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  • CONTRATO N° 179 4f& ' 0.4 X 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    Entre LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, representada por MARÍA LORENACUELLAR CRUZ, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de

    ciudadanía No. 52.421.682 de Bogotá, quien actúa en calidad de Secretaria General de la

    Procuraduría General de la Nación, según consta en el Decreto No. 3061 del 08 de agosto

    de 2014 y Acta de Posesión No. 1522 de fecha 12 de agosto de 2014, debidamente

    facultada para celebrar contratos según Resolución No. 006 del 08 de enero de 2013,

    expedida por el Procurador General de la Nación con fundamento en lo establecido en el

    artículo 12 de la Ley 80 de 1993, de una parte, quien en adelante se denominará como LA

    PROCURADURÍA, y de la otra, la sociedad INFINIVIRT TECHNOLOGIES S.A.S,identificada con el NIT 900565822-7, representada legalmente por INGRY JOHANA

    MÁRQUEZ BOLAÑOS, identificada con la cédula de ciudadanía No. 32.293.806 expedidaen la ciudad de Chigorodó (Antioquia), tal como consta en el certificado de existencia y

    representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia el 6 de

    agosto de 2015, quien en adelante y para los efectos de este contrato se denominará EL

    CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato de COMPRAVENTA, previas

    las siguientes consideraciones: 1) Que el software de virtualización es un programa que

    permite ejecutar (simular) varios computadores (sistemas operativos) dentro de un mismo

    hardware de manera simultánea, permitiendo así el mayor aprovechamiento de recursos. Es

    así como un computador o un servidor se "convierte" en varios equipos a la vez, los cuales

    quedan disponibles para el uso, por parte de los usuarios. 2) Que en términos generales, la

    virtualización se puede entender como la creación, a través de" software, de una versión

    virtual de algún recurso tecnológico, como por ejemplo una plataforma de hardware, un

    sistema operativo, un dispositivo de almacenamiento u otros recursos de red1. 3) Que dentro

    de las ventajas de la virtualización, se tienen:2 - Reducción de costos aumentando laeficiencia energética y reduciendo los requisitos de hardware por medio de la consolidación

    de servidores, la cual consiste en reemplazar un gran número de pequeños y medianos

    servidores, por una o dos máquinas más robustas. - Permite configurar soluciones de

    continuidad del negocio, proporcionando alta disponibilidad en el Datacenter. La alta

    disponibilidad se logra porque a través de la virtualización se crean ambientes paralelos que

    pueden entrar en operación cuando otro ambiente falle. - Permite la optimización de los

    niveles de servicios y mayor rendimiento de las plataformas, dado que los servidores quedan

    preparados para responder a cambios en las cargas de trabajo, es decir responden

    adecuadamente ante un aumento o disminución de requerimientos para procesar datos. Con

    la virtualización, se facilita la asignación de recursos (memoria, procesamiento o

    almacenamiento, entre otros), cuando éstos son requeridos, por los usuarios, a través de(tas

    http://revistas.udistrital.edu.co/ois/inclex.php/REDES/article/view/6421/7958, consultado el 05 de mayo de 2015, a las

    a.m.

    2 http://nunsys.com/sistemas/virtualizacion-servidores/, consultado el 05 de mayo de 2015, a las 9:47 a.m.

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  • PROCURADURÍAGENERAL DE U\ NACIÓN

    CONTRATO N° 179 $£ " ^ 4 '- 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    aplicaciones que se ejecutan en los equipos servidores; lo que optimiza el servicio y se deja

    atrás las épocas en que para asignar recursos se debían apagar las máquinas o esperar a

    contar con disponibilidad de los mismos; el proceso de asignación de recursos se hace en

    caliente. 4) Que algunos de los fabricantes de software de virtualización, en el mercado, son:

    VMware, Microsoft, Citrix, Redhat, Oracle, Paralells y Huawei; y a nivel de referencia, de

    acuerdo al cuadrante de Gartner, VMware y Microsoft aparecen como los líderes en

    soluciones de virtualización3. 5) Que la Procuraduría cuenta con licencias de virtualizaciónmarca VMware, las cuales tienen el respaldo del fabricante, del mismo nombre Vmware, el

    cual brinda el soporte al producto y prevé las actualizaciones tendientes a cubrir las

    necesidades del mercado, lo que evita la obsolescencia tecnológica de la solución. 6) Que el

    software de virtualización ha permitido contar con servidores virtuales cuando se han

    requerido, ya sea porque se necesita espacio para almacenamiento o la instalación de

    alguna aplicación. Dado que el software de virtualización simula el comportamiento de un

    servidor físico, su rendimiento es óptimo para poner en producción los sistemas de

    información sin ningún inconveniente. 7) Que la Procuraduría General de la Nación, cuenta

    con herramientas de software y hardware que para su adecuado funcionamiento requieren

    permanecer actualizadas con el fin de evitar la obsolescencia tecnológica la cual aumentaría

    el riesgo de la no disponibilidad de los servicios tecnológicos que se prestan en la Entidad.

    Así mismo, el software de virtualización, como todo software que se requiera seguir

    utilizando, necesita de la actualización de las licencias a fin de garantizar la disponibilidad de

    los servicios y por ende el eficiente funcionamiento de los aplicativos que se encuentran

    instalados. 8) Que con la adquisición de la suscripción para la actualización de las licencias,

    la Entidad podrá garantizar la actualización de su plataforma de virtualización, lo que

    representará un beneficio a los diferentes usuarios de los sistemas de información, dado que

    sobre dicha plataforma corren los sistemas de información como es el SIAF (Sistema de

    Información administrativo y financiero), el Sistema de Costos (para determinar los costos de

    operación), la Página Web, la Intranet y el Sistema Strategos, entre otros, lo cual redunda en

    la mejora sustancial del procesamiento de los datos y favorece directamente al usuario final,

    de la aplicación, al obtener mayor rapidez en la ejecución de los aplicativos. 9) Que la

    Procuraduría General de la Nación, mediante los contratos Nos. 082 de 2009 y 179-094 de

    2010, suscritos con las compañías DATAPOINT S.A.S. y COLSOF S.A. respectivamente, tal

    como se señala en el cuadro que se indica a continuación, compró en su orden un primer y

    segundo paquete de licencias VMware para el Software vSphere 4 y vSphere 4.1, con el

    respectivo soporte técnico de fábrica. Con el primer paquete se adquirieron nueve (09)

    licencias de procesador y con el segundo un (1) Midsize Aceleration kit y seis (06) licencias

    3 http://www.gartner.com/technology/reprints.do?¡d=1-1WR7CAC&ct=140703&st=sb, consultado el 04 de mayo de 2015, a las4:50 p.m.

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  • PROCURADURÍA

    ...ni iCONTRATO N° 179 *«* '•• * "*- 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    de procesadores, para un total de dieciséis (16) licencias VMware. 10) Que posteriormente,

    mediante los contratos No. 179-054 de 2013 y 179-058 de 2014, la Entidad adquirió la

    suscripción para la actualización y soporte de los productos: Vmware vSphere Midsize

    Acceleration kit for six processors, Vmware vSphere 5 Enterprise for 1 processor y Vmware

    vSphere 5 Standard for 1 processor, las cuales a su vez, fueron objeto de renovación o

    actualización en los años 2013 y 2014. 11) Que teniendo presente la importancia de las

    funciones misionales preventiva, de conciliación, intervención y disciplinaria, a cargo de la

    Entidad, que encuentran apoyo en sistemas de información, los cuales corren en la

    plataforma del Software de virtualización, así como las actividades administrativas que

    apoyan el ejercicio de las funciones misionales, relacionadas con la contratación de obras,

    bienes y servicios, presupuesto, contabilidad, tesorería, nómina, almacén, sistemas y

    planeación, que también se encuentran soportadas en servicios tecnológicos, se hace

    imprescindible mitigar el riesgo de indisponibilidad del servicio de virtualización, debido a que

    tal circunstancia podría impactar de manera directa el flujo de la información, para lo cual, es

    necesario mantener actualizado el paquete de licencias de software de virtualización,

    adquiridas por la Entidad, a fin de que se permita acceder al servicio de manera eficiente,

    óptima y segura. 12) Que el soporte que brinde el fabricante debe contar con la característica

    de 7x24 (soporte siete días a la semana, veinticuatro horas) dado que se debe garantizar la

    disponibilidad de los sistemas de información SIAF y STRATEGOS, que corren bajo la

    plataforma de virtualización, máxime que el primero suministra insumos al Sistema SIM

    (Sistema de información Misional), y el STRATEGOS tiene una restricción legal para el

    registro oportuno de los datos y la generación de indicadores. 13) Que con el fin de dar

    continuidad al soporte y actualizaciones que respalda el correcto funcionamiento de la

    plataforma de virtualización, se requiere que el contrato que resulte de este proceso de

    selección sea suscrito por el término de al menos (1) año, con lo cual, a pesar que se supera

    la presente vigencia fiscal, no resulta contrario a lo establecido por el artículo 3o del Decreto

    4836 de 2011, teniendo en cuenta que se trata de la adquisición de una suscripción la cual

    otorga además el derecho a recibir soporte técnico de fábrica, también se recibirían las

    respectivas actualizaciones al software durante ese término. 14) Que la forma de pago de

    este tipo de contratos es contra entrega de la suscripción, en atención a lo cual, la Entidad

    pagará la totalidad del contrato una vez se acredite tal condición, lo que implica estar

    cubierto de las actualizaciones y soporte por el término de un (1) año, contado a partir de la

    fecha de inicio de la suscripción, bajo el mismo esquema contratado durante la vigencia

    anterior, por el término de un año. 15) Que por las razones expuestas, la Procuraduría

    General de la Nación requirió SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE ENTREGUE A LA

    PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, A TÍTULO DE COMPRAVENTA, LASUSCRIPCIÓN PARA LA ACTUALIZACIÓN DE DIECISÉIS (16) LICENCIAS DELSOFTWARE DE VIRTUALIZACIÓN DE PROPIEDAD DE LA ENTIDAD. 16) Que con el fin

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  • CONTRATO N° 1798¿* " " * -1- 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    de satisfacer la necesidad antes manifestada, la Oficina de Sistemas de la Entidad, elaboró

    los estudios previos de la contratación, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082

    de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.1. 17) Que en los estudios previos se definió como presupuesto

    oficial la suma de CINCUENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL

    QUINIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS

    ($51.430.568,81), incluido el IVA, impuestos y demás deducciones a que haya lugar. 18)

    Que el presupuesto se encuentra amparado en el certificado de disponibilidad presupuestal

    No. 36515 del 17 de abril de 2015, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución

    Presupuestal de la Procuraduría General de la Nación y previsto en el Plan de Adquisiciones

    según el Certificado No. 2015 - 042 del 15 de abril de 2015, expedido por el Administrador

    del Plan. 19) Que teniendo en cuenta que se trata de bienes de características técnicas

    uniformes, ya que son de común utilización con especificaciones técnicas y patrones de

    desempeño y calidad iguales o similares, la modalidad de selección fue la de Selección

    Abreviada con Subasta Inversa, de acuerdo con lo consagrado por la Ley 1150 de 2007,

    artículo 2, numeral 2, literal a) y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.3.1., y artículo

    2.2.1.2.1.2.1. 20) Que de conformidad con lo estipulado por el Decreto 1082 de 2015,

    artículo 2.2.1.1.2.1.4., el aviso de convocatoria, los estudios previos y el proyecto de pliego

    de condiciones de la Selección Abreviada con Subasta Inversa No. 06 de 2015, se

    publicaron desde el 22 de julio de 2015 en el Portal Único de Contratación y en la páginaweb de la Entidad. 21) Que dentro del término de publicidad del proyecto de pliego de

    condiciones de Selección Abreviada con Subasta Inversa No. 06 de 2015 se presentaron

    observaciones a su contenido, frente a las cuales la Entidad emitió un documento de

    respuesta, publicado en las páginas web de la entidad y del SECOP. 22) Que mediante

    Resolución No. 533 del 30 de julio de 2015, la Procuraduría General de la Nación ordenó la

    apertura de la selección abreviada con subasta inversa No. 06 de 2015. 23) Que en el acto

    administrativo señalado con antelación se establecieron como fechas de apertura y cierre, en su

    orden, el 3 y el 11 de agosto de 2015 a las 10:00 a.m.. 24) Que efectuada la diligencia de cierre

    en la fecha mencionada anteriormente, se recibieron ofertas por parte de los siguientes

    proponentes: COMPUREDES S.A., IXO SAS, COMWARE S.A. e INFINIVIRT

    TECHNOLOGIES S.A.S. 25) Que mediante documentos fechados 11, 13 y 14 de agosto de

    2015, los servidores encargados de la verificación de los requisitos habilitantes emitieron sus

    conceptos, los cuales fueron publicados en las páginas web del Secop y de la entidad el 14

    de agosto de 2015. 26) Que conforme a los informes de verificación de requisitos

    habilitantes, el consolidado fue el siguiente:

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  • IRÍAGENERAL D€ L> KAC10N

    CONTRATO N° 179^* " • * - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    No.

    1

    2

    3

    4

    COMPUREDES

    S.A.

    IXO SAS

    COMWARE S.A.

    INFINIVIRT

    TECHNOLOGIES

    SAS

    HABILITADO

    HABILITADO

    HABILITADO

    HABILITADO

    VERIFICACIÓN CAPACIDAD FINANCIERAHABILITADO

    HABILITADO

    HABILITADO

    HABILITADO

    VERIFICACIÓN CAPACIDADDE ORGANIZACIÓNHABILITADOHABILITADOHABILITADOHABILITADO VERIFICACIÓN CONDICIONESDE EXPERIENCIA

    HABILITADO

    NO

    HABILITADOS

    HABILITADO

    HABILITADO VERIFICACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICASMÍNIMASHABILITADO

    NO HABILITADO*2

    HABILITADO

    HABILITADO

    *1EI proponente IXO S.A.S., no acreditó en su oferta la experiencia requerida en el numeral 3.4 del

    pliego de condiciones, porque los objetos de los contratos a los que se refiriere no guardan similitud

    que involucren la venta de licénciamiento, de la suscripción o soporte técnico para el software de

    virtualización marca Vmware,

    *2 El proponente IXO S.A.S no presentó en su oferta la certificación que lo acreditara como canal del

    fabricante del software VMware, en la modalidad de Solution Provider en uno de los siguientes

    niveles: Premier, Enterprise o Profesional, conforme lo exige el pliego de condiciones.

    27) Que de conformidad con lo estipulado en el cronograma del proceso de selección, se

    señaló como plazo de publicidad y para presentar observaciones a los informes de

    verificación entre el 18 y 20 de agosto, término dentro del cual no se recibieron

    observaciones. 28) Que con fechaJM de agosto de 2015 se expidió la adenda No. 01 por

    medio de la cual se ajustaron aspectos relacionados con el cronograma del proceso y de las

    causales de rechazo. 29) Que los oferentes tuvieron plazo hasta el día 25 de agosto de

    2015, para subsanar requisitos habilitantes, observando que el proponente IXO SAS no

    subsanó la ausencia de los mismos, caso en el cual procede la causal de rechazo estipulada

    en el numeral 7.2 del pliego de condiciones, es decir, "Cuando el proponente, en forma

    individual o conjunta, no acredite los requisitos habilitantes, hasta las 12 a. m. (Media noche)

    del día hábil anterior a la fecha de realización de la subasta o no subsane en debida forma, en

    cuanto a los aspectos que pueden subsanarse.". 30) En virtud de lo anterior, los siguientes

    fueron los oferentes habilitados para participar en la subasta. El consolidado se publicó en

    las páginas web del Secop y de la Entidad el día 26 de agosto de 2015

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  • IWillllA

    CONTRATO N° 179 -W1^ - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LA

    PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    No. 1 2 3PROPONENTE COMPUREDESS.A. COMWARES.A. INFINIVIRT TECHNOLOGIESSASVERIFICACIÓN CAPACIDADJURÍDIC

    A

    HABILITADO HABILITADO HABILITADOVERIFICACIÓN

    CAPACIDAD

    FINANCIERA

    HABILITADO HABILITADO HABILITADOVERIFICACIÓN

    CAPACIDAD

    ORGANIZACIÓNAL

    HABILITADO

    VERIFICACIÓN

    CONDICIONESDE

    EXPERIENCIA

    VERIFICACIÓN

    ESPECIFICACIONES

    TÉCNICASMÍNIMAS

    31) Que de acuerdo con lo señalado en los numerales 2.1 y 2.15 del pliego de condiciones,

    el 26 de agosto de 2015, a las 8:00 a.m., se abrieron los sobres cerrados que contienen las

    propuestas iniciales de precio de los proponentes habilitados y acto seguido el Comité

    evaluador procedió a su verificación, revisando su concordancia con el presupuesto oficial

    estimado, observando que ninguno de los precios supera dicho presupuesto. Se determinó el

    precio de arranque con el que inició la subasta inversa electrónica, así: $50.722.905,00,

    presentado por el oferente INFINIVIRT TECHNOLOGIES S.A.S. 32) Que efectuada la

    subasta electrónica y según el reporte del operador logístico contratado por la entidad para la

    realización de las subastas inversas electrónicas Sociedad Gestión de Seguridad Electrónica

    GSE el resultado de ésta fue el siguiente:Id

    684

    682

    534

    Razón Social

    INFINIVIRT TECHNOLOGIES SAS

    COMPUREDES S.A.

    COMWARE S.A.

    NIT

    9005658227

    8000424718

    8600453791

    Posición

    1

    2

    3

    Oferta

    $44,960,015.65

    $44,969,555.00

    $47,750,000.00

    33) Que con base en el resultado de la verificación económica y el de la subasta, el Comité

    de Verificación Económica, mediante oficio OS 797 del2 6 de agosto de 2015, presentó su

    informe en el que señaló que "... conforme al reporte final de la subasta, el oferente que

    ocupó la primera posición fue la firma: INFINIVIRT TECHNOLOGIES S.A.S. con un valor de

    puja de $44.960.015,65, por tanto se procedió a solicitar la actualización de la oferta

    económica. ... Finalmente, los precios son muy cercanos a los precios promedio del mercado

    descritos en el numeral 7 del documento de estudios previos, por tanto, el comité evaluador

    estima que los precios ofertados no son artificialmente bajos, conforme a lo indicado en el

    Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.4 y lo señalado en el pliego de condiciones, en

    consecuencia no fue necesario requerirle al proponente ninguna explicación al respecto(..)".

    34) Que teniendo en cuenta las ofertas presentadas, el desarrollo del proceso de selección,

    los informes de verificación, el consolidado de oferentes habilitados, los resultados de la

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    tí - - O 4 ICONTRATO N° 179 - - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LA

    PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    subasta inversa electrónica llevada a cabo el día 26 de agosto de 2015 a partir de las 10:00

    a.m., el análisis efectuado por el Comité Económico, los miembros de la Junta de

    licitaciones y Adquisiciones de la Entidad, recomendaron a la ordenadora del gasto. 1)

    Rechazar el ofrecimiento presentado por la sociedad IXO SAS, ya que al no subsanar la

    ausencia de los requisitos habilitantes, procede la causal de rechazo estipulada en el

    numeral 7.2 del pliego de condiciones, es decir, "Cuando el proponente, en forma individual o

    conjunta, no acredite los requisitos habilitantes, hasta las 12 a.m.(Media noche) del día hábil

    anterior a la fecha de realización de la subasta o no subsane en debida forma, en cuanto a los

    aspectos que pueden subsanarse.",. 2) Adjudicar el proceso de selección abreviada con

    subasta inversa electrónica No. 06 de 2015 al oferente INFINIVIRT TECHNOLOGIES SAS,

    por valor equivalente a cuarenta y cuatro millones novecientos sesenta mil quince pesos con

    sesenta y cinco centavos ($44,960,015.65), cantidad que corresponde al último lance

    efectuado por este proponente en la subasta. 35) Que de conformidad con lo establecido en

    la Resolución No. 06 del 8 de enero de 2013, que delega en la Secretaría General la

    realización de los procesos de contratación en cualquiera de sus modalidades y todos los

    trámites y actos inherentes a los mismos, la Secretaria General de la Entidad acoge la

    recomendación que por unanimidad le formulan los miembros de la Junta de Licitaciones y

    Adquisiciones, decidiendo 1) Rechazar el ofrecimiento presentado por la sociedad IXO SAS,

    ya que al no subsanar la ausencia de los requisitos habilitantes, procede la causal de

    rechazo estipulada en el numeral 7.2 del pliego de condiciones, es decir, "Cuando el

    proponente, en forma individual o conjunta, no acredite los requisitos habilitantes, hasta las

    12 a.m.(Media noche) del día hábil anterior a la fecha de realización de la subasta o no subsane

    en debida forma, en cuanto a los aspectos que pueden subsanarse." y 2) Adjudicar el proceso

    de selección abreviada con subasta inversa electrónica No. 06 de 2015 al oferente

    INFINIVIRT TECHNOLOGIES SAS, por valor equivalente a cuarenta y cuatro millones

    novecientos sesenta mil quince pesos con sesenta y cinco centavos ($44,960,015.65),

    cantidad que corresponde al último lance efectuado por este proponente en la subasta, tal

    como consta en el acta de adjudicación del proceso de selección del 27 de agosto de 2015.

    El presente contrato se regirá por las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, el Decreto 1082 de

    2015 y las demás disposiciones que regulan la materia y las estipulaciones contenidas en las

    siguientes cláusulas: PRIMERA - OBJETO: EL CONTRATISTA ENTREGARÁ A LAPROCURADURÍA A TITULO DE COMPRAVENTA LA SUSCRIPCIÓN PARA LAACTUALIZACIÓN DE DIECISÉIS (16) LICENCIAS DEL SOFTWARE DEVIRTUALIZACIÓN DE PROPIEDAD DE LA ENTIDAD, de conformidad con las condiciones,

    características y especificaciones señaladas en el pliego de condiciones de la selección de

    abreviada con subasta inversa No. 06 de 2015, aclaraciones, anexos, la propuesta

    presentada por EL CONTRATISTA, el desarrollo de la subasta y lo adjudicado por la

    Secretaria Genera! como Ordenadora del Gasto en sesión del 27 de agosto de 2015, así

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  • CONTRATO N° 179Í& " ^ 4 A. 20

  • PROCURADURÍAGENERAL D€ LA HACION

    CONTRATO N° 179 ^ T- * O 4 •_ 2O15 _ COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    siguientes a la fecha de radicación definitiva de la factura en la oficina del Grupo de Cuentas

    de. la División Financiera, con los respectivos soportes, previa revisión y aprobación de los

    documentos entregados por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO PRIMERO: El proceso deaceptación de la factura se surtirá en un término no mayor a tres (03) días hábiles siguientes

    a la fecha de su entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión

    realizará las reclamaciones en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la

    misma, o por medio de reclamo escrito dirigido al emisor o tenedor de la factura. Este

    documento debe ir acompañado de la certificación que expida la supervisión del contrato y

    del cumplimiento con las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social Integral, los

    aportes por concepto de las contribuciones parafiscales (Cajas de Compensación Familiar,

    SENA e ICBF) y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), conforme a

    lo previsto en las Leyes 789 de 2002, artículo 50, 1150 de 2007, artículo 23, 1607 de 2012 y

    1739 de 2014 y demás normas concordantes sobre la materia. El cumplimiento de esta

    obligación, por parte del CONTRATISTA, se acredita mediante certificación suscrita por el

    representante legal o revisor fiscal de la empresa, según el caso. En el evento que EL

    CONTRATISTA se encuentre incurso en alguna de las causales de exoneración previstas en

    las leyes citadas, deberá hacer esta manifestación en la respectiva certificación.

    PARÁGRAFO SEGUNDO: En todo caso, el pago del presente contrato estará sujeto a ladisponibilidad del PAC (Programación Anual Mensualizado de Caja). PARÁGRAFO

    TERCERO: Cuando LA PROCURADURÍA no cancele al CONTRATISTA la suma pactada,dentro de los términos estipulados en el presente contrato y teniendo en cuenta la fecha en

    que la Entidad cuente con la disponibilidad del PAC, ésta reconocerá al CONTRATISTA

    como intereses de mora el incremento mensual promedio del índice de Precios al

    Consumidor certificado por el DAÑE entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año

    anterior. QUINTA - PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo deejecución del contrato es de quince (15) días hábiles, contados a partir de la suscripción del

    acta de inicio, para la entrega del documento suscrito por el fabricante, donde acredite a LA

    PROCURADURÍA como beneficiaría de la suscripción de la actualización y soporte para sus

    dieciséis licencias, durante un año a partir de la finalización del actual soporte con que

    cuenta la Entidad. El acta de inicio deberá firmarse dentro de los tres (3) días hábiles

    siguientes a la firma del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: La vigencia de lasactualizaciones y soporte técnico, por parte del fabricante, es de un (1) año contado a partir

    del 06 de octubre de 2015, día siguiente a la finalización de la actual suscripción con que

    cuenta la Entidad, para el software de virtualización. PARÁGRAFO SEGUNDO: El lugar deejecución del contrato será la Oficina de Sistemas de LA PROCURADURÍA, ubicada en la

    carrera 5a No. 15-80 Piso 5o de la ciudad de Bogotá, D.C PARÁGRAFO TERCERO:Siempre que cualquiera de los plazos en días calendario señalados en el presente contrato,

    tenga vencimiento en día no hábil, se entenderá que dicho plazo vence el día hábil

    Secretaría General Ext.10796 [email protected]

    Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co

  • CONTRATO N° 179 fls * 0 4 1 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    inmediatamente siguiente. PARÁGRAFO CUARTO: No se concederán prórrogas salvocausas de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobadas, o cuando LA

    PROCURADURÍA lo considere necesario. Las circunstancias que impidan la ejecuciónoportuna del objeto del contrato, deberán ser comunicadas por escrito y en forma inmediata

    a LA PROCURADURÍA - SECRETARÍA GENERAL para que se adopte la decisión sobre elparticular. A falta de prórroga y ante el incumplimiento del objeto del contrato, LA

    PROCURADURÍA procederá a hacer efectivas las sanciones establecidas en el contrato.SEXTA - VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del presente contrato comprende el plazo

    de ejecución del mismo y seis (6) meses más. SÉPTIMA - OBLIGACIONES DEL

    CONTRATISTA: En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga para con

    LA PROCURADURÍA a: 1) Cumplir con todas las condiciones, características yespecificaciones señaladas en el pliego de condiciones de la selección de abreviada con

    subasta inversa No. 06 de 2015, aclaraciones, anexos, la propuesta presentada por EL

    CONTRATISTA, el desarrollo de la subasta y lo adjudicado por la Secretaria General como

    Ordenadora del Gasto en sesión del 27 de agosto de 2015, así como todos los documentos

    que en respuesta a las solicitudes formuladas Garantizar la preservación de la integridad y la

    confidencialidad de la información y los bienes institucionales a los cuales llegare a tener

    acceso directamente o por intermedio de terceros. En tal virtud, adoptará todas las medidas

    que sean necesarias para impedir su duplicación, sustracción, divulgación, alteración,

    ocultamiento o utilización indebida y suscribirá con la Entidad el acta correspondiente. 3)

    Aceptar los procedimientos administrativos que determine LA PROCURADURÍA - Oficina de

    Sistemas para la ejecución del contrato. 4) Entregar la información que solicite la supervisión

    del contrato y acatará sus instrucciones. 5) Sufragar los gastos que legalmente haya lugar

    para la legalización y ejecución del contrato. 6) Diligenciar al momento de la suscripción del

    contrato el formato beneficiario/cuenta, en el cual indicará el número de cuenta corriente o de

    ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor del contrato, cuenta que

    debe figurar a nombre y con el NIT del CONTRATISTA. El número de identificación debe ser el

    mismo en el contrato, en el formulario beneficiario cuenta, en la certificación del banco y en las

    facturas que posteriormente se presenten. 7) Anexar una certificación de la entidad bancaria en

    la que conste el nombre del cuentahabiente, su número de identificación, número de la cuenta,

    tipo de la cuenta y si a la fecha está activa. 8) Cumplir con las cotizaciones al Sistema General

    de Seguridad Social Integral, los aportes por concepto de las contribuciones parafiscales

    (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) y/o el pago del Impuesto sobre la Renta

    para la Equidad (CREE), conforme a lo previsto en las Leyes 789 de 2002, artículo 50, 1150

    de 2007, artículo 23, 1607 de 2012 y 1739 de 2014 y demás normas concordantes sobre la

    materia. El cumplimiento de esta obligación, por parte del CONTRATISTA, se acredita

    mediante certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal de la empresa,

    según el caso. En el evento que EL CONTRATISTA se encuentre incurso en alguna de las

    Secretaría General Ext.10796 [email protected] 10Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co

  • Í0CONTRATO N° 179 - - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LA

    PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    causales de exoneración previstas en las leyes citadas, deberá hacer esta manifestación en

    la respectiva certificación. 9) Las demás que se encuentren contempladas en el estudio

    previo, el pliego de condiciones de la selección abreviada con subasta inversa No. 06 de

    2015, aclaraciones, anexos, la propuesta presentada por EL CONTRATISTA, así como las

    que se deriven de la suscripción del presente contrato. OCTAVA - OBLIGACIONES DE LA

    PROCURADURÍA: LA PROCURADURÍA se obliga a: 1) Efectuar el pago que se genere delcumplimiento de la ejecución del contrato, dentro del plazo establecido. 2) Ejercer los

    controles necesarios para la cabal ejecución del contrato. 3) Prestarle toda la colaboración al

    CONTRATISTA para que el objeto del contrato se cumpla de conformidad con los términos

    del presente documento. 4) Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones

    pertinentes que EL CONTRATISTA le formule en relación con los elementos que

    componente el objeto del contrato. NOVENA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder

    el presente contrato a persona alguna, natural o jurídica sin autorización previa, expresa y

    escrita de LA PROCURADURÍA. DÉCIMA - RELACIÓN LABORAL: EL CONTRATISTAmanifiesta que la ejecución del contrato la realizará por su propia cuenta, por lo que las

    relaciones laborales que adquiera con el personal que emplee en la ejecución del contrato y

    las obligaciones surgidas de éstas no comprometen de ningún modo a LA

    PROCURADURÍA. DECIMA PRIMERA - SUBCONTRATACIÓN: en caso que elCONTRATISTA subcontrate con terceros la ejecución de actividades relacionadas con el

    objeto del presente contrato, no exonerará a éste de la responsabilidad de ejecución del

    contrato ni del cumplimiento de la totalidad de las obligaciones derivadas de este. LA

    PROCURADURÍA no tendrá ninguna vinculación con el subcontratista. DÉCIMA SEGUNDA- SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: La Dirección, Controly Coordinación del contrato, será del Jefe de la Oficina de Sistemas de LA

    PROCURADURÍA o quien haga sus veces. La supervisión del presente contrato seráejercida por los Ingenieros CARLOS ALBERTO CELIS RESTREPO y JUAN BERNARDO

    URIBE PIEDRAHITA funcionarios adscritos a la Oficina de Sistemas de LA

    PROCURADURÍA, quienes tendrán a su cargo las funciones señaladas en este contrato, las

    que se mencionan en Ley 1474 de 2011 y las disposiciones del Manual de contratación de la

    Entidad. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de ausencia temporal o definitiva de lossupervisores nombrados, no se requerirá designar remplazo, siempre y cuando el otro titular

    continúe ejerciendo sus funciones. DÉCIMA TERCERA - CLÁUSULA PENALPECUNIARIA: En caso de presentarse incumplimiento parcial y/o total del contrato por parte

    del CONTRATISTA, éste pagará a título de cláusula penal pecuniaria, una suma equivalente

    al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato. PARÁGRAFO: La suma resultante dela cláusula penal se hará efectiva directamente por la PROCURADURÍA, pudiendo acudirpara el efecto al respectivo descuento del valor o saldo del contrato, o a cualquier otro medio

    para obtener el pago, incluido el proceso ante la jurisdicción coactiva. En todo caso se tendrá

    Secretaría General Ext.10796 [email protected] 11Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co

  • CONTRATO N° 179 ff«i.lj.,£ J; 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    en cuenta lo consagrado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, y el numeral 2 del artículo

    2.2.1.2.3.1.1.9. del Decreto 1082 de 2015, o la norma que los modifique, sustituya o

    adicione. DÉCIMA CUARTA - MULTAS: En caso de retardo o mora por parte de ELCONTRATISTA en el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, éste

    pagará a la PROCURADURÍA, una suma equivalente al uno por mil (1X1000) del valor delcontrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin que el

    total de las mismas exceda el treinta por ciento (30%) del valor del contrato. PARÁGRAFO:

    La suma resultante de las multas se hará efectiva directamente por la PROCURADURÍA,

    pudiendo acudir para el efecto al respectivo descuento del valor o saldo del contrato, o a

    cualquier otro medio para obtener el pago, incluido el proceso ante la jurisdicción coactiva.

    En todo caso se tendrá en cuenta lo consagrado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y

    el artículo 2.2.1.2.3.1.1.9. del Decreto 1082 de 2015,o las normas que lo modifiquen,

    sustituyan o adicionen. DÉCIMA QUINTA - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: Con el fin deamparar los perjuicios de naturaleza contractual derivados del incumplimiento del contrato,

    EL CONTRATISTA debe presentar a la Oficina Jurídica de LA PROCURADURÍA dentro de

    los dos (02) días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato, como garantía,

    cualquiera que de conformidad con el Decreto 1082 de 2015 sea aplicable, con la siguiente

    cobertura:

    AMPARO

    Cumplimiento

    Calidad y correcto funcionamiento de

    los Bienes

    PORCENTAJE (%) SOBRE

    EL VALOR TOTAL DEL

    CONTRATO

    30%

    30%

    VIGENCIA

    Tiempo de ejecución del contrato (incluido el año de

    suscripción y seis (6) meses más, contados a partir

    de la firma del contrato.

    Un (1) año contado a partir de la entrega de la

    suscripción de la actualización.

    PARÁGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA deberá restablecer eJ valor de la garantía

    cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por LA

    PROCURADURÍA. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el

    valor del contrato o se prorrogue su término, EL CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la

    garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO SEGUNDO: Cuando se

    presente alguno de los eventos de incumplimiento cubiertos por la garantía, LA

    PROCURADURÍA procederá a hacerla efectiva de la forma como se consagra en el Decreto

    1082 de 2015 y demás normas que lo adicionen, modifiquen, o sustituyan. DÉCIMA SEXTA -

    CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA INTEGRAL DE SALUD Y

    PARAFISCALES: EL CONTRATISTA deberá cumplir con las cotizaciones al Sistema General

    de Seguridad Social Integral, los aportes por concepto de las contribuciones parafiscales

    (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) y/o el pago del Impuesto sobre la Renta

    para la Equidad (CREE), conforme a lo previsto en las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014 y

    demás normas concordantes sobre la materia. El cumplimiento de esta obligación, por parte

    Secretaría General Ext.10796 [email protected] No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co

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  • PROCURADURÍA

    CONTRATO N° 179 -* * - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    del CONTRATISTA, se acredita, mediante certificación expedida por el representante legal o

    revisor fiscal de la empresa, según el caso. En el evento que EL CONTRATISTA se encuentre

    incurso en alguna de las causales de exoneración previstas en las leyes citadas, deberá hacer

    esta manifestación en la respectiva certificación. PARÁGRAFO PRIMERO: EL

    CONTRATISTA debe allegar este documento para la firma del contrato y es condición

    indispensable para el trámite del pago que se derive de la ejecución del contrato. Para el

    efecto EL CONTRATISTA debe presentarle al supervisor del contrato, la documentación que

    acredite el cumplimiento del mismo. DÉCIMA SÉPTIMA - PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO

    DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LAS CLAUSULAS DECIMA QUINTA Y DECIMASEXTA: EL CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos señalados en la cláusula

    décima quinta y décima sexta dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de

    suscripción del contrato y los documentos resultantes, deberán entregarse en forma conjunta

    dentro de este plazo en la OFICINA JURÍDICA para el trámite correspondiente. DÉCIMAOCTAVA - INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA está en la obligación de mantener a LA

    PROCURADURÍA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y

    que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes con

    ocasión de la ejecución del contrato. LA PROCURADURÍA una vez tenga conocimiento de lareclamación, se la comunicará de manera oportuna al CONTRATISTA, para que éste adopte

    las medidas necesarias de defensa ante el tercero de manera judicial o extrajudicial,

    cumpliendo con esta obligación en los términos de Ley. DÉCIMA NOVENA - LEGALIZACIÓN:

    Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, se entenderá que el presente contrato se

    encuentra legalizado con la suscripción por las partes contratantes y una vez la entidad

    contratante efectúe el correspondiente registro presupuestal. VIGÉSIMA - EJECUCIÓN: Laejecución del contrato sólo podrá efectuarse una vez se haya legalizado y se encuentre

    constituida y aprobada la garantía de cumplimiento. VIGÉSIMA PRIMERA - INHABILIDADES

    E INCOMPATIBILIDADES: La Representante Legal del CONTRATISTA declara bajo la

    gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que ni

    ella, ni la sociedad que representa, ni sus socios se hallan incurso en ninguna de las causales

    de inhabilidad, incompatibilidad y prohibiciones para contratar; al tenor de lo consagrado en la

    Ley 80 de 1993 y demás disposiciones vigentes sobre la materia. VIGÉSIMA SEGUNDA -CIERRE DEL EXPEDIENTE: De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.4.3 del

    Decreto 1082 de 2015 y los lineamientos impartidos por la Agencia Nacional de Contratación

    vencidos los términos de las garantías, se procederá a suscribir el acta de cierre del

    expediente del proceso contractual. VIGÉSIMA TERCERA - NOTIFICACIONES: Los avisos,

    solicitudes, comunicaciones y notificaciones que las Partes deban hacer en desarrollo del

    presente contrato, deben constar por escrito y se entenderán debidamente efectuadas sólo si

    se entregan personalmente o por correo electrónico a la persona y direcciones indicadas a

    continuación:

    Secretaría General Ext.10796 [email protected] 13Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co

  • PROCURADURÍAGENERAL DE LUNACIÓN

    CONTRATO N° 179 |$t * O 4 I 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.

    PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

    Nombre: María Lorena Cuellar Cruz

    Cargo: Secretaria General

    Dirección: Carrera 5 No. 15-80 Piso 7 - Bogotá, D.C.

    Teléfono: 5878750 extensión 10703

    Correo electrónico: [email protected]

    Nombre: CARLOS ALBERTO CELIS RESTREPO y

    JUAN BERNARDO URIBE PIEDRAHITA

    Cargo: Supervisores del contrato - Oficina de

    Sistemas

    Dirección. Carrera 5 No. 15-80 Piso 5 - Bogotá, D.C.

    Teléfono: 5878750 extensiones 10509 y 10505

    Correo electrónico: [email protected],

    ¡[email protected]

    INFINIVIRT TECHNOLOGIES SAS

    Nombre: INGRY JOHANA MÁRQUEZBOLAÑOSCargo: Representante Legal

    Dirección: Carrera 43A No. 9 sur 91 Of. 608,

    Edificio Av Villas Poblado, Medellín - Antioquia

    Teléfono: 054) 3663454

    Celular 3167405716

    Correo electrónico:

    [email protected]

    VIGÉSIMA CUARTA - DOMICILIO: Para los efectos legales del presente contrato, las partes

    acuerdan como domicilio la ciudad de Bogotá, D. C. Para constancia se firma el presente

    documento en la ciudad de Bogotá D.C, el 0 2 SEP 2015

    LA ENTIDAD CONTRATANTE,

    PROCURADURÍA-GENERAL DE LA NACIÓN

    MARÍA LORENA CUELLAR CRUZ

    Secretaria General

    EL CONTRATISTA,

    (C^lnfinivirtNIT. 900.565.822-7

    lOLOS+ES'S.A.S

    INGRY JOHANA MÁRQUEZ BOLAÑOSRepresentante Legal

    C.C. 32.2931806 de Chigorodó - Antioquia

    Proyecty: Gloriajsíella Martín Contreras - Oficina JurídicaRevisó: María Cristina Figueredo Báez - Oficina Jurídica

    Revisó: Ana María Silva Escobar- Jefe Oficina Jurídica

    Secretaría General Ext.10796 secretariageneral(a>procuraduria.gov.coCra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co

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