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INFORME DE RESPUESTA PREINFORME Nº 31 DE 2014 CONTRALORIA REGIONAL DE LOS LAGOS I. ASPECTOS DE CONTROL INTERNO 1. Manuales de procedimientos Sin Observaciones 2. Manual de Funciones Sin Observaciones 3. Unidad de Control Interno Municipal La Municipalidad de Chonchi, mediante decreto exento Nº 49, del 31 de enero de 1996, encargó al Secretario Municipal, don Luis Paulone Álvarez, cumplir las funciones de la Unidad de Control. Al respecto se comprobó que la Corporación Municipal de Chonchi, no ha sido fiscalizada por la citada unidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 135, de la ley Nº 18.695, orgánica Constitucional de Municipalidades, en concordancia con el artículo 136, inciso 2º, del mismo texto legal, que para tales efectos confiere a esa unidad las mismas atribuciones que a este Órgano de Control, en lo que se refiere a la fiscalización de los aportes entregados por entidad edilicia. Además, la entidad visitada no cuenta con una unidad de control interno, para el desarrollo de auditorías a los procesos que ejecuta. Respuesta: Con el propósito de dar respuesta a la observación formulada, a través de e-mail de fecha 24 de Julio de 2014, el Jefe de Finanzas de la Corporación Municipal de Chonchi informó y solicitó al Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Chonchi evacuar respuesta sobre los Aspectos de Control Interno del Preinforme Nº 31 de la Contraloría Regional de los Lagos. A través de Certificado Nº 42 2014, el Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Chonchi da respuesta a lo solicitado, señalando en lo pertinente que “…no se desarrolló ninguna fiscalización por parte de la Unidad de Control Interno al referido programa, por cuanto esta carece de competencias para estos efectos, dado que el dicho programa se financia exclusivamente por fondos aportados por el Ministerio de Educación, y no existen recursos municipales comprometidos en la ejecución de esa iniciativa de integración escolar, ello en conformidad a las atribuciones que confiere los artículos 135 y 136 de la Ley Nº 18.695, “Orgánica Constitucional de Municipalidades”. Se adjunta en anexo los documentos señalados. 4. Póliza de Fianza de Fidelidad Funcionaria Sobre la materia, se constató que la Corporación Municipal no les ha exigido el cumplimiento de la obligación de rendir póliza de fianza a ocho directores de los establecimientos educacionales adscritos al programa de integración escolar, cuyo detalle es el siguiente:

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INFORME DE RESPUESTA PREINFORME Nº 31 DE 2014 CONTRALORIA REGIONAL DE LOS LAGOS

I. ASPECTOS DE CONTROL INTERNO 1. Manuales de procedimientos Sin Observaciones 2. Manual de Funciones Sin Observaciones 3. Unidad de Control Interno Municipal La Municipalidad de Chonchi, mediante decreto exento Nº 49, del 31 de enero de 1996, encargó al Secretario Municipal, don Luis Paulone Álvarez, cumplir las funciones de la Unidad de Control. Al respecto se comprobó que la Corporación Municipal de Chonchi, no ha sido fiscalizada por la citada unidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 135, de la ley Nº 18.695, orgánica Constitucional de Municipalidades, en concordancia con el artículo 136, inciso 2º, del mismo texto legal, que para tales efectos confiere a esa unidad las mismas atribuciones que a este Órgano de Control, en lo que se refiere a la fiscalización de los aportes entregados por entidad edilicia. Además, la entidad visitada no cuenta con una unidad de control interno, para el desarrollo de auditorías a los procesos que ejecuta. Respuesta: Con el propósito de dar respuesta a la observación formulada, a través de e-mail de fecha 24 de Julio de 2014, el Jefe de Finanzas de la Corporación Municipal de Chonchi informó y solicitó al Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Chonchi evacuar respuesta sobre los Aspectos de Control Interno del Preinforme Nº 31 de la Contraloría Regional de los Lagos. A través de Certificado Nº 42 – 2014, el Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Chonchi da respuesta a lo solicitado, señalando en lo pertinente que “…no se desarrolló ninguna fiscalización por parte de la Unidad de Control Interno al referido programa, por cuanto esta carece de competencias para estos efectos, dado que el dicho programa se financia exclusivamente por fondos aportados por el Ministerio de Educación, y no existen recursos municipales comprometidos en la ejecución de esa iniciativa de integración escolar, ello en conformidad a las atribuciones que confiere los artículos 135 y 136 de la Ley Nº 18.695, “Orgánica Constitucional de Municipalidades”. Se adjunta en anexo los documentos señalados. 4. Póliza de Fianza de Fidelidad Funcionaria Sobre la materia, se constató que la Corporación Municipal no les ha exigido el cumplimiento de la obligación de rendir póliza de fianza a ocho directores de los establecimientos educacionales adscritos al programa de integración escolar, cuyo detalle es el siguiente:

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Nº NOMBRE RUT ESTABLECIMIENTO

1 Lautaro Vera González 12.345.942-3 Escuela Rural Cucao

2 Sandra Vera Reuquén 11.718.752-7 Escuela Rural Curaco de Vilupulli

3 Tito Pinto Barrientos 6.413.210-5 Liceo manuel Jesús Andrade Bórquez

4 Pedro Manel Gamin 12.001.535-4 Escuela Rural Nalhuitad

5 Arturo Altamirano Barría 6.942.238-1 Escuela Rural Notuco

6 Luz Vargas Aguila 9.945.684-1 Escuela Rural Quitripulli

7 Fernando Alvarez Oyarzún 12.760.734-6 Escuela Rural Rauco

8 José Mancilla Diaz 6.913.397-5 Escuela San Carlos de Chonchi Fuente: Información proporcionada por la Corporación Municipal de Chonchi

En relación con la materia, cabe señalar que, conforme lo dispuesto por el artículo 68, de la ley Nº 10.336, todo funcionario que tenga a su cargo la recaudación, administración de recursos o custodia de fondos o bienes del Estado, de cualquier naturaleza, deberá rendir caución para asegurar el correcto cumplimiento de sus deberes y obligaciones. Al efecto, este Organismo de Control ha concluido, entre otros, en los dictámenes Nºs. 21.621, de 1993, 45.768 de 2007, y 86.482, de 2013, que la obligación de que se trata, resulta aplicable a las Corporaciones Municipales, al señalar que los bienes que el Estado pone a disposición de dichas Corporaciones, como es el caso de los establecimientos educacionales, sólo se les entregan en uso, no ingresando a su patrimonio, de manera que siguen sometidos a las normas de administración de bienes estatales, entre las que se encuentra la obligación de rendir fianza, consignada en el artículo 68, de la ley Nº 10.336, por parte de quienes manejan esos recursos. Respuesta:

Sobre el particular, cabe señalar que a través de Oficio Ordinario Nº 506 de fecha 29 de Julio del año en curso, dirigido al Sr. Contralor Regional de los Lagos, la Corporación Municipal de Chonchi, remitió los antecedentes de cada uno de los Docentes de los establecimientos educacionales señalados, adscritos al Programa de Integración Escolar año 2013, para el trámite de la Póliza de Fidelidad funcionaria valores fiscales. Se adjunta en Anexo los antecedentes que respaldan lo señalado en la respuesta del párrafo anterior.

II. EXAMEN DE LA MATERIA AUDITADA 1. Aprobación y Contenido del programa de Integración Escolar Sin Observaciones. 2. Ejecución y Estado del Programa

2.1 Convenio de Integración Escolar Comunal

De acuerdo a las validaciones efectuadas en terreno, en cinco establecimientos, se comprobó que, en general, el sostenedor dio cumplimiento a las obligaciones enunciadas; salvo lo dispuesto en el artículo 92 del referido reglamento, toda vez que en las Escuelas Básicas, San Carlos de Chonchi y rural Rauco, el Informe Técnico de Evaluación Anual, no fue puesto a disposición de las familias de los estudiantes beneficiados, antes del 30 de enero del 2014. Para la escuela rural de Rauco, se puso en conocimiento de las familias el día 14 de junio de 2014, según consta en acta remitida mediante correo electrónico del 26 de junio del presente año, de doña Mirian Gastaminza Calisto, psicopedagoga del Establecimiento.

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Respuesta: En relación a lo señalado sobre poner a disposición de las familias de los

estudiantes a lo menos una vez al año el Informe Técnico de Evaluación Anual, ITEA, cabe tener presente, que Si bien el Decreto Nº 170/2009 establece que sea dado a conocer a la comunidad antes del 30 de enero de cada año, en esta ocasión no fue posible difundirlo en los plazos establecidos puesto que la información emitida por cada establecimiento educacional, adscrito al Programa de Integración Escolar, fue recepcionada por la Corporación Municipal hasta el 30 de diciembre de 2013, por lo que el ingreso en plataforma se hizo formalmente, como lo señala el preinforme en el transcurso de las dos primeras semanas del mes de enero de 2014, periodo en el cual los establecimientos educacionales se encuentran de vacaciones y lógicamente en dicho período no es posible difundir la información a las familias de los estudiantes.

En el caso particular de la Escuela Básica San Carlos de Chonchi, con fecha 28 de julio de 2014, se dio a conocer el Informe Técnico de Evaluación Anual (ITEA) en la jornada de evaluación y planificación del establecimiento a todos los docentes del establecimiento. En dicha instancia, se acuerda replicar esta información en la reunión del subcentro de apoderados del mes de Agosto de 2014.

Se adjunta en anexo copia del acta del Consejo General de Evaluación y lista

de asistencia del Establecimiento educacional señalado.

2.2 Fiscalizaciones de la Superintendencia de Educación Escolar

Sin Observaciones.

2.3 Alumnos Beneficiarios del Programa Referente a esta materia, se determinó que los alumnos de las nóminas de las resoluciones exentas Nºs. 3.969 y 5.140, ambas del año 2013, y los antecedentes de los alumnos registrados en las bases de datos de la Corporación Municipal de Chonchi no fueron concordantes, situación que se expone a continuación: a) En relación con los alumnos, RUT Nºs. 22.066.669-7, 21.885.035-9 y 21.151.630-5, se comprobó que la Corporación Municipal, ingresó en su base de datos de forma errónea el número de cédula de identidad, de los citados estudiantes, lo que fue corregido e informado por la Coordinadora Comunal, mediante correo electrónico del 11 de junio de 2014, según nómina adjunta. b) En las bases de datos de la Corporación Municipal, no se encuentran ingresados cuatro alumnos, los cuales, de acuerdo con la Secretaría Regional Ministerial de Educación, son beneficiarios del programa; sin embargo, la citada Corporación tenía las carpetas y de su revisión se constató que eran estudiantes PIE, a saber:

RUT OBSERVACION

20.803.730-7 No registrado por la Corporación

21.857.817-9 No registrado por la Corporación

22.135.372-2 No registrado por la Corporación

19.722.338-3 No registrado por la Corporación Fuente: Bases de datos proporcionadas por Corporación y MINEDUC

c) Se comprobó que para el año 2013, la Corporación municipal, consideró al alumno, RUT 19.722.022-8, como alumno PIE; sin embargo el citado alumno no se encuentra registrado en la base del MINEDUC. d) Respecto al alumno, RUT 20.233.537-3 del Liceo Manuel jesús Andrade Bórquez, su carpeta no fue entregada por la Corporación Municipal, en el transcurso de la visita, por lo cual corresponde que en su respuesta al preinforme remita copia de los antecedentes del caso. Cabe precisar que de la muestra inicial de 96 alumnos, tres estudiantes presentaban cédulas de identidad erróneas y una carpeta no fue entregada para su revisión, por

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lo que se examinó un total de 92 carpetas correspondientes a alumnos beneficiarios del Programa de Integración escolar. Para el análisis de las carpetas de los 92 alumnos seleccionados, correspondientes a 10 establecimientos educacionales, se revisó la documentación del programa de integración escolar, exigida por el Ministerio de Educación, de acuerdo al punto 4.3, del oficio Nº 496, de 24 de agosto de 2011, del Coordinador Nacional de Subvenciones de esa cartera y lo dispuesto en el oficio Nº 50, de 2014, de la Superintendencia de Educación escolar. La revisión efectuada consta en anexo Nº 1 y el resultado del análisis es el siguiente:

Se comprobó que del total de 92 carpetas de alumnos regulares del programa en estudio, el 100% de las carpetas no contaba con el certificado de matrícula.

Se comprobó que del total de 92 carpetas de alumnos regulares del programa en estudio, solo en un caso, que representa el 1,1%, no contaba con el certificado de nacimiento.

Sobre la valorización de salud o informe de evaluación médica, se determinó que el 96,7% de las carpetas presentaba tales antecedentes, y la diferencia, equivalente al 3,3% no las tenía.

De igual modo, el 100% de las carpetas verificadas, poseían el formulario de autorización del apoderado para la evaluación, y el 96,7% poseía el formulario de anamnesis.

De las 92 carpetas examinadas, un 90% tenía el informe a la familia, en tanto que el 10% no lo poseía. Asimismo, en un 39,8% consta de la entrega formal de dicho informe.

Respecto a la interconsulta o derivación a otro profesional, en los casos de los alumnos que aplicaba, se estableció que el 48,7% no estaba en las carpetas.

Se verificó la existencia de un 98,1% del informe de especialista, según los casos correspondientes.

Respecto al formulario único de reevaluación se verificó que el 98,1% de los casos atingentes contenían dicho antecedente en la carpeta.

De los 92 alumnos indicados, el 100% de ellos poseían el formulario único de síntesis de evaluación de ingreso y formulario único específico de evaluación especializada e informe psicopedagógico y curricular.

En relación con la muestra, cabe agregar que de 92 carpetas de alumnos revisadas con necesidades educativas especiales, 86 de ellos, equivalentes al 93,5% del total, fueron alumnos regulares durante el año 2013 en sus respectivos establecimientos educacionales; en tanto 6, correspondientes al 6,5%, fueron retirados de su escuela. El detalle de los alumnos retirados es el siguiente:

RUT CURSO NECESIDAD EDUCATIVA ESPECIAL

20.803.720-7 4º Básico Discapacidad Intelectual Leve

21.521.938-0 1º Básico Discapacidad Intelectual Severa

21.857.817-9 1º Básico Discapacidad Intelectual Leve

22.135.372-2 1º Básico Funcionamiento Intelectual Limítrofe

19.568.181-3 1º Básico Discapacidad Intelectual Leve

21.223.260-2 4º Básico Funcionamiento Intelectual Limítrofe Fuente: Bases de datos proporcionadas por Corporación Municipal de Chonchi

En otro orden, se constató que cuatro apoderados recibieron la carpeta con los antecedentes de los alumnos retirados y para dos casos, correspondientes a los estudiantes RUT Nºs. 19.568.181-3 y 21.223.260-2, no había evidencia de la entrega al apoderado, conforme lo exige el artículo 14 del decreto Nº 170 de 2009, del Ministerio de Educación, manteniendo la Corporación los originales de los antecedentes. Respuesta:

Respecto a lo señalado en la letra b), cabe señalar que la base de datos entregada al fiscalizador de la Contraloría Regional de los Lagos, fue elaborada en base a los estudiantes que finalizaron el proceso PIE 2013, es decir, según lo informado por cada establecimiento educacional al término del año escolar en el mes de diciembre.

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En el caso del RUT N° 20.803.730-7, corresponde al alumno Leonardo Fabián Andrade Zúñiga, estudiante que ingresó y perteneció al PIE de la Escuela Rural Nalhuitad, y de la cual fue retirado el 29 de julio de 2013 por traslado de establecimiento educacional, según consta en el Libro de Registro General de Matrícula y en el Registro de Asistencia mensual del libro de clases del establecimiento educacional señalado. En el caso del RUT N° 21.857.817-9, corresponde al alumno Ángelo Sebastián Andrade Zúñiga, estudiante que ingresó y perteneció al PIE en la Escuela Rural Nalhuitad, y de la cual fue retirado el 05 de julio de 2013 por traslado de establecimiento educacional, según consta en el Libro de Registro General de Matrícula y en el Registro de Asistencia mensual del libro de clases del establecimiento educacional señalado.

En el caso del RUT N° 22.135.372-2, corresponde al alumno Cristhofer Jeovanny Andrade Zúñiga, estudiante que ingresó y perteneció al PIE en la Escuela Rural Nalhuitad, y de la cual fue retirado el 05 de julio de 2013 por traslado de establecimiento educacional, según consta en el Libro de Registro General de Matrícula y en el Registro de Asistencia mensual del libro de clases del establecimiento educacional señalado.

En el caso del RUT N° 19.722.338-3, corresponde al alumno Bastián Alejandro Andrade Fernández, de la Escuela básica San Carlos de Chonchi, estudiante que ingresó y perteneció al Programa de Integración Escolar (PIE) 2013, el cual por omisión por parte del establecimiento educacional en el cual finalizó el año escolar, no fue informado en la lista de alumnos del mes de diciembre 2013, por lo que la coordinación comunal del área de Educación Especial tampoco lo informó en la nómina entregada al fiscalizador de la Contraloría Regional de los Lagos, durante la Auditoría al Programa de Integración Escolar, 2013, llevada a cabo en la Corporación Municipal de Chonchi.

Respecto a lo señalado en la letra c), en el caso del RUT N° 19.722.022-8, corresponde al alumno José Luis Velásquez Elgueta, de la Escuela Básica San Carlos de Chonchi, quién no perteneció al Programa de Integración Escolar, Año 2013 del Establecimiento educacional señalado. En relación a lo señalado en la letra d), adjunto en anexo respectivo, copia de los antecedentes de la carpeta del alumno Matías Emir Oyarzún Talcao, RUT N° 20.233.537-3, del Liceo Manuel Jesús Andrade Bórquez.

Respecto a la falta de los Certificados de matrícula, en las carpetas de los alumnos regulares del Programa de Integración Escolar, cabe señalar que, el Decreto N° 170/ 2009, la Circular N° 1, versión 3 del 2013 y las Orientaciones Técnicas para Programas de Integración Escolar (PIE); no hay indicación explícita de que en las carpetas de los estudiantes deba existir el Certificado de Matrícula, como documentación exigida por parte del Ministerio de Educación. No obstante lo anterior, y en atención a la observación formulada, se ha instruido mediante Oficio Nº 6612 del 21/07/2014, dirigido a los directivos y docentes responsables del Programa de Integración Escolar de los Establecimientos Educacionales de la Comuna, que a partir de este año 2014, se incorporen al expediente del estudiante dicho Certificado. Documento que se adjunta en anexo. Se adjunta certificado de nacimiento, correspondiente a la alumna Katerinne Vianney Manel Navarro, RUT N° 21.525.070-9 de la Escuela San Carlos de Chonchi.

Respecto al 3,3% que no contaba con la valorización de salud o informe de evaluación médica, corresponden a estudiantes cuyas valoraciones de salud fueron realizadas el año 2012, puesto que éstas tienen el carácter de bianuales y otras se encontraban en la documentación del presente año, ya que para la revisión del fiscalizador de la Contraloría el establecimiento educacional sólo envió lo correspondiente al año 2013. Se adjunta, copia de las valoraciones de salud.

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En relación al 3,3% que no poseía el formulario de anamnesis, corresponden a estudiantes cuya entrevista a la familia / anamnesis fueron realizadas el año 2011, 2013 y 2014, por la fecha de ingreso al Programa de Integración Escolar (PIE) y que se encontraban en la documentación del presente año, ya que para la revisión del fiscalizador de la Contraloría el establecimiento educacional sólo envió lo correspondiente al 2013. Se adjunta, copia de las entrevistas a la familia / anamnesis.

Respecto a la entrega del Informe a la Familia de los alumnos pertenecientes al citado programa, mediante Oficio Nº 6612 de fecha 21/07/2014, dirigido a los Directivos y Docentes responsables del PIE de los Establecimientos educacionales, se ha instruido a nivel comunal la forma de entrega de dicho informe para la familia año 2014. En relación a la interconsulta o derivación a otro profesional, se adjuntan las correspondientes a la Escuela Básica San Carlos de Chonchi y las de la Escuela Rural Cucao. Sobre el Informe de Especialista, se adjunta el correspondiente a la estudiante Katerinne Belén Arteaga Andrade, RUT 20.803.707-2, de la Escuela Básica San Carlos de Chonchi. Respecto al formulario único de reevaluación, se adjunta el correspondiente a la alumna Katerinne Vianney Manel Navarro, RUT. 21.525.070-9, de la Escuela Básica San Carlos de Chonchi. Finalmente, respecto a la entrega de los expedientes de los alumnos retirados, cabe señalar que de los dos casos indicados en el preinforme, se adjunta evidencia de la entrega de uno de ellos, correspondiente al alumno Osciel Sanhueza Antisoly, RUT. 19.568.181-3 del Liceo Manuel Jesús Andrade Bórquez. El otro caso, correspondiente al RUT. Nº 21.223.260-2, el apoderado a la fecha no ha efectuado el retiro de la documentación pertinente en el establecimiento educacional.

2.4 Registro Nacional de profesionales en el Ministerio de Educación

Como cuestión previa, cabe hacer que el artículo 15, del citado decreto Nº 170, de 2009, señala que se entenderá por profesional competente, aquel idóneo que se encuentre inscrito en el Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico, del Ministerio de Educación. Al respecto, las verificaciones practicadas en la página web/mvc/publicogeneral/buscador, del Sistema de Registro profesionales Educación Especial, del Ministerio de Educación, permitieron establecer que de 31 profesionales contratados por la Corporación para efectuar evaluación y diagnóstico de los alumnos, con cargo al programa de integración escolar, 12 de ellos durante el año 2013, no se encontraban inscritos en el citado registro, los cuales se detallan en anexo Nº 2. Respuesta:

Para llevar a cabo la evaluación y diagnóstico de estudiantes para los Programas de Integración Escolar, el o los profesionales involucrados deben estar previamente inscritos en el Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico. Dicho proceso consiste en que el profesional se registra primeramente online en la página web http://registroprofesionales.mineduc.cl/mvc/login/login , donde completa un formulario con datos como: nombre, RUN, título, casa de estudio, e-mail, creación de clave para ingreso al sistema; una vez registrado debe presentar en el Departamento Provincial de Educación una carta solicitud dirigida al Secretario Regional Ministerial de Educación, junto a la copia legalizada ante Notario del título profesional, el Certificado de Antecedentes, Certificado que acredita el N° de semestre de su carrera profesional y fotocopia Cédula de Identidad por ambos lados; toda esta documentación la recibe el Coordinador Provincial de Educación Especial y la tramita ante el SEREMI de Educación, quien posteriormente certifica que el profesional ha realizado la inscripción en el mencionado registro.

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Ante la observación formulada en el preinforme, y efectuada la revisión en la

Página http://registroprofesionales.mineduc.cl/registro_profesionales-web/mvc/publicoGeneral/buscador , se constató que los 12 profesionales contratados por la Corporación Municipal de Chonchi, año 2013, se encuentran Inscritos en dicho registro. Se adjunta copia de reporte de Registro Profesionales.

2.5 Antecedentes de los profesionales Contratados durante el año 2013 De la revisión de las carpetas de la muestra de los 57 profesionales contratados con cargo al programa de integración escolar durante el año 2013, acorde a lo dispuesto en el Reglamento Interno de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Chonchi, se determinaron los siguientes incumplimientos, cuyo detalle consta en anexo Nº 3. a) Dieciocho expedientes no tenían el Certificado de nacimiento correspondiente, hecho que incumple lo dispuesto en el artículo 19, letra d), del Reglamento Interno. b) Dieciséis expedientes carecían de la fotocopia de la cédula de identidad, lo cual incumple lo dispuesto en la letra g), del artículo 19 del citado reglamento. c) En diecinueve expedientes no constaba el certificado de antecedentes respectivo, ello incumple lo dispuesto en la letra i) del citado artículo, del mencionado reglamento. Respuesta: Con el propósito de regularizar la observación formulada en el preinforme, la Corporación Municipal, ha requerido la documentación faltante en cada caso de todos los docentes y profesionales que actualmente forman parte de la dotación del año 2014, con excepción de dos casos que se encuentran con Licencia Médica, cuya documentación ha sido solicitada y será presentada a la Corporación Municipal, una vez se efectué la reincorporación a sus labores. De igual manera, se detalla, los docentes y profesionales, que actualmente no forman parte de la dotación de la Corporación Municipal de Chonchi. a) Docentes y Profesionales Dotación 2014:

Nº NOMBRE FUNCIONARIO Certificado De

Nacimiento

Cédula De

Identidad

Certificado De

Antecedentes

1 Blanca González Vera

2 Ximena Hodges Rubilar

3 Teodolinda Vera Pérez

4 Stella Alvarado Pérez

5 Roberto Márquez Andrade

6 Mirian Gastaminza Calisto

7 Mario Navarro Oyarzo

8 Mirta Navarro Navarro

9 Mary Ojeda Carrera

10 Giovanna Asenjo Pinto

11 María Aguila Gallardo

12 Delicia Cárdenas Tenorio

13 Helga Vera Flores

14 Emelina Velásquez Vargas

15 Cecilia Uribe Ruiz

16 Karina Vera Vera

17 Karen Henríquez Henríquez

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b) Docentes y Profesionales Actualmente con Licencia Médica.

Nº NOMBRE FUNCIONARIO Certificado De

Nacimiento

Cédula De

Identidad

Certificado De

Antecedentes

1 Rubén Sepúlveda Rivera X X

2 Alma Salamé Inostroza X

c) Docentes y Profesionales que Actualmente No forman parte de la Dotación:

Nº NOMBRE EX - FUNCIONARIO Certificado De

Nacimiento

Cédula De

Identidad

Certificado De

Antecedentes

1 Javiera Lamas Moreno X X

2 Verónica Lagos Cifuentes X

3 Alejandra Silva Cárdenas X X

4 Ana Barría Guentelican X X

5 Marisol Marchant Norambuena X

6 Lorena Cárcamo Morales X X

3. Examen de Ingresos

3.1Transferencias recepcionadas por la Corporación Acorde a la información entregada por la Corporación Municipal de Chonchi, los recursos registrados como transferidos en el año 2013 desde el Ministerio de Educación, por concepto del Programa de integración escolar, de acuerdo al artículo 9º, del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, ascendieron a $575.207.397. Efectuado el análisis a la información contable de la citada Corporación, se comprobó que para el año 2013 se consideraron por concepto del programa de integración escolar, los códigos 1110, General Básica, con JECD con PIE”, 1310, “Media Humanístico Científica, con JECD con PIE”, 1410, “Media Técnico Profesional Comercial, con JECD con PIE”, determinándose una diferencia de $196.117.850.- acorde al certificado Nº 964, del Jefe del departamento de Administración y Finanzas, determinándose que los ingresos PIE, correspondieron para el año 2013 la suma de $379.089.547.- cifra que es concordante con las liquidaciones de subvenciones para el periodo examinado, el detalle es el siguiente:

ESTABLECIMIENTOS TOTAL S/AUDITORIA

EN $

MONTO CONTABILIZADO CORPORACION

EN $

DIFERENCIA CODIGOS

1100 EN $

Escuela Básica San Carlos de Chonchi 130.271.823 221.861.568 91.589.745

Liceo Manuel Jesús Andrade Bórquez 145.536.002 12.392.107 -133.143.895

Escuela Rural Notuco 3.455.434 11.175.986 7.720.552

Escuela rural Curaco de Vilupulli 7.787.290 4.987.239 -2.800.051

Escuela Rural Quitripulli 17.441.029 44.354.332 26.913.303

Escuela Rural Huillinco 31.068.716 5.644.847 -25.423.869

Escuela Rural el Púlpito 3.182.778 8.889.351 5.706.573

Escuela Rural Cucao 9.162.203 12.988.510 3.826.307

Escuela Rural Los Petanes 3.989.180 5.040.258 1.051.078

Escuela Rural Miraflores 5.966.265 26.327.178 20.360.913

Escuela Rural de nalhuitad 8.745.744 28.754.554 20.008.810

Escuela Rural Rauco 12.483.083 192.791.467 180.308.384

379.089.547 575.207.397 196.117.850

Ahora bien, considerando los códigos que corresponden al programa PIE, los recursos transferidos en el año 2013 desde el Ministerio de Educación a la Corporación Municipal de Chonchi por concepto del programa de integración escolar, de acuerdo al artículo 9º,

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del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, ascendieron a la suma de $379.089.547, cuyo desglose proviene de las subvenciones de Educación Especial Diferencial, por $154.826.587, y la de Necesidades Educativas Especiales de carácter transitorio por $224.262.960, cuyo detalle es el siguiente:

ESTABLECIMIENTOS SUBV. EDUC.DIF.

EN $

SUBV. NEET EN $

TOTAL EN $

Escuela Básica San Carlos de Chonchi 42.113.931 88.157.892 130.271.823

Liceo Manuel Jesús Andrade Bórquez 59.828.125 85.707.877 145.536.002

Escuela Rural Notuco 762.391 2.693.043 3.455.434

Escuela Rural Curaco de Vilupulli 3.131.001 4.656.289 7.787.290

Escuela Rural Quitripulli 8.700.406 8.740.623 17.441.029

Escuela Rural Huillinco 17.389.728 13.678.988 31.068.716

Escuela Rural el Púlpito 3.182.778 3.182.778

Escuela Rural Cucao 5.762.048 3.400.155 9.162.203

Escuela Rural Los Petanes 3.989.180 - 3.989.180

Escuela Rural Miraflores 2.721.942 3.244.323 5.966265

Escuela Rural Nalhuitad 4.658.728 4.087.016 8.745.744

Escuela Rural Rauco 5.769.107 6.713.976 12.483.083

TOTAL 154.826.587 224.262.960 379.089.547

Fuente: Información proporcionada por Corporación y MINEDUC Subv. ED: Subvención Educación Especial Diferencial Subv. NEET: Subvención de necesidades educativas especiales de carácter transitorias.

MES SUBV. EDUC. DIF.

EN $

SUBV. NEET EN $

TOTAL EN $

Enero 11.127.290 15.566.327 26.693.617

Febrero 11.127.290 15.566.327 26.693.617

Marzo 11.127.290 15.566.327 26.693.617

Abril 10.938.827 12.026.618 22.965.445

Mayo 11.182.867 12.139.327 23.322.194

Junio 13.034.421 22.385.092 35.419.513

Julio 12.722.490 22.111.413 34.833.903

Agosto 14.405.580 21.163.124 35.568.704

Septiembre 14.238.046 21.252.522 35.490.568

Octubre 14.293.164 21.318.396 35.611.560

Noviembre 14.920.933 22.016.254 36.937.187

Diciembre 15.708.389 23.151.233 38.859.622

Junio (reliquidación De marzo a mayo)

Sin información Sin información Sin información

TOTAL SUBVENCIONES

154.826.587 224.262.960 379.089.547

Fuente: Información proporcionada por la Corporación y MINEDUC

Al respecto, cabe consignar que según los boletines de subvenciones presentados por la Corporación de Chonchi, dicha entidad percibió en el año 2013, una reliquidación por concepto de subvención regular ascendente a $44.178.551; sin embargo, la aludida Corporación no entregó el detalle de la proporción de la reliquidación correspondiente al programa de integración escolar, 2013, por cuanto, según lo señalado por el jefe del departamento de administración y finanzas de esa entidad, mediante certificado Nº 964, de 15 de mayo de 2014, no se cuenta con la información para determinar los montos asociados a dicha subvención. En este orden, requerida la Secretaría Regional Ministerial de Educación, Región de los Lagos, sobre la reliquidación por concepto de la subvención del programa PIE a la Corporación Municipal de Chonchi, informó a esta Entidad de Control, a través del oficio Nº 622, de 2014, la aludida Corporación percibió las siguiente sumas por establecimiento educacional:

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RBD ESTABLECIMIENTO MONTO EN $

22554 Escuela Básica San Carlos de Chonchi 18.376.497

8206 Liceo Manuel Jesús Andrade Bórquez 14.144.988

8207 Escuela Rural de Notuco 193.684

8208 Escuela Rural Curaco de Vilupulli 547.429

8210 Escuela Rural Quitripulli 1.958.239

8211 Escuela Rural Huillinco 3.157.824

8213 Escuela Rural El Púlpito 357.946

8220 Escuela Rural Cucao 1.183.329

8232 Escuela Rural Los Petanes 0

8234 Escuela rural Miraflores 0

11553 Escuela Rural Nalhuitad 0

8230 Escuela Rural Rauco 0

TOTAL 39.919.936 Fuente: Información proporcionada por la SEREMI de Educación

En igual contexto, revisado el detalle de las rendiciones presentadas en la página web de la Superintendencia de Educación (www.supereduc.cl), se estableció que el monto de reliquidación ahí señalado por cada establecimiento educacional adscrito al PIE, asciende a un total de $39.680.177, monto que presenta una diferencia de $(239.759), respecto a lo señalado por la Seremi de Educación, el detalle es el siguiente:

ESTABLECIMIENTO MONTO S/OF 622/2014; SEREMI

REGION DE LOS LAGOS

EN $

MONTO SEGUN

RENDICIONES DE CUENTAS A LA SUPER.

EDUC. EN $

DIFERENCIA RELIQUIDACIONES RENDICIONES V/S

OF.622/2014 EN $

Esc. Básica san Carlos de Chonchi 18.376.497 18.376.497 0

Liceo Manuel Jesús Andrade B. 14.144.988 14.144.988 0

Escuela Rural Notuco 193.684 193.684 0

Esc. Rural Curaco de Vilupulli 547.429 547.429 0

Escuela Rural de Quitripulli 1.958.239 1.938.239 0

Escuela Rural Huillinco 3.157.824 3.157.824 0

Escuela Rural El Púlpito 357.946 357.946 0

Escuela Rural Cucao 1.183.329 1.183.329 0

Escuela Rural Los Petanes 0 -148.727 -148.727

Escuela Rural Miraflores 0 -91.032 -91.032

Escuela Rural Nalhuitad 0 0 0

Escuela Rural Rauco 0 0 0

TOTAL 39.919.936 39.680.177 -239.759 Fuente: Información obtenida de la página web supereduc.cl del MINEDUC

Respuesta:

La Corporación Municipal de Chonchi, en el transcurso de la Auditoría practicada al Programa de Integración Escolar, año 2013 y conforme a lo señalado en el Certificado, emitido por el Jefe del departamento de Administración y Finanzas Nº 964 de fecha 27/05/2014, ha efectuado los ajustes contables pertinentes, según los comprobantes de traspasos, que se detallan en el siguiente cuadro:

MESES Nº COMPROBANTE FECHA MONTO TOTAL EN $

Enero 229 25/01/2013 26.693.617.-

Febrero 1008 25/03/2013 26.693.617.-

Marzo 1008 25/03/2013 26.693.617.-

Abril 1438 25/04/2013 22.965.444.-

Mayo 1787 27/05/2013 23.322.194.-

Junio 2212 25/06/2013 35.419.514.-

Julio 2587 25/07/2013 34.833.903.-

Agosto 3157 26/08/2013 35.568.704.-

Septiembre 3582 25/09/2013 35.490.568.-

Octubre 4224 25/10/2013 35.611.560.-

Noviembre 4749 29/11/2013 36.937.187.-

Diciembre 5321 23/12/2013 38.859.622.-

Total Subvenciones 379.089.547.-

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De igual manera, mediante oficio Ordinario Nº 6623 de fecha 23/07/2014, dirigido al Jefe del Departamento Provincial de Educación Chiloé, la Corporación Municipal de Chonchi, solicitó aclarar el monto informado en los boletines de Subvenciones de reliquidaciones, percibidas en el año 2013 y 2014 respectivamente, para determinar el monto correspondiente tanto al Programa de Integración Escolar, como al de la Subvención Regular, y efectuar los ajustes contables, si corresponden. Asimismo, a través del oficio señalado, se solicitó aclarar la diferencia de $(239.759).- (doscientos treinta y nueve mil setecientos cincuenta y nueve pesos) que se presenta entre el monto detallado en las rendiciones de cuentas de la página web de la Superintendencia de Educación (www.supereduc.cl) y el monto informado por la Secretaría Regional Ministerial de Educación Región de los Lagos. 3.2Registro y Depósito

De los documentos proporcionados por la entidad visitada, se verificó que los recursos fueron depositados, vía transferencia electrónica de fondos, en la cuenta corriente Nº 83500006849, del banco Estado de la Corporación Municipal de Chonchi, sin determinarse observaciones al respecto. Asimismo, se verificó que la Corporación, de la citada cuenta, traspasa parte de los fondos a la cuenta corriente Nº 83500007675, del Banco Estado, denominada Corporación Municipal de Chonchi Talleres Educativos. Sobre el particular, se comprobó que en ambas cuentas corrientes la Corporación Municipal de Chonchi administra los recursos del PIE, es decir, no es utilizada en forma exclusiva una cuenta para gestionar los recursos del programa. Lo anterior, impide llevar un adecuado control del uso de los recursos propios del programa en análisis, al confundirse con fondos procedentes de otras fuentes de financiamiento. Respuesta:

Respecto al registro y depósito de los recursos provenientes de la Subvención de Escolaridad y particularmente lo referido a la administración de los recursos de la Subvención del Programa de Integración Escolar, cabe señalar que producto de las dos demandas laborales por concepto del pago del Bono SAE, a saber Causa C-1-2012 “Acevedo y Otros con Corporación Municipal de Chonchi” y Causa C-9-2013 “Macias y Otros con Corporación Municipal de Chonchi”, interpuesta por Docentes de la Comuna en contra de la Corporación Municipal de Chonchi, en el transcurso de dichos procesos, se efectuaron embargos a las cuentas corrientes de la Corporación Municipal, en el año 2012 y 2013 respectivamente, según se indica:

Embargo de Cuentas Corrientes Año 2012:

Con fecha 01/02/2012, se efectúa traba de embargo a las Cuentas Corrientes del Banco Estado N° 83500006849, denominada "Corporación Municipal de Chonchi - Educación", por el monto de $14.669.778.- (catorce millones seiscientos sesenta y nueve mil setecientos setenta y ocho pesos); Cuenta Corriente N° 83500006857, denominada, "Corporación Municipal de Chonchi - Salud", por el monto de $7.914.543.- (siete millones novecientos catorce mil quinientos cuarenta y tres pesos) y Cuenta Corriente N° 83500007675, denominada "Corporación Municipal de Chonchi - Taller Educativo", por el monto de$746.334.- (setecientos cuarenta y seis mil trescientos treinta y cuatro pesos). Asimismo, con fecha 28/02/2012, se realizó traba de embargo a la cuenta corriente N° 65-735512-1, denominada "Salud", por el monto de $578.682.- (quinientos setenta y ocho mil seiscientos ochenta y dos pesos". Con fecha 18 de Abril de 2012, se suscribe avenimiento entre las partes y se procede al alzamiento del embargo a las cuentas corrientes de la Corporación Municipal.

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Lo señalado anteriormente, obligó a la Corporación Municipal de Chonchi a efectuar la administración de los recursos, de todas sus áreas de negocios, es decir, educación, salud y atención de menores en la Cuenta Corriente N° 83500012831, denominada "Corporación Municipal de Chonchi - Fondos de Terceros", con excepción de los recursos de la Subvención Escolar Preferencial - SEP, cuya cuenta Corriente No fue embargada y por lo tanto, tanto sus ingresos y gastos fueron administrados en la citada cuenta corriente.

Embargo de Cuentas Corrientes Año 2013: El 26 de abril de 2013, se efectúa nuevamente traba de embargo a las cuentas corrientes del Banco Estado N° 83500006849, denominada "Corporación Municipal de Chonchi - Educación", por el monto de $51.441.253.- (cincuenta y un millones cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta y tres pesos); cuenta corriente N° 83500006857, denominada "Corporación Municipal de Chonchi - Salud", por el monto de $21.402.079.- (veintiún millones cuatrocientos dos mil setenta y nueve pesos) y cuenta corriente N° 83500007675, denominada "Corporación Municipal de Chonchi - Taller Educativo", por el monto de $6.594.129.- (seis millones quinientos noventa y cuatro mil ciento veintinueve pesos) Lo señalado, fue registrado contablemente mediante egreso N° 1461 de fecha 26/04/2013, del área educación, por el monto de $51.441.253.- (cincuenta y un millones cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta y tres pesos); egreso N°1462 de fecha 26/04/2013, del área salud, por el monto de $21.402.079.- (veintiún millones cuatrocientos dos mil setenta y nueve pesos) y comprobante de egreso N° 1463 de fecha 26/04/2013, del área de educación especial, por el monto de $6.594.129.- (seis millones quinientos noventa y cuatro mil ciento veintinueve pesos) Con fecha 26 de julio de 2013 se procede al alzamiento del embargo de las cuentas corrientes de la Corporación Municipal, según registros contables de ingresos N°s. 2668, 2669 y 2670, todos de fecha 30/07/2013; quedando un monto retenido en la cuenta corriente N° 83500006857, denominada "Corporación Municipal de Chonchi - Salud, por el monto de $13.854.626.- (trece millones ochocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos veintiséis pesos). Lo anterior, obligó nuevamente a la Corporación Municipal de Chonchi, administrar los recursos de sus áreas de negocios de Educación, Salud y Atención de Menores de Chonchi en la cuenta corriente N° 83500012831, denominada "Corporación Municipal de Chonchi - Fondos de Terceros" con excepción de los recursos de la Subvención Escolar Preferencial - SEP, cuya cuenta Corriente No fue embargada. En resumen y particularmente respecto de la administración de los recursos percibidos durante el año 2013 por concepto de la Subvención regular y por ende del Programa de Integración Escolar fueron depositadas en las Cuentas Corrientes, vía transferencia electrónica de fondos, según el siguiente detalle: Nº

INGRESO FECHA DEPOSITO EN CUENTA

CORRIENTE Nº 83500006849

DEPOSITO ENCUENTA CORRIENTE

Nº 83500012831

221 25/01/2013 221.776.232.-

656 25/02/2013 220.088.454.-

1003 25/03/2013 220.012.048.-

1435 25/04/2013 202.334.738.-

1781 27/05/2013 218.712.031.-

2210 25/06/2013 293.276.558.-

2583 25/07/2013 231.877.707.-

3155 26/08/2013 222.747.392.-

3580 25/09/2013 222.966.614.-

4143 25/10/2013 225.686.021.-

4575 25/11/2013 234.894.820.-

5289 23/12/2013 246.112.726.-

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Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, y acogiendo la observación formulada por dicho Organismo de Control, se informa que a partir del mes de Julio del año en curso, la Subvención del Programa de Integración Escolar, se transfiere en su totalidad a la cuenta corriente Nº 83500007675, denominada “Corporación Municipal de Chonchi – Taller Educativo”.

3.3 Registro Contable

Los recursos son ingresados mediante transferencia electrónica de fondos directamente a la Corporación Municipal y se utilizan las cuentas del plan contable que tiene habilitado dicha Corporación. Se registran en dos cuentas, Subvención Base, 5-1-01-01-001 y Asignación Zona, 5-1-01-01-002, las cuales al 31 de diciembre de 2013, totalizan la suma de $575.207.397, dado que como ya se señaló, consideran los códigos 1110, 1310 y 1410, determinándose la diferencia de $196.117.850, ya detallada en el punto 3.1. Respuesta: La Corporación Municipal de Chonchi, en el transcurso de la Auditoría practicada al Programa de Integración Escolar, año 2013 y conforme a lo señalado en el Certificado, emitido por el Jefe del departamento de Administración y Finanzas Nº 964 de fecha 27/05/2014 ha efectuado los ajustes contables pertinentes, detallados en la respuesta del punto 3.1.

3.4 Conciliación Bancaria Se examinó la Conciliación de la Cuenta Corriente Nº 83500007675, denominada Corporación Municipal de Chonchi Taller educativo, del mes de diciembre 2013, determinándose que contenía dos Cheques girados y no cobrados caducados, por un total de $54.681, cuyo detalle se indica en el cuadro siguiente, lo que distorsiona el saldo de disponibilidades, afectando con ello las normas y principios de contabilidad generalmente aceptados:

Nº CHEQUE FECHA EMISION MONTO EN $

1456967 29.01.2013 9.681.-

730010 21.12.2012 45.000.-

Total $54.681.- Fuente: Información de cuentas corrientes proporcionadas por la Corporación.

Respuesta: Mediante Comprobante de Traspaso Nº 2544 de fecha 22/07/2014 del área de Negocios de Educación Especial, la Corporación Municipal de Chonchi ha realizado el ajuste contable correspondiente, para regularizar los Cheques caducados al 31 de diciembre de 2013. Lo anterior queda reflejado en el Informe de Estado Cuenta Bancaria, emitido con fecha 29/07/2014 (Conciliación Bancaria) de la Cuenta Corriente en referencia. Para su conocimiento y fines, en anexo se adjuntan los documentos señalados.

4. Examen de Egresos

4.1 Ejecución programa de Integración Escolar, PIE Sin Observaciones 4.2 Recursos Gastados y Remanentes no utilizados Acorde a la información de la página web de la Superintendencia de Educación, respecto de las rendiciones efectuadas, cabe señalar que del total de ingresos del período en revisión, ascendentes a $418.769.724, la Corporación Municipal de Chonchi rindió la suma de $316.078.625, quedando un saldo sin ejecutar de $102.691.099, el que sumado al saldo de arrastre del año 2012, totaliza $149.510.054, cuyo detalle es el siguiente:

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INGRESOS PERCIBIDOS PIE CON RELIQUIDACION 2013

EN $

GASTOS RENDIDOS 2013

EN $

EXCEDENTES 2013 EN $

REMANENTE AÑO 2012

EN $

TOTAL DEL SALDO

PENDIENTE EN $

418.769.724

316.078.625

102.691.099

46.818.955

149.510.054

Fuente: Información obtenida de la página web de la Superintendencia de Educación

4.3 Saldo en Cuenta Corriente del departamento de Educación Sobre el particular, analizados los saldos contables al 31 de diciembre de 2013, de las cuenta corrientes Nº 83500007675 y 83500006849, abiertas en el Banco Estado, éstas registraban disponibilidades por la suma total de $131.649.637, cifra que no cubre el saldo sin utilizar del programa PIE, el detalle se presenta a continuación:

CUENTA CORRIENTE Nº SALDO CONTABLE AL 31.12.2013 EN $

83500007675 567.571

83500006849 131.082.066

TOTAL 131.649.637 Fuente: Información de cuentas corrientes proporcionada por la Corporación Municipal de Chonchi

Al respecto, de los numerales 4.2 y 4.3, precedentes, se advierte una diferencia de $17.860.417, entre el saldo pendiente de rendición del Programa PIE y las disponibilidades financieras conciliadas de las citadas cuentas corrientes de la Corporación, situación que deberá aclarar fundadamente en su respuesta al preinforme, toda vez que no se ajusta a lo estipulado en la cláusula quinta, letra h) del convenio celebrado con la Secretaría Regional Ministerial de Educación, de 23 de mayo 2011, aprobado por resolución exenta Nº 3.704, de 23 de junio de 2011. Respuesta: Respecto a lo señalado en el punto 4.2 y 4.3 respectivamente, cabe tener presente lo siguiente: a) Rendición de Cuentas Página Web, de los Recursos destinados al Financiamiento del Programa de Integración Escolar (PIE), año 2011, 2012 y 2013 respectivamente. En el proceso de rendición de cuentas en la página web de los recursos destinados al financiamiento del Programa de Integración Escolar (PIE), año 2011, 2012 y 2013 respectivamente, cabe hacer presente que no fueron rendidos en su oportunidad el monto total de $11.700.389.- (once millones setecientos mil trescientos ochenta y nueve pesos).

Con el propósito de regularizar lo señalado en el párrafo anterior, mediante Oficio Ordinario N° 6646 de fecha 30 de julio 2014, dirigido al Sr. Víctor Reyes Alvarado, Director Regional de la Superintendencia de Educación, la Corporación Municipal de Chonchi, solicitó la reapertura de la página web, para poder ingresar los documentos pagados y no rendidos. b) Rendición de Cuentas Página Web, de los Recursos destinados al financiamiento del Programa de Integración Escolar (PIE), año 2012. Sobre el particular, cabe señalar que el monto total rendido en la página web el año 2012, asciende a $254.314.798.- (doscientos cincuenta y cuatro millones trescientos catorce mil setecientos noventa y ocho pesos), quedando un remante por rendir de $44.246.830.- (cuarenta y cuatro millones doscientos cuarenta y seis mil ochocientos treinta pesos), monto que difiere del señalado en el preinforme, que señala el monto de $46.818.955.- (cuarenta y seis millones ochocientos dieciocho mil novecientos cincuenta y cinco pesos), lo que arroja una diferencia de $2.572.125 (Dos Millones

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Quinientos Setenta y Dos Mil Ciento Veinte y Cinco Pesos), lo anterior según formularios de Rendición de Cuentas de la subvención del Programa de Integración Escolar, según el siguiente detalle:

Nº ESTABLECIMIENTO INGRESOS SUBVENCION

AÑO 2012

RENDICION PAGINA WEB

AÑO 2012

SALDO REMANENTE

AÑO 2012

1 Esc. Básica San Carlos de Chonchi 84.777.267 77.886.837 6.890.430

2 Liceo Manuel Jesús Andrade B. 111.786.538 112.593.148 -806.610

3 Escuela Rural Notuco 4.058.399 3.208.452 849.947

4 Escuela Rural Curaco de Vilupulli 7.240.998 5.255.419 1.985.579

5 Escuela Rural Quitripulli 19.681.765 13.298.684 6.383.081

6 Escuela Rural Huillinco 29.221.144 14.123.131 15.098.013

7 Escuela Rural El Púlpito 8.240.464 3.754.982 4.485.482

8 Escuela Rural Cucao 12.966.808 9.758.103 3.208.705

9 Escuela Rural Los Petanes 3.788.638 3.668.728 119.910

10 Escuela Rural Miraflores 7.995.923 5.057.349 2.938.574

11 Escuela Rural Nalhuitad 8.803.684 5.709.965 3.093.719

12 Escuela Rural Rauco 0 0 0

Totales 298.561.628 254.314.798 44.246.830

c) Análisis de Cuentas Administración de Recursos Programa de Integración Escolar. De conformidad a lo señalado en la respuesta al punto 3.2 del preinforme, cabe señalar que ante la circunstancia de embargo de las cuentas corrientes de la corporación Municipal, tanto en el año 2012, como en el año 2013, y por ende, la utilización de la cuenta corriente N° 83500012831, denominada "Corporación Municipal de Chonchi - Fondos de Terceros", para administrar temporalmente los recursos de las áreas de educación, salud y los provenientes de la subvención del Programa de Integración Escolar, debe considerarse el saldo contable de la cuenta señalada al 31/12/2013 por el monto de $4.747.738.- (cuatro millones setecientos cuarenta y siete mil setecientos treinta y ocho pesos). En virtud de lo señalado, las disponibilidades en las cuentas corrientes Nºs. 83500007675, Nº 83500006849 y Nº 83500012831, todas del Banco Estado, arroja el monto de $136.397.375.- (ciento treinta y seis millones trescientos noventa y siete mil trescientos setenta y cinco pesos). Se adjunta en Anexo la Conciliación Bancaria de la Cuenta Corriente N° 83500012831, al 31/12/2013. 5. Rendición Financiera

5.1 Rendiciones de Cuentas presentadas a la Superintendencia de Educación Sin Observaciones 5.2 Gastos Imputados en forma errónea Al respecto se comprobó que la Corporación Municipal, rindió gastos por la suma total de $8.863.439, en la categoría gastos en personal, los cuales acorde a su naturaleza, correspondía clasificar como gastos de operación, incumpliendo las instrucciones impartidas mediante el oficio Nº 50, de 2014, de la Superintendencia de Educación Escolar. El detalle consta en anexo Nº 4.

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CATEGORIA TOTAL GASTOS

RENDIDOS S/AUDITORIA

EN $

TOTAL GASTOS RENDIDOS

S/CORPORACION EN $

DIFERENCIA DETERMINADA

SEGÚN CATEGORIA

EN $

Gastos de Operación 21.260.168 12.396.729 8.863.439

Gastos en Recursos de Aprendizaje

4.133.477 4.133.477

Gastos en Equipamiento de Apoyo Pedagógico

499.800 499.800

Gastos en Imprevistos 0 0

Gastos en Infraestructura 0 0

Gastos en Personal 290.185.180 299.048.619 -8.863.439

Total Gastos 316.078.625 316.078.625 Fuente: Información de gastos proporcionada por la Corporación Municipal de Chonchi

Respuesta: Con el propósito de regularizar la observación formulada, mediante Oficio Ordinario Nº 6582 de fecha 11 de Julio de 2014, dirigido a la Sra. Directora Regional (s) de la Superintendencia de Educación, la Corporación Municipal de Chonchi, solicitó la reapertura de la página web, Rendición de Cuentas de los Recursos destinados al financiamiento del programa de Integración Escolar (PIE) año 2013. Por su parte, a través de Ordinario Nº 221 de fecha 17 de julio de 2014, la Superintendencia de Educación Escolar da respuesta a lo solicitado y en lo pertinente señala en el numeral 1) que el proceso de rendición de cuentas de la Subvención Programa de Integración Escolar año 2013, se encuentra finalizado, por lo cual el aplicativo de rendición de cuentas, dispuesto para dicho objetivo por el nivel central, se encuentra deshabilitado de la página institucional; por lo que no es posible acceder a la solicitud. Sin embargo en el numeral 2) señala que cuando se dé inicio al proceso de rendición de cuentas 2014 de dicha subvención, se podrá acceder al año 2013 y hacer los ajustes que estime pertinente, como el que indica en el oficio conductor señalado anteriormente. En virtud de lo expuesto, la Corporación Municipal de Chonchi procederá ha efectuar los ajustes correspondientes de la rendición de cuentas del Programa de Integración Escolar año 2013 una vez esté habilitada la página web (www.supereduc.cl) En Anexo se adjunta los documentos señalados. 5.3 Gasto rendido en exceso Se comprobó que en la rendición de cuentas, correspondiente a la escuela Nalhuitad, se rindió en exceso la suma de $51.147, toda vez que la factura Nº 160076, del 24 junio 2013, del proveedor Comercial red Office Sur Ltda., por la suma de $28.128, fue rendida por $79.275, incumpliendo las instrucciones impartidas mediante el oficio Nº 50, de 2014, de la Superintendencia de Educación Escolar. Respuesta: Idem a lo señalado en la respuesta del punto 5.2. 5.4 Informe Técnico de Evaluación Anual

El artículo 12, del decreto Nº 170, de 2009, de Educación, establece que, anualmente, el establecimiento educacional deberá elaborar un informe que dé cuenta de lo avances obtenidos, determine la continuidad y el equipo y el tipo de apoyos requeridos. Este informe deberá ser elaborado de acuerdo a las instrucciones que establezca el Ministerio de Educación, y estar documentado con evidencias del trabajo realizado durante el año escolar. En tanto, el artículo 92 señala que el programa de integración escolar debe contar con un sistema de evaluación y seguimiento por establecimiento, de las distintas acciones realizadas. Esta información debe ser sistematizada a través de un “Informe Técnico de Evaluación Anual”, que deberá entregarse al consejo escolar y estar disponible para las familias de los estudiantes que presentan necesidades

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educativas especiales, a lo menos una vez al año, antes del 30 de enero de cada año. Agrega el ya citado artículo 92, que el informe en comento, debe adjuntar un anexo con información detallada del uso de los recursos otorgados por concepto de subvención de educación especial, disposición que debe entenderse complementada por el ya mencionado decreto Nº 469, de 2013, del Ministerio de Educación, que establece un mecanismo común de rendición de cuenta pública para los sostenedores de establecimientos educacionales subvencionados o que reciban aportes del estado. Al respecto, la fiscalización efectuada estableció que la Corporación publicó en la plataforma computacional de la Superintendencia de Educación www.supereduc.cl, la correspondiente rendición de los doce establecimientos adscritos al programa de integración escolar, en dos etapas, la primera etapa correspondiente a once colegios, el 20 de enero y en una segunda fase – un colegio – el 1 de marzo 2014, durante la ampliación de plazo otorgada por el Ministerio de Educación, cumpliendo lo establecido en el referido reglamento. En cuanto al informe técnico de evaluación anual, ITEA, que debían elaborar cada establecimiento antes del 30 de enero de cada año, cabe precisar que la corporación municipal, con fecha 10 de enero de 2014, registró en la página web www.comunidadescolar.cl, los citados informes respecto a once establecimientos educacionales adscritos al programa de integración, a saber: escuelas rurales Notuco, Curaco de Vilupulli, Huillinco, El Púlpito, Cucao, Los Petanes, Miraflores, Nalhuitad, Rauco y Liceo Manuel Jesús Andrade Bórquez. En el caso de la escuela básica San Carlos de Chonchi, el ITEA, fue ingresado el 13 de enero de 2014. Por su parte, de las validaciones efectuadas en cinco establecimientos, permitieron evidenciar que el informe técnico de evaluación anual, respecto a ponerlo a disposición de las familias de los estudiantes a lo menos una vez al año, solo la escuela de Nalhuitad, dio cumplimiento con este requerimiento. En relación con la Escuela San Carlos de Chonchi, no contaba con información de la entrega del ITEA. Sobre las escuelas rurales de Notuco y Curaco de Vilupulli, se informó que el informe se entregaba en reuniones de apoderados; sin embargo, no consta que fueron entregadas antes del 30 de enero de 2014. Para la escuela de Rauco, el citado informe se entregó en el mes de junio de 2014, por lo tanto, respecto de los cuatro establecimientos, se incumplió lo establecido en el artículo 92 del referido reglamento. Cabe señalar que de los informes técnicos de evaluación anual de los establecimientos educacionales adscritos al programa, se determinó que un total de 201 alumnos con Necesidades Educativas Especiales fueron reevaluados; a 43 de los cuales se les dio el alta, lo que equivale al 21% del total mencionado. El detalle es el siguiente:

Nº RBD ESTABLECIMIENTO ALUMNOS REEVALUADOS

ALUMNOS DE ALTA

% DE ALUMNOS DE

ALTA

1 22554 Escuela Básica San Carlos de Chonchi

71 26 37%

2 8206 Liceo Manuel Jesús Andrade Bórquez

77 15 19%

3 8207 Escuela Rural Notuco 3 0 0%

4 8208 Escuela Rural Curaco de Vilupulli

5 1 20%

5 8210 Escuela Rural Quitripulli 9 1 11%

6 8211 Escuela Rural Huillinco 12 0 0%

7 8213 Escuela Rural El Púlpito 3 0 0%

8 8220 Escuela Rural Cucao 4 0 0%

9 8232 Escuela rural Los Petanes 0 0 -

10 8234 Escuela Rural Miraflores 3 0 0%

11 11553 Escuela Rural Nalhuitad 5 0 0%

12 8230 Escuela Rural Rauco 9 0 0%

TOTAL 201 43 21% Fuente: Informes Técnicos de Evaluación Anual, ITEA

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En relación al logro de las acciones alcanzadas en los aprendizajes, y considerando a los estudiantes que presenta NEE Transitorias y Permanentes, éste alcanzó a un promedio general de 87% en los establecimientos educacionales. Las acciones evaluadas correspondieron a las siguientes: - Monitoreo y registro del progreso de aprendizaje de los estudiantes que presentan NEE, compartido con los profesores de los cursos correspondientes. - Actividades realizadas para alcanzar los logros de aprendizaje establecidos para cada estudiante con NEE, en base a las metas de aprendizaje establecidas para ellos y a los resultados de la evaluación anual o reevaluación. - Registro y difusión de los logros de aprendizaje establecidos para cada estudiante con NEE con la comunidad escolar. - Participación de estudiantes NEE en actividades planificadas para el curso, en el marco del currículo correspondiente a su nivel educativo. - Planificación del equipo de aula, el Plan de Apoyo Individual (PAI) de cada estudiante, y los seguimientos y evaluaciones de éstos. El detalle por cada establecimiento educacional es el siguiente:

RBD

ESTABLECIMIENTO

Acción Lograda

%

Acción Lograda

Parcialmente %

Acción No

Lograda %

1 22554 Escuela Básica San Carlos de Chonchi 60% 40% 0%

2 8206 Liceo Manuel Jesús Andrade Bórquez 60% 40% 0%

3 8207 Escuela Rural Notuco 80% 20% 0%

4 8208 Escuela rural Curaco de Vilupulli 100% 0% 0%

5 8210 Escuela Rural Quitripulli 80% 20% 0%

6 8211 Escuela Rural Huillinco 80% 20% 0%

7 8213 Escuela rural El Púlpito 100% 0% 0%

8 8220 Escuela Rural Cucao 100% 0% 0%

9 8232 Escuela Rural Los Petanes 80% 20% 0%

10 8234 Escuela Rural Miraflores 100% 0% 0%

11 11553 Escuela Rural Nalhuitad 100% 0% 0%

12 8230 Escuela Rural Rauco 100% 0% 0%

PROMEDIO % 87% 13% Fuente: Informe Técnicos de Evaluación Anual, ITEA

Respuesta:

Respecto a la entrega del Informe Técnico de Evaluación Anual, ITEA, cabe señalar lo siguiente:

En el caso particular de la Escuela Básica San Carlos de Chonchi, con fecha 28 de julio de 2014, se dio a conocer el Informe Técnico de Evaluación Anual (ITEA) en la jornada de evaluación y planificación del establecimiento a todos los docentes de dicha Unidad Educativa. En dicha instancia, se acuerda replicar esta información en la reunión del subcentro de apoderados del mes de Agosto de 2014.

Asimismo, la Escuela Rural Curaco de Vilupulli, realizó la entrega a los representantes del Consejo Escolar el día martes 29 de abril de 2014 y en Asamblea General de Padres y Apoderados N° 2 del día jueves 08 de mayo del año en curso. En ambos casos se adjunta fotocopia de actas con las respectivas firmas de los participantes. De igual manera, la Escuelas Rural Notuco, lo informó en reunión de Padres y Apoderados de fecha 28/04/2014, según que se adjunta.

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6. Validación en Terreno De las visitas realizadas a 5 establecimientos educacionales, los días 30 de mayo, 2, 3, y 4 de junio de 2014, junto con el coordinador o encargada del establecimiento correspondiente, se advirtieron las siguientes situaciones:

6.1 Existencia y funcionamiento del Aula de recursos PIE Sin observaciones 6.2 Registro de Asistencia de Alumnos Sin Observaciones. 6.3 Materiales fungibles y didácticos para los alumnos con necesidades educativas especiales. La auditoría realizada permitió verificar la existencia de un cronograma de adquisición – plan de inversión – de recursos didácticos específicos y de ayudas técnicas, conforme a lo establecido en el artículo 90, del reglamento; para cada uno de los doce establecimientos adscritos al PIE. Asimismo, permitió establecer que la Corporación, efectuó adquisiciones de materiales fungibles y didácticos para los Establecimientos Educacionales adscritos al programa de integración escolar en el año 2013, por la suma total de $16.533.698, las que consistieron en la compra de artículos de oficina, materiales didácticos, materiales para talleres, insumos computacionales, materiales de enseñanza, entre otros, de cuya validación se obtuvo que tales adquisiciones se ajustaron a lo dispuesto en el artículo 86, letra d), del reglamento, que se refiere a los medios y recursos materiales educativos que faciliten la participación, la autonomía y progreso en los aprendizajes de los estudiantes. Del análisis de los 12 planes de inversión se comprobó lo siguiente:

a) Existen adquisiciones programadas en los Planes de adquisiciones de siete escuelas, los que no se ejecutaron de acuerdo a lo establecido en los citados planes, el detalle es el siguiente:

ESTABLECIMIENTO CONCEPTO GASTO PROGRAMADO

SEGÚN PLAN DE INVERSIONES

EN $

GASTO REAL EJECUTADO

EN $

Escuela Rural de Quitripulli

Material Didáctico Material Bibliográfico

200.000 800.000

0 0

Escuela Rural de Huillinco Material Bibliográfico 700.000 0

Escuela rural de Notuco Material Bibliográfico 80.000 0

Escuela Rural Miraflores Material Bibliográfico 98.189 0

Escuela Rural Los Petanes

Material Didáctico Material Bibliográfico

150.000 100.000

0 0

Escuela San Carlos de Chonchi

Material Didáctico Material Bibliográfico

3.974.315 1.874.316

0 0

Escuela rural de Cucao Material Bibliográfico 100.000 0 Fuente: Plan anual de adquisiciones y base de gastos proporcionada por la Corporación Municipal de Chonchi.

b) Se ejecutaron gastos relacionados con materiales didácticos y bibliográficos,

los cuales no se encontraban contemplados en los Planes de inversiones en dos establecimientos:

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ESTABLECIMIENTO CONCEPTO GASTO PROGRAMADO

SEGÚN PLAN DE INVERSIONES

EN $

GASTO REAL EJECUTADO

EN $

Escuela rural el Púlpito Material didáctico 0 104.000

Escuela rural de Nalhuitad Material Didáctico 0 199.524 Fuente: Plan anual de adquisiciones y base de gastos proporcionada por la Corporación Municipal de Chonchi.

Respuesta: Respecto a lo señalado en la letra a) cabe señalar que el procedimiento establecido por la Corporación Municipal de Chonchi, para la ejecución de las compras y/o contratación de servicios, el requerimiento se efectúa desde el establecimiento educacional. En este caso particular, todas las solicitudes realizadas vía conducto regular, fueron debidamente cursadas. Por otra parte, respecto a lo expuesto en la letra b) es dable manifestar que el instrumento “Plan Anual de Inversión”, es una estimación de los gastos que se efectuarán en el transcurso del año calendario respectivo, razón por la cual durante la ejecución del mismo y siendo pertinente a las acciones del Programa de Integración Escolar, dicho gastos se enmarcan dentro de las orientaciones técnicas emanadas del Ministerio de Educación. La Escuela Rural de El Púlpito, realizó el requerimiento de compra a través de oficio Nº 40 de fecha 01/10/2013, el cual adjunta el formulario único de solicitud de materiales educación especial, debidamente firmado por las instancias pertinentes y cotización respectiva. De igual manera, la Escuela Rural de Nalhuitad, efectuó el requerimiento de compra, mediante oficio Nº 19 de fecha 14/06/2013 y Oficio Nº 41 de fecha 01/10/2013 respectivamente. Se adjunta la documentación de solicitud de compra y pago respectivamente.

Otro aspecto a considerar, y tal como lo indica el propio preinforme, la Coordinación Comunal de Educación Especial del año 2013 de la Corporación Municipal de Chonchi, fue desempeñada por tres profesionales que estuvieron a cargo del Programa de Integración Escolar en distintos periodos, lo que evidentemente afectó en gran medida el normal seguimiento de la ejecución del Plan Anual de Inversión de los establecimientos educacionales adscritos al citado programa. 6.4 Registro de Planificación y Evaluación de Actividades de Curso De manera previa, cabe precisar que, de acuerdo al punto 6.3, del oficio ordinario Nº 496, de 2011, ya citado, las actividades propias del programa de integración escolar deben registrarse en el documento denominado “registro de Planificación y Evaluación de Actividades de Curso, Programa Integración Escolar”, el que contempla lo siguiente:

La planificación del trabajo colaborativo

Proceso de evaluación inicial

Planificación del proceso educativo

Estrategias de trabajo con la familia y la comunidad

Implementación y evaluación del proceso educativo.

Registro de los apoyos y actividades realizadas, el lugar en que se otorgan, fecha y firma del profesional.

Las validaciones practicadas al efecto, determinaron que, en general, el documento mencionado es efectivamente utilizado, manteniéndose al día y detallando, entre otros antecedentes, la identificación del equipo de aula, el o los alumnos que reciben la atención, las actividades realizadas y las horas que se emplearon, así como la fecha, hora y materias tratadas durante la asistencia, consignando, además, las citaciones a los alumnos y apoderados o reuniones con estos últimos. Las verificaciones fueron efectuadas en 5 establecimientos educacionales, equivalentes a 41,7% del total de establecimientos adscritos al programa, las cuales arrojaron los

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siguientes resultados en relación al porcentaje de utilización por ítem del citado registro de planificación y evaluación de actividades: ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES

EQUIPO DE AULA

PLANIFICACION DEL PROCESO EDUCATIVO

REGISTRO DE LA IMPLEMENTACION Y EVALUACION DEL PROCESO EDUCATIVO

REGISTRO DE ACTIVIDADES CON LA FAMILIA Y LA COMUNIDAD

ACTAS DE REUNIONES

% UTILIZACION

Escuela Básica San Carlos de Chonchi

84% 95% 69% 69% 25% 78%

Escuela Rural Notuco

100% 100% 100% 50% 100% 92%

Escuela Rural Curaco de Vilupulli

100% 100% 100% 100% 100% 100%

Escuela Rural Nalhuitad

67% 100% 67% 0% 0% 64%

Escuela Rural Rauco

100% 85% 58% 38% 75% 73%

Cumplimiento Comunal

90% 96% 79% 51% 60% 82%

Fuente: Registro de Planificación y Evaluación de Actividades de Curso.

El cálculo del porcentaje por ítem se encuentra detallado en anexo Nº 5. Respuesta: Sin Observaciones. 6.5 Control de los Bienes y Equipamiento adquirido con los recursos percibidos del Programa.

De la revisión realizada a las adquisiciones que efectuó la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Chonchi, así como las validaciones de los bienes en las dependencias de los cinco establecimientos de la muestra visitados, se observó que éstos no tienen asignado un número de inventario, lo cual impide controlar dichos activos en forma individual, así como el seguimiento de esas especies, infringiendo con ello lo dispuesto en el artículo 90 del decreto supremo Nº 170, de 2009, del Ministerio de Educación. Sobre la materia cabe agregar que los cinco colegios de la muestra, tres mantienen listados con registros de los bienes correspondientes al programa de Integración Escolar, escuela básica san Carlos de Chonchi, escuela rurales de Rauco y Notuco. En los dos establecimientos, escuela rural de Nalhuitad y escuela Curaco de Vilupulli, carecen de algún tipo de listado de registro de los bienes adquiridos con los recursos correspondientes al citado Programa. Respuesta:

Respecto de esta materia, mediante oficio Ordinario Nº 6105 de fecha 11 de abril de 2014, dirigido a los Docentes Encargados de Escuelas de la Comuna de Chonchi, La Corporación municipal, solicitó los Inventarios, adjuntando el formulario respectivo para su llenado, en el cual se establece el tipo de inventario por Subvención, es decir, Inventario por Subvención Regular, Inventario por Subvención Escolar Preferencial (SEP) e Inventario del Programa de Integración Escolar (PIE). La Escuela rural de Curaco de Vilupulli, mediante Ord. Nº 027 de fecha 28/05/2014, dirigido al Secretario General de la Corporación municipal, informa que en dicho establecimiento educacional no hay bienes adquiridos con cargo al programa de Integración Escolar. Por su parte, la escuela rural de Nalhuitad, con fecha 29/05/2014, envió el formulario correspondiente al Inventario de la Subvención del Programa de Integración Escolar, señalando que durante el año 2013, No se efectuaron compras de bienes con cargo al citado programa. Se adjunta en anexo, los documentos señalados.