Coronas

10

description

ssss

Transcript of Coronas

Page 1: Coronas
Page 2: Coronas

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 LA CORONA

Autor: preparatuoposicion.es Revisado: Mayo-2014

Para reforzar el tema y consolidar los conocimientos es muy recomendable realizar las actividades que se encuentran

en el Campus Virtual, cuyo acceso es completamente

gratuito.

ACCESO CAMPUS

Page 3: Coronas

2 www.preparatuoposicion.es

Indice La figura del Rey Pag. 3 Funciones constitucionales del Rey Pag. 3 Funciones legislativas del Rey Pag. 4 Funciones de caracter judicial Pag. 4 Sucesión Pag. 5 Regencia Pag. 5 Tutela Pag. 6 Proclamación del Rey Pag. 7 Refrendo Pag. 7 Esquema. La Corona Pag. 8 Esquema. La Corona. 2ª Parte Pag. 9

Page 4: Coronas

3 www.preparatuoposicion.es

La figura del Rey

: El Rey es el Jefe del Estado, es el símbolo de la unidad del Estado y de su permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, procurando el desarrollo de las mismas dentro de lo establecido por la

Constitución, y actuando como poder moderador entre ellas.Y por último, el Rey

asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.

FUNCIONES CONSTITUCIONALES DEL REY

Nombra, en su testamento, al que ha de ser tutor de su sucesor, mientras éste sea

menor de edad.

Guarda y hace guardar la Constitución y las leyes, según establece el art. 61

Propone y nombra, en su caso, al candidato a Presidente del Gobierno y pone fin a

sus funciones, de acuerdo con lo establecido en la Constitución.

Nombra y separa a los miembros del Gobierno a propuesta de su Presidente.

Expide los decretos acordados en el Consejo de Ministros.

Confiere empleos civiles y militares. Conviene decir a este respecto que en las

monarquías constitucionales el Rey nombra, pero no elige.

Nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.

Tiene derecho a ser informado de los asuntos de Estado y a presidir, a estos

efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a

petición del Presidente del Gobierno.

Tiene el mando supremo de las Fuerzas Armadas.

Tiene el alto patronazgo de las Reales Academias.

Asume la más alta representación del Estado español en las relaciones

internacionales. Tales como:

o El acreditar a los embajadores y otros representantes diplomáticos, y recibir

las cartas credenciales de los representantes extranjeros en España.

o El manifestar el consentimiento del Estado para obligarse por medio de

Tratados Internacionales

Page 5: Coronas

4 www.preparatuoposicion.es

o El declarar la guerra y hacer la paz, previa autorización de las Cortes.

FUNCIONES LEGISLATIVAS

Sanciona y pormulga las leyes. La sanción del Rey el plazo de quince días de las

leyes aprobadas por las Cortes Generales, es un acto debido del Rey. La Corona

no tiene poder de veto.

Convoca y disuelve las Cortes. La convocatoria y disolución de las Cortes se hace

formalmente por el Rey, pero en función de los supuestos taxativos que concreta

la Constitución.

Convoca elecciones. Las elecciones habrán de tener lugar entre los 30 y los 60

días después de la finalización del mandato parlamentario, bien por cumplirse el

término, bien por disolución de las partes.

Convoca a referéndum. Ello sólo lo puede realizar para adoptar decisiones políticas

de especial trascendencia y cuando lo solicite el Presidente del Gobierno, que ha

de estar, a su vez, previamente autorizado para ello por el Congreso de los

Diputados.

FUNCIONES DE CARACTER JUDICIAL

Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, pero no puede conceder indultos

generales.

Nombra al Presidente del Tribunal Supremo a propuesta del Consejo General del

Poder Judicial. Los vocales del Consejo los nombra el Rey a propuesta del

Parlamento (10 a propuesta del Congreso, 10 a propuesta del Senado).

Nombra al Fiscal General del Estado, a propuesta del Gobierno. Oído el Consejo

General del Poder Judicial.

Nombra los 12 miembros del Tribunal Constitucional, que son propuestos 4 de ellos

por el Congreso, 4 por el Senado, 2 por el Gobierno y otros 2 por el Consejo

General del Poder Judicial en los términos establecidos en la Constitución.

Page 6: Coronas

5 www.preparatuoposicion.es

SUCESIÓN

La sucesión en el trono sigue, según determina la Constitución, el orden regular

de primogenitura y representación, siendo preferida siempre:

o La línea anterior a la posterior

o En la misma línea, el grado más próximo al más remoto

o En el mismo grado, e

o El varón a la mujer

o Y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos

o En el caso de que se extingan todas las líneas llamadas en derecho a la

sucesión, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la

forma que más convenga a los intereses de España

Exclusión en la sucesión. Aquellas personas que, teniendo derecho a la sucesión

en el trono, contrajeran matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las

Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus

descendientes.

Interpretaciones del orden de sucesión. Las abdicaciones y renuncias y

cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la

Corona se resolverán por una ley orgánica.

REGENCIA La regencia es la asunción de las funciones atribuidas al Rey por persona determinada

según el orden establecido constitucionalmente, en los supuestos de minoría de edad del

Rey o de inhabilitación para el ejercicio de su autoridad.

Los supuestos de regencia. La Constitución prevé dos supuestos distintos de

regencia.

o por minoría de edad del Rey.

o Por inhabilitación del Rey para el ejercicio de su autoridad.

Regulación: o Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su

defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona,

según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer

Page 7: Coronas

6 www.preparatuoposicion.es

inmediatamente la regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de

edad del Rey.

o Si el Rey se inhabilitara para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad

fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente

la regencia el príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no

lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta

que el príncipe heredero alcance la mayoría de edad.

o La Constitución prevé el supuesto de que no haya ninguna persona a quien

corresponda la regencia. En dicho caso la regencia será nombrada por las

Cortes Generales y se compondrá de una, tres o cinco personas,

Condiciones para ser regente. o Ser español o Mayor de edad

Ejercicio de la regencia. La regencia se ejerce por mandato constitucional

y siempre en nombre del Rey.

TUTELA

La tutela tiene por objeto suplir las deficiencias en la capacidad de obrar de algunas

personas, que son, fundamentalmente: los menores no emancipados que no estén bajo la

patria potestad, y los incapacitados, cuando la sentencia así lo haya establecido. El objeto

de la tutela del menor es la guarda y protección de la persona y bienes.

Sistema de tutela:

o Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiere

nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de

nacimiento.

o Si no lo hubiera nombrado, será tutor el padre o la madre, mientras

permanezcan viudos.

o En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán

acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o

ascendiente directo del Rey.

o El ejercicio de la tutela es incompatible con el de todo cargo o

representación política.

Page 8: Coronas

7 www.preparatuoposicion.es

PROCLAMACIÓN DEL REY Conforme al art. 61 de la Constitución.

"El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, presentará juramento de

desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las

leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades

Autónomas".

"El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al

hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de

fidelidad al Rey".

REFRENDO

Según el art. 56.3 de la Constitución, la persona del Rey "no está sujeta a

responsabilidad". Este hecho contradice uno de los principios democráticos esenciales:

el principio que sostiene que todos los individuos que ocupan cargos públicos deben

responder de las decisiones por ellos adoptadas.

Para evitar esta contradicción, la Constitución establece que todos los actos del Rey

deben ir refrendados; es decir, avalados por la firma de otros órganos constitucionales,

los cuales al firmar asumen todas las responsabilidades que puedan derivarse.

De acuerdo con el art. 64 de la Constitución, los actos del Rey serán refrendados por el

Presidente del Gobierno y, en su caso, por los ministros competentes; debiendo ser

refrendado por el Presidente del Congreso la propuesta y nombramiento del Presidente

del Gobierno y la disolución de las Cámaras prevista en el art. 99

Excepciones a esta regla del refrendo:

El nombramiento por el Rey de los miembros civiles y militares de su Casa, así como

la libre distribución de la cantidad global que los presupuestos del Estado le asignen

en cada ejercicio para el sostenimiento de su familia y Casa.

Page 9: Coronas

º1q2w345rt

LA CORONAFigura del Rey

Jefe de Estado

Símbolo de unidad

Representación internacional

Es inviolable

No está sujeta a responsabilidad

Sucesión

Línea anterior a la posterior

Grado más próximo al más remoto

El varón a la mujer

La persona de más edad a la de menos

Regencia

Si Rey menor de edad:

• Padre o madre o

•Pariente de mayor edad más próximo a suceder la Corona.

Si Rey inhabilitado:

•Príncipe heredero si fuese mayor de edad, sino

•Lo mismo que el apartado anterior hasta que el príncipe fuera mayor de edad.

Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes

Page 10: Coronas

º1q2w345rt

LA CORONA. 2ª parteTutoría

•Nombrado por el Rey difunto en su testamento

•Sino el padre o la madre mientras permanezcan

viudos

•Sino lo nombraran las Cortes Generales

Juramento

Ante las Cortes Generales

El Príncipe heredero a la mayoría de edad

también tiene que prestar juramento.

Funciones del Rey

• Sancionar y promulgar las leyes (sanción en el plazo de 15 días)

• Convocar y disolver las Cortes Generales.

• Convocar a referéndum

• Proponer al candidato a Presidente del Gobierno

• Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente

• Expedir los Decretos acordados en el Consejo de Ministros

• Ser informado de los asuntos del Estado

• Mando supremo de las Fuerzas Armadas

• Ejercer el derecho de gracia

• El Alto Patronazgo de las Reales Academias

• Acreditar a los Embajadores y otros representantes diplomáticos

• Declarar la guerra y hacer la paz, previa autorización de las Cortes Generales