CONTRATACIÓN DIRECTA Nº: 11/ 2017 - Mar del...

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EXPEDIENTE Nº 85 – T – 2017 – CPO. 01 - ALC. 00 –- AN. 00 ROSALES Nº 10.189 – (B7611HCK) – MAR DEL PLATA – BUENOS AIRES - REPUBLICA ARGENTINA TE: (0223) 465-2530 (int. 7747) – FAX: 465-2530 (int. 7746) - E.Mail: [email protected] CONTRATACIÓN DIRECTA Nº: 11/ 2017 (ARTÍCULO Nº 132 de la L.O.M.) OBRA: CEGADO DE POZOS Y CONSTRUCCION DE SISTEMAS DE DESAGUES EN ESCUELA PROVINCIAL AGRARIA Nº 1 UBICACIÓN: Calle Cacique Cangapol s/n (laguna de los Padres) – Ciudad de Mar del Plata.- APERTURA DE PROPUESTAS: 17 de FEBRERO de 2017 – 12:00 HORAS LUGAR DE APERTURA: OFICINA DE COMPRAS – EMSUR. Calle Rosales Nº 10.189 – Subsuelo - (B7611HCK) MAR DEL PLATA PRESUPUESTO OFICIAL: $ 217.908,19.- EXPEDIENTE Nº 85 / T / 2017 – CPO. 01 – ALC. 00 – AN. 00 CONSULTAS y RETIRO DE PLIEGOS: OFICINA DE COMPRAS – EMSUR. Calle Rosales Nº 10.189 – Subsuelo - (B7611HCK) MAR DEL PLATA

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EXPEDIENTE Nº 85 – T – 2017 – CPO. 01 - ALC. 00 –- AN. 00

ROSALES Nº 10.189 – (B7611HCK) – MAR DEL PLATA – BUENOS AIRES - REPUBLICA ARGENTINA TE: (0223) 465-2530 (int. 7747) – FAX: 465-2530 (int. 7746) - E.Mail: [email protected]

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº: 11/ 2017 (ARTÍCULO Nº 132 de la L.O.M.)

OBRA: CEGADO DE POZOS Y CONSTRUCCION DE

SISTEMAS DE DESAGUES EN ESCUELA

PROVINCIAL AGRARIA Nº 1

UBICACIÓN: • Calle Cacique Cangapol s/n (laguna de los Padres) – Ciudad de Mar del Plata .-

APERTURA DE PROPUESTAS :

17 de FEBRERO de 2017 – 12:00 HORAS

LUGAR DE APERTURA : OFICINA DE COMPRAS – EMSUR .

Calle Rosales Nº 10.189 – Subsuelo - (B7611HCK) MAR DEL PLATA

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 217.908,19.-

EXPEDIENTE Nº 85 / T / 2017 – CPO. 01 – ALC. 00 – AN. 00

CONSULTAS y RETIRO DE PLIEGOS:

OFICINA DE COMPRAS – EMSUR. Calle Rosales Nº 10.189 – Subsuelo - (B7611HCK) MAR DEL PLATA

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PROV. Nº FECHA HORA

UNITARIO TOTAL

1 1 UNIDAD $ $

XFirma y sello del Proponente

.neb. 1

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 217.908,19.-

Para todos los renglones, rigen las condiciones que sedetallan en el Pliego de Cláusulas Legales Particulares yCláusulas Técnicas Particulares.-

EXPEDIENTE Nº 85 - T - 2017 - CPO. 01 - ALC. 00 - AN. 00

MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON

X

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 11 / 2017

NOMBRE Y DOMICILIO DEL PROVEEDOR

APERTURA DE SOBRES

OFICINA DE COMPRAS

CEGADO DE POZOS Y CONSTRUCCION DE SISTEMAS DE

DESAGUES EN ESCUELA PROVINCIAL AGRARIA Nº 1

Sírvase cotizar precio (unitario y total) por el suministro que se indica a continuación, de acuerdo a lasespecificaciones que se detallan en el Pliego de Condiciones Generales, que rige para las compras de este EnteMunicipal.

SEGÚN PLIEGOS

Firma y sello del Profesional

DESCRIPCIÓNUNIDAD

CEGADO DE POZOS Y CONSTRUCCION DE SISTEMADE DESAGUES EN LA ESCUELA PROVINCIALAGRARIA Nº 1, EN UN TODO ACUERDO AESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DEMÁSDOCUMENTACIÓN Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN QUEFORMA PARTE DEL PRESENTE PLIEGO DE BASES YCONDICIONES.-

CANTIDADRENGLÓN

SEGÚN PLIEGOS

SEÑOR OFERENTE: En caso de no cotizar lo solicitado , le agradeceremos devolver este formulario justifi cando los motivos, a fin de reglamentar nuestra tramitación interna.-

TOTAL: $SON PESOS:

Jefe de Compras

SEGÚN PLIEGOS

PLAZO DE OBRACONDICIONES DE PAGO MANTENIMIENTO DE OFERTA

PRECIO

17/02/2017 12:00

Rosales Nº 10,189 - (7600) MAR DEL PLATA Teléfono: (0223) 465-2530 (int. 7747)Fax: (0223) 465-2530 (int. 7746)E-mail: [email protected]

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EXPEDIENTE Nº 85 – T - 2017 – CPO. 01 - ALC. 00 –- AN. 00

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 11/ 2017

“CEGADO DE POZOS Y REPARACION DE SISTEMAS DE DESAGU ES EN ESCUELA PROVINCIAL AGRARIA Nº 1”

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X................................................. X................................................. FIRMA Y SELLO DEL PROPONENTE FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL

CLÁUSULAS LEGALES PARTICULARES

ARTICULO Nº 1: OBJETO Y UBICACIÓN: • OBJETO: Contratar la ejecución de la siguiente obra: “CEGADO DE POZOS Y

CONSTRUCCION DE SISTEMAS DE DESAGUES EN ESCUELA PRO VINCIAL AGRARIA Nº 1”, de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, y observando lo establecido en el Art. 2.5 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales.-

• Ubicación : Calle Cacique Cangapol s/n (Laguna de los Padres) – ciudad Mar del Plata.- ARTICULO Nº 2: LEGAJO: Los Pliegos podrán consultarse en la Oficina de Compras del EMSUR en el horario de 08:15 hs. a 14:30 hs.. (Calle Rosales Nº 10.189 de Mar del Plata) en el horario indicado o a través de la pagina www.mardelplata.gob.ar ingresando al calendario de licitaciones. Los Pliegos podrán ser retirados en la Oficina de Compras hasta el d ía 15 de FEBRERO de 2017 . Las consultas que se considere necesario efectuar deberán ser formuladas por escrito ante la Oficina de Compras del EMSUR, hasta DOS (2) días hábiles antes de la fecha de la apertura de la Licitación.- En el momento de compra del Pliego deberá constituirse el domicilio legal del proponente en la forma fijada en el Art. 2.3 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales.- El día de VISITA DE OBRA está fijado para 16 de FEB RERO 2017 el horario será acordado con personal dependiente del AREA TECNICA del ENTE.- ARTICULO Nº 3: PRESUPUESTO OFICIAL: El Presupuesto Oficial de la Obra, confeccionado al mes de NOVIEMBRE 2016, asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS OCHO CON 19/100 ($.217.908,19).- ARTICULO Nº 4: PLAZO DE OBRA: A los TREINTA (30) DÍAS CORRIDOS contados a partir de la firma del ACTA DE INICIACIÓN DE OBRA deberán ser entregados los trabajos totalmente terminados (RECEPCIÓN PROVISORIA).- Serán reconocidos mayores plazos de ejecución de obra por condiciones derivadas de situaciones climáticas (lluvias y sus consecuencias), paros, huelgas, realización de trabajos adicionales o imprevistos de importancia que demanden mayor tiempo para la ejecución de los trabajos, siempre que hayan sido denunciados por escrito ante la Inspección de Obra, dentro de las veinticuatro (24) horas de producido el hecho.- ARTICULO Nº 5: MODALIDAD LICITATORIA Y SISTEMA DE CONTRATACIÓN: La presente Contratación queda comprendida en la siguiente modalidad: SIN PRECALIFICACIÓN.- Las obras se contratarán por el SISTEMA AJUSTE ALZADO .- ARTICULO Nº 6: FECHA, HORA Y LUGAR DE APERTURA DE LA LICITACIÓN: La apertura de las propuestas se efectuará el día 17 de FEBRERO de 2017, a las 12:00 hs. en la Oficina de Compras del EMSUR., sita en calle Rosales Nº 10.189 – Mar del Plata.- ARTICULO Nº 7: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: 7.1.- El oferente deberá presentar en la Oficina de Compras del EMSUR, hasta el día y hora indicada en el Artículo anterior, su propuesta en un sobre envoltorio debidamente cerrado con indicación de: “CEGADO DE POZOS Y CONSTRUCCION DE SISTEMAS DE DESA GUES EN ESCUELA PROVINCIAL AGRARIA Nº 1” – EXPEDIENTE Nº 85 – T – 2 016; conteniendo los requisitos que a continuación se detallan:

• INCISO 1: Constancia de Inscripción y/o Certificado de Inscripción vigente en el Registro de Empresas de Obras Públicas de la Municipalidad de General Pueyrredon (Decreto 1707/96) como empresa habilitada para Contratación Directa de Obra Pública como mínimo.-

• INCISO 2: Constancia de Inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (Artículo 32 de la Ley 22250).-

• 2.1. Libre Deuda expedido por el INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (IERIC). Se admitirá la presentación de la constancia que acredite la solicitud del citado certificado de Libre Deuda, ante el I.E.R.I.C., debiendo acreditarse la certificación definitiva extendida por éste, con anterioridad a la adjudicación. En caso de no incorporarse dicha documentación dentro del plazo establecido, la oferta será rechazada.-

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X................................................. X................................................. FIRMA Y SELLO DEL PROPONENTE FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL

• INCISO 3: VERIFICACION DE LOS TRABAJOS A REALIZAR - CONSTANCIA DE VISITA. Los oferentes deberán concurrir, previamente a la fecha fijada para la apertura, con personal de la Dirección de Obras, (día y hora a confirmar), para visitar el edificio, a efectos de elaborar su cotización y retirar su constancia de visita para ser presentada dentro del sobre, con la demás documentación solicitada.-

• INCISO 4: Declaración Jurada, en formulario otorgado por el EMSUR., en la cual el oferente exprese NO encontrarse incurso en alguna de las siguientes causales de exclusión: a) Incapacidad para contratar, según la legislación vigente.- b) Ser agente al servicio del Estado Nacional, Provincial o Municipal y, en caso de sociedades,

estar integradas total o parcialmente por aquellos, o cuyos Directores o Gerentes también lo fueren.-

c) Inhabilitación originada por la aplicación de la Legislación Concursal.- d) Encontrarse interdictos judicialmente o sufrir inhibición general de bienes.- e) Haber sido eliminado del Registro de Proveedores de la Provincia de Buenos Aires, o de

ésta Comuna y/o sus Entes Descentralizados o Sociedades de Estado Municipal.- f) Haber sido objeto de rescisiones contractuales unilaterales o sancionatorias, por causas

imputables a los oferentes, aplicadas por organismos nacionales, provinciales o municipales.-

El falseamiento de datos o de información conforme a los requisitos del presente artículo, será causa del inmediato rechazo de la propuesta o de la rescisión del contrato, según el estado del trámite. Todo ello, sin perjuicio de la pérdida del pertinente depósito de garantía, sin necesidad de previa interpelación judicial o extrajudicial, y de la elevación de las actuaciones a la justicia penal, si correspondiere.- • INCISO 5: Declaración Jurada, suscripta por el proponente, en donde se manifieste conocer y

aceptar íntegramente el contenido del Pliego Tipo de la Municipalidad de General Pueyrredon (Cláusulas Legales Generales), las Cláusulas Legales Particulares y las Especificaciones Técnicas de este llamado.-

• INCISO 6: Declaración Jurada donde conste la aceptación, para cualquier cuestión judicial que se suscite se acepta la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial Mar del Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle, incluso el Federal.-

• INCISO 7: Cuando el Oferente sea una persona de existencia ideal se acompañará copia autenticada ante Escribano Público, del Contrato Social o Copia Simple del mismo cuando dicha copia autenticada se encuentre depositada en el Registro de Empresas Públicas de la Municipalidad de General Pueyrredon (Decreto 1707/96); y comprobante de que el o los signatarios de la propuesta tienen personería suficiente para efectuar la presentación y comprometer a la Empresa Oferente.- En todos los casos la duración del contrato social deberá tener un término de vencimiento no menor que el plazo máximo estipulado en estas cláusulas particulares para la realización de la obra.-

• INCISO 8: Nómina del personal y equipo a utilizar en la obra, todos los elementos que componen el equipo para la ejecución de los trabajos, deberán ser aprobados por la Inspección y deberán encontrarse en perfectas condiciones de funcionamiento y ser conservadas en esas condiciones hasta la finalización de los trabajos. Si observara deficiencias o mal funcionamiento de alguna unidad, la Inspección ordenará su retiro o inmediato reemplazo por otra en condiciones satisfactorias.-Nómina de equipos a afectar a la obra, discriminando los propios o arrendados de terceros.-

• INCISO 9: Antecedentes en Obras, ejecutadas o en ejecución, de envergadura similar o superior a la que se licita por la presente.-

• INCISO 10: Ejemplar del Pliego provisto por el EMSUR., visado en todas sus hojas, por el oferente y su/s Representante/s Técnico/s o por el oferente y el/los Profesional/es de la Ingeniería encargado/s del estudio de la Propuesta.- (Resolución 559/98 y/o la vigente a la fecha del Colegio Profesional de la Ingeniería).-

• INCISO 11: La propuesta propiamente dicha, confeccionada por duplicado de acuerdo a los formularios entregados por el EMSUR., firmados por el oferente y su/s representante/s técnico/s o profesional/es que efectúe/n el estudio de la propuesta. En caso de UTE además deberá estar firmada por su representante legal.-

• INCISO 12: Se deberá presentar: el presupuesto de la obra, con la cotización en forma global y presupuesto discriminado, confeccionado por duplicado conforme al formulario entregado por el EMSUR. (incluido como Anexo del presente Pliego).-

ARTICULO Nº 8: CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS: La omisión de los requisitos de los incisos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 10, 11 y 12 del Artículo anterior, podrá ser causa de rechazo de la Propuesta; en el mismo acto de apertura por la autoridad que lo dirija.- La omisión de los requisitos exigidos en el Inciso 2 del Articulo anterior, en lo referente al visado de en todas las hojas del Pliego adquirido, podrá ser salvado durante el acto licitatorio.- Para las omisiones de los requisitos restantes de carácter formal, que a exclusivo juicio del EMSUR., puedan ser salvadas con posterioridad al acto licitatorio, siempre que no vulnere el principio de equidad, punto básico del referido acto, se otorga un término de dos días hábiles administrativos a contar del mismo para subsanarlas.-

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EXPEDIENTE Nº 85 – T - 2017 – CPO. 01 - ALC. 00 –- AN. 00

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 11/ 2017

“ CEGADO DE POZOS Y CONSTRUCCION DE SISTEMAS DE DESAGUES EN ESCUELA PROVINCIAL AGRARIA Nº 1 ”

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Transcurrido el plazo indicado y de no cumplimentar algunos de los requisitos, la Oferente incursa en la causal prevista para el caso de retiro de propuesta, en los términos del Artículo 25º de la Ley 6021.- Igualmente durante el acto licitatorio, el EMSUR determinará cuando la falta de certificación o legalización por funcionario autorizado, de la documentación pedida constituye una omisión meramente formal susceptible de subsanarse con posterioridad.- Cuando se configuren tales omisiones, el Oferente contará, como en el caso anterior, de dos (2) días hábiles administrativos a contar del mismo acto licitatorio para completar o adecuar la documentación a lo que el referido acto señalare.- Transcurrido el plazo indicado y de no subsanarse las omisiones formales que hubiere, se tendrá a la Oferente como desistida de la propuesta, bajo apercibimiento del inicio de las acciones legales pertinentes.- 8.2.- REQUISITOS QUE PUEDEN SER SUPLIDOS DURANTE EL ACTO LICITATORIO: Podrán ser suplidas durante el mencionado acto la falta de firmas del Oferente en la documentación presentada, EXCEPTO en la propuesta económica propiamente dicha donde la falta de la/s firma/s hará que no se considere la oferta.- 8.3.- GENERALIDADES: Las causales de rechazo que pasaren inadvertidas en el acto de apertura y que fueran detectadas durante el estudio de las Propuestas por la Comisión respectiva, podrán ser tenidas en cuenta posteriormente a dicho acto y dar lugar a su consideración de acuerdo con lo que determina para estos casos el Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales.- Las omisiones o falencias que no se encuentren taxativamente enumeradas en éste Artículo serán consideradas de carácter formal.- ARTICULO Nº 9: OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES: Antes de procederse a la apertura de las propuestas podrán los interesados pedir o formular aclaraciones relacionadas con el acto, pero iniciada dicha apertura no se admitirá interrupción alguna. Terminado el acto los presentes tendrán derecho a hacer asentar en el acta las observaciones al mismo que a su criterio sean procedentes.- A los efectos de formular impugnaciones y observaciones a las ofertas, la documentación quedará a la vista de los licitantes a partir del primer día hábil posterior a la apertura y por el término de un (1) día. El plazo para la presentación de las impugnaciones será de un (1) día hábil siguiente al de toma de vista de la documentación por parte de los Oferentes quienes podrán formular impugnaciones por escrito a las ofertas con tantas copias como impugnados haya.- De las impugnaciones se correrá traslado por dos (2) días hábiles administrativos a partir de la notificación; en ningún caso se abrirán a prueba las presentaciones, resolviéndose la adjudicación sobre la base de éstas, sin perjuicio de las facultades verificadoras del EMSUR.- ARTICULO Nº 10: DISPOSICIONES GENERALES: Todas las omisiones y falencias de carácter formal, tanto así fueran detectadas en el acto licitatorio y no suplidas durante su desarrollo como en oportunidad del estudio de las propuestas por la Comisión respectiva serán notificadas por Cédula al Oferente, que deberá subsanar la misma dentro de los dos (2) días hábiles administrativos de intimado por el EMSUR, bajo apercibimiento de no considerarse su oferta, quedando el proponente incurso en la causal prevista para el caso de retiro de la propuesta en los términos del Artículo Nº 25 de la Ley Nº 6021.- En caso de falseamiento de datos o de información incompleta o inexacta el Oferente se hará pasible del rechazo de la Oferta con pérdida del Depósito de Garantía de Oferta, si hubiera, y la rescisión de la adjudicación si ello se hubiera operado.- Los importes que figuran en la documentación presentada serán consignados en letras y números. Si hubiera divergencia entre uno y otro se tomará como definitivo el valor que figura en letras.- ARTICULO Nº 11: DESCUENTO EN LA OFERTA Se aceptarán descuentos globales sobre las ofertas, que se propongan, por nota separada incluida en el sobre de presentación de ofertas. Estos descuentos se harán efectivos aplicándose sobre precios finales de los certificados básicos confeccionados con los valores de la propuesta propiamente dicha.-

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ARTÍCULO Nº 12: INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE EMPRESAS DE OBRAS PÚ BLICAS: Será condición inexcusable para ser Contratista de la Obra estar inscripto en el REGISTRO DE EMPRESAS DE OBRAS PÚBLICAS de la Municipalidad (Decreto 1707/96), como empresa habilitada para Contratación Directa de Obra Pública como mínimo.- La Empresa debe tener Especialidad en OBRAS DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS E INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS EN EDIFICIOS. ARTÍCULO Nº 13: INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE LA CONSTRUC CIÓN: Las empresas Oferentes, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 32º de la Ley 22250, el cual dispone que se deberá presentar la Constancia de Inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, como el Libre Deuda expedido por el INSTITUTO DE ESTADÍSTICAS Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (I.E.R.I.C.).- Se admitirá la presentación de la constancia que acredite la solicitud del citado Certificado de Libre Deuda, ante el I.E.R.I.C., debiendo acreditarse la certificación definitiva extendida por éste, con anterioridad a la adjudicación y dentro del plazo que se le otorgue. En caso de no incorporarse dicha documentación dentro del plazo establecido, la oferta será rechazada.- ARTICULO Nº 14: ANÁLISIS DE PRECIOS: El Ente podrá solicitar cuando lo considere necesario, Análisis de Precios en los Ítem que conforman la oferta.- ARTÍCULO Nº 15: NÓMINA DE PERSONAL Y EQUIPO A UTILIZAR EN LA OBRA: La empresa Contratista deberá presentar, previo a la firma del contrato, la nómina definitiva del personal y equipo a utilizar en la obra, todos los elementos que componen el equipo para la ejecución de los trabajos, deberán ser aprobados por la Inspección y deberán encontrarse en perfectas condiciones de funcionamiento y ser conservadas en esas condiciones hasta la finalización de los trabajos. Si observara deficiencias o mal funcionamiento de alguna unidad, la Inspección ordenará su retiro o inmediato reemplazo por otra en condiciones satisfactorias.- ARTICULO Nº 16: MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA: La Empresa cotizante se compromete a mantener su oferta por el término de TREINTA (30) días, a partir de la fecha de apertura de las propuestas. Se considerará automáticamente prorrogado por igual período, salvo expresa manifestación en contrario por parte del oferente, la que deberá efectuarse junto con la oferta.- ARTÍCULO Nº 17: ADJUDICACIÓN: El EMSUR no estará obligado a adjudicar a oferta alguna, pudiendo rechazarlas todas si lo estimare conveniente, sin derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes, conforme lo prescriben los Artículos 154º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 188º del Reglamento de Contabilidad respectivamente.- La adjudicación se efectuará al oferente que presente la oferta más conveniente, a exclusivo criterio del EMSUR, cuya decisión respecto a los oferentes y sus propuestas serán absolutamente privativas. El precio es un elemento más que hace a la conveniencia, pero no es determinante exclusivo de ello.- ARTÍCULO Nº 18: MEJORA DE OFERTAS: En el caso que hubiere dos o más propuestas que se presenten en igualdad de condiciones y cuyas cotizaciones no difieran en más del cinco por ciento (5%), se podrá llamar a estos proponentes a mejorarlas, por escrito y en sobre cerrado, no siendo obligación del EMSUR adoptar tal criterio. A estos efectos se fijará la fecha para su apertura, dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos, contados a partir de la fecha de la Notificación de la Resolución del EMSUR de llamado a MEJORA DE PRECIOS.- ARTÍCULO Nº 19: AMPLIACIONES Y/O REDUCCIONES DE OBRA: El EMSUR se reserva el derecho de reducir o ampliar la obra, hasta un VEINTE (20%) por ciento del monto de obra contratado. Hasta el porcentaje referido, la decisión de la Administración será de aceptación obligatoria para la Contratista, perfeccionándose la reducción o ampliación con la simple notificación a aquella del acto que lo disponga.- Asimismo en caso de ampliación, la Contratista deberá suscribir el contrato correspondiente cumplimentando previamente el pertinente depósito de Garantía de Contrato.- ARTÍCULO Nº 20: PRECIO FINAL – IVA EXENTO: La empresa oferente deberá cotizar por PRECIO FINAL, teniendo en cuenta que el EMSUR reviste el carácter de EXENTO frente al I.V.A.- ARTICULO Nº 21: DE LAS GARANTÍAS Y SEGUROS: 21.1.- ENTIDAD ASEGURADORA: Toda Entidad Aseguradora que garantice o afiance obligaciones de terceros, oferentes y/o contratistas con el EMSUR deberán estar inscriptas en el “REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES ASEGURADORAS” (Ordenanza Nº 7180/88 y Decreto Reglamentario Nº 1868/88).-

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EXPEDIENTE Nº 85 – T - 2017 – CPO. 01 - ALC. 00 –- AN. 00

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 11/ 2017

“ CEGADO DE POZOS Y CONSTRUCCION DE SISTEMAS DE DESAGUES EN ESCUELA PROVINCIAL AGRARIA Nº 1 ”

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21.2.- GARANTÍA DE CONTRATO: Es condición para la firma del contrato o previo a la emisión de la Orden de Compra respectiva que el adjudicatario afiance la contratación dentro de los cinco días de notificada la adjudicación, con una suma no menor al cinco por ciento (5%) del monto total del contrato, efectuándolo de acuerdo a lo establecido en el inciso siguiente.- 21.3.- DE LAS FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS: La garantía afianza el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de parte del Oferente, en su calidad de tal, o de Adjudicatario, si así resultare, la que podrá estar constituida en alguna de las formas siguientes:

a) Dinero en efectivo, giro o cheque contra una institución bancaria, a la orden del Ente Municipal de Servicios Urbanos (EMSUR.).-

b) Póliza de seguro de caución, la que deberá cumplir con las condiciones que se enumeran, de conformidad con lo establecido por Decreto Nacional Nº 411/69 y por el Decreto Municipal Nº 218/82. Las pólizas deberán ser acompañadas de la certificación, hecha por escribano Público, de las firmas de quienes las suscriben, y de la personería y facultades que les asisten para obligar a la entidad aseguradora; en su caso, la firma del Escribano actuante, deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Provincial. Asimismo, se deberán tener en cuenta los siguientes recaudos:

1) Instituir al EMSUR como “Asegurado”.- 2) Cubrir o participar a prorrata, en concurrencia con otros garantes hasta el importe total de

la garantía que se exige y mantener su vigencia mientras no se extingan las obligaciones cuyo cumplimiento se cubre.-

3) Establecer que los actos, declaraciones, acciones u omisiones del oferente o adjudicatario del servicio, que actúe como tomador de la póliza, no afectarán en ningún caso los derechos del asegurado, frente al asegurador.-

4) Determinar que el asegurador responderá con los mismos alcances y en la misma medida en que, de acuerdo con la legislación vigente, el presente Pliego y el contrato respectivo, corresponde afectar total o parcialmente las garantías.-

5) Instituir que, una vez firme la resolución dictada dentro del ámbito del EMSUR que establezca la responsabilidad del oferente o adjudicatario por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, el asegurado tendrá derecho a exigir del asegurador el pago pertinente, luego de haber resultado infructuosa la intimación extrajudicial de pago hecha a aquél, no siendo necesaria ninguna otra interpelación ni acción previa contra sus bienes.-

6) Estipular que el siniestro quedará configurado reunidos los requisitos del punto anterior al cumplirse el plazo que el EMSUR establezca en la intimación de pago hecha al oferente o adjudicatario, sin que se haya satisfecho tal requerimiento, y que el asegurador deberá abonar la suma correspondiente, dentro del término de quince (15) días de serle requerida.-

7) Fijar que la prescripción de la acción contra el asegurador, se producirá cuando prescriban las actuaciones del EMSUR contra el oferente o adjudicatario, de acuerdo a las disposiciones legales y contractuales aplicables.-

8) Establecer expresamente que para cualquier cuestión emergente del contrato de seguro, las partes se someten a la competencia de los Tribunales Competentes de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles y constituir domicilio especial en la ciudad de Mar del Plata.-

9) En caso de existir dos (2) o más instrumentos cubriendo cada uno de ellos en forma parcial la caución exigida por el asegurador participará a prorrata en concurrencia con los otros garantes, hasta el importe total de la garantía.-

21.4.- REQUISITO PARA LA DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Haber dado cumplimiento a la obra contratada en la forma prevista y no haber sido objeto de alguna de las causales de su retención. Se procederá a su devolución una vez dictado el acto administrativo que recepcione provisoriamente la obra e indique su reintegro.- ARTICULO Nº 22: SEGUROS: El contratista deberá contratar seguros de responsabilidad civil durante todo el período de la contratación, que cubran daños a terceros y/o sus bienes y/o al EMSUR derivados de hechos cumplidos por su persona y/o sus dependientes y/o con las cosas de las que se sirvan.- Formalización del seguro: Será contratado por la Empresa Contratista en cualquier Compañía de Seguros inscripta en el “REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES ASEGURADORAS” (Ordenanza Nº 7180/88 y Decreto Reglamentario Nº 1868/88).-

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Plazo de formalización y período de duración del se guro: La contratación del seguro deberá quedar formalizada, como plazo máximo, al momento de la firma del contrato y su duración deberá cubrir todo el período de la contratación hasta la extinción total de las obligaciones.- Montos a cubrir: Serán los máximos que determine el ente asegurador, los que deberán ser acreditados ante el EMSUR, debiendo ajustarse anualmente a satisfacción del EMSUR de acuerdo con las variaciones que establezca la autoridad de aplicación.- Las pólizas no podrán ser anuladas y/o modificadas sin el previo conocimiento del EMSUR, debiendo mantener su vigencia por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles a partir de la fehaciente notificación que la aseguradora curse al EMSUR en tal sentido. Esta condición deberá constar en la propia póliza o en la certificación que expida la aseguradora, dentro de este último plazo, el concesionario deberá contratar un nuevo seguro en las mismas condiciones establecidas en este Artículo.- Recibos: Se presentarán junto con las pólizas los recibos de pago total y definitivo de las mismas.- Certificación de firmas: Las firmas contenidas en las pólizas contratadas deberán encontrarse certificadas por escribano público y por Colegio - si correspondiere - quien deberá dejar constancia del cargo que cumple el firmante, como así también de los instrumentos de donde surge la aptitud para obligar a la Compañía Aseguradora.- ARTICULO Nº 23: COBERTURA RIESGOS DE TRABAJO: La contratista deberá presentar a la firma del contrato, el convenio de afiliación a una A. R. T. con certificación de firmas y personería de quienes suscriban la documentación por la Empresa y por la A.R.T.- Cabría la intervención del Colegio de Escribanos pertinente cuando fuera de extraña jurisdicción. En dicho plazo deberá agregarse también la constancia de la autorización para funcionar la A. R. T. como tal, expedida por la autoridad competente y, en su caso, el recibo de pago del Contrato. En dicho Contrato deberá agregarse una cláusula que establezca que: “El contrato no podrá anularse, rescindirse y/o de cualquier modo cesar en su cobertura sin una previa notificación fehaciente al EMSUR con un plazo de treinta (30) días hábiles de antelación. Dentro de ese plazo la empresa deberá acreditar un nuevo Contrato en las condiciones “supra” señaladas. En caso de incumplimiento se suspenderá la ejecución de la obra sin interrupción del plazo contractual y con la aplicación de multa pertinente. Podrá también a juicio del EMSUR considerarse dicho incumplimiento causal de rescisión por culpa de la contratista con pérdida de la Garantía contractual”.- ARTICULO Nº 24: INTERFERENCIAS: La Contratista tiene la obligación de efectuar todas las gestiones ó trámites ante empresas Nacionales, Provinciales y Municipales y entidades Privadas que poseyeran instalaciones afectadas por la ejecución de los trabajos, a fin de no causar roturas a las mismas.- Los perjuicios que se ocasionen a las instalaciones de servicios como así también los daños a terceros, personas o bienes quedarán a cargo exclusivo de la Contratista.- Dentro de los diez (10) días de notificada la Adjudicación la Empresa estará obligada a presentar ante la dependencia Municipal correspondiente, la constancia de haber iniciado las gestiones o trámites a que se refiere el Artículo 5.18. del Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales.- ARTICULO Nº 25: ACTA DE INICIACIÓN Y REPLANTEO DE OBRA: Dentro de los cinco (5) días posteriores, a la firma del respectivo Contrato de Obra, será firmada el acta de iniciación y replanteo de obra.- Dicho término será considerado como fecha máxima para la iniciación de la obra a los efectos de determinar el plazo de ejecución.- ARTICULO Nº 26: PERSONAL RESIDENTES MARPLATENSES: La Empresa que resulte adjudicataria deberá presentar la nómina del personal contratado. El noventa por ciento (90%) de los trabajadores a contratar por la Empresa como mano de obra deberán ser residentes marplatenses. Dicha situación será verificada a través del Documento Nacional de Identidad o Libreta de Enrolamiento (Ord. 10 830).- En dicha nómina se especificará Nombre y Apellido, Tipo y Número de documento, domicilio actualizado y fecha del trámite.- ARTICULO Nº 27: DOCUMENTACIÓN LABORAL – CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE HIGIENE Y

SEGURIDAD EN EL TRABAJO: El EMSUR podrá requerir a la Empresa Contratista la presentación de su Documentación Laboral, sin perjuicio de requerirlo a los Organismos de Ley correspondientes, con el objeto de comprobar el cumplimiento de las normas concernientes a la materia.- La Contratista deberá cumplir en un todo con la Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, Decreto Reglamentario Nº 351/79, Decreto Reglamentario para la Industria de la Construcción Nº 911/96 y toda otra modificatoria o complementaria vigente a la fecha de la Licitación. La Contratista deberá presentar previo al inicio de los trabajos la documentación a que hace mención los Capítulos 3 y 4 del Decreto 911/96, debiendo quedar registrados en el Libro de Ordenes de Servicio los datos del profesional que dirija y controle las prestaciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo en la obra adjudicada para lo cual deberá presentar copia del contrato de Ejercicio profesional por la tarea de Dirección del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo visado por el Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires (Art. 31 y 32 de la Ley 12490).-

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CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 11/ 2017

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ARTICULO Nº 28: FIRMA DEL CONTRATO: Además de la documentación exigida en el Artículo 4.4 del Pliego General Tipo de Cláusulas Legales Generales, la adjudicataria deberá presentar, dentro de los cinco (05) días de notificada y previo a la firma del contrato lo siguiente:

a) Contrato de afiliación a una A. R. T., conforme lo establecido en el presente Pliego.- b) Garantía de Contrato, constituida de conformidad lo normado en el presente Pliego. c) Seguro de Obra, que garantice responsabilidad ci vil por daños ocasionados a terceros o

al propio Ente contratante, conforme lo determinado en el presente Pliego.- d) “Certificado Cumplimiento de requisitos de Inscr ipción para Contrataciones Directas”

ARTICULO Nº 29: DERECHOS A CARGO DE LA CONTRATISTA: De cada Certificado de Obra que se confeccione, se le deducirá a la Contratista:

a) 1 % de Gastos Administrativos.- b) 5 % por Proyecto, Dirección e Inspección de Obra.- c) Todo otro derecho que se encuentre especificado en el Presupuesto de Obra.-

Asimismo la CONTRATISTA Se hará cargo de todos aquellos gastos emergentes de la confección y aprobación de los planos reglamentarios inherentes a la habilitación total de la Obra o sus instalaciones.- ARTICULO Nº 30: CERTIFICACIÓN: La certificación de la Obra se hará mediante UN ÚNICO CERTIFICADO, que deberá confeccionar y presentar la Contratista de acuerdo al modelo suministrado por el EMSUR, teniendo en cuenta el acta de medición aprobada por la Inspección de Obra.- El Certificado será presentado dentro de los diez (10) días corridos de efectuados los trabajos. Si la Contratista dejare de cumplir con las obligaciones a su cargo para obtener la expedición del certificado, esto será expedido de oficio, no rigiendo en estos casos los plazos estipulados en este Articulo para el pago y se notificará por Orden de Servicio su inobservancia aplicándose una multa cuyo importe será equivalente a quince (15) días de incumplimiento de una Orden de Servicio.- El certificado deberá ser presentado en original y dos (2) copias firmado por la Contratista, su Representante Técnico y visado por el Colegio Profesional correspondiente.- El Certificado deberá ser acompañado de la siguient e documentación:

• Nota de presentación.- • Original del Certificado de Obra.- • Constancia de Cumplimiento de la Ley Provincial Nº 10.490.-

El EMSUR dispondrá de diez (10) días hábiles administrativos para efectuar el control y aprobación del Certificado Oficial respectivo. En caso de formular observaciones, La CONTRATISTA dispondrá de dos (2) días hábiles administrativos para rehacer la documentación, pasados los cuales las correcciones serán efectuadas de oficio, aplicándose las multas según lo anteriormente anunciado.- ARTICULO Nº 31: FONDO DE REPARO: Del importe de cada certificado, de corresponder, se deducirá el cinco por ciento (5%) que se retendrá hasta la Recepción Definitiva como Fondo de Reparo. Este depósito podrá ser reemplazado y constituirse por cualquiera de las formas equivalentes normadas por el Artículo pertinente de “GARANTÍAS” del presente Pliego (Artículo 2.4 del Pliego General Tipo - Cláusulas Legales Generales).- ARTICULO Nº 32: PAGO: La Contaduría del EMSUR abonará el Certificado dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos de su aprobación.- ARTICULO Nº 33: RECEPCIÓN PROVISORIA: La Recepción Provisoria se realizará una vez terminados los trabajos contratados en forma TOTAL, luego de haber efectuado la limpieza total de la obra y posteriormente de firmada el Acta de terminación de Obra, en el libro de Ordenes de Servicio, por la Inspección y la Contratista; en un todo de acuerdo a las condiciones señaladas en el Artículo 6.1 del Pliego de Cláusulas Legales Generales.- Se acompañará la siguiente documentación:

• Nota de presentación.- • Acta de Recepción Provisoria, original y tres (3) copias.-

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ARTICULO Nº 34: RECEPCIÓN DEFINITIVA: La Recepción Definitiva Total, se realizará a los NOVENTA (90) DÍAS de la Recepción Provisoria Total, previa constatación del buen estado de la obra, debiendo haberse corregido todas las anomalías o faltas, tanto las que se hubieran originado con posterioridad a la misma, como las que pudieran haberse registrado en el Acta de Recepción Provisoria, y siempre que:

a) Se hayan dado cumplimiento a las Ordenes de Servicio emitidas durante el período de conservación.-

b) Se hayan reconstruido los trabajos defectuosos a la primera intimación realizada por Orden de Servicio.-

c) Se adjunte comprobante de Libre Deuda, expedido por el Colegio Profesional correspondiente, que acredite el pago de los honorarios del Profesional actuante por la Adjudicataria.-

ARTICULO Nº 35: RECONSTRUCCIÓN DE LOS TRABAJOS MAL EJECUTADOS: La Contratista es siempre responsable de la correcta ejecución de los trabajos, los que se realizarán completados y adecuados a los fines previstos, según las reglas del arte y de acuerdo a los planos, especificaciones y demás documentos del contrato. La Inspección ordenará la reconstrucción o reparación por cuenta de la Contratista de los trabajos que no se hayan efectuado en aquellas condiciones.- ARTICULO Nº 36: CLÁUSULA DE INDEMNIDAD: Sin perjuicio de la responsabilidad que le compete conforme lo establecido por el Artículo 5.20 de las Cláusulas Legales Generales (PLIEGO TIPO), la contratista asume las siguientes responsabilidades: 36.1.- El Contratista asume la total responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados en los bienes y en la persona de terceros o del EMSUR, sean dentro de los terrenos donde se prestan los servicios o fuera de ellos, como consecuencia de actos u omisiones de su personal o de sus subcontratistas o de cualquier otra persona de que se sirva o tenga a su cuidado.- 36.2.- El Contratista se compromete y acuerda en forma irrevocable mantener indemne al EMSUR por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo y naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, física o jurídica, o dependiente del contratista y subcontratistas y los dependientes de éstos, cualquiera fuera la causa del reclamo, responsabilidad que se mantendrá aún terminado el contrato por cualquier causa. La responsabilidad se extenderá a indemnización, gastos y costas, sin que la enunciación sea limitativa. En estos casos el EMSUR., queda facultado para afectar la garantía contractual y/o cualquier suma que por cualquier concepto el EMSUR adeudara a la Contratista, sin que ello limite la responsabilidad de esta última.- 36.3.- El contratista se responsabilizará exclusivamente de todos los accidentes de trabajo que pudiera sufrir su personal o el de sus subcontratistas, sin perjuicio de la contratación con una Aseguradora de Riesgos de Trabajo.- 36.4.- Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, el Contratista se obliga a reembolsar al EMSUR toda suma de dinero que por cualquier concepto deba éste eventualmente abonar a personas físicas o jurídicas por reclamos o condenas judiciales contra el EMSUR por daños y perjuicios causados como consecuencias directa o indirecta del contrato y que hubiere sido motivadas por personas y/o cosas del contratista o que se encuentren a su servicio, bajo dirección, custodia, dependencia o vinculado al mismo en cualquier forma incluyendo a los eventuales subcontratistas y a su personal.- Asimismo por reclamos o condenas judiciales contra el EMSUR por aplicación de legislación laboral, de accidentes de trabajo, previsionales y ante cualquier demanda de su personal o de sus subcontratistas.- Tales reembolsos se efectuarán con más los intereses y daños y perjuicios pertinentes. EMSUR se compromete a notificar al Contratista cualquier reclamo judicial o extrajudicial que se reciba. 36.5.- Será por cuenta y cargo exclusivo del Contratista la dirección y contratación del personal afectado a los trabajos como así también las responsabilidades laborales y previsionales emergentes del mismo. Consecuentemente no existirá forma alguna de relación o dependencia entre el Contratista y su personal respecto del EMSUR.- Correrá por cuenta exclusiva del Contratista el pago de los haberes del personal, en las sumas que establezca con el mismo o que legalmente correspondan, dando estricto cumplimiento a todas las obligaciones legales, a todas las cargas previsionales, impositivas, aportes y contribuciones a obras sociales, asignaciones familiares y de cualquier naturaleza que pudieran corresponder, efectuando las retenciones de ley. Igualmente el Contratista será el único responsable por el cumplimiento de las obligaciones laborales frente al personal afectado a los servicios, por reclamos judiciales o extrajudiciales de su personal. El personal debe cumplir con todas las normas del Derecho Argentino y en particular de la Provincia de Buenos Aires, en materia de Trabajo y de Seguridad e Higiene, respetando y cumpliendo además aquellas normas convencionales colectivas que resulten de aplicación a sus trabajadores.- 36.6.- Se adoptarán las precauciones para evitar daños a las personas que tengan relación con la obra y a terceros, siendo el resarcimiento de estos perjuicios por cuenta exclusiva de la Contratista. También será responsable por los accidentes ocurridos a terceros, atribuibles al estado del desvío de circulación o deficiencias, sustracción o rotura de señalamiento o medidas de protección. Estas responsabilidades subsistirán hasta la recepción provisional de la obra y durante la ejecución de los trabajos complementarios que se realicen en el periodo de garantía, pudiendo la Municipalidad retener de las sumas que adeudara a la contratista, el importe que estime conveniente hasta que las reclamaciones sean definitivamente resueltos o hayan sido satisfechas las indemnizaciones.-

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ARTÍCULO Nº 37: MULTAS: Las multas se determinarán según lo especificado en el artículo 7.5 del Pliego de Cláusulas Legales Generales.- ARTÍCULO Nº 38: .- SEÑALES DE ADVERTENCIA Y PELIGRO: Durante la construcción de la Obra, la misma deberá estar perfectamente señalada, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza 8610/92.- ARTÍCULO Nº 39: LETRERO DE OBRA: El contratista deberá emplazar UN (1) cartel de obra según lo indicado en el Artículo 5º Inc.17 del Pliego Tipo (Cláusulas Legales Generales).- La Inspección de Obra indicará el lugar de instalación.- ARTICULO Nº 40: REPRESENTANTE TÉCNICO: La Contratista deberá contar con Representante Técnico con la incumbencia necesaria para la obra licitada.-

ARTICULO Nº 41: SUPERVISIÓN DE OBRA: Es el personal técnico dependiente de la Municipalidad de General Pueyrredon designado por la Presidencia del EMSUR., para la fiscalización de las obras.-

ARTICULO Nº 42: DOCUMENTACIÓN A TENER EN CUENTA POR EL OFERENTE: Forman parte de la presente Contratación y será obligación de su conocimiento por los oferentes: • El presente Pliego de Bases y Condiciones para Contratación Directa.- • Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y Complementarias.- • El Pliego General Tipo de la Municipalidad de General Pueyrredon (Cláusulas Legales Generales).- • Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones

Administrativas.- • Decreto 1815/03.- • La Ordenanza General Nº 37.- • La Ordenanza General Nº 165.- • La Ley de Obras Públicas Nº 6021.-

ARTICULO Nº 43: OPOSICIÓN DE OTRAS ESPECIFICACIONES A LA PRESENTE: Para todo aquello que no se encuentre taxativamente especificado, en las presentes Cláusulas Legales Particulares, será de aplicación lo indicado en el Pliego General de Bases y Condiciones Legales, y en la Ley Orgánica de las Municipalidades y demás normativa vigente en la materia.-

.neb.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES MEMORIA DESCRIPTIVA Dicha obra consiste en la adecuación de los desagües cloacales del establecimiento, se incluye el cegado de los pozos absorbentes que se encuentran obsoletos (2), el reemplazo de cinco cámaras de inspección existentes y la construcción de dos cámara séptica y dos pozos absorbentes, dichos elementos componentes de dos sistemas independientes de desagües, uno hacia el frente del establecimiento, el cual recoge aguas de las baterías de baños de alumnos y otro hacia la parte trasera que asiste al sector de cocina y lavadero. Para ambos sistemas, en primer lugar se deberá realizar mediante un camión atmosférico el desagote y la limpieza total de todos los elementos que componen la instalación de desagües cloacales (pozo absorbente, cámaras de inspección, cámaras sépticas, cañerías, etc.) Se construirán dos nuevas cámaras sépticas (con su correspondiente tapa de inspección) para reemplazar a las que se encuentra obsoletas. Una vez construidas se realizará el zanjeo y la conexión hasta los nuevos pozos absorbentes en cada caso, que serán construidos siempre respetando las pendientes reglamentarias. Se realizará la excavación de los nuevos pozos y el movimiento de suelo en el perímetro del mismo para evitar la acumulación de agua de lluvia. La superficie quedará totalmente nivelada y la tierra retirada, al igual que la sobrante de los zanjeos. La tosca obtenida podrá ser utilizada como material de relleno para el cegado de los antiguos pozos y el sobrante deberá ser retirado de la obra por la contratista. En cuanto a los nuevos pozos absorbentes y las cámaras sépticas, deberán ser ejecutados de acuerdo a los planos adjuntos a este pliego. Por otro lado se procederá a realizar el cegado de los pozos absorbentes que presentan riesgos de desmoronamiento. Una vez que se asegure una superficie firme se realizará una capa de veinte centímetros de tierra negra. Por último se procederá a realizar la construcción de las cámaras de inspección que reemplazarán las existentes y cuya ubicación y posición será indicada por la Inspeccion y se conectaran las cañerías correspondientes con la cámara séptica. Terminadas estas tareas se procederá a verificar el correcto funcionamiento de toda la instalación de desagües cloacales. Durante el transcurso de los trabajos se realizará limpieza de obra y se prestará especial atención a tomar los recaudos necesarios en materia de seguridad e higiene a fin de prevenir y evitar accidentes de cualquier naturaleza. Al finalizar la totalidad de los trabajos se realizará una limpieza de obra general, de modo que el establecimiento quede en las condiciones necesarias para su correcto funcionamiento. El plazo de obra previsto será de 30 días corridos y el presupuesto oficial asciende a la suma de $217.908,19 (doscientos diecisiete mil novecientos ocho con 19/100) con valores del mercado de fecha 11/01/2017.

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INDICE A - GENERALIDADES 1. TRABAJOS PRELIMINARES

1.1. Limpieza de obra. 1.2. Baño químico 1.3. Vallado de obra y seguridad. 1.4. Desagote de desagües cloacales. 1.5. Movimiento de suelo y nivelación del terreno.

2. DESAGÜES CLOACALES

2.1. Cegado de pozos absorbentes. 2.2. Cañerías de PVC. 2.3. Construcción de cámaras de inspección. 2.4. Construcción de cámaras sépticas. 2.5. Construcción de pozos absorbentes.

3. REPARACIONES / ALBAÑILERIA

3.1. Generalidades 3.2. Tareas

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES

A - GENERALIDADES : 1. Todos los trabajos que se especifican en el presente Pliego de Especificaciones Técnicas deben

ser ejecutados de acuerdo a las reglas del arte y utilizando en todos los ítems materiales aprobados. En tal sentido, la Inspección de la Obra tendrá atribuciones para su aceptación o rechazo.

2. Para los rubros que no se incluyan en estas Especificaciones Técnicas, deberá tomarse como válido lo indicado en las Especificaciones Técnicas Generales

3. Los trabajos que se indican a continuación comprenden la provisión de materiales, mano de obra y equipos para la correcta terminación de los mismos, incluyendo todos aquellos que aunque no estén mencionados en estas especificaciones sean necesarios para concluir los trabajos completos y de acuerdo a su fin.

4. El Contratista antes de la iniciación de las tareas realizará, a su cargo, todas las verificaciones de dimensiones, niveles, instalaciones, etc., que pudieran verse afectadas por las obras proyectadas.

5. Todos los materiales y equipos a emplearse en la obra serán de la mejor calidad en su tipo, nuevos y en perfectas condiciones de conservación y tendrán formas, dimensiones y características de acuerdo a lo indicado en el presente y en los planos adjuntos.

6. La presentación de muestras de materiales y/o elementos que se incorporaran a las obras, se someterá a la aprobación de la Inspección.

7. Todos los materiales envasados lo serán en envases originales, perfectamente cerrados, con el cierre de fábrica. Cuando se prescriba el uso de materiales aprobados, deberán llevar además la constancia de la aprobación, en el rótulo respectivo. Los materiales, instalaciones, sustancias, etc. que no se ajusten a las disposiciones precedentes, o cuyos envases tuvieran signos de haber sido violados, serán rechazados por la Inspección de Obra, debiendo la Empresa retirarlos de inmediato de la obra.

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1. TRABAJOS PRELIMINARES 1.1. Limpieza de obra. La Contratista deberá mantener la obra limpia, libre de escombros y basura de todo tipo, tanto sea de su propio personal o subcontratado. Esta limpieza deberá efectuarse en forma permanente, dentro de las obras y en su entorno inmediato, hasta la completa terminación de las mismas. No se permitirá la acumulación de materiales producto de los trabajos de demolición y/o desperdicios en lapsos mayores a 24 horas. Los elementos y/o materiales a desechar, salvo los previamente indicados por la Inspección de Obra, deberán ser retirados por la Contratista por su cuenta y cargo, quedando a su criterio y responsabilidad el destino final de los mismos. También será responsable por la limpieza final, dejando las obras limpias y en perfectas condiciones de uso. 1.2 Baño Químico. Se instalará durante todo el transcurso de la obra un baño del tipo químico, siendo la contratista responsable de su mantenimiento y limpieza. 1.3. Vallado de obra y seguridad. Se deberá extremar los cuidados con relación a la materialización de todas las protecciones necesarias. En todas aquellas partes de la obra donde se desarrollen tareas que impliquen riesgo de cualquier naturaleza, la Contratista deberá construir los vallados o cercos transitorios que resulten necesarios. Además deberá proveer carteles de peligro o indicativos en los lugares que la Inspección de Obra indique. 1.4. Desagote de desagües cloacales. Este ítem contempla el desagote de los pozos absorbentes señalados por la inspección de obra, el cual se realizará mediante la utilización de un camión atmosférico que succione los líquidos cloacales. El acceso a los mismos se realizará por las tapas de inspección o por los conductos de ventilación. Asimismo se verificará en toda la instalación que no existan tramos de cañerías que se encuentren obstruidos. En el caso del pozo que se encuentra derrumbado, deberá removerse la capa de tierra superficial para que el camión atmosférico pueda acceder con su manguera al interior del mismo para desagotarlo. 1.5. Movimiento de suelo y nivelación del terreno. Este ítem contempla el movimiento de la tierra sobrante de la excavación del pozo absorbente (nuevo), que se encuentra en su perímetro y será utilizada como parte del material de relleno necesario para el cegado del antiguo pozo absorbente (que sufre desmoronamientos). La superficie aledaña al nuevo pozo ciego deberá quedar nivelada y compactada de forma de evitar la acumulación y el estancamiento de agua. 2. DESAGÜES CLOACALES 2.1. Cegado de pozos absorbentes. Los pozos absorbentes deberán ser cegados de acuerdo a la Especificación Técnica adjunta por la Gerencia de Planificación y Administración de Recursos Hídricos (Obras Sanitarias):

1- Desagotar el pozo ciego. (Ver Ítem 1.4.)

2- Desinfección del pozo con cal viva. Arrojar 50 kg de cal viva por cada metro cúbico de pozo. (En caso de no conocer el volumen del mismo arrojar 3 bolsas como mínimo). A

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los efectos de realizar esta tarea y las tareas siguientes puede agrandarse el orificio de ventilación (tomando las precauciones necesarias que esta acción requiere.

3- Rellenar con material limoarcilloso (tierra greda) hasta la superficie natural del terreno

(puede mezclarse con una pequeña porción de escombro o piedra).

4- El material arrojado se deberá compactar, por ejemplo agregando agua con una manguera para volver a compactar hasta su llenado completo.

5- Se deberá agregar material y repetir esta última operación (agregado de agua para

compactar) tantas veces como sea necesario. El tramo final será apisonado y compactado.

6- Verificar que no se hallen fallas estructurales en toda la cubierta del pozo que hagan

peligrar su estabilidad.

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2.2. Cañerías de PVC. Esquema de conexiones: Sector Baños

Sector Cocina

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Cañerías - Generalidades: Las descargas cloacales y ventilaciones se ejecutarán para todos los diámetros con cañerías de PVC de 3,2 mm de espesor, con sello de aprobadas y accesorios del mismo tipo y calidad, permitiéndose usar únicamente aquellos producidos por inyección respetando normas y reglamentos indicados anteriormente. Para todos los casos los enchufes se colocarán mirando siempre el extremo más alto de la cañería. Todo material complementario para ejecutar estas instalaciones será el adecuado y específicamente indicado para cada caso debiendo ser aprobado por la Inspección de Obra. Se cuidará especialmente la libre dilatación de los tramos de mayor longitud mediante la inclusión de dilatadores compatibles. Deberá tenerse especial cuidado durante el desarrollo de la obra en no deteriorar por golpes o mal trato a los caños instalados, por lo que se los protegerá debidamente hasta el tapado de zanjas o plenos. Se utilizará este material exclusivamente en forma enterrada donde se indique en planos. Las cañerías en zanjas serán colocadas siguiendo las pendientes reglamentarias (1,5% a 2%). Todas las cañerías se instalarán teniendo en cuenta su posible dilatación. 2.3. Construcción de cámaras de inspección. Se ejecutaran cinco cámaras nuevas que reemplazaran a las existentes. Las cámaras se encuentran dos ubicadas en la salida de la batería de baños de hombres y mujeres, y sus dimensiones serán de 60 x 60 cm de lado y 3 para el sistema trasero de ubicación 2 en el interior del sector de servicio y una al exterior y serán de dimensiones similares a las del sistema de frente. Las cámaras se ejecutarán con mampostería de ladrillos comunes y terminados interiormente con revoque impermeable al estucado de cemento, debiendo siempre quedar las tapas a nivel de solados. El interior tendrá revoque impermeable con terminación de cemento puro alisado “al cucharín”. Con la aprobación de la Inspección de Obra, se podrá utilizar para la construcción de las mismas, cámaras prefabricadas en anillos de cemento armado, reforzado perimetralmente con hormigón, hasta conformar un espesor de 0.15m en toda su dimensión. Las mismas se construirán sobre una base de hormigón armado de 0.15m de espesor, con una armadura constituida por una parrilla de hierro redondo de 6 mm c/ 10 cm. cruzados. En el fondo se construirán los cojinetes con fuerte declive, ejecutados con mortero de cemento (1:3) y alisados a cucharon. Tendrán contratapas internas de cemento reforzado, selladas perimetralmente con material pobre (arena/cal). Las tapas serán de 60 x 60 cm. de lado, de hierro fundido con alojamiento de solado y filetes de acero inoxidable, de la mejor calidad y de marca reconocida en el mercado, protegidas con tres manos de pintura anticorrosiva en su totalidad y tendrán tiradores inoxidables para su apertura. Una vez terminadas, se deberá verificar la estanqueidad de las cámaras.

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2.4. Construcción de cámaras sépticas. Las cámaras sépticas serán construidas con mampostería de ladrillos comunes y asegurará una completa digestión, sistema OMS. La base de apoyo será una cama de hormigón armado de 15 cm como mínimo en el fondo de la excavación. Interiormente se terminará con revoque impermeable y estucado a la llana. La entrada del efluente cloacal se hará por intermedio de un codo a 90° de PVC de 3.2 mm de espesor, prolongado 50 cm por debajo del nivel del líquido, y la salida se hará por intermedio de una T de igual material, también prolongado 70 cm por debajo del nivel del líquido. Se colocará un tabique de H° A° que dividirá la cámara en dos compartimentos, realizándose orificios para el paso del líquido de uno a otro. Estos orificios tendrán una altura de 20 cm y un largo que dependerá de la cantidad que se disponga de los mismos, debiendo tener igual separación entre los orificios. Se cubrirá toda la cámara séptica con una losa de H° A° de 15 cm de espesor como mínimo, a esta se le realizará una tapa de inspección. Se verificará la estanqueidad de la cámara mediante el completo llenado con agua antes del relleno de la excavación perimetral, controlando que no haya pérdidas. En caso contrario, se hará una prolija revisión del revoque impermeable, corrigiendo todo deterioro, hasta lograr una perfecta estanqueidad. Con la aprobación de la Inspección de Obra y siempre que cumplan con las condiciones y capacidades requeridas, se podrán utilizar cámaras de PVC. Una vez construida esta cámara se procederá a conectarla con el nuevo pozo absorbente.

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CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 11/ 2017

“CEGADO DE POZOS Y CONSTRUCCION DE SISTEMAS DE DESAGUES EN ESCUELA PROVINCIAL AGRARIA Nº 1”

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2.5. Construcción de pozos absorbentes. Se ejecutaran ambos pozos absorbentes, en un todo de acuerdo a lo indicado en el plano de detalle, de diámetro interior 1.50m y profundidad 3.00m, a partir del fondo del brocal. Este trabajo se hará por un pocero matriculado de acuerdo al siguiente detalle: Se comenzara a realizar la excavación de un diámetro tal que contenga la suma del pozo y la viga de hormigón que soportara la mampostería del brocal. Esta viga que se apoyara en lo firme, será de ancho = 0.50m x h = 0.30m con 4 ø 8 y estribos ø 6 c/ 25cm. El hormigón a utilizar tendrá un contenido de 300kg x m3. Sobre esta viga se ejecutara el brocal de mampostería de ladrillos comunes, colocados de punta, asentados sobre mortero de cal y arena reforzado con cemento, perfectamente trabados y colocados a plomo. Una vez ejecutado el anterior, se continuara con la excavación hasta llegar a 3.00 m de profundidad, medidos a partir del fondo de la viga de fundación del brocal. Sobre el brocal se ejecutara una losa de Hº Aº , de 0.15m de espesor, con ø 10 c/19cm , en ambas direcciones. Se utilizara hormigón 1:3:3 con contenido de 300kg. X m3 En el centro de la losa, se realizara una cámara de inspección de medidas interiores 0.20m x 0.20m, en ladrillo común revocado con concreto, con tapa y contratapa de hormigón premoldeado con tirador de bronce, correctamente selladas. Las cañerías de ventilación se ejecutaran con caño de PVC ø 0.100 esp. 3.20 mm hasta una altura de 3m por sobre terreno natural, con sombrerete incluido.

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3. REPARACIONES / ALBAÑILERIA 3.1. Generalidades Se contempla cualquier trabajo necesario para completar la obra debidamente, sea éste de albañilería nueva, reparación, reconstrucción o restauración de construcciones afectadas por la intervención objeto del presente Pliego 3.2. Tareas En caso de corresponder se realizara la demolición de los sectores de pisos afectados por el desarrollo de la cañería de desagüe y el zanjeo correspondiente, con el fin de soterrar los caños. La tapada de los caños se realizara con tierra tosca a la cual se compactara de manera tal que no permita hundimientos del suelo. Debido a las demoliciones de solados generadas para el soterramiento de los ductos de los desagües, se procederá a las reparaciones correspondientes, de modo que las mismas presenten características y calidades a los solados preexistentes.

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NOTA - La contratista apuntalará cualquier parte del terreno que por sus condiciones o calidad de las tierras excavadas haga presumir su desprendimiento, quedando a su cargo todos los perjuicios de cualquier naturaleza que se ocasionen, si ello se produjera. La Contratista será, en todos los casos, responsable de los desmoronamientos y sus consecuencias. De hallarse durante el proceso de excavación, obstrucciones y o raíces no referenciadas en el presente Pliego de Especificaciones la Contratista estará obligada a extraerlas sin costo alguno.

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ANEXO

MODELO DE PLANILLAS DE PRESUPUESTO POR ÍTEM

.neb*-

ITEM DESIGNACION UNID. CANTID. PR. UNIT. TOTAL

11.1 Limpieza de obra GL 1 $1.2 Vallado de obra y seguridad GL 1 $1.3 Desagote de desagües cloacales GL 1 $1.4 Movimiento de suelo y nivelacion del terreno GL 1 $

22.1 Cegado de pozos absorbentes GL 1 $2.2 Sistema de conexión entre camaras GL 1 $2.3 Construcción de cámaras de inspeccion GL 1 $2.4 Construcción de cámaras sépticas GL 1 $2.5 Construcción de pozos absorbentes GL 1 $

33.1 Remocion y reparacion de solados y mamposteria GL 1 $

$$

$

Representante técnico

TOTAL

SUB TOTAL

TRABAJOS PRELIMINARES

DESAGUES CLOACALES

REPARACIONES / ALBAÑILERIA

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS

PLANO CARTEL DE OBRA

UNA VEZ ADJUDICADA LA OBRA SE DEBERA CONTACTAR AL

RESPONSABLE DE DISEÑO DEL AREA TECNICA DEL EMSUR PARA

VERIFICAR MEDIDAS, COLORES, TIPOGRAFIA, MATERIAL DE

FABRICACION, ETC.-

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ANEXO

Su actualización podrá ser consultada en el SITIO W EB OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDO N:

� www.mardelplata.gov.ar � REGISTROS PÚBLICOS � ENTIDADES ASEGURADORAS

.neb.

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PLIEGO GENERAL TIPO DE BASES Y CONDICIONES

La presente foja reemplaza al Pliego de Bases y Con diciones Legales Generales, aprobado por Resoluciones 554/85 y 174/86 de la Sec retaría de Obras y Servicios Públicos y 200/05 de la Secretaría de Obras y Plane amiento Urbano, de la Municipalidad de General Pueyrredon.-

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D….

CONSTANCIA DE VISITA

CEGADO DE POZOS Y CONSTRUCCION DE SISTEMAS DE

DESAGUES EN ESCUELA PROVINCIAL AGRARIA Nº 1

Por la presente se deja constancia que la firma:

................................................................................................. ha efectuado la visita al

Establecimiento para verificar los trabajos a realizar, que se licitan en el presente

llamado.-

AREA TECNICA,...................................

......................................................... Firma y Aclaración

AREA TECNICA EMSUR.

...................................................................... . FIRMA Y SELLO DEL PROPONENTE .

.neb.