Constitucional

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Republica Bolivariana de Venezuela Universidad Nororiental Privada “Gran Mariscal de Ayacucho” Derecho onstitucional Análisis: Constitución del Estado Anzoátegui Pro!esor" Bachilleres" #rancisco Abad $%ocelyne &an'uis c(i)*+(,-.(//- $%oshue Barrios c(i),+(-,-(.+, $0uis 1ettel c(i)*.(2+,(33+ $Maria #( Ro4an c(i)*.(.-*(5-+ $6piphany Madrid c(i)**(5..(*/5 $Andres Bastardo c(i)*3(3/,(+2, Barcelona7 ,3 de 6nero del *2,8

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constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela y constitucion nacional

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Republica Bolivariana de Venezuela

Republica Bolivariana de VenezuelaUniversidad Nororiental Privada

Gran Mariscal de Ayacucho

Derecho Constitucional

Anlisis:Constitucin del Estado Anzotegui

Profesor: Bachilleres:

Francisco Abad *Jocelyne Sanquis c.i-27.136.993

*Joshue Barrios c.i-17.313.671

*Luis Wettel c.i-26.071.447 *Maria F. Roman c.i-26.632.837 *Epiphany Madrid c.i-22.866.298 *Andres Bastardo c.i-24.491.701Barcelona, 14 de Enero del 2015

INTRODUCCIONLa Constitucin en Venezuela y su derivacin de leyes que la separan, conforman la norma fundamental o Carta Magna, establecida para regirjurdicamente al pas, fijando los lmites y definiendo las relaciones entre los poderes de la federacin: poder legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral entre los tres niveles diferenciados del gobierno (el nacional, estadal y municipal), y entre todos aquellos y los ciudadanos; asimismo, establece las bases para el gobierno y para la organizacin de las instituciones en que el poder se asienta; y garantiza finalmente, en tanto que pacto social supremo de la sociedad venezolana, los derechos y los deberes del pueblo

De igual manera el objetivo actual de la constitucin y de las leyes que de ella derivan se fundamenta en el bienestar comn y en propender la mayor suma de felicidad a cada habitante del pas. Es de esta manera como nuestros legisladores han creado recientemente una importante cantidad de leyes que apuntan hacia la seguridad social como beneficio primordial para el buen vivir y la mejor calidad de vida de todos los venezolanosExisten otras leyes tomadas como constituciones, no solo la llamada suprema ley como lo es la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, solo que a diferencia de la misma estas se encargan de crear leyes que sean beneficiosas a un nivel interno del pas como lo son las constituciones para cada estado, en este caso la ley fundamental del estado oriental venezolano de Anzotegui. Fue aprobada en la ciudad de Barcelona por el parlamento regional de esa entidad federal conocido como Consejo Legislativo del Estado Anzotegui en 2002 de acuerdo a lo establecido en la Constitucin nacional de Venezuela de 1999.

El pas ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia. Con la Constitucin Federal de los Estados de Venezuela de 1811, hasta nuestros das.El Estado Venezolano constituye la plataforma fundamental para que en el puedan regirse leyes de diferentes contenidos sociales, polticos e ideolgicos para plantear cambios para el bienestar comn de todos los venezolanos que forman parte del Estado.

CONSTITUCION DEL ESTADO ANZOATEGUIAnlisis Las Constituciones estadales son la base jurdica estadal que deben promulgarse conforme a los lineamientos sobre el poder pblico estadal establecidos en el captulo III (artculos 159-167) del Ttulo IV la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela. La Constitucin del Estado Anzotegui []es la ley fundamental del estado oriental venezolano de Anzotegui. Fue aprobada en la ciudad de Barcelona por el parlamento regional de esa entidad federal conocido como Consejo Legislativo del Estado Anzotegui en 2002 de acuerdo a lo establecido en la Constitucin nacional de Venezuela de 1999.

La primera constitucin del estado fue aprobada por la desaparecida asamblea legislativa del estado Anzotegui en 1985, siendo reformada en el ao 1993. La Constitucin Nacional de 1999 estableca la obligacin y el derecho de cada uno de los estados de Venezuela a organizar sus propias instituciones, gobierno, leyes, y constitucin estadal. El primer anteproyecto de constitucin se vena discutiendo desde el ao 2000, con el apoyo de diversas instituciones pblicas y privadas. En el ao 2001 una comisin multidisciplinaria de ciudadanos elegidos democrticamente y formalizada por el Consejo Legislativo redact la actual Constitucin; Tal comisin estuvo conformada por: 1) Lic. En Admn. Profesor UDO, Julin Villarroel.

2) Lic. En Admn. de Empresas y Esp. En Planificacin, Berthing Len Villanueva.

3) Lic. En Sicologa Social, Moiss Tolosa Picn. 4) Ing. en Petrleo, Oscar Pereira Larez. 5) Abogado, Luis Germn Prez.

6) Historiador Profesor, Rafael Dumm.

7) Ingeniero, Ricardo Franceschi.

8) Lic. en Sociologa, Jess Galindo.

9) Abogado, Alfredo Pea. 10) Lic. Educ. Profesora UDO, Francia Tovar. 11) Lic. En Contadura, Leidis Villarroel.

12) Lic. En Politologa, Vctor Gmez Marn y 13) Abogado, Juan Ortiz.

El anlisis diferencial realizado en base a la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela y la Constitucin del estado Anzotegui es de tipo estructural debido a la cantidad de informacin establecida en cada constitucin, de acuerdo a lo expuesto anteriormente el contenido que poseen las constituciones son distintas por el material que ellas abarcan, de esta manera las diferencias encontradas sern redactadas de la siguiente manera: La vigente constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela est estructurada por un prembulo, 350 artculos, divididos en 9 Ttulos, Captulos, las Disposiciones Derogatorias, Transitorias y Finales. y ahora tiene 5 poderes pblicos: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, ElectoralCiudadano; poder ejecutivo, presidente, vicepresidente, ministros, poder legislativo, asamblea legislativa, pode judicial, tribunal, supremo de justicia, poder electoral, consejo nacional electoral, poder ciudadano, consejo moral republicano y fiscala general de la Repblica, y el periodo presidencial de 6 aos, por el voto directo, universal , secreto y con derecho a votar a todos los ciudadanos mayores de 18 aos

A esta Constitucin le fue introducida la Enmienda N 1 que contempla la modificacin de 5 artculos de la Constitucin de 1999 (160, 162, 174, 192 y 230) con el fin depermitir la reeleccin inmediata de cualquier cargo de eleccin popular de manera continua o indefinida, propuesta por la Asamblea Nacional, y aprobada en Referndumpopular el 15 de febrero de 2009.

Sin embargo, existen otras constituciones internas que se encargan de regir las actividades poltico, administrativas, sociales e ideolgicas de una parte del Estado Venezolano, en este caso nos referimos a la constitucin del estado Anzotegui que a diferencia de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, est estructurada por un prembulo, 225 artculos, 9 ttulos con sus respectivos captulos y 10 disposiciones transitorias. Estableciendo que el estado posee su propio gobernador elegido cada 4 aos; y su propio parlamento regional llamado Consejo legislativo elegido cada cuatro (4) aos. Y a su vez establece la organizacin los poderes pblicos del estado y la contralora general del estado, y establece la divisin poltico territorial del estado y Establece diversas modalidades para el referndum popular. Segn el artculo 225 de la Constitucin, las enmiendas o reformas pueden ser solicitadas por el 15% de los electores inscritos, 30% de los integrantes del parlamento o el gobernador del estado Anzotegui. Se hace necesario recordar que para el momento de aprobar la Constitucin se realizo un primer anteproyecto de constitucin y se vena discutiendo desde el ao 2000, con el apoyo de diversas instituciones pblicas y privadas y luego finalmente el 30 de Mayo de 2002 el Consejo Legislativo del Estado Anzotegui la aprob por mayora de sus integrantes. El 1 de julio de 2002 fue publicada en la gaceta oficial del Estado Anzotegui.En cuanto a los prembulos de cada Constitucin se diferencian por aspectos importantes de visualizar, la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela relaciona su prembulo con las

En nuestro actual prembulo se puede evidenciar, como principal precursor a Dios y a la proteccin del pueblo para el mismo, el espritu de participacin, y el ejemplo histrico de Simn Bolvar y dems hroes de nuestra historia, el protagonismo y reconocimiento de las culturas indgenas como forjadores de una patria libre y soberana , la participacin activa, el reordenamiento socio-poltico del territorio, el rango constitucional que se le da al derecho al trabajo, la educacin, la salud, as como a los principios de cooperacin y dems valores fundamentales irrenunciables, corresponsabilidad, los derechos humanos, la no intervencin, autodeterminacin de los pueblos, y bienes jurdicos ecolgicos y ambintales como patrimonio de la humanidad.En cambio el prembulo que posee la constitucin del estado Anzotegui, invoca la proteccin de Dios todopoderoso, el sacrificio y ejemplos de nuestros hroes pero principalmente a nuestro libertador, y el hroe de guerra Jos Antonio Anzotegui, la participacin aborigen y dems antepasados que forjaron nuestra libertad, el bienestar integral de todas las generaciones, la garanta del progreso, el desarrollo social y espiritual de todos los anzoatiguense

El glorioso pueblo del Estado Anzotegui, invocando la proteccin de Dios todo poderoso, la soberana que emana de sus insignes pobladores; guiado por el imperecedero pensamiento, obra, sacrificio y magnfico ejemplo de Simn Bolvar, libertador de la patria y padre de cinco naciones; orgulloso por la abnegacin, virtuosidad y herosmo de Jos Antonio Anzotegui, su hijo epnimo, vencedor de Boyac; honrando el valor y la pujanza de sus nclitos aborgenes y dems antepasados forjadores de nuestra libertad; con el augusto y supremo fin de promover y alcanzar colectivamente la prosperidad, felicidad y bienestar integral de la generacin presente y futura sustentados en la garanta del progreso, desarrollo social y espiritual de cada ciudadano anzoatiguense, sin distingos ni discriminacin de carcter biolgico, tnico, religioso, cultural, poltico, econmico y de otras condiciones que menoscaben o subordinen el goce y ejercicio irrenunciable e igualitario de sus derechos y libertades; en un estado Bolivariano, democrtico, federal, cooperativo, descentralizado, participativo, de derecho y de justicia, sometido al imperio de la ley y a la voluntad de sus ciudadanos, que promueva y consolide las transformaciones estructurales necesarias que demanda la sociedad anzoatiguense, con las especificidades que requiere nuestra realidad; impulse la optimizacin integral de la educacin como uno de los derechos humanos fundamentales y como un deber constitutivo de la raz ms esencial de la democracia; orientado al desarrollo pleno de la personalidad, al disfrute de una existencia digna, a una valoracin tica del trabajo, a la consolidacin de una conciencia de participacin ciudadana ya la fortalecimiento de nuestra identidad GEO histrica regional y nacional; que coadyuve al establecimiento de un desarrollo social y ecolgico sustentable, expresado en la proteccin del ambiente, la diversidad ecolgica, los recursos genticos, los parque nacionales, monumentos naturales, el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, el ser humano y el hbitat que ocupa; donde el uso de los recursos por parte de las generaciones presentes no comprometa la vida, el patrimonio y el porvenir de las futuras generaciones; en ejercicio de su inalienable poder soberano representado por el Consejo Legislativo del Estado Anzotegui El 30 de Mayo de 2002 el Consejo Legislativo del Estado Anzotegui finalmente la aprob por mayora de sus integrantes. El 1 de julio de 2002 fue publicada en la gaceta oficial del Estado Anzotegui.

Esta posee 1 prembulo, 227 artculos, 9 ttulos con sus respectivos captulos y 10 disposiciones transitorias.

En ejercicio de su inalienable poder soberano representado por el Consejo Legislativo del Estado Anzotegui, la constitucin del estado Anzotegui queda estructurada de la siguiente manera:CONSTITUCINTTULO I. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

El cual se encuentra constituido por el Artculo 1, Artculo 2, Artculo 3, Artculo 4, Artculo 5, Artculo 6, Artculo 7, Artculo 8, Artculo 9, Artculo 10, Artculo 11. TITULO II. DEL TERRITORIO, EL ESPACIO GEOGRFICO Y SU DIVISIN POLTICA

Captulo I. Del territorio y dems espacios geogrficos

El cual est constituido por el Artculo 12, Artculo 13, Artculo 14, Artculo 15, Artculo 16, y Artculo 17.

Captulo II. De la divisin territorial

El cual est constituido por el Artculo 18, Artculo 19, Artculo 20, Artculo 21, Artculo 22 y Artculo 23.

TTULO III. DE LOS DEBERES, DERECHOS HUMANOS Y GARANTAS CIUDADANAS

Captulo I. Disposiciones generales

El cual est constituido por el Artculo 24, Artculo 25, y Artculo 26.

Captulo II. De los deberes

El cual est constituido por el Artculo 27.

Captulo III. De los derechos polticos y el referendo popular

Seccin Primera: de los derechos polticos

El cual est constituido por el Artculo 28, Artculo 29 y Artculo 30.

Seccin segunda: del referendo popular

El cual est constituido por el Artculo 31, Artculo 32, Artculo 33, Artculo 34, y Artculo 35

Captulo IV. De la proteccin a la familia

El cual est constituido por el Artculo 36.

Seccin primera: del nio y el adolescente

El cual est constituido por el Artculo 37, Artculo 38 y Artculo 39. Seccin segunda: de la mujer

El cual est constituido por el Artculo 40 y Artculo 41.

Seccin tercera: de los ancianos

El cual est constituido por el Artculo 42, Artculo 43 y Artculo 44.

Seccin cuarta: de los discapacitados y enajenados mentales

El cual est constituido por el Artculo 45, Artculo 46 y Artculo 47.

Captulo V. De los derechos y deberes a la salud

El cual est constituido por el Artculo 48, Artculo 49, Artculo 50, Artculo 51, Artculo 52, Artculo 53, Artculo 54, Artculo 55, y Artculo 56.

Captulo VI. De los deberes y derechos a la educacin

El cual est constituido por el Artculo 57, Artculo 58, Artculo 59, Artculo 60, Artculo 61, Artculo 62, Artculo 63, Artculo 64, Artculo 65, Artculo 66, Artculo 67, Artculo 68 y Artculo 69.

Captulo VII. De los deberes y derechos a la cultura

El cual est constituido por el Artculo 70, Artculo 71, Artculo 72, Artculo 73, Artculo 74, Artculo 75 y Artculo 76.

Captulo VIII. De los deberes y derechos al deporte y a la recreacin

El cual est constituido por el Artculo 77, Artculo 78, Artculo 79, Artculo 80, y Artculo 81.

Captulo IX. De los deberes y derechos a la seguridad ciudadana

Seccin primera: disposiciones generales

El cual est constituido por el Artculo 82, Artculo 83, Artculo 84, y Artculo 85

Captulo X. De los deberes y derechos de los indgenas

El cual est constituido por el Artculo 86, Artculo 87, Artculo 88, Artculo 89, Artculo 90, y Artculo 91.

TTULO IV. DEL PODER PBLICO ESTADAL

Captulo I. Disposiciones fundamentales

El cual est constituido por el Artculo 92, Artculo 93 y Artculo 94.

Seccin primera: de la administracin pblica estadal

El cual est constituido por el Artculo 95 y Artculo 96.

Seccin segunda: de la funcin pblica

El cual est constituido por el Artculo 97, Artculo 98, y Artculo 99.

Seccin Tercera: de la competencia del Poder Pblico Estadal

El cual est constituido por el Artculo 100, Artculo 101 y Artculo 102.

Seccin cuarta: de los contratos de inters pblico

El cual est constituido por el Artculo 103, Artculo 104 y Artculo 105.

Seccin quinta: de las relaciones con otros Poderes Pblicos

El cual est constituido por el Artculo 106, Artculo 107, y Artculo 108.

Captulo II. Del Poder Legislativo

Seccin Primera: disposiciones generales

El cual est constituido por el Artculo 109, Artculo 110, Artculo 111 y Artculo 112.

Seccin segunda: de las atribuciones del Consejo Legislativo

El cual est constituido por el Artculo 114.

Seccin tercera: de los legisladores

El cual est constituido por el Artculo 115 y Artculo 116Seccin cuarta: de la Comisin Delegada

El cual est constituido por el Artculo 117.

Seccin quinta: de la formacin de las leyes

El cual est constituido por el Artculo 118, Artculo 119, Artculo 120, Artculo 121, Artculo 122, Artculo 123 y Artculo 124. Captulo III. Del Poder Ejecutivo

Seccin primera: del Gobernador del Estado

El cual est constituido por el Artculo 125, Artculo 126, Artculo 127, Artculo 128, Artculo 129, Artculo 130, Artculo 131, Artculo 132 y Artculo 133Seccin segunda: de las atribuciones y deberes del Gobernador del Estado.

El cual est constituido por el Artculo 134.

Seccin tercera: del Secretario General de Gobierno y Directores del Gabinete

El cual est constituido por el Artculo 135, Artculo 136 y Artculo 137.

Captulo IV. De la Contralora y Procuradura General del Estado

El cual est constituido por el Artculo 138, Artculo 139, Artculo 140, Artculo 141, Artculo 142, Artculo 143, Artculo 144, Artculo 145, Artculo 146 y Artculo 147.

Seccin Segunda: de la Procuradura General del Estado

El cual est constituido por el Artculo 148, Artculo 149, Artculo 150, Artculo 151 y Artculo 152.

TTULO V. DEL PODER MUNICIPAL

Captulo I. Disposiciones generales

El cual est constituido por el Artculo 153, Artculo 154, Artculo 155, Artculo 156, Artculo 157, Artculo 158, Artculo 159, Artculo 160, Artculo 161.

Captulo II. De la organizacin y divisin del Poder Pblico Municipal

El cual est constituido por el Artculo 162, Artculo 163, Artculo 164, Artculo 165, Artculo 166, Artculo 167, y Artculo 168.

TITULO VI. DEL CONSEJO DE PLANIFICACIN Y COORDINACIN DE POLTICAS PBLICAS

El cual est constituido por el Artculo 169, Artculo 170, Artculo 171, Artculo 172 y Artculo 173.

TITULO VII. DEL SISTEMA SOCIOECONMICO

Captulo I. disposiciones generales

El cual est constituido por el Artculo. 174 y Artculo 175. Seccin segunda: de la participacin del Estado en la actividad econmica

El cual est constituido por el Artculo 176 y Artculo 177.

Seccin tercera: del fomento, promocin e incentivos socioeconmicos

El cual est constituido por el Artculo 178, Artculo 179, Artculo 180, Artculo 181, Artculo 182, Artculo 183, Artculo 184, Artculo 185, Artculo 186, Artculo 187, Artculo 188, y Artculo 189.

Seccin Cuarta: de la corresponsabilidad del Estado en la actividad econmica

El cual est constituido por el Artculo 190, Artculo 191, Artculo 192, Artculo 193, Artculo 194, Artculo 195, Artculo 196 y Artculo 197.

Captulo II. De la Hacienda Pblica Estadal

El cual est constituido por el Artculo 198, Artculo 199, Artculo 200, Artculo 201, Artculo 202, Artculo 203 y Artculo 204.

Captulo III. De los ingresos pblicos estadales

Seccin primera: de los ingresos

El cual est constituido por el Artculo 205, Artculo 206, Artculo 207, Artculo 208, y Artculo 209.

Seccin segunda: del sistema tributario

El cual est constituido por el Artculo 210, Artculo 211, Artculo 212, Artculo 213, Artculo 214, Artculo 215.

TTULO VIII. DEL AMBIENTE Y APROVECHAMIENTO RACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES

Captulo I. Disposiciones generales

El cual est constituido por el Artculo 216.

Captulo II. De los mecanismos de aprovechamiento y proteccin al medio ambiente

El cual est constituido por el Artculo 217, Artculo 218, Artculo 219, Artculo 220 y Artculo 221.

TTULO IX. DE LA PROTECCIN Y MODIFICACIN DE LA CONSTITUCIN

Captulo I. De la proteccin a la constitucin

El cual est constituido por el Artculo 222.

Captulo II. De las enmiendas y de las reformas de la constitucin

El cual est constituido por el Artculo 223, Artculo 224, Artculo 225.

Captulo III. De los estados de emergencia y alarma

El cual est constituido por el Artculo 226 y Artculo 227.

DISPOSICIN DEROGATORIA

NICA.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA SEGUNDA. TERCERA.

CUARTA.

DISPOSICIN FINALNICADIFERENCIAS ENTRE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y LA CONSTITUCION DEL ESTADO ANZOATEGUI.

Estas constituciones son de suma importancia para el progreso del pas, sin embargo las mismas contienen leyes o normas diferentes, en primera instancia la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela es la carta magna, la suprema ley para los habitantes de todo el pas, en cambio la Constitucin del Estado Anzotegui se encarga de regir y de establecer leyes que sirvan para el progreso de todo el estado en general de todos y todas que estn dentro de los lmites de la regin.

Ambas constituciones poseen una estructura que son notarias al momento de diferenciar; La Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela consta de un prembulo, principios fundamentales, 350 artculos, 9 ttulos distribuidos en captulos, una disocian derogatoria, dispersiones transitorias, una disposicin final.

Por otra parte, la Constitucin del Estado Anzotegui, su historia es diferente ya que la misma no alberga otras constituciones o referndum para reanudar la constitucin, sin embargo su estructura se relaciona pero el contenido es distinto, consta 227 artculos, 1 prembulo, una serie de principios fundamentales, 9 ttulos con sus respectivos captulos y 10 disposiciones transitorias.

En los ttulos distribuidos en captulos, que cada una posee albergan contenidos diferentes; La Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela comienza con el ttulo I de los principios fundamentales distribuidos en 9 artculos, los mismos se basan en el carcter irrevocablemente libre e independiente de la Repblica Bolivariana de Venezuela, los valores superiores de justicia, igualdad, derechos humanos, democracia, el carcter de estado federal descentralizado, la soberana, los smbolos, patrios, y la Constitucin como norma suprema.

En cambio, la Constitucin del Estado Anzotegui consta de 11 artculos como principios fundamentales, los mismos se centran en la organizacin territorial y de los poderes pblicos del estado y de sus municipios, la adecuacin de las instituciones, la administracin de los recursos, el aprovechamiento de los recursos naturales irrevocables, la proteccin aborigen, y los valores sociales para su proteccin integral.

El ttulo II de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (art 10 a 18), se establece que el territorio y dems espacios geogrficos de la Repblica son los que correspondan a la Capitana General de Venezuela con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad, los yacimientos mineros y de hidrocarburos, cualquiera que sea su naturaleza, existentes en el territorio nacional pertenecen a la Repblica. El territorio nacional no podr ser jams cedido, traspasado, arrendado, ni enajenado, ni aun temporal o parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional. La divisin poltica se divide en Estados, Distrito Capital, Dependencias Federales y Territorios Federales. A diferencia de este la constitucin del estado Anzotegui consta de 12 artculos y se basan en los espacios geogrficos, las divisiones territoriales y su divisin poltica dentro del estado. El ttulo III de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (art. 19 a 135), posee una densidad normativa importante. Se refiere a Los derechos y deberes constitucionales. El artculo 19, extensa enunciacin de los derechos fundamentales reconocidos en Venezuela, conserva tradiciones ancestrales de la cultura jurdica venezolana. Entre los derechos fundamentales reconocidos se cuentan el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, la igualdad en la proteccin de la ley, a la honra, a la libertad de conciencia, a la libertad de expresin, de asociacin, el derecho a la propiedad, lo que se refiere a la ciudadana. Por otro lado la constitucin del estado Anzotegui 68 artculos distribuidos en diez captulos centrados en los derechos y deberes tanto polticos como humanos, la proteccin familiar y en su esquema la proteccin del nio nia y adolescente de la mujer del hombre y del anciano, los deberes y derechos a la salud, cultura, a la seguridad ciudadana y la de los pueblos indgenasEl ttulo IV de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (art. 136 a 185), se establece aumento de los Poderes Pblicos Nacionales de 3 a 5 quedando los Poderes independientes Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Pero se conserva el orden jurdico del Poder Pblico en Nacional, Estadal y Municipal. Adems determina las competencias del Poder Nacional, la organizacin, funcionamiento y competencias del Poder Estadal, el Poder Municipal y todo lo relativo al Consejo Federal de Gobierno. En cambio la Constitucin del Estado Anzotegui consta de 60 artculos distribuidos en cuatro captulos basados en la distribucin y orden del poder pblico estadal , su administracin, funciones, contratos de inters pblico y sus relaciones con otros poderes pblicos y de sus atribuciones con el consejo legislativo y todo lo que en ella corresponda, las comisiones delegadas, la formacin de leyes y con las relaciones del poder ejecutivo y funciones del gobernador del estado al igual que las atribuciones y deberes que el mismo debe cumplir, al igual que sus seguidores y los secretarios generales del gobierno y director del gabinete de la contralora y procedera general del estado.El ttulo V de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (art. 186 a 298), establece una Asamblea Nacional unicameral, elimina el Senado de la Repblica y el cargo de Senador vitalicio, estableciendo la forma de eleccin de los miembros de los mismos y sus nmeros, los requisitos e inhabilidades para desempear el cargo, las atribuciones exclusivas, el funcionamiento de la Asamblea, las materias de ley y la formacin de las mismas. Adems se establece como cabeza del Estado y del Gobierno al Presidente de la Repblica. Pero la Constitucin del Estado Anzotegui contiene 16 artculos distribuidos en dos captulos que hablan a cerca de los poderes municipales sus disposiciones a nivel general su organizacin y divisin.El ttulo VI de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (art. 299 a 321), Establece todo rgimen econmico del Estado en cuanto a los principios que lo caracterizan como la justicia social, democracia, eficiencia, libre competencia, proteccin del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado, conjuntamente con la iniciativa privada, promover el desarrollo armnico de la economa nacional, as como el sistema del Banco Central de Venezuela y todo lo atinente a la poltica monetaria y a la estabilidad del bolvar. En cambio el titulo VI de la constitucin del estado Anzotegui, contiene solo un capitulo y dispone de 5 artculos que nos habla del consejo de planificacin y coordinacin de polticas pblicas ya que esta es el rgano del Poder Pblico Estadal para la planificacin concertada entre las comunidades organizadas y los pueblos indgenas.El ttulo VII de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (art. 322 a 332), establece la forma de operar de las instituciones armadas y policiales en sus diferentes niveles ya sea Nacional, Estadal o Municipal, sus normas fundamentales, determina un Consejo de de Defensa de la Nacin, formado por los miembros que la Constitucin Seala, para asesorar al Gobierno en materias de su incumbencia. Mientras que este ttulo de la Constitucin del Estado Anzotegui se refiere al sistema socioeconmico donde se refleja de la siguiente manera: Capitulo 1 (disposiciones generales), (de la participacin del Estado en la actividad econmica), (del fomento, promocin e incentivos socioeconmicos), (de la corresponsabilidad del Estado en la actividad econmica) Captulo 2 (de la hacienda pblica estadal) Capitulo 3 (de los ingresos pblicos estadales)El ttulo VIII de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (art. 333 a 339), determina que la Constitucin no perder su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella, todo ciudadano investido o no de autoridad, tendr el deber de colaborar en el restablecimiento de su vigencia. Todos los jueces, en el mbito de sus competencias estn en la obligacin de asegurar la integridad de la Constitucin, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declarar la nulidad de las leyes y dems actos de los rganos que ejercen el Poder Pblico. Regula adems los estados de excepcin. En cambio el ttulo VIII de la Constitucin del Estado Anzotegui se refiere al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales y sus mecanismos de aprovechamiento y proteccin al medio ambiente.El ttulo IX de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (art. 340 a 350), establece la forma, los qurums y modos de enmendar, reformar los diferentes captulos de la Constitucin Poltica de la Repblica y adems establece los procedimientos para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente. En cambio el ttulo IX de la Constitucin del Estado Anzotegui se refiere a la organizacin, proteccin y modificacin tanto de sus enmiendas como en la reforma que en ella se presenten.La disposicin derogatoria que establece la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (nica). Queda derogada la Constitucin de la Repblica de Venezuela decretada el veintitrs de enero de mil novecientos sesenta y uno. El resto del ordenamiento jurdico mantendr su vigencia en todo lo que no contradiga esta Constitucin.Por otro lado la disposicin derogatoria de la Constitucin del estado Anzotegui fue a causa de lo que no contradeca a la misma y fue cambiada el 25 de noviembre de 1985, y entro en vigencia por su publicacin el da 20 de diciembre de 1985 en la gaceta oficial del estado y reformada el 13 de julio de 1993

La disposicin transitoria de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela; todo lo que determina el cuerpo de la Constitucin con carcter temporal mientras se dictan los instrumentos jurdicos para que tenga efectiva vigencia.La disposicin que posee la Constitucin del Estado Anzotegui se distribuye en cuatro partes las cuales estn fundamentadas en los primeros mandatos, el establecimiento de leyes que propone el consejo legislativo, los lapsos de tiempo a partir de la entrada en vigencia la Constitucin y la traduccin de su contenido al idioma oficial de los pueblos indgenas de su territorio.

La disposicin final de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (nica). Esta Constitucin entrar en vigencia el mismo da de su publicacin en la Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela, despus de su aprobacin por el pueblo mediante referendo. Aprobada por el pueblo de Venezuela, mediante referendo constituyente, a los quince das del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, y proclamada por la Asamblea Nacional Constituyente en Caracas, a los veinte das del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. Ao 189 de la Independencia y 140 de la Federacin. Por otro lado la Constitucin del estado Anzotegui entrara en vigencia al mismo tiempo de ser publicada en la gaceta oficial del estado pero esta no ser sometida a referendo y ser sancionada al consejo legislativo.CONCLUSIN La Constitucin del Estado Anzotegui nace como una herramienta para Crear al Estado Anzotegui como una Entidad Federal Autnoma e independiente pero siembre apegada a los lineamientos Constitucionales emanados de la Constitucin del Repblica Bolivariana de Venezuela ya que es ella como Ley Fundamental quien le otorga esa facultad caractersticas esencial que le permite desarrollarse bajo un criterio propio, ya que se pude definir que cada uno de los Estados que conforman a la Repblica Bolivariana de Venezuela tiene sus propias ideologas y tipologas particulares que le permite definirse por s misma. Es por ello, que en este caso el Estado Anzotegui a travs de su constitucin se permite establecer y presentar su forma ms idnea de organizarse poltico-territorialmente ya que estructuralmente existen criterios de presentacin como son El Poder Pblico Estadal en el cual tiene su propio gobernador y este establece su gabinete, existe un Consejo Legislativo el cual da origen a todas las disposiciones legales necesarias para el buen funcionamiento del Estado, as como tambin un Consejo Regional Electoral, la gama completa del Poder Ciudadano, adems del Poder Judicial, y debemos tomar en consideracin a las naciones indgenas que forman parte del Estado Anzotegui ya que ellos hacen vida dentro del Estado tanto poltico, como econmico y socialmente.Es as, que al crearse la Constitucin del Estado Anzotegui se le otorga facultad, poder y autonoma al Estado Anzotegui para hacer valer de manera particular y significativa todas los aspectos (Organizativo-Territorial, Poltico, Econmico y Social) que lo representan y que no son tomados a fondo dentro de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela.

Jocelyne SanquisCONCLUSIN

Una slida conclusin es una parte esencial de un trabajo, ya que mediante ella obtuvimos un nuevo conocimiento y aprendimos que se debe hacer cumplir la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela y la del estado Anzotegui, sus leyes nacionales y estadales. Estos 9 ttulos y todo lo reflejado en ambas Constituciones nos dan a entender y no refleja lo importante que es tener una Carta Magna que vele por los Derechos del Estado. Deberamos tener en cuenta que no se puede establecer un Estado si no se posee una Constitucin que regule las normativas y nos guie por el buen camino.

Los 21 Municipios y 49 Parroquias que conforman al estado Anzotegui se deben regir por ambas Constituciones y hacerlas respetar, de igual forma los 335 Municipios y 1065 Parroquias que tiene nuestro Pas. Defensa y hacer respetar los Derechos y Garantas Ciudadanas contenidas en nuestra Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, como tambin en la Constitucin del estado Anzotegui, para as saber defender, conservar, cuidar y hacer valer todo lo que est escrito en nuestra Constitucin y tambin en las de cada estado de nuestro territorio.

Es importante indicar que la Constitucin del estado Anzotegui es una de las Constituciones ms completas del Pas en cuanto a los Derecho y Deberes de los Pueblos y Comunidades Indgenas, Como lo refleja la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela est tambin posee como fin esencial la defensa y el desarrollo de las personas y el respeto a su dignidad, ejercer el ejercicio democrtico de una manera popular e independiente, como tambin la construccin de una sociedad justa, trabajadora, honesta, eficaz, unida, que sea amante de la paz y as poder tener el estado y el Pas que todos queremos y necesitamos. Gracias a este trabajo que realizamos ya sabemos cules son los grandes valores y principios que orientan como filosofa poltica, a toda la Constitucin que rige al pueblo de Venezuela en especial al pueblo del estado Anzotegui por su propia voluntad constituyente.

Joshue Barrios

CONCLUSINLa constitucin como un conjunto de normas que en un pas determinado regulan la organizacin fundamental del estado, as como los derechos y garantas de las personas frente al poder estatal y siendo le gnesis de las instituciones administrativas y sus disposiciones ejercen influencia en todo el derecho administrativo, se crea de una manera ms descentralizada las constituciones estadales con el objeto de regir y establecer las normas que regulen el progreso de cada estado en general y de todos los habitantes que se encuentren dentro de los lmites geogrficos de la regin.

Anzotegui Como Estado es autnomo e igual en lo poltico a las otras Entidades Federales de Venezuela, organiza su administracin y sus Poderes Pblicos por medio de la Constitucin del Estado Anzotegui la cual fue creada en el ao 2002 y permanece vigente y es la que rige al estado, tenindolos Poderes fundamentales: Ejecutivo y Legislativo y caractersticas principales como organizar los poderes pblicos , establecer la divisin poltico territorial del estado, establecer y organizar la contralora del estado, la proteccin de los derechos de la familia, mujer , anciano y nios.Ambas constituciones poseen una estructura que son notarias al momento de diferenciar; la constitucin de la repblica bolivariana de Venezuela consta de un preambulo, principios fundamentales, 350 artculos,9 ttulos distribuidos en captulos, una disposicin derogatoria, disposiones transitorias, una disposicin final.Por otra parte, la constitucin del estado Anzotegui, su historia es diferente ya que la misma no alberga otras constituciones o referndum para reanudar la constitucin, sin embargo su estructura se relaciona pero el contenido es distinto, consta 227 artculos, 1 prembulo, una serie de principios fundamentales, 9 ttulos con sus respectivos captulos y 10 disposiciones transitorias.

Luis Wettel

CONCLUSIN

En cuanto a la estructura del Estado venezolano, el diseo constitucional consagra un Estado Federal que se define como descentralizado, para as expresar la voluntad de transformar el anterior Estado centralizado en un verdadero modelo federal con las especificidades que requiere nuestra realidad. El rgimen federal venezolano se regir por los principios de integridad territorial, cooperacin, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad que son caractersticos de un modelo federal cooperativo. De esta manera, la accin de gobierno de los municipios, de los estados y del Poder Nacional se armoniza y coordina, para garantizar los fines del Estado venezolano al servicio de la sociedad. Respetar y hacer respetar los derechos y garantas ciudadanas contenidos en la Constitucin de la Repblica, en la Constitucin del Estado Anzotegui y en los tratados internacionales relacionados con esta materia suscrito y ratificado por la Repblica.

Dictar las medidas necesarias para la prevencin de los males causados por epidemias, inundaciones, incendios, movimientos ssmicos, alarmas y cualquier otra calamidad pblica.

Definir las polticas de desarrollo econmico y social, conforme a los criterios aprobados por el Consejo Estadal de Planificacin y Coordinacin de Polticas.

Defender, conservar y promocionar el patrimonio histrico del Estado, las obras y objetos de valor cultural artstico.

Cumplir y hacer cumplir la visin y misin de las polticas pblicas de conformidad con el Programa del Gobierno a ser ejecutado por los distintos rganos de la Administracin Estadal, tal y como lo establece el artculo 34 de la referida Ley.

Mara RomanCONCLUSIN

Las constitucin del estado Anzotegui y de la repblica bolivariana de Venezuela se constituye y se modifica en un Estado democrtico y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurdico y de su actuacin, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la tica y el pluralismo poltico.Es importante sealar que la constitucin de Anzotegui es una de las ms completas en cuanto a los derechos de los pueblos y comunidades indgenas desde los primeros captulos se desarrolla la material Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrtico de la voluntad popular, la construccin de una sociedad justa y amante de la paz, la promocin de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garanta delcumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitucin.el propsito de mantener la independencia y la integridad territorial de la Nacin, fortalecer su unidad, proteger y enaltecer el trabajo, amparar la dignidad humana, promover el bienestar general y la seguridad social; lograr la participacin equitativa de todos en el disfrute de la riqueza, segn los principios de la justicia social, y fomentar el desarrollo de la economa al servicio del hombre; mantener la igualdad social y jurdica, sin discriminaciones derivadas de raza, sexo, credo o condicin social;Epiphany Madrid CONCLUSIONDesde la primera constitucin en el ao 1811 se establece al estado Venezolano como un estado federal en donde sus provincias para ese entonces tenan competencias y potestades jurdicas. Cada provincia posea sus constituciones con sus normas de ley para regularse y regirse autnomamente siempre y cuando no contraren los principios de la nacin.

La primera constitucin del estado fue aprobada por la desaparecida asamblea legislativa del estado Anzotegui en 1985,siendo reformada en el ao 1993. La Constitucin Nacional de 1999 estableca la obligacin y el derecho de cada uno de los estados de Venezuela a organizar sus propias instituciones, gobierno, leyes, y constitucin estadal.

Luego de 3 aos gracias a la participacin de un equipo multidisciplinario y democrtico el consejo legislativo del estado Anzotegui aprueba nuestra constitucin por mayora. Siendo publicada en gaceta oficial del estado Anzotegui en julio del ao 2002.

En nuestra constitucin regional podemos observar que se reflejan mucho mas los aspectos sociales que enmarcan los deberes y derechos de los ciudadanos a mas profundidad que la nacional. Con su creacin y puesta en gaceta oficial se busco regional que por deber nos tocaba reclamar, el hecho de que hoy en da existan gobernantes regionales que se ovillen ante el poder ejecutivo nacional no nos priva del derecho a tener nuestra propia norma jurdica.

Nuestra constitucin al igual que la nacional merece respeto, debido al gran desconocimiento que existe sobre su existencia es obvio que tambin desconocen la regulacin jurdica que en ella esta plasmada, son de suma importancia las campaas informativas, porque en el conocimiento esta la prevencin y capacitacin.

Andrs Bastardo