CONVENIO ARBITRAL

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MODELO DE CONVENIO ARBITRAL. Conste por el presente documento el convenio arbitral que celebran de una parte la empresa ROBLES S.A. con RUC Nº20483612865 inscrita en la Ficha390del Registro Mercantil de Lima, domiciliada en AVENIDA LA MARINA 2342. LIMA y representada por su Gerente General Licenciada CAMILA SOFIA CARRASCO TENORIO, y de la otra parte la empresa EUROTROCK S.A con RUC Nº 20563214352 inscrita en la ficha 21 del Registro Mercantil de Lima, domiciliada en AVENIDA HÙSARES DE JUNÌN Nº 213 CHICLAYO y representada por su Gerente General Licenciado JORGE LUIS CARRASCO RAMOS de acuerdo a los términos siguientes: PRIMERO: Las partes acuerdan someter voluntariamente a arbitraje la controversia suscitada respecto al contrato de compraventa de fecha 10 de Agosto del 2014. SEGUNDO: La controversia a la que se hace referencia en la cláusula precedente se basa en los siguientes hecho: incumplimiento de contrato de compra venta.

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MODELO DE CONVENIO ARBITRAL.

Conste por el presente documento el convenio arbitral que celebran de una parte la empresa ROBLES S.A. con RUC N20483612865 inscrita en la Ficha390del Registro Mercantil de Lima, domiciliada en AVENIDA LA MARINA 2342. LIMA y representada por su Gerente General Licenciada CAMILA SOFIA CARRASCO TENORIO, y de la otra parte la empresa EUROTROCK S.A con RUC N 20563214352 inscrita en la ficha 21 del Registro Mercantil de Lima, domiciliada en AVENIDA HSARES DE JUNN N 213 CHICLAYO y representada por su Gerente General Licenciado JORGE LUIS CARRASCO RAMOS de acuerdo a los trminos siguientes:

PRIMERO: Las partes acuerdan someter voluntariamente a arbitraje la controversia suscitada respecto al contrato de compraventa de fecha 10 de Agosto del 2014.

SEGUNDO: La controversia a la que se hace referencia en la clusula precedente se basa en los siguientes hecho: incumplimiento de contrato de compra venta.

TERCERO: El arbitraje ser de Derecho.

CUARTO: Las partes convienen en designar como rbitro al Dr. CARLOS TORRES TORRES.

Con Registro del CAL N1240.En caso de no aceptar la designacin, Acordamos nombrar como rbitro suplente a la Dra: ROSA TORRES TORRES con Registro CAL N 2321.

QUINTO: El idioma en el cual se llevar a cabo el arbitraje ser el castellano.

SEXTO: El lugar del arbitraje ser la cuidad de Chiclayo.

SETIMO: El procedimiento arbitral se sujetar a lo que disponga el rbitro designado, no obstante, la emisin del laudo arbitral no podr exceder, bajo ninguna circunstancia, de cuarenta (40) das calendario de vencida la etapa de prueba.OCTAVO: Las partes convienen en que el recurso de apelacin del laudo arbitral que pudiese ejercitar cualquiera de ellas en un plazo de 5 das, se realizar ante una segunda instancia arbitral, cuya conformacin ser de tres miembros elegidos por acuerdo de ambas partes.

NOVENO: De comn acuerdo, las partes estiman que los gastos del presente arbitraje ascienden a $20,000.(Dlares Americanos).

Chiclayo,10 de Noviembre del 2014.