CONVOCATORIA DE PROPUESTAS ED-ES-2020 · 3.600 EUR Plazo para la presentación de solicitudes:...

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1 COMISIÓN EUROPEA DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN Representación y Comunicación en los Estados miembros Representación de la Comisión Europea en España Corrigendum: Debido a un problema técnico que ha impedido el acceso al portal de financiación y licitaciones (Funding &Tenders portal), el plazo de presentación de la convocatoria de propuestas se ha pospuesto hasta el martes 20 de octubre de 2020 a las 17:00 (hora peninsular española). CONVOCATORIA DE PROPUESTAS ED-ES-2020 SELECCIÓN DE SOCIOS PARA LLEVAR A CABO ACTIVIDADES DE EUROPE DIRECT (2021-2025) EN ESPAÑA Datos esenciales Importe total estimado asignado a España para el año 2021: 976.800 EUR, sujeto a que la Autoridad Presupuestaria de la UE apruebe el presupuesto de la Unión Europea. Subvención anual para cofinanciar EUROPE DIRECT en los años 2022-2025: 34.200 EUR Subvención anual para cofinanciar EUROPE DIRECT en 2021: 22.800 EUR Subvención extraordinaria en 2021 para un acto de promoción de EUROPE DIRECT: 3.600 EUR Plazo para la presentación de solicitudes: 20/10/2020 a las 17:00 (hora peninsular española). La convocatoria tiene por objeto establecer el siguiente número mínimo de EUROPE DIRECT en todas las regiones/áreas siguientes (conforme a la metodología fijada en el apartado 9.1 y siempre que existan solicitudes en cada región/área que cumplan los niveles mínimos de calidad establecidos en el apartado 9): Andalucía: 6 Aragón: 2 Principado de Asturias: 1 Illes Balears: 1 Canarias: 2

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1

COMISIÓN EUROPEA DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN Representación y Comunicación en los Estados miembros Representación de la Comisión Europea en España

Corrigendum: Debido a un problema técnico que ha impedido el acceso al portal

de financiación y licitaciones (Funding &Tenders portal), el plazo de

presentación de la convocatoria de propuestas se ha pospuesto hasta el martes

20 de octubre de 2020 a las 17:00 (hora peninsular española).

CONVOCATORIA DE PROPUESTAS ED-ES-2020

SELECCIÓN DE SOCIOS PARA LLEVAR A CABO ACTIVIDADES DE EUROPE

DIRECT (2021-2025)

EN ESPAÑA

Datos esenciales Importe total estimado asignado a España para el año 2021: 976.800 EUR, sujeto a

que la Autoridad Presupuestaria de la UE apruebe el presupuesto de la Unión

Europea.

Subvención anual para cofinanciar EUROPE DIRECT en los años 2022-2025: 34.200

EUR

Subvención anual para cofinanciar EUROPE DIRECT en 2021: 22.800 EUR

Subvención extraordinaria en 2021 para un acto de promoción de EUROPE DIRECT:

3.600 EUR

Plazo para la presentación de solicitudes: 20/10/2020 a las 17:00 (hora peninsular

española).

La convocatoria tiene por objeto establecer el siguiente número mínimo de EUROPE

DIRECT en todas las regiones/áreas siguientes (conforme a la metodología fijada en

el apartado 9.1 y siempre que existan solicitudes en cada región/área que cumplan los

niveles mínimos de calidad establecidos en el apartado 9):

Andalucía: 6

Aragón: 2

Principado de Asturias: 1

Illes Balears: 1

Canarias: 2

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2

Cantabria: 1

Castilla y León: 4

Castilla-La Mancha: 3

Cataluña: 3

Comunitat Valenciana: 2

Extremadura: 2

Galicia: 2

Comunidad de Madrid: 1

Región de Murcia: 1

Comunidad Foral de Navarra: 1

País Vasco: 2

La Rioja: 1

Ciudad Autónoma de Ceuta: 1

Ciudad Autónoma de Melilla: 1

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1. INTRODUCCIÓN. ANTECEDENTES

La Comisión Europea (en lo sucesivo, «la Comisión») pone en marcha una

convocatoria de propuestas, a través de su Representación en España, para

seleccionar socios que gestionen EUROPE DIRECT en el período 2021-2025.

Esta convocatoria se pone en marcha de conformidad con el programa de trabajo de

la Dirección General de Comunicación de la Comisión para 20201.

La red actual se puso en marcha con unos 440 centros de 28 países de la UE. Al

poner en marcha la próxima generación, la Comisión desea apoyar a las entidades

admisibles (véase el apartado 6.1) que se comprometan a llevar a cabo una serie de

actividades de información y participación en calidad de EUROPE DIRECT2.

Los solicitantes seleccionados serán denominados «socios» de la Comisión y del

Parlamento Europeo (en lo sucesivo, «el Parlamento») y firmarán un convenio marco

de colaboración con la Representación de la Comisión en España. El convenio marco

de colaboración establece un compromiso jurídico entre las partes sin crear

obligaciones en lo relativo a la ejecución de un plan de comunicación anual concreto

o al pago de una contribución financiera determinada. El convenio marco de

colaboración se ejecutará mediante la firma de convenios específicos de financiación.

Todos los años podrá concederse a los socios una subvención anual mediante un

convenio específico de financiación, siempre que se cumplan las condiciones

establecidas en el apartado 10.

La subvención anual3 se eleva a 34.200 EUR por año. La subvención para 2021 será

excepcionalmente de 22.800 EUR, teniendo en cuenta que la acción comenzará el 1

de mayo y cubrirá, por lo tanto, 8 meses de actividades EUROPE DIRECT. Además,

se concederá en 2021 una subvención extraordinaria para un acto de promoción de

EUROPE DIRECT por valor de 3.600 EUR. Esta financiación no cubre la totalidad

de los costes de las actividades de EUROPE DIRECT. Por tanto, los socios deben

disponer de una financiación suficiente procedente de otras fuentes para llevar a cabo

las actividades de EUROPE DIRECT.

Además de la subvención, la Comisión y el Parlamento facilitarán a EUROPE

DIRECT información oportuna sobre temas de actualidad de la UE, formación,

publicaciones y posibilidades de establecimiento de contactos (redes).

La Comisión y su Representación gestionan la red EUROPE DIRECT en España.

1 https://ec.europa.eu/info/publications/work-programme-2020-communication-activities_en.

2 En el marco de la presente convocatoria de propuestas, el nombre cambia de centros de información

Europe Direct a EUROPE DIRECT: https://europa.eu/european-union/contact/meet-us_es.

3 Las subvenciones se concederán con arreglo a los procedimientos establecidos en el título VIII del

Reglamento Financiero de la UE.

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2. DEFINICIÓN DE EUROPE DIRECT

2.1. MISIÓN

EUROPE DIRECT se compromete con los ciudadanos de forma proactiva y con una

vocación de continuidad para promover que los ciudadanos hagan más suyo el

proyecto europeo. Al organizar actividades de información y participación, EUROPE

DIRECT permite a los ciudadanos elegir con conocimiento de causa el futuro de la

UE mediante una participación plena en el proceso democrático europeo.

Al fomentar una mejor comprensión de cómo funcionan la UE y su democracia

parlamentaria y de cuáles son las cuestiones que entran en el ámbito de

responsabilidad de la UE, EUROPE DIRECT sensibiliza a la ciudadanía sobre cómo

se beneficia diariamente de la Unión, al tiempo que destaca su valor añadido.

EUROPE DIRECT debe ayudar a determinar los aspectos de las políticas de la UE

que son importantes a nivel local y elaborar mensajes y actividades que satisfagan las

necesidades locales. A través de las actividades de difusión y de participación

ciudadana, EUROPE DIRECT ayuda a preparar el terreno para las prioridades

políticas estratégicas de la Comisión y del Parlamento.

Además, estos centros están atentos a las expectativas de los ciudadanos y transmiten

esa información de retorno a las instituciones de la UE.

EUROPE DIRECT colabora estrechamente con las Representaciones de la Comisión

y las Oficinas de Enlace del Parlamento Europeo (en lo sucesivo, «las Oficinas de

Enlace del PE») en los Estados miembros respectivos. También busca la cooperación

con otras redes de divulgación y puntos locales de contacto de la UE, incluidas las

redes locales pertinentes (si existen) y promueven los intercambios y la coordinación

entre ellos.

2.2. CINCO TAREAS FUNDAMENTALES

Los EUROPE DIRECT deberán realizar las tareas siguientes:

Tarea 1: Información y participación de los ciudadanos

EUROPE DIRECT deberá dirigirse al público en relación con asuntos de la UE

mediante la organización de actividades de información y participación, tales como

actos diversos, talleres, encuentros con los ciudadanos y cualquier otra forma de

interacción en persona o en internet.

EUROPE DIRECT proporcionará información como servicio básico y como

condición previa para una participación significativa de los ciudadanos. Para ello, se

llevarán a cabo actividades informativas específicas necesarias a fin de lograr una

verdadera participación ciudadana, como lecturas relevantes, infografías y

explicaciones útiles sobre las competencias, las políticas y las prioridades de la UE.

Tarea 2: Relaciones con los medios de comunicación y los multiplicadores locales

EUROPE DIRECT deberá establecer contactos periódicos y se esforzará por

conseguir vínculos sólidos con los medios de comunicación y los multiplicadores

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locales, como por ejemplo:

a) la prensa local y sus periodistas;

b) los canales de televisión locales y sus consejos editoriales;

c) las cadenas y los programas de radio locales;

d) los influentes en las redes sociales que estén activos en una región dada o que se

involucren en temas considerados sensibles para la región;

e) los blogueros y videoblogueros que estén activos en una región dada o que se

involucren en temas considerados sensibles para la región;

f) otros multiplicadores o líderes de opinión locales.

EUROPE DIRECT facilitará periódicamente a los medios de comunicación y a los

multiplicadores locales información y contenidos adecuados sobre las políticas y

prioridades de la UE, y procurará que se involucren en sus actividades con el público.

Tarea 3: Información sobre temas sensibles de la UE a nivel local

EUROPE DIRECT señalará a la Representación de la Comisión cualquier

preocupación o percepción local significativa de las políticas o proyectos de la UE

sobre el terreno que puedan afectar negativamente a la opinión pública local de la

UE, lo cual incluye cualquier información distorsionada o inexacta sobre la Unión

Europea emitida desde una determinada perspectiva local (distinta de la del resto del

país) que suscite tales inquietudes.

En caso de que la información inexacta esté relacionada con el Parlamento, su trabajo

o sus diputados, EUROPE DIRECT la transmitirá a la Oficina de Enlace del PE.

Antes de una visita de un Comisario o de una persona similar de alto nivel, la

Representación de la Comisión podrá consultar a EUROPE DIRECT acerca de

sensibilidades específicas sobre el terreno y, en tal caso, el centro debe ser capaz de

proporcionar un resumen conciso de la situación.

Tarea 4: La UE en los centros educativos

EUROPE DIRECT deberá ponerse en contacto con colegios e institutos de su área de

repercusión4 para promover el material pedagógico oficial acerca de la UE, tal como

el que figura en la zona de aprendizaje5, la página de educación y aprendizaje del

Parlamento6 y otros materiales oficiales elaborados por las instituciones de la UE.

EUROPE DIRECT también podrá participar en actividades directas en los colegios e

institutos y en la formación de profesores, haciendo especial hincapié en los

estudiantes de más de doce años.

4 El área en la que se llevarán a cabo las actividades de EUROPE DIRECT.

5 https://europa.eu/learning-corner/home_es.

6 https://www.europarl.europa.eu/visiting/es/estrasburgo/educacion.

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Asimismo, EUROPE DIRECT cooperará con la Oficina de Enlace del PE en la

realización de actividades dirigidas a los jóvenes, como las relacionadas con el

Evento Europeo de la Juventud7, el programa Escuela Embajadora del Parlamento

Europeo y el programa Euroscola8.

Además, EUROPE DIRECT apoyará las iniciativas «Back to school» y «Back to

university»9 facilitando el acceso de los miembros del personal de la UE a las

instituciones educativas.

Sin embargo, las actividades directas en los colegios e institutos no pueden

representar la mayor parte de las actividades de EUROPE DIRECT.

Tarea 5: Promoción de una red regional de redes

EUROPE DIRECT deberá tener una visión clara de la presencia y la misión de otras

redes de divulgación o información de la UE10 en su región, área o área de

repercusión11.

Al promover contactos regulares entre las redes, EUROPE DIRECT, en conjunción

con otras redes sobre el terreno, velará por que existan referencias cruzadas entre las

distintas redes y sus actividades, a fin de ofrecer a los ciudadanos un servicio mejor y

más simple y de tener una mejor cobertura del área.

2.3. CONTEXTO ESTRATÉGICO DE LA UE

EUROPE DIRECT llevará a cabo sus actividades teniendo en cuenta las prioridades

estratégicas de la UE para los años 2021 a 2024, tal como se enuncian en las

orientaciones políticas de la presidenta de la Comisión:

https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/political-guidelines-next-

commission_es.pdf y en otras posibles iniciativas interinstitucionales comunes sobre

las prioridades políticas acordadas por los presidentes de la Comisión, el Consejo y el

Parlamento.

7 https://www.europarl.europa.eu/european-youth-event/en/eye2020/home.html.

8 https://www.europarl.europa.eu/euroscola/en/home.html.

9 «Back to school / Back to university» es una iniciativa interinstitucional que se puso en marcha en 2004 y

2018 respectivamente, cuyo objeto es brindar a los jóvenes la oportunidad de conocer el proyecto

europeo de cerca, ya que el personal de la UE se convierte en la «cara» de la Unión durante un día. Desde

hablar de sus vidas y trayectorias profesionales hasta explicar cómo defiende la UE la sostenibilidad y la

democracia en el mundo, el personal de catorce instituciones y agencias de la Unión Europea organiza

debates interactivos con jóvenes de toda Europa. En el caso de los estudiantes, se trata de una

oportunidad privilegiada para hacer preguntas, desde las posibilidades en los ámbitos educativos y de la

juventud, hasta el trabajo y la vida en el extranjero, así como el uso de las lenguas en la UE. Esta

iniciativa también brinda a los jóvenes la oportunidad de hablar abiertamente sobre diversos temas

transfronterizos con alguien «de dentro», participar en un debate sobre el proyecto europeo, expresar con

libertad sus puntos de vista y ser escuchados.

10 En el anexo 3 figura una lista no exhaustiva de las redes de divulgación o de información de la UE.

11 Las regiones/áreas se especifican en el recuadro «Datos esenciales» que aparece al principio de la

convocatoria de propuestas, bajo el epígrafe «Regiones/áreas a las que se dirige la convocatoria».

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Deberán tenerse en cuenta estas orientaciones políticas, y las que puedan seguir para

2025, junto con las recomendaciones sobre comunicación que presentó la Comisión

en la reunión informal de los dirigentes de la Europa de los Veintisiete de Sibiu

(Rumanía), en mayo de 2019, tal como se describe en la página 51 del documento

siguiente:

https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/comm_sibiu_06-05_es.pdf

A la hora de llevar a cabo las actividades, EUROPE DIRECT deberá garantizar que

las prioridades estratégicas anteriormente mencionadas, junto con las citadas

recomendaciones de Sibiu, se arraiguen en las características locales específicas y se

acomoden a ellas.

Todos los años, a la hora de elaborar su plan de comunicación anual (véase el

apartado 10), la Comisión requerirá a EUROPE DIRECT que centre sus actividades

en determinadas prioridades estratégicas concretas y en cualquier otra adicional que

haya surgido entre tanto, en particular las que haya acordado con el Parlamento. De

ser este el caso, EUROPE DIRECT deberá ajustar en consecuencia el plan de

comunicación anual en cuestión.

Cláusula de flexibilidad: Cada año, podrá pedirse a EUROPE DIRECT que

reoriente o ajuste, en la medida de lo posible, su plan de comunicación anual

para tener en cuenta las nuevas necesidades de comunicación que surjan y que no

podían definirse en el momento de la elaboración de dicho plan.

En tales casos, la Comisión comunicará oportunamente esta información a

EUROPE DIRECT, el cual adaptará entonces sus actividades de comunicación,

por ejemplo, sustituyendo o reorganizando las actividades previstas.

Estas peticiones podrán afectar a lo siguiente:

a) los grupos destinatarios de las actividades de información y participación;

b) asuntos concretos («temas candentes») que surjan de cambios políticos y

sociales;

c) temas derivados de la Conferencia sobre el Futuro de Europa12. EUROPE

DIRECT deberá estar preparado para dedicar una parte de las actividades de

participación al diálogo estructurado con el público en general que se derivará de

las actividades de la Conferencia sobre el Futuro de Europa, en una modalidad

que será definida por la Comisión y a nivel interinstitucional.

Las prioridades anuales para 2021 son las siguientes:

1. «Un Pacto Verde Europeo»:

https://ec.europa.eu/info/strategy/priorities-2019-2024/european-green-deal_es.

2. «Una Europa adaptada a la era digital»:

https://ec.europa.eu/info/strategy/priorities-2019-2024/europe-fit-digital-age_es.

12 La Conferencia sobre el Futuro de Europa empieza en 2020 y se prolongará en 2021 y 2022. Puede

obtenerse más información al respecto en: https://ec.europa.eu/info/publications/commissions-

contribution-shaping-conference-future-europe_es.

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Además, en 2021, en el plazo de un mes a partir del comienzo de las actividades, el

socio que hospede al centro EUROPE DIRECT organizará un acto de promoción con

la participación de los ciudadanos y de los medios de comunicación regionales y

locales para dar a conocer a la comunidad local la existencia de EUROPE DIRECT.

2.4. EUROPE DIRECT – REQUISITOS BÁSICOS

Todos los EUROPE DIRECT deberán tener:

a) un espacio reconocible que incluya un centro de visitantes (en lo sucesivo, «la

sede de EUROPE DIRECT»), que deberá contar con una placa13 fijada en la

entrada principal del edificio, a nivel de calle, con el nombre de EUROPE

DIRECT, acompañada de otra placa, situada lo más cerca posible de la primera,

en la que consten el horario o las modalidades de cita, así como el número del

teléfono de contacto. El centro de visitantes deberá gozar de una visibilidad

elevada, disponer de una zona para acoger a los visitantes, exponer materiales

relacionados con la UE y con acceso a un ordenador con conexión a internet;

b) una línea telefónica y una dirección de correo electrónico específicas;

c) presencia en internet14.

Todos los EUROPE DIRECT deberán:

d) respaldar las actividades de comunicación y participación organizadas por la

Representación de la Comisión y la Oficina de Enlace del PE, incluido el

desarrollo de la comunidad together.eu;

e) responder a peticiones individuales de reunión;

f) contestar a preguntas de los ciudadanos o bien derivarlos a las redes de la UE

pertinentes o al centro de contacto Europe Direct15;

g) interactuar con el público a través de las redes sociales;

h) distribuir publicaciones, información, vídeos o mensajes de la UE;

i) utilizar un instrumento de encuesta de satisfacción que proporcionará la

Comisión para evaluar las actividades de EUROPE DIRECT;

j) presentar informes mensuales en inglés sobre las actividades de su centro

EUROPE DIRECT16 a través de una herramienta de presentación de informes

vía internet facilitada por la Comisión.

13 Placa que facilitará la Comisión cuando comiencen las actividades EUROPE DIRECT. Si la colocación

de la placa requiere una autorización oficial, el socio deberá obtener la autorización correspondiente.

14 El anexo 4 recoge las orientaciones generales sobre normas mínimas para la presencia en internet.

15 Más información sobre la red de centros de contacto Europe Direct: https://europa.eu/european-

union/contact/call-us_es

16 Conforme a los requisitos establecidos en el plan de comunicación anual (véase el apartado III, parte 2,

del anexo 1).

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2.5. COMPROMISO DE LOS SOCIOS DE CARA A APOYAR A EUROPE

DIRECT

El socio seleccionado se compromete a apoyar a su EUROPE DIRECT como sigue:

a) deberá velar por que EUROPE DIRECT facilite una información sobre la UE

neutral, precisa y que se ajuste a los hechos, y que no se utilice, ni parezca

que se utiliza, con fines que no se correspondan con la misión de EUROPE

DIRECT;

b) deberá utilizar sistemáticamente el nombre, el logotipo y otras formas de

identificación de EUROPE DIRECT que ofrezca la Comisión, en todos los

productos y durante todas las actividades;

c) deberá velar por que EUROPE DIRECT esté dirigido por un responsable que

cumpla los requisitos pertinentes, que se detallan en el apartado 8.2;

d) deberá asegurarse de que EUROPE DIRECT tenga acceso a los locales de

reunión, de modo que puedan llevarse a cabo las actividades que requieran

espacio de reunión, tal como se indica en el plan de comunicación anual;

e) deberá garantizar que las actividades de EUROPE DIRECT se lleven a cabo

adecuadamente desde el primer mes del año correspondiente, con

independencia de que el 70 % de la prefinanciación se abone en el primer

trimestre de ese año, seguido de un pago final al año siguiente17;

f) deberá poner sus propias colaboraciones con los medios de comunicación y

contactos útiles a disposición de EUROPE DIRECT y garantizar una relación

fructífera entre EUROPE DIRECT y los medios de comunicación regionales y

locales;

g) deberá garantizar que los ciudadanos involucrados en actividades de

EUROPE DIRECT disfruten de ellas de forma gratuita;

h) deberá poner sus propios medios y capacidades de comunicación (por

ejemplo, oficinas de prensa y comunicados de prensa) a disposición de

EUROPE DIRECT;

i) deberá fijar una placa [véase el apartado 2.4, letra a)] en la entrada principal

del edificio en el que esté ubicada la sede de EUROPE DIRECT;

j) deberá asegurarse de que el responsable de EUROPE DIRECT asista a las

reuniones de coordinación o formación que organice la Representación de

la Comisión y la propia Comisión en Bruselas18;

17 En 2021, el primer mes de actividades será mayo y se pagará la prefinanciación en el segundo trimestre

del año.

18 En el caso de una reunión anual o un seminario de formación celebrados en uno de los países de la UE,

la Comisión solo se hará cargo de los gastos de alojamiento. La Comisión sufragará los gastos de viaje

y alojamiento relacionados con otras reuniones o cursos de formación. En el caso de la reunión anual

celebrada en España, la Representación solo se hará cargo de los gastos de alojamiento.

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k) deberá comunicar lo antes posible a la Representación de la Comisión

cualquier eventual problema que surja al implantar el plan de comunicación

anual;

l) garantizar la continuidad de los servicios en circunstancias excepcionales:

el socio, de acuerdo con la Representación de la Comisión, deberá adaptar,

siempre que sea posible y sin retrasos injustificados, las actividades que

figuran en el Plan de Comunicación Anual para que puedan realizarse

utilizando exclusivamente los formatos en línea y recurriendo en mayor

medida a las redes sociales. Es esencial que EUROPE DIRECT continúe

trabajando con sus colaboradores sobre el terreno, para garantizar así la

continuidad de sus servicios.

2.6. CLÁUSULA DE INDEPENDENCIA

EUROPE DIRECT trabajará en estrecha colaboración con la Representación de la

Comisión y la Oficina de Enlace del Parlamento Europeo. Sin embargo, debe quedar

claro que no representa a la Unión Europea ni habla en su nombre.

EUROPE DIRECT deberá asegurarse de transmitir en todo momento las actuaciones

y las posturas de la UE con tanta precisión como sea posible, y de ejercer las

actividades de comunicación con neutralidad, ajustándose a los hechos y de manera

imparcial. También deberá explicar al público el papel que desempeña.

En caso de que el responsable de EUROPE DIRECT decida presentarse a las

elecciones nacionales o europeas, el socio deberá informar de ello a la

Representación de la Comisión sin demora. Además, el socio deberá suspender al

responsable de EUROPE DIRECT durante el tiempo que sea necesario y proponer un

sustituto adecuado.

3. CALENDARIO

Etapas

Fechas provisionales

a) Publicación de la convocatoria 30.06.2020

b) Plazo de consultas (envío de preguntas) 08.10.2020

c) Plazo de presentación de las solicitudes 20.10.2020 a las 17:00

(hora peninsular)

d) Comunicación a los solicitantes del resultado del

procedimiento

10.03.2021

e) Firma del convenio marco de colaboración y del

convenio específico de financiación para 2021

31.03.2021

f) Entrada en vigor del convenio marco de

colaboración y del convenio específico de

financiación para 2021

01.05.2021

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4. PRESUPUESTO DISPONIBLE

El presupuesto total destinado a la cofinanciación de proyectos (subvenciones para

cofinanciar EUROPE DIRECT y subvenciones extraordinarias para un acto de

promoción en 2021) en el marco de la presente convocatoria de propuestas para el primer

año de ejecución (2021) ascenderá a 976.800 EUR.

Este importe está sujeto a la disponibilidad presupuestaria una vez que la Autoridad

Presupuestaria de la UE haya adoptado el presupuesto de la Unión para 2021.

Las disponibilidades presupuestarias de los años siguientes estarán sujetas al presupuesto

anual de la UE correspondiente que adopte la Autoridad Presupuestaria de la UE.

El importe de cada subvención para los años 2022-2025 se elevará a 34.200 EUR.

El importe de cada subvención para 2021 se elevará a 22.800 EUR.

Además, se concederá en 2021 una subvención extraordinaria para un acto de promoción

de EUROPE DIRECT por valor de 3.600 EUR.

La Comisión se reserva el derecho de elaborar una lista de reserva en la que incluya a los

solicitantes admisibles para los que no disponga de presupuesto suficiente. En caso de

que disponga posteriormente de créditos presupuestarios adicionales, la Comisión podrá

ponerse en contacto con dichos solicitantes en el orden de prelación de la lista y de

acuerdo con las disposiciones sobre prioridad regional indicadas en el apartado 9.1.

La Comisión se reserva el derecho de no distribuir todos los fondos disponibles.

5. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

Para ser admisibles, las solicitudes deberán cumplir los requisitos siguientes:

deberán enviarse por medio del formulario de solicitud y del sistema de

presentación electrónica al que se refiere el apartado 14;

deberán enviarse antes de que finalice el plazo que se indica en el apartado 3, y

deberán estar redactadas en español.

El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a la denegación de la solicitud.

6. CRITERIOS DE ADMISIBILIDAD

6.1. Candidatos admisibles

Podrá presentar propuestas cualquiera de los solicitantes siguientes:

- un organismo público, como una autoridad local/regional, o bien

- un organismo privado con una misión de servicio público19

19 Un ente del sector privado encargado de una labor de servicio público puede ser reconocido como tal por

una ley nacional del país de registro. A falta de esa ley, el servicio ordenador tendrá en cuenta, entre

otras cosas, los siguientes factores a la hora de decidir si un solicitante se ajusta a la definición:

- si el solicitante es una entidad totalmente sin ánimo de lucro (es decir, no tiene ningún interés comercial),

o

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Las personas físicas no serán admisibles.

Se permite que haya entidades asociadas que proporcionen financiación sin convertirse

en beneficiarios (para más información sobre las entidades asociadas, véase el apartado 4

de la Guía del solicitante:

https://ec.europa.eu/info/funding-tenders/opportunities/portal/screen/opportunities/topic-

details/ed-es-2020

País de establecimiento

Solo se aceptarán las solicitudes de entidades jurídicas establecidas en España.

Documentos justificativos

Los solicitantes, incluidas las entidades asociadas, si procede, que deseen presentar una

propuesta para la presente convocatoria de propuestas deberán estar inscritos en el

registro de participantes (un registro en línea de las organizaciones o entidades que

participan en licitaciones o convocatorias de propuestas de la Comisión) (en lo sucesivo,

«los participantes»).

Al registrarse, los participantes reciben un código único de identificación de participante

(CIP) de nueve dígitos. Solo tienen que registrarse una vez; pueden actualizar o reutilizar

la información que hayan facilitado para otras futuras licitaciones o convocatorias de

propuestas de la Comisión.

Los servicios de validación de la Agencia Ejecutiva de Investigación (en lo sucesivo,

«los servicios de validación de la UE») podrán ponerse en contacto con el participante y

solicitarle los documentos justificativos sobre la personalidad y el régimen jurídicos en

cualquier momento durante el procedimiento de concesión de subvenciones. Si es preciso

pedir documentación al participante, dicha solicitud se le hará llegar a su dirección

electrónica mediante el sistema de mensajería del registro. Por tanto, es responsabilidad

del solicitante facilitar una dirección de correo electrónico válida y consultarla con

regularidad.

Los documentos que pueden solicitar los servicios de validación de la UE se enumeran

en el documento EU Grants and Tenders Rules on Legal Entity Validation, LEAR

appointment and Financial Capacity assessment («Subvenciones y licitaciones de la UE.

Normas de validación de las entidades jurídicas, designación de LEAR y evaluación de la

capacidad financiera»).

Una petición de documentos justificativos no implica en modo alguno que el

solicitante haya sido elegido.

- si su presupuesto para esta labor procede esencialmente del Estado, de autoridades públicas o de otra

entidad sin ánimo de lucro, o

- si realiza sus tareas en nombre del Estado, de autoridades públicas o de un organismo sin ánimo de lucro,

y se consideran, por lo tanto, de interés público.

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7. CRITERIOS DE EXCLUSIÓN

7.1. Exclusión

Para determinar si no están sujetos a ninguno de los criterios de exclusión, los

solicitantes deberán, junto con cualquier entidad asociada, si procede, presentar una

declaración jurada en lo referente a no encontrarse en ninguna de las situaciones

contempladas en el artículo 136, apartado 1, y el artículo 141 del Reglamento Financiero

cumplimentando el modelo de declaración jurada que figura en el anexo 2.

Esta obligación podrá cumplirse de una de las maneras siguientes:

i) el solicitante firmará una declaración en su nombre y en el de sus entidades

asociadas, o

ii) el solicitante y cada entidad individual (sus entidades asociadas) firmarán una

declaración separada en nombre propio.

7.2. Exclusión de la convocatoria de propuestas

El ordenador de pagos no concederá subvenciones a aquel solicitante que:

(a) se encuentre en alguna de las situaciones de exclusión indicadas en la declaración

jurada (véase el anexo 2), o

(b) haya presentado falsas declaraciones en la información exigida para participar en

el procedimiento o no haya presentado dicha información, o

(c) haya participado previamente en la preparación de los documentos utilizados en

el procedimiento de adjudicación, cuando esta participación suponga una violación del

principio de igualdad de trato, incluido el falseamiento de la competencia, que no pueda

solucionarse de otro modo.

Los mismos criterios de exclusión se aplican a las entidades afiliadas.

Podrán imponerse sanciones administrativas (exclusión) a los solicitantes, a las entidades

afiliadas, según proceda, si se demostrara que las declaraciones o la información

facilitadas para participar en el presente procedimiento son falsas.

8. CRITERIOS DE SELECCIÓN

8.1. Capacidad financiera

Los solicitantes deberán disponer de fuentes de financiación estables y suficientes para

mantener su actividad a lo largo de toda la duración de la subvención, y deberán

participar en la cofinanciación del plan de comunicación anual de EUROPE DIRECT.

La capacidad financiera de los solicitantes se evaluará con arreglo a una declaración

jurada. Para ello, el solicitante firmará una declaración jurada.

En caso de tener dudas sobre la capacidad financiera, la Comisión pedirá información

adicional.

En caso de considerar que la capacidad financiera es insuficiente, la Comisión

desestimará la solicitud.

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8.2. Capacidad operativa

Los solicitantes deberán contar con las competencias profesionales y las cualificaciones

adecuadas necesarias para realizar las actividades propuestas, lo cual incluye:

la capacidad de albergar la «sede de EUROPE DIRECT» del modo expuesto en la

convocatoria de propuestas [véase el apartado 2.4, letra a)];

una experiencia de trabajo, en los últimos dos años, en comunicación pública o en

un ámbito relacionado con los objetivos de la convocatoria de propuestas;

un responsable de EUROPE DIRECT que reúna las condiciones y asuma las

responsabilidades siguientes:

Responsabilidades

actuar como principal persona de contacto de EUROPE DIRECT;

elaborar y ejecutar el plan de comunicación anual;

informar sobre la ejecución del plan de comunicación anual;

supervisar toda la comunicación interna y externa de EUROPE DIRECT;

gestionar y coordinar diariamente las actividades de EUROPE DIRECT;

asistir a cursos de formación o reuniones y actos organizados por la Comisión.

Condiciones

experiencia previa como gestor de proyectos (3 años);

buen conocimiento de la UE, sus instituciones y órganos y sus actividades;

nivel de hablante nativo o equivalente en español;

buenas capacidades lingüísticas escritas y orales en español;

nivel B2 de inglés, según se describe en el Marco Común Europeo de Referencia

para las Lenguas.

Documentos justificativos

Para determinar si el solicitante cumple los criterios anteriores, este deberá presentar los

documentos siguientes:

- una declaración jurada (véase el anexo 2);

- la descripción de la sede de EUROPE DIRECT, concretamente la ubicación,

la finalidad (facilitar información, organizar actos o ambas cosas), el

equipamiento y el tipo de local que vaya a albergar a EUROPE DIRECT20;

- la descripción21 de logros anteriores y actuales en comunicación pública o en

algún campo relacionado con los objetivos de la convocatoria de propuestas

20 La descripción no deberá extenderse más de una (1) página (incluida, en su caso, una representación

visual).

21 La descripción no deberá extenderse más de una (1) página.

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de los últimos dos años, incluidos resultados, calendario, objetivos,

principales audiencias, mensajes, canales y recursos;

- CV en formato Europass22 del responsable propuesto para EUROPE DIRECT.

La Representación de la Comisión podrá pedir al solicitante que presente pruebas

adicionales durante la evaluación de la solicitud o después de ella.

9. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

9.1. Criterios de adjudicación para el convenio marco de colaboración y

el convenio específico de financiación que cubren el Plan de

Comunicación Anual de 2021

Las propuestas admisibles se evaluarán con arreglo a los criterios siguientes:

La parte 1 de la propuesta, es decir, la descripción del área de repercusión y de las

cualidades singulares del solicitante, se evaluará con arreglo a los criterios siguientes:

1. Calidad de la descripción del área de repercusión (véase el apartado III.1.1

del formulario de solicitud, anexo 1), en lo relativo tanto a la cobertura

(número de características locales específicas tomadas en consideración) y al

análisis (nivel de detalle y conocimiento de los retos vinculados a cada

característica local específica), como a la pertinencia de los elementos

descritos en relación con las competencias de la UE y sus prioridades políticas

(puntuación máxima: 20 puntos).

2. Pertinencia de las cualidades singulares del solicitante (véase el

apartado IIII.1.2 del formulario de solicitud, anexo 1) a efectos de abordar las

necesidades de comunicación y participación de los ciudadanos en el área de

repercusión concreta ((véase el apartado III.1.1 del formulario de solicitud,

anexo 1) (puntuación máxima: 20 puntos).

¿Es la entidad (del solicitante) que acogerá a EUROPE DIRECT un entorno

adecuado y pertinente para las actividades de EUROPE DIRECT?

¿Están las conexiones del solicitante con las organizaciones locales de la

sociedad civil lo suficientemente acreditadas y son adecuadas para llegar al

público destinatario en el área de repercusión?

La parte 2 de la propuesta, es decir, el Plan de Comunicación Anual de 2021, se evaluará

con arreglo a los criterios siguientes:

3. Calidad del plan de comunicación anual y cobertura apropiada de las cinco

tareas y de las prioridades de comunicación anuales (véanse los apartados 2.2

y 2.3) (puntuación máxima: 30 puntos).

4. Coherencia del plan de comunicación anual con la descripción del área de

repercusión y con las cualidades singulares del solicitante (puntuación

máxima: 30 puntos).

22 https://europass.cedefop.europa.eu/.

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Las propuestas con una puntuación por debajo del 60% en cualquiera de los cuatro

criterios de adjudicación mencionados anteriormente (puntuación total para cada uno de

los cuatro criterios de adjudicación) no se tendrán en cuenta. La misma regla se aplica a

las propuestas que obtengan una puntuación inferior al 70% de la puntuación total

máxima posible.

La convocatoria tiene por objeto establecer el número mínimo siguiente de EUROPE

DIRECT en cada una de las regiones/áreas siguientes (siempre que existan solicitudes en

cada región/área que cumplan los niveles mínimos de calidad establecidos en el

apartado 9):

Andalucía: 6

Aragón: 2

Principado de Asturias: 1

Illes Balears: 1

Canarias: 2

Cantabria: 1

Castilla y León: 4

Castilla-La Mancha: 3

Cataluña: 3

Comunitat Valenciana: 2

Extremadura: 2

Galicia: 2

Comunidad de Madrid: 1

Región de Murcia: 1

Comunidad Foral de Navarra: 1

País Vasco: 2

La Rioja: 1

Ciudad Autónoma de Ceuta: 1

Ciudad Autónoma de Melilla: 1

Las solicitudes se clasificarán en función del mérito, es decir, según la puntuación

recibida. En caso de que la Comisión reciba varias propuestas de la misma región/área,

adjudicará la subvención a la propuesta con mayor puntuación de la región/área en

cuestión. Posteriormente, la Comisión hará otra ronda y concederá una subvención a la

propuesta con la segunda puntuación más alta de la región/área en cuestión hasta que se

haya alcanzado el número mínimo de EUROPE DIRECT para una región/área dada

(según consta en el recuadro de «Datos esenciales») o hasta que se haya alcanzado el

límite del presupuesto anual destinado a la cofinanciación de las actividades de

comunicación de EUROPE DIRECT en España. Una vez que se haya adjudicado el

número mínimo de EUROPE DIRECT conforme a las citadas disposiciones de prioridad,

la Comisión concederá subvenciones a las propuestas que hayan obtenido la puntuación

más alta (independientemente de la región/área) hasta alcanzar el límite del presupuesto

anual destinado a la cofinanciación de las actividades de comunicación de EUROPE

DIRECT en España.

Si el presupuesto no puede cubrir el número mínimo de EUROPE DIRECT en todas las

regiones especificadas anteriormente, la Comisión concederá subvenciones a las

propuestas que hayan obtenido la puntuación más alta en la última ronda hasta alcanzar

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el límite del presupuesto anual destinado a la cofinanciación de las actividades de

comunicación de EUROPE DIRECT en España.

Las propuestas que hayan obtenido una puntuación suficiente para ser tomadas en

consideración, pero que no puedan subvencionarse por falta de presupuesto, se

consignarán en una lista de reserva. En caso de que se disponga posteriormente de

créditos presupuestarios adicionales, la Comisión podrá ponerse en contacto con estos

solicitantes en el orden de prelación de la lista y de acuerdo con las disposiciones sobre

prioridad regional que se han expuesto.

9.2. Criterios de adjudicación para los convenios específicos de

financiación. Planes de comunicación anuales de 2022 a 2025

1. Calidad del plan de comunicación anual y cobertura adecuada de las cinco

tareas y de las prioridades de comunicación anuales (véanse los apartados 2.2

y 2.3) (puntuación máxima: 50 puntos).

2. Coherencia del plan de comunicación anual con la descripción del área de

repercusión y de las cualidades singulares del solicitante (puntuación máxima:

50 puntos).

Las propuestas con una puntuación por debajo del 60% en cualquiera de los criterios de

adjudicación mencionados anteriormente (puntuación total para cada uno de los dos

criterios de adjudicación) no se tendrán en cuenta. La misma regla se aplica a las

propuestas que obtengan una puntuación inferior al 70% de la puntuación total máxima

posible.

10. COMPROMISOS JURÍDICOS

Si se selecciona la solicitud, se enviará al solicitante un convenio marco de colaboración

que detalle las condiciones de la colaboración, junto con información sobre el modo de

formalizar el acuerdo.

La Representación de la Comisión firmará un convenio marco de colaboración con los

solicitantes seleccionados (1 de mayo de 2021 - 31 de diciembre de 2025), al que seguirá

un convenio específico de financiación para el Plan de Comunicación Anual de 2021. A

su debido tiempo, se facilitará a los solicitantes seleccionados el borrador del texto del

acuerdo.

La concesión de una subvención anual no crea derechos para años posteriores.

Cada año, dentro del periodo amparado por el convenio marco de colaboración, la

Representación de la Comisión invitará a los socios a presentar propuestas para el plan de

comunicación anual del año siguiente. La Representación evaluará las propuestas que se

presenten con arreglo a los criterios de adjudicación (véase el apartado 9.2). Los

convenios específicos de financiación anuales pueden ser firmados a reserva de una

evaluación positiva de la propuesta.

En tal caso, no volverán a examinarse los criterios de exclusión y de selección. Los

socios deberán comunicar cualquier cambio de circunstancias que se produzca desde la

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firma del convenio marco de colaboración que pudiera afectar a los criterios de exclusión

y de selección.

La Representación de la Comisión se reserva el derecho a verificar el cumplimiento de

los criterios de exclusión y de selección en todo momento durante la vigencia del

convenio marco de colaboración.

Calendario indicativo de los compromisos jurídicos:

Año/convenio Presentación

de la

propuesta

Notificación

de la

adjudicación

Firma Inicio/fin

Convenio marco

de colaboración

Presentada en

respuesta a la

presente

convocatoria

de propuestas

En el primer

trimestre de

2021

En el

primer/segundo

trimestre de

2021

Del 1 de mayo de

2021 al 31 de

diciembre de 2025

Convenio

específico de

financiación para

2021

Presentada en

respuesta a la

presente

convocatoria

de propuestas

En el primer

trimestre de

2021

En el

primer/segundo

trimestre de

2021

Del 1 de mayo de

2021 al 31 de

diciembre de 2021

Convenio

específico de

financiación para

2022

Presentada en

respuesta a la

invitación a

presentar

propuestas

Antes de que

finalice 2021

En el primer

trimestre de

2022

Del 1 de enero de

2022 al 31 de

diciembre de 2022

Convenio

específico de

financiación para

2023

Presentada en

respuesta a la

invitación a

presentar

propuestas

Antes de que

finalice 2022

En el primer

trimestre de

2023

Del 1 de enero de

2023 al 31 de

diciembre de 2023

Convenio

específico de

financiación para

2024

Presentada en

respuesta a la

invitación a

presentar

propuestas

Antes de que

finalice 2023

En el primer

trimestre de

2024

Del 1 de enero de

2024 al 31 de

diciembre de 2024

Convenio

específico de

financiación para

2025

Presentada en

respuesta a la

invitación a

presentar

propuestas

Antes de que

finalice 2024

En el primer

trimestre de

2025

Del 1 de enero de

2025 al 31 de

diciembre de 2025

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19

11. DISPOSICIONES FINANCIERAS

11.1. Modalidad de la subvención

La subvención para el Plan Anual de Comunicación se hará mediante el pago de una

cantidad global que ascenderá a 34.200 EUR.

La subvención para 2021 ascenderá excepcionalmente a 22.800 EUR teniendo en cuenta

que la accion comenzará el 1 de mayo y cubrirá, por lo tanto, 8 meses de actividades

EUROPE DIRECT.

La subvención se abonará a condición de que el plan de comunicación anual se ejecute de

acuerdo con la propuesta presentada.

Además, se concederá en 2021 una subvención extraordinaria, una contribución de

importe fijo, para un acto de promoción de EUROPE DIRECT por valor de 3.600 EUR.

La subvención se abonará a condición de que el acto tenga lugar con arreglo a las

condiciones establecidas en las prioridades anuales para 2021 que se establecen en el

apartado 2.3.

11.2. Presupuesto equilibrado

El presupuesto estimativo de la acción que se incluya en el formulario de solicitud deberá

estar equilibrado. Deberá tener un equilibrio de ingresos y gastos.

El presupuesto se expresará en euros.

El solicitante deberá asegurarse de no contar con que la subvención de la UE aporte

íntegramente los recursos necesarios para llevar a cabo la acción.

La cofinanciación de la acción podrá revestir la forma de:

recursos propios del beneficiario,

contribuciones financieras de terceros.

La cofinanciación general también podrá incluir contribuciones en especie de terceros, es

decir, recursos no financieros puestos a disposición del beneficiario o del consorcio de

forma gratuita por terceros.

11.3. Cuantía total de la subvención

La Comisión calculará la cuantía final de la subvención en el momento del pago del

saldo. Este proceso implica los pasos siguientes:

La Comisión determina si las acciones se han llevado a cabo con arreglo a la

propuesta.

El pago del saldo equivale al importe de la subvención al que se ha descontado la

prefinanciación.

La Comisión podrá reducir el importe de la subvención en el caso de que la

acción no haya sido ejecutada correctamente (es decir, en caso de que no se haya

ejecutado o se haya ejecutado de forma incorrecta, parcial o tardía), o si se

hubiera vulnerado cualquier otra obligación prevista en el convenio.

El importe de la reducción será proporcional al grado en el que la acción no se

haya ejecutado.

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11.4. Disposiciones de pago y de notificación

El beneficiario podrá solicitar los pagos que se indican a continuación siempre que se

apliquen debidamente las medidas previstas en el plan de comunicación anual y se

cumplan las condiciones del convenio de financiación (por ejemplo, los plazos de pago).

Las solicitudes de pago deberán ir acompañadas de los documentos indicados a

continuación y detallados en el convenio de financiación.

Solicitud de pago Documentos adjuntos Plazos de los pagos

Un pago de prefinanciación

correspondiente al 70 % del

importe de la subvención

concedida

El convenio

específico de

financiación firmado

En el plazo de treinta

días naturales desde la

entrada en vigor del

convenio específico de

financiación (el convenio

específico entra en vigor

en la fecha en la que lo

firme la última parte)

Pago del saldo

La Comisión establecerá el

importe de este pago con

arreglo al cálculo del importe

final de la subvención (véase el

apartado 11.3).

El informe anual

sobre la ejecución del

plan de comunicación

anual y documentos

de apoyo pertinentes

En el plazo de sesenta

días naturales tras la

presentación del pago del

saldo (el beneficiario

dispone de sesenta días

naturales para presentar

el pago del saldo tras el

fin del período de

notificación)

11.5. Otras condiciones financieras

a) Subvenciones no acumulables

Cada acción solo podrá recibir una subvención con cargo al presupuesto de la UE.

b) Falta de retroactividad

No podrá concederse ninguna subvención con efectos retroactivos a acciones ya

finalizadas.

Solo podrá concederse una subvención a una acción ya iniciada en caso de que el

solicitante pueda demostrar en la solicitud de la subvención que es necesario

poner en marcha la acción antes de que se firme el convenio de financiación.

En tales casos, no se financiarán los costes admisibles habidos antes de la fecha

de presentación de la solicitud de subvención.

c) Ejecución de los contratos de ejecución o subcontratación

Cuando la ejecución de la acción exija la concesión de contratos públicos

(«contratos de ejecución»), el beneficiario podrá adjudicar el contrato al licitador

que presente la oferta económicamente más ventajosa o el precio más bajo (según

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corresponda), conforme a sus prácticas comerciales habituales y evitando

conflictos de intereses.

El beneficiario deberá documentar claramente el procedimiento de adjudicación y

conservar los documentos justificativos para una posible auditoría.

Asimismo, los beneficiarios podrán subcontratar tareas que formen parte de la

acción. En tal caso, deberán velar por que, además de las condiciones ya

mencionadas de la mejor relación calidad-precio y la ausencia de conflictos de

intereses, se cumplan las condiciones siguientes:

a) que la subcontratación no cubra tareas fundamentales de la acción;

b) que el recurso a la subcontratación esté justificado por la naturaleza de la

acción y lo necesario para su ejecución;

c) que cualquier posible recurso a la subcontratación, en caso de no estar

previsto en la descripción de la acción y por encima de EUR 15.000, sea

comunicado por el beneficiario a la Comisión y aprobado por esta. La

Comisión podrá dar su aprobación:

i) antes de cualquier posible recurso a la subcontratación, si los

beneficiarios solicitan una modificación,

ii) tras recurrirse a la subcontratación, si esta:

se justifica específicamente en el informe técnico intermedio o final,

y

no implica modificaciones del convenio de financiación que

pudieran cuestionar la decisión de adjudicar la subvención o ser

contrarias al principio de igualdad de trato entre los solicitantes;

d) que los beneficiarios velen por que determinadas condiciones que les son

aplicables establecidas en el convenio de financiación (p. ej., visibilidad o

confidencialidad), también se apliquen a los subcontratistas.

12. PUBLICIDAD

12.1. Por parte de los beneficiarios de la subvención

Los beneficiarios han de reconocer claramente la aportación de la UE en todas las

publicaciones o en las actividades para las que se emplee la subvención.

A tal efecto, tendrán que resaltar el nombre y el emblema de la Unión Europea en todas

las publicaciones, carteles, programas y demás productos que realicen al amparo del

proyecto cofinanciado.

Por este motivo, los beneficiarios deberán:

mencionar que EUROPE DIRECT está «cofinanciado por la Unión Europea»;

colocar el emblema de la UE en un lugar destacado;

utilizar el nombre, el logotipo y otras formas de identificación de EUROPE

DIRECT facilitados por la Comisión con igual tamaño y prominencia que el logo

del socio;

fijar una placa (véase el apartado 2.4, letra a) en la entrada principal del edificio

en el que esté ubicada la sede de EUROPE DIRECT.

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Además, los beneficiarios deberán aplicar una cláusula de exención de responsabilidad

en la que declaren que la UE no es responsable de las opiniones que figuren en las

publicaciones o en relación con las actividades para las que se emplee la subvención.

En caso de que este requisito no se cumpla plenamente, la subvención del beneficiario

podrá reducirse conforme a lo dispuesto en el convenio de financiación.

12.2. Por parte de la Comisión

Toda la información relativa a las subvenciones concedidas durante un ejercicio

financiero se publicará en un sitio web de la UE a más tardar el 30 de junio del año

siguiente al ejercicio financiero en el que se hayan concedido las subvenciones.

La Comisión utilizará el Sistema de Transparencia Financiera para publicar la

información siguiente:

el nombre del beneficiario;

la dirección del beneficiario cuando este sea una persona jurídica; la región,

cuando el beneficiario sea una persona física, tal como se define en el nivel

NUTS 223, siempre que esté domiciliado en la UE, o una clasificación equivalente

si su domicilio se encuentra fuera de la UE;

el objeto de la subvención;

el importe concedido.

Ante una petición motivada y debidamente justificada del beneficiario, no se publicarán

dichos datos cuando su divulgación pueda poner en peligro los derechos y las libertades

de los interesados, que están protegidos en virtud de la Carta de los Derechos

Fundamentales de la Unión Europea, o cuando dicha divulgación resulte perjudicial para

los intereses comerciales del beneficiario.

13. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

La respuesta a cualquier convocatoria de propuestas implica el registro y el tratamiento

de datos personales (por ejemplo, nombre y apellidos, dirección y currículum). Estos

datos se tratan conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725, de

23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta

al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la

Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE)

n.º 45/2001 y la Decisión n.º 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39). Salvo

indicación en contrario, el jefe de la Representación de la Comisión Europea en España

tratará las preguntas y todos los datos personales solicitados que sean necesarios para la

evaluación de la solicitud de conformidad con la convocatoria de propuestas únicamente

para ese fin.

La Comisión podrá registrar los datos personales en la base de datos del sistema de

detección precoz y exclusión si el beneficiario se encuentra en una de las situaciones

contempladas en los artículos 136 y 141 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/104624.

Para más información al respecto, véase la declaración de privacidad en la dirección

siguiente:

23 Reglamento (CE) n.º 105/2007 de la Comisión, de 1 de febrero de 2007, por el que se modifican los

anexos del Reglamento (CE) n.º 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se

establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) (DO L 39

de 10.2.2007, p. 1). 24 https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32018R1046.

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23

14. PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Para presentar una propuesta, los solicitantes deberán consultar la dirección

https://ec.europa.eu/info/funding-tenders/opportunities/portal/screen/opportunities/topic-

details/ed-es-2020 y seguir el procedimiento correspondiente.

Las solicitudes no podrán modificarse una vez que haya expirado el plazo de

presentación. No obstante, cuando sea necesario aclarar determinados aspectos o corregir

errores materiales, la Comisión podrá ponerse en contacto con el solicitante durante el

proceso de evaluación.

La Comisión informará a los solicitantes por escrito de los resultados del proceso de

selección.

Encontrará más información sobre cómo presentar la propuesta en la Guía del solicitante,

que puede consultarse en la dirección siguiente: https://ec.europa.eu/info/funding-

tenders/opportunities/portal/screen/opportunities/topic-details/ed-es-2020.

Datos de contacto

Los candidatos deberán leer todos los documentos relacionados con la convocatoria de

propuestas, en particular los siguientes:

- la Guía del solicitante, que puede consultarse en la dirección siguiente:

https://ec.europa.eu/info/funding-

tenders/opportunities/portal/screen/opportunities/topic-details/ed-es-2020;

- la lista de preguntas y respuestas, que puede consultarse en la dirección

siguiente: https://ec.europa.eu/spain/europe-direct-call-21_es.

Para cualquier otra pregunta, los solicitantes deben enviar un correo electrónico a comm-

[email protected] mencionando la referencia de la convocatoria ED-ES-2020 en

el asunto del correo. Las preguntas deben plantearse exclusivamente por escrito hasta el

8 de octubre de 2020.

Anexos:

Anexo 1: Formulario de solicitud, incluida una lista de comprobación de los

documentos que deben presentarse.

Anexo 2: Declaración jurada.

Anexo 3: Lista de redes de divulgación o información de la UE.

Anexo 4: Orientaciones generales sobre normas mínimas para la presencia en

internet.