CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN, MONITOREO … · 2020. 9. 24. ·...

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Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios de Instalación, Operación, Monitoreo y Mantenimiento del Sistema de Alarmas a Distancia, que celebran de una parte PROSEGUR ACTIVA PERU S.A. con RUC Nº 20517930998, con domicilio legal en Av. República de Panamá 3890, Surquillo-Lima, debidamente representada por su Gerente General, el Sr. Federico Bagedelli, identificado con Carné de Extranjería N° 001189034, conforme consta en la Partida Electrónica Registral No. 12100715 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, en adelante PROSEGUR ACTIVA y, de la otra parte, el contratante, cuyos datos se señalan en el Anexo 01, en adelante, EL CLIENTE; en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: Mediante el presente contrato, PROSEGUR ACTIVA se obliga a prestar a EL CLIENTE el Servicio de Instalación, Operación, Monitoreo y Mantenimiento del Sistema de Alarmas a Distancia y, en caso las partes lo acuerden, los Servicios de Supervisión de Unidades Motorizadas (en adelante ACUDA), conforme se dejará establecido en el Anexo 01, de acuerdo a los términos y condiciones que se estipulan en el presente instrumento. El servicio de Operación y Monitoreo consiste en el control permanente, mediante la recepción a distancia por parte de la Central Receptora de Alarmas (en adelante CRA) de PROSEGUR ACTIVA, de las señales enviadas desde LOS EQUIPOS ubicados en la(s) residencia(s) y/o local(es) (en adelante EL INMUEBLE) de EL CLIENTE señalados en el Anexo 01, que forma parte integrante del presente contrato. De acuerdo al análisis y verificación que efectuará PROSEGUR ACTIVA, se determinará si las señales recibidas constituyen una condición de emergencia (señal que ante la verificación sí constituye intrusión o siniestro), en cuyo caso PROSEGUR ACTIVA dará aviso a la(s) persona(s) designadas por EL CLIENTE, según el orden proporcionado en la lista de contactos prevista en el Anexo 01 y/o comunicará la emergencia a las autoridades correspondientes, requiriendo la presencia en EL INMUEBLE tanto de las autoridades, como de quien disponga el titular, para la verificación interna. Se deja establecido que, EL CLIENTE es quien puede realizar cualquier tipo de autorización relacionada al servicio contratado, como crear y/o modificar la lista de contactos, usuarios y contraseñas, programar visitas técnicas, aceptar cotizaciones y recibir información sobre sus documentos de pago. Las personas declaradas dentro de lista de contactos de EL CLIENTE, podrán realizar modificaciones y/o actualizaciones únicamente con autorización expresa de EL CLIENTE sobre el tipo de gestión a realizar. Dicha autorización podrá otorgarla EL CLIENTE vía correo electrónico o vía telefónica. Así también, es obligación de EL CLIENTE mantener actualizada la lista de contactos del Anexo 01. A dicho fin, cualquier actualización o modificación de las personas de contactos consignadas en un inicio por EL CLIENTE en el Anexo 01, deberá ser comunicada a PROSEGUR ACTIVA por EL CLIENTE vía escrita o vía telefónica. En caso el cambio se solicite vía telefónica, EL CLIENTE deberá proporcionar la “clave hablada” a PROSEGUR ACTIVA. SEGUNDO: De acuerdo al análisis y verificación que efectuará PROSEGUR ACTIVA, se determinará si las señales recibidas constituyen una condición de emergencia, en cuyo caso PROSEGUR ACTIVA solicitará la presencia del ACUDA en EL INMUEBLE, si EL CLIENTE hubiera contratado este servicio adicional, conforme a lo señalado en el Anexo 01. Para brindar el servicio de ACUDA, PROSEGUR ACTIVA cuenta con unidades móviles dotadas de comunicación y personal capacitado, el cual evaluará mediante observación sólo desde el exterior de EL INMUEBLE, si existen indicios que hagan presumir que las señales recibidas por la CRA, constituyen una condición de emergencia real. Por ningún concepto se entenderá que el ACUDA estará obligado a intervenir para evitar en cualquier forma la condición de emergencia producida. Se deja establecido que los tiempos de respuesta de los ACUDA de PROSEGUR ACTIVA son variables, pues el tiempo real en llegar a EL INMUEBLE, dependerá de condiciones y factores absolutamente ajenos al control de PROSEGUR ACTIVA, tales como la ubicación del ACUDA más cercano al momento de ser recibida la señal en la CRA, condiciones de tráfico, vías de acceso, condiciones climáticas o cualquier otro factor que pudiera calificar como hecho fortuito, hecho de fuerza mayor o hecho determinante de tercero. Se deja establecido que el tiempo de respuesta máximo aproximado del ACUDA es de 60 minutos. Para el funcionamiento adecuado del servicio, es responsabilidad de EL CLIENTE activar su sistema de alarmas todos los días. De contratar EL CLIENTE el servicio adicional de ACUDA, podrá solicitar el servicio de rondas, según el costo vigente publicado en el Portal de Clientes. TERCERO: La transmisión de las señales desde EL INMUEBLE a la CRA, podrá ser realizada vía telefónica, vía chip (GPRS), vía Internet (IP) o mediante cualquier otra vía de comunicación de acuerdo al plan convenido por las partes en el Anexo 01. A dicho fin, EL CLIENTE faculta a PROSEGUR ACTIVA a conectarse y utilizar la línea telefónica o el servicio de Internet con que cuenta EL INMUEBLE en el que se instalan LOS EQUIPOS y reconoce que no será responsabilidad de PROSEGUR ACTIVA cualquier interrupción temporal o corte de las líneas de teléfono, intencional o no, que perjudiquen o anulen el funcionamiento de la línea telefónica o servicio de Internet, corte o baja del fluido eléctrico que perjudiquen el correcto envío de las señales de LOS EQUIPOS a la CRA, así como tampoco de los perjuicios que se puedan derivar de ello. En tal sentido, PROSEGUR ACTIVA no será responsable por la interrupción o corte del servicio por falta de pago o finalización del plan de servicio telefónico contratado por EL CLIENTE con la empresa que le presta el servicio de telefonía o por cortes o sabotajes de la línea telefónica fija o de internet utilizadas para la prestación del servicio de instalación, operación y monitoreo de alarmas. Las pautas sobre el correcto uso de LOS EQUIPOS que LOS CLIENTES deben conocer, además de las recomendaciones para el adecuado funcionamiento del servicio, se informarán durante la instalación a EL CLIENTE o la persona designada por él. Se dejará constancia de las recomendaciones y capacitación sobre el uso del sistema, en la Hoja de Verificación y Capacitación en el Uso Adecuado del Sistema de Alarmas, así como en el Informe Técnico de Instalación, CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS DE INSTALACIÓN, OPERACIÓN, MONITOREO Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE ALARMAS A DISTANCIA OBJETO DEL CONTRATO: DE LOS SERVICIOS

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Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios de Instalación, Operación, Monitoreo y Mantenimiento del Sistema de Alarmas a Distancia, que celebran de una parte PROSEGUR ACTIVA PERU S.A. con RUC Nº 20517930998, con domicilio legal en Av. República de Panamá 3890, Surquillo-Lima, debidamente representada por su Gerente General, el Sr. Federico Bagedelli, identificado con Carné de Extranjería N° 001189034, conforme consta en la Partida Electrónica Registral No. 12100715 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, en adelante PROSEGUR ACTIVA y, de la otra parte, el contratante, cuyos datos se señalan en el Anexo 01, en adelante, EL CLIENTE; en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO: Mediante el presente contrato, PROSEGUR ACTIVA se obliga a prestar a EL CLIENTE el Servicio de Instalación, Operación, Monitoreo y Mantenimiento del Sistema de Alarmas a Distancia y, en caso las partes lo acuerden, los Servicios de Supervisión de Unidades Motorizadas (en adelante ACUDA), conforme se dejará establecido en el Anexo 01, de acuerdo a los términos y condiciones que se estipulan en el presente instrumento.

El servicio de Operación y Monitoreo consiste en el control permanente, mediante la recepción a distancia por parte de la Central Receptora de Alarmas (en adelante CRA) de PROSEGUR ACTIVA, de las señales enviadas desde LOS EQUIPOS ubicados en la(s) residencia(s) y/o local(es) (en adelante EL INMUEBLE) de EL CLIENTE señalados en el Anexo 01, que forma parte integrante del presente contrato. De acuerdo al análisis y verificación que efectuará PROSEGUR ACTIVA, se determinará si las señales recibidas constituyen una condición de emergencia (señal que ante la verificación sí constituye intrusión o siniestro), en cuyo caso PROSEGUR ACTIVA dará aviso a la(s) persona(s) designadas por EL CLIENTE, según el orden proporcionado en la lista de contactos prevista en el Anexo 01 y/o comunicará la emergencia a las autoridades correspondientes, requiriendo la presencia en EL INMUEBLE tanto de las autoridades, como de quien disponga el titular, para la verificación interna.

Se deja establecido que, EL CLIENTE es quien puede realizar cualquier tipo de autorización relacionada al servicio contratado, como crear y/o modificar la lista de contactos, usuarios y contraseñas, programar visitas técnicas, aceptar cotizaciones y recibir información sobre sus documentos de pago. Las personas declaradas dentro de lista de contactos de EL CLIENTE, podrán realizar modificaciones y/o actualizaciones únicamente con autorización expresa de EL CLIENTE sobre el tipo de gestión a realizar. Dicha autorización podrá otorgarla EL CLIENTE vía correo electrónico o vía telefónica.

Así también, es obligación de EL CLIENTE mantener actualizada la lista de contactos del Anexo 01. A dicho fin, cualquier actualización o modificación de las personas de contactos consignadas en un inicio por EL CLIENTE en el Anexo 01, deberá ser comunicada a PROSEGUR ACTIVA por EL CLIENTE vía escrita o vía telefónica. En caso el cambio se solicite vía telefónica, EL CLIENTE deberá proporcionar la “clave hablada” a PROSEGUR ACTIVA.

SEGUNDO: De acuerdo al análisis y verificación que efectuará PROSEGUR ACTIVA, se determinará si las señales recibidas constituyen una condición de emergencia, en cuyo caso PROSEGUR ACTIVA solicitará la presencia del ACUDA en EL INMUEBLE, si EL CLIENTE hubiera contratado este servicio adicional, conforme a lo señalado en el Anexo 01.

Para brindar el servicio de ACUDA, PROSEGUR ACTIVA cuenta con unidades móviles dotadas de comunicación y personal capacitado, el cual evaluará mediante observación sólo desde el exterior de EL INMUEBLE, si

existen indicios que hagan presumir que las señales recibidas por la CRA, constituyen una condición de emergencia real. Por ningún concepto se entenderá que el ACUDA estará obligado a intervenir para evitar en cualquier forma la condición de emergencia producida.

Se deja establecido que los tiempos de respuesta de los ACUDA de PROSEGUR ACTIVA son variables, pues el tiempo real en llegar a EL INMUEBLE, dependerá de condiciones y factores absolutamente ajenos al control de PROSEGUR ACTIVA, tales como la ubicación del ACUDA más cercano al momento de ser recibida la señal en la CRA, condiciones de tráfico, vías de acceso, condiciones climáticas o cualquier otro factor que pudiera calificar como hecho fortuito, hecho de fuerza mayor o hecho determinante de tercero. Se deja establecido que el tiempo de respuesta máximo aproximado del ACUDA es de 60 minutos.

Para el funcionamiento adecuado del servicio, es responsabilidad de EL CLIENTE activar su sistema de alarmas todos los días.De contratar EL CLIENTE el servicio adicional de ACUDA, podrá solicitar el servicio de rondas, según el costo vigente publicado en el Portal de Clientes.

TERCERO: La transmisión de las señales desde EL INMUEBLE a la CRA, podrá ser realizada vía telefónica, vía chip (GPRS), vía Internet (IP) o mediante cualquier otra vía de comunicación de acuerdo al plan convenido por las partes en el Anexo 01.

A dicho fin, EL CLIENTE faculta a PROSEGUR ACTIVA a conectarse y utilizar la línea telefónica o el servicio de Internet con que cuenta EL INMUEBLE en el que se instalan LOS EQUIPOS y reconoce que no será responsabilidad de PROSEGUR ACTIVA cualquier interrupción temporal o corte de las líneas de teléfono, intencional o no, que perjudiquen o anulen el funcionamiento de la línea telefónica o servicio de Internet, corte o baja del fluido eléctrico que perjudiquen el correcto envío de las señales de LOS EQUIPOS a la CRA, así como tampoco de los perjuicios que se puedan derivar de ello. En tal sentido, PROSEGUR ACTIVA no será responsable por la interrupción o corte del servicio por falta de pago o finalización del plan de servicio telefónico contratado por EL CLIENTE con la empresa que le presta el servicio de telefonía o por cortes o sabotajes de la línea telefónica fija o de internet utilizadas para la prestación del servicio de instalación, operación y monitoreo de alarmas.

Las pautas sobre el correcto uso de LOS EQUIPOS que LOS CLIENTES deben conocer, además de las recomendaciones para el adecuado funcionamiento del servicio, se informarán durante la instalación a EL CLIENTE o la persona designada por él. Se dejará constancia de las recomendaciones y capacitación sobre el uso del sistema, en la Hoja de Verificación y Capacitación en el Uso Adecuado del Sistema de Alarmas, así como en el Informe Técnico de Instalación,

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS DEINSTALACIÓN, OPERACIÓN, MONITOREO YMANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE ALARMASA DISTANCIA

OBJETO DEL CONTRATO:

DE LOS SERVICIOS

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CUARTO: Con el objeto de acceder al servicio de operación y monitoreo de alarmas, EL CLIENTE requiere de LOS EQUIPOS instalados en EL INMUEBLE, bajo cualquiera de las modalidades siguientes:

que son entregados al momento de la instalación de LOS EQUIPOS. Asimismo, EL CLIENTE puede revisar dicha información, en cualquier momento, a través del Portal de Clientes y en el Catálogo de Bienvenida.

EL CLIENTE contrata con PROSEGUR ACTIVA los siguientes servicios:

El servicio de mantenimiento correctivo se presta bajo las condiciones siguientes:

a) Servicio de Operación y Monitoreo de alarmas que consiste en recibir, a través de la CRA, las señales por telefonía fija, chip y/o Internet emitidas por LOS EQUIPOS instalados en EL INMUEBLE y de constituir una condición de emergencia real, se procederá a dar el aviso a las personas de la lista de contactos que EL CLIENTE indique en el Anexo 01 del presente contrato y/o a las autoridades correspondientes.

Para la correcta prestación del Servicio de Operación y Monitoreo por parte de PROSEGUR ACTIVA, EL CLIENTE se obliga a armar su sistema de alarmas y mantener en buen estado LOS EQUIPOS. En tal sentido, PROSEGUR ACTIVA no será responsable del correcto funcionamiento de LOS EQUIPOS o de las fallas que éstos presenten; si el mal funcionamiento o las fallas detectadas por EL CLIENTE no fueron comunicadas en un plazo máximo de 24 horas a PROSEGUR ACTIVA.

b) Servicio de Mantenimiento Correctivo a LOS EQUIPOS instalados en EL INMUEBLE consiste en realizar, a solicitud de EL CLIENTE, visitas a EL INMUEBLE para corregir las fallas presentadas en LOS EQUIPOS.

1. El servicio de mantenimiento se proporcionará cuando EL CLIENTE detecte una falla en LOS EQUIPOS y la comunique a PROSEGUR ACTIVA o cuando ésta falla sea detectada por PROSEGUR ACTIVA.2. El servicio de mantenimiento se ejecuta en el día y hora previamente acordados entre PROSEGUR ACTIVA y EL CLIENTE.3. EL CLIENTE proporcionará a PROSEGUR ACTIVA acceso a EL INMUEBLE y a LOS EQUIPOS instalados en el mismo. PROSEGUR ACTIVA se reserva el derecho de dejar de prestar el servicio de mantenimiento si su capacidad de cumplir con el servicio de mantenimiento se ve menoscabada por actos u omisiones de EL CLIENTE o por la condición de EL INMUEBLE, tales como no permitir el acceso a EL INMUEBLE, o que este no cumpla con las condiciones mínimas de seguridad para el mantenimiento, que se encuentre en remodelación, destruido parcial o totalmente, no cuente con local, puertas o ventanas en buen estado, con pintura fresca, objetos apilados o en altura que pongan en riesgo la integridad física de los técnicos, entre otros.4. El servicio de mantenimiento se prestará por los técnicos designados por PROSEGUR ACTIVA, los cuales podrán dejar una cotización con el detalle de los costos de reparación y/o productos necesarios para el correcto funcionamiento del sistema de alarmas, sean LOS EQUIPOS de propiedad de PROSEGUR ACTIVA o de EL CLIENTE. 5. En caso LOS EQUIPOS hayan sido adquiridos de PROSEGUR ACTIVA contarán con un (01) año de garantía, asumiendo PROSEGUR ACTIVA durante este período, el costo del servicio de mantenimiento por fallas de fábrica de LOS EQUIPOS, salvo que, durante el periodo de garantía, las fallas sean producto de manipulación indebida por parte de EL CLIENTE o terceros ajenos a PROSEGUR ACTIVA.6. Tratándose de servicios de mantenimiento en localidades en donde PROSEGUR ACTIVA no cuenta con oficina administrativa, EL CLIENTE podrá asumir el costo de los viáticos por el traslado del personal y/o equipos, conforme a la lista de precios que se encuentra consignada en el Portal de Clientes,

siendo que en caso de no querer asumir el costo informado sobre viáticos, PROSEGUR ACTIVA quedará liberado de toda responsabilidad derivada del servicio de operación y monitoreo de alarmas y tendrá la facultad de resolver automáticamente el presente contrato.7. PROSEGUR ACTIVA no será responsable del correcto funcionamiento de LOS EQUIPOS o de las fallas que éstos presenten, si el mal funcionamiento o las fallas detectadas por EL CLIENTE, no fueron comunicadas en un plazo de 24 horas como máximo a PROSEGUR ACTIVA y, por tanto, no se pudo realizar el servicio de mantenimiento correspondientec) Servicio de ACUDA que complementa el servicio de Operación y Monitoreo, en caso EL CLIENTE lo haya contratado, lo que le será informado al momento de la contratación del servicio y además consta en el anexo 01, que es parte integrante del presente contrato.d) Servicio de Instalación de LOS EQUIPOS: se proporciona con ocasión de la contratación del servicio de operación y monitoreo de alarma. Para la instalación de LOS EQUIPOS, EL CLIENTE asumirá el costo de los viáticos, de ser el caso, conforme a la lista de precios que se encuentra publicada en el Portal de Clientes, así como el costo de la instalación el cual consta en el Anexo 01, que forma parte integrante del presente contrato y que podrá ser financiado conforme al detalle contenido en el literal a) de la cláusula tercera de este contrato.

a) Venta: mediante esta modalidad, EL CLIENTE compra a PROSEGUR ACTIVA, LOS EQUIPOS cuya relación, precio y forma de pago se detallan en el Anexo 01. Entrega: LOS EQUIPOS son entregados al momento de su instalación en EL INMUEBLE, lo que consta en el Informe Técnico de Instalación.Se deja constancia que, de no poder estar presente en la instalación EL CLIENTE, podrá designar a una persona responsable, a quien se le capacitará sobre el uso del sistema de alarmas, siendo responsabilidad de EL CLIENTE revisar la Hoja de Verificación y Capacitación en el Uso Adecuado del Sistema de Alarmas y el Catálogo de Bienvenida, donde consta el funcionamiento y recomendaciones sobre el uso del sistema de alarmas.Garantía: LOS EQUIPOS tienen un Período de Garantía de un año. LOS EQUIPOS perderán la garantía en caso EL CLIENTE dentro del Periodo de Garantía por cuenta propia o mediante terceros distintos a PROSEGUR ACTIVA, manipule LOS EQUIPOS.Plazo: al contratar EL CLIENTE en modalidad Venta, LOS EQUIPOS son de su propiedad, por lo cual no deberá devolverlos a PROSEGUR ACTIVA. Esta disposición no aplicará en caso EL CLIENTE incumpla el presente contrato conforme con lo dispuesto en el párrafo siguiente o un contrato de mutuo celebrado con alguna empresa del grupo Prosegur, en cuyo caso PROSEGUR ACTIVA tendrá el derecho a solicitar la entrega de EL EQUIPO a favor de cualquier empresa del grupo Prosegur, con el fin de que se aplique el monto de valor de mercado de EL EQUIPO a la deuda con PROSEGUR ACTIVA o la empresa del grupo Prosegur correspondiente.Devolución: Si EL CLIENTE incumple con el pago del precio de venta de LOS EQUIPOS, transcurridos treinta días calendario de retraso, PROSEGUR ACTIVA deberá remitir una comunicación simple a EL CLIENTE informando la resolución del contrato. En tal sentido, una vez concluido el servicio de

DE LOS EQUIPOS Y SU DEVOLUCIÓN:

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funcionamiento en que los recibió, salvo el desgaste normal producido por su uso diligente, permitiendo a PROSEGUR ACTIVA el acceso al EL INMUEBLE para retirarlos en la fecha coordinada con EL CLIENTE mediante cualquier medio escrito y/o llamada telefónica. Caso contrario, PROSEGUR ACTIVA estará facultado a realizar el cobro, a EL CLIENTE, de una penalidad de S/ 50.00 (cincuenta y 00/100 soles) diarios hasta la fecha en que EL CLIENTE cumpla con la referida obligación a satisfacción de PROSEGUR ACTIVA, sin perjuicio del derecho que le asiste a PROSEGUR ACTIVA de cobrar la misma conjuntamente con cualquier deuda pendiente de pago que EL CLIENTE pudiera estar adeudando.

c) INTERCONEXIÓN: Por esta modalidad, PROSEGUR ACTIVA le presta a EL CLIENTE el servicio de operación y monitoreo del sistema de alarmas mediante la utilización de LOS EQUIPOS de propiedad de EL CLIENTE.PROSEGUR ACTIVA podrá abstenerse de realizar la instalación de LOS EQUIPOS en forma parcial o total, en caso EL INMUEBLE no cumpla con las condiciones mínimas de seguridad para la instalación, tales como que se encuentre en construcción, destruido parcial o totalmente, no cuente con puertas o ventanas en buen estado, entre otros y dará por resuelto el contrato. PROSEGUR ACTIVA procederá a devolver la totalidad del importe que haya abonado EL CLIENTE en forma previa, en un plazo máximo de 30 días hábiles.

PROSEGUR ACTIVA programará la instalación del sistema de alarmas, conforme a la disponibilidad de tiempo de EL CLIENTE y a la disponibilidad de tiempo del equipo técnico, así como las facilidades técnicas y operativas que ofrezca el lugar en donde se instalarán LOS EQUIPOS.

Si por factores ajenos a EL CLIENTE o PROSEGUR ACTIVA, no se realizara la instalación en la fecha y/u hora acordada, se reprogramará para una nueva fecha, teniendo en cuenta que se cobrará la tarifa desde la activación del servicio. Si EL CLIENTE posterior a la firma del contrato, se desistiese de manera expresa de la instalación del servicio, PROSEGUR ACTIVA podrá devolver el importe que haya abonado EL CLIENTE en forma previa, teniendo para ello un plazo máximo de 30 días hábiles, siendo que el contrato suscrito quedará resuelto automáticamente.

operación y monitoreo de alarmas, EL CLIENTE tendrá la obligación de devolver LOS EQUIPOS en un plazo no mayor a 72 horas luego de recibida dicha comunicación; para lo cual PROSEGUR ACTIVA programará la fecha de recojo de equipos en coordinación con EL CLIENTE y podrá aceptar la reprogramación de la fecha de recojo de LOS EQUIPOS por un máximo de 2 veces.

De no realizar EL CLIENTE la devolución de LOS EQUIPOS, PROSEGUR ACTIVA se encontrará facultado de denunciar la comisión del delito de Apropiación Ilícita, en ejercicio legítimo de sus derechos, sin perjuicio de las acciones civiles, penales y demás acciones que otorga la ley.

b) Cesión en uso: Mediante esta modalidad, PROSEGUR ACTIVA entrega LOS EQUIPOS a EL CLIENTE en cesión de uso. La relación de LOS EQUIPOS y su valor constan en el Anexo 01.

Entrega: LOS EQUIPOS son entregados al momento de su instalación en EL INMUEBLE, lo que consta en el Informe Técnico de Instalación.

Se deja constancia que, de no poder estar presente en la instalación EL CLIENTE, podrá designar a una persona responsable, a quien se le capacitará sobre el uso del sistema de alarmas, siendo responsabilidad de EL CLIENTE revisar la Hoja de Verificación y Capacitación en el Uso Adecuado del Sistema de Alarmas y el Catálogo de Bienvenida, donde consta el funcionamiento y recomendaciones sobre el uso del sistema de alarmas.

Garantía: LOS EQUIPOS tienen un Período de Garantía de un año. LOS EQUIPOS perderán la garantía en caso EL CLIENTE dentro del Periodo de Garantía por cuenta propia o mediante terceros distintos a PROSEGUR ACTIVA, manipule LOS EQUIPOS.

Plazo: el plazo de cesión en uso de LOS EQUIPOS es el mismo que el plazo del servicio de operación y monitoreo de alarmas contratado.

Devolución: Concluido el servicio de operación y monitoreo de alarmas, EL CLIENTE tendrá la obligación de devolver LOS EQUIPOS que fueron brindados en modalidad de cesión en uso, dentro del plazo de 72 horas contadas desde la conclusión del servicio de operación y monitoreo de alarmas, para lo cual PROSEGUR ACTIVA programará la fecha de recojo de equipos en coordinación con EL CLIENTE y podrá aceptar la reprogramación de la fecha de recojo de LOS EQUIPOS por un máximo de 2 veces.

De no realizar EL CLIENTE la devolución de LOS EQUIPOS, PROSEGUR ACTIVA se encontrará facultado de denunciar la comisión del delito de Apropiación Ilícita, en ejercicio legítimo de sus derechos, sin perjuicio de las acciones civiles, penales y demás acciones que otorga la ley.

Obligaciones de EL CLIENTE respecto a la utilización de LOS EQUIPOS de PROSEGUR ACTIVA:

(i) EL CLIENTE se obliga a no transferir o ceder en forma parcial o total a terceros LOS EQUIPOS bajo causal de resolución de presente contrato, (ii) EL CLIENTE se obliga a custodiar y salvaguardar la integridad de LOS EQUIPOS, obligándose a informar de inmediato a PROSEGUR ACTIVA de cualquier daño o acto de terceros que pudieran afectarlos, (iii) EL CLIENTE asume la responsabilidad en el caso de pérdida o deterioro de LOS EQUIPOS obligándose a pagar a PROSEGUR ACTIVA el valor de LOS EQUIPOS, (iv) Las partes convienen que en caso se produzca la resolución del presente contrato por cualquier causa, PROSEGUR ACTIVA requerirá a EL CLIENTE la devolución de LOS EQUIPOS dentro de las 72 horas en el mismo estado de conservación y

QUINTO: PROSEGUR ACTIVA realizará sus mejores esfuerzos para proporcionar a EL CLIENTE el servicio de Instalación, Operación, Monitoreo, Mantenimiento y Acudas en las mejores condiciones de calidad posible, dentro de sus facilidades técnicas, pudiendo adoptar las medidas que, a su juicio, considere necesarias y convenientes para ello. Queda establecido, sin embargo, que PROSEGUR ACTIVA no tendrá responsabilidad alguna en el caso que a pesar de haber dado oportunamente los avisos a las autoridades respectivas y a las personas de contacto convenidas con EL CLIENTE, no se produzca la respuesta correspondiente de parte de éstas, o cuando por cualquier razón no imputable a PROSEGUR ACTIVA, estos avisos no sean recibidos por sus destinatarios.

EL CLIENTE declara conocer que la prestación de servicio de Operación y Monitoreo funciona en conexión de dependencia con redes de otras compañías, por lo que su prestación puede ser afectada por circunstancias de capacidad, disponibilidad, cobertura o funcionamiento propias de estas redes, todo lo cual es entendido y aceptado por EL CLIENTE. En ese sentido, EL CLIENTE exime a PROSEGUR ACTIVA de toda responsabilidad respecto de cualquier interrupción o suspensión del servicio de Operación y Monitoreo producido por la baja o corte del fluido eléctrico, el sabotaje o corte del panel instalado, de la

DE LAS RESPONSABILIDADES:

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1. Facilitar el ingreso al personal de PROSEGUR ACTIVA, previa identificación, con el objeto de realizar los servicios contratados, incluyendo los servicios de mantenimiento a LOS EQUIPOS instalados en EL INMUEBLE y solicitados por EL CLIENTE, de conformidad con el presente contrato.2. Cumplir estrictamente con todas las instrucciones y recomendaciones que sobre la operación de LOS EQUIPOS, le informe PROSEGUR ACTIVA. 3. Verificar durante la ejecución de este Contrato, el correcto funcionamiento de LOS EQUIPOS. En caso, EL CLIENTE detectase cualquier falla en el funcionamiento de LOS EQUIPOS, éste deberá comunicarla de inmediato a la Central de Atención de PROSEGUR ACTIVA. Una vez comunicada la falla de no haberse podido reparar por vía remota, PROSEGUR ACTIVA programará una visita técnica a EL INMUEBLE a fin de corregir la falla de LOS EQUIPOS y procurar su buen funcionamiento. En tal sentido, queda claramente establecido que PROSEGUR ACTIVA no será responsable del correcto funcionamiento de LOS EQUIPOS o de las fallas que éstos presenten, si el mal funcionamiento o las fallas detectadas por EL CLIENTE; no fueron

comunicadas en un plazo máximo de 24 horas a PROSEGUR ACTIVA.4. No modificar la instalación de LOS EQUIPOS, ni permitir su manipulación o reparaciones por personas no autorizadas por PROSEGUR ACTIVA. No obstante, es responsabilidad de EL CLIENTE comunicarle a PROSEGUR ACTIVA sobre cualquier modificación de instalación, manipulación o reparación.5. Verificar y comunicar a PROSEGUR ACTIVA cualquier corte o baja del fluido eléctrico, corte de

línea telefónica fija y/o servicio de Internet, variación y/o modificación en la instalación telefónica o de la distribución dentro de EL INMUEBLE en que se encuentren instalados LOS EQUIPOS, así como, el cambio de operador de telefonía fija o de Internet, ya que esta circunstancia impedirá que PROSEGUR ACTIVA reciba la señal de alarma correspondiente.6. Comunicar a PROSEGUR ACTIVA en caso de que EL CLIENTE se traslade de EL INMUEBLE en el que se encuentran instalados LOS EQUIPOS a una ubicación distinta a la declarada. En este supuesto los costos que impliquen la reubicación e instalación de LOS EQUIPOS serán asumidos por EL CLIENTE.

1. Mantener permanentemente operativa la CRA y cursar los avisos previstos en el presente contrato a la recepción de las señales reales de emergencia emitidas por LOS EQUIPOS instalados en EL INMUEBLE detallado en el Anexo 01.2. Mantener permanentemente capacitado a todo el personal que intervenga en la prestación de los servicios.

línea telefónica fija, del servicio de Internet y/o chip (GPRS) causado por hechos fortuitos, de fuerza mayor y/o motivado por terceros o hechos ajenos a PROSEGUR ACTIVA.

Toda vez que los servicios que presta PROSEGUR ACTIVA en virtud del presente contrato tienen la condición de disuasivos, PROSEGUR ACTIVA no será responsable por perjuicios sufridos por personas y/o bienes ocurridos en el interior o exterior de EL INMUEBLE. Por ello, las partes dejan constancia que los servicios contratados, sólo tienen por objeto mejorar el nivel de protección de EL INMUEBLE y disuadir los actos delictivos, pero de ninguna manera los servicios contratados garantizan impedir actos delictivos en EL INMUEBLE. En tal sentido, la función del sistema de monitoreo es la de detectar la intrusión o presencia en EL INMUEBLE de terceros extraños, por medio de los elementos de detección o disuasivos, pero en ningún caso es la de impedir a los extraños el acceso al mismo cuando la alarma esté activada. En consecuencia, PROSEGUR ACTIVA no garantiza en caso alguno que el servicio contratado, evitará algún siniestro, hurto o robo en la persona y bienes de EL CLIENTE y de aquellos que se encuentren en EL INMUEBLE donde se preste el servicio.

SEXTO: Si bien PROSEGUR ACTIVA se obliga a poner el mayor esmero en el auxilio y colaboración que sean necesarios y en la atención de los servicios contratados, se deja establecido que PROSEGUR ACTIVA no es una compañía aseguradora, por lo tanto, será de exclusiva decisión, responsabilidad y cargo de EL CLIENTE, la contratación de seguros que cubran las pérdidas y daños a bienes muebles, inmuebles y/o daños personales sufridos.

SÉPTIMO: Son obligaciones de PROSEGUR ACTIVA:

OCTAVO: Son obligaciones de EL CLIENTE.

7. Comunicar por escrito a PROSEGUR ACTIVA cualquier variación en los datos declarados (sean datos del usuario, facturación y/o cobranza) con una anticipación no menor a 30 días calendario, no pudiendo solicitar que se emitan nuevamente documentos de pago, de periodos anteriores a su solicitud.8. Pagar puntualmente el valor de los servicios contratados y de cualquier adeudo que por los mismos mantenga a favor de PROSEGUR ACTIVA.9. Devolver LOS EQUIPOS dados en cesión en uso por PROSEGUR ACTIVA, a la conclusión del presente contrato, o dados en Venta por PROSEGUR ACTIVA, cuando no se cumplió con realizar el pago del precio de venta de los mismos, una vez transcurridos los treinta días calendario de retraso, en el mismo estado en el que fueron recibidos sin más deterioro que su uso normal. Si se produjera algún tipo de menoscabo en EL INMUEBLE como consecuencia lógica del retiro de LOS EQUIPOS, se deja constancia que PROSEGUR ACTIVA no realizará resanados, retoques de pintura ni reparaciones relacionadas al retiro de LOS EQUIPOS.10. Autorizar expresamente a PROSEGUR ACTIVA a grabar cuantas conversaciones existan entre ellos o con las personas designadas por aquél, en el marco del contrato, ya sea previo a la ejecución de los servicios o como acreditación de la ejecución de los mismos. Igualmente, EL CLIENTE autoriza a PROSEGUR ACTIVA a grabar las conversaciones que, con motivo de la prestación de los servicios objeto del presente contrato, mantenga con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad u otros Organismos de prevención y respuesta de riesgos y siniestros. EL CLIENTE autoriza expresamente a PROSEGUR ACTIVA para que, si ésta lo considera necesario, pueda utilizar dichas grabaciones como medio de prueba en cualquier procedimiento administrativo, arbitral o judicial. Dichas grabaciones son de propiedad de PROSEGUR ACTIVA, quien no estará obligado a entregarlas a solicitud de EL CLIENTE.11. Devolver en un plazo de 72 horas la placa disuasiva que se coloca en la fachada de EL INMUEBLE de propiedad de PROSEGUR ACTIVA por lo que EL CLIENTE faculta a PROSEGUR ACTIVA para retirarla en caso de traslado, resolución, terminación del presente contrato, en caso la placa no sea directamente devuelta por EL CLIENTE a PROSEGUR ACTIVA, en el plazo establecido. PROSEGUR ACTIVA realizará el retiro de la placa disuasiva de la manera más adecuada posible, sin embargo, si se produce algún tipo de menoscabo en la fachada de EL INMUEBLE donde se colocó la placa, como consecuencia lógica de su retiro, se deja constancia que PROSEGUR ACTIVA no realizará resanados, retoques de pintura ni reparaciones

DE LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS:

OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

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En caso que las facturas no sean pagadas en el plazo establecido, EL CLIENTE incurrirá en mora automática, devengándose un interés compensatorio y moratorio, de acuerdo con la tasa máxima permitida por el Banco Central de Reserva del Perú. Dichos intereses se computarán desde la fecha del vencimiento de la respectiva factura hasta la fecha del pago efectivo del total adeudado.

relacionadas al retiro de la misma. 12. Autoriza expresamente a PROSEGUR ACTIVA a efectuar la instalación de LOS EQUIPOS en EL INMUEBLE en el cual se brindará el servicio, lo cual podría implicar realizar instalación de cableado, perforaciones menores, adicionar aditamentos y/o soportes y/o cualquier elemento necesario para el correcto funcionamiento de los dispositivos. EL CLIENTE reconoce que la instalación podría modificarsu fachada y/o los distintos ambientes de EL INMUEBLE.13. Cumplir con las demás obligaciones que asume en virtud del presente contrato.

NOVENO: Para el pago de los servicios derivados del presente contrato y/o de LOS EQUIPOS que se adquieran en virtud de este contrato, se procederá del modo siguiente:

PROSEGUR ACTIVA proporciona a EL CLIENTE el servicio de Instalación, Operación, Monitoreo, Mantenimiento contratado, cumpliendo con informar a EL CLIENTE mediante comunicaciones por mensaje de texto, llamadas vía telefónica, envío de comunicaciones electrónicas y por escrito, información sobre el estado del funcionamiento del sistema de alarmas y/o las fallas que pudiere haber detectado y que imposibiliten la comunicación del sistema de alarmas con la CRA, con la finalidad de realizar las verificaciones y pruebas respectivas, así como coordinar una visita técnica, de ser necesario, en EL INMUEBLE, no siendo responsabilidad de PROSEGUR ACTIVA si EL CLIENTE no brinda las facilidades del caso o si no es posible contactar a EL CLIENTE por mantener su información desactualizada.

a) PROSEGUR ACTIVA cobrará de manera adelantada a EL CLIENTE el monto establecido por el servicio contratado, tanto de LOS EQUIPOS, como del recurrente, según la periodicidad de pago acordada en el Anexo 01 del presente contrato. Pudiendo aplicar el débito automático en la cuenta bancaria o cargo en la tarjeta de crédito o débito precisado en el Anexo 02, desde concluida la instalación del servicio y sin necesidad de que el documento de pago esté vencido. El documento de pago será remitido al cliente en un plazo máximo de 3 días hábiles.

b) La forma de pago será mediante todas las formas permitidas por la legislación vigente incluyendo, pero sin limitarse, el sistema de cargo automático, para lo cual EL CLIENTE otorga desde ya su consentimiento expreso para aplicar el débito automático en la cuenta bancaria o cargo en la tarjeta de crédito o débito precisado en el documento especial de autorización (Débito Automático) del Anexo 02.

c) De no haber fondos suficientes en la cuenta bancaria de EL CLIENTE, este deberá hacer el pago directamente a PROSEGUR ACTIVA dentro de los 5 días útiles siguientes a la fecha de pago.

d) Si EL CLIENTE no efectúa el pago correspondiente dentro del plazo estipulado en el acápite anterior, PROSEGUR ACTIVA efectuará los intentos de débito automático que considere necesarios hasta obtener el cobro de la deuda, pudiendo considerar un recargo del 5% de haberse generado gastos de cobranza.

e) Si EL CLIENTE hubiera obtenido alguna promoción y/o beneficio, en el costo de su tarifa, por elegir determinada modalidad de pago, este quedará sin efecto, si EL CLIENTE modifica la modalidad de pago por la cual obtuvo la promoción y/o beneficio, pudiendo cobrar PROSEGUR ACTIVA la tarifa regular

informada en el Anexo 01, sin el precio de promoción y/o beneficio.f) Si EL CLIENTE tiene más de un contrato suscrito con PROSEGUR ACTIVA e incurre en atraso en el pago de alguno de sus contratos y a la vez mantiene un saldo a favor en otro contrato, EL CLIENTE faculta a PROSEGUR ACTIVA a realizar la compensación de pagos. Los pagos efectuados por EL CLIENTE que no sean destinados a un contrato en específico, se efectuará la aplicación del monto a la deuda de mayor antigüedad, de manera sucesiva hasta agotar el monto abonado.

DÉCIMO PRIMERA: En caso de recibir una alarma de intrusión que sea desactivada en un tiempo menor a un (1) minuto, mediante clave digitada o llavero, la cual identifica a EL CLIENTE como usuario autorizado, PROSEGUR ACTIVA no activará el protocolo de atención de la CRA. En este caso PROSEGUR ACTIVA enviará una confirmación vía mensaje de texto al celular de EL CLIENTE, dejando constancia de la recepción de la señal y su inmediata desactivación.

DÉCIMO: Las falsas alarmas, señales emitidas por LOS EQUIPOS que al ser verificadas por PROSEGUR ACTIVA no constituyen una intrusión o siniestro, causan grave perjuicio tanto a PROSEGUR ACTIVA como a EL CLIENTE y a las autoridades correspondientes. Por tanto, en caso se verifiquen más de diez (10) falsas alarmas durante un mismo período mensual, PROSEGUR ACTIVA informará por escrito o vía correo electrónico a EL CLIENTE esta condición, solicitándole que brinde las facilidades para revisar y resolver el inconveniente, en dicha comunicación se establecerá el plazo de atención y/o los canales para establecer una fecha de atención. De no brindar EL CLIENTE las facilidades y/o cumplir con las recomendaciones realizadas, y siempre que las falsas alarmas fueran imputables al obrar negligente o imprudente de EL CLIENTE o al uso inadecuado de LOS EQUIPOS, EL CLIENTE faculta a PROSEGUR ACTIVA a anular el dispositivo o la zona del EQUIPO que genere las falsas alarmas.PROSEGUR ACTIVA, informará por escrito o vía comunicación electrónica a EL CLIENTE la anulación de la zona del sistema de alarmas de EL CLIENTE, lo que no interfiere en el óptimo funcionamiento de los demás EQUIPOS y/o dispositivos instalados; debiendo EL CLIENTE brindar las facilidades y/o cumplir con las recomendaciones realizadas. Se deja constancia que, únicamente en relación a la zona anulada, la CRA, no recibirá ninguna señal de alarma; por lo tanto, PROSEGUR ACTIVA no será responsable de cualquier siniestro ocurrido que se derive de ello, así como tampoco de los perjuicios que puedan ocasionarse.Si EL CLIENTE no permite dar solución a las falsas alarmas, la zona anulada se habilitará y PROSEGUR ACTIVA estará facultado a realizar el cobro a EL CLIENTE de una penalidad correspondiente a S/ 200.00 (doscientos y 00/100 soles) por ese período mensual. El monto de la penalidad será cobrado por PROSEGUR ACTIVA en la factura del mes siguiente al que correspondieron las falsas alarmas del sistema de EL CLIENTE, y podrá cobrarse en lo sucesivo, siempre que se mantenga la condición previamente descrita que generó el cobro de la penalidad.

PENALIDAD POR FALSAS ALARMAS:

DESACTIVACIÓN DE ALARMA MENOR A MINUTO:

SOBRE EL PAGO DEL SERVICIO:

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SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO:

DÉCIMO SEGUNDA: PROSEGUR ACTIVA podrá suspender temporalmente el servicio, sin responsabilidad alguna, en caso:a) EL CLIENTE no cumpla con hacer efectivo el pago de los servicios en la oportunidad convenida.b) Exista un mandato judicial o administrativo que así lo ordene.c) EL CLIENTE lo solicite por escrito con una anticipación de 30 días calendario a la fecha de suspensión mediante la Solicitud de Suspensión, la cual deberá estar firmada en original y copia por EL CLIENTE.d) Las líneas de conexión de LOS EQUIPOS instaladas en EL INMUEBLE se destruyan o se vean sustancialmente dañadas y no sea posible continuar con la prestación de los servicios contratados en virtud de este contrato, por causas ajenas a PROSEGUR ACTIVA.e) Cuando se determine mediante Informe Técnico emitido por PROSEGUR ACTIVA que LOS EQUIPOS requieren de mantenimiento, y que la falta de aceptación del costo del mismo, impida la prestación del servicio, salvo que los servicios de mantenimiento se encuentren dentro de la garantía establecida en la cláusula cuarta.f) Por caso fortuito o fuerza mayor tales como terremotos, maremotos, tsunami, inundaciones y otros de similar naturaleza.g) Cuando el traslado de LOS EQUIPOS de EL INMUEBLE en el que se encuentran instalados lo requiera.

Las suspensiones temporales se mantendrán hasta que cese la causal que las motivó. En caso la causal de suspensión sea permanente o impida la ejecución de las prestaciones derivadas del presente contrato, PROSEGUR ACTIVA podrá resolver el contrato. Asimismo, la suspensión no afectará el derecho de PROSEGUR ACTIVA al cobro de la deuda pendiente y la recuperación de LOS EQUIPOS de propiedad de PROSEGUR ACTIVA, de ser el caso. En caso de suspensión por falta de pago de la factura, la reactivación procederá una vez que EL CLIENTE haya cancelado el referido cargo, la deuda pendiente y los respectivos intereses.PROSEGUR ACTIVA no asumirá responsabilidad por cualquier suspensión o interrupción que se originen en caso fortuito, fuerza mayor u otras circunstancias que estuvieran fuera de su control.Cuando EL CLIENTE solicite la suspensión temporal, mediante la Solicitud de Suspensión, EL CLIENTE deberá indicar el tiempo de duración de la misma -previa evaluación de parte de PROSEGUR ACTIVA- la cual en ningún caso podrá ser mayor de dos (2) meses alternados o continuos durante el plazo de duración del presente contrato. Durante el tiempo de suspensión PROSEGUR ACTIVA no realizará cobros por el servicio. Sin embargo, dicho período de suspensión será compensado con posterioridad a la fecha de vencimiento del presente contrato, ampliando el período de duración del contrato (y el pago correspondiente) en el tiempo proporcional al de la suspensión solicitada. En la Solicitud de Suspensión se dejará constancia de la fecha en que se reactivará el servicio automáticamente.En caso del numeral e) si durante la suspensión del servicio EL CLIENTE no acepta el mantenimiento para que PROSEGUR ACTIVA preste el servicio contratado, PROSEGUR ACTIVA podrá resolver el contrato y realizar el cobro de la penalidad establecida en la cláusula Décimo Tercera correspondiente a la baja definitiva del servicio y a la devolución de los equipos de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuarta.

No obstante, en caso de que el contratante sea una persona natural, el titular podrá otorgar carta poder simple a un tercero, donde le faculte expresamente a realizar la baja del servicio, siendo que, el trámite deberá realizarlo de forma presencial y deberá adjuntar copia del DNI o documento de identidad correspondiente, tanto del titular del servicio como del tercero autorizado. En caso de que el contratante sea una persona jurídica, el Representante Legal podrá otorgar carta poder simple a un tercero, donde le faculte expresamente a realizar la baja del servicio, siendo que, el trámite deberá realizarlo de forma presencial y deberá adjuntar copia del DNI o documento de identidad correspondiente del Representante Legal, así como la vigencia de poder que acredite la representación, con una antigüedad no menor a 6 meses de emitida. Asimismo, la copia de DNI o documento de identidad correspondiente, del tercero autorizado. En caso, de solicitar la baja definitiva del servicio, EL CLIENTE estará obligado a cumplir, al momento de la solicitud de baja, con lo siguiente:

Las partes convienen que si durante la ejecución de este contrato no se cumpliera con lo establecido en los incisos a) y b) que anteceden, PROSEGUR ACTIVA podrá comunicar a las Centrales de Riesgo los adeudos correspondientes. Asimismo, de no cumplir EL CLIENTE con la devolución de equipos y elementos antes señalados, PROSEGUR ACTIVA se encontrará facultado de denunciar la comisión del delito de Apropiación Ilícita, en ejercicio legítimo de sus derechos, sin perjuicio de las acciones civiles, penales y demás acciones que otorga la ley.

a) EL CLIENTE deberá solicitar la baja definitiva del servicio, de forma presencial, firmando el Formato de Solicitud de Baja, presentando copia de su DNI o documento de identidad correspondiente, con una anticipación de 30 días calendario.b) EL CLIENTE declara conocer que, por la naturaleza del servicio que brinda PROSEGUR ACTIVA, deberá presentar la solicitud de baja sólo el titular o Representante Legal que contrató el servicio.

a) En los contratos con un plazo contractual de hasta 12 meses, pagar a PROSEGUR ACTIVA el monto de penalidad, por el periodo del plazo no cumplido de hasta un máximo de S/ 1 500 (mil quinientos y 00/100 soles). Dicha penalidad podrá ser reducida en un monto máximo de S/ 50.00 (cincuenta y 00/100 soles) por cada mes de permanencia transcurrido respecto del plazo de vigencia acordado en el Anexo 01. En los contratos con un plazo contractual de 13 meses a más, pagar a PROSEGUR ACTIVA el monto de penalidad, por el periodo del plazo no cumplido de hasta un máximo de S/ 3 000.00 (tres mil y 00/100 soles). Dicha penalidad podrá ser reducida en un monto máximo de S/ 50.00 (cincuenta y 00/100 soles) por cada mes de permanencia transcurrido respecto del plazo de vigencia acordado en el Anexo 01.b) Cancelar los saldos pendientes de pago por el servicio y/o por cualquier otro concepto que adeude a PROSEGUR ACTIVA.c) Entregar a PROSEGUR ACTIVA LOS EQUIPOS de propiedad de ésta última, en la forma prevista en este contrato, para lo cual deberá coordinar con PROSEGUR ACTIVA la fecha de retiro y dar las facilidades necesarias.

DÉCIMO TERCERA: EL CLIENTE podrá solicitar la baja definitiva de su servicio, para lo cual deberá cumplir el siguiente procedimiento:

BAJA DEFINITIVA DEL SERVICIO:

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DÉCIMO CUARTA: PROSEGUR ACTIVA podrá resolver el contrato en forma inmediata, a través del mecanismo establecido en el artículo 1430 del Código Civil, en caso:

DÉCIMO QUINTA: En caso PROSEGUR ACTIVA proporcione LOS EQUIPOS, éstos tendrán 01 año de garantía a partir de la fecha en que los mismos sean instalados en EL INMUEBLE. La garantía quedará sin efecto, si cualquiera de LOS EQUIPOS o sus instalaciones es manipulada por personal ajeno no autorizado por PROSEGUR ACTIVA.Quedan excluidos de la garantía aquellos elementos consumibles, como baterías y pilas, susceptibles de agotamiento o descarga, o de un uso continuado o sobre el que no se pueda ejercer un control riguroso. No obstante, para estos elementos se establece una garantía de seis (06) meses por defectos materiales de fabricación.Transcurrido el plazo indicado, el mantenimiento y cualquier reparación de LOS EQUIPOS de propiedad de EL CLIENTE será de su cargo exclusivo, siendo responsabilidad de EL CLIENTE, comunicar por escrito a PROSEGUR ACTIVA en el caso que LOS EQUIPOS requieran de mantenimiento o de cualquier otra reparación.

DÉCIMO SEXTA: Los datos de EL CLIENTE y la dirección de EL INMUEBLE donde se prestará el Servicio se encuentran detallados en el Anexo 01 del presente Contrato. Constituye responsabilidad de EL CLIENTE informar a PROSEGUR ACTIVA, con una anticipación no menor a 30 días calendario, cualquier modificación de datos y/o información que pudieran afectar la facturación regular, así como establecer contacto entre las partes.

DÉCIMO SÉPTIMA: El plazo inicial del presente contrato de servicios se encuentra detallado en el Anexo 01 el mismo que inicia a partir de la fecha de interconexión de LOS EQUIPOS a la CRA. Una vez transcurrido dicho plazo, el presente contrato se renovará en forma automática y sucesiva, por el mismo plazo de la contratación inicial. Si EL CLIENTE decide renovar el contrato, bajo nuevas condiciones contractuales, la renovación podrá ser celebrada vía telefónica, donde se informará oportunamente a EL CLIENTE las condiciones generales de la contratación, tales como datos del

La resolución en cualquiera de los casos antes señalados no importará convalidación, condonación o renuncia alguna por parte de PROSEGUR ACTIVA de la prestación pendiente de pago a cargo de EL CLIENTE.En caso de hacerse efectiva la resolución del contrato por cualquiera de las causales previstas, será de aplicación lo previsto en la Cláusula Décimo Tercera respecto a la baja definitiva del servicio, por lo tanto, EL CLIENTE estará obligado a cumplir con lo siguiente:

Las partes convienen que si durante la ejecución de este contrato no se cumpliera con lo establecido en los incisos a) y b) que anteceden, PROSEGUR ACTIVA podrá comunicar a las Centrales de Riesgo los adeudos correspondientes.

Asimismo, de no cumplir EL CLIENTE con la devolución de equipos y elementos antes señalados, PROSEGUR ACTIVA se encontrará facultado de denunciar la comisión del delito de Apropiación Ilícita, en ejercicio legítimo de sus derechos, sin perjuicio de las acciones civiles, penales y demás acciones que otorga la ley. Para los casos de fallecimiento e incapacidad establecidos en el inciso e) la responsabilidad de la devolución recaerá en herederos o sucesión intestada o curador, respectivamente.

los supuestos previstos en el literal e) de la presente cláusula, en los supuestos donde EL CLIENTE fallece o deviene en incapaz. Lo que deberá ser comunicado a PROSEGUR ACTIVA para evitar continuidad del cobro del servicio.

a) En los contratos con un plazo contractual de hasta 12 meses, pagar a PROSEGUR ACTIVA el monto de penalidad, por el periodo del plazo no cumplido de hasta un máximo de S/ 1 500 (mil quinientos y 00/100 soles). Dicha penalidad podrá ser reducida en un monto máximo de S/ 50.00 (cincuenta y 00/100 soles) por cada mes de permanencia transcurrido respecto del plazo de vigencia acordado en el Anexo 01. En los contratos con un plazo contractual mayor a 13 meses, pagar a PROSEGUR ACTIVA el monto de penalidad, por el periodo del plazo no cumplido de hasta un máximo de S/ 3 000.00 (tres mil y 00/100 soles). Dicha penalidad podrá ser reducida en un monto máximo de S/ 50.00 (cincuenta y 00/100 soles) por cada mes de permanencia transcurrido respecto del plazo de vigencia acordado en el Anexo 01.b) Cancelar los saldos pendientes de pago por el servicio y/o por cualquier otro concepto que adeude a PROSEGUR ACTIVA. Esta obligación no aplica para

c) Entregar a PROSEGUR ACTIVA, LOS EQUIPOS de propiedad de ésta última, en la forma prevista en el presente contrato, para lo cual deberá coordinar con PROSEGUR ACTIVA la fecha de retiro y dar las facilidades necesarias.

a) EL CLIENTE no pague, una vez transcurridos los treinta días calendario de retraso, alguno de los cargos o retribuciones correspondientes al servicio materia del presente contrato. En tal sentido, una vez concluido el servicio de operación y monitoreo de alarmas, EL CLIENTE tendrá la obligación de devolver LOS EQUIPOS adquiridos en un plazo no mayor a 72 horas luego de recibida dicha comunicación. PROSEGUR ACTIVA estará facultado para proceder con el retiro de LOS EQUIPOS en coordinación con el titular del servicio. En caso no se pueda ubicar o contactar al titular del servicio, el retiro se podrá coordinar con la persona que se encuentre en la residencia y/o local de instalación.b) EL CLIENTE incumpla cualquiera de las obligaciones que asume en virtud del presente contrato.c) Exista un mandato judicial o administrativo que así lo ordene.d) EL CLIENTE ceda o transfiera o intente ceder o transferir sus derechos derivados del presente contrato, sin aprobación previa y por escrito de PROSEGUR ACTIVA.e) EL CLIENTE fallece, deviene en incapaz o sea declarado en insolvencia o en disolución.f) EL CLIENTE incumpla con el pago del precio de venta de LOS EQUIPOS, una vez transcurridos los treinta días calendario de retraso, para lo cual PROSEGUR ACTIVA deberá remitir una comunicación simple a EL CLIENTE informando dicha decisión. En tal sentido, una vez concluido el servicio de operación y monitoreo de alarmas, EL CLIENTE tendrá la obligación de devolver LOS EQUIPOS adquiridos en un plazo no mayor a 72 horas luego de recibida dicha comunicación. PROSEGUR ACTIVA estará facultado para proceder con el retiro de LOS EQUIPOS en coordinación con el titular del servicio. En caso no se pueda ubicar o contactar al titular del servicio, el retiro se podrá coordinar con la persona que se encuentre en la residencia y/o local de instalación.

GARANTÍA POR LOS EQUIPOS:

DEL CLIENTE Y DIRECCIÓN DEL SERVICIO:

PLAZO DEL CONTRATO:

RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:

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“Clientes”, el mismo que se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Protección de Datos Personales.Igualmente acepto y consiento que el tratamiento de los datos personales suministrados tendrá como consecuencia que estos puedan ser tratados por PROSEGUR ACTIVA  para realizar estudios comparativos, de mercado, estadísticos y remitir información sobre sus  productos y servicios así como de las distintas empresas del  Grupo PROSEGUR, a través de medios electrónicos, llamadas telefónicas o correspondencia escrita, así como el flujo transfronterizo de la información a otras entidades ubicadas en España o en cualquier otra geografía donde el Grupo PROSEGUR ejerza su actividad, con la finalidad de realizar actividades relacionadas a la naturaleza del contrato, garantizar la continuidad de las operaciones de la empresa ante cualquier contingencia y la gestión de otras solicitudes o contratos por parte de las distintas empresas del  Grupo PROSEGUR.   Se entiende por empresa del  Grupo PROSEGUR, a toda aquella empresa vinculada por administración o propiedad a la casa Matriz de PROSEGUR ACTIVA en Madrid, España.

Asimismo, PROSEGUR ACTIVA se obliga a tratar y almacenar las imágenes y las grabaciones de las conversaciones con EL CLIENTE o con las personas designadas por aquél como acreditación de la ejecución de los servicios conforme a lo señalado en las normas señaladas en el párrafo precedente de la presente cláusula.De igual manera, PROSEGUR ACTIVA se obliga a tratar y almacenar las grabaciones de las conversaciones que, con motivo de la prestación de los servicios objeto del presente Contrato, mantenga con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad u otros Organismos de prevención y respuesta de riesgos y siniestros, en cumplimiento de las normas señaladas en el párrafo precedente de la presente cláusula.EL CLIENTE autoriza expresamente a PROSEGUR ACTIVA a ofrecer por cualquier vía de comunicación incluyendo los medios electrónicos, sus productos y/o servicios relacionados directamente con el rubro de seguridad electrónica y de las empresas vinculadas a PROSEGUR ACTIVA. De igual manera, EL CLIENTE reconoce y acepta que PROSEGUR ACTIVA podrá ceder sus datos personales a cualquier tercero, cuando sea necesaria su participación para cumplir con la prestación de servicios y/o cuando PROSEGUR ACTIVA mantenga acuerdos de colaboración comercial que otorgue beneficios a sus Clientes.Toda consulta, solicitud o requerimiento que EL CLIENTE tenga a bien efectuar respecto al manejo de sus Datos Personales, incluyendo el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos personales, deberá realizarla mediante comunicación física dirigida a PROSEGUR ACTIVA.

VIGÉSIMA: EL CLIENTE no podrá ceder total o parcialmente su posición contractual, sus derechos o sus obligaciones derivados del presente contrato.Por su parte EL CLIENTE faculta en forma anticipada y expresa a PROSEGUR ACTIVA a ceder su posición contractual o cualquiera de sus derechos u obligaciones en este contrato a terceros, debiendo PROSEGUR ACTIVA para ello únicamente informar a EL CLIENTE sobre dicha cesión mediante comunicación por escrito, con una anticipación de treinta (30) días calendario.

VIGÉSIMO SEGUNDA: Todas las obligaciones y responsabilidades asumidas por PROSEGUR ACTIVA conforme a este Contrato podrán ser suspendidas por PROSEGUR ACTIVA en caso de vulneración de la seguridad de los equipos, sistemas informáticos o redes de comunicación de PROSEGUR ACTIVA o de EL CLIENTE, así como de interrupciones o suspensiones del servicio de conexión a las redes de telecomunicaciones, incluyendo situaciones de fuga de información, adulteración de la información, intervención o intromisión ilegal de los sistemas, de comunicación o software por malware (entre otros virus, troyanos, gusanos) y demás rutinas de programación perjudiciales de terceros, sin que la presente enumeración sea limitativa de otras formas que puedan alterar y/o afectar equipos, sistemas informáticos y/o de comunicación de PROSEGUR

DÉCIMO OCTAVA: EL CLIENTE se compromete al pago de la prestación de los servicios que hubiese convenido contratar en la Cláusula Tercera, conforme a lo detallado en el Anexo 01 y según el Medio de Pago detallado en el Anexo 02 en caso se utilice el débito automático en la cuenta bancaria o cargo en la tarjeta de crédito o débito.El pago de los servicios será por adelantado y según la forma detallada en el Anexo 01.DÉCIMO NOVENA: Las partes otorgantes de este contrato convienen que, durante el plazo de su ejecución, PROSEGUR ACTIVA podrá proponer a EL CLIENTE el reajuste de la tarifa por la prestación del servicio, por motivo justificante para PROSEGUR ACTIVA. Para ello, bastará que PROSEGUR ACTIVA comunique por escrito y con no menos de treinta (30) días calendario de anticipación a EL CLIENTE; la nueva tarifa propuesta y su fecha de entrada en vigencia.Recibida la carta de reajuste de la tarifa; EL CLIENTE tendrá el plazo de treinta (30) días calendario para comunicar por escrito, de forma presencial o por llamada al Centro de Atención al Cliente de PROSEGUR ACTIVA su disconformidad con la misma. En caso EL CLIENTE exprese su disconformidad al reajuste, no se generará la resolución del presente contrato y tampoco su modificación, manteniéndose los términos y condiciones en los que el contrato fue acordado inicialmente. Si transcurrido el plazo en mención, EL CLIENTE no manifiesta su disconformidad, se entenderá que el reajuste de la tarifa ha sido aceptado por EL CLIENTE. Las cartas mencionadas en esta cláusula deberán ser cursadas y entregadas en el domicilio legal que se consigna en el Anexo 01 del presente contrato.

contratante, equipos, costos, tarifa, modalidad y plazo contractual, así mismo se enviará una copia del contrato a la dirección electrónica de EL CLIENTE, en un plazo no mayor de 3 días hábiles.

TARIFA DEL SERVICIO:

CESIÓN:

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES:VULNERACIÓN DE SEGURIDAD DE SISTEMASINFORMÁTICOSVIGÉSIMO PRIMERA: Por el presente documento

otorgo mi consentimiento libre, previo, informado, expreso e inequívoco para que PROSEGUR ACTIVA con dirección en Av. República de Panamá 3890, Surquillo-Lima, Lima, Perú, incluya mis datos personales sensibles o no, consignados en el presente documento, en sus sistemas y base de datos y pueda dar tratamiento a mi información.Para el caso de personas naturales, PROSEGUR ACTIVA se obliga a tratar los Datos Personales de EL CLIENTE en estricto cumplimiento de la Ley N° 29733; Ley de Protección de Datos Personales, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo 003-2013-JUS, la Directiva de Seguridad aprobada por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, así como cualquier norma posterior que resulte aplicable. Los Datos Personales de EL CLIENTE serán almacenados en el Banco de Datos denominado

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ACTIVA o de EL CLIENTE (en adelante, Incidente de Seguridad Informático). La ejecución del Contrato se reanudará automáticamente una vez que el servicio se pueda prestar en las mismas condiciones anteriores al Incidente de Seguridad Informático. En caso de que EL CLIENTE identifique un Incidente de Seguridad Informático, deberá comunicarlo por cualquier medio a PROSEGUR ACTIVA dentro de las 24 horas siguientes de haber tomado conocimiento del mismo. Las Partes declaran entender y aceptar que un Incidente de Seguridad Informático constituirá caso fortuito o fuerza mayor, para todos los efectos contractuales y legales derivados de la prestación del servicio.

VIGÉSIMO TERCERA: Por la presente cláusula se deja establecido que PROSEGUR ACTIVA y EL CLIENTE asumen, la obligación de mantener en absoluta confidencialidad y reserva la información y/o documentación de cualquier tipo y naturaleza de propiedad o titularidad de esta, de la cual tome conocimiento, acceda o le sea suministrada con motivo de la prestación de sus servicios, especialmente la base de datos, información y documentación referida a las listas de clientes a quienes hace entrega de los productos y bienes que se le indiquen en el marco del contrato, estando impedidas las partes de revelar o trasladar dicha información y/o documentación a terceros, sean personas naturales o jurídicas, en forma total o parcial y utilizando cualquier medio.

Esta obligación de confidencialidad y reserva que asumen expresamente las partes, comprende la prohibición de cualquier acción, conducta u omisión que, en general, pueda representar un riesgo para ambos, de que la información y/o documentación antes referida transcienda hacia terceros; importando además la prohibición de que la misma sea utilizada para provecho propio. Asimismo, esta obligación comprende la prohibición para las partes de retirar o retener indebidamente en su poder cualquier información y/o documentación que pueda encontrarse a su disposición.

De acuerdo a lo establecido en esta cláusula, las partes se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para evitar que terceros no autorizados puedan acceder a la información y documentación antes descrita, debiendo además limitar el acceso a ésta a sus empleados y colaboradores que precisen disponer de ella exclusivamente para ejecución del presente contrato, trasladándose a éstos idéntica obligación de confidencialidad en los mismos términos convenidos.

En caso cualquiera de las partes fuera requerida por alguna autoridad administrativa, policial, fiscal o judicial para revelar la información y/o documentación a la que se refiere la presente cláusula, ésta deberá notificar a la brevedad posible a su contraparte, a fin que ésta adopte las medidas que consideren necesarias. Sin embargo, esta revelación no se considerará como causal de incumplimiento al pacto de confidencialidad descrito en la presente cláusula.

Las partes se obligan a mantener toda la información confidencial en reserva durante el término de este contrato y por un período de cinco (05) años, luego de concluido o resuelto el mismo.

De la misma manera las partes se comprometen a no divulgar ni proveer la información entregada por una de las partes a ningún tercero sin el consentimiento expreso y por escrito de la otra parte. Asimismo, las partes se obligan a tomar medidas razonables para salvaguardar la información objeto de este contrato a fin de evitar cualquier divulgación por empleados, proveedores y/o terceros que acceden a la información.

VIGÉSIMO CUARTA:1. PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN.

a) EL CLIENTE declara, bajo su responsabilidad, que, en la fecha de entrada en vigor del Contrato, ni la sociedad, ni sus directores o empleados, habrán ofrecido, prometido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ninguna ventaja indebida, económica o de otro tipo, o insinuado que lo harán o podrían hacerlo en algún momento futuro, (en adelante, “Práctica de Corrupción”) relacionada con el Contrato y que habrán adoptado medidas razonables para evitar que cualquier otro tercero que esté sujeto a su control realice alguna de las acciones descritas.

b) EL CLIENTE se obliga, durante la vigencia del Contrato y en un plazo posterior de cuatro (4) años tras la terminación del mismo, a cumplir y adoptar medidas razonables para asegurarse de que tanto EL CLIENTE como los terceros sujetos a su control cumplan con las disposiciones que se establecen en la presente clausula.

c) Las Partes prohibirán cualquier práctica relacionada con la Corrupción. A continuación, se establece una lista a modo ejemplificativo y no limitativo de prácticas prohibidas en todo momento y en cualquier forma, ya sea que estas se lleven a cabo de forma directa o indirecta, incluyendo su realización a través de terceros.

d) Finalmente, EL CLIENTE declara que no ha concedido ni concederá, no ha buscado ni buscará, no ha intentado obtener ni lo intentará, y no ha aceptado ni aceptará ningún tipo de ventaja, financiera o en especie, a nadie ni de nadie, cuando tal ventaja constituya una práctica ilegal o implique corrupción, directa o indirectamente, por ser un incentivo o una recompensa relacionada con la ejecución del Contrato.

2. CONFLICTO DE INTERÉS:a) EL CLIENTE adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier situación producida cuando, como consecuencia de intereses económicos, políticos, familiares, entre otros, se vea comprometida la ejecución imparcial y objetiva del Contrato, (en adelante, “Conflicto de Interés”). b) Cualquier situación constitutiva de Conflicto de Interés o que pueda conducir a ello durante la ejecución del Contrato, deberá de ser comunicada por escrito o a través de cualquier forma de comunicación fehaciente a PROSEGUR ACTIVA, tan pronto como EL CLIENTE sea conocedor de ella. EL CLIENTE tomará inmediatamente todas las medidas necesarias para resolverlo. PROSEGUR ACTIVA se reserva el derecho a verificar la adecuación de las medidas y podrá exigir que se adopten medidas adicionales en un plazo concreto.

i) Soborno es un acto ilícito que consiste en la entrega un funcionario público y/o privado de una suma de dinero y/o un objeto de valor con la finalidad de obtener un beneficio por parte del funcionario.

ii) Cohecho consiste en dar o prometer a un funcionario o servidor público y/o privado donativo, promesa, ventaja o beneficio para que realice u omita actos en violación de sus obligaciones.

iii)Tráfico de Influencias es el ofrecimiento o requerimiento de una ventaja indebida con el fin de ejercer influencia inapropiada, real o supuesta, sobre un funcionario público y/o privado, con el objeto de obtener un beneficio o ventaja indebida para el instigador del acto o para cualquier otra persona.

CONFIDENCIALIDAD:

CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN

c) EL CLIENTE comunicará por escrito todas las obligaciones relacionadas con sus empleados y a toda persona física autorizada a representarle o a tomar

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FEDERICO BAGEDELLI

Gerente General

PROSEGUR ACTIVA PERÚ S.A

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EL CLIENTE

CLIENTE

decisiones en su nombre, y velará por evitar cualquier situación que pueda dar lugar a Conflicto de Interés. Asimismo, EL CLIENTE transmitirá por escrito todas las obligaciones pertinentes a los terceros implicados en la ejecución del Contrato.

VIGÉSIMO QUINTA: 1. EL CLIENTE (que incluye directivos, accionistas, gerencia y empleados) declara expresamente que las actividades que realiza no se prestan para que organizaciones ilegales encubran actos delictivos, ni utiliza recursos para la comisión de ilícitos, poniendo en práctica las medidas exigidas por la ley vigente. De este modo, EL CLIENTE declara que realiza sus actividades bajo los más estrictos principios éticos y con la observancia plena de las leyes y normas reglamentarias relacionadas con la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (PLAFT). 2. EL CLIENTE también suministrará toda la información que en algún momento llegare a ser requerida por PROSEGUR ACTIVA para establecer la licitud de sus actividades, así como la que sea requerida para la colaboración con las autoridades competentes.Sin perjuicio de lo expuesto, con la finalidad de velar por el cumplimiento del Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, PROSEGUR ACTIVA podrá solicitar información adicional a EL CLIENTE, la cual deberá ser remitida en un plazo no mayor a quince (15) días calendario de haber recibido la comunicación. En caso, no se envíe la información solicitada y/o sea considerada como insuficiente, PROSEGUR ACTIVA podrá resolver el presente contrato de forma unilateral, mediante Carta Notarial, que deberá cursarse con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

3. En el caso que EL CLIENTE sea investigado, procesado y/o sentenciado por temas relacionados al

PLAFT, PROSEGUR ACTIVA podrá resolver el presente contrato de forma unilateral, para lo cual bastará que envíe a EL CLIENTE una Carta Notarial comunicando su decisión con una anticipación de quince (15) días calendario a la fecha efectiva de resolución; debiendo EL CLIENTE pagar a PROSEGUR ACTIVA las contraprestaciones de los servicios efectivamente prestados a la fecha de resolución.PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y

FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO - PLAFT

VIGÉSIMO SEXTA: Son de aplicación supletoria al presente convenio el Código Civil y demás normas legales aplicables vigentes en el Perú. Las partes renuncian a los fueros de su domicilio y señalan como lugar para el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente contrato la ciudad de ____________ y ante cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato las partes se someten expresamente a la competencia territorial de los Jueces y Tribunales de dicha ciudad.

COMPETENCIA TERRITORIAL

VIGÉSIMO SÉPTIMA: Las partes señalan como domicilio legal el consignado por cada una de ellas en la introducción del presente contrato y en el Anexo 01, según corresponda, donde necesariamente deberá efectuarse entre ellas toda comunicación, notificación, citación o aviso. El domicilio así señalado sólo se tendrá por válidamente variado cuando haya sido comunicado por vía notarial a la otra parte con una anticipación de siete (07) días calendarios a la fecha de su entrada en vigor.

En señal de aceptación y conformidad, las partes suscriben este contrato, por duplicado, en la ciudad de _______ a los ___ días del mes de ________________ del año 20_____.

DOMICILIOS