Convenio Vivak - Kis Nacuy

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CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL GRUPO DE ANDINISMO, INSTRUCCION Y EXPLORACION KIS NACUY Y EL GRUPO VIVAK MONTAÑISMO Y ESCALADA - COLOMBIA El Grupo de Andinismo, Instrucción y exploración Kis Nacuy, organización deportiva, debidamente creada y registrada y con sede en el Estado Mérida, Venezuela, representada en este acto por Jaseh Rafael Munelo Gil, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, en su condición de Representante Legal, por una parte y por la otra, el grupo Vivak Montanismo y Escalada - Colombia, organización deportiva, sin animo de lucro representada en este acto por Henry García Tinoco, colombiano, mayor de edad, titular de la cedula de ciudadanía en su condición de Representante Legal, celebran el presente Convenio que sienta las bases de cooperación y asistencia mutua, CONSIDERANDO 1. Que la cooperación entre organizaciones afines conlleva grandes ventajas para el desarrollo colectivo. 2. Que es deseo de ambas partes intensificar su colaboración a través de la puesta en común de sus conocimientos, experiencias y recursos. 3. Que en consecuencia, ambas partes desean establecer un instrumento que regule las relaciones institucionales necesarias para potenciar aquellos programas en los que existan intereses comunes,

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CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL GRUPO DE ANDINISMO,

INSTRUCCION

Y EXPLORACION KIS NACUY Y EL GRUPO VIVAK MONTAÑISMO Y

ESCALADA - COLOMBIA

El Grupo de Andinismo, Instrucción y exploración Kis Nacuy, organización

deportiva, debidamente creada y registrada y con sede en el Estado Mérida,

Venezuela, representada en este acto por Jaseh Rafael Munelo Gil, venezolano,

mayor de edad, titular de la cedula de identidad, en su condición de Representante

Legal, por una parte y por la otra, el grupo Vivak Montanismo y Escalada -

Colombia, organización deportiva, sin animo de lucro representada en este acto

por Henry García Tinoco, colombiano, mayor de edad, titular de la cedula de

ciudadanía en su condición de Representante Legal, celebran el presente

Convenio que sienta las bases de cooperación y asistencia mutua,

CONSIDERANDO

1. Que la cooperación entre organizaciones afines conlleva grandes ventajas

para el desarrollo colectivo.

2. Que es deseo de ambas partes intensificar su colaboración a través de la

puesta en común de sus conocimientos, experiencias y recursos.

3. Que en consecuencia, ambas partes desean establecer un instrumento que

regule las relaciones institucionales necesarias para potenciar aquellos

programas en los que existan intereses comunes,

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ACUERDAN

PRIMERO: Celebrar el presente Convenio para propiciar la cooperación deportiva

y cultural.

SEGUNDO: Desarrollar la cooperación bajo los siguientes términos:

a. Intercambio de información privilegiada, actualizada, precisa y detallada

sobre los factores que inciden en la selección de objetivos y el éxito de las

expediciones entre nuestros países y cuya consecución en las fuentes

disponibles no es fácil o no ofrecen la calidad y pertinencia necesaria:

costos, estado de las vías, estado de las rutas, transporte, alojamiento,

seguridad pública interna y adicionalmente toda consulta, aclaración o

asesoría que requieran los equipos expedicionarios de las dos

agrupaciones.

b. Apoyo logístico In Situ durante la etapa de ejecución de las expediciones

por parte del colectivo anfitrión, mediante la oferta de alojamiento, guianza

urbana, acompañamiento en la aproximación a campos base y gestión del

transporte hacia la montaña objetivo, en todos los casos con atención a las

limitaciones propias de cada grupo.

c. Desarrollo deportivo institucional mediante la realización binacional de

expediciones, ascensos, aperturas, repeticiones de vías, eventos deportivos

y de integración relacionados con el objeto social de las agrupaciones.

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d. Intercambio de conocimientos y técnicas de montanismo y/o escalada, y

en general de las actividades de campo abierto y aventura comunes entre

las agrupaciones, a través de herramientas de capacitación como cursillos,

talleres y las TIC´s.

e. Difusión y posicionamiento de imagen, mediante el intercambio de

banners y vínculos entre los sitios web y redes sociales y la difusión por

parte de las agrupaciones de las expediciones y eventos que se ejecuten

en el marco de este convenio.

f. Integración: Con el fin de concentrar la información y usar un único canal

de comunicación, el grupo VIVAK ofrece crear un subforo especifico para

el convenio en su foro oficial http://vivak.foro-colombia.net/ y dar

membrecía oficial a los socios que designe el grupo Kis Nacuy, quienes

usaran este espacio para la planificación y coordinación de eventos,

expediciones y demás que requiera el convenio y que se mencionan en el

punto 4 de ese convenio.

TERCERO: Ambas partes en el marco de sus reglamentos internos, gestionarán

la consecución de recursos nacionales e internacionales para el desarrollo de

programas relacionadas con este Convenio.

CUARTO: Las partes designaran a un representante para formar una comisión

que anualmente planificará y coordinará las actividades que se desprendan del

presente Convenio y las presentarán para su aprobación. La comisión rendirá

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anualmente un informe escrito sobre el avance de las actividades y proyectos a las

máximas autoridades de cada agrupación.

QUINTO: Ambas organizaciones se comprometen al estudio de nuevas formas de

colaboración dirigidas a la ampliación y profundización de los términos

establecidos en el presente convenio.

SEXTO: El presente convenio empezará a regir desde la fecha de su firma y

estará vigente por un periodo de cinco (5) años y será renovado por mutuo

acuerdo de las partes por periodos de cinco años consecutivos.

SEPTIMO: Las discrepancias que pudieran surgir en la interpretación y aplicación

de este Convenio serán resueltas de buena fe atendiendo al espíritu de

cooperación solidaria que ha animado a las partes a suscribirlo.

OCTAVO: Este Convenio podrá darse por terminado cuando cualquiera de las

partes comunique mediante aviso escrito a la contraparte, con noventa (90) días

de anticipación. La terminación de este Convenio no afectará el normal desarrollo

de los proyectos, programas y actividades que hubiesen sido concertadas antes

de la fecha de finalización propuesta.

En fe de lo acordado, para mayor constancia, los suscritos debidamente

autorizados para tal efecto, firman el presente Convenio en dos ejemplares del

mismo tenor y validez, a los _____ días del mes ____ de dos mil doce (2012).

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Por el Grupo de Andinismo Kis Nacuy: Jaseh Rafael Munelo Gil

Por Vivak Montanismo y Escalada: Henry Garcia Tinoco