Convocatoria Nivel I. Técnico Deportivo de Fútbol y de Fútbol...

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ESCUELA DE ENTRENADORES CENTRO PRIVADO DE FORMACIÓN DE FÚTBOL Y FÚTBOL SALA DE LA F.C. y L.F. Pedro de Valdivia, s/n. 47195-ARROYO DE LA ENCOMIENDA (Valladolid) T. 983 100 230 F. 983 100 233 [email protected] 1 Centro privado de Formación de Fútbol y Fútbol Sala de la F.C. y L.F. Curso 2019/20 Convocatoria Nivel I. Técnico Deportivo de Fútbol y de Fútbol Sala 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. La presente convocatoria tiene por objeto establecer el proceso de admisión del alumnado, para las enseñanzas de Técnico Deportivo de Fútbol y de Fútbol Sala, Nivel I en el Centro Privado de Formación de Fútbol y Fútbol Sala de la Federación de Castilla y León de Fútbol, en Arroyo de la Encomienda (Valladolid), para el curso 2019/20. 2.- REGIMEN JURÍDICO DE LAS ENSEÑANZAS. Las enseñanzas a impartir se ajustarán a lo dispuesto en el REAL DECRETO 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la Ordenación General de las Enseñanzas Deportivas, en el REAL DECRETO 320/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en las especialidades de Fútbol y Fútbol Sala y la ORDEN EDU/966/2005, de 14 de julio, por la que se establecen los currículos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en Fútbol en la Comunidad de Castilla y León. 3.- PLAZAS DISPONIBLES. Las plazas disponibles serán de un mínimo de 20 y un máximo de 35. 4.- ACCESO. Para acceder al ciclo inicial de las enseñanzas de Técnico Deportivo de Fútbol y de Fútbol Sala.- Nivel I, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el REAL DECRETO 1362/2007, de 24 de octubre: Requisitos 1) Acreditar, mediante Certificado Médico Oficial, la aptitud para la práctica del deporte. Estarán excluidos aquellos alumnos que tengan licencia federativa con el reconocimiento médico en vigor, debiendo presentar fotocopia de la misma en el momento de la presentación de la documentación. 2) Superar las pruebas de aptitud técnica y física exigidas, en su caso. Quedarán excluidos de la prueba de acceso aquéllos que se encuentren incluidos en algunos de los supuestos siguientes: 2.1.- Futbolistas que en el plazo de los últimos dos años, hayan pertenecido al menos una temporada a la plantilla de un equipo que en la misma hubiera tomado parte en alguna competición de categoría nacional. Tal condición se acreditará mediante certificado expedido por la Real Federación Española de Fútbol. 3) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente a efectos académicos, que establece la Disposición Adicional Duodécima del REAL DECRETO 1363/2007 de 24 de Octubre de 2007, B.O.E. 08/11/2007. 4) Fotocopia del D.N.I. 5) Fotografía tamaño carnet. 5.- NUMERO DE ALUMNOS POR GRUPO Y CRITERIOS DE ADMISION. El número mínimo de alumnos por grupo será de 20 y el máximo de 35. En el supuesto de que existan más aspirantes que plazas, la preferencia de admisión será la siguiente: a) Los aspirantes que procedan de cualquier centro de la Federación de Castilla y León de Fútbol. b) Mejor puntuación de las pruebas físicas. c) Los aspirantes exentos de las pruebas físicas acceden con preferencia al resto de aspirantes. 6.- PLAZOS DE ADMISION Y MATRICULACION. Toda la documentación requerida se presentará en formato digital, en la secretaría de la Escuela de Entrenadores de la Federación de Castilla y León de Fútbol, cuyo plazo de presentación de solicitudes se establece en el periodo comprendido del 1 al 12 de julio de 2019, ambos inclusive.

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Centro privado de Formación de Fútbol y Fútbol Sala de la F.C. y L.F. Curso 2019/20

Convocatoria Nivel I. Técnico Deportivo de Fútbol y de Fútbol Sala 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el proceso de admisión del alumnado, para las enseñanzas de Técnico Deportivo de Fútbol y de Fútbol Sala, Nivel I en el Centro Privado de Formación de Fútbol y Fútbol Sala de la Federación de Castilla y León de Fútbol, en Arroyo de la Encomienda (Valladolid), para el curso 2019/20. 2.- REGIMEN JURÍDICO DE LAS ENSEÑANZAS.

Las enseñanzas a impartir se ajustarán a lo dispuesto en el REAL DECRETO 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la Ordenación General de las Enseñanzas Deportivas, en el REAL DECRETO 320/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en las especialidades de Fútbol y Fútbol Sala y la ORDEN EDU/966/2005, de 14 de julio, por la que se establecen los currículos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en Fútbol en la Comunidad de Castilla y León. 3.- PLAZAS DISPONIBLES.

Las plazas disponibles serán de un mínimo de 20 y un máximo de 35. 4.- ACCESO.

Para acceder al ciclo inicial de las enseñanzas de Técnico Deportivo de Fútbol y de Fútbol Sala.- Nivel I, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el REAL DECRETO 1362/2007, de 24 de octubre:

Requisitos

1) Acreditar, mediante Certificado Médico Oficial, la aptitud para la práctica del deporte. Estarán excluidos

aquellos alumnos que tengan licencia federativa con el reconocimiento médico en vigor, debiendo presentar fotocopia de la misma en el momento de la presentación de la documentación.

2) Superar las pruebas de aptitud técnica y física exigidas, en su caso. Quedarán excluidos de la prueba de acceso aquéllos que se encuentren incluidos en algunos de los supuestos siguientes:

2.1.- Futbolistas que en el plazo de los últimos dos años, hayan pertenecido al menos una temporada a la plantilla de un equipo que en la misma hubiera tomado parte en alguna competición de categoría nacional. Tal condición se acreditará mediante certificado expedido por la Real Federación Española de Fútbol.

3) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente a efectos

académicos, que establece la Disposición Adicional Duodécima del REAL DECRETO 1363/2007 de 24 de Octubre de 2007, B.O.E. 08/11/2007.

4) Fotocopia del D.N.I. 5) Fotografía tamaño carnet.

5.- NUMERO DE ALUMNOS POR GRUPO Y CRITERIOS DE ADMISION.

El número mínimo de alumnos por grupo será de 20 y el máximo de 35. En el supuesto de que existan más aspirantes que plazas, la preferencia de admisión será la siguiente:

a) Los aspirantes que procedan de cualquier centro de la Federación de Castilla y León de Fútbol. b) Mejor puntuación de las pruebas físicas. c) Los aspirantes exentos de las pruebas físicas acceden con preferencia al resto de aspirantes.

6.- PLAZOS DE ADMISION Y MATRICULACION.

Toda la documentación requerida se presentará en formato digital, en la secretaría de la Escuela de Entrenadores de la Federación de Castilla y León de Fútbol, cuyo plazo de presentación de solicitudes se establece en el periodo comprendido del 1 al 12 de julio de 2019, ambos inclusive.

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7.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.

7.1.- Importe inscripción pruebas y matrícula.

Cuotas del Curso

- Aquellos alumnos que estén vinculados a la estructura técnica de un club afiliado a la F.C. y L.F., y que

acrediten esta circunstancia mediante certificado expedido por el Presidente del club en cuestión, estarán becados con 200 €. Por lo que el importe FINAL que deberá abonar será de 900 € (NOVECIENTOS).

- No se contempla reducción alguna por convalidación de asignaturas o módulos. La convalidación es

siempre de carácter académico. - FORMA DE PAGO: 1.- Pruebas de acceso 100.- € (al formalizar la matrícula) 2.- PRIMER PLAZO 500.- € ó 450.- € (antes del día 4 de octubre de 2019) 3.- SEGUNDO PLAZO 500.- € ó 350.- € (antes del día 15 de diciembre de 2019)

7.2.- Contenido, estructura y evaluación pruebas de acceso

7.2.1.- Objetivo y características generales de las pruebas.

Las pruebas de acceso a las enseñanzas de Técnicos de las distintas especialidades del Fútbol tienen por objetivo que los aspirantes demuestren que poseen la condición física imprescindible y las destrezas específicas necesarias para seguir con aprovechamiento la formación elegida.

Las pruebas estarán compuestas de dos partes:

El objetivo de la primera parte de la prueba es evaluar la condición física del aspirante. Será igual para las pruebas de acceso a las enseñanzas de los Técnicos Deportivos de Fútbol y de Fútbol Sala y estará compuesta por los ejercicios que se establecen en el apartado 4 del presente anexo. La segunda parte de la prueba tendrá como objetivo evaluar las destrezas específicas fundamentales de la modalidad de Fútbol o de la especialidad de Fútbol Sala.

7.2.2.- Primera parte de la prueba de acceso de la condición física:

E J E R C I C I O S: Ejercicio 1: evaluación de la velocidad de traslación. Recorrer una distancia de 50 metros, en terreno llano, de

firme regular y de trazado recto, en el menor tiempo posible. Ejercicio 2: evaluación de la resistencia orgánica.

Recorrer una distancia de 2.000 metros en terreno liso, llano, de firme regular, en el menor tiempo posible. Ejercicio 3: evaluación de la potencia de los principales músculos extensores de las extremidades inferiores.

Salto vertical. Ejercicio 4: evaluación de la flexibilidad global del tronco y extremidades inferiores. Descalzo y con los pies

situados sobre un flexómetro, flexionar el cuerpo sin impulso, llevar los brazos simultáneamente pasándolos por entre las piernas tan atrás como sea posible. Ejercicio 5: evaluación de la potencia muscular general y sus condiciones de aplicación en las palancas óseas.

Lanzamiento de un balón medicinal hacia adelante (el peso del balón medicinal será de 5 kg para los hombres y 3 kg para las mujeres).

1.- Pruebas de acceso

Derechos 100 €

2.- Curso

Derechos de Inscripción Matrícula y Seguro 100 €

Programas y textos 150 €

Enseñanzas 700 €

3.- Diploma

Expedición del mismo 50 €

TOTAL: 1100 €

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a) Evaluación de los ejercicios.

Se considerarán superados los ejercicios de la primera parte cuando el aspirante haya:

- recorrido la distancia de 50 m. en un tiempo inferior a 8 segundos los hombres y 8,5 segundos las mujeres. (ejercicio 1),

- recorrido la distancia de 2.000 m. en un tiempo inferior a 10 minutos los hombres y 12 minutos las mujeres (ejercicio 2),

- saltado al menos 45 cm. los hombres y 35 cm. las mujeres (ejercicio 3), - realizado una flexión de al menos 30 cm. los hombres y 35 cm. las mujeres (ejercicio 4), - lanzado el balón a una distancia superior a 6 m. (ejercicio 5).

7.2.3.- Segunda parte de la prueba de acceso de la condición específica para las enseñanzas

de Técnico Deportivo en Fútbol y Fútbol Sala.

El objetivo es evaluar el nivel de ejecución de las habilidades fundamentales del Fútbol y Fútbol Sala. El aspirante tendrá que completar un circuito técnico que se realizará en un campo de Fútbol y/o Fútbol

Sala de medidas reglamentarias, utilizando balones reglamentarios de la especialidad y que incluirá, siguiendo el mismo orden, los ejercicios que se indican en este apartado y que se efectuarán o iniciarán, según el caso, en el lugar que se especifica en el gráfico: a).- Un pase largo. b).- Conducción del balón con el pie, en carrera y en línea recta. c).- Conducción del balón con el pie, en carrera y en zigzag, salvando 4 obstáculos separados 2 metros uno del otro. d).- Efectuar tiro a puerta desde fuera del área. e).- Recoger el balón del fondo de la portería y realizar una conducción elevada del balón (habilidad dinámica) hasta el vértice del área. f).- Realizar un tiro de precisión a una portería pequeña (2 m. x 1 m.), situada sobre la línea de banda. g).- Efectuar el control del balón que pasa un compañero, para realizar una pared (1-2) seguida de una conducción del balón con el pie y con cambio de dirección. h).- Impulsar el balón para pasarlo por debajo de una valla de 50 cm. de altura y saltar sobre ella. A continuación y sin detenerse, impulsar con el pie el balón para pasarlo por encima de otra valla de 50 cm. de altura distanciada 5 m. de la anterior, y pasar por debajo de ella. i).- Tres lanzamientos a puerta desde fuera del área.

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a).- Evaluación.

a) Cada evaluador valorará el conjunto de los ejercicios de 1 a 10 puntos. b) La evaluación final de esta segunda parte de la prueba de acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo en Fútbol y Fútbol Sala, se obtendrá al promediar las valoraciones aportadas por los evaluadores y se considerará superada cuando el promedio obtenido sea igual o superior a 5 ptos. y el tiempo empleado no sea superior a 3`. 8.- PLAN DE FORMACIÓN.

Bloque común.- 105 horas Bloque especifico.- 175 “ Bloque complementario.- 25 “ Bloque de formación práctica.- 150 “ CARGA HORARIO TOTAL.- 455 horas

9.- CALENDARIO PARA PRUEBAS DE ACCESO Y CURSO ACADEMICO.

9.1.- Celebración pruebas de acceso físico-técnicas. El plazo de admisión finalizará el día 12 de julio de 2019. Para ello de manera OBLIGATORIA e

INEXCUSABLE, el alumno deberá enviar el documento de “solicitud de inscripción prueba de acceso de carácter

específico” (http:// bocyl.jcyl.es/boletines/2019/05/31/pdf/BOCYL-D-31052019-20.pdf). El examen se celebrará el día

27 de septiembre de 2019, en los campos de “La Vega” (C/ Rodrigo de Triana, s/n- ARROYO DE LA ENCOMIENDA- Valladolid). El horario se notificará con suficiente antelación a través de la web oficial de la F.C. y L.F.

9.2.- Calendario académico.

De lunes a miércoles, en horario de 18:30 a 22:30 h., de Octubre a Junio, y se compondrá de tres fases.

Periodo presencial 75% y no presencial 25%, respectivamente. 9.3.- Exámenes Finales Ordinarios.

PENDIENTE DE ASIGNAR FECHAS. 10.- NORMAS ADMINISTRATIVAS Y PEDAGÓGICAS.

10.1.- Evaluación de las enseñanzas.

a) Cada asignatura del Curso será objeto de evaluaciones continuas que incidirán en la calificación final.

b) El alumno será evaluado en cada área o materia y el resultado se expresará en el Acta Final mediante

la calificación que seguirá el modelo de la escala numérica de cero a diez puntos, sin decimales.

c) La asistencia a las clases de las Asignaturas Comunes y Específicas será obligatoria en un 80% de la Carga Lectiva de cada una de las áreas o materia.

d) Los alumnos cuya falta de asistencia a clase sea superior al porcentaje expresado, no podrán

presentarse ni a la convocatoria ordinaria, ni a las extraordinarias.

e) La asistencia a la Formación Práctica será obligatoria en un mínimo del 80% de la Carga Lectiva establecida.

10.2.- Exámenes Finales Ordinarios.

Todas las Asignaturas serán objeto de Exámenes Finales Ordinarios y sólo podrán tomar parte aquellos

alumnos matriculados en el área o materia que tengan efectuada la escolaridad en el porcentaje indicado.

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10.3.- Exámenes Finales Extraordinarios.

a) Se fijan dos convocatorias de Exámenes Finales Extraordinarios y se celebrarán dentro de un plazo no

inferior a treinta días ni superior a tres meses a partir del día siguiente a la fecha de celebración de la convocatoria anterior.

b) Los alumnos que se presenten deberán abonar la cantidad de CINCUENTA (50) EUROS por cada

asignatura y convocatoria extraordinaria. 10.4.- Evaluación.

1.– La evaluación y promoción de los alumnos que cursen estas enseñanzas se regirán por lo dispuesto en el Capítulo III del Real Decreto 320/2000 de 3 de marzo y en la ORDEN ECD/454/2002, de 22 de febrero,

que establece los elementos básicos de los informes de evaluación de las enseñanzas conducentes a la obtención de las titulaciones de técnicos deportivos reguladas por el Real Decreto 1913/1997, de 19 de

diciembre, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son necesarios para garantizar la movilidad de los alumnos. 2.– La obtención del certificado de primer nivel requerirá la evaluación positiva de todos los módulos, así como del bloque de formación práctica. 3.– Los alumnos podrán promocionar al segundo nivel aunque hubieran obtenido una calificación negativa en uno o dos módulos. De haber obtenido una calificación negativa en más de dos módulos o en el bloque de formación práctica, deberán cursar únicamente los módulos o el bloque que no hubieran superado.

11.- SOLICITUD DE CONVALIDACION.

Se ajustará en todo momento a la normativa en vigor. El solicitante deberá adjuntar en la documentación de

matrícula, el documento del Anexo 5 dirigido al Director del Centro, especificando las asignaturas que desea convalidar y acompañando la fotocopia compulsada del título/s y certificado de la carga horaria y calificaciones por lo que solicita la convalidación.

Las convalidaciones de asignaturas de otros Bloques de Enseñanzas las debe realizar el Ministerio de Educación, mediante escrito del alumno dirigido al Consejo Superior de Deportes. El dictamen del Consejo Superior de Deportes, para que se pueda tener en cuenta, será enviado por el alumno a este Centro.

Este proceso de convalidación no podrá iniciarse hasta que el alumno no haya formalizado la matrícula.

12.- REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO.

Elaborado y propuesto con el consenso de todos los integrantes de la Comunidad Educativa obliga a su

más estricto cumplimiento.

13.- DOCUMENTOS EQUIVALENTES AL TÍTULO DE GRADUADO EN ESO.

a) Para acceder al Primer Nivel del grado medio de estas enseñanzas, será preciso estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente a efectos académicos.

b) Para el Título de graduado en E.S.O. serán equivalentes los siguientes títulos o enseñanzas:

Graduado en Educación Secundaria.

Haber superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente.

Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de las enseñanzas medias.

Título de Técnico Auxiliar (Formación Profesional de 1º grado)

Título de Técnico (ciclo formativo de grado medio)

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14.- NORMAS ADMINISTRATIVAS

1. A los alumnos que una vez transcurrido siete días de presentada la documentación y le faltara algún

requisito (titulación académica, certificado médico, etc...) para completar su expediente de matriculación serán automáticamente dados de baja, comunicándoselo a dichos alumnos por escrito. Esta baja implica la pérdida de todos los derechos académicos, económicos y administrativos.

2. Los solicitantes que deseen realizar el curso y no posean temporalmente un requisito pueden

matricularse de forma condicionada, para ello deben firmar el formulario-solicitud de matrícula condicionada y enviarlo junto con el resto de documentación. Caso de no presentar el requisito que falte perderá todos los derechos académicos y económicos.

3. El alumno que por cualquier circunstancia abandonara el curso una vez iniciado, perderá todos sus

derechos y no podrá reclamar devolución de cantidad alguna.

15.- FORMULARIO DE MATRICULA CONDICIONADA.

Los alumnos que por ausencia de alguno de los requisitos académicos, convalidaciones, homologaciones, equivalencia,… deben cumplimentar el anexo 4.

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Anexo.-

MODELO DE INSCRIPCIÓN SEGÚN ENLACE

(bocyl.jcyl.es/boletines/2019/05/31/pdf/BOCYL-D-31052019-20.pdf)

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Anexo.- 1

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE MATRÍCULA

CURSO DE TECNICO DEPORTIVO DE FUTBOL O FUTBOL SALA

FUTBOL

FUTBOL SALA (marcar con una x la opción seleccionada)

Solicito mi inscripción de matrícula conducente a realizar el curso de Técnico Deportivo de Fútbol o Fútbol Sala NIVEL 1, convocado por la Federación de Castilla y León de Fútbol, a celebrar durante la temporada 2019-20.

Quedo enterado de las Bases de dicho Curso, así como del régimen jurídico que se aplica, aceptando en su totalidad las condiciones mediante la presente inscripción.

______ de __________________________ de 2019

Conforme El solicitante

Fdo. __________________________________________

Nombre Apellidos F. de nacimiento Natural de D.N.I. Domiciliado Nº C.P. Localidad e-mail fax Tel. móvil Tel. fijo

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Anexo.- 2

DOCUMENTACIÓN A ENVIAR

Adjunto a la presente solicitud los siguientes documentos:

SOLICTUD DE INSCRIPCION PRUEBAS DE ACCESO. INSCRIPCION DE MATRÍCULA. FOTOCOPIA COMPULSADA DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA L.O.G.S.E. Y/O CERTIFICADO DE EQUIVALENCIA A EFECTOS ACADÉMICOS.

CERTIFICADO MEDICO OFICIAL EXPEDIDO EN EL IMPRESO DEL COLEGIO OFICIAL DE MEDICOS, EN EL QUE SE HAGA CONSTAR QUE NO PADECE DEFECTO FISICO NI ENFERMEDAD INFECTOCONTAGIOSA QUE LE IMPIDA REALIZAR LA PRÁCTICA DEL EJERCICIO FÍSICO COMO ENTRENADOR DE FUTBOL O FUTBOL SALA. FOTOCOPIA LICENCIA FEDERATIVA CON EL RECONOCIMIENTO MÉDICO EN VIGOR.

FOTOCOPIA DEL D.N.I. FOTOGRAFIA ORIGINAL Y ACTUAL TAMAÑO CARNET. RESGUARDO DEL INGRESO DE LOS DERECHOS PRUEBAS DE ACCESO (100.- €). En el recibo bancario es IMPRESCINDIBLE poner el nombre y apellidos del alumno/a. El resto del importe del curso (1.000.- €), deberá hacerlo efectivo una vez superadas las pruebas físico-técnicas. Acogiéndome a la normativa vigente adjunto fotocopia de licencia federativa como jugador en vigor

de la Federación Española de Fútbol, por lo que SOLICITO quedar exento de las Pruebas Físico Técnicas. SOLICITUD de convalidación de asignaturas con certificados académicos compulsados.

C/ C. Federación de Castilla y León de Fútbol: Unicaja ES32 2103 – 4401 – 58 – 0033029784.

En ___________________________, a _______ de __________________________ de 2019

Fdo:__________________________________________ Esta inscripción no será válida si falta algún documento de los requeridos

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Anexo.- 3

DECLARACIÓN JURADA

El/la que suscribe Don/Dña. ___________________________________________________________________

mayor de edad con D. N. I. ______________________________ y con domicilio en la calle o plaza

__________________________________________________________________________________ de

__________________________________________________, C.P. ___________ hace constar con los efectos

de DECLARACIÓN JURADA:

Primero.- Que reconozco como cierto y verdad que la FEDERACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN DE FÚTBOL a través de su CENTRO PRIVADO DE FORMACIÓN con carácter previo a mi inscripción en el CURSO DE TÉCNICO DEPORTIVO DE FÚTBOL Y FÚTBOL SALA NIVEL 1, he sido informado/a de cuantos

requisitos son necesarios para el acceso y posterior matriculación del precitado curso. Segundo.- Que reconozco como cierto y verdad que he sido informado/a de que si una vez iniciadas

las clases del precitado curso elegido, por cualquier causa o motivo, el alumno/a tuviera que interrumpir su asistencia a las clases programadas y/o no pudiera completar la escolaridad, se producirá automáticamente la pérdida al derecho a devolución del importe total de la cuota abonada, circunstancia que el/la firmante, libre y de forma voluntaria, acepta expresamente.

Y para que así conste ante quien proceda, con los efectos indicados, expido y firmo la presente

En _______________________ a _______ de _______________________________ de 2019.

Fdo. ________________________________________

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Anexo.- 4

HOMOLOGACION TITULACION ACADEMICA

DON ____________________________________________________________________________________

de nacionalidad ______________________, con número de identidad de extranjero (N.I.E.) _________________

y con domicilio en ___________________________________________________________________________

E X P O N E:

- Que me he matriculado en el curso de Técnico Deportivo en Fútbol y/o Fútbol Sala, cuya carga lectiva es de 455 horas, convocado por la Federación de Castilla y León de Fútbol para la Temporada 2019/20.

- Que en el momento de formalizar la inscripción, no reúno el requisito exigido en la convocatoria, relativo

a la titulación académica.

- Que he formalizado volante para la inscripción condicional en centros docentes o exámenes oficiales, y que declaro haber presentado solicitud de convalidación u homologación de mis estudios cursados en el sistema educativo de _____________________________, por los correspondientes españoles solicitados para el acceso al precitado curso.

- Que de no obtener dicha convalidación u homologación, acepto la anulación de matrícula del curso de Técnico Deportivo en Fútbol y/o Fútbol Sala Nivel 1 referenciado, quedando sin efecto la posible valoración académica que haya obtenido en el mismo. Sirva el presente escrito para ratificar que la aceptación de matrícula en el citado curso, está condicionada a la obtención de la titulación exigida. En caso de no conseguirla, considerarme por no matriculado, renunciando a presentar cualquier otra reclamación posterior en este sentido. Y para que así conste ante quien proceda, con los efectos indicados, expido y firmo la presente

En _______________________ a _______ de _______________________________ de 2019.

Fdo. ________________________________________

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ESCUELA DE ENTRENADORES

CENTRO PRIVADO DE FORMACIÓN DE FÚTBOL Y FÚTBOL SALA DE LA F.C. y L.F.

Pedro de Valdivia, s/n. 47195-ARROYO DE LA ENCOMIENDA (Valladolid) T. 983 100 230 F. 983 100 233 [email protected]

12

Anexo.- 5

SOLICITUD DE CONVALIDACIONES

CURSO DE TECNICO DEPORTIVO DE FUTBOL O FUTBOL SALA

FUTBOL

FUTBOL SALA (marcar con una x la opción seleccionada)

D. ____________________________________________________________, con D.N.I.

_________________, solicito la convalidación de las asignaturas del Bloque Común que se detallan a

continuación, correspondientes al Curso indicado en el encabezamiento en el cual estoy inscrito, y cuyo

desarrollo tendrá lugar en el Centro Privado de Enseñanzas Deportivas de la Federación de Castilla y León

de Fútbol durante la temporada 2019-20.

Acredito mi Titulación de ___________________________________________________________

habiendo cursado y aprobado con una carga lectiva y contenidos iguales o superiores de las asignaturas

que detallo, por lo que ruego la convalidación de las asignaturas del Bloque Común:

BASES ANATÓMICAS Y FISIOLÓGICAS DEL DEPORTE PRIMEROS AUXILIOS E HIGIENE EN EL DEPORTE BASES PSICOLÓGICAS DE LA ENSEÑANZA Y DEL ENTRENAMIENTO DEPORTIVO

FUNDAMENTOS SOCIOLÓGICOS DEL DEPORTE ENTRENAMIENTO DEPORTIVO ORGANIZACIÓN Y LEGISLACIÓN DEL DEPORTE

(marcar con una X)

Adjunto fotocopia compulsada de mi título académico y del certificado de calificaciones.

En ________________________________, ______ de _______________________ de 2019

Fdo. ______________________________________

SR. DIRECTOR DEL CENTRO PRIVADO DE ENSEÑANZAS DEPORTIVAS DE LA F.C. y L.F.

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Boletín Oficial de Castilla y León

Núm. 103 Pág. 27402Viernes, 31 de mayo de 2019

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓND. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2019, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo de Grado Medio en la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2019-2020.

La Orden EDU/133/2013 de 7 de marzo, regula la prueba de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas conducentes a la obtención de los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior, en la Comunidad de Castilla y León.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la mencionada orden, la prueba de carácter específico se convocará y organizará mediante resolución anual por la dirección general competente en materia de enseñanzas deportivas de régimen especial. En la convocatoria se establecerá el correspondiente calendario y lugar de celebración de la prueba así como el lugar y plazo para la presentación de la solicitud de inscripción, la documentación que debe acompañarla y, en su caso, los materiales necesarios que debe aportar el participante para la realización de la prueba. La convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de Castilla y León, en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en el tablón de anuncios del centro en el que se va a realizar la prueba con una antelación mínima de diez días a la apertura del plazo de inscripción en la misma.

En su virtud y de conformidad con las competencias atribuidas en el Decreto 45/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación,

RESUELVO

Primero.– Niveles de enseñanza de las pruebas.

Convocar las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo de Grado Medio en la Comunidad de Castilla y León para el curso 2019-2020 en los siguientes niveles de enseñanza:

a) Primer nivel de grado medio en Fútbol y en Fútbol Sala.

b) Ciclo inicial de grado medio en Hípica.

c) Ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo.

d) Ciclo inicial de grado medio en Salvamento y Socorrismo.

e) Ciclo inicial de grado medio en Espeleología.

CV: BOCYL-D-31052019-20

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Boletín Oficial de Castilla y LeónNúm. 103 Pág. 27403Viernes, 31 de mayo de 2019

Segundo.– Solicitudes y documentación.

1. La solicitud de inscripción en las pruebas se realizará conforme al documento n.º 1, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), dentro del trámite «Convocatoria de las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo de Grado Medio», en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en las Oficinas Generales, en la Departamental de la Consejería de Educación y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de esta Administración.

2. La solicitud se presentará por alguno de los siguientes medios:

a) De forma electrónica, a través de la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es). Para ello los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los distintos elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.

� Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

� Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con la correspondiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Consejería de Educación podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el solicitante, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información general, conforme establece el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

� El registro electrónico emitirá resguardo acreditativo de la presentación, consistente en una copia autentica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen a la misma.

� Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de mensaje de error o deficiencia de transmisión implicará que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

b) De manera presencial, preferentemente en el registro de la dirección provincial de educación de la provincia en la que va a realizarse la prueba o en cualquiera de los registros previstos en el 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

CV: BOCYL-D-31052019-20

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Boletín Oficial de Castilla y LeónNúm. 103 Pág. 27404Viernes, 31 de mayo de 2019

c) Por telefax, en los términos y con los requisitos exigidos por el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se declaran los números telefónicos oficiales, en la Oficina Departamental de Información y Atención al Ciudadano, al número de telefax 983411050.

3. Quienes aleguen algún tipo de discapacidad podrán solicitar la adaptación de la prueba o los recursos adicionales que se estimen necesarios en el formulario de solicitud.

4. Los aspirantes deberán aportar la siguiente documentación junto a la solicitud:

a) Copia del pasaporte si el solicitante se identifica con este documento.

b) Sólo para el supuesto de que el acceso general a las enseñanzas convocadas se haya producido sin los requisitos académicos especificados en el artículo 29 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, certificado de superación de la prueba de acceso al grado medio de las enseñanzas deportivas y a las formaciones deportivas de nivel I.

c) Para el acceso al ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo, copia del certificado académico oficial de superación del ciclo inicial del Grado Medio en Hípica.

d) En el caso de que se alegue discapacidad, el solicitante deberá indicar en la solicitud de inscripción la Comunidad Autónoma en la que dicha circunstancia haya sido reconocida.

5. La Consejería de Educación verificará la exactitud del D.N.I. o N.I.E. y comprobará la titulación académica exigida para participar en la prueba, así como la alegación de discapacidad declaradas por el solicitante en la solicitud, de conformidad con la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Tercero.– Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes de inscripción, se presentarán entre el 1 y el 12 de julio de 2019, ambos incluidos.

Cuarto.– Tramitación de las solicitudes.

1. El día 26 de agosto de 2019 se publicará en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, y de la Consejería de Educación, siendo asimismo objeto de publicidad el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en los tablones de anuncios de las sedes en las que van a celebrarse las pruebas, la resolución de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial con la relación de solicitantes cuyas solicitudes no reúnen todos los requisitos exigibles, para que en un plazo de diez días hábiles subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de sus peticiones previa resolución.

CV: BOCYL-D-31052019-20

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Boletín Oficial de Castilla y LeónNúm. 103 Pág. 27405Viernes, 31 de mayo de 2019

2. La subsanación de la solicitud se presentará por cualquiera de los medios previstos en el apartado segundo de la presente resolución debiendo, en su caso, adjuntar la documentación correspondiente. El formulario de subsanación, documento n.º 2, se encuentra a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), dentro del trámite «Convocatoria de las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo de Grado Medio», en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en las Oficinas Generales, en la Departamental de la Consejería de Educación y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de esta Administración.

3. El 11 de septiembre de 2019, se publicará en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación y de la Consejería de Educación, siendo objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en el tablón de anuncios de las sedes en las que van a celebrarse las pruebas, la resolución de la Dirección General de Formación Profesional y de Régimen Especial por la que se aprueba la relación provisional de los solicitantes admitidos a las pruebas y, en su caso, los excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

Los solicitantes o sus representantes legales podrán formular contra la misma, en el plazo de dos días hábiles, la oportuna reclamación ante la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial que se presentará por cualquiera de los medios previstos en el apartado segundo de esta resolución.

Mediante resolución de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial se aprobará la relación definitiva de admitidos y excluidos a las pruebas, la cual se publicará el día 25 de septiembre de 2019 en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación y de la Consejería de Educación, siendo objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en el tablón de anuncios de las sedes en las que van a celebrarse las pruebas.

4. En caso de que haya de realizarse alguna otra notificación o comunicación derivada del procedimiento se realizará de forma electrónica o en papel a elección del solicitante en la solicitud. La práctica de las notificaciones se realizará de conformidad con el artículo 42 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, según el medio elegido y previo envío de un aviso sobre la puesta a disposición de la notificación efectuada al correo electrónico indicado en la solicitud de acuerdo con el artículo 41.6 de la citada ley.

Quinto.– Calendario y lugar de celebración de las pruebas.

1. La prueba específica de acceso se celebrará el 27 de septiembre de 2019 en los siguientes centros:

a) Prueba específica de acceso al primer nivel de grado medio de las enseñanzas de Técnico Deportivo en Fútbol:

1.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de fútbol «Docenter Formación Deportiva», de Ávila.

2.º Centro privado integrado de formación profesional «San Gabriel», de La Aguilera-Aranda de Duero (Burgos).

CV: BOCYL-D-31052019-20

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Boletín Oficial de Castilla y LeónNúm. 103 Pág. 27406Viernes, 31 de mayo de 2019

3.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de fútbol «Sport Coach Norte», de Valverde de la Virgen (La Virgen del Camino, León).

4.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de fútbol «Palencia», de Palencia.

5.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de fútbol «Docenter Formación Deportiva», de Salamanca.

6.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de fútbol «Ceneted», de Soria.

7.º Centro Privado de Formación de Fútbol y Fútbol Sala de la Federación de CyL de Fútbol, de Valladolid.

8.º Centro Privado Autorizado de enseñanzas deportivas de fútbol «Afen Escuela Técnico Deportiva», de Valladolid.

b) Prueba específica de acceso al primer nivel de grado medio de las enseñanzas de Técnico Deportivo en Fútbol Sala:

1.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de fútbol «Docenter Formación Deportiva», de Ávila.

2.º Centro privado integrado de formación profesional «San Gabriel», de la Aguilera-Aranda de Duero (Burgos).

3.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de fútbol «Docenter Formación Deportiva», de Salamanca.

c) Prueba específica de acceso al ciclo inicial de grado medio en Hípica:

1.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de hípica «Hípica Eresma», de Segovia.

2.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de hípica «Tandem», de Salamanca.

3.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas «Entuayuda Sport», de Valladolid.

d) Prueba específica de acceso al ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo.

1.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de hípica «Hípica Eresma», de Segovia.

2.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de hípica «Tandem», de Salamanca.

3.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas «Entuayuda Sport», de Valladolid.

CV: BOCYL-D-31052019-20

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Boletín Oficial de Castilla y LeónNúm. 103

http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979 - ISSN 1989-8959

Pág. 27407Viernes, 31 de mayo de 2019

e) Prueba específica de acceso al ciclo inicial de grado medio en Salvamento y Socorrismo:

1.º Centro privado integrado de formación profesional «San Gabriel», de La Aguilera-Aranda de Duero (Burgos).

2.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas de salvamento y socorrismo «Fecless», de Zamora.

3.º Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas «Entuayuda Sport», de Valladolid.

f) Prueba específica de acceso al ciclo inicial de grado medio en Espeleología:

� Centro privado autorizado de enseñanzas deportivas «Entuayuda Sport», de Valladolid.

2. Las pruebas específicas de acceso se realizarán en el horario que el tribunal establezca, que será publicado con una antelación mínima de diez días a la realización de las mismas, en el tablón de anuncios de los centros en los que éstas se realicen.

3. Los aspirantes deberán acudir provistos del documento acreditativo de su identidad (DNI, NIE o pasaporte).

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 22 de mayo de 2019.

El Director General, Fdo.: Agustín Francisco Sigüenza Molina

CV: BOCYL-D-31052019-20