comunes como la identidad de la persona interesada o elórgano decisor o tramitador. En este sentido, se debe analizar y ponerespecial énfasis en el supuesto que se contempla para conocer si losprocedimientos susceptibles de acumulación responden a hechos diver-sos o y si al contrario se pudiera tratar de un mismo hecho que persis-tiera y continuara en el tiempo (cfr. STS de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 13 de febrero de 1985).

Así, el mismo Tribunal ha considerado que existe esta identidad sus-tancial cuando los procedimientos, aunque distintos (en este caso setrataba de dos expedientes sancionadores), tienen su origen en unamisma actuación, son resueltos y tramitados por la misma Administra-ción y la imputación se dirige contra la misma entidad (STS de la Salade lo Contencioso-Administrativo, de 6 mayo 2011).

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LA ACUMULACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ...

El Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana ha examina-do durante el ejercicio 2017 varios expedientes en los que la Adminis-tración, bien de manera expresa, bien de manera implícita –lo quesupone un proceder irregular como indicamos en el año 1999–, ha acu-mulado varios procedimientos y, en consecuencia, ha formulado unaúnica petición de dictamen.

III.Tramitación única de la revisión de oficio de variosactos administrativos: supuestos de aplicación inco-rrecta de la técnica de la acumulación.

En un primer supuesto, un Ayuntamiento instó la revisión de oficio decinco actuaciones administrativas distintas a partir de los reparos for-mulados por la Intervención respecto al pago de cinco facturas. Delexpediente remitido, en el que no constaba acuerdo de acumulaciónalguno se desprendía que la revisión solicitada «[L]a primera de ellasparece estar basada en el artículo 62.1.e) de la Ley 30/1992; la segunda,por un posible fraccionamiento contractual prohibido; la tercera porqueal parecer ha sido declarado nulo el contrato que ampara a la factura;la cuarta, porque no existe contrato; y finalmente, porque cierto númerode facturas no están amparadas por contrato y además se ha fracciona-do su pago».

Además de la irregularidad de la tramitación, el procedimiento sesometió a consulta cuando ya había incurrido en caducidad, por lo quese emitió el Dictamen núm. 303/2016, en el que se recomendó a laAdministración consultante:

«que en el caso en que inicie un procedimiento de revisión de oficiolo sea para cada acto administrativo e indique claramente cuál esel acto a revisar y la concreta causa de nulidad en la que incurre.Además, deberá instruir dicho procedimiento de conformidad conel artículo 102 de la Ley 30/1992, y las normas previstas en elTítulo VI de dicha Ley relativas a las disposiciones generalessobre los procedimientos administrativos».

La Administración declaró la caducidad del procedimiento y, tras iniciarun nuevo procedimiento y tramitarlo, solicitó de nuevo el parecer deesta Institución Consultiva, que emitió su Dictamen 559/2017, en el quede nuevo se incidía en la necesidad de tramitar expedientes individua-les y completos por cada uno de los actos que se revisaban, habida cuen-

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LA ACUMULACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ...

ta de la singularidad de cada uno de ellos, tanto por la causa de nulidad,como por el objeto e interesados. En este sentido, consideramos:

«A pesar de que ello fue advertido, el expediente incoado no iden-tifica tampoco el acto administrativo concreto cuya nulidad se pre-dica. La factura no es un acto administrativo, y la justificación delcumplimiento de los requisitos que dan lugar a la apreciación delas causas de nulidad, en una potestad exorbitante de la Adminis-tración, no puede consistir, sin más, en la invocación de una causapor parte de un Informe de reparo, sin motivación adicional y con-creta por parte de la Administración, identificación concreta delacto administrativo cuya revisión se pretende, y documentaciónaneja del expediente administrativo de que trae causa, para queeste Consell Jurídic Consultiu pueda pronunciarse con rigor.

Tal y como ha sido instruido, y de conformidad con lo que expo-níamos en el dictamen anterior ya citado, la solvencia que pudie-ra asignarse a los informes de reparo reclaman una instrucciónajustada de acuerdo con lo que ya dijimos anteriormente, y encoherencia con su naturaleza de procedimiento exorbitante, queexige una interpretación y ejercicio restrictivo, y en todo caso apo-yado en una tramitación que garantice el uso equilibrado de larevisión de oficio».

Por lo que se emitió Dictamen desfavorable a la revisión de oficio ins-tada por el Ayuntamiento.

En el Dictamen 656/2016, de la misma Corporación, y sobre un supues-to similar, se reiteraron las observaciones respecto a la tramitación enun único procedimiento de la revisión de oficio de varios actos:

«El nuevo expediente de revisión de oficio incoado […] es unamera reproducción de los anteriores, de forma que no se ha incor-porado al expediente de revisión una completa relación de cadauno de los expedientes correspondientes de las facturas cuya nuli-dad se procura. Es decir, no se ha remitido el expediente de con-tratación de cada de uno de ellos, ni se ha tramitado la revisiónde actos en procedimientos separados.

A pesar de que ello fue advertido, el expediente incoado no identi-fica tampoco el acto administrativo concreto cuya nulidad se pre-dica. La factura no es un acto administrativo, y como ya se indicó

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LA ACUMULACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ...

en los Dictámenes anteriores, la justificación del cumplimiento delos requisitos que dan lugar a la apreciación de las causas denulidad, en una potestad exorbitante de la Administración, nopuede consistir, sin más, en la invocación de una causa por partede un informe de reparo, sin motivación adicional y concreta porparte de la Administración, identificación concreta del acto admi-nistrativo cuya revisión se pretende, y documentación aneja delexpediente administrativo de que trae causa, para que este Con-sell Jurídic Consultiu pueda pronunciarse con rigor».

Y se reiteró el consejo de los dictámenes precedentes:

«En consecuencia, se aconseja a la Autoridad consultante que, ensu caso, inicie un procedimiento de revisión de oficio y lo hagapara cada acto administrativo e indique claramente cuál es elacto a revisar y la concreta causa de nulidad en la que incurre.Además deberá instruir dicho procedimiento de conformidad conlas nuevas previsiones de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, al serla legislación vigente aplicable».

En otro caso similar, el analizado en el Expediente 829/2016, sobre elque se emitió el Dictamen 50/2017, un Ayuntamiento instó la revisiónde oficio de los actos administrativos de prórroga de comisiones de ser-vicios otorgadas a tres funcionarios de la Corporación. En este caso,tampoco constaba la acumulación de procedimientos, pues se había tra-mitado un único procedimiento, con interesados distintos y en los quelos supuestos de nulidad eran distintos pues la situación administrati-va de las tres personas afectadas era distinta, como posteriormente sepuso de relieve en los dictámenes 508 a 510/2017.

En este Dictamen, el Consell Jurídic Consultiu consideró:

«En cuanto al fondo del asunto, en primer lugar ha de advertirseque el Ayuntamiento consultante pretende revisar de oficio en unúnico procedimiento distintas prórrogas de comisiones de servi-cios otorgadas a diferentes personas, en fechas distintas, y apa-rente y consecuentemente, con expedientes distintos. Y ello al con-siderar que tales actos incurren en la causa de nulidad de plenoderecho prevista en el artículo 47.f) de la Ley 39/2015, al seractos presuntos, contrarios al ordenamiento jurídico, por los quelos oficiales de Policía afectados adquieren facultades o derechoscareciendo de los requisitos para ello».

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Y añadimos:

«…Seguía observando este Consell Jurídic que en el expedienteincoado no se identificaba el acto administrativo concreto cuyanulidad se pretendía y que siendo la justificación del cumpli-miento de los requisitos que dan lugar a la apreciación de lascausas de nulidad, una potestad exorbitante de la Administra-ción, se exigía, para que este Consell pudiera pronunciarse conrigor, una tramitación acorde a tales reparos formulados.

Por ello, expuestas las actuaciones que el Ayuntamiento de […]pretende revisar, este Consell no puede sino llegar a la mismaconclusión que la alcanzada en los Dictámenes número 303, 559y 656/2016 reiterando lo en ellos expuesto, porque como se obser-va en el cuadro anterior el Ayuntamiento quiere revisar conjunta-mente, mediante la tramitación de un único procedimiento, laprórroga de las comisiones de servicios de distintos oficiales dePolicía Local –cada uno de ellos con una situación individualiza-da, como puede observarse–».

De la doctrina expuesta se desprende la necesidad de instruir correcta-mente los procedimientos de revisión de oficio cuando la nulidad se pre-tenda de distintos actos administrativos. Dada la naturaleza excepcionalde la facultad revisoria, deberá tramitarse un procedimiento distinto porcada acto administrativo objeto de revisión, si bien, cabe que en aquelloscasos que por identidad sustancial (de hechos, de procedimiento o inclu-so de interesados) o íntima conexión sea recomendable la acumulaciónen base a los principios de brevedad, economía y unidad de criterio. Loque deberá consignarse en un acto específico según establece el artículo57 de la Ley 39/2015, con comunicación a las personas interesadas.

En todo caso, cuando se dé el supuesto de acumulación deberá mante-nerse la singularidad de cada procedimiento en cuanto a su objeto ygarantías, con independencia de que los actos administrativos seanúnicos. Así lo ha expresado claramente el Consejo de Estado en su Dic-tamen 86/2009:

«La consulta se refiere a una posible revisión de oficio de unasresoluciones del Ministerio de Trabajo e Inmigración que estima-ron los recursos de alzada formulados contra las resolucionesdenegatorias de renovación de autorizaciones de residencia tem-poral y trabajo de diversos ciudadanos extranjeros, por motivos

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fácticos diversos, aunque con el elemento común de no reunir losrequisitos establecidos en el artículo 54 del Reglamento de la LeyOrgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades delos extranjeros en España y su integración social, aprobado porReal Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.

El Consejo de Estado ha afirmado en reiteradas ocasiones que larevisión de oficio de los actos administrativos constituye un caucede utilización excepcional y de carácter limitado, ya que comportaque, sin mediar una decisión jurisdiccional, la Administraciónpueda volver sobre sus propios actos, dejándolos sin efecto. De ahíque no baste cualquier vicio jurídico para proceder sin más a larevisión de oficio, sino que ella sólo es posible cuando concurra demodo acreditado e indubitado un vicio de nulidad de pleno dere-cho de los legalmente previstos, en una serie de supuestos que hande ser objeto de interpretación estricta, sin que pueda convertirseen una vía ordinaria de impugnación de los actos administrati-vos firmes. Ello explica, además, los muy rigurosos requisitosprocedimentales que impone esta vía extraordinaria y, entre ellos,el dictamen preceptivo de este Consejo de Estado.

En el presente caso, todos los expedientes acumulados se dirigena revisar unos actos administrativos de contenido común en sufundamentación y estimatorios de recursos de alzada en aplica-ción del silencio administrativo positivo, de acuerdo con lo dis-puesto en el artículo 54.10 y la disposición adicional octava delcitado reglamento; pero son muy heterogéneas las situaciones fác-ticas que dieron lugar en su momento a la denegación de loscorrespondientes permisos de trabajo; además, se da la circuns-tancia de que la respuesta común a los recursos de alzada no con-testó a los distintos argumentos que se habían formulado en losmismos, relativos a las también diferentes circunstancias dehecho concurrentes en cada caso y a la diversidad de razones ale-gadas a favor de la renovación de los permisos de residencia ytrabajo. Así, al igual que las resoluciones originarias fueron este-reotipadas, y sin una motivación concreta referida a la situaciónde cada uno de los afectados, también la resolución de los recur-sos de alzada ha sido estereotipada, apreciándose de oficio eljuego del silencio administrativo.

El Consejo de Estado conoce con cierta frecuencia expedientesacumulados de revisión de oficio de resoluciones administrativas,

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pero en ellos se analizan las situaciones singulares de cada unode los afectados para examinar si se cumplen o no, en cada caso,los requisitos esenciales exigibles, cuya falta de concurrenciapuede justificar la nulidad del acto y su consiguiente revisión.

Sin embargo, en el caso sometido a consulta, la simple lectura dela propuesta de resolución revela que no se cumplen las exigen-cias mínimas que permitan asegurar en las debidas condicionesla defensa de sus derechos por los afectados. El examen particu-larizado de cada uno de los trece expedientes acumulados permitecomprobar que hay datos singulares que no han sido examinados(o, al menos, de los que ninguna mención se hace) ni en las reso-luciones denegatorias ni en esta propuesta de revisión de oficio.

El Consejo de Estado considera que no puede entrar a examinarel fondo del asunto, al ser necesaria, previamente, una nueva pro-puesta de resolución, en la que se examinen diferenciadamente loscasos correspondientes a los distintos expedientes, ya se manten-gan éstos acumulados o no, de forma que se incluyan en los ante-cedentes los datos concretos de cada caso y las razones por las quese estima que no se cumplen los requisitos legales. Sólo así podráeste Consejo de Estado pronunciarse sobre la esencialidad o nodel requisito concreto que se eche en falta en cada caso en funciónde las circunstancias que concurran en cada uno de ellos».

Entendemos que esta manera de proceder es la correcta a los efectos degarantizar los derechos de los interesados en los procedimientos derevisión de oficio y, al tiempo, proteger el interés público.

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