Contratación internacional

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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CONTRATACIÓN INTERNACIONAL Autora María Bocaranda Barquisimeto, Febrero del 2016

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UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO

CONTRATACIÓN INTERNACIONAL

AutoraMaría Bocaranda

 Barquisimeto, Febrero del 2016

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CONTRATACIÓN INTERNACIONAL

El origen de las relaciones internacionales en materia económica, se halla en los

intercambios de bienes y servicios que se han producido en la humanidad desde

el principio de los tiempos, los cuales son debidos a que los distintos países que

la integran por sus características, idiosincrasia o riquezas naturales propias, los

cuales producen un determinado tipo de servicios o bienes, pero no todos los

necesarios para el consumo de sus habitantes, lo que hace que los busquen en

otros países a cambio de los excedentes de su producción; este fenómeno se da

en la casi totalidad de los países, y en consecuencia se produce un intercambio

económico que genera un gran número de cobros y pagos en distintas monedas,

según los países que se están relacionando en cada transacción.

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CONTRATACIÓN INTERNACIONAL

Uno contrato es un pacto o convenio, oral o escrito, entre partes que se

obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser

compelidas. Y a partir de aquí obtenemos que un contrato internacional es:

Un contrato en el que intervienen personas físicas o jurídicas de diferentes

nacionalidades, o bien, el contrato que introduce en sus cláusulas elementos

fundamentales del Derecho Internacional Privado. Es por ello que un contrato

es internacional cuando está relacionado con más de un ordenamiento

jurídico estatal, esto en general ocurre cuando los bienes y/o servicios son

trasladados de un estado a otro o cuando las partes involucradas en este

negocio estén ubicadas en estados diferentes.

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CONTRATACIÓN INTERNACIONAL

Cabe destacar que actualmente, los países han

intentado llegar a acuerdos y aunar esfuerzos, sobre

todo entre los que se encuentran en un mismo ámbito

geográfico, esto ha propiciado la creación de mercados

supranacionales, así como también la realización de

una serie de acuerdos, tratados y organizaciones que

intentan normalizar, agilizar y aunar criterios en la

relación entre los distintos países que intervienen en el

ámbito internacional, entre los más importantes se

encuentran:

1) El Fondo Monetario

Internacional

2) El Banco Mundial

3) El Acuerdo General sobre

Aranceles y Comercio

(GATT)

4) La Organización Mundial

del Comercio (OMC)

5) La Organización para la

Cooperación y el

Desarrollo Económico

(OCDE)

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El Fondo Monetario Internacional

Su misión es la de conseguir una

estabilización de las paridades y de

los tipos de cambio de las monedas

de los países integrantes; así también

intenta conseguir que se asegure la

liquidez internacional que permita un

sistema multinacional de pagos.

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El Banco MundialLa finalidad de ayudar a la reconstrucción y fomento de los territorios de los

países miembros, facilitando la inversión de capital, la reconversión de los

medios de producción, así como estimular el desarrollo de los medios de

producción y de los recursos de los países subdesarrollados. Los créditos

que concede el Banco Mundial se caracterizan principalmente por ser a largo

plazo, a tipos de interés más bajos que los de mercado,

complementariamente comportan una asistencia técnica al país beneficiario y

se aplican prioritariamente a proyectos destinados a los sectores energéticos

y de transporte, bancos industriales, urbanismo o industrias básicas.

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El Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT)

El propósito de conseguir los

siguientes objetivos:

A) La elevación del nivel de vida.

B) El aprovechamiento de los recursos

mundiales.

C) El fomento de la producción y de

intercambios internacionales.

D) La consecución del pleno empleo.

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La Organización Mundial del Comercio (OMC)

Es la institución que representa el sistema multilateral de comercio,

promulgado por el GATT, siendo esta la plataforma por la que las

relaciones comerciales entre países entran en debate multilateral. Con la

creación de la OMC, el comercio queda equiparado institucionalmente al

ámbito financiero internacional (Fondo Monetario Internacional) y al de

desarrollo (Banco Mundial), la OMC surge como cumplimiento de los

acuerdos de Marrakesh en 1994, ampliando su ámbito de actuación a los

servicios y a la propiedad intelectual

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La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)

Los objetivos de: Lograr la mayor expansión posible de la economía y del

empleo, y contribuir a una sana expansión económica de los países

miembros y del comercio mundial sobre una base multilateral y no

discriminatoria; actualmente son integrantes de esta organización la práctica

totalidad de los países desarrollados del mundo, y se encarga de asesorar y

dar asistencia técnica a sus Estados miembros, así como de aplicar tipos de

interés mínimos a los créditos de exportación.

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Contrato Internacional

En Venezuela, la legislación no posee una definición precisa del Contrato Internacional, sin embargo en la Convención

Interamericana sobre Derecho Aplicable a los Contratos Internacionales (CIDACI), (ratificada por Venezuela en 1995),

establece en su Artículo 1, que dicha Convención determina el Derecho aplicable a los contratos internacionales,

entendiéndose a un contrato como internacional si las partes del mismo tienen su residencia habitual o su establecimiento

en Estados Partes diferentes, o si el contrato tiene contactos objetivos con más de un Estado Parte.

Esta convención se aplicará a contratos celebrados o en que sean parte Estados, entidades u organismos estatales, a menos

que las partes en el contrato la excluyan expresamente; sin embargo, cualquier Estado Parte podrá declarar en el momento

de firmar, ratificar o adherir a esta Convención que ella no se aplicará a todos o a alguna categoría de contratos en los cuales

el Estado o las entidades u organismos estatales sean parte, es decir, que cualquier Estado Parte podrá, al momento de

firmar, ratificar o adherir a la presente Convención, declarar a qué clase de contratos no se aplicará la misma.

Es de hacer notar, que corresponde a los jueces calificar si un contrato es internacional o no de acuerdo a la Convención

Internacional o le corresponde conocer al Juez del Estado de acuerdo a la Ley interna, pues, hay que tomar en consideración

lo que las partes han pactado y establecido en el Contrato que regula la relación jurídica entre ellos.

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Para que un contrato sea internacional se tienen que dar alguna de las siguientes situaciones:

Distinta nacionalidad de las

partes.

El domicilio legal de las partes

este en diferente país.

El servicio se preste en un país

distinto al del prestador del servicio.

Que la cosa objeto del contrato

radique en un país diferente al de

alguna de las partes.

Elementos del contrato Internacional

Personales: las personas pueden ser jurídicas o físicas.

Formales: pueden ser escritos o verbales.

Materiales:  - CONTENIDO: Sobre el recae el contrato y los pactos válidos. - CONSENTIMIENTO: Aceptación de las propuestas por cada una de las partes. - CUMPLIMIENTO: Se debe cumplir la voluntad de las partes.

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IMPORTANCIA DEL CONTRATO INTERNACIONAL

Se plantea desde 2 perspectivas diferentes:

Perspectiva económica: El contrato internacional es el principal instrumento de las transacciones

de mercancías y es el soporte fundamental del comercio internacional.

Perspectiva jurídica: El contrato internacional es necesario en el tráfico de comercio exterior

debido al desarrollo de las relaciones comerciales entre países. Se dan las siguientes

situaciones: 

 

- Diversidad de usos y costumbres comerciales.

- Coexistencia de diferentes sistemas jurídicos.

- Inexistencia de un marco jurídico legal.

- Falta de órganos jurisdiccionales internacionales.

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CLÁUSULAS GENERALES DEL CONTRATO INTERNACIONAL

Identificación de las partes intervinientes: nombre, nacionalidad, documentos de identificación etc.

Producto, normas y características: nombre del producto, normas técnicas, envase, embalaje.

Cantidad: la cantidad debe redactarse en cifras y letras especificando si se trata de peso o volumen

Embalaje, etiquetado y marcas: estos aspectos varían cuando se exporta y se debe describir en el contrato.

Valor total del contrato: debe mencionarse en letras y números, así como la moneda utilizada y el país al que hace referencia.

Condiciones de entrega: Incoterms 2000 de la Cámara Internacional de Comercio.

Descuentos y comisiones: estipular el descuento o comisión, quien debe pagarlas y a quien.

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Derecho Aplicable a los Contratos Internacionales

La Ley aplicable en los contratos internacionales, la doctrina toma en cuenta dos

sistemas para regular dichos contratos la Lex Loci Celebrationis, que significa la Ley

del lugar de celebración, en este sentido los que apoyan este sistema señalan que

cuando el contrato nace, ocurre en un lugar y momento determinado, sin tomar en

cuenta la voluntad de las partes, solamente se aplicara la Ley del lugar donde tuvo

origen el contrato, donde nació desde el punto de vista del derecho; el otro sistema,

es la Lex Loci Executionis, que significa la Ley del lugar donde se cumple o se

ejecuta una obligación, los que apoyan este sistema señalan que el lugar de

nacimiento del contrato puede ser circunstancial, por cuanto las partes establecieron

o señalaron dentro del la Ley que ha de regular en una eventual controversia o

conflicto entre las partes, señalaron un punto geográfico para su celebración