CONTRAT. ARRIENDO comid

download CONTRAT. ARRIENDO comid

of 23

Transcript of CONTRAT. ARRIENDO comid

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADOConste por el presente documento, de contrato de arrendamiento, que celebran de una parte como PROPIETARIO (ARRENDADOR) el seor RAMON ANDRES QUISPE MOSAYHUATE la otra parte como identificado con DNI N .. con domicilio legal en Fonavi la Angostura N I 33 Ica Y de ARRENDATARIO el seor ALBERTO LINO SUAREZ ILIZARBE con DNI N 07413573, domiciliado en Distrito de Parcona Calle Ricardo Palma N 379- Ica PRIMERO.- EL PROPIETARIO es conductor del local comercial ubicado en la calle Cajamarca N 156- Ica Stand N 117 ubicado en el primer piso de la Galera PLAZA CENTRAL AMISUR, el mismo que est construido de material noble y se encuentra en condiciones adecuadas para negocio, (LOCAL EN ESTRENO). SEGUNDO: EL PROPIETARIO da en arrendamiento a la firma del presente contrato un local comercial. TERCERO.- El contratante convienen en que el plazo del presente contrato es de un ao y que empezar a regir a partir del 02 de Enero del 2012 y que vencer indefectiblemente el 02 de Enero del 2013 comprometindose el arrendatario a efectuar la devolucin del inmueble al arrendador al vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato. CUARTO.- El contratante conviene pactar por dicho alquiler del local comercial arriba mencionado la suma de S/ 250.00 (Doscientos Cincuenta Nuevos Soles) mensualidad adelanta y un mes de garanta La suma de S/ 250.00 (Doscientos Cincuenta Nuevos Soles), en total se entrega la suma de S/. 500.00 sin necesidad de requerimiento alguno y que sern abonados al propietario.

QUINTO.- EL ARRENDATARIO asumir el pago del impuesto a la SUNAT por recibo de arrendamiento; as como el pago de la guardiana y la energa elctrica de uso comn se prorratearn entre todas las tiendas. SEXTO.- Por acuerdo de ambas partes, y de no ser productivo el negocio el arrendatario DEVOLVER EL LOCAL COMERCIAL EN PERFECTAS CONDICIONES TAN IGUAL COMO LO RECIBIO AL ARRENDADOR. Y adems no podr subarrendar dicho local a terceros. STIMO.- La renovacin del contrato del local comercial se podr realizar por mutuo acuerdo, con una anticipacin no menor a treinta das. OCTAVO.- El presente contrato se regir por lo establecido en el Cdigo Civil vigente y dems disposiciones legales que lo norman sometindose al Arrendatario a la jurisdiccin Judicial de esta provincia, ambas partes manifiestan su conformidad en todas las clausulas establecidas en el presente contrato y lo suscriben por duplicado en la ciudad de Ica, a los 19 das del mes de Diciembre del 2011.

RAMON A. QUISPE MOSAYHUATE

ALBERTO LINO SUAREZ ILIZARBE

DNI N PROPIETARIO

DNI N 07413573 ARRENDATARIO

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADOConste por el presente documento, de contrato de arrendamiento, que celebran de una parte como PROPIETARIO (ARRENDADOR) el seor ROMERO DEGRIGORI, Vctor Arnulfo identificado con DNI N 21403998 con domicilio legal en Manuel Santana Chiri N 1288 Ica Y de la otra parte como ARRENDATARIO la seor PALACIOS ALCA, Csar Augusto con DNI N 21454632, domiciliado en la Urb. San Joaqun IV Etapa G-11- Ica. PRIMERO.- EL PROPIETARIO es conductor del local comercial ubicado en la calle Cajamarca N 156- Ica Stand N 207 ubicado en el segundo piso de la Galera PLAZA CENTRAL AMISUR, el mismo que est construido de material noble y se encuentra en condiciones adecuadas para negocio, (LOCAL EN ESTRENO). SEGUNDO: EL PROPIETARIO da en arrendamiento a la firma del presente contrato un local comercial. TERCERO.- El contratante convienen en que el plazo del presente contrato es de un ao y que empezar a regir a partir del 15 de Diciembre del 2011 y que vencer indefectiblemente el 15 de diciembre del 2012 comprometindose el arrendatario a efectuar la devolucin del inmueble al arrendador al vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato. CUARTO.- El contratante conviene pactar por dicho alquiler del local comercial arriba mencionado la suma de S/ 200.00 (Doscientos Nuevos Soles) mensualidad adelanta y un mes de garanta La suma de S/ 250.00 (Doscientos Cincuenta Nuevos Soles), sin necesidad de requerimiento alguno y que sern abonados al propietario.

QUINTO.- EL ARRENDATARIO asumir el pago del impuesto a la SUNAT por recibo de arrendamiento; as como el pago de la guardiana y la energa elctrica de uso comn se prorratearn entre todas las tiendas. SEXTO.- Por acuerdo de ambas partes, y de no ser productivo el negocio el arrendatario DEVOLVER EL LOCAL COMERCIAL EN PERFECTAS CONDICIONES TAN IGUAL COMO LO RECIBIO AL ARRENDADOR. Y adems no podr subarrendar dicho local a terceros. STIMO.- La renovacin del contrato del local comercial se podr realizar por mutuo acuerdo, con una anticipacin no menor a treinta das. OCTAVO.- El presente contrato se regir por lo establecido en el Cdigo Civil vigente y dems disposiciones legales que lo norman sometindose al Arrendatario a la jurisdiccin Judicial de esta provincia, ambas partes manifiestan su conformidad en todas las clausulas establecidas en el presente contrato y lo suscriben por duplicado en la ciudad de Ica, a los 15 das del mes de Diciembre del 2011.

Vctor A. Romero Degrigori DNI N 21403998PROPIETARIO

Csar A. Palacios Alca DNI N 21454632ARRENDATARIO

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADOConste por el presente documento, de contrato de arrendamiento, que

celebran de una parte como PROPIETARIO el seor VICTOR , identificada con DNI N 21488409 con domicilio legal en Prolongacin Grau N 610 Ica Y de la otra parte como ARRENDATARIOS los seores JOS GABRIEL CAYCHO ARIAS con DNI N 21817663, domiciliado en Buenos Aires 208- Anexo San Vicente de Azpite Sta. Cruz de Flores Caete-Lima, y LUZ FIORELA HUASASQUICHE DE LA BORDA, identificada con DNI N 45874939 Municipalidad E-22 IV Etapa - Ica.. PRIMERO.- LA PROPIETARIA es conductora del local comercial ubicado en la calle Cajamarca N 156- Ica tienda N 125 ubicada en el primer nivel, el mismo que est construido de material noble y se encuentra en condiciones adecuadas para negocio. SEGUNDO: LA PROPIETARIA da en arrendamiento a la firma del presente contrato un local comercial. TERCERO.- El contratante convienen en que el plazo del presente contrato es de seis meses en que empezar a regir a partir del 17 de Noviembre del 2011 y que vencer indefectiblemente el 17 de Mayo del 2012 comprometindose el arrendatario a efectuar la devolucin del inmueble al arrendador al vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato. CUARTO.- El contratante conviene pactar por dicho alquiler del local comercial arriba mencionado la suma de S/ 250.00 (Doscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) mensualidad adelanta y un mes de garanta, sin necesidad de requerimiento alguno y que sern abonados al propietario. con domicilio legal en Prolongacin

QUINTO.- EL ARRENDATARIO asumir el pago del impuesto a la SUNAT por recibo de arrendamiento; as como el pago de la guardiana y la energa elctrica de uso comn se prorratearn entre todas las tiendas. SEXTO.- Por acuerdo de ambas partes, y de no ser productivo el negocio el arrendatario devolver el local comercial al arrendador. Y adems no podr subarrendar dicho local a terceros. STIMO.- La renovacin del contrato del local comercial se podr realizar por mutuo acuerdo, con una anticipacin no menor a treinta das. OCTAVO.- El presente contrato se regir por lo establecido en el Cdigo Civil vigente y dems disposiciones legales que lo norman sometindose al Arrendatario a la jurisdiccin Judicial de esta provincia, ambas partes manifiestan su conformidad en todas las clausulas establecidas en el presente contrato y lo suscriben por duplicado en la ciudad de Ica, a los 14 das del mes de Noviembre del 2011.

REYNA I. CHACALTANA YARMA DNI N 21435511PROPIETARIA

TERESA N. PEREZ LLOCLLADNI N ARRENDATARIA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADOConste por el presente documento, de contrato de arrendamiento, que celebran de una parte como PROPIETARIA la seora REYNA ISABEL CHACALTANA YARMA, identificada con DNI N 21435511 con domicilio legal en Conj. Habitacional La Angostura 1era. Etapa I-33 Ica Y de la otra parte como ARRENDATARIA la seora TERESA NORMA PEREZ LLOCLLA con DNI N .., domiciliado en .. PRIMERO.- LA PROPIETARIA es conductora del local comercial AMISUR ubicado en la calle Cajamarca N 156- Ica tienda N 124 ubicada en el primer nivel, el mismo que est construido de material noble y se encuentra en condiciones adecuadas para negocio, (LOCAL EN ESTRENO). SEGUNDO: LA PROPIETARIA da en arrendamiento a la firma del presente contrato un local comercial. TERCERO.- El contratante convienen en que el plazo del presente contrato es de seis meses en que empezar a regir a partir del de Diciembre del 2011 y que vencer indefectiblemente el . de del 2012 comprometindose el arrendatario a efectuar la devolucin del inmueble al arrendador al vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato. LA ARRENDATARIA tendr un plazo de 10 das de gracia para poder instalarse despus de la firma del presente contrato. CUARTO.- El contratante conviene pactar por dicho alquiler del local comercial arriba mencionado la suma de S/ 250.00 (Doscientos Cincuenta y 00/100

Nuevos Soles) mensualidad adelanta y un mes de garanta, sin necesidad de requerimiento alguno y que sern abonados al propietario. QUINTO.- LA ARRENDATARIA asumir el pago del impuesto a la SUNAT por recibo de arrendamiento; as como el pago de la guardiana y la energa elctrica de uso comn se prorratearn entre todas las tiendas. SEXTO.- Por acuerdo de ambas partes, y de no ser productivo el negocio el arrendatario DEVOLVER EL LOCAL COMERCIAL EN PERFECTAS CONDICIONES TAN IGUAL COMO LO RECIBIO al arrendador. Y adems no podr subarrendar dicho local a terceros. STIMO.- La renovacin del contrato del local comercial se podr realizar por mutuo acuerdo, con una anticipacin no menor a treinta das. OCTAVO.- El presente contrato se regir por lo establecido en el Cdigo Civil vigente y dems disposiciones legales que lo norman sometindose al Arrendatario a la jurisdiccin Judicial de esta provincia, ambas partes manifiestan su conformidad en todas las clausulas establecidas en el presente contrato y lo suscriben por duplicado en la ciudad de Ica, a los . das del mes de Diciembre del 2011.

REYNA I. CHACALTANA YARMA DNI N 21435511PROPIETARIA

TERESA N. PEREZ LLOCLLADNI N ARRENDATARIA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADOConste por el presente documento, de contrato de arrendamiento, que celebran de una parte como PROPIETARIA (ARRENDADORA) la seora JULIA FERNANDEZ DE PAREDES, identificada con DNI N 21442886 con domicilio legal en Av. Armando Revoredo N 397 distrito de la Tinguia Ica Y de la otra parte como ARRENDATARIA la seora PACCO CARRIN VERONICA PATRICIA con DNI N 42895768, domiciliado en Urb. Santa Elena A-15 Ica. PRIMERO.- LA PROPIETARIA es conductora del local comercial ubicado en la calle Cajamarca N 156- Ica tienda N 143 ubicada en el primer nivel, el mismo que est construido de material noble y se encuentra en condiciones adecuadas para negocio, (LOCAL EN ESTRENO). SEGUNDO: LA PROPIETARIA da en arrendamiento a la firma del presente contrato un local comercial. TERCERO.- El contratante convienen en que el plazo del presente contrato es de seis meses en que empezar a regir a partir del 01 de Diciembre del 2011 y que vencer indefectiblemente el 01 de Junio del 2012 comprometindose el arrendatario a efectuar la devolucin del inmueble al arrendador al vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato.

CUARTO.- El contratante conviene pactar por dicho alquiler del local comercial arriba mencionado la suma de S/ 250.00 (Doscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) mensualidad adelanta y un mes de garanta, sin necesidad de requerimiento alguno y que sern abonados al propietario. QUINTO.- LA ARRENDATARIA asumir el pago del impuesto a la SUNAT por recibo de arrendamiento; as como el pago de la guardiana y la energa elctrica de uso comn se prorratearn entre todas las tiendas. SEXTO.- Por acuerdo de ambas partes, y de no ser productivo el negocio el arrendatario DEVOLVER EL LOCAL COMERCIAL EN PERFECTAS CONDICIONES TAN IGUAL COMO LO RECIBIO al arrendador. Y adems no podr subarrendar dicho local a terceros. STIMO.- La renovacin del contrato del local comercial se podr realizar por mutuo acuerdo, con una anticipacin no menor a treinta das. OCTAVO.- El presente contrato se regir por lo establecido en el Cdigo Civil vigente y dems disposiciones legales que lo norman sometindose al Arrendatario a la jurisdiccin Judicial de esta provincia, ambas partes manifiestan su conformidad en todas las clausulas establecidas en el presente contrato y lo suscriben por duplicado en la ciudad de Ica, a los 07 das del mes de Diciembre del 2011.

JULIA FERNANDEZ DE PAREDES DNI N 21442886 PROPIETARIA

VERONICA P. PACCO CARRIN DNI N 42895768 ARRENDATARIA

RECIBO DE PAGOYO JULIA FERNANDEZ DE PAREDES, identificada con DNI N 21442886 RECIB LA SUMA DE S/ 500.00 (QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) POR CONCEPTO DE UNA MENSUALIDAD ADELANTADA Y UN MES DE GARANTA DE PARTE DE LA SRA. VERONICA P. PACCO CARRIN con DNI N 42895768. DICHA SUMA SE DA EN TOTAL CONFORMIDAD A LOS 22 DAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL 2011. PARA MAYOR CONFORMIDAD FIRMAMOS LA PRESENTE.

JULIA FERNANDEZ DE PAREDES DNI N 21442886 PROPIETARIA

VERONICA P. PACCO CARRIN DNI N 42895768 ARRENDATARIA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADOConste celebran por de el una presente documento, de contrato parte como de arrendamiento, que

PROPIETARIA (ARRENDADORA) la seora Y de la otra parte como DNI N

SOFIA ORIELE MEDINA CABRERA, identificada con DNI N 21488409 con domicilio legal en Prolongacin Grau N 610 Ica ARRENDATARIOS los seores JOS GABRIEL CAYCHO ARIAS con

21817663, domiciliado en Buenos Aires 208- Anexo San Vicente de Azpite Sta. Cruz de Flores Caete-Lima, y LUZ FIORELA HUASASQUICHE DE LA BORDA, identificada con DNI N 45874939 con domicilio legal en Prolongacin Municipalidad E-22 IV Etapa - Ica.. PRIMERO.- LA PROPIETARIA es conductora del local comercial ubicado en la calle Cajamarca N 156- Ica tienda N 125 ubicada en el primer nivel, el mismo que est construido de material noble y se encuentra en condiciones adecuadas para negocio. SEGUNDO: LA PROPIETARIA da en arrendamiento a la firma del presente contrato un local comercial. TERCERO.- El contratante convienen en que el plazo del presente contrato es de seis meses en que empezar a regir a partir del 17 de Noviembre del 2011 y que vencer indefectiblemente el 17 de Mayo del 2012 comprometindose el arrendatario a efectuar la devolucin del inmueble al arrendador al vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato. CUARTO.- El contratante conviene pactar por dicho alquiler del local comercial arriba mencionado la suma de S/ 250.00 (Doscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles)

mensualidad adelanta y un mes de garanta, sin necesidad de requerimiento alguno y que sern abonados al propietario. QUINTO.- EL ARRENDATARIO asumir el pago del impuesto a la SUNAT por recibo de arrendamiento; as como el pago de la guardiana y la energa elctrica de uso comn se prorratearn entre todas las tiendas. SEXTO.- Por acuerdo de ambas partes, y de no ser productivo el negocio el arrendatario devolver el local comercial al arrendador. Y adems no podr subarrendar dicho local a terceros. STIMO.- La renovacin del contrato del local comercial se podr realizar por mutuo acuerdo, con una anticipacin no menor a treinta das. OCTAVO.- El presente contrato se regir por lo establecido en el Cdigo Civil vigente y dems disposiciones legales que lo norman sometindose al Arrendatario a la jurisdiccin Judicial de esta provincia, ambas partes manifiestan su conformidad en todas las clausulas establecidas en el presente contrato y lo suscriben por duplicado en la ciudad de Ica, a los 14 das del mes de Noviembre del 2011.

SOFIA ORIELE MEDINA CABRERA DNI N 21488409 PROPIETARIA

FIORELA HUASASQUICHE DE LA BORDA DNI N 45874939

JOS GABRIEL CAYCHO ARIAS DNI N 21817663

ARRENDATARIA

ARRENDATARIO

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADOConste celebran por de el una presente documento, de contrato parte como de arrendamiento, que

PROPIETARIO el seor VICTOR AUGUSTO

HUANCAHUARI HUAMAN, identificado con DNI N 21454663 con domicilio real y habitual en la Cooperativa de Vivienda La Nueva Esperanza B-17 San Joaqun - Ica. Y de la otra parte como ARRENDATARIA QUIONES PEREZ KAREN ESTEFANI con DNI N 72687805, domiciliada en Urb. Las Casuarinas A-40 1era. Etapa Provincia y Departamento de Ica. PRIMERO.- EL PROPIETARIO es conductor y socio del local comercial ubicado en la calle Cajamarca N 156 tienda N 126 Ica, el mismo que est construido de material noble y se encuentra en condiciones adecuadas para negocio. SEGUNDO: EL PROPIETARIO da en arrendamiento a la firma del presente contrato el referido local comercial. TERCERO.- El contratante convienen en que el plazo del presente contrato es de seis meses que empezar a regir a partir del 01 de Diciembre del 2011 y que vencer indefectiblemente el 01 de Junio del 2012 comprometindose el arrendatario a efectuar la devolucin del inmueble al arrendador al vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato, concediendo un periodo de gracia a partir de la fecha hasta fines de Noviembre del ao en curso. CUARTO.- El contratante conviene pactar por dicho alquiler del local comercial arriba mencionado la suma de S/ 250.00 (Doscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) mensualidad adelanta y un mes de garanta, sin necesidad de requerimiento alguno y que sern abonados al propietario.

QUINTO.- EL ARRENDATARIO asumir el pago del impuesto a la SUNAT por recibo de arrendamiento; as como el pago de la guardiana y la energa elctrica de uso comn se prorratearn entre todas las tiendas. SEXTO.- Por acuerdo de ambas partes, y de no ser productivo el negocio el arrendatario devolver el local comercial al arrendador. Y adems no podr subarrendar dicho local a terceros, bajo apercibimiento de resolucin de contrato. STIMO.- La renovacin del contrato del local comercial se podr realizar por mutuo acuerdo, con una anticipacin no menor a treinta das. OCTAVO.- Que ante mi ausencia y para efectos del pago del arrendamiento lo har mi seora Juana Isabel Castaeda Chauca. NOVENO.- El presente contrato se regir por lo establecido en el Cdigo Civil vigente y dems disposiciones legales que lo norman sometindose al Arrendatario a la jurisdiccin Judicial de esta provincia, ambas partes manifiestan su conformidad en todas las clausulas establecidas en el presente contrato y lo suscriben por duplicado en la ciudad de Ica, el 14 de Noviembre del 2011.

VICTOR A. HUANCAHUARI HUAMAN DNI N 21454663 PROPIETARIO

KAREN E. QUIONES PEREZ DNI N 72687805 ARRENDATARIA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADO

Conste por el presente documento, de contrato de arrendamiento, que celebran de una parte como PROPIETARIO (ARRENDADOR) AMISUR con R.U.C. 20452528411 y domicilio legal en la calle Cajamarca N 156 de la ciudad de Ica, debidamente representado por el seor EFRAIN IGNACIO MONTOYA ATOCCSA, identificado con DNI N 21425346. Y de la otra parte como ARRENDATARIA la seora CRDOVA YMAN ROCIO DEL PILAR con DNI N 07297330, domiciliada en Sto. Domingo de Marcona M-11- 5ta. Etapa del cercado de Ica. PRIMERO.- EL PROPIETARIO es conductor del local comercial ubicado en la calle Cajamarca N 156, tienda N 118- Ica, el mismo que est construido de material noble y se encuentra en condiciones adecuadas para negocio. SEGUNDO: EL PROPIETARIO da en arriendo a la firma del presente contrato un local comercial. TERCERO.- El contratante convienen en que el plazo del presente contrato es de un ao forzado en que empezar a regir a partir del 15 de setiembre del 2011 y que vencer indefectiblemente el 15 de setiembre del 2012 comprometindose la arrendataria a efectuar la devolucin del inmueble al arrendador al vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato. CUARTO.- El contratante conviene pactar por dicho alquiler del local comercial arriba mencionado la suma de S/ 300.00 (Trescientos y 00/100 Nuevos Soles) mensualidad

adelanta y un mes de garanta, sin necesidad de requerimiento alguno y que sern abonados al propietario. QUINTO.- EL ARRENDATARIO asumir el pago del impuesto a la SUNAT por recibo de arrendamiento; as como el pago de la guardiana y la energa elctrica de uso comn se prorratearn entre todas las tiendas. SEXTO.- Por acuerdo de ambas partes, y de no ser productivo el negocio el arrendatario devolver el local comercial al arrendador. Y adems no podr subarrendar dicho local a terceros. STIMO.- La renovacin del contrato del local comercial se podr realizar por mutuo acuerdo, con una anticipacin no menor a treinta das. OCTAVO.- El presente contrato se regir por lo establecido en el Cdigo Civil vigente y dems disposiciones legales que lo norman sometindose al Arrendatario a la jurisdiccin Judicial de esta provincia, ambas partes manifiestan su conformidad en todas las clausulas establecidas en el presente contrato y lo suscriben por duplicado en la ciudad de Ica, al segundo da del mes de Agosto del 2011.

EFRAIN IGNACIO MONTOYA ATOCCSA

CRDOVA YMAN ROCIO DEL PILAR

DNI N 21425346 ARRENDADOR

DNI N 07297330 ARRENDATARIA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADO

Conste por el presente documento, de contrato de arrendamiento, que celebran de una parte como PROPIETARIO (ARRENDADOR) domicilio legal en la calle Cajamarca N 156 de la ciudad de Ica, debidamente representado por el seor EFRAIN IGNACIO MONTOYA ATOCCSA, identificado con DNI N 21425346. Y de la otra parte como la Tinguia - Ica. PRIMERO.- EL PROPIETARIO da en calidad de arriendo un local comercial ubicado en la calle Cajamarca N 156 PLAZA CENTRAL AMISUR, tienda N 246- Ica, el mismo que est construido de material noble y se encuentra en condiciones adecuadas para negocio. SEGUNDO: EL PROPIETARIO da en arriendo a la firma del presente contrato un local comercial. TERCERO.- El contratante convienen en que el plazo del presente contrato es de un ao forzado en que empezar a regir a partir del 27 de Octubre del 2011 y que vencer indefectiblemente el 27 de Octubre del 2012 comprometindose la arrendataria a efectuar la devolucin del inmueble al arrendador al vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato. CUARTO.- El contratante conviene pactar por dicho alquiler del local comercial arriba mencionado la suma de S/ 350.00 (Trescientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) ARRENDATARIA la seora MARTINEZ VASQUEZ, LIDIA MARIANA con DNI N 25695607, domiciliada en Av. Roma 231 - Distrito de

mensualidad adelanta y un mes de garanta, sin necesidad de requerimiento alguno y que sern abonados al propietario. QUINTO.- EL ARRENDATARIO asumir el pago del impuesto a la SUNAT por recibo de arrendamiento; as como el pago de la guardiana y la energa elctrica de uso comn se prorratearn entre todas las tiendas. SEXTO.- Por acuerdo de ambas partes, y de no ser productivo el negocio el arrendatario devolver el local comercial al arrendador. Y adems no podr subarrendar dicho local a terceros. STIMO.- La renovacin del contrato del local comercial se podr realizar por mutuo acuerdo, con una anticipacin no menor a treinta das. OCTAVO.- El presente contrato se regir por lo establecido en el Cdigo Civil vigente y dems disposiciones legales que lo norman sometindose al Arrendatario a la jurisdiccin Judicial de esta provincia, ambas partes manifiestan su conformidad en todas las clausulas establecidas en el presente contrato y lo suscriben por duplicado en la ciudad de Ica, a los 13 das del mes de Octubre del 2011.

EFRAIN IGNACIO MONTOYA ATOCCSA

MARTINEZ VASQUEZ, LIDIA MARIANA

DNI N 21425346 ARRENDADOR

DNI N 25695607 ARRENDATARIA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADO

Conste por el presente documento, de contrato de arrendamiento, que celebran de una parte como PROPIETARIO el seor CACCHA HUAMAN, Y de la otra parte como DNI N ORLANDO, identificado con DNI N 21453379 ARRENDATARIA Provincia de Ica. PRIMERO.- EL PROPIETARIO da en calidad de arriendo un local comercial ubicado en la calle Cajamarca N 156 Galera Central AMISUR, Tienda N 113- Ica, el mismo que est constituido de material noble y se encuentra en condiciones adecuadas para negocio (Local en Estreno). SEGUNDO: EL PROPIETARIO da en arriendo a la firma del presente contrato un local comercial. TERCERO.- El contratante convienen en que el plazo del presente contrato es de medio ao forzado en que empezar a regir a partir del 01 de Diciembre del 2011 y que vencer indefectiblemente el 01 de Junio del 2012 comprometindose la arrendataria a efectuar la devolucin del inmueble al arrendador al vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato, concediendo un PERIODO DE GRACIA a partir de la fecha hasta fines de Noviembre del ao en curso. CUARTO.- El contratante conviene pactar por dicho alquiler del local comercial arriba mencionado la suma de S/ 250.00 (Doscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) mensualidad adelanta y un mes de garanta, sin necesidad de requerimiento alguno y que sern abonados al propietario. QUINTO.- EL ARRENDATARIO asumir el pago del impuesto a la SUNAT por recibo de arrendamiento; as como el pago de la guardiana y la energa elctrica de uso comn se prorratearn entre todas las tiendas.

la seora ALTAMIRANO QUISPE ELIZABETH con

21534961, domiciliada en Buenos Aires 450 Distrito de La Tinguia, Departamento y

SEXTO.- Por acuerdo de ambas partes, y de no ser productivo el negocio el arrendatario devolver el local comercial al arrendador. Y adems no podr subarrendar dicho local a terceros. STIMO.- La renovacin del contrato del local comercial se podr realizar por mutuo acuerdo, con una anticipacin no menor a treinta das. OCTAVO.- El presente contrato se regir por lo establecido en el Cdigo Civil vigente y dems disposiciones legales que lo norman sometindose al Arrendatario a la jurisdiccin Judicial de esta provincia, ambas partes manifiestan su conformidad en todas las clausulas establecidas en el presente contrato y lo suscriben por duplicado en la ciudad de Ica, a los quince das del mes de Noviembre del 2011.

CACCHA HUAMAN, ORLANDO DNI N 21453379 PROPIETARIO

ALTAMIRANO QUISPE ELIZABETH DNI N 21534961 ARRENDATARIA

AO DEL CENTENARIO DE MACCHU PICCHU PARA EL MUNDO Ica, 14 de Noviembre del 2011.

SEOR:

EFRAIN MONTOYA ATOCCSA PRESIDENTE DE AMISUR

ASUNTO:

SOLICITO PERMISO PARA RETIRAR ANTENA PARABLICA.

Yo, CLAUDIO JARA ALBERTO, identificado con DNI N 06107465; tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con la finalidad de solicitarle EL PERMISO CORRESPONDIENTE PARA RETIRAR UNA ANTENA PARABLICA que se encuentra en la azotea de la Asociacin de Comerciantes AMISUR. Por lo tanto, pido se sirva acceder a mi peticin. Aprovecho la oportunidad para expresarle las muestras de mi especial consideracin y estima personal. Atentamente,

CLAUDIO JARA ALBERTO DNI N 06107465