Considerando: 1. y · Tecnologías de la Información y la Comu nicación (TIC). Tecnologías de la...

6
i REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-33-No. 639-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Consideran do: Que, el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva ( ... )"; Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), dispone: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público con personería jurídica, con patrimonio propio, independencia administrativa. financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana ( ... )"; Que, el artículo 169, literal j) de la LOES, determina que es atribución y deber del Consejo de Educación Superior (CES): "j) Aprobar la creación de carreras y programas de grado y posgrado en las instituciones universitarias y politécnicas"; Que, mediante Resolución RPC-SE-13-No.051-2013, de 21 de noviembre de 2013, publicado en la Gaceta Oficial del CES el 28 de noviembre de 2013, el Pleno de este Consejo de Estado aprobó el Reglamento de Régimen Académico, reformado a través de reso luciones RPC-SO-13-No.146-2014, RPC-SO-45- No.535-2014, RPC-SO-18-No.206-2015, RPC-SO-22-No.262-2015, RPC-SO-31- No.405- 2015 . RPC-SO-34-No.449-2015. RPC-SE-03-No.004-2016 y RPC-SO-17- No.269-2016, de 09 de abril de 2014,17 de diciembre de 2014, 06 de mayo de 2015,10 de junio de 2015, 02 de septiembre de 2015, 23 de septiembre de 2015,22 de marzo de 2016 y 04 de mayo de 2016, respectivamente; Que, el artículo 78 del Reglamento de Régimen Académico, prescribe: "Se entenderá como pertinencia de carreras y programas académicos al cumplimiento del principio constitucional de pertinencia en el sistema de educación superior establecido en el articulo 107 de la LOES, promoviendo la articulación de la oferta formativa, de investigación y de vinculación con la sociedad, con el régimen constitucional de l Buen Vivir, el Pl an Nacional de Desarrollo, los planes regionales y locales, los requerimientos sociales en cada nivel territorial y las corrientes internacionales científicas y humanísticas de pensamiento. El CES priorizará la aprobación de carreras y programas académicos en concordancia con los lineamientos de pertinencia establecidos en la respectiva normativa"; Que, la Disposición General Séptima del Reglamento ibídem, señala: "A partir de la fecha de vigencia del presente Reglamento, las carreras o programas que apruebe el CES tendrán un período máximo de vigencia de 5 años. Esta vigencia Página 1 de 4 Alpallana E6 -113 Y Francisco Flor

Transcript of Considerando: 1. y · Tecnologías de la Información y la Comu nicación (TIC). Tecnologías de la...

Page 1: Considerando: 1. y · Tecnologías de la Información y la Comu nicación (TIC). Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Desarrollo y Análisis de Software y Aplicaciones.

i REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

RPC-SO-33-No.639-2016

EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Considerando:

Que, el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva ( ... )";

Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), dispone: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público con personería jurídica, con patrimonio propio, independencia administrativa. financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana ( ... )";

Que, el artículo 169, literal j) de la LOES, determina que es atribución y deber del Consejo de Educación Superior (CES): "j) Aprobar la creación de carreras y programas de grado y posgrado en las instituciones universitarias y politécnicas";

Que, mediante Resolución RPC-SE-13-No.051-2013, de 21 de noviembre de 2013, publicado en la Gaceta Oficial del CES el 28 de noviembre de 2013, el Pleno de este Consejo de Estado aprobó e l Reglamento de Régimen Académico, reformado a través de reso luciones RPC-SO-13-No.146-2014, RPC-SO-45-No.535-2014, RPC-SO-18-No.206-2015, RPC-SO-22-No.262-2015, RPC-SO-31-No.405-2015. RPC-SO-34-No.449-2015. RPC-SE-03-No.004-2016 y RPC-SO-17-No.269-2016, de 09 de abril de 2014,17 de diciembre de 2014, 06 de mayo de 2015,10 de junio de 2015, 02 de septiembre de 2015, 23 de septiembre de 2015,22 de marzo de 2016 y 04 de mayo de 2016, respectivamente;

Que, el artículo 78 del Reglamento de Régimen Académico, prescribe: "Se entenderá como pertinencia de carreras y programas académicos al cumplimiento del principio constitucional de pertinencia en el sistema de educación superior establecido en el articulo 107 de la LOES, promoviendo la articulación de la oferta formativa, de investigación y de vinculación con la sociedad, con el régimen constitucional de l Buen Vivir, el Plan Nacional de Desarrollo, los planes regionales y locales, los requerimientos sociales en cada nive l territorial y las corrientes internacionales científicas y humanísticas de pensamiento. El CES priorizará la aprobación de carreras y programas académicos en concordancia con los lineamientos de pertinencia establecidos en la respectiva normativa";

Que, la Disposición General Séptima del Reglamento ibídem, señala: "A partir de la fecha de vigencia del presente Reglamento, las carreras o programas que apruebe el CES tendrán un período máximo de vigencia de 5 años. Esta vigencia

Página 1 de 4

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

Page 2: Considerando: 1. y · Tecnologías de la Información y la Comu nicación (TIC). Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Desarrollo y Análisis de Software y Aplicaciones.

._ ...... , ...... REPÚBLICA DEL ECUADOR

CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

de la carrera o programa podrá ser modificada por el CES, previo informe del CEAACES re lativo al proceso de evaluación y acred itación respectivo";

Que, la Disposición Transito ri a Tercera del Reglamento referido en el párrafo precedente, manifiesta: "Una vez habilitada la plataforma info rmática para la presentación de proyectos de carreras, las lES remitirán al CES, para su aprobación, los proyectos de rediseño de todas sus carreras que se encuentren en es tado vigente. de acuerdo a las disposiciones del presente Reglamento, en los siguientes plazos máximos: 1. Hasta cl 30 de diciembre de 2015 1a5 carreras del campo amplio de educación. 2. Hasta el 31 de julio de 2016 las carreras de grado, de interés públ ico, entre las cuales se incluirán la carreras de medicina. odontologfa, enfermerfa, obstetricia y derecho. 3. Hasta el 31 de julio de 2016 las carreras de las universidades y escuelas politécnicas de categorfa C y D (o equivalentes). 4. Hasta el 13 de octubre de 20161as demás carreras de grado. 5. En el caso de los institutos técnicos superiores, tecnológ icos superiores y equivalentes, ubicados en las categorfas By C por el ex CONEA, el plazo para el ingreso de los proyectos de rediseños de las ca rreras vigentes, se podrá extender hasta el 04 de diciembre de 2016; y. para los institutos y conservatorios supe riores ub icados en la categoría A. el plazo se extenderá hasta el 04 de junio de 2017 ( ... )";

Que, a través de Reso lución RPC-SQ-32-No.358-2014, de 20 de agosto de 2014, el Pleno de l CES expidió el Reglamento de Presentación y Aprobación de Carreras y Programas de las Instituciones de Educación Superior. reformado a través de resoluciones RPC-SQ-16-No.187-2015, RPC-SQ-36-No.474-2015, RPC-SQ-44-No.596-2015, RPC-SQ-08-No.140-2016, RPC-SQ-ll-No.175-2016 y RPC-SQ-22-No.351-2016, de 22 de abril de 2015, 07 de octubre de 2015, 02 de diciembre de 2015, 02 de marzo de 2016, 23 de marzo de 2016 y 08 de junio de 2016, respectivamente;

Que, mediante la Plataforma Informática para la Presentación de Carreras y Programas de este Consejo de Estado, el 30 de marzo de 2016, la Escuela Politécnica Nacional presentó, al CES. la creación de la Carrera de Software. modalidad presencia l;

Que, la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES. en su Trigésima Quinta Sesión Ordinaria, desarrollada el 30 de agosto de 2016. una vez analizado el Informe Técnico respecto de la creación de la Carrera de Software de la Escuela Po li técnica Naciona l, mediante Acue rdo ACU -SO-3s­NO.3s1-2016 recomendó a l Pleno de l CES, su aprobación;

Que, a través de Memorando CES-CPUE-2016-0499-M, de 12 de septiembre de 2016, la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES remitió para la ap robación del Pleno de este Organ ismo e l Informe Técnico respecto de la creación de la Carrera de Softwa re de la Escuela Politécnica Nacional, asf como el proyecto de resolución correspondiente;

Página 2 de 4

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

Page 3: Considerando: 1. y · Tecnologías de la Información y la Comu nicación (TIC). Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Desarrollo y Análisis de Software y Aplicaciones.

i REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR CES c-... _ .. _

"_.<101""'"

Que, luego de conocer y anal iza r la recomendación realizada por la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécn icas del CES, se estima pertinente acoger el conten ido de la misma; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación Superior,

RESUELVE:

Articulo 1.- Aprobar la creación de la Carrera de Software. presentado por la Escuela Politécn ica Nacional, cuya descripción consta a continuación:

Tipo de trámite:

Tipo de formación:

Campo amplio:

Campo específico:

Campo detallado:

Modalidad de aprendizaje:

Número de paralelos:

Número de estudiantes por paralelo:

Itinerarios Académicos:

Lugar donde se impartirá la carrera:

Nuevo.

Ingenierfas, Arqui tectura y Ciencias Básicas.

Tecnologías de la Información y la Comu nicac ión (TIC).

Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).

Desarro llo y Análisis de Software y Aplicaciones.

Presencia l.

Dos (2).

Treinta y ci nco (35).

l.Computac ión Ubicua. 2.Comu nicaciones y Ap licaciones Seguras. 3.Gestión de Datos Es pecial izados.

Sede Matriz, Quito.

~()¡"lBI\I 111 1 \ 11 11110 \1 1~1c.,(1I1111()0. 1r\c.,ll l lliIO\ iJ111 "ihl l \1()ll\IIIl,\1l I I,L\I{

I \1-1<11:\ (ON I J11( 1

RPC-SQ-33-1001-

650613AOl­No.639-2016

Software Escuela

Politécnica Nacional

Ingeniero¡a Tercer de Software Nivel

Presencial Sede Matriz,

Quito

Artículo 2.- La carre ra aprobada, de acuerdo al articulo precedente, tendrá un período de vigencia de cinco (5) años desde su aprobación.

Página 3 de 4

Alpa llana E6-113 Y Francisco Flo r

Page 4: Considerando: 1. y · Tecnologías de la Información y la Comu nicación (TIC). Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Desarrollo y Análisis de Software y Aplicaciones.

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

Articulo 3.· El plan de estudio y la mall a curr icu lar de la carre ra aprobada en el artículo 1. constan en el ANEXO 1 yen el CD adj un to a la presente Resoluc ión.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.· Notifica r e l conten ido de la prese nte Resoluc ión a la Escuela Politécnica NacionaL

SEGUNDA.- Notificar e l con tenido de la presen te Reso lución a la Secretaría de Ed ucación Su pe rior, Ciencia, Tecnologfa e Innovac ión.

TERCERA.- Notificar el contenido de la presente Reso lución a l Consejo de Eva luació n. Ac reditac ión y Aseguramiento de la Ca lidad de la Ed ucación Superio r.

CUARTA.- Notificar el contenido de la presente Resol ución al Presidente de la Asamblea del Sistema de Educación Superior.

QUlNTA.- Pa ra la Carrera de Softwa re, se facu lta a la Escuela Politécnica Nacional otorgar las certificac iones de los iti nera rios académicos: 1. Computación Ubicua; 2. Comu nicaciones y Aplicaciones Seguras; y, 3. Gestión de Datos Es pecializados, según corresponda.

DISPOSICiÓN FINAL

La presen te Resolución entra rá en vigencia a partir de su aprobac ión, sin pe rjuicio de su publicación en la Gaceta Oficial del Consejo de Educación Superior.

Dada e n la ciudad de San Fra ncisco de Quito, D.M., a los catorce (14) dfas de l mes de septiembre de 2016, en la Trigés ima Tercera Sesión Ordinaria del Pleno del CES, del año en curso.

=-Dr. Enrique San s Jara PRESIDENTE CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

Marcelo CaldtfrónVintimilla SECRETARIO GENERAL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

Página 4 de 4

Page 5: Considerando: 1. y · Tecnologías de la Información y la Comu nicación (TIC). Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Desarrollo y Análisis de Software y Aplicaciones.

ANEXO 1

Page 6: Considerando: 1. y · Tecnologías de la Información y la Comu nicación (TIC). Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Desarrollo y Análisis de Software y Aplicaciones.

ESCUELA POLITÉCNICA NACIONALFACULTAD DE INGENIERÍA DE SISTEMAS

MALLA CURRICULAR DE LA CARRERA EN SOFTWARETITULACIÓN INGENIERO/A DE SOFTWARE

PENSUM: 2015

HORAS 1. Componentes de Organización Curricular

SEMESTRE

Componentes Horas

cd cp aa 160 cd cp aa 80 cd cp aa 160 cd cp aa 160 cd cp aa 120 cd cp aa 120 Componente de Docencia (cd) 2880

4 3 3 10 2 1 2 5 4 3 3 10 4 3 3 10 3 1 3.5 7.5 3 3 1.5 7.5 Componente Práctico (cp). Aplicación y Experimentación de los 1904

Aprendizaje Autónomo (aa) 2416

FT CL FT FT FT PP 800 Total horas 7200

cd cp aa 160 cd cp aa 160 cd cp aa 160 cd cp aa 80 cd cp aa 120 cd cp aa 120 2. Prácticas Preprofesionales

4 3 3 10 4 3 3 10 4 2 4 10 2 1 2 5 3 3 1.5 7.5 3 3 1.5 7.5 Tipo Horas

Actividades de Servicios a la Comunidad 160

FT FT FT ISCC PP FT 800 Prácticas pre profesionales 240

Total horas 400

cd cp aa 80 cd cp aa 80 cd cp aa 160 cd cp aa 80 cd cp aa 120 cd cp aa 160 cd cp aa 120

2 1 2 5 2 1 2 5 4 2 4 10 2 1 2 5 3 3 1.5 7.5 4 2 4 10 3 3 1.5 7.5

Opciones Horas

ISCC ISCC FT ISCC PP PP FT 800 Trabajo de Titulación o Examen de Grado 400

Total horas 400

cd cp aa 80 cd cp aa 80 cd cp aa 160 cd cp aa 80 cd cp aa 120 cd cp aa 160 cd cp aa 120

2 1 2 5 2 1 2 5 4 2 4 10 2 2 1 5 3 3 1.5 7.5 4 2 4 10 3 3 1.5 7.5 Total de Horas de la Carrera (1+2+3): 8000

CL ISCC FT FT FT PP PP 800

Campos Horas

cd cp aa 160 cd cp aa 160 cd cp aa 120 cd cp aa 80 cd cp aa 120 cd cp aa 160 Fundamentos teóricos (FT) 1840

4 2 4 10 4 2 4 10 3 3 1.5 7.5 2 2 1 5 3 1 3.5 7.5 4 2 4 10 Praxis Profesional (PP) 4600

Epistemología y metodología de la inv. (EMI) 840

Integración de saberes (ISCC) 560

PP PP PP PP PP PP 800 Comunicación y lenguajes (CL) 160

Total horas

8000

cd cp aa 160 cd cp aa 160 cd cp aa 120 cd cp aa 120 cd cp aa 80 cd cp aa 160

4 2 4 10 4 2 4 10 3 3 1.5 7.5 3 3 1.5 7.5 2 2 1 5 4 2 4 10

PP PP PP PP PP PP 800

cd cp aa 120 cd cp aa 160 cd cp aa 120 d cp aa 80 cd cp aa 160 cd cp aa 160

3 3 1.5 7.5 4 2 4 10 3 3 1.5 7.5 2 1 2 5 4 2 4 10

CCSE BDSI

PP PP PP PP PP PP 800

cd cp aa 160 cd cp aa 160 cd cp aa 80 cd cp aa 160 cd cp aa 80 cd cp aa 160

4 2 4 10 4 2 4 10 2 1 2 5 4 2 4 10 2 1 2 5 4 2 4 10

CCSE BDSI

PP PP PP PP ISCC PP 800

cd cp aa 160 cd cp aa 120 cd cp aa 120 cd cp aa 160 cd cp aa 240

4 2 4 10 3 3 1.5 7.5 3 3 1.5 7.5 4 2 4 10

CCSE BDSI

Unidades Horas

PP PP EMI PP PP 800 Unidad Básica 1440

Unidad Profesional 5720

cd cp aa 80 cd cp aa 80 cd cp aa 80 cd cp aa 160 cd cp aa 400 Unidad de Titulación 840

2 1 2 5 2 1 2 5 2 2 1 5 4 2 4 10 Total horas 8000

ISCC EMI EMI EMI EMI 800

8000

Mecánica Newtoniana

Electricidad y Magnetismo

FISR124

Comunicación Oral y Escrita Cálculo en una variable Algebra Lineal

MATR224

Metodologías Ágiles

Calidad de Software

FISR214

CSHR362

Comunicación Profesional

ISWR514

Asignatura de Artes y

Humanidades

ISWR614

ISWR713

Verificación y Validación de

Software

Modelamiento y Diseño de

Software

CSHR300

Auditoría InformáticaFundamentos de Diseño de

Proyecto Senior

ISWR724

Desarrollo de Juegos Interactivos Administración Financiera

SEMESTRE

1

2

3

4

5

6

7

8

TOTAL

9

10

ISWR664

Computación y sociedad

ISWR012

Formulación y evaluación de

proyectos

ISW

Gestión Organizacional

TITR622 ISWR044TITR212

ISWR814

ISWR914

Practicas Pre profesionales

Construcción de Software

Prácticas Pre profesionales de

Actividades de Servicios a la

Comunidad

Fundamentos de Ciencias de la

ComputaciónArquitectura de Computadores

Cálculo Vectorial Ecuaciones Diferenciales OrdinariasAnálisis Socioeconómico y Político del

Ecuador Fundamentos de Programación Compiladores y Lenguajes

CSHR112 ISWR153MATR114MATR124 ISWR163

MATR214 CSHR212

Metodología de la Investigación

ADMR722

Fundamentos de Sistemas de Información

ISWR464

Interacción Humano Computador

ISWR733

Inteligencia de Negocios

Asignatura de Itinerario Básico

ISWR700

Asignatura de Itinerario Intermedio

ISWR800

ISW

ISWR624 ISWR633 ISWR643

Aplicaciones Móviles

ISWR824 ADM712 ISWR844

ISWR923 ISWR933

Usabilidad y Accesibilidad Inteligencia Artificial

ISWR050

Formulación,

Desarrollo y

Sistematización del

Proyecto de

Titulación

Examen de Grado

* Eventos de

Actualización

* Eventos de

Evaluación

* Tutorías

Proyecto Senior ó Taller de Titulación

ISWR533 ISWR542 ISWR553

Desarrollo de software seguro

ISWR652

Automatización de Procesos

ISWR852

Formación de Emprendedores

MATR234CSHR222

Algoritmos Estructura de Datos Bases de Datos DistribuídasEcología y AmbienteFundamentos de Ingeniería de

Software

Programación Orientada a Objetos

Computación Gráfica

AMBR512

Ingeniería de Requerimientos

ISWR434 ISWR442

Asignatura de Economía y Sociedad

CSHR400

Gestión de la Configuración de

Software

Análisis socioeconómico y

politico del mundo

contemporaneo

Probabilidad y Estadística

Aplicaciones Web

ISWR524

ISWR263ISWR253

Sistemas Operativos

ISWR363

ISWR564

Redes de Computadores

Tecnologías de Seguridad

ISWR473

ISW

ISWR453

Bases de Datos

ISWR354ISWR343

Áreas de Conocimiento

ISW: Ingeniería de Software

CCSE: Ciencias de la Computación y Seguridades

BDSI: Base de Datos y Sistemas de Información

Asignatura de Itinerario Avanzado

ISWR900

3. Trabajo de Titulación

Campos de Formación

Unidades de Organización CurrIcular

PREREQUISITO

CORREQUISITO

Copyright © 2015 - Facultad de Ingeniería de Sistemas - EPN. Ladrón de Guevara E11-25 y Andalucía.

Escuela Politécnica Nacional. Edificio de Sistemas, 2do Piso.Quito, Ecuador. http://fis.epn.edu.ec, +593 2 2 976 300 ext. 4701