Contrato de Seguro

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CONTRATO DE SEGURO. Es un contrato por el cual una empresa aseguradora, que deberá ser una sociedad anónima organizada conforme la ley guatemalteca, se obliga a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al ocurrir el riesgo previsto en el contrato, a cambio de la prima que se obliga a pagar el asegurado o el tomador del seguro. - Características: * Es un contrato principal y típicamente mercantil. * Es bilateral. * Es consensual. * Oneroso. * Aleatorio. * Adhesión. * Escrito. - Elementos: * Personales: a. Asegurador: Sociedad Anónima. b. Agentes de Seguros: Auxiliares del comerciante. Necesita autorización de la Superintendencia de Bancos. c. Solicitante: Quien contrata el seguro.

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Page 1: Contrato de Seguro

CONTRATO DE SEGURO.Es un contrato por el cual una empresa aseguradora, que deberá ser una

sociedad anónima organizada conforme la ley guatemalteca, se obliga a resarcir

un daño o a pagar una suma de dinero al ocurrir el riesgo previsto en el contrato, a

cambio de la prima que se obliga a pagar el asegurado o el tomador del seguro.

- Características:

* Es un contrato principal y típicamente mercantil.

* Es bilateral.

* Es consensual.

* Oneroso.

* Aleatorio.

* Adhesión.

* Escrito.

- Elementos:

* Personales:

a. Asegurador: Sociedad Anónima.

b. Agentes de Seguros: Auxiliares del comerciante. Necesita

autorización de la Superintendencia de

Bancos.

c. Solicitante: Quien contrata el seguro.

d. Asegurada: Persona sobre la cual se sitúa el riesgo.

e. Beneficiario: Persona que va ha recibir el producto.

* Reales: Riesgo y la Prima.

* Formales: Póliza.

Riesgo: Es una eventualidad de todo caso fortuito que pueda provocar la pérdida

prevista en la póliza.

Sinistro: Es la ocurrencia del riesgo asegurado.

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El riesgo para que sea objeto de seguro, debe reunir una serie de requisitos

establecidos por la doctrina y la legislación, cuáles son: Posible, Incierto, Futuro,

Sujeto a Interés.

La Prima: es la retribución o precio del seguro.

La Póliza: Es un documento pre – redactado que contiene el contrato de seguro.

Debe ser aprobado previamente por la Superintendencia de Bancos. Clases de

pólizas que existen: Nominativas, A la Orden, Portador.

- Principales funciones de la Póliza:

* Función Normativa: Norma los derechos de las partes, no

puede contradecir las disposiciones de la ley.

* Función Determinativa: el contenido general y particular de cada

contrato de seguro se determina por el contenido de la póliza.

* Función Traslativa: sirve para ceder la calidad de asegurado o

de asegurador.

* Función Probatoria. Prueba la existencia del contrato de seguro.

* Función de Título Ejecutivo. La póliza es un título ejecutivo.

Seguro de Daños:

Finalidad del Seguro de Daños: Proporcionar una reparación económica que

compense la pérdida ocasionada por el siniestro.

- Seguro doble o múltiple: Un mismo bien puede asegurarse con dos o más

aseguradoras por el mismo riesgo e igual interés.

- Indemnización: Es el valor del interés asegurado o valor del seguro, siempre

dentro del límite de la suma asegurada y siguiendo las pautas de la póliza.

- Nulidad, rescisión y reducción del seguro de daños:

* Nulidad:Existe cuando se da el sobreseguro con dolo o mala fe.

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* Rescisión: Se puede rescindir un contrato de seguro cuando se

celebra ignorando la existencia de otros seguros.

* Reducción. Se refiere a la disminución de las obligaciones del

asegurador.

Seguro Contra Incendio: Indemnizar el daño que sufre un bien, debido a la acción

del fuego. En el seguro contra incendio, el asegurador responderá no sólo de los

daños materiales ocasionados por un incendio o principio de incendio, de los

objetos comprendidos en el seguro, sino por las medidas de salvamento y por la

desaparición de los objetos asegurados que sobrevengan durante el incendio, a

no ser que demuestre que se deriva de hurto o robo.

Seguro de transporte: por este contrato, todos los medios empleados para el

transporte y los efectos transportables, podrán ser asegurados contra los riesgos

provenientes de la transportación.

Seguro Agrícola y ganadero: Los objetos que se aseguran mediante este contrato

son los cultivos (permanentes u ocasionales) y el ganado, ya sea vacuno, caballar,

etc...

Seguro contra la responsabilidad civil: el asegurador se obliga a pagar la

indemnización que el asegurado deba a terceros a consecuencia de un hecho

doloso que cause a éstos un daño previsto en el contrato de seguro. El seguro

contra la responsabilidad civil atribuye el derecho a la indeminización directamente

al tercero dañado, quien se considerará como beneficiario desde el momento del

siniestro.

Seguro de automóviles: el asegurador indemnizará los daños ocasionados al

vehículo o la pérdida de éste; los daños y perjuicios causados a la propiedad ajena

y a terceras personas, con motivo del uso de aquél, o cualquier otro riesgo

cubierto por la póliza.

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Seguro de Personas: La función de seguro de Personas es la protección de la vida

y la integridad física de la persona individual.

Seguro de vida: Se contrata previendo la muerte o la sobrevivencia.

Seguro de accidentes: Su fin es proteger a la persona asegurada de daños

corporales que llegare a sufrir.

En los seguros personales el asegurador carece de acción para exigir el pago de

las primas que se adeudan. 30 después del vencimiento de la prima, sin que haya

sido pagada, caduca el seguro de vida sin necesidad de declaración alguna.

Clases de seguros personales:

* Temporal.

* Popular o de grupo.

* ordinario de vida.

* Seguro de vida con pagos limitados.

* Seguro de accidentes.

* Seguro de enfermedad.