Contrato de Arrendamiento de Local Comercial Carlos Ticona

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL Conste por el presente acto jurídico, con plena eficacia legal de un contrato de arrendamiento de local comercial, que celebramos de una parte como propietario y ARRENDADORA el Doña Lastenia Isabel Huaman Becerra , identificado con DNI Nº , con domicilio real en el inmueble del Pasaje Chorrillos Nº 109, del Distrito de Miraflores; y de la otra parte Don Carlos Ticona Torres, identificado con DNI Nº 02422483, con domicilio real para efectos de este contrato en el Psje Chorrillos 109- C, perteneciente al Distrito de Miraflores; bajo los términos y condiciones siguientes: PRIMERA.- DEL LOCAL COMERCIAL MATERIA DE ARRENDAMIENTO Esta constituido por un local comercial signado con el Nº 109-C (canchón y 2 habitaciones para depósito); que forma parte del inmueble ubicado en el Pasaje Chorrillos 109; que es el domicilio del PROPIETARIO/ARRENDADOR, cuya frentera del local comercial alquilado es de 5ml. , aproximadamente; y por el fondo con 30ml. Y 5ml. De ancho, como especifica en el croquis que procede a la presente cláusula.

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contrato de arrendamiento de bien inmueble, de uso exclusivo de carpintería con consignacion de planos

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL

Conste por el presente acto jurdico, con plena eficacia legal de un contrato de arrendamiento de local comercial, que celebramos de una parte como propietario y ARRENDADORA el Doa Lastenia Isabel Huaman Becerra , identificado con DNI N , con domicilio real en el inmueble del Pasaje Chorrillos N 109, del Distrito de Miraflores; y de la otra parte Don Carlos Ticona Torres, identificado con DNI N 02422483, con domicilio real para efectos de este contrato en el Psje Chorrillos 109-C, perteneciente al Distrito de Miraflores; bajo los trminos y condiciones siguientes:

PRIMERA.- DEL LOCAL COMERCIAL MATERIA DE ARRENDAMIENTOEsta constituido por un local comercial signado con el N 109-C (canchn y 2 habitaciones para depsito); que forma parte del inmueble ubicado en el Pasaje Chorrillos 109; que es el domicilio del PROPIETARIO/ARRENDADOR, cuya frentera del local comercial alquilado es de 5ml. , aproximadamente; y por el fondo con 30ml. Y 5ml. De ancho, como especifica en el croquis que procede a la presente clusula.

LOCAL ALQUILADON 109 - C

PASAJE CHORRILLOS

Deposito

SEGUNDA.- DEL ARRENDAMIENTO.Mediante este acto jurdico, entrega al ARRENDATARIO, en calidad de arrendamiento, el ARRENDADOR, el local signado con el N 109-C que forma parte del inmueble del Pasaje Chorrillos N 109.

TERCERA.- DEL PLAZO DE ARRENDAMIENTO.El plazo de duracin del arrendamiento es de UN AO, contados a partir del 01 de diciembre del 2014 hasta el 31 de noviembre del 2015, fecha en la cual el ARRENDATARIO devolver el local alquilado a su PROPIETARIO/ARRENDADOR, sin necesidad de previo aviso, de conformidad con el Art. 1699 del Cdigo Civil.

CUARTA.- DE LA RENTA.La merced conductiva o alquiler que pagar el ARRENDATARIO por el local comercial arrendado es de S/. 6,500.00 (Seis Mil Quinientos Nuevos Soles), por el trmino del contrato, que sern cancelados mes en pos de mes y por adelantado en forma puntual; el incumplimiento de sta clusula ser causal de resolucin de contrato.

QUINTA.- DE LA GARANTA.A la firma del presente acto jurdico el ARRENDATARIO deja en calidad de depsito de garanta la suma de S/. 6,500.00 (Seis Mil Quinientos Nuevos Soles), Esta suma no devengar intereses de ningn tipo servir por su orden para responder respecto a cualquier dao que se cause en el local comercial, tambin garantizar el pago de los servicios o cualquier otra obligacin establecida en el contrato que no sea la renta. La garanta no se compensar con los arrendamientos.

SEXTA.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO.El ARRENDATARIO esta obligado a:a.- Cuidar el bien y dedicarlo a establecimiento comercial exclusivamente de carpintera.b.- Pagar puntualmente los servicios por consumo de energa elctrica, agua potable y arbitrios municipales.c.- No modificar la estructura del bien sin autorizacin.d.- No subarrendar el bien total o parcialmente ni ceder el contrato en forma alguna con terceras personas.e.- Pagar puntualmente la renta o alquilerf.- Se debe de servidumbre del arrendador inmediatamente cuando lo solicite para la salida y entrega de sus vehculos y el ingreso de terceras personas a la parte no alquilada.g.- No hacer uso del local para compromisos sociales, beber licor u orgas de algn tipo, dentro del local arrendado.h.- Devolver el bien al PROPIETARIO/ARRENDADOR al trmino o vencimiento del contrato en el mismo estado en que lo recibi y sin ms deterioro que del uso normal.

SEPTIMA.- OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR.a.- Mantener al arrendatario en el uso del bien durante el plazo del contrato.b.- Inspeccionar peridicamente el uso de, instalaciones de energa elctrica, agua potable, uso de sanitarios y limpieza de los mismos que est instalado dentro del local comercial arrendado.c.- Devolver el depsito de garanta, sin intereses al vencimiento del contrato, previa verificacin que el bien se encuentre a entera satisfaccin del arrendador y que se encuentre al da con el pago de los servicios de energa elctrica, agua potable y refaccin del local u otros que pudieran haber.

OCATVA.- DE LA RESOLUCIN Y PENALIDAD.El presente contrato podr resolverse por el ARRENDADOR, en el caso de que el ARRENDATARIO incumpla de alguna manera las obligaciones convenidas en este contrato.Si vencido el presente contrato de arrendamiento y el ARRENDATARIO continua en la posesin del bien sin que haya acuerdo con el ARRENDADOR, el ARRENDATARIO se obliga a una multa de S/. 100.00 (Cien Nuevos Soles) diarios de penalidad, a favor del ARRENDADOR del bien, sin perjuicio de las acciones legales que promueva tendientes a la restitucin del bien.

NOVENA.- DEL INVENTARIO DE LAS INSTALACIONES DEL LOCAL COMRECIAL.a.- Fluorescentes en su totalidad en perfecto estado de funcionamiento.b.- Tomacorrientes, interruptores en buen estado de funcionamiento.c.- Paredes en buen estado de conservacin.d.- Bao en perfecto estado de funcionamiento y conservacin de los sanitarios, no deteriorados.e.- Puerta metlica enrrollable nueva de dos hojas en perfecto estado de funcionamiento y conservacin.DECIMA.- DEL PAGO DE SERVICIOS PUB LICOS, ARBITRIOS Y SUNAT.El pago por el consumo de energa elctrica, por el ARRENDATARIO ser en su totalidad, segn el recibo prestado, ya que el medidor es de uso exclusivo del arrendatario por que utilizar mquinas industriales de carpintera para sus labores cotidianas; por el consumo de agua potable, el arrendatario no pagar suma alguna por cuanto no tiene dicho servicio en el local arrendado. Los pagos de Arbitrios Municipales, SUNAT, u otro tipo de pagos similares que tenga el local comercial alquilado, sern cubiertos ntegramente por el ARRENDATARIO.

DECIMA PRIMERA.- NORMATIVIDAD Y JURISDICCIN APLICABLES.El presente contrato se rige por el Cdigo Civil. Las partes renuncian al fuero de sus domicilios y se someten expresamente a los jueces de la ciudad de Arequipa, para efectos que pudieran derivarse del cumplimiento de este contrato.

DECIMA SEGUNDA.- DE LA RATIFICACIN.Las partes se ratifican en todas y cada una de las clusulas que integren este acto jurdico, y declaran que en su celebracin no a mediado causal alguna de nulidad o anulabilidad que pueda invalidarlo, dando f por medio de nuestras firmas.

Arequipa, 01 de diciembre del 2014.

---------------------------------- ----------------------------Lastenia Huaman Becerra Carlos Ticona Torres DNI N DNI N 02422483

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL

Conste por el presente contrato privado que celebramos de una parte en calidad de PROPIETARIA con el Doa Lastenia Isabel Huaman Becerra, con domicilio real en el inmueble del Pasaje Chorrillos 109, correspondiente al Distrito de Miraflores, y de la otra parte en calidad de INQUILINO, con el Sr. Daniel Ticona, para efectos de este contrato con domicilio real en el inmueble del Pasaje Chorrillos 109 C Interior, correspondiente al Distrito de Miraflores bajo los trminos y condiciones siguientes:PRIMERO: El propietario d en alquiler la parte interior del inmueble ubicado en el Pasaje Chorrillos 109 C al Seor Daniel Ticona con un rea aproximadamente de 80m2 a Don Daniel Ticona.SEGUNDO: El plazo del contrato es por UN AO contados a partir del 01 de Diciembre del 2014 hasta el 31 de Noviembre del 2015, y al trmino del plazo el inquilino devolver la parte alquilada a su Propietario sin necesidad de previo aviso.TERCERO: La merced conductiva o alquiler que pagar el inquilino por el local comercial alquilado ser de S/. 1.500.00 Nuevos Soles por el trmino de contrato, que sern cancelados mes en pos de mes y por adelantado.CUARTO: El inquilino no deja ningn tipo de garanta por el local alquiladoQUINTO: El presente contrato se podr resolver por parte del propietario en caso de que el inquilino incumpla con alguna de las obligaciones convenidas en este contrato.Si vencido el presente contrato el inquilino continua en posesin del bien y sin que haya acuerdo con el propietario el inquilino, se obliga a una multa de S/. 150.00 Nuevos Soles diarios de penalidad a favor del propietario del bien, sin perjuicio de las acciones legales que promueva la restitucin del bien.SEXTA: El presente contrato se rige por el Cdigo Civil, sometindose as expresamente a los Jueces de la Ciudad de Arequipa, para efectos que pudieran derivarse del cumplimiento de este contrato.SEPTIMO: Las partes se ratifican en todas y cada una de las clusulas que integran este acto jurdico y declaran que en su celebracin no ha mediado causal alguna de nulidad o anulabilidad que pueda invalidarlo dando f por medio de nuestras firmas.

Arequipa, 01 de Diciembre del 2014.

---------------------------------- ----------------------------Juan Fco. Navarro lvarez Daniel Ticona Torres DNI N 02288365 DNI N