Contrato de Arrendamient2

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Conste por el presente contrato de arrendamiento, que celebramos en una parte en calidad de propietario don EDUARDO ELMER SILVA FUENTES, identificado con DNI N° 16426871, con domicilio en la calle incanato # 105 -José Leonardo Ortiz- Chiclayo y de la otra parte en calidad de arrendatario don JUAN ANTONIO YUYAS CHONTO, DNI N°16578922, con domicilio Cent. Tuman Centro MZ. 75 Lt. 0, distrito de Tuma, provincia de Chiclayo. En los términos y condiciones siguientes: PRIMERO Que el arrendador don EDUARDO SILVA FUENTES, es propietario del inmueble ubicado en la calle Juan Cuglievan NO 1487 Tda. N° 2 segundo piso el mismo que alquila dicho inmueble por la suma de S/.500 (Quinientos nuevos soles) SEGUNDO El arrendatario deja como garantía la suma de S/. 500,00 nuevos soles cantidad que será devuelta al término del contrato siempre y cuando no haya deterioro en el local. TERCERO : El plazo de duración del presente contrato es de 1 año meses que comenzará del 11 de setiembre del 2015 al 11 de setiembre del 2016, pudiéndose renovar con previa comunicación y acuerdo de ambas partes. CUARTO:

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Page 1: Contrato de Arrendamient2

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Conste por el presente contrato de arrendamiento, que celebramos en una parte en

calidad de propietario don EDUARDO ELMER SILVA FUENTES, identificado con

DNI N° 16426871, con domicilio en la calle incanato # 105 -José Leonardo Ortiz-

Chiclayo y de la otra parte en calidad de arrendatario don JUAN ANTONIO YUYAS

CHONTO, DNI N°16578922, con domicilio Cent. Tuman Centro MZ. 75 Lt. 0, distrito

de Tuma, provincia de Chiclayo. En los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO

Que el arrendador don EDUARDO SILVA FUENTES, es propietario del inmueble

ubicado en la calle Juan Cuglievan NO 1487 Tda. N° 2 segundo piso el mismo que

alquila dicho inmueble por la suma de S/.500 (Quinientos nuevos soles)

SEGUNDO

El arrendatario deja como garantía la suma de S/. 500,00 nuevos soles cantidad que será

devuelta al término del contrato siempre y cuando no haya deterioro en el local.

TERCERO:

El plazo de duración del presente contrato es de 1 año meses que comenzará del 11 de

setiembre del 2015 al 11 de setiembre del 2016, pudiéndose renovar con previa

comunicación y acuerdo de ambas partes.

CUARTO:

El local se encuentra en buen estado, ventanas y paredes pintadas sin agujeros, toda

mejora que se haga será en beneficio del propietario.

QUINTO:

Queda estrictamente prohibido ceder o traspasar la propiedad alquilada lo que dará lugar

a la anulación del contrato y esta rentado solo para fines comerciales.

SEXTO

Los pagos serán en efectivos y puntuales todos los 11 de cada mes hasta cumplir el

contrato.

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SETIMO:

El local será devuelto por el inquilino el día 11 de setiembre del 2016.

OCTAVO

En el caso que el inquilino decida dejar el local antes de cumplirse el contrato, el

arrendador abonara la cantidad de dinero de los meses que restaran para cumplirse el

contrato.

Arrendador y Arrendatario, estamos conformes con el contenido del presente

documento y lo firmamos por duplicados hoy 08 de setiembre del 2015 legalizando

nuestras firmas ante el notario público, que da fe de dicho acuerdo.

__________________________________ _________________________________EDUARDO ELMER SILVA FUENTES JUAN ANTONIO YUYAS CHONTO

DNI N° 16426871 D.N.I. N°16578922 PROPIETARIO ARRENDATARIO