Convenio General entre el GCPS y SeNaSa.

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    Primer borrador Convenio Gabinete Social/ SENASA Pgina 1

    Presidencia de la Repblica DominicanaSanto Domingo, Repblica Dominicana

    CONVENIO GENERAL ENTRE EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICASSOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA (GCPS) Y EL SEGURO

    NACIONAL DE SALUD (SENASA).

    ENTRE: De una parte, EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICASSOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA (GCPS), organismo creadomediante Decreto del Poder Ejecutivo No.536-05 de fecha 26 de septiembre del ao2005, con su domicilio social y oficinas principales en el edificio San Rafael, ubicadoen la Avenida Leopoldo Navarro No.61, del Ensanche Don Juan Bosco en esta ciudadde Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Repblica Dominicana, debidamenterepresentado por la Vicepresidenta y Coordinadora del Gabinete de Polticas Sociales,DRA. MARGARITA CEDEO DE FERNNDEZ, dominicana, mayor de edad, casada,provista de la cdula de identidad y electoral No.001-0096723-1, domiciliada yresidente en esta ciudad; quien en lo adelante y para los fines y consecuencias de esteConvenio se denominar EL GABINETE SOCIALo por su nombre completo.

    De la otra parte EL SEGURO NACIONAL DE SALUD (SENASA), entidad pblica,autnoma, creada para administrar los riesgos de salud de sus afiliados, establecidapor la Ley No.87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS),habilitada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) con elnmero 0052-2002, con su domicilio y asiento sito en la Av. 27 de Febrero esq.Tiradentes, Edif. SENASA, La Esperilla, de la ciudad de Santo Domingo, DistritoNacional, debidamente representada por su Directora Ejecutiva, DRA. ALTAGRACIAGUZMN MARCELINO, dominicana, mayor de edad, mdico, portadora de la cdulade identidad y electoral No.001-0786496-9, domiciliada y residente en esta ciudad;designada mediante Resolucin del Consejo Nacional del Seguro Nacional de Salud(CoSeNaSa), en fecha 22 de septiembre del ao 2004, quien en lo adelante y parafines del presente Convenio se denominara SENASA, LA ARS o por su nombrecompleto.

    PREMBULO

    POR CUANTO: Que EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICAS SOCIALES(GCPS) es la Institucin responsable de implementar la estrategia de salida depobreza, dando apoyo al mejoramiento del ingreso y a la inversin en capital humanode las familias en pobreza extrema, con capacidad de promover y desarrollar diferentesprogramas sociales.

    POR CUANTO: Que EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICAS SOCIALES

    DE LA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA (GCPS) tiene como propsito bsico eldiseo y la ejecucin de la poltica social del Gobierno a travs del conjunto deentidades operativas, sustentada en una visin integral, global, sectorial e institucionalsistematizada, para efectuar una gestin coherente, articulada y eficaz, apoyada en lainstitucionalidad formal del sector pblico e incidiendo en hacer ms eficiente elfuncionamiento de la misma.

    POR CUANTO: El rol DEL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICASSOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA (GCPS) de articulacin de laformulacin, ejecucin seguimiento y evaluacin de los programas incluidos en elSistema de Proteccin Social de Repblica Dominicana, integrado por un conjunto de

    instituciones pblicas, establecidas por el Poder Ejecutivo, con el objetivo de coadyuvara la definicin, establecimiento y seguimiento de la agenda estratgica de la poltica

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    POR CUANTO: Que el PROGRAMA PROGRESANDO CON SOLIDARIDAD es unprograma del Gobierno Dominicano mediante el cual las familias pobres se involucranen un proceso de desarrollo integral, a travs del logro de metas en los componentes

    de Identificacin, Salud Integral, Educacin, Formacin Humana y ConcienciaCiudadana, Generacin de Ingresos y Seguridad Alimentaria, Habitabilidad y MedioAmbiente.

    POR CUANTO: Que EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICAS SOCIALESDE LA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA(GCPS) tiene competencia para conocer,atender y dar seguimiento a las demandas sociales as como recomendar accionespreventivas para el abordaje de problemas reales y potenciales que pudieren afectar elsector social; y dar seguimiento a la ejecucin de estos programas y planes.

    POR CUANTO: Que EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICAS SOCIALES

    ejecuta EL PROGRAMA PROGRESANDO CON SOLIDARIDAD (GCPS) dirigido aacompaar y empoderar a las familias en extrema pobreza con el objetivo principal depromover la superacin a nivel familiar de la transmisin intergeneracional de lascausas que generan o arraigan la pobreza, as como tambin en su proceso dedesarrollo integral a travs de orientacin, informacin, capacitacin y concienciacin,sobre el acceso y disfrute de bienes y servicios ofrecidos por el Estado y la sociedadcivil, para la garanta de sus derechos fundamentales.

    POR CUANTO: Que EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICASSOCIALES(GCPS) sirve como agente catalizador y promotor de programas y proyectos que danrespuesta a las necesidades apremiantes de los sectores de salud, educacin, mujer,

    familia y desarrollo social sostenible.

    POR CUANTO: Que EL SEGURO NACIONAL DE SALUD (SENASA) surge con lapromulgacin de la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social,cuyo rol fundamental es la implementacin del nuevo sistema y de su adecuadofuncionamiento depender, en gran medida, de la calidad de los servicios de salud queha de recibir la poblacin ms pobre y vulnerable del pas en los prximos aos.

    POR CUANTO: Que la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), enfecha 2 del mes de febrero del ao 2005, emiti su resolucin No.012-2005, dando

    cumplimiento a lo establecido en el Capitulo IX, Artculo Nm.176, Letra b, de la Ley

    87-01, en lo atinente a la acreditacin, habilitacin y registro definitivo del Seguro

    Nacional de Salud como Administradora de Riesgos de Salud.

    POR CUANTO: Que EL SEGURO NACIONAL DE SALUD (SENASA) es la institucinpblica autnoma y descentralizada responsable de la administracin de riesgos desalud de los afiliados subsidiados, contributivos y contributivos-subsidiados del sectorpblico y del sector privado que la escojan voluntariamente.

    POR CUANTO: Que EL SEGURO NACIONAL DE SALUD (SENASA) es uninstrumento fundamental para el desarrollo de las polticas pblicas dirigidas a disminuirlas inequidades, va el aseguramiento social en salud.

    POR CUANTO: Que la salud constituye un derecho humano inalienable que debe serpromovido y satisfecho por los gobiernos y Estados mediante la implementacin de

    acciones que viabilicen el desarrollo biolgico, psquico, social, cultural y moral de cada

    ser humano.

    POR CUANTO: Que la Constitucin de la Repblica establece en su Artculo 8 el deberdel Estado de estimular el desarrollo progresivo de la seguridad social, de manera que

    toda persona llegue a gozar de adecuada proteccin contra la desocupacin, la

    enfermedad, la incapacidad y la vejez; debiendo velar por el mejoramiento de laalimentacin, los servicios sanitarios y las condiciones higinicas, procurando los

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    medios para la prevencin y el tratamiento de las enfermedades epidmicas, y de otra

    ndole, as como la asistencia mdica y hospitalaria gratuita a quienes por sus escasos

    recurso econmicos as lo requieran.

    POR CUANTO: Que en cumplimiento de tales deberes constitucionales fueronpromulgadas la Ley General de Salud Nm.42-01 y la Ley que crea el Sistema

    Dominicano de Seguridad Social Nm. 87-01, inicindose as un proceso de reforma de

    los sistemas de salud y seguridad social, enmarcndolos en los principios de

    universalidad, solidaridad, separacin de funciones, equidad, eficiencia, integridad,

    cooperacin interinstitucional, participacin, descentralizacin y desconcentracin,

    entre otros.

    VISTO: El Decreto Nm.1082-04 de fecha 3 de Septiembre del 2004, se instituyecuatro (4) Gabinetes Sectoriales de Coordinacin Polticas.

    VISTO: EL Decreto Nm.474-12 que designa a la Dra. Margarita Cedeo de FernndezCoordinadora del Gabinete de Polticas Sociales, en adicin a sus funciones de

    Vicepresidenta Constitucional de la Repblica.

    VISTO: El Decreto Nm.488-12 de fecha 21 de agosto, 2012 que establece latransferencia del Programa Progresando a la Red de Proteccin Social, para que en loadelante se integre como una lnea de trabajo, denominndole PROGRESANDOCON SOLIDARIDAD.

    VISTO: La Ley Nm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.

    VISTO: La Ley General de Salud Nm. 42-01 de fecha 08 de marzo del 2001.

    POR CUANTO: Y en el entendido de que el anterior prembulo forma parte integral delpresente acuerdo, las Partes libre y voluntariamente,

    HAN CONVENIDO Y ACEPTADO LO SIGUIENTE:

    ARTCULO PRIMERO: EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICASSOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA (GCPS) Y EL SEGURO

    NACIONAL DE SALUD (SENASA), tienen como objetivo promover y proteger elderecho a la salud mediante servicios de calidad, en el Primer Nivel de Atencin,mediante la incorporacin gradual en el Seguro Nacional de Salud de los dominicanos

    con mayor nivel de pobreza que an no estn cubiertos por el seguro mdico

    subsidiado.

    ARTCULO SEGUNDO: Las Partes colaborarn mutuamente para poner en marcha,de conformidad con el objeto de cada entidad, programas y actividades de cooperacin

    que permitan a las personas de escasos recursos, que forman parte del Programa

    Progresando con Solidaridad, tener acceso a los servicios de salud, especialmente

    aquellas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad como son la discapacidady el VIH-Sida.

    PRRAFO I: EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICAS SOCIALES DE LAPRESIDENCIA DE LA REPBLICA (GCPS) referir a SENASA casos identificadosde personas con discapacidad y VIH-Sida para su inclusin en el Seguro Nacional deSalud (SENASA).

    ARTCULO TERCERO: EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICASSOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA (GCPS) Y EL SEGURONACIONAL DE SALUD (SENASA) promovern el fortalecimiento de las Unidades de

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    Atencin Primaria (UNAPs) mediante la promocin y uso de sus servicios y la afiliacin

    de miembros.

    PARRAFO I: EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICAS SOCIALES DELA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA (GCPS) Y EL SEGURO NACIONAL DE

    SALUD (SENASA) coordinarn conjuntamente la entrega conjunta de la carta deafiliacin a beneficiarios del programa Progresando con Solidaridad.

    ARTCULO CUARTO: : EL GABINETE DE COORDINACIN DE POLTICASSOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPBLICA (GCPS) Y EL SEGURONACIONAL DE SALUD (SENASA) promovern informacin, comunicacin yeducacin sobre el Seguro Nacional de Salud a travs de los Centros Tecnolgicos

    Comunitarios (CTCs) y los Centros de Capacitacin y Produccin Progresando

    (CCPPs) dirigida a los beneficiarios del programa Progresando con Solidaridad y a la

    poblacin en general.

    PRRAFO I: Las Partes firmantes utilizarn las Radio Emisoras de los CentrosTecnolgicos Comunitarios (CTCs) y las aulas de los Centros de Capacitacin y

    Produccin Progresando (CCPPs) como plataforma para la difusin la informacin,

    comunicacin y educacin sobre el Seguro Nacional de Salud (SENASA).

    ARTCULO QUINTO: Las Partes declaran que este Convenio no es un acto limitativo,sino que constituye un compromiso para lograr resultados colectivos, dejando abiertala posibilidad de cualquier otro tipo de colaboracin para alcanzar las metas deseadas.

    PRRAFO: Las Partes acuerdan que de ser necesaria cualquier modificacin a los

    trminos del presente Convenio durante su vigencia, sta deber ser propuesta porescrito y convenida entre las Partes.

    ARTCULO SEXTO: El presente Convenio no limita a ninguna de las Partes y staspodrn suscribir acuerdos similares con otras instituciones y/o programas.

    ARTCULO SPTIMO: Para los fines de notificacin de documentos, las Partes haceneleccin de domicilio en las direcciones establecidas en el prembulo del presente

    Convenio.

    ARTCULO OCTAVO: La vigencia de este Convenio ser por cuatro (04) aos, a partirde la fecha de su firma.

    HECHO Y FIRMADO DE BUENA FE, en dos (2) originales de un mismo tenor y efecto,una para cada una de las Partes contratantes, en la ciudad de Santo Domingo deGuzmn, Distrito Nacional, capital de la Repblica Dominicana, a los ___ ( ) das de

    __________del ao dos mil trece (2013).

    POR EL GABINETE SOCIAL DE LA PRESIDENCIA POR EL SEGURO NACIONAL DESALUD

    DRA. MARGARITA CEDEO DE FERNNDEZ DRA. ALTAGRACIA GUZMN MARCELINOVicepresidenta Constitucional de la Repblica y Director EjecutivaCoordinadora del Gabinete de Polticas Sociales