Contrato_trabajo a Prueba

2
CONTRATO DE TRABAJO A PRUEBA PRIMERA.- COMPARECIENTES.- Concurren la celebración de este contrato, por una parte el señor Andrés Mena en calidad de Gerente General de la Empresa “INDUMUSIC” para los fines consiguientes se denominará simplemente el Empleador: y, por otra parte la señorita María Eugenia Andrade Pastáz que lo posterior se denominará simplemente la Trabajadora, capaces para contratar y obligarse, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar el presente contrato de trabajo a prueba rigiéndose a las cláusulas que a continuación se detallan: SEGUNDA.- OBJETO.- Por el presente la Señorita María Eugenia Andrade Pastáz en calidad de trabajadora se compromete para con el señor Hugo andes Mena Varela en calidad de gerente General y de Empleador, a prestar sus servicios lícitos y personales en calidad de Jefa de mantenimiento de acuerdo con las necesidades de la Empresa; Detallando que su Horario de trabajo será de lunes a viernes de 8 a 12 horas y de 14 a 18 horas.. TERCERA.- DURACIÓN DEL CONTRATO.- El plazo de duración del presente contrato, será máximo de noventa días, pues se trata de un contrato de trabajo a prueba, y como tal, dentro de dicho plazo cualquiera de las partes lo puede dar por terminado sin más aviso que una notificación escrita, antes de vencerse el plazo de expiración que se contará a partir del 28 de octubre de 2013. CUARTA.- SALARIO.- El Empleador pagará al trabajador la Remuneración de $318 (trecientos con dieciocho DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 00/100) mas los beneficios legales según la modalidad de pago de la Empresa. QUINTA.- CONTROVERSIA JUDICIAL.- El trabajador se somete a las disposiciones legales vigentes y a las reglamentarias de la Institución, así como a las instrucciones que emitan sus inmediatos superiores: fijándose como domicilio para

description

contrato a prueba

Transcript of Contrato_trabajo a Prueba

CONTRATO DE TRABAJO A PRUEBA

CONTRATO DE TRABAJO A PRUEBA

PRIMERA.- COMPARECIENTES.- Concurren la celebracin de este contrato, por una parte el seor Andrs Mena en calidad de Gerente General de la Empresa INDUMUSIC para los fines consiguientes se denominar simplemente el Empleador: y, por otra parte la seorita Mara Eugenia Andrade Pastz que lo posterior se denominar simplemente la Trabajadora, capaces para contratar y obligarse, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar el presente contrato de trabajo a prueba rigindose a las clusulas que a continuacin se detallan:

SEGUNDA.- OBJETO.- Por el presente la Seorita Mara Eugenia Andrade Pastz en calidad de trabajadora se compromete para con el seor Hugo andes Mena Varela en calidad de gerente General y de Empleador, a prestar sus servicios lcitos y personales en calidad de Jefa de mantenimiento de acuerdo con las necesidades de la Empresa; Detallando que su Horario de trabajo ser de lunes a viernes de 8 a 12 horas y de 14 a 18 horas..

TERCERA.- DURACIN DEL CONTRATO.- El plazo de duracin del presente contrato, ser mximo de noventa das, pues se trata de un contrato de trabajo a prueba, y como tal, dentro de dicho plazo cualquiera de las partes lo puede dar por terminado sin ms aviso que una notificacin escrita, antes de vencerse el plazo de expiracin que se contar a partir del 28 de octubre de 2013.

CUARTA.- SALARIO.- El Empleador pagar al trabajador la Remuneracin de $318 (trecientos con dieciocho DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 00/100) mas los beneficios legales segn la modalidad de pago de la Empresa.QUINTA.- CONTROVERSIA JUDICIAL.- El trabajador se somete a las disposiciones legales vigentes y a las reglamentarias de la Institucin, as como a las instrucciones que emitan sus inmediatos superiores: fijndose como domicilio para los fines del presente contrato, la ciudad de Quito, y el trmite verbal sumario para las reclamaciones judiciales.

Para constancia de lo estipulado firman los contratantes en la ciudad de Quito, en original y dos copias de igual contenido, el da de hoy, 24 de octubre de 2013.Hugo Andrs Mena Varela

Mara Eugenia Andrade PastzC.C.N: 1003508080

C.C.N: 0401425707