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    CONTRATO DE SUBARRIENDO PARCIAL DE LOCAL DE NEGOCIO

    En a de de 2005

    COMPARECEN

    DE UNA PARTE:

    D (nombre y apellidos), mayor de edad, soltero, de profesin (no es

    obligatorio, pero se suele poner) con domicilio en (localidad, avenida,

    calle o plaza) y DNI en vigor n , quien, a partir de este momento y enel presente documento ser designado como ARRENDADOR.

    DE OTRA:

    D. (nombre y apellidos), mayor de edad, soltero, de profesin (no es

    obligatorio, pero se suele poner) con domicilio en (localidad, avenida,

    calle o plaza) y DNI en vigor n , quien, a partir de este momento y en

    el presente documento ser designado como ARRENDATARIO.

    Y DE OTRA:

    D. (nombre y apellidos), mayor de edad, soltero, de profesin (no es

    obligatorio, pero se suele poner) con domicilio en (localidad, avenida,

    calle o plaza) y DNI en vigor n , quien, a partir de este momento y en

    el presente documento ser designado como SUBARRENDATARIO.

    MANIFIESTAN

    1.- Que es intencin de las partes intervinientes celebrar un contrato de

    SUBARRIENDO PARCIAL DE LOCAL DE NEGOCIO (agencia, ) con

    un plazo de vigencia de diez aos, el cual se regir por las clusulas del presente

    contrato.

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    2.- Que el SUBARRENDADOR Y EL ARRENDADOR, celebraron con fecha (se

    debe indicar la fecha del contrato) contrato de arrendamiento sobre local comercial

    propiedad de este ltimo, sito en (localidad), inscrito en el Registro de la Propiedad

    bajo las seas (se deben incluir los datos registrales del inmueble); se adjunta

    como ANEXO I referido contrato.

    Referencia catastral n ..

    3.- Que es intencin de D. (nombre y apellidos), subarrendar

    parcialmente la finca anteriormente descrita, la cual se regir por las condiciones

    ms adelante indicadas.

    4.- Las partes se reconocen mutua y recprocamente capacidad legal para el

    otorgamiento del presente contrato, actuando cada uno de ellos en su propio

    nombre y derecho.

    5.- Este contrato se regir por las siguientes

    CLUSULAS

    PRIMERA.- El presente contrato se otorga sobre la base del rgimen legal

    especial de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre, a la

    que las partes quedan expresamente sometidas, y lo expresamente pactado en el

    contrato de locacin antes indicado (el primitivo contrato de arrendamiento) en su

    Clusula Quinta, y con carcter supletorio a las disposiciones del Cdigo Civil.

    SEGUNDA.-Se establece como renta anual la cantidad de (se incluye

    el importe en nmeros y en letras), euros, la cual se divide en doce mensualidades

    que debern ser satisfechas por el SUBARRENDATARIO, en virtud de ingresos

    bancarios que habrn de verificar en la cuenta corriente que, a tales efectos tiene

    abierta el SUBARRENDADOR en (datos bancarios) constituyendo el impreso

    bancario justificante de pago.

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    La renta incluye los gastos de servicios e instalaciones de la comunidad de la que

    forma parte la vivienda, sin embargo, dicha renta se ver incrementada en un 16%

    en concepto de IVA.

    La renta deber abonarse los cinco primeros das de cada mes, por importe de

    (Incluir letras y nmeros) euros.

    La renta ser anualmente actualizada con arreglo al IPC, y en proporcin a la

    superficie total ocupada por el ARRENDATARIO, para lo cual elSUBARRENDADOR deber notificar, con un mes de antelacin, al

    SUBARRENDATARIO, actualizacin que tendr lugar a partir de la mensualidad

    siguiente.

    TERCERA.- En relacin con el total de la finca arrendada por el

    SUBARRENDADOR, el subarriendo se centra en (se debe detallar la superficie en

    metros, o en particiones), respecto de la cual el SUBARRENDATARIO tendr un

    uso personal y privado, y con carcter general, tambin podr hacer uso de las

    siguientes dependencias (servicios, ascensores, fuentes de luz,

    agua) (se detallan)

    CUARTA.-La duracin mxima del contrato es de DIEZ aos, siendo prorrogable

    por anualidades hasta completar el plazo. Al final de cada anualidad la renovacin

    ser potestativa para los SUBARRENDATARIOS y obligatoria para el

    subarrendador.

    La vigencia de la primera anualidad de este contrato lo ser a partir del prximo

    da

    QUINTA.- Finalizado el plazo de diez aos se extinguir sin ms, pero

    concedindole el SUBARRENDADOR al SUBARRRENDATARIO un derecho de

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    negociacin preferente a la hora de otorgar un nuevo contrato de arrendamiento

    sobre el mismo inmueble.

    SEXTA.-El SUBARRENDATARIO destinar la parte del inmueble arrendado a .

    (objeto del negocio), no guardando esta actividad relacin con la que viene

    desarrollando el SUBARRENDADOR en otro local.

    SPTIMA.-El SUBARRENDATARIO deber respetar el Estatuto de la Comunidad

    y el Reglamento de Rgimen Interior, que se adjuntan como ANEXO II y III.

    OCTAVA.- En este acto el SUBARRENDATARIO hace entrega al

    SUBARRENDADOR de la cantidad de euros en efectivo, en concepto

    de fianza, que deber mantenerse en depsito durante la vigencia del presente

    contrato, con obligacin de devolver la cuanta una vez finalice el contrato

    (practicadas las deducciones correspondientes)

    La fianza entregada constituye Formal Carta de Pago.

    NOVENA.- En el caso de abandono del local comercial arrendado por parte del

    SUBARRENDATARIO, si se notifica esta intencin al SUBARRENDADOR con al

    menos dos meses de antelacin a la fecha en que concluya la anualidad, el

    SUBARRENDATARIO deber indemnizar al subarrendador, con una cantidad

    equivalente a una mensualidad de renta por cada anualidad QUE RESTE POR

    CUMPLIR.

    DCIMA.- El SUBARRENDATARIO est obligado a responder de sus propios

    actos y de las personas que con el colaboran en el desempeo de su actividad

    comercial.

    UNDCIMA.-El contrato se extinguir adems de por las causas establecidas por

    la ley, por las que a continuacin se describen (indicarlas)

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    Se deja expresa constancia de que este subarriendo parcial estar supeditado al

    contrato de arrendamiento del que trae causa., por lo que la extincin de ste,

    traer aparejada la de aqul.

    DUODCIMA.- El SUBARRENDADOR ha notificado previamente, de forma

    expresa, de la firma de este contrato al ARRENDADOR. Se acompaa ANEXO IV

    DECIMOTERCERA.-Se adjunta al presente contrato los siguientes Anexos.

    DECIMOCUARTA.- La participacin del ARRENDADOR-PROPIETARIO en este

    documento privado lo es al solo efecto de notificar al ARRENDATARIO el

    incremento que experimentar la renta que actualmente viene satisfaciendo en

    concepto de arrendamiento. Cantidad que, de conformidad con lo legalmente

    establecido, se cifra en el 10% sobre la renta actual.

    DECIMOQUINTA.-Cualquiera de las partes podr solicitar la elevacin a escritura

    pblica de este documento, siendo en este caso los gastos por cuenta del

    solicitante.

    DECIMOSEXTA.- En caso de conflicto, las partes, sin pactar fuero distinto, se

    someten expresamente al que corresponda con arreglo a las normas procesales

    vigentes.

    Para que as conste y se haga valer ante quien corresponda, las partes firman dos

    ejemplares idnticos, uno para cada interviniente, en lugar y fecha indicado en el

    encabezamiento.

    Fdo. D. Fdo. D. Fdo. D.

    DNI DNI DNI

    Arrendador Subarrendador Subarrendatario