CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de...

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C ORTE S UPERIOR DE J USTICIA DEL C USCO

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIADEL CUSCO

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La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019

AVISOS JUDICIALES

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBOExp. 198-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por contra ARISTIDES QUISPE CONDORI; se ha dispuesto notifi car a las par-tes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ARISTIDES QUISPE CONDORI en agravio de LOURDES PÉREZ CASTRO. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas víc-timas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PRO-TECCIÓN: ORDENAR al denunciado ARISTIDES QUISPE CONDORI, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Fisica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de LOURDES PÉREZ CASTRO. PARA fi nes de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 08 de agosto del año 2019 a horas 09:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notifi ca-ción) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo.

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBOExp. 190-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por BENIGNA CRUZ MAMANI contra NICOLÁS TUNQUI CRUZ; se ha dispuesto notifi car a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros en contra de NICOLÁS TUNQUI CUTIPA en agravio de BENIGNA CRUZ MAMANI y el menor BRAYAN RAÚL TUNQUI CRUZ (13). Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente ME-DIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado NICOLÁS TUNQUI CUTIPA, EL CESE Y ABSTENCIÓNinmediata de toda agresión Física y psicológica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vul-nere la integridad personal de BENIGNACRUZ MAMANI, PARA fi nes de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 31 de julio del 2019 a horas 11:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programa-ción de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmedia-tas, el diligenciamiento de las cédulas de notifi cación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo.

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBOExp. 192-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por YONI LAU-RA GONZALO contra ISAÍAS CHAMPÍ CAYULLA; se ha dispuesto notifi car a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ISAÍAS CHAMPÍ CAYULLA en agravio de YONI LAURA GONZALO.En virtud de dar protección inmediata a las presun-tas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado ISAÍAS CHAMPÍ CAYULLA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, in-sultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de YONI LAURA GONZALO. PARA fi nes de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 01 de agosto del año 2019 a horas 09:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notifi ca-ción) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verifi carse la audiencia con las partes procesales que concurran.

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NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL1. Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la actuación de la secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dispuesto mediante resolución 02 del 24 de julio del 2019, la notifi cación vía edicto en el expediente N° 03-2019-97-1013-JM-PE-01 seguido contra la persona de OMAR CABRERA HUAMAN por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de CABRERA TORRES MARIBEL REPRESEN-TADO POR BENEDICTA TORRES MESA, en consecuencia, NOTIFI-QUESE al acusado que mediante RESOLUCIÓN 02 del 24 de julio del 2019 este Despacho 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia de Juicio Oral en los seguidos contra el acusado OMAR CABRERA HUAMAN. 2.REPROGRÁMESE la presente audien-cia para ser verifi cada en fecha 29 DE AGOSTO DEL 2019, A HORAS 14:30 DE LA TARDE, A VERIFICARSE EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO, dispo-niendo la notifi cación del acusado en su domicilio real en la comu-nidad campesina de Pitucamcha del distrito de Caicay, Provincia de Paucartambo, Región Cusco, sin perjuicio de ello y al amparo de los dispuesto por el artículo 258° del Código Procesal Penal se dispone la notifi cación edictal, debiendo el especialista de audio cuidar con glosar las publicaciones con la oportunidad debida. 3. Subsisten los apercibi-mientos dictados en la resolución N° 01, entre ellas la de declararse REO CONTUMAZ al acusado en caso de no concurrir a la audiencia programada. H.S.-

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NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL1. Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la actuación de la secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dispuesto mediante resolución 02 del 24 de julio del 2019, la notifi cación vía edicto en el ex-pediente N° 113-2019-14-1013-JM-PE-01 seguido contra la persona de WALTER HUAMAN QUISPE por el delito Omisión de Asistencia Fami-liar, en agravio de la menor Lucia Huaman Quispe representada por su progenitora Aleja Quispe Quispe, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado que mediante RESOLUCIÓN 02 del 24 de julio del 2019 este Despacho DISPONE: (…)1.- DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia de Juicio Oral en los seguidos contra el acu-sado WALTER HUAMAN QUISPE. 2. REPROGRÁMESE la presente audiencia para ser verifi cada en fecha 05 DE SETIEMBRE DEL 2019, A HORAS 15:30 DE LA TARDE, A VERIFICARSE EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCAR-TAMBO, disponiendo la notifi cación del acusado WALTER HUAMAN QUISPE mediante edictos en el diario judicial del Cusco a cargo del especialista de audio, bajo responsabilidad sin perjuicio de lo anterior, notifíquese con la presente resolución en su domicilio real señalado en autos al acusado antes indicado, así como a la agraviada Aleja Quispe Quispe, subsistiendo los apercibimientos dictados en la resolución N° 01, entre ellas la de declararse REO CONTUMAZ al acusado en caso de no concurrir a la audiencia programada.

J. S (26, 30, 31 JUL)

NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL1. Ante el Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Paucartambo que Despacha el señor WALD DURAN CHICATA, bajo la actuación de la especialista de causa Liz Dennis Acuña Molle, se ha dispuesto mediante resolución 08 de 24 de julio del 2019, la noti-fi cación vía edicto en el expediente N° 135-2017-48-1013-JM-PE-01 seguido contra la persona de GERMÁN FLORES CHINO por el delito de Homicidio Culposo, en agravio de Andrea Espirilla Quispe y otros, en consecuencia, NOTIFIQUESE a los agraviados: Bernardina Chino Quispe Martha Lipa Cayulla, Sonia Gonzalo Suma; Juan Raúl Quispe Yauri; Victoria Huamani Melo; Andrea Espirrilla Quispe Sonia Gonzalo Suma; Juan Raúl Quispe Yauri; Victoria Huamani Melo; Andrea Espi-rilla Quispe; Melchora Yauri Choquepuma; Cipriano Sullca Huaman; Valentina Suma Quispe; Elsa Quispe Cayulla; Cipriano Sullca Huaman; Valentina Suma Quispe; Elsa Quispe Cayulla, con copia de esta re-solución con fi nes de que comparezcan a la audiencia reprogramada, quedando notifi cados las partes concurrentes, que mediante RESOLU-CIÓN 08 del 24 de Julio del 2019 este Despacho DISPONE: (…) 1. DECLARAR FRUSTRADA la audiencia por defecto en la notifi cación a los agraviados Bernardina Chino Quispe y Martha Lipa Cayulla. 2. RE-PROGRAMAR la presente audiencia para el día 15 DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECINUEVE A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA, a verifi carse en esta misma sala de audiencias del juzgado de Investigación Prepa-ratoria, ubicado en la calle colon S/N del la ciudad de Paucartambo, bajo responsabilidad del especialista de audio.

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EDICTO SEÑOR: CARLOS QUISPE CALLO (ABOGADO),La señora Juez del Juzgado de Cobranza de Multas-SECOM, Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, en el proceso Nro. 00303-2006-57-1015-JM-CI-01, seguido contra CARLOS QUISPE CALLO (ABOGADO), por Ejecución Forzada en agravio del Poder Judi-cial, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Giovana Augusta Lazo Cárdenas, se le ha dispuesto notifi car con la Resolución N° 03 de fecha 22 de julio del 2019 cuyo extracto es el siguiente: Resolución No. 03: No habiendo pagado hasta la fecha el multado, la multa impuesta y estando al trámite establecido por la referida norma se DISPONE: REQUERIR al multado CARLOS QUISPE CALLO (ABOGADO), para que en el plazo de TRES DÍAS de notifi cado con la presente Resolu-ción, cumpla con abonar a favor del Poder Judicial el pago de la multa impuesta que a la fecha conforme a la liquidación del reporte de estado de la multa del Sistema de Recaudación Nacional asciende a la suma de S/. 1719.01 soles, que deberá depositar en las ofi cinas del Banco de la Nación mediante Arancel Judicial con Código de Tributo No. 9148 Poder Judicial-Multas, y cuyo comprobante de depósito presentar en el presente cuaderno, bajo expreso apercibimiento de iniciarse con la ejecución forzada y comunicarse a la CENTRAL DE RIESGO CREDI-TICIO. NOTIFIQUESE mediante edictos conforme a lo dispuesto en la resolución número tres H.S.

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EDICTO JUDICIALPor ante el Juzgado Mixto de Salvación, que despacha la Juez Maribel Riña Cuadrado Lazo, con la actuación de la secretaria judicial Nery Xiomara Yujra Mamani se tramita el EXPEDIENTE N° 2019-47-F, se-guido por Grecia Shamira Saravia Ninantay, sobre Violencia Familiar contra Wilbert Choque Quispe, donde se ha expedido la RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha 12/06/19; que RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR (física y psicológi-ca) en agravio de Grecia Shamira Saravia Ninantay, 2.- Se procede a poner a despacho el proceso para emitir las medidas de protección correspondientes por tener el demandado un domicilio en la Ciudad de Cusco, pero que desconoce la agraviada. RESOLUCIÓN NUMERO DOS de fecha 12/06/19, QUE RESUELVE: 1.-De acuerdo a lo previsto por el artículo 22 de la Ley número 30364 SE FIJAN MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de Grecia Shamira Saravia Ninantay como las siguientes: 1.1. El cese de todo tipo de violencia de parte de Wilbert Choque Quispe en agravio de Grecia Shamira Saravia Ninantay como efectuar actos perturbatorios, tales como amenazas, acoso u ofensas sea en forma directa o indirecta por intermedio de terceras personas y otros familiares. 1.2. El retiro del domicilio convivencial de parte de Wilbert Choque Quispe. 1.3. Se prohibe a Wilbert Choque Quispe constituirse a la vivienda de la agraviada en estado de ebriedad. 1.4. Se prohibe a Wilbert Choque Quispe se dirija a la agraviada en forma insultante, vejatoria y haciendo uso de términos soeces y denigrantes. 1.5. Se prohibe al agresor generar peleas o discusiones. 1.6. Se dis-pone el monitoreo constante por parte de la Comisaria al domicilio de la agraviada Grecia Shamira Saravia Ninantay. 1.7. Se someta Grecia Shamira Saravia Ninantaya una terapia psicológica obligatoria en el Centro de Salud de Salvación. 1.8. Se someta Wilbert Choque Quispe una terapia psicológica obligatoria en el Centro de Salud de Salvación. 1.9. Seguimiento del caso en forma multidisciplinaria por parte del Centro de Emergencia Mujer. RESOLUCIÓN NUMERO TRES de fecha 12/06/19, QUE DISPONE: Se ofi cie a la Ofi cina de Servicios Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios y a la Ofi cina de Servicios Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Cusco, para publicar el edicto para notifi car al demandado Wilbert Choque Quispe con las resoluciones uno, dos y tres.

J. S (26, 30, 31 JUL)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria, bajo la dirección del se-ñor Juez Soledad Ismenia Jordán Tapia y la Actuación del Secretario, J. Gabriel Pérez Baca se ha ordenado la notifi cación por edictos de los agraviados que no tienen un domicilio conocido con un extracto de la resolución N° 1 del cuaderno de Requerimiento Mixto Nro. 0266-2018-88-101 l-JR-PE-01, seguido contra Fortunata Terrazas de Aguilar, Susana Aguilar Terrazas y Nicanor Aguilar Terrazas como autores de la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de receptación, ilícito Penal, en agravio de: Vicentina Zerna Zamata, Valentín Challco Zarate, Julián Quispe Cruz, Felicitas Arrióla Castillo, Hernestina Cabeza Herrera, Domingo Rimachi Cruz y Esteban Cana-zas Marín, siendo como sigue:

AUTO DE REPECCIÓN DE REQUERIMIENTO MIXTOResolución Nro. 01Paruro, 11 de marzo de 2019.AUTOS Y VISTO: El requerimiento mixto presentado por el represen-tante delMinisterio Público de Paruro. (...)Por estas consideraciones SE RESUELVE:1. RECEPCIONAR el requerimiento de sobreseimiento presentado por el representante del Ministerio Público de Paruro, con-tra FORTUNATA RAFAELA TERRAZAS DE AGUILAR, SUSANA AGUI-LAR TERRAZAS Y NICANOR AGUILAR TERRAZAS, como autores de la presunta comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de RECEPTACIÓN, ilícito penal previsto y sancionado por el artículo 194° del Código Penal, en agravio de VICENTINA ZERNA ZAMATA, VALENTÍN CHALLCO ZARATE, JULIÁN QUISPE CRUZ, FELICITAS ARRIÓLA CASTILLO, HERNESTINA CABEZA HERRERA, DOMINGO RIMACHI CRUZ Y ESTEBAN CARAZAS MARÍN,.2. RECEPCIONAR el requerimiento de acusación pre-sentado por el representante del Ministerio Público de Paruro, contra FORTUNATA RAFAELA TERRAZAS DE AGUILAR, SUSANA AGUILAR TERRAZAS Y NICANOR AGUILAR TERRAZAS, como autores de la presunta comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de RECEPTACIÓN, ilícito penal previsto y sancionado por el artículo 194° del Código Penal, en agravio de FELICITAS ARRIÓLA.3. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que pue-dan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de inadmisibilidad e incluso podrán solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRE-CÍSESE que la carpeta fi scal con todos los elementos de convicción se encuentra en las ofi cinas de la Fiscalía Provincial de Paruro, para los fi nes que correspondan.4. CÍTESE a la audiencia preliminar primero de sobresei-miento, programado para el día 20 DE MAYO DE 2019, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) a realizarse en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paruro, con la presencia obligatoria del Fiscal, el acusado y su abogado; es facultativa la concu-rrencia de los demás sujetos procesales. COMUNIQÚESE al represen-tante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fi scal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notifi cadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notifi caciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Adminis-trativa N° 096-2006-CE-PJ.5. REQUIÉRASE al señor Fiscal, que para la audiencia de control de acusación presente los medios probatorios ofrecidos, que deberán ser entregados en el acto de la audiencia de manera inmediata para ser analizadas, debiendo dejar una copia en la carpeta fi scal, no se permitirá justifi cación alguna.6. REQUIÉRASE AL IMPUTADO, cumpla con RATIFICAR o DESIGNAR a su abogado defensor, en el plazo de 48 HORAS, bajo apercibimiento de nombrar al abogado de ofi cio de esta sede judicial, conforme lo señala el artículo 85 del C.P.P.7. NOTIFIQUESE a las partes procesales, conforme a ley.RESOLUCIÓN NRO. 04Paruro, 03 de julio del 2019-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe:1. Dar por FRUSTRADA la presente audiencia y se repro-grama la misma para ser continuada en fecha CUATRO DE SETIEM-BRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en esta Sala de Audiencias.2. SE REQUEIRE EL INFORME, a la central de notifi cacio-nes del distrito de Santiago de Cusco, a fi n de que informe sobre las cédulas de notifi cación dirigidas a Julián Quispe Cruz y Domingo Rima-chi Cruz, las mismas que no han sido retornadas a esta sede judicial.3. SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO de los mencionados, con el requerimiento de acusación, la resolución Nro 01 y la presente resolución4. SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN de las demás partes procesales en sus domicilios signados en autos5. notifi cación de los agraviados JULIÁN QUISPE CRUZ y DOMINGO RIMACHI CRUZ, con el Requerimiento Mixto, asi con la resolución Nro 01 en sus domicilios reales.6. SE DISPONE la notifi cación de las demás partes incon-currentes y se notifi ca con la misma a los concurrentes.FISCAL: Conforme, por notifi cado.ABOGADO DE LA PARTE IMPUTADA: Conforme, por notifi cado.1. CONCLUSIÓN.CONCLUSIÓN: Se da por concluida la audiencia y por cerrado el audio. (Articulo 121° del Código Procesal Penal). De lo que certifi co.-

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 26 de julio del 2019

J. S (26, 30, 31 JUL)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra Gilda Zea Nuñez y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán, se tramita el Expediente Nro 50-2019 seguida por ISAAC CONDORI GARCIA sobre SUCESION INTESTADA de quién en vida fue su madre Catalina Garcia Yanqui fallecida el 5 de marzo de 1994, a fi n de que se declare como herederos únicos y universal al recurrente Isaac Condori García, León Condori García, Julia Condori García Vda de Zegarra y Eufemia Condo-ri García.- Se efectúa la presente publicación a fi n de que las personas que tengan interés en el proceso, hagan valer su derecho conforme a ley.

Urcos, 04 de Julio del 2019

DELIA ARAGÓN FARFÁNSECRETARIO JUDICIAL

P. 7626841 F. (26 JUL, 01, 06 AGO)

EDICTO JUDICIAL

Expediente 164-2019-CI, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Ana, que despacha el Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, seguido por VICENTINA AYDEE MEJIA SOLIS DE QUINTANILLA, sobre Ins-cripción Supletoria de Partida de Defunción: RESUELVO: Admitir la demanda sobre Inscripción Supletoria de Partida de Defunción, pro-movido por VICENTINA AYDEE MEJIA SOLIS DE QUINTANILLA, en el proceso no contencioso, Fijar fecha de la primera convocatoria el 10/07/2019 a horas 2:00.PM; en caso de Inasistencia de la parte solici-tante a la primera fecha de audiencia se realizará la segunda fecha el 21/08/2019 a horas 2:00. PM. bajo apercibimiento de darse por conclui-do el proceso según el artículo 203 del CPC.

Santa Ana, 24 de julio del 2019.

ROSMERY ÁVILA SEQUEIROSSECRETARIA

R. C (26 JUL)

SUCESIÓN INTESTADA

Ante el 3er. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, Despachado por el Sr. Juez Dr. David Barazorda Velásquez, bajo la actuación de la Secreta-ría del Juzgado Juana Paula Huanca Ccapcha, se viene tramitando el Expediente Civil N° 01238-2016-0-1001 -JP- CI-03; se ha emitido la Resolución 02 de fecha 27 de junio del 2016 corregido mediante reso-lución N° 04 de fecha 21 de mayo del 2018, admitiéndose la demanda interpuesta por EDISON SAÑAC LLANCAY sobre SUCESION INTES-TADA del que en vida fue PEDRO SAÑAC ILLPA , en la vía del Proceso NO CONTENCIOSO, lo que se publica conforme establece el artículo 833 del Código Procesal Civil. Abog. HUANCA C. secretaría Judicial.

Cusco, 01 de julio del 2019.

JUANA PAULA HUANCA CCAPCHASECRETARIA JUDICIAL

P. 7631657 F. (26 JUL)

EDICTO JUDICIAL

SUCESION INTESTADA. Que, ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Chumbivilcas, despachado por el Sr. Juez Dr. EFRAIN VICTOR BEDREGAL MENDOZA, bajo la actuación del Secretario Ju-dicial Sr. Timoteo Huamani Basilio, se viene tramitando el proceso Nro. 00051-2019, solicitado por FELICITAS BUSTAMANTE QUISPESIVA-NA, sobre Sucesión Intestada del quién en vida fuera su cónyuge SA-BINO QUISPE KJUO, habiendo recaído la siguiente resolución.- Santo Tomas, diecinueve de junio del dos mil diecinueve. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de proceso no contencioso, la solicitud interpuesta por FELICITAS BUSTAMANTE QUISPESIVANA, sobre Sucesión Intestada del quién en vida fuera su cónyuge SABINO QUIS-PE KJUO, fallecido el 08 de mayo del 2015, en el distrito de Santo Tomas Provincia de Chumbivilcas departamento Cusco, solicitan se les declare como heredero único y universal a la solicitante FELICITAS BUSTAMANTE QUISPESIVANA y a sus hijos JOSE EFRAIN QUISPE BUSTAMANTE, BRISEIDA QUISPE BUSTAMANTE, ROCIO QUISPE BUSTAMANTE, MIGUEL ANGEL QUISPE BUSTAMANTE y ERWIN ANDY QUISPE BUSTAMANTE.- Firma del Sr. Juez Dr. Efraín Víctor Bedregal Mendoza.- Secretario Judicial Timoteo Huamani Basilio. Lo

que se publica para los fi nes correspondientes de ley.

Santo Tornas. 19 junio del 2019.

TIMOTEO HUAMANI BASILIOSECRETARIA JUDICIAL

P. 7631647 F. (26 JUL)

EDICTO

Ante el Tercer juzgado de Paz letrado del Cusco, a cargo de la Dr. David Barzorda Pancorbo y bajo la actuación de la Especialista legal Dra. Juana Paula Huanca Ccapcha se viene tramitando el expediente N° 01293-2019-0-1001-JR-CI-03, seguido por Mabel Mercedes Revollar Flores y mediante Resolución N° 02 (Auto Admlsorlo) se ha Resuel-to: ADMITIR a trámite la petición interpuesta por MABEL MERCEDES REVOLLAR FLOREZ, sobre SUCESIÓN INTESTADA a efectos que se declare como herederos únicos y universales a YENY GLADYS RE-VOLLAR FLOREZ, MABEL MERCEDES REVOLLAR FLOREZ, KATIA ROXANA REVOLLAR FLOREZ Y ERIK VICTOR REVOLLAR FLOREZ, de la que en vida fue su madre DORA JULIA FLOREZ GUZMAN, de-biendo tramitarse bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTEN-CIOSO.- AL OTROSI: Por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que serán merituados en su oportunidad.- Agréguese a sus anteceden-tes los anexos de su referencia.- GÍRESE ofi cio a los Registros Públi-cos de esta ciudad para la anotación de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y cúrsese los partes respectivos. NOTIFÍQUESE a la BENEFICENCIA PÚBLICA para los fi nes de ley.- De conformidad con lo establecido en el inciso 1 del artículo 8332 del Código Procesal Civil PUBLÍQUESE el extracto de la solicitud por una sola vez en el Diario Judicial de esta sede judicial así como en el Diario El peruano.-

Cusco, 23 de julio del 2019.

JUANA PAULA HUANCA CCAPCHASECRETARIA JUDICIAL

P. 7626864 F. (26 JUL)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despa-cho de la Señora Juez Doctora MARIA DEL CARMEN VILLAGARCIA VALENZUELA y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Salazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 01577-2019-0-1001 -JP-CI-01, seguido por AUGUSTO LOZANO BUSTAMANTE, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectifi cación de su Partida de Nacimiento, en lo que respecta al haberse omitido en consignar el nombre y apellidos paterno y materno de su señor padre del recurrente, consignado erróneamente como “HIJO LEGITIMO DEL DECLARAN-TE” siendo lo correcto “HIJO LEGITIMO DE ERASMO LOZANO ALA”, se efectúa la presente publicación para los fi nes consiguientes de ley.-

Cusco, 24 Julio del 2019.

CATALINA SALAZAR MIRANDASECRETARIA JUDICIAL

R. C (26 JUL)

EDICTO JUDICIALSALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRALEXPEDIENTE: 00833-2019-56-1001-JR-CI-01MATERIA: PRESCRIPCION ADQUISITIVADEMANDADO: RODRIGUEZ ZEA, NELLY Y OTROSDEMANDANTE: ASOCIACION DE AGRICULTORES SIERRA BELLA, Resolución Nro. 05Cusco, 22 de julio de 2019.Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón, al cual se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Mar-got Delgado Aybar, opina por: “CONFIRMAR el auto contenido en la resolución N° 1 de fecha 14 de mayo de 2019 (folios 78 a 80) que re-suelve declarar: “IMPROCEDENTE el pedido de Medida cautelar de No Innovar solicitada por la Asociación de Agricultores Sierra Bella repre-sentado por su presidente Pascual Escalante Flores…”, (sic) con lo de-más que contiene”; y en el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Su-perior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “SE DECLARE NULO el auto apelado, contenido en la Resolución N° 1, del 14 de mayo de 2019 (folios 78 a 80), y EN CONSECUENCIA se vuelva a califi car el pedido cautelar formulado por la Asociación de Agricultores Sierra Bella. Y lo devolvieron. DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral -; y atendiendo al trámite de este incidente de apelación sin efecto suspensivo, DISPUSIERON que los autos se entreguen al Magistrado Dirimente en el plazo más breve. S.S. Media Firma de los

señores Jueces Superiores. MURILLO FLORES Y PEREIRA ALAGON. Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 24 de julio de 2019

J. S (25, 26, 30 JUL)

EDICTO JUDICIALSALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRALEXPEDIENTE: 00657-2019-0-1001-JR-CI-04MATERIA: ACCION DE AMPARODEMANDADO: CONTRERAS CAMPANA, SANDRADEMANDANTE: PEREIRA MEDINA, JUAN MANUELResolución Nro. 05Cusco, 22 de julio de 2019.Habiéndose producido discordia respecto del auto fi nal venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, opina por: “DECLARAR NULO el CONCESO-RIO contenido en la resolución Nº 02, de 6 de mayo de 2019, que corre a folios 98, e IMPROCEDENTE el recurso de apelación propuesto por el demandado Juan Manuel Pereira Medina. Y los devolvieron”; y el VOTO EN DISCORDIA dell Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Ala-gón, al cual se adhiere el Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores , es porque: “DECLARAR NULA la resolución N° 01 de fecha 17 de abril de 2019 (folios 82 a 84), que resuelve declarar IMPROCEDEN-TE la demanda de amparo interpuesta por Juan Manuel Pereira Medina y se disponga que el juzgado de origen emita una nueva resolución”. DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Franklin Gregorio Gutiérrez Merino; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 20 DE AGOSTO DE 2019, a horas 3:00 DE LA TARDE. S.S. Media Firma de los señores Jueces Superiores. MURI-LLO FLORES Y PEREIRA ALAGON.- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 24 de julio de 2019

J. S (25, 26, 30 JUL)

EDICTO JUDICIALSALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRALEXPEDIENTE: 02075-2018-0-1001-JR-CI-03MATERIA: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERODEMANDADO: HOSTAL LA POSADA DE LOS ANGELES EIRL RE-PRESENTADA POR MILENKA KARINA MUÑIZ CALVO DEMANDANTE: ALEGRIA CALVO, ROSA MARIANELAResolución Nro. 10Cusco, 22 de julio de 2019.Habiéndose producido discordia respecto del auto de improcedencia venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al cual se adhiere el Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón opina por: “CONFIRMAR el auto improcedente de la demanda contenido en la resolución Nº 02, de 06 de noviembre de 2018 (folio 59 y siguiente), que resuelve: “Decla-rar IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por ROSA MARIANELA ALEGRIA CALVO, por el cual pretende el COBRO DE ARRIENDO Y APLICACIÓN DE PENALIDAD DE CONTRATO DE INMUEBLE N° 377 de la Calle Matara del distrito, provincia y departamento de Cusco, el mismo que asciende a S/. 254,410.00, en la vía ejecutiva. Por lo que una vez quede consentida o fi rme la presente resolución archívese defi nitivamente, previa devolución de los anexos a la parte interesada. Dejando a salvo su derecho para que lo haga valer conforme a ley.”.- Y los devolvieron”; y el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “SE DECLARE NULA la Re-solución N° 2, del 6 de noviembre de 2018, que declara: “(…) IMPRO-CEDENTE la demanda interpuesta por ROSA MARIANELA ALEGRIA CALVO, por el cual pretende el COBRO DE ARRIENDO Y APLICA-CIÓN DE PENALIDAD DE CONTRATO DE INMUEBLE N° 377 de la Calle Matara del distrito, Provincia y departamento de Cusco (…)” (folio 59 a 62). DEBIENDO el juez del proceso volver a califi car la demanda que da origen a este proceso como corresponde al deber de motivación de resoluciones judiciales. Y lo devolvieron:”. DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Franklin Gregorio Gutié-rrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 19 DE AGOSTO DE 2019, a horas 3:00 DE LA TARDE..S.S. Media Firma de los señores Jueces Superio-res. MURILLO FLORES Y PEREIRA ALAGON.- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 24 de julio de 2019

J. S (25, 26, 30 JUL)

EDICTO JUDICIALSALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRALEXPEDIENTE: 00284-2011-0-1001-SP-CI-01MATERIA: NULIDAD DE ACTO JURIDICODEMANDADO: COFROPI Y OTRO DEMANDANTE: COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS MARIS-CAL RAMON CASTILLA Resolución Nro. 64

Cusco, 22 de julio de 2019.Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón opina por: “DECLARAR NULA la sentencia contenida en la resolución N° 51, de 10 de octubre de 2016 (folios 577 al 581), cuyo fallo es el siguiente:“Declarando INFUNDADA la demanda interpuesta por la COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS MARIS-CAL RAMON CASTILLA DE ANGOSTURA contra de CLEMENTINA GARCIA HUALLA Y COFOPRI antes denominada PETT, con las pre-tensiones de Nulidad de Rectifi cación de Áreas y Linderos, accesoria-mente Nulidad de Inscripción Registral, Mejor Derecho de Propiedad e indemnización de daños y perjuicios (…) (folio 577 a 581)”; y NULO TODO LO ACTUADO hasta el auto admisorio de la demanda y, en sede de instancia declararon IMPROCEDENTE la demanda interpues-ta por la Cooperativa Agraria de Usuarios Mariscal Ramón Castilla de Angostura, mediante sus representantes, contra Clementina Garcia Hualla y el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, dejando a salvo su derecho para que lo haga valer conforme a ley. Y lo devolvieron”; y el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Su-perior Yenny Margot Delgado Aybar, al cual se adhiere, el Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “DECLARAR NULA la sentencia contenida en la resolución N° 51 del 10 de octubre de 2018 (fojas 577 y siguientes), que resuelve declarar: “INFUNDADA la demanda interpuesta por la COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS MARISCAL RAMON CASTILLA DE ANGOSTURA contra de CLEMEN-TINA GARCIA HUALLA Y COFOPRI antes denominada PETT, con las pretensiones de Nulidad de Rectifi cación de Áreas y Linderos, acceso-riamente Nulidad de Inscripción Registral, Mejor Derecho de Propiedad e indemnización de daños y perjuicios” (…) (folio 577 y siguientes). RENOVANDO EL ACTO VICIADO, DISPONER que el Juez de origen, luego de realizar el requerimiento de adecuación de demanda a la parte actora, realice la califi cación de demanda correspondiente, conforme a ley, y a las consideraciones precedentes, de ser el caso. Y devolvieron los actuados:”. DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Franklin Gregorio Gutiérrez Merino; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 15 DE AGOSTO DE 2019, a horas 3:00 DE LA TARDE.S.S. Media Firma de los señores Jueces Superiores. MURILLO FLORES Y PEREIRA ALAGON. Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 24 de julio de 2019

J. S (25, 26, 30 JUL)

EDICTO JUDICIALSALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRALEXPEDIENTE: 00076-2007-90-1001-JM-CI-01MATERIA: ACCION DE AMPARODEMANDADO: ESSALUD CUSCO , DEMANDANTE: PEZO DIAZ, GRACIANResolución Nro. 06Cusco, 19 de julio de 2019.Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Luis Fer-nando Murillo Flores, al cual se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, opina porque: “Se CONFIRMA la Resolución N° 77, del 22 de mayo de 2019, que declara: “(…) IMPROCEDENTE la Nulidad presentada por la Apoderada del SEGURO SOCIAL DE ESSA-LUD MARIA ANGELICA MIRANDA AYERBE contra la Resolución 73 de fecha 25 de enero de 2019(…) REQUIERE A LA ENTIDAD DEMAN-DADA ESSALUD (…) CUMPLA DENTRO DEL TERMINO DE TRES DIAS CONTADOS DESDE SU NOTIFICACIÓN, CON EJECUTAR EL MANDATO JUIDICAL DE REINCORPORAR AL DEMANDANTE GRA-CIAN PEZO DIAZ EN EL CARGO DE JEFE DE UNIDAD (…)” (folio 686 a 693), en todos sus extremos y lo devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón, es porque: “1.-DECLARAR NULA la Resolución N° 77, del 22 de mayo de 2019, que declara “(…) IMPROCEDENTE la Nulidad presentada por la Apoderada del SEGURO SOCIAL DE ESSALUD MARIA ANGÉLI-CA MIRANDA AYERBE contra la resolución 73 de fecha 25 de enero de 2019 (…) REQUIERE A LA ENTIDAD DEMANDADA ESSALUD (…) CUMPLA DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DIAS CONTADOS DESDE SU NOTIFICACIÓN, CON EJECUTAR EL MANDATO JUDI-CIAL DE REINCORPORAR AL DEMANDANTE GRACIAN PEZO DIAZ EN EL CARGO DE JEJE DE UNIDAD (…)” (folio 686 A 693), en todos sus extremos”. 2.-DECLARAR NULO TODO LO ACTUADO inclusive la resolución N° 53 de fecha 18 de agosto de 2017 (folios 304 a 305), que declara la nulidad del auto contenido en la resolución N° 47 de fecha 18 de mayo de 2017 y procede a requerir a la entidad demanda-da la reincorporación del demandante “en el cargo de Jefe de Unidad Nivel E-6”. 3.-DISPONER EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO DEL PROCESO”. DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral, DISPUSIERON que los autos se entreguen al Magistrado Dirimente en el plazo más breve.S.S. Media Firma de los señores Jue-ces Superiores. MURILLO FLORES Y PEREIRA ALAGON. Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 24 de julio de 2019

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Page 4: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019 AVISOS JUDICIALES EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 198-2019-FT,

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019

EDICTO JUDICIAL

En el Cusco, a 15 de julio de 2019, Dra. Marianella Cárdenas Villanue-va; ha dispuesto se notifi que por edictos en el Proceso No.796-2019-0-1001-JR-CI-05, seguido por Manuela Emily Bracamonte Callapiña sobre Cambio de Nombre en la forma siguiente:Resolución No.03.- Cusco, 18 de junio de 2019.- “(...) SE RESUELVE:ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MANUELA EMILY BRACAMONTE CALLAPIÑA, sobre CAMBIO NOMBRE y/o supresión de nombre, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARÍSIMO, con citación del Representante del Ministerio Público, debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario de Mayor Circu-lación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, así como en la tabilla del juzgado, debiendo apersonarse la actora a la Administración del Módulo Civil a recepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público. Por ofrecidos los medios probatorios presentados los mis-mos que serán admitidos y actuados en la etapa procesal correspon-diente. Insértese en autos los anexos de su referencia. AL ESCRITO DE FECHA 11/06/2019, A LO EXPUESTO:Téngase por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, los mismos que serán admitidos y actuados en la etapa procesal correspondiente H.S.-

VILMA VARGAS TRUJILLOESPECIALISTA LEGAL

P. 7626699 F. (25, 26, 30 JUL)

NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL2. Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la actuación de la secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha dispuesto mediante resolución 03 del 18 de julio del 2019, la notifi cación vía edicto en el expediente N° 38-2019-84-1013-JM-PE-01 seguido contra la persona de GERONIMO CHUA AVENDAÑO por el delito Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de Sabina Callo Verónica, en consecuen-cia, NOTIFIQUESE al acusado que mediante RESOLUCIÓN 03 del 18 de julio del 2019 este Despacho DISPONE: (…)1.- DECLARAR FRUS-TRADA la instalación de la presente audiencia de Juicio Oral en los se-guidos contra el acusado GERONIMO CHUA AVENDAÑO. 2.REPRO-GRÁMESE la presente audiencia para ser verifi cada en fecha 14 DE AGOSTO DEL 2019, A HORAS 14:30 DE LA TARDE, A VERIFICARSE EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO, disponiendo la notifi cación del acusado Geróni-mo Chua Avendaño mediante edictos en el diario judicial del Cusco a cargo del especialista de audio, bajo responsabilidad sin perjuicio de lo anterior, notifíquese con la presente resolución en su domicilio real señalado en autos al acusado antes indicado, así como a la agraviada Sabina Callo Verónica, subsistiendo los apercibimientos dictados en la resolución N° 01, entre ellas la de declararse REO CONTUMAZ al acu-sado en caso de no concurrir a la audiencia programada..

J. S (24, 25, 26 JUL)

EDICTO PENALJUZGADO PENAL UNIPERSONAL EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES JUZGADO MIXTO DE INAMBARIEXPEDIENTE: 00091-2019-54-170102-JR-PE-01JUEZ: LEONCIO FELIPE HUAMANI MENDOZAESPECIALISTA: CLARA FATIMA BOLÍVAR SÁNCHEZACUSADO: EDWIN ALMIRON CHUQUIHUAYTAAGRAVIADO: NAIRUTH VALDEZ HUAMANDELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTE-GRANTES DEL GRUPO FAMILIARAUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORALRESOLUCIÓN N° 03Inambari-Mazuko, diecisiete de julio del año dos mil diecinueve.-SE RESUELVE:1 REPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral para el día CATORCE DE AGOSTO del año dos mil diecinueve (14/08/19), a las OCHO HORAS (08:00 AM), la misma se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES JUZGADO MIXTO DE INAMBARI, sito en la Av. Inambari S/N-3er piso (frente a Mega La Red) Mazuko, del Distrito Inambari de la Provincia de Tambopata del Departamento Madre de Dios, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o ausen-te, por lo que el Juzgado ordenaría su conducción compulsiva a nivel nacional, ofi ciando a la Policía Nacional a fi n de que se haga efectivo el apercibimiento.NOTIFÍQUESE al acusado EDWIN ALMIRON CHUQUIHUAYTA notifi -quese por edictos en el diario de mayor circulación del distrito judicial de Cusco y en el distrito judicial de Madre de Dios.

J. S (24, 25, 26 JUL)

EDICTO JUDICIALEPX. 00217-2017-16-1010-JR-PE-01.JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATOTIA - Sede de EcharatiESPECIALISTA JUDICIAL: MARÍA JESÚS ÁNGULO AEDO.Se emplaza a las personas de JAVIER CCORIHUAMAN MAYTA, con un extracto de la Resolución N° 01., más un extracto del acta de au-diencia que convoca para nueve audiencia.Resolución Nro. 01Echarati, siete de junio.Del año dos mil diecinueve.-DADO CUENTA: Con el Requerimiento Fiscal de Acusación presentada por la Fiscal Provincial Mixta de Echarati, y conforme a lo previsto en el artículo 350° y 351.1° del C.P.P.; de otro lado el articulo 10° del Código de Ética del abogado y articulo 6o el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial “”. En tal virtud, SE DISPONE:2. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros me-dios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobresei-miento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio. 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados he-chos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación a señalarse en su oportunidad. 11) El plazo de absolución de 10 dias, se computará sin excusa alguna a partir del dia siguiente de la notifi cación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notifi cará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar.ACTA DE AUDIENCIA Echarati, diez de julio. Del año dos mil dieci-nueve.JUEZ: DISPONE reprogramar la presente audiencia para el DÍA MIÉR-COLES VEINTIUNO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias, subsistien-do los percibimientos

J. S (24, 25, 26 JUL)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTOJuzgado de investigación preparatoria de Echarati.Especialista judicial: María Jesús Ángulo AedoExp. 222-2018-0-1010-JR-PE-01Se cita y emplaza a representante legal de menor de iniciales C.N.B.Q, RICHARD MAITAN QUISPE, con la resolución un y es como sigue: VISTO; al escrito que antecede, por medio del cual la Fiscalía Provincial Mixta de Echarati, remite a este Despacho Judicial la Disposición de Conclusión de la investigación Preparatoria, y CONSIDERANDO: PRI-MERO: Que, en el nuevo modelo procesal Penal existe solo una fase de investigación que es la Investigación penal preparatoria, la misma que está a cargo del Ministerio Publico, existiendo en ella unidad de prueba y unidad de plazos, SEGUNDO: Que, siendo el Ministerio Pu-blico el titular y director de la investigación ha dispuesto la Conclusión de la investigación preparatoria en el presente caso, la misma que se encuentra conforme a lo dispuesto en el numeral 1 ° del articulo 343” del Código Procesal Penal, el cual prevé “El Fiscal dará por concluida la Investigación Preparatoria cuando considere que ha cumplido su obje-to, aun cuando no hubiere vencido el plazo”; TERCERO: Que, habiendo el fi scal encargado del caso comunicado la disposición de Conclusión de la investigación al juez de investigación preparatoria, el mismo que interviene en ¡a etapa preliminar como garante de la legalidad, que no es otra cosa que garantizar los actos de investigación que realiza el fi scal; siendo así y estando dentro del marco legal lo actuado por el representante del Ministerio Publico, en mérito a las consideraciones que anteceden y debiendo continuarse con la etapa procesal corres-pondiente, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Echarati, tiene por RECEPCIONADA la comunicación de la Disposición de Conclusión de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Mix-ta de Echarati, que se le sigue contra el imputado ROLANDO BENITES RODRÍGUEZ, por el delito contra la Libertad, en su modalidad de Vio-lación Sexual, sub tipo VIOLACIÓN EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de la menor de iniciales C.N.B.Q.; NOTIFIFIQUESE con la pre-sente resolución a todas las partes procesales. SE EXHORTA al señor representante del Ministerio Público, tener en cuenta lo dispuesto en el inciso primero del Art. 344 del Código Procesal Penal, el cual otorga un plazo de quince días para la pronunciación por parte del Ministerio Público conforme a sus atribuciones.-Echarati, 17 de julio del 2019.

J. S (24, 25, 26 JUL)

EDICTO JUDICIALSALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRALEXPEDIENTE: 00695-2013-0-1018-JM-FP-01MATERIA: INFRACCION CONTRA LA LIBERTAD SEXUALDEMANDANTE: MINISYTERIO PUBLICO , INFRACTOR: CCONCHA HANAMPA, MARCO ANTONIOAGRAVIADO: MENRO DE INCIALES RUME, CRHUResolución Nro. 15Cusco, 19 de julio de 2019.Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón, al cual se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “RESUELVE: 1.- CONFIRMAR la sentencia contenida en la resolución N° 09 de 20 de setiembre de 2013 (folios 179 al 184), que resuelve: “DECLARANDO: La responsa-bilidad del adolescente MARCO ANTONIO CCONCHA HANAMPA, de 17 años de edad, nacido el 17 de agosto de 1996 hijo de Luis Cconcha Chayña y Francisca Hanampa Cruz por la comisión del acto infractor contra la libertad en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual sub tipo actos contrarios al pudor en menores de edad en agravio de la me-nor de iniciales RMCH de 12 años de edad en consecuencia ORDENO se le imponga la medida socio educativa de LIBERTAD ASISTIDA, por el periodo de OCHO MESES, que se inicia el día UNO de octubre del año 2013 y concluye el TREINTIUNO de mayo del año 2014, debiendo designársele UN TUTOR por el Centro Juvenil de Marcavalle para la orientación supervisión y promoción del adolescente y su familia, de-biendo presentar INFORMES PERIODICOS mensuales al Juzgado, bajo apercibimiento de aplicársele la medida socioeducativa de INTER-NACIÓN por el mismo periodo, en caso de incumplimiento (…). ORDE-NO que el adolescente infractor pague la suma de UN MIL NUEVOS soles, por concepto de reparación civil, a favor del agraviada” (sic). 2.- REMITIR copias a ODECMA de las piezas procesales pertinentes, conforme se tiene del fundamento “3.18” de la presente sentencia. Y lo devolvieron”; y el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “se declare PRESCRITA la acción penal iniciada por el Ministerio Público contra el infractor Marco Antonio Cconcha Hanampa, DETERMINÁNDOSE la conclusión del proceso por ese efecto de dicha decisión, sin mayor pronunciamiento sobre la apelación presentada por la defensa de ese adolescente. DEBIENDO remitirse las copias a la ODECMA conforme el numeral 3.6.5. de la presente. Y lo devolvieron:”. DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAU-SA para el 8 DE AGOSTO DE 2019, a horas 3:00 DE LA TARDE.S.S. Media Firma de los señores Jueces Superiores. MURILLO FLORES, PEREIRA ALAGON Y DELGADO AYBAR.- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 23 de julio de 2019

J. S (24, 25, 26 JUL)

EDICTO JUDICIALSALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRALEXPEDIENTE: 02188-2019-37-1001-JR-FT-10MATERIA: VIOLENCIA FAMILIARDEMANDADO: GUZMAN MORALES, ERICK FERNANDODEMANDANTE: AMESQUITA ZAMALLOA, MADELEINE KARLYMResolución Nro. 03Cusco, 18 de julio de 2019.Habiéndose producido discordia respecto del auto fi nal venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al cual se adhiere el Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón opina por: “DECLARAR NULO el auto contenido en la Resolución Nº 02, de 15 de marzo de 2019 (folio 23 y siguientes), (…) Y RENOVANDO el acto procesal viciado ORDENARON al Juez de la causa vuelva a emitir la resolución que corresponda en atención a las consideraciones establecidas en la presente resolución.- Y los devolvieron”; y el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “se REVOQUE la Resolución N° 2, del 15 de marzo de 2019 que resuelve: “(…) OTORGAR MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN EL PROCESO POR VIOLENCIA CONTRA LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en la modalidad de VIOLEN-CIA PSICOLÓGICA, contra ERICK FERNANDO GUZMAN MORALES, en agravio de MADELEINE KARLYN AMESQUITA ZAMALLOA; en consecuencia, DISPONER como medidas de protección a favor de la parte agraviada (…)” (folio 23 a 25). REFORMÁNDOLA, se decla-ra NO HA LUGAR a los hechos de violencia familiar denunciados en su modalidad de violencia psicológica contra Erick Fernando Guzmán Morales en agravio de Madeleine Karlyn Amesquita Zamalloa. Y lo devolvieron”.DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 25 DE JULIO DE 2019, a horas 3:05 DE LA TARDE.S.S. Media Firma de los señores Jueces Superiores. MURILLO FLORES, PEREIRA ALA-GON Y DELGADO AYBAR.- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 23 de julio de 2019

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EDICTO JUDICIALSALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRALEXPEDIENTE: 01689-2018-49-1001-JR-CI-03MATERIA: NULIDAD DE ACTO JURIDICODEMANDANTE: YAPO YAPO, MARIOResolución Nro. 07Cusco, 18 de julio de 2019.Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón, al cual se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Mar-got Delgado Aybar, opina por: “CONFIRMAR el auto contenido en la resolución N° 02 de 2 de abril de 2019 (folios 75 al 76) que resuelve: “RECHAZAR la medida cautelar solicitada por el demandante Mario Yapo Yapo, debiendo en consecuencia ARCHIVARSE DEFINITIVA-MENTE el presente cuaderno, una vez consentida o ejecutoriada quede la presente resolución”, y lo devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “se declare NULA la Resolución N° 2, del 2 de abril de 2019, que resuel-ve: “(…) RECHAZAR la medida cautelar solicitada por el demandante Mario Yapo Yapo, debiendo en consecuencia ARCHIVARSE DEFINITI-VAMENTE el presente cuaderno (…)” (folio 75 a 76). DEBIENDO el juez del proceso volver a califi car el pedido cautelar como corresponde. Y lo devolvieron.”. DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral; y atendiendo al trámite de este incidente de apelación sin efecto suspensivo, DISPUSIERON que los autos se entreguen al Magistrado Dirimente en el plazo más breve. S.S. Media Firma de los señores Jueces Superiores. MURILLO FLORES, PEREIRA ALAGON Y DELGADO AYBAR.- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohór-quez Abarca.Cusco, 23 de julio de 2019

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EDICTO JUDICIALSALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRALEXPEDIENTE: 00149-2016-0-1018-JM-CI-01MATERIA: ACCION DE AMPARODEMANDADO: CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS- CORPAC SA DEMANDANTE: PARICOTO QUISPE, PERCY VICTORResolución Nro. 20Cusco, 22 de julio de 2019.Habiéndose producido discordia respecto del auto fi nal venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al cual se adhiere el Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón opina por: “DECLARAR NULO el auto contenido en la Resolución Nro. 29 de fecha 23 de agosto de 2018 (folios 305 y siguientes) que resuelve: “1) DECLARAR FUNDADA la excepción de prescripción de la acción deducida por ROSS MERY TAMATA KEHUA-RUCHO. En consecuencia, se declara la nulidad de todo lo actuado; por tanto 2)SE DISPONE la CONCLUSIÓN del trámite del presente proceso. DEBIENDO Archivarse defi nitivamente la presente causa, una vez quede consentida y/o ejecutoriada la presente resolución”. Y RENOVANDO el acto procesal viciado ORDENARON a la Jueza de la causa emita la resolución que corresponda conforme a lo señalado en la presente resolución. Y los devolvieron”; y el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “SE CONFIRME la Resolución N° 29, del 23 de agosto de 2018, que decla-ra: “(…) FUNDADA la excepción de prescripción de la acción deducida por ROSS MERY TAMATA KEHUARUCHO (…)” (folio 305 a 309), en todos sus extremos. Y lo devolvieron”. DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Franklin Gregorio Gutiérrez Me-rino integrante de la Primera Sala; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 8 DE AGOSTO DE 2019, a horas 3:05 DE LA TARDE. S.S. Media Firma de los señores Jueces Superiores. MURILLO FLO-RES Y PEREIRA ALAGON .- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 23 de julio de 2019

J. S (24, 25, 26 JUL)

EDICTO JUDICIALSALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRALEXPEDIENTE: 00692-2018-0-1001-JR-CI-03MATERIA: ACCION DE AMPARODEMANDADO: YEPEZ PROVINCIA, LIZBETH NOHEMI Y OTROS.DEMANDANTE: ZLATAR MENDIZABAL, ANGEL PEDRO YERKOResolución Nro. 26Cusco, 19 de julio de 2019.Habiéndose producido discordia parcial respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al cual se adhiere el Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón opina por: “2.-INNECESARIO emitir pronun-ciamiento respecto de la apelación contra la resolución N° 15, conforme se tiene del fundamento 10 de la presente resolución. Y los devolvie-ron”; y el VOTO EN DISCORDIA PARCIAL del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “SE REVOQUE la Resolución

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La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 26 de julio del 2019

N°15, del 18 de diciembre de 2018, que declara: “(…) INFUNDADA la EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN, propuesta por el Procurador Pú-blico encargado de los asuntos judiciales del Poder Judicial, mediante escrito de fecha 22 de junio del 2018, obrante a fojas 617 y siguientes del expediente (…)” (folio 676 a 679). REFORMÁNDOLO se declara FUNDADA la excepción de prescripción, respecto a las siguientes re-soluciones: Resolución N° 33 del 21 de enero de 2017 y Resolución N° 34 del 21 de enero de 2017, emitidas en el desarrollo del proceso penal, contenido en el Exp. N° 00478-2013-0-1001-SP-PE-01, por la causal establecida en el inciso 10, del Artículo 5 del Código Procesal Constitucional. DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 14 DE AGOSTO DE 2019, a horas 3:00 DE LA TARDE.S.S. Media Firma de los señores Jueces Superiores. MURILLO FLORES Y PEREIRA ALAGON. Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 23 de julio de 2019J. S (24, 25, 26 JUL)

EDICTO JUDICIALSALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRALEXPEDIENTE: 01028-2015-0-1001-JR-CI-04MATERIA: NULIDAD DE ESCRITURA PUBLICADEMANDADO: TERAN CONDORI, MARIA ISABEL Y OTROSDEMANDANTE: CONDORI DE TERAN, MARGARITAResolución Nro. 49Cusco, 19 de julio de 2019.Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al cual se adhiere el Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón opina por: “CONFIRMAR la sentencia con-tenida en la resolución número 38 del dieciocho de marzo de dos mil diecinueve (fojas 532 y siguientes) que falla declarando: “1. DECLA-RAR INFUNDADA la tacha de la prueba testimonial propuesta por la demandada María Isabel Teran Condori. 2.- DECLARAR FUNDADA en parte la demanda de NULIDAD DE ACTO JURIDICO CONTENIDO EN LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRA VENTA DE DERECHOS Y ACCIONES DE FECHA 8 DE MARZO DE 2006 y, NULIDAD DE INS-CRIPCION REGISTRAL ASENTADA EN LA PARTIDA NRO. 11037684 ASIENTO NRO. 03, e INFUNDADA la pretensión de INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS dirigida contra MARIA ISABEL TERAN CONDORI, MELITON LUNA GARCIA Y BRIGIDA ECHEVARRIA GUILLEN. 3.- DECLARAR INFUNDADA la demanda reconvencional propuesta por MARIA ISABEL TERAN CONDORI con la pretensión de INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑO MORAL. 4.-Consiguientemente: 4.1 DECLARAR la invalidez del acto jurídico contenido en la escritura pública de compra venta de derechos y accio-nes de fecha 8 de marzo de 2006 y, 4.2 DECLARAR la invalidez de la inscripción registral asentada en la partida Nro. 11037684 asiento Nro. 03 del Registro de Propiedad de la Zona Registral nro. X- Sede Cusco. 4.3 DISPONER la inscripción de la presente Sentencia una vez consen-tida en la partida Nro. 11037684 asiento Nro. 03 del Registro de Pro-piedad de la Zona Registral nro. X- Sede Cusco. 5. Con costas y costos procesales”. Y los devolvieron”; y el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “DECLARAR NULA la sentencia contenida en la Resolución N° 38, del 18 de marzo de 2019 (folios 532 a 546) y nulo lo actuado lo actuado, y, volviendo a califi car la demanda, se DECLARA IMPROCEDENTE la misma con todas las pretensiones. Devuélvase. DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Magistrado Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 12 DE AGOSTO DE 2019, a horas 3:00 DE LA TARDE.S.S. Media Firma de los señores Jueces Superiores. MURILLO FLORES, PEREIRA ALAGON Y DELGADO AYBAR.- Firma de la Se-cretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 23 de julio de 2019

J. S (24, 25, 26 JUL)

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL

En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO QUI-LLABAMBA QUILLACOOP contra ANAHIT ROSITA SEQUEIROS TICONA Expediente N° 00028-2018-0-1010-JP-CI-02 sobre EJECU-CION DE GARANTIAS, en Juzgado Mixto Sede Quillabamba de la Corte Superior de Justicia de Cusco, a cargo del Juez Dr. ERASMO WALDIR URRUCHI ZUÑIGA especialista Legal Dr. YVONNE TUPIÑO MERMA, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:EN PRIMERA CONVOCATORIA.- EL BIEN INMUEBLE PREDIO RU-RAL PARCELA 29 INDEPENDIZADA DEL PREDIO PINTOBAMBA GRANDE DEL DISTRITO DE SANTA ANA PROVINCIA DE LKA CON-VENCION DEPARTAMENTO DEL CUSCO, INSCRITO EN LA PARTI-DA NRO. 030000824 DE LA OFICINA REGISTRAL DE QUILLABAMBA ZONA REGISTRAL N°X SEDE CUSCO.VALOR DE TASACION.- S/ 40,604.52 (cuarenta mil seiscientos cuatro con 52/100 SOLES).PRECIO BASE.- S/ 27,069.68 (veintisiete mil sesenta y nueve con 68/100 soles) que son las dos terceras partes del valor de la tasación.AFECTACIONES- ASIENTO D00036,

AS.36.- HIPOTECA SOBRE DERECHOS Y ACCIONES.- ANAHIT RO-SITA SEQUEIROS TICONA, con datos que ya constan en el registro, constituye hipoteca sobre sus derechos y acciones inscrito en el ASIEN-TO 35 materia de la presente partida, a favor de la “COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO QUILLABAMBA-QUILLACOOP” con personería jurídica inscrita en la P.E. 11000001 del Registro de Personas Jurídi-cas de la Ofi cina Registral Quillabamba, representada en este acto por José Ronald Baca Calero y Ronald Guevara Ccanto, con facultades inscritas; hasta por la suma de S/. 44,0000.00 (CUARENTA Y CUATRO MIL CON 10/100 NUEVOS SOLES) en garantía de las Obligaciones descritas en la Escritura Pública que da mérito a la presente inscrip-ción.- ambas partes convienen en valorizar los derechos y acciones objeto de hipoteca en la suma S/ 55,913.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TRECE CON 00/100 NUEVOS SOLES).- Así consta de la ESCRITURA PUBLICA del 03/09/2013 del 2013 otorgada ante NOTARIO ALFREDO CUBA CASTRO en la dudad de Quillabamba.LUGAR DE REMATE.- En la ofi cina del Poder Judicial de Perú- Corte Superior de Justicia de Cusco- Sede Santa Ana (Quillabamba), sito en el Jr. Espinar N°140-148 de la ciudad de Quillabamba, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención departamento de Cusco.DIA Y HORA DEL REMATE.- El día 19 de Agosto del 2019 a las 09:00 a.m.OBLAJE, TASA JUDICIAL.- LOS Postores, personas naturales o jurí-dicas a través de representantes legales debidamente facultados me-diante poder inscrito, deberán presentar antes del remate una cantidad no menor al 10% del valor de tasación del presente remate en efectivo o cheque de Gerencia emitido a nombre del Postor, (sin sello “no ne-gociable”) adjuntando original y copia del Arancel Judicial, consignando el número de expediente y juzgado, así como original y copia del DNI del postor. FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE.- VICTOR MANUEL IPENZA NEGRI Martillero Público con registro número 214.

Cusco, 01 de Julio del 2019.

VICTOR MANUEL IPENZA NEGRIMARTILLERO PÚBLICO

FRANCISCO SIXTO PUMA MOLINASECRETARIO JUDICIAL

R. C (22, 23, 24, 25, 26, 30 JUL)

EDICTOEn el Proceso Civil Nro. 00793-2019-0-10001 -JR-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, que des-pacha el señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Salda Chiun Manco, doña YOVANA HUAMAN ROMOACCA interpone demanda en contra de JESUS HUAMAN VA-LLENAS, RAYMUNDA ROMOACCA LAYME ALFONSO JOSÉ LUNA SALAS, ISELA MAGDALENA BELLIDO DE LUNA y HUGO ALEJAN-DRO CERF PAREJA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMI-NIO del inmueble N° 169 ubicado en la calle San Martín de Porras (antes predio Estación Pampa) del distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco, demanda admitida a trámite en la vía del pro-ceso Abreviado, mediante resolución Nro. 02 de fecha veinte de mayo del año en curso.- Lo que se cumple con publicar para fi nes del artículo 506° del Código Procesal Civil.-SAIDA CHIUN MANCO, Especialista Legal.-

Cusco, 17 de Julio del 2019

SAIDA CHIUN MANCOESPECIALISTA JUDICIAL

R. C (22, 26 JUL, 02 AGO)

EDICTOS

EXPEDIENTE N° 00386-2019-0-1001.JM.CI.01, Sobre Prescripción Adquisitiva seguido por Henrry Yupaicana Serrano y Luz Marina Vás-quez Ccarhuarupay, seguido contra la Empresa Autos Continental, se ha dispuesto la publicación del extracto del Auto Admisorio AUTO ADMISORIO DE DEMANDA.-RESOLUCIÓN Nro. 01 Wanchaq, cuatro de julio Del año dos mil diecinueve.-“ VISTO, la demanda, Y CONSI-DERANDO.- (…)se RESUELVE:ADMÍTASE la demanda interpuesta por Henrry Yu-paicana Serrano y Luz Marina Vasquez Ccarhuarupay sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN mueble vehículo de marca Renaul modelo Duster, color Rojo Fuego, numero de serie N°9FBHSR595HM533628, con número de motor K4M2842Q068723, año de fabricación 2016, tipo de carrocería M1 particular; contra Empre-sa Autos Continental SAC con RUC N°20564353524 representada por su gerente general JANET MENDOZA PACCO, demanda que deberá ser tramitada en la Vía del PROCESO ABREVIADO; en consecuencia, dispóngase la notifi cación de la demandada, bajo apercibimiento de de-clárasela rebelde.- A los medios probatorios: Téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados en la demanda para ser admitidos en su oportunidad.- A los anexos: A sus antecedentes los anexos presen-tados.- De conformidad a lo establecido en el artículo 506° del Código

Procesal Civil PUBLÍQUESE el extracto del auto admisorio mediante edictos a los demandados y colindantes por tres veces con intervalo de tres días, debiendo publicarse en el Diario judicial de la ciudad de Cusco, conforme a Ley(...).- Media fi rma de la Señora Jueza Yanet O. Paredes Salas.- Sec. Jud. E. Lia Ccarhuarupay Béjar.

Wanchaq, 18 de Julio del 2019

DELIA CARHUARUPAY BEJARSECRETARIA JUDICIAL

P. (7622279) F. (22, 26 JUL, 02 AGO)

EDICTO JUDICIAL

En el Expediente Judicial N°: 1987-2016-0-1001 -JR-CI-01 seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cusco que despacha la Juez Sandra Contreras Campana bajo la actuación de la Secretaria Judicial Indira Arenas Apumaita, se viene tramitando el proceso civil sobre Prescrip-ción Adquisitiva de dominio y en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 506 del Código Procesal civil se ha dispuesto la publicación del extracto del Autoadmisorio, que es como sigue:Resolución Nro. 10.- Cusco, nueve de Octubre del año dos mil die-cisiete.VISTO Y CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por MIGUEL ALFREDO POSTIGO DELGADO y JULIO CESAR MURILLO VILLE-GAS, este último en representación de ALICIA GERTRUDIS FER-NANDEZ BACA CALDERÓN DE POSTIGO, contra HILDA GRACIELA FERNANDEZ BACA DE VALDÉZ, NATIVIDAD ISABEL FERNANDEZ BACA DE ARANDA, LUISA ELVIRA FERNANDEZ BACA DE VALLE-NAS, asimismo contra MARCO TULIO, CARMELA, MARINA, YO-LANDA y LIDIA GENARA FERNANDEZ BACA CARRASCO; y, contra JORGE ALEJANDRO, JAIME ALBERTO, JORGE ANTONIO y JAVIER ENRIQUE FERNANDEZ BACA LLAMOSA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE N° 407 de la calle San Andrés del cercado del Cusco; y, acumulativamente RECTIFICACIÓN DE AREA Y LINDEROS del mismo inmueble; CON CITACIÓN de la Mu-nicipalidad Provincial del Cusco; v de los colindantes: Celso Fernández Puente de la Vega (ahora Laura Aura Paiva Palma De Fernández); y, Telefónica del Perú; (...) Y, estando a lo pievisto por el articulo 506 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco y en el Diario Ofi cial “El Peruano” por tres veces con intervalo de tres días.- H.S. H.S. Fdo. Juez Sandra Contreras Campana.- Esp. Boris Santos de la Gala.

Cusco, 16 de julio del 2019.

INDIRA ARENAS APUMAITASECRETARIA JUDICIAL

P. 7622690 F. (22, 26 JUL, 02 AGO)

AVISO DE PRIMER REMATE PÚBLICO

EN LA CAUSA N° 01692-2011 SEGUIDA POR CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO S.A. CONTRA DINA SOTOMAYOR QUISPE Y WILFREDO TECSI CONZA (DEUDORES DIRECTOS) Y NICANOR TECSI LATORRE (FIADOR), SOBRE EJECUCION DE GA-RANTÍA, LA SEÑORA JUEZ TITULAR DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DEL CUSCO DRA, SANDRA CONTRERAS CAMPANA, BAJO LA AC-TUACIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL DRA. ISABEL HUAMÁN SE-QUEIROS, HA DISPUESTO SACAR A REMATE EN PRIMERA CON-VOCATORIA EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE: PREDIO URBANO LOTE 02 MANZANA “J-1” CENTRO POBLADO DE SANTA TERESA, DISTRITO DE SANTA TERESA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CON UN AREA 120.00 M2. CUYO DOMINIO CORRE INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11012512 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X. SEDE CUSCO. VALOR DE TASACIÓN: US$ 33,960.00 (TREINTA Y TRES MIL NOVE-CIENTOS SESENTA Y 00/100 DÓLARESBASE DEL REMATE US$ 22,640.00 (VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), QUE EQUIVALE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE TASACIÓN.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) RESTRICCIONES DESCRITAS EN EL ASIENTO D00001 DE LA PARTIDA N° 11012512 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X. SEDE CUSCO; Y, 2) HIPOTECA CONSTITUIDA HASTA LA SUMA DE S/. 50,000.00 (CIN-CUENTA MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO S.A., INSCRITA EN EL AS. 02 DE LA PARTIDA N° 11012512 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X. SEDE CUSCO. DÍA Y HORA DEL REMATE: OCHO DE AGOSTO DEL AÑO 2019 A HORAS 3:00 P.M. LUGAR DEL REMATE: OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DEL MÓDU-LO CIVIL DEL CUSCO UBICADA EN EL SEGUNDO NIVEL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, UBICADO EN AVE-NIDA EL SOL S/N CERCADO DEL CUSCO.

LOS POSTORES DEBERAN: 1) OBLAR MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA UNA CANTIDAD NO MENOR AL DIEZ POR CIENTO DEL VALOR DE TASACIÓN, 2) PRESENTAR EL ORIGINAL DEL D.N.I., 3) PRESENTAR ARANCEL JUDICIAL POR PARTICIPACIÓN EN REMATE JUDICIAL, CONSIGNANDO EL JUZ-GADO RESPECTIVO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC (PRESENTAR COPIA DEL ARANCEL JUDICIAL Y D.N.I.), Y; 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVÉS DE UN REPRESENTANTE LEGAL DEBERÁN ACREDITARLO CON LOS PODERES RESPECTIVOS Y EL CERTIFICADO DE VIGENCIA CORRESPONDIENTE. EL ADJUDICATARIO: LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLI-CO MAS EL IGV SERÁN CANCELADOS POR EL ADJUDICATARIO, CONFORME A LEY.MARTILLERO PÚBLICO: ABOG. ELENA LISSETTE SALAZAR ALCÁ-ZAR CON REG. N° 248. CELULAR (1) 991345501.

CUSCO, 02 DE MAYO DEL AÑO 2079

ELENA SALAZAR ALCAZARMARTILLERO PÚBLICO

ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROSESPECIALISTA LEGAL

P. 7618618 F. (19, 22, 23, 24, 25, 26 JUL)

EDICTO

En el Proceso Civil Nro. 00994-2019-0-1001 -JR-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, que des-pacha el señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, los recurrentes MARCELINO CANAZA TELLO y FLORENCIA QUISPE SANIZO contra FROILAN CONDORI CCOYORI, RAÚL JACINTO BARRIOS NAVARRETE, GLO-RIA SILVA SULLCA, SOCRATES MARMANILLO PIMENTEL, FELICIA SEGURA FLORES, BASILIO SALAS ALAGON, MARIA LILIANA PAZ GUTIERREZ, ABEL TORRES TORRES, ALEJANDRINA VICTORIO CAVIEDES, AUGUSTO FELIX MAMANI YANA, JUANA ANDREA QUISPE MAMANI, LUCIO GUTIERREZ MONTOYA, HONORATO CCAHUA HORMACHEA, EVELIA FELIX MARCILLA, JOSE ACCOS-TUPA CCAHUA, GERVACIA LLAMACPONCCA SALLO, ELIZABETH RICALDE CACERES, JUVENAL RICALDE CACERES, MARTIN HUA-NACO KCANA, JUANITA CHACMANA MERMA, JUAN CRISOSTOMO QUISPE PACCO, ASENCIA AYMA CONDORI, VIRGINIA MONTAÑO QUISPE Y CONCEPCION QUISPE HUANACHIRE..., sobre PRES-CRIPCION ADQUISITVA DE DOMINIO respecto del bien inmueble Lote de terreno A-5 ubicado en la Urb, Villa Los Proceres del distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco, demanda admitida a trámite en la vía del proceso Abreviado, mediante resolución Nro. 02 de veintisiete de Junio del año en curso.- Lo que se cumple con publicar para fi nes del artículo 506° del Código Procesal Civil.- SAIDA CHIUN MANCO, Especialista Legal.-

Cusco, 15 de Julio del 2019.-

SAIDA CHIUN MANCOESPECIALISTA LEGAL

P. 7615673 F. (16, 22, 26 JUL)

EDICTO JUDICIAL

ANTE EL 5o JUZGADO CIVIL EN EL EXPEDIENTE N° 01024-2019-0-1001-JR- CI-05, SOBRE CAMBIO DE NOMBRE SEGUIDO POR ORNELIA CHURA MAMANI se ha dispuesto:AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDARESOLUCIÓN N° 02Cusco, 27 de junio de 2019.-AUTOS Y VISTO: El escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta; y CONSIDERANDO: SE RESUELVE: ADMITIR a trámi-te la demanda interpuesta por ORNELIA CHURA MAMANI, sobre CAM-BIO NOMBRE y/o supresión de nombre, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARÍSIMO, con citación del Represen-tante del Ministerio Público, debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario de Mayor Circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco. Téngase por ofrecidos el medio probatorio adjuntado, el mismo que será admitido y actuado en la etapa procesal correspondiente H.S.-Fdo.: Marianella Cárdenas Villanueva: Juez; Rafael Castillo Canal: Es-pecialista Legal.

Cusco, 12 de julio del 2019.-

RAFAEL CASTILLO CANALESPECIALISTA LEGAL

P. 7613935 F. (16, 22, 26 JUL)*

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 26 de julio del 2019

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La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SALA MIXTA PENAL LIQUIDADORA Y SALA PENAL DE

APELACIONES DE SICUANI - CANCHIS TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Viernes 26 de Julio al Jueves 1 de agosto de 2019)

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA AGRAVIADO DEMANDANTE

DELITO PRETENSION

IMPUTADO DEMANDADO

ACTO PROCESAL

REO COLEGIADO

1 09:05 15-2019 Familia Penal Fredy Manuel Condori Robo Agravado Menor de iniciales A.V.A Apelación de Sent.

Silva-Holgado Farfán

2 09:25 106-2016-92 Penal Aurelio Umasi Tancayllo Usurpación Agravada

Alberto Huillca Umasi Apelación de Auto

Silva-Holgado Farfán

3 10:00 90-2008 Penal Liquidador Menor de iniciales E.S.T Violación Sexual Jesus Angel Jalixto Quispe Juicio Oral Libre Silva-Holgado Farfán

4 11:00 161-2019-22 Penal Persona de iniciales A.B.A Violación Sexual Jose Luis Huamani Vera Apelación Prisión Preventiva

Silva-Holgado Farfán

5 11:30 151-2019-51 Penal Hipolito Huisa Achinquipa Robo Agravado Hermogenes Achinquipa Huisa

Apelación Prisión Preventiva

Silva-Holgado Farfán

6 11:45 136-2019-37 Penal Flora Llanocca Chaco Omisión a la Asistencia Familiar

Grimaldo Layme Sivana Apelación de Auto

Silva-Holgado Farfán

1 DE AGOSTO

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA AGRAVIADO DEMANDANTE

DELITO PRETENSION

IMPUTADO DEMANDADO

ACTOS PROCESAL

REO COLEGIADO

1 10:00 117-2019 Penal Luisa Ramos Pumachapi Lesiones Leves Hilda Pacheco Guzman Apelacion de Sentencia

Silva-Holgado Farfán

2

10:30

17-2019 Penal Persona de iniciales P.M.H Violación Sexual Alonzo Machaca Usca Apelacion de Sentencia

Silva-Holgado Farfán

3 11:00 102-2019 Penal Enrique Velasco Torrelio Falsificación de documentos

Juana Velasco de Huachaca Apelacion de Sentencia

Silva-Holgado Farfán

4 11:30 104-2017 Penal Hilda Caceres Ceredera y otros Estada Agravada

Jose Pumacallahui Huamani Apelacion de Sentencia

Silva-Holgado-Farfán

5 12:00

1306-2006 Penal Liquidador

(San Judas)

Menor de iniciales N.M.A Violación Sexual Hiber Enrry Andrade Zubizarreta Juicio Oral C Silva-Holgado-Farfán

Mario Hugo Silva Astete Raisa Pamela Navarro Gonzales Presidente Secretaria de Sala Sala Mixta Descentralizada y de Apelaciones de Canchis Sala Mixta Descentralizada y de Apelaciones de Canchis

26 DE JULIO

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La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 26 de julio del 2019

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 3640-2018 Sentencia Cusi Apaza, Wiliam Municipalidad de Cusco Reposición 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez2 08:30 4549-2017 Sentencia Taype Lopinta, Paulina Municipalidad de Cusco Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez3 08:40 4012-2017 Sentencia Enríquez Cusi, Eduardo Municipalidad de San Sebastián Dec.de Contrato a Plazo Indeter. 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez4 09:00 2087-2018 Sentencia Dueñas Farfán, José Aantonio Municipalidad de Wanchaq Dec.Contrato dentro del D.Leg.728 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez5 10:30 1653-2018 Sentencia Surco Vargas, Erika Corte Superior de Justicia de Cusco Reint. del Bono por Función Jurisd 4.J.T.C. Barra-Gutiérrez-Cáceres6 10:40 3674-2018 Sentencia Guzmán Eguiluz, Jorge Luís Municipalidad de Cusco Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez7 11:00 1832-2018 Sentencia Ccansaya Esquivel, Alberto Servicios Postales del Perú S.A. Reposición 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez8 11:40 282-2018 Sentencia Sindicato de Trabajadores Perú Rail SA Perú Rail SA Cese de Actos de Hostilidad 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez9 12:30 84-2019 Sentencia Maqquera Soncco, Gliceria Municipalidad de San Jerónimo Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 27-2019 Sentencia Ardiles Ayala, Andy Banco de la Nación Nulidad de Despido J.MX.M Bustamante-Barra-Gutiérrez2 09:20 1407-2018 Sentencia Lazarte Huamani, María Elena SENAMHI Desnat. de Contrato de Trabajo 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez3 10:20 1214-2018 Sentencia Llerena Gonzales, Juan Luis Dir.Desconcent. de Cultura de Cusco Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez4 11:00 1326-2018 Sentencia Kquille Ancco, Basilia Municipalidad de Cusco Pago de Remuneraciones 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez5 11:20 69-2019 Sentencia Arias Noa, Pascual Municipalidad de Santiago Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez6 11:30 86-2019 Sentencia Huamán Mamani, Aydee Municipalidad de San Jerónimo Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez7 11:40 1447-2018 Sentencia Quispe Pazo, Efraín Municipalidad de Cusco Rec. de Contrato de Trabajo 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez8 12:00 3763-2018 Sentencia Calizaya Mamani, Domingo Colegio de Ingenieros del Perú Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez9 12:20 75-2019 Sentencia Paro Cipriana, Luisa IMA Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 3672-2018 Sentencia Meza Huillca, Jerónimo Municipalidad de Cusco Reposición 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez2 08:30 1821-2018 Sentencia Huamán Pumaleque, Jesús Municipalidad de Cusco Indem. por Despido Arbitrario 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez3 08:40 2057-2018 Sentencia Huillca Chumpi, Marco Municipalidad de Cusco Rec.de Contrato a Plazo Indeter. 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez4 09:00 2361-2018 Auto Chancayauri Huamán, Roxana TREPEL EIRL Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez5 09:20 2511-2018 Sentencia Quispe Ataulluco, Carlos Dir. de Recursos Humanos de la PNP Indem. por Despido Arbitrario 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez6 10:00 1589-2018 Sentencia García Huallpamayta, José Lorenzo Gobierno Regional de Cusco Dec.de Contrato a Plazo Indeter. 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez7 10:30 1634-2019 Auto Reyes Lindo, Pedro Joel Conecta Retail S.A. Indem. por Despido Arbitrario 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez8 11:00 71-2018 Sentencia Vargas Portugeno, Yony Municipalidad de Ancahuasi-Anta Reposición J.Mx.A Bustamante-Barra-Gutiérrez9 11:30 1144-2014 Sentencia Fernández Baca Aguirre, Edwin Arnaldo Autoridad Nacional del Agua Reposición y otro 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez

10 12:20 2156-2018 Sentencia Ponce Taipicuri, Serapio Municipalidad de San Sebastián Rec. de Contrato de Trabajo 4.J.T.C. Dirimencia: Fernández

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 2482-2018 Sentencia Frisancho Baca, Alejandro Municipalidad de Cusco Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez2 08:30 260-2016 Sentencia Chacón Terrazas, Piter Valerio Municipalidad de Cusco Rec. de Contrato de Trabajo 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez3 08:40 1924-2018 Sentencia Hurtado Loayza, Olga Municipalidad de Cusco Rec. de Contrato de Trabajo 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez4 09:00 47-2019 Sentencia Yupanqui Huillca, Alicia Municipalidad de Anta Reposición J.Mx.A Bustamante-Barra-Gutiérrez5 09:20 2011-2018 Sentencia Valdeigelesias Quispe, Richard Municipalidad de San Sebastián Dec.de Contrato a Plazo Indeter. 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez6 09:30 4292-2017 Sentencia Ocon Condori, Félix Municipalidad de Wanchaq Reposición 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez7 10:00 1436-2018 Sentencia Guzmán Carrasco, Katy Emperatriz Centro Reg.Salvaguarda del Patrim.Cultural Inmat Impugn. de Sanción Disciplinaria 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez8 10:45 1740-2018 Sentencia Achahui Rodríguez, Frida Asociacion Civil Manos Unidas Desnat. de Contrato de Trabajo 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez9 11:45 1859-2018 Sentencia Pfuturi Mendoza, Abdon Zenón Corte Superior de Justicia de Cusco Cobro del Bono por Función Jurisd 4.J.T.C. Barra-Gutiérrez-Cáceres

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 11:00 1087-2018 Sentencia Castilla García, Katherine EPS SEDACUSCO SA Desnat. de Contrato de Trabajo 4.J.T.C. Dirimencia: Cáceres2 11:30 3435-2018 Sentencia Chaiña Aro, Mercedes Municipalidad de San Sebastián Reposición 4.J.T.C. Dirimencia: Meza

Cusco, 22 de julio de 2019

WILBER BUSTAMANTE DEL CASTILLO MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO PRESIDENTE SECRETARIA

Viernes, 26 de julio de 2019

Jueves, 25 de julio de 2019

Miércoles, 24 de julio de 2019

Martes, 23 de julio de 2019

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PRIMERA SALA LABORAL TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTAS DE CAUSA

Lunes, 22 de julio de 2019

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La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS

I. BASE LEGAL

Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales. Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. Decreto Supremo N° 075-2008-PCM , el cual aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de

Contratación Administrativa de Servicios, modificado por Decreto Supremo N° 065-2011-PCM. Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE y sus normas modificatorias. Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad. Las demás disposiciones que regulen el Contrato Administrativo de Servicios.

II. REQUISITOS GENERALES

a. Ser mayor de edad. b. Están impedidos de ser contratados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aquellos/aquellas que tienen

impedimento para ser postores o contratistas, expresamente previsto por las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia. c. Están impedidas de percibir ingresos por contrato administrativo de servicios aquellas personas que perciben otros ingresos del Estado, salvo

que, en este último caso, dejen de percibir esos ingresos dentro del periodo de contratación administrativa de servicios. La prohibición no alcanza cuando la contraprestación que se percibe proviene de la actividad docente activa o por ser miembros únicamente de un órgano colegiado.

d. No estar inhabilitado administrativa o judicialmente para el ejercicio de la profesión, para contratar con el Estado o para desempeñar función pública.

e. No registrar antecedentes policiales, penales, ni judiciales. f. Cumplir con todos los requisitos señalados en el perfil de la presente convocatoria. g. Para ser considerado apto el postulante no deberá incurrir en la incompatibilidad por parentesco por consanguinidad o afinidad conforme a lo

establecido en la Directiva N° 006-2008-CE-PJ, Normas y procedimientos para el control de nepotismo y/o incompatibilidad en el Poder Judicial, aprobada mediante R.A. N° 087-2008-CE-PJ de fecha 10 de abril de 2008. De igual modo, tampoco deberá registrar inhabilitación administrativa vigente en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles – RNSSC.

h. No haber sido condenado con sentencia firme por los delitos establecidos en la Ley Nº 30794, Ley que establece como requisito para prestar servicios en el sector público, no tener condena por terrorismo, apología del delito de terrorismo y otros delitos.

i. No haber cesado durante los últimos cinco (5) años, acogiéndose a programas de renuncia voluntaria con incentivos ejecutados por cualquiera de las instituciones comprendidas en los pliegos presupuestales de la Ley de Presupuesto del Sector Público.

j. No encontrarse con sanción de Destitución de la Administración Pública, ni con impedimento para contratar con entidades del Sector Público. k. No encontrarse patrocinando procesos judiciales. l. No encontrarse requisitoriado por ninguna Dependencia Judicial.

III. CONSIDERACIONES GENERALES

a. El/la postulante debe revisar previamente las bases de la convocatoria para los procesos de selección bajo el Régimen Especial de

Contratación Administrativa de Servicios. En ese sentido, el/la postulante acepta, confirma y reconoce las condiciones del proceso, no siendo válido argumentar desconocimiento o vacíos de las reglas generales y especificas contenidas en estas bases.

b. La inscripción a los procesos de selección en el Poder Judicial, se hace únicamente por medio del Sistema de Postulación, Selección y

Evaluación de Personal (PSEP), por lo que para ser considerado (a) postulante, el/la interesado (a) deberá registrarse a través del link “Oportunidad Laboral” en la página institucional del Poder Judicial y presentar en la fecha programada en el cronograma, un sobre cerrado con la siguiente información:

Reporte de postulación debidamente llenado y suscrito por el/la postulante. Copia simple de las constancias de estudios, trabajo y/o certificados que acrediten la información registrada en el aplicativo web

de postulación. Declaración Jurada que figura en las presentes bases como Anexo N.° 01.

c. La información que es registrada en el citado sistema tiene carácter de declaración jurada y el/la postulante es responsable de registrar la ficha

de postulante y la declaración jurada, y se somete a proceso de fiscalización posterior que el Poder Judicial considere necesario. En caso se detecte que ha consignado información falsa, El Poder Judicial procederá con las acciones administrativas y/o penales correspondientes.

d. En el caso que los documentos que se presentan como sustento de la postulación se encuentren en un idioma diferente al castellano, el postulante deberá adjuntar la traducción oficial o certificada de dichos documentos, conforme la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

e. En el caso de ser licenciado de las Fuerzas Armadas o contar con certificado de persona con discapacidad, deberá declararlo al momento de su postulación y figurar en el reporte de postulación que emite el Sistema de Postulación, Selección y Evaluación de Personal – PSEP. De de resultar “Apto (a)” para la etapa de entrevista, el/la postulante deberá presentar el documento que lo acredite en la citada fase, lo cual lo hará acreedor a las bonificaciones de Ley. Este documento no podrá ser entregado de forma posterior a la etapa de entrevista personal.

IV. SOBRE LA FORMACIÓN ACADÉMICA a. El grado y/o título (bachiller, título universitario, maestría, doctorado) declarado por el/la postulante, será verificado y acreditado mediante el

resultado de la búsqueda que será efectuada por el Poder Judicial, en el Registro Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales en el portal web de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).

b. Solo en el caso que el grado y/o título no se visualice en la web de SUNEDU, será responsabilidad del postulante presentar en su debido momento, la copia del grado y/o título declarado.

c. Solo se considerarán las los estudios profesionales de las lista de carreras autorizadas por SUNEDU. d. Tratándose de estudios realizados en el extranjero y de conformidad con lo establecido en la Ley del Servicio Civil N.° 30057 y su Reglamento

General, los títulos universitarios, grados académicos o estudios de post grado emitidos por una universidad o entidad extranjera o los documentos que los acrediten deberán serán registrados previamente ante SERVIR. Asimismo, podrán ser presentados aquellos títulos universitarios, grados académicos o estudios de post grado que hayan sido legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, apostillados o reconocidos por SUNEDU.

e. En los casos donde en la formación académica se indique lo siguiente: "afines a las carreras señaladas", se entenderá que se refiere a las carreras listadas, relacionadas a las especialidades y que pudieran tener otros nombres, además se considerara como único documento de verificación el clasificador de carreras de educación superior y técnico productivas del Instituto Nacional de Estadísticas e Informática.

V. CURSOS Y/O PROGRAMAS DE ESPECIALIZACIÓN a. Los cursos o programas de especialización deberán acreditarse presentado copia o constancia de los estudios en la etapa de presentación de

documentación. b. Todos los documentos que acrediten estudios de cursos o especialización, deberán indicar cantidad de horas para contabilizar, de lo contrario,

no será considerado. c. Si es curso (talleres, seminarios, conferencia o cualquier otro certificado de cualquier capacitación, este debe tener como mínimo una duración

de 12 horas (no acumulados). Se podrá considerar cursos con una duración menor a 12 horas siempre que sean mayor a 8 horas y organizadas por un ente rector, en el marco de sus atribuciones normativas.

d. Si es programa de Especialización o Diplomado, deben tener no menos de 90 horas de capacitación. Los programas de especialización pueden ser desde 80 horas si son organizados por un ente rector, en el marco de sus atribuciones normativas (Anexo N° 01-Directiva N°001-2016-SERVIR/GDSRH).

VI. SOBRE LA EXPERIENCIA LABORAL a. La experiencia laboral solo se sustenta con certificado o constancias de trabajo, resoluciones administrativas de encargatura y cese u otro

documento que demuestre fehacientemente la experiencia requerida. Cabe mencionar que para ser considerado válido debe contener información mínima del cargo o función desarrollada, fecha de inicio y fin o tiempo laborado.

b. Para aquellos puestos que requieran formación técnica o universitaria completa (desde egresado), el tiempo de experiencia se contará desde el momento de egreso de la formación correspondiente, por lo que el postulante deberá declarar y sustentar su egreso de la formación académica correspondiente. Caso contrario se contabilizará desde la fecha indicada en el documento de la formación académica presentada y que califique para el puesto.

c. Para los casos donde no se requiere formación técnica y/o profesional completa, se contará toda la experiencia laboral sustentada. d. En ninguno de los casos, se considerarán las prácticas Pre profesionales u otras modalidades formativas, con excepción de las prácticas

profesionales, si el perfil así lo especifica.

VII. DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN Todas las etapas del proceso de selección mencionado en la convocatoria tienen carácter de obligatorio y eliminatoria, salvo que en la misma convocatoria se señale lo contrario. 7.1. Sobre la Convocatoria

Se realiza por medio de las siguientes fuentes de información: a. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo b. Portal WEB: https://aplicativo.pj.gob.pe/psep c. Opcionalmente en otros medios de información

7.2. Sobre la Postulación

La postulación se realiza por medio de la opción de la pagina web institucional “OPORTUNIDAD LABORAL” una vez identificado deberán seleccionar Convocatorias vigentes y registrar su postulación dentro del plazo establecido en el cronograma de la convocatoria, siendo la inscripción virtual un requisito indispensable para ser considerado en el proceso de selección. Durante el proceso de Inscripción virtual en donde también se registrará la declaración jurada de Postulación.

7.3. Selección

El postulante es responsable de consignar de forma correcta todos los datos de identificación solicitados durante todas las etapas del proceso de selección, de acuerdo con las instrucciones brindadas para la ejecución de cada etapa. De no proceder conforme a lo señalado o ceñirse a las indicaciones proporcionadas, éste será eliminado del proceso y será considerado como “Error de identificación”.

7.4. Verificación de Cumplimiento de Requisitos y Evaluación Curricular

7.4.1. Verificación de Requisitos Mínimos: En esta etapa se verificará la información declarada por el postulante en los siguientes requisitos:

o Generales (DDJJ). o Formación académica básica declarada (secundaria, técnica, universitaria). o Conocimientos técnicos. o Conocimientos de ofimática e inglés, de ser requerido. o Años de experiencia general declarada de acuerdo a lo exigido en perfil del puesto. o Otros requisitos generales solicitados en la convocatoria.

El/la postulante que cumpla con los requisitos generales requeridos en el perfil, será considerado (a) APTO (A) para la siguiente etapa. El/la postulante que resulte NO APTO (A), quedará eliminado del proceso.

7.4.2. Comprende la revisión de cumplimiento de los siguientes requisitos declarados y debidamente sustentados:

o Formación académica básica (Secundaria, Técnica, Universitaria u otra)

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La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 26 de julio del 2019

o Formación académica especializada (maestrías, doctorados) o Experiencia general o Experiencia específica o Cursos y/o programas de especialización o Otros requisitos específicos solicitados para el perfil requerido.

Por otro lado se asignaran los puntajes en base a la escala señalada en la Convocatoria.

El/la postulante que cumpla con todos los requisitos específicos requeridos en el perfil, será considerado (a) APTO (A) para la siguiente etapa. El/la postulante que resulte NO APTO (A), quedará eliminado (a) del proceso.

7.5. Evaluación Técnica

Para ser considerado (a) APTO (A) a la siguiente etapa del proceso de selección, el/la postulante deberá rendir y aprobar todas las evaluaciones señaladas en la convocatoria. Las evaluaciones pueden ser de forma virtual o presencial según se detalle en cada convocatoria.

7.6. Entrevista Personal Será realizada por la Comisión CAS Ad Hoc, cuyo objetivo es identificar a la persona idónea para la prestación de servicios en concurso, considerando el conocimiento, experiencia, logros y habilidades relacionados con el perfil requerido en la convocatoria.

VIII. RESULTADO FINAL

Se publicará en el portal web https://aplicativo.pj.gob.pe/psep el resultado de la ponderación de cada una de las etapas evaluativas en un orden de puntación de mayor a menor. El postulante que en estricto orden de méritos hubiera obtenido la puntuación más alta en el puntaje final, será considerado como GANADOR (A) de la convocatoria. En caso de empate en el puntaje final, será el postulante con mayor calificación en la etapa de evaluación técnica, el/la que cubrirá la vacante.

El/la GANADOR (A) deberá suscribir contrato durante los cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación de resultados finales. En caso el/la GANADOR (A) no suscriba contrato, se procederá a convocar a los elegibles siguientes (en estricto orden de mérito), el cual deberá suscribir contrato durante los cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación.

IX. DECLARACIÓN DE DESIERTO O CANCELACIÓN DEL SERVICIO CONVOCADO 9.1. Declaratoria del Servicio convocado como Desierto

Puede ser declarado desierto en alguno de los siguientes supuestos: o Cuando no se presentan postulantes al proceso de selección. o Cuando ninguno de los postulantes cumple con los requisitos mínimos. o Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, ninguno de los postulantes obtiene puntaje mínimo en cualquiera de las etapas del

proceso.

9.2. Cancelación de la convocatoria del Servicio

Puede ser cancelado en alguno de los siguientes supuestos, sin que sea responsabilidad de la entidad:

o Cuando desaparece la necesidad del servicio de la entidad con posterioridad al inicio del proceso de selección. o Por restricciones presupuestales. o En caso de interposición de medidas cautelar o resolución judicial. o Otras debidamente justificadas.

ANEXO Nº 1

DECLARACION JURADA

Yo, ________________________________________________________, identificado (a) con Documento Nacional de Identidad N°__________________, con domicilio

actual en ______________________________________________________________________________

Distrito:________________________________, Provincia:________________________,

Departamento: __________________________.

Declaro bajo juramento que: 1. No tengo vínculo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, ni hasta segundo grado de afinidad y de matrimonio con personal del Poder Judicial, de conformidad con las normas legales que regulan sobre el particular. 2. Cumpliré con lo dispuesto en la Ley N° 27588 y Reglamento aprobado por D.S. N° 019-2002-CNM, sobre prohibiciones e incompatibilidades de Funcionarios y Servidores Públicos, así como de las personas que presten servicios al estado bajo cualquier modalidad contractual. 3. No he cesado durante los últimos cinco (5) años, acogiéndome a programas de renuncia voluntaria con incentivos ejecutados por cualquiera de las instituciones comprendidas en los pliegos presupuestales de la Ley de Presupuesto del Sector Público. 4. No me encuentro con sanción de Destitución de la Administración Pública, ni con impedimento para contratar con entidades del Sector Público. 5. No me encuentro patrocinando en procesos judiciales, ni lo haré durante el ejercicio de la función pública en este Poder del Estado. 6. No registro Antecedentes Penales, ni me encuentro procesado por delito doloso. 7. No registro Antecedentes Policiales. 8. No me encuentro requisitoriado por ninguna Dependencia Judicial. 9. Me comprometo en el marco de las normas internas y disposiciones vigentes con relación a los servicios que realice en la institución, a guardar confidencialidad y reserva de la información y documentación a mi cargo. 10. Los documentos que presento son auténticos; así como la información contenida en la Ficha de Postulación y demás documentos requeridos, es veraz. Asimismo en caso de falsedad de lo manifestado en la presente Declaración Jurada, me someto a lo dispuesto a la Ley de Procedimiento Administrativo General, sin perjuicio de las responsabilidades que pudiera corresponderme por tal hecho. 11. No figuro en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. En fe de lo firmado, suscribo la presente, En ___________________ a los ____ días del mes de ____________ de 2019 (ciudad) ______________________ FIRMA DNI N.° ………………………..

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La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PROCESO CAS N° 007-2019

I.- GENERALIDADES 1. Objeto de la Convocatoria:

La Corte Superior de Justicia de Cusco pone en conocimiento el proceso de selección que se llevará a cabo para cubrir un (1) presupuesto CAS, conforme se detalla a continuación:

N° CÓDIGO PRESTACIÓN DEPENDENCIA RET. ECON. S/ CANTIDAD

1 01312_1 Asistente de Comunicaciones Módulo Penal Central D. Leg. 1194 2,212.00 1

2. Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante: Módulo Penal Central. 3. Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación: Coordinación de Recursos Humanos. II.- PERFIL DE LOS PUESTOS

1. ASISTENTE DE COMUNICACIONES (Cód. 01312_1)

REQUISITOS DETALLE

Experiencia (1) Experiencia laboral no menor de seis (06) meses como notificador, tramite documentario o labores afines en entidades privadas y/o públicas.

Habilidades (2)

Adaptabilidad Orden Dinamismo Organización de información Cooperación

Formación académica, grado académico y/o nivel de estudios (3)

Secundaria completa Estudios técnicos superiores en Administración o afines (deseable)

Cursos y/o estudios de especialización Curso y/o capacitación en trámites judiciales, notificaciones, ofimática

Conocimientos para el puesto y/o cargo (4) Conocimiento y dominio de lugares y direcciones Conocimiento y manejo de ofimática.

III. CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: Principales funciones a desarrollar:

1. ASISTENTE DE COMUNICACIONES (Código 01312_1) MODULO PENAL CENTRAL D.Leg. 1194

• Recepcionar del jefe de área las notificaciones, oficios, cuadernos y/o expedientes judiciales asignados que requieren ser

diligenciados. • Recepcionar las notificaciones y oficios provenientes de otras sedes y/o Distritos Judiciales asignadas por el jefe de área. • Descargar por sistema la recepción y devolución de las cédulas de notificación y otros documentos asignados antes de remitir al

área competente. • Entregar al jefe de área los cargos de notificaciones, provenientes de otras sedes o distritos judiciales para la remisión a través

del correo electrónico y luego en forma física. • Llevar el control manual o informático de las notificaciones ingresadas, distribuidas a los destinatarios y de los cargos devueltos

al área competente.

2

• Diligenciar las notificaciones, citaciones cuando corresponda y comunicaciones a sus destinatarios dentro de los plazos y con las formalidades legales establecidas.

• Elaborar razones cuando corresponda. • Devolver los cargos de notificaciones, citaciones y comunicaciones al responsable del área de comunicaciones. • Cumplir las demás obligaciones que le señala la Ley, los reglamentos y manuales y las que asigne el Administrador(a) del

NCPP. • Otras funciones inherentes al cargo.

IV. CONDICIONES ESENCIALES DEL CONTRATO

CONDICIONES DETALLE PRESTACIÓN

Lugar de Prestación del Servicio

(Cód. 01312_1) Módulo Penal Central.

MÓDULO PENAL Av. El Sol N° 239.- Palacio de Justicia - Sede Central de la CSJCU

Duración del contrato 26 de julio al 31 de agosto de 2019 Pudiendo ser prorrogable

Retribución económica S/. S/. 2,212.00 (Cód.01312_1) Asistente de Comunicaciones - Módulo Penal Central.

Otras condiciones esenciales del contrato

• Contar con número de RUC. • No contar con antecedentes penales y policiales. • No estar inscrito en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios -REDAM. • No estar inscrito en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido –RNSDD.

V. CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO

ETAPAS DEL PROCESO CRONOGRAMA RESPONSABLE

Aprobación de la Convocatoria 03 de julio de 2019 Gerencia de Administración Distrital

Publicación del proceso en el aplicativo para el registro y difusión de las ofertas laborales del Estado – Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

04 al 17 de julio de 2019 (10 días hábiles)

Responsable del registro

CONVOCATORIA

1 Publicación de la convocatoria en el link Oportunidad Laboral del Poder Judicial

04 al 17 de julio de 2019 (10 días hábiles)

Coordinación de personal

2 Postulación web – Sistema de Postulación, Selección y Evaluación de Personal – PSEP

18 de julio de 2019 Postulante

3

Presentación física de hoja de vida documentada: (solo aquellos postulantes que se inscribieron vía web) Av. El Sol N° 239 Cusco Mesa de Partes de la Corte Superior de Justicia de Cusco

19 de julio de 2019

Oficina de Trámite Documentario

o Mesa de Partes

Horario: De 07:45 hs a 13:00 hs o de 14:00 hs a 16:45

hs

SELECCIÓN

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La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 26 de julio del 2019

3

4 Evaluación Curricular – Sin puntajes 22 de julio de 2019 Gerencia de Administración Distrital

5 Resultados de la Evaluación Curricular – Sin puntajes 22 de julio de 2019 Gerencia de Administración Distrital

6 Evaluación Curricular – Con puntajes 23 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

7 Resultados de la Evaluación Curricular – Con puntajes 23 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

8 Evaluación Técnica 24 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

9 Resultados de la Evaluación Técnica 24 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

10 Entrevista Personal

25 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

11 Resultados de la Entrevista Personal

25 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

12 Resultados Finales – Declaración de Ganadores

25 de julio de 2019 Coordinación de personal

SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE CONTRATO

13 Suscripción del contrato 26 de julio de 2019 Coordinación de personal

14 Registro de contrato 26 de julio de 2019 Coordinación de personal

IV. FASES DE EVALUACIÓN:

1. ASISTENTE DE COMUNICACIONES (Código 01312_1) MODULO PENAL CENTRAL D.Leg. 1194

EVALUACIONES PUNTAJE MÍNIMO PUNTAJE MÁXIMO

EVALUACIÓN DE LA HOJA DE VIDA 15 35 Experiencia

1. Experiencia laboral no menor de seis (06) meses como notificador, tramite documentario o labores afines en entidades privadas y/o

públicas. (08 puntos). 2. Por cada año adicional (2 puntos) (hasta un máximo de seis años)

(máximo 12 puntos)

8 20

Formación Académica, 1. Secundaria completa (04 puntos) 2. Estudios técnicos superiores en Administración o afines

(deseable).(03puntos)

4 7

Cursos y/o especializaciones. 1. Curso y/o capacitaciones en trámite documentario, notificaciones,

trámites judiciales, ofimática (01 punto por c/u hasta un máximo de 8). (8 puntos).

3 8

EVALUACIÓN TÉCNICA 26 40

ENTREVISTA PERSONAL 25

PUNTAJE TOTAL 100

4

- Cada etapa tiene carácter de eliminatorio, razón por la cual, el/la postulante o candidato (a) que no obtenga puntaje aprobatorio, no será considerado como apto(a) para la siguiente etapa, ni podrá ser declarado (a) ganador (a) o elegible.

- El puntaje mínimo aprobatorio para ser declarado ganador es de SESENTA Y SEIS (66) puntos que resulta obligatoriamente de la sumatoria de los puntajes aprobatorios de las fases (evaluación curricular, evaluación técnica y entrevista personal).

V. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

• La información que el/la postulante registre en el Sistema de Postulación, Selección y Evaluación de Personal (PSEP) tiene carácter de declaración jurada, motivo por el cual el/la postulante es responsable del registro de información que efectúe al momento de la postulación, así como la impresión de su ficha de postulante y la declaración jurada, las cuales deberán ser presentadas debidamente suscritas. Asimismo, se somete al proceso de fiscalización posterior que el Poder Judicial considere necesario

• Para ser considerado postulante deberá registrarse a través del link “Oportunidad Laboral” en la página web institucional del Poder Judicial y presentar en la fecha programada en el cronograma, un sobre cerrado con los siguientes documentos debidamente firmados y foliados:

Reporte de postulación debidamente firmado. (obligatorio) Copia simple de las constancias de estudios, trabajo y/o certificados que acrediten la información registrada en el

aplicativo web de postulación. Constancia de habilitación profesional vigente, en caso corresponda. Declaración Jurada – Anexo N. º 1, que figura en las bases. Debidamente firmado. Copia simple del documento que acredite su condición de persona con discapacidad o de licenciado (a) de las

fuerzas armadas (obligatorio - en caso aplique). Copia simple de licencia de conducir, en caso corresponda.

• El sobre estará dirigido a la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cusco y etiquetado de la siguiente manera:

Señores: PODER JUDICIAL Atención: Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cusco.

Proceso CAS N° 007-2019-UE-CUSCO Nombre completo del postulante: _____________________________________ Dependencia a la que postula: _____________________________________

Puesto al que postula: ______________________________________

Se precisa que, aquel postulante que no adjunte a su hoja de vida documentada el Reporte de postulación firmado emitido por el aplicativo web, así como la Declaración Jurada – Anexo N. º 1. Debidamente firmado, será eliminado del proceso. Los documentos presentados por los postulantes no serán devueltos por ningún motivo.

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La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019

VIDEOCONFERENCIA - 3° SALA DE AUDIENCIAS

QUENCCORO - 2° SALA DE AUDIENCIAS

QUENCCORO - 1° SALA DE AUDIENCIAS

Inicio

CUSCOE.P. de Cusco

15/07/2019 10:21:36

SEDE3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL

SALA DE VIDEOCONFERENCIAS - PENAL

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La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 26 de julio del 2019

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PROCESO CAS N° 007-2019

CONVOCATORIA BAJO LOS ALCANCES DEL D. LEG. N.° 1057, REGIMEN ESPECIAL DE

CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS

CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO

ETAPAS DEL PROCESO CRONOGRAMA RESPONSABLE

Aprobación de la Convocatoria 03 de julio de 2019 Gerencia de Administración Distrital

Publicación del proceso en el aplicativo para el registro y difusión de las ofertas laborales del Estado – Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

04 al 17 de julio de 2019 (10 días hábiles) Responsable del registro

CONVOCATORIA

1 Publicación de la convocatoria en el link Oportunidad Laboral del Poder Judicial

04 al 17 de julio de 2019 (10 días hábiles) Coordinación de personal

2 Postulación web – Sistema de Postulación, Selección y Evaluación de Personal – PSEP 18 de julio de 2019 Postulante

3

Presentación física de hoja de vida documentada: (solo aquellos postulantes que se inscribieron vía web) Av. El Sol N° 239 Cusco Mesa de Partes de la Corte Superior de Justicia de Cusco

19 de julio de 2019

Oficina de Trámite Documentario

o Mesa de Partes

Horario: De 07:45 hs a 13:00 hs o de 14:00 hs

a 16:45 hs

SELECCIÓN

4 Evaluación Curricular – Sin puntajes 22 de julio de 2019 Gerencia de Administración Distrital

5 Resultados de la Evaluación Curricular – Sin puntajes 22 de julio de 2019 Gerencia de Administración Distrital

6 Evaluación Curricular – Con puntajes 23 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

7 Resultados de la Evaluación Curricular – Con puntajes 23 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

8 Evaluación Técnica 24 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

9 Resultados de la Evaluación Técnica 24 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

10 Entrevista Personal

25 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

11 Resultados de la Entrevista Personal

25 de julio de 2019 Comisión CAS Ad Hoc

12 Resultados Finales – Declaración de Ganadores

25 de julio de 2019 Coordinación de personal

SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE CONTRATO

13 Suscripción del contrato 26 de julio de 2019 Coordinación de personal

14 Registro de contrato 26 de julio de 2019 Coordinación de personal

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La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019

1 07:50 03502-2019-90-1001-JR-FT-11 Rolando Isaias Montesinos Peña María Rene Montesinos Segura y otra Violencia familiar medidas

protección 11JFC Dirimencia Barra Pineda

2 08:00 01615-2014-0-1001-JR-CI-03 Porfirio Achahui Palacios Dora Ponce de Zegarra y otros

Nulidad de acto jurídico auto final 5JCC Murillo-Pereira-Gutiérrez

3 08:20 00663-2010-0-1001-JR-CI-03 Sucesores de Ruben Fructuoso Yepez Amaut

Sucesores de Eufracio Corrales Quisiyupanqui y otra Reivindicación sentencia 3JCC Murillo-Pereira-Delgado

4 08:25 00865-2011-0-1001-JR-CI-02 Acumulado Roberto Carreño Usandivares Miguel Angel Velarde Alvares Declaración de mejor

derecho de propíedad sentencia 2JCC Murillo-Pereira-Delgado

5 08:30 00762-2018-0-1001-JR-CI-02 Maria Elena Choque Choquenayra

Dirección del Hospital Regional del Cusco

Contencioso administrativo sentencia 2JCC Murillo-Pereira-Delgado

6 08:35 01422-2018-0-1001-JR-CI-01 Colegio de Arquitectos del Perú Quinta Sala del Tribunal Registral y otros Proceso de amparo auto

improce 1JCC Murillo-Pereira-Delgado

7 08:40 00223-2019-0-1001-JR-CI-05 Maria Dominga Gamboa Fernandez Baca de Mariscal

Dirección Regional de Educación del Cusco Proceso de amparo auto

improce 5JCC Murillo-Pereira-Delgado

8 08:45 00275-2019-0-1001-JR-CI-01 Herbert Edgar Palma Saldivar Juez Ramiro Mendoza Zegarra y otro Proceso de amparo auto

improce 1JCC Murillo-Pereira-Delgado

9 08:50 00148-2019-0-1001-SP-CI-01 Miguel Rozas Duran Casiana Angelica Quispe Phuyo y otro

Obligación de dar bien inmueble auto final JMx Anta Murillo-Pereira-Delgado

10 08:55 00087-2019-0-1018-JM-CI-01 O y M Contratistas S.A.C. Empresa de Generación Electrica Indemnización auto final 1JMx Santiago Murillo-Pereira-Delgado

11 09:00 01873-2016-0-1018-JM-FP-01 Ministerio Público Menor de iniciales S.A.P.Q. Infracción a la ley

penal - Abandono de persona en peligro

sentencia 1JMx Santiago Murillo-Pereira-Delgado

12 15:00 01624-2018-0-1001-JR-CI-02 Wilfredo Ernesto Challco Carpio Freddy Anibal Chalco Atayupanqui

Nulidad de acto jurídico sentencia 2JCC Dirimencia Gutiérrez Merino

13 15:05 01094-2019-63-1001-JR-FT-08 Dina Choque Quispe Cesar Quispe Rondón Violencia familiar medidas protección 8JFC Dirimencia Gutiérrez Merino

1 08:20 00211-2019-0-1001-JM-CI-01 Fernando Rogryk Quispe Diaz Cambio de nombre sentencia 1JMx Wanchaq Murillo-Pereira-Delgado

2 08:25 00104-2019-0-1001-SP-CI-01 Sandra Alvarez Rojas Walter Anaya Zapata y otro Reivindicación sentencia JMx Quispicanchis Murillo-Pereira-Delgado

3 08:30 00436-2017-0-1001-JM-CI-01 Peri Peruana S.A.C. Corrales Ingenieros S.R.L. Obligación de dar suma de dinero sentencia 1JMx Wanchaq Murillo-Pereira-Delgado

4 08:35 00283-2019-0-1018-JM-CI-01 Margarita Pompilla Jurado Juan Carlos Pompilla Jurado Obligación de dar suma de dinero

auto improce 1JMx Santiago Murillo-Pereira-Delgado

5 08:40 00569-2019-0-1001-JR-CI-04 Juana Maria Mendivil Dueñas de Olarte Pablo Julio Mendivil Dueñas Nulidad de acto

jurídicoauto

improce 4JCC Murillo-Pereira-Delgado

6 08:45 03563-2019-0-1001-JR-FC-02 Pio Eulogio Ortiz Gomez Yony Elguera Gutierrez Prueba anticipada auto improce 2JFC Murillo-Pereira-Delgado

7 08:50 02167-2017-0-1001-JR-CI-04 Dai Zhijiang Municipalidad Distrital de Wanchaq

Contencioso administrativo sentencia 2JMx Wanchaq Murillo-Pereira-Delgado

8 08:55 00491-2018-0-1001-JM-CI-02 Consorcio Cusco PER PLAN COPESCO Obligación de dar suma de dinero sentencia 2JMx Wanchaq Murillo-Pereira-Delgado

9 09:00 02926-2018-0-1001-JR-FP-02 Ministerio Público, agraviado Menor de iniciales C.A.F. y otro

Infracción a la ley penal - robo agravado sentencia 2JFC Murillo-Pereira-Delgado

10 09:05 00620-2017-0-1001-JR-CI-05 Moises Abarca Delgado y otra Ana Maria Palomino Ramos y otros

Prescripción adquisitiva sentencia 5JCC Murillo-Pereira-Delgado

11 09:10 00968-2018-0-1001-JR-CI-03 Nancy Fuentes Callata Unidad de Gestión Educativa Local de Cusco y otros

Proceso de habeas data sentencia 3JCC Murillo-Pereira-Delgado

12 10:30 00088-2019-0-1001-sp-ci-01 Chaska Rojas Botter Reconocimiento de sentencia extranjera audiencia Sala Civil Murillo-Pereira-Delgado

13 15:00 01166-2017-0-1001-JR-CI-03 Eloy Alberto Avalos Meza Leonardo Fuentes Gonzales y otros Tercería auto

improce 5JCC Dirimencia Gutiérrez Merino

1 08:00 02256-2018-0-1001-JR-CI-05 SCOTIABANK PERU S.A.A. Inversiones Franquito Tours E.I.RL. y otros

Ejecución de garantías auto final 5JCC Pereira-Delgado-Gutiérrez

2 08:05 00327-2019-0-1001-JR-CI-05 Darcy Porilla Arias Universidad Andina de Cusco Proceso de amparo sentencia 5JCC Pereira-Delgado-Gutiérrez

3 08:20 01294-2018-0-1001-JP-FC-01 Washington Farfán Wilson Yolanda Pacheco Letona Ejecución de acta de conciliación auto final 2JMx Wanchaq Murillo-Pereira-Delgado

4 08:25 00013-2016-0-1018-JM-CI-01 Carmela Olivares Vasquez Gloria Isabel Perales Abarca y otros

Nulidad de acto jurídico sentencia 1JMx Santiago Murillo-Pereira-Delgado

5 08:30 00463-2018-0-1001-JR-CI-02 Hugo Sandoval Santuyo Liz Yenny Checcalla Cuno y otros

Nulidad de cosa juzgada fraudulenta sentencia 2JCC Murillo-Pereira-Delgado

6 08:35 01556-2015-0-1001-JR-CI-03 Gloria Diaz de Yabar Ernestina Diaz Sosa y otra Petición de herencia sentencia 3JCC Murillo-Pereira-Delgado7 08:40 00564-2016-0-1001-JR-CI-03 Dania Bethy Abrill Perez y otros Roxana Abrill Nuñez y otros División y partición sentencia 3JCC Murillo-Pereira-Delgado

8 08:45 02482-2017-0-1001-JR-CI-03 Santos Apolinar Cruz Ramirez Ministerio de Trabajo y promoción del empleo Proceso de amparo sentencia 3JCC Murillo-Pereira-Delgado

9 08:50 00323-2002-0-1001-JR-CI-02 David Lazo Gamarra Maria Amelia Morales Sierra y otros

Ejecución de garantías auto final 2JCC Murillo-Pereira-Delgado

10 08:55 02042-2018-0-1001-JR-CI-03 David Yepez Nuñez Juez Superior Bernardino Fernandez Echea Proceso de amparo auto

improce 3JCC Murillo-Pereira-Delgado

11 09:00 00803-2019-0-1001-JR-CI-05 Anahi Ninoska Farfán Ovalle Yoni Tapia Puelles Desalojo auto improce 5JCC Murillo-Pereira-Delgado

12 09:05 00814-2019-0-1001-JR-CI-04 Luciel Dante Herrera Delgado Primera Sala Permanente del

Tribunal de Disciplina de la Policia Nacional

Proceso de amparo auto improce 4JCC Murillo-Pereira-Delgado

13 15:00 00838-2018-0-1001-JR-CI-02

Frente de Defensa de los intereses de Docentes de

Secundaria Jornada escolar completa

Director Regional de Educación del Cusco Proceso de amparo sentencia 2JCC Dirimencia Gutiérrez Merino

1 08:00 00044-2019-0-1001-SP-CI-01 Pedro Cancio Quispe Castro y otros

Sucesores de Epifania Oquendo Canal

Otorgamiento de escritura pública sentencia JMx Urubamba Dirimencia Barra Pineda

2 08:05 01526-2018-0-1001-JR-CI-02 Melchor Chacon Pino Juez Superior Begonia del Rocio Velásquez Cuentas y

otrasProceso de amparo sentencia 2JCC Murillo-Pereira-Gutiérrez

3 08:20 00150-2019-0-1001-SP-CI-01 Modesto Checca Layme y otra Comunidad Campesina de Sullumayo Proceso de amparo auto final JMx

Quispicanchis Murillo-Pereira-Delgado

4 08:25 01737-2018-0-1001-JR-CI-02 Freddy Anibal Chalco Atayupanqui Clorinda Orccon Challco Desalojo sentencia 2JCC Murillo-Pereira-Delgado

5 08:30 01870-2018-0-1001-JR-CI-02 Milovna Enna Davila Herrera Anacleta Aurora Herrera Cordova y otros Interdicto de recobrar auto final 2JCC Murillo-Pereira-Delgado

6 08:35 00310-2019-0-1018-JM-CI-02 Sonia Ortiz Mosquipa Rosa Jacinta Llanos Arteaga Desalojo auto improce 2JMx Santiago Murillo-Pereira-Delgado

7 08:40 00559-2018-52-1018-JM-CI-02 Yonny Ccanchi Barrios

Cooperatiba de Vivienda del Sindicato de Mercados

Unidos Ltda. N° 14467 y otros

Nulidad de acto jurídico auto excep 2JMx Santiago Murillo-Pereira-Delgado

8 08:45 00236-2019-0-1018-JM-CI-02 Julio Paz Punca Pia Rosario Aguilar Ponce y otro

Obligación de dar suma de dinero

auto improce 2JMx Santiago Murillo-Pereira-Delgado

9 08:50 00650-2018-0-1001-JM-CI-01 Mariano Pereyra Huaman Ormachea Proyectos e Inversiones E.I.R.L. Obligación de hacer sentencia 1JMx Wanchaq Murillo-Pereira-Delgado

10 08:55 00043-2019-0-1001-SP-CI-01 Alejandro Condo Montes y otra Victor Raúl Corvacho Palma y otra Desalojo auto

improce 1JMx Urubamba Murillo-Pereira-Delgado

11 09:00 01290-2018-0-1001-JM-FP-01 Ministerio Público Menor de iniciales A.I.C. . y otro

Infracción a la ley penal - actos contra el

pudorauto final 1JMx Wanchaq Murillo-Pereira-Delgado

12 15:00 00492-2019-0-1001-JR-CI-05 Santusa Margarita Gutierrez Torres Adriana Vargas Pimentel Desalojo auto

improce 5JCC Dirimencia Gutiérrez Merino

13 15:05 02188-2019-37-1001-JR-FT-10 Madeleine Karim Amesquita Zamalloa

Erick Fernando Guzmán Morales Violencia familiar medidas

protección 10JFC Dirimencia Gutiérrez Merino

1 08:00 01012-2009-0-1001-JR-CI-01 Patricio Arroyo Medina y otros Municipalidad Distrital de San Sebastian y otros

Nulidad de asiento registral sentencia 1JCC Dirimencia Murillo Flores

2 08:20 00629-2018-0-1001-JM-CI-01 Patrica Wirca Aguayo Aparicio Amaro Adolfo Aguayo Aparicio

Designación de apoyo y salvaguarda

auto final consulta 1JMx Wanchaq Murillo-Pereira-Delgado

3 08:25 01674-2017-0-1018-JM-FC-02 Luis Hipolito Velasuqez Anaya Sonia Mendoza Huaman Divorcio por causal sentencia consulta 2JMx Santiago Murillo-Pereira-Delgado

4 08:30 00504-2017-0-1001-JM-CI-01 Maria Ernestina Acurio Villavicencio Jesus Albaro Pando Acurio Designación de apoyo

y salvaguardaauto final consulta 1JMx Wanchaq Murillo-Pereira-Delgado

5 08:35 03909-2019-0-1001-JR-FT-02 Unidad de Protección Especial Gorki Ricardo Pacheco Silva y otra

Desprotección familiar provisional auto final 2JFC Murillo-Pereira-Gutiérrez

JUEVES 25 DE JULIO DE 2019

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SALA CIVIL DE CUSCO

TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Lunes 22, al Viernes 26 de Julio de 2019)

MARTES 23 DE JULIO DE 2019

LUNES 22 DE JULIO DE 2019

MIERCOLES 24 DE JULIO DE 2019

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La República 17SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 26 de julio del 2019

Usurpación

Peculado Doloso

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La República18 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019

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La República 19SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOViernes, 26 de julio del 2019

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 3640-2018 Sentencia Cusi Apaza, Wiliam Municipalidad de Cusco Reposición 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez2 08:30 4549-2017 Sentencia Taype Lopinta, Paulina Municipalidad de Cusco Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez3 08:40 4012-2017 Sentencia Enríquez Cusi, Eduardo Municipalidad de San Sebastián Dec.de Contrato a Plazo Indeter. 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez4 09:00 2087-2018 Sentencia Dueñas Farfán, José Aantonio Municipalidad de Wanchaq Dec.Contrato dentro del D.Leg.728 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez5 10:30 1653-2018 Sentencia Surco Vargas, Erika Corte Superior de Justicia de Cusco Reint. del Bono por Función Jurisd 4.J.T.C. Barra-Gutiérrez-Cáceres6 10:40 3674-2018 Sentencia Guzmán Eguiluz, Jorge Luís Municipalidad de Cusco Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez7 11:00 1832-2018 Sentencia Ccansaya Esquivel, Alberto Servicios Postales del Perú S.A. Reposición 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez8 11:40 282-2018 Sentencia Sindicato de Trabajadores Perú Rail SA Perú Rail SA Cese de Actos de Hostilidad 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez9 12:30 84-2019 Sentencia Maqquera Soncco, Gliceria Municipalidad de San Jerónimo Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 27-2019 Sentencia Ardiles Ayala, Andy Banco de la Nación Nulidad de Despido J.MX.M Bustamante-Barra-Gutiérrez2 09:20 1407-2018 Sentencia Lazarte Huamani, María Elena SENAMHI Desnat. de Contrato de Trabajo 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez3 10:20 1214-2018 Sentencia Llerena Gonzales, Juan Luis Dir.Desconcent. de Cultura de Cusco Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez4 11:00 1326-2018 Sentencia Kquille Ancco, Basilia Municipalidad de Cusco Pago de Remuneraciones 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez5 11:20 69-2019 Sentencia Arias Noa, Pascual Municipalidad de Santiago Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez6 11:30 86-2019 Sentencia Huamán Mamani, Aydee Municip Dist de San Jerónimo Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez7 11:40 1447-2018 Sentencia Quispe Pazo, Efraín Municipalidad de Cusco Rec. de Contrato de Trabajo 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez8 12:00 3763-2018 Sentencia Calizaya Mamani, Domingo Colegio de Ingenieros del Perú Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez9 12:20 75-2019 Sentencia Paro Cipriana, Luisa IMA Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 3672-2018 Sentencia Meza Huillca, Jerónimo Municipalidad de Cusco Reposición 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez2 08:30 1821-2018 Sentencia Huamán Pumaleque, Jesús Municipalidad de Cusco Indem. por Despido Arbitrario 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez3 08:40 2057-2018 Sentencia Huillca Chumpi, Marco Municipalidad de Cusco Rec.de Contrato a Plazo Indeter. 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez4 09:00 2361-2018 Auto Chancayauri Huamán, Roxana TREPEL EIRL Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez5 09:20 2511-2018 Sentencia Quispe Ataulluco, Carlos Direc de Recursos Huamos Indem. por Despido Arbitrario 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez6 10:00 1589-2018 Sentencia García Huallpamayta, José Lorenzo Gobierno Regional de Cusco Dec.de Contrato a Plazo Indeter. 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez7 10:30 1634-2019 Auto Reyes Lindo, Pedro Joel Conecta Retail S.A. Indem. por Despido Arbitrario 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez8 11:00 71-2018 Sentencia Vargas Portugeno, Yony Municipalidad de Ancahuasi-Anta Reposición J.Mx.A Bustamante-Barra-Gutiérrez9 11:30 1144-2014 Sentencia Fernández Baca Aguirre, Edwin Arnaldo Autoridad Nacional del Agua Reposición y otro 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez

10 12:20 2156-2018 Sentencia Ponce Taipicuri, Serapio Municipalidad de San Sebastián Rec. de Contrato de Trabajo 4.J.T.C. Dirimencia: Fernández

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:20 2482-2018 Sentencia Frisancho Baca, Alejandro Municipalidad de Cusco Reposición 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez2 08:30 260-2016 Sentencia Chacón Terrazas, Piter Valerio Municipalidad de Cusco Rec. de Contrato de Trabajo 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez3 08:40 1924-2018 Sentencia Hurtado Loayza, Olga Municipalidad de Cusco Rec. de Contrato de Trabajo 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez4 09:00 47-2019 Sentencia Yupanqui Huillca, Alicia Municipalidad de Anta Reposición J.Mx.A Bustamante-Barra-Gutiérrez5 09:20 2011-2018 Sentencia Valdeigelesias Quispe, Richard Municipalidad de San Sebastián Dec.de Contrato a Plazo Indeter. 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez6 09:30 4292-2017 Sentencia Ocon Condori, Félix Municipalidad de Wanchaq Reposición 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez7 10:00 1436-2018 Sentencia Guzmán Carrasco, Katy Emperatriz Centro Reg.Salvaguarda del Patrim.Cultural Inmat Impugn. de Sanción Disciplinaria 4.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez8 10:45 1740-2018 Sentencia Achahui Rodríguez, Frida Asociacion Civil Manos Unidas Desnat. de Contrato de Trabajo 1.J.T.C. Bustamante-Barra-Gutiérrez9 11:45 1859-2018 Sentencia Pfuturi Mendoza, Abdon Zenón Corte Superior de Justicia de Cusco Cobro del Bono por Función Jurisd 4.J.T.C. Barra-Gutiérrez-Cáceres

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 11:00 1087-2018 Sentencia Castilla García, Katherine EPS SEDACUSCO SA Desnat. de Contrato de Trabajo 4.J.T.C. Dirimencia: Cáceres2 11:30 3435-2018 Sentencia Chaiña Aro, Mercedes Municipalidad de San Sebastián Reposición 4.J.T.C. Dirimencia: Meza

Cusco, 22 de julio de 2019

WILBER BUSTAMANTE DEL CASTILLO MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO PRESIDENTE SECRETARIA

Viernes, 26 de julio de 2019

Jueves, 25 de julio de 2019

Miércoles, 24 de julio de 2019

Martes, 23 de julio de 2019

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PRIMERA SALA LABORAL TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTAS DE CAUSA

Lunes, 22 de julio de 2019

Page 20: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019 AVISOS JUDICIALES EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 198-2019-FT,

La República20 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 26 de julio del 2019

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 01585-2018-0-1001-JR-LA-02 Máximo Víctor Mayta Lino Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco Contencioso Adm Sentencia 2JETC Fernandez Echea - Meza Monge -

Cáceres Cáceres

2 08:35a.m. 03951-2017-0-1001-JR-LA-03 Haydee Gonzáles Turpo Gobierno Regional del Cusco Contencioso Adm Sentencia 3JETC Fernandez Echea - Meza Monge - Cáceres Cáceres

3 08:40a.m. 01224-2018-0-1001-JR-LA-02Danish Omar Bravo Cusiyupanqui Municipalidad Provincial del Cusco Contencioso Adm Sentencia 2JETC Fernandez Echea - Meza Monge -

Cáceres Cáceres

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 02827-2018-0-1001-JR-LA-05 Emilia Pari viuda de Sánchez Dirección Regional de Educación del Cusco Contencioso Adm Sentencia 5JETC Fernandez Echea - Meza Monge -

Cáceres Cáceres

2 08:35a.m. 03236-2018-0-1001-JR-LA-02 Lionel Villafuerte Romero Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Contencioso Adm

Auto de Improcedencia de

la Demanda2JETC Fernandez Echea - Meza Monge -

Cáceres Cáceres

3 08:40a.m. 00467-2018-0-1001-JR-LA-04Ángel Crisóstomo Coaquira Cárdenas Municipalidad Distrital de Wanchaq Contencioso Adm Sentencia 2JETC Fernandez Echea - Meza Monge -

Cáceres Cáceres

4 10:30a.m. 03635-2017-0-1001-JR-LA-02 José Aucca Valencia Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco Contencioso Adm Sentencia 3JETC Fernández Echea-Delgado Aybar-

Cáceres Cáceres

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 00979-2017-0-1001-JR-LA-05 José Luis Aparicio Rivera Gobierno Regional del Cusco Contencioso Adm Sentencia 5JETC Fernandez Echea - Meza Monge - Cáceres Cáceres

2 08:35a.m. 02175-2018-0-1001-JR-LA-05 Pablo Ttito Villano Dirección Regional de Educación del Cusco y otro Contencioso Adm Sentencia 5JETC Fernandez Echea - Meza Monge -

Cáceres Cáceres

3 08:40a.m. 02571-2015-0-1001-JR-LA-03 Mario Calancha Sotomayor Oficina de Normalización Previsional Contencioso Adm Sentencia 3JETC Fernandez Echea - Meza Monge - Cáceres Cáceres

1 08:30a.m. 00503-2016-0-1001-JR-LA-04Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S A - CORPAC

Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional del Cusco @ 594 602

Contencioso Adm Sentencia 5JETC Fernandez Echea - Meza Monge - Cáceres Cáceres

2 08:35a.m. 02457-2018-0-1001-JR-LA-03 Melquiades Argandoña Rozas Dirección Regional de Educación de Cusco y otro Contencioso Adm Sentencia 3JETC Fernandez Echea - Meza Monge -

Cáceres Cáceres

3 08:40a.m. 00871-2019-0-1001-JR-LA-03 Rosmy Karina Mercado Rojas Gobierno Regional del Cusco Contencioso Adm Sentencia 3JETC Fernandez Echea - Meza Monge - Cáceres Cáceres

4 11:00a.m. 02210-2015-0-1001-JR-LA-02Danna Sharem Gutiérrez Alanocca Municipalidad Distrital de San Jerónimo Contencioso Adm Sentencia 2JETC Dirimencia Pereira Alagón

Jueves, 25 de Julio de 2019

HERNAN HUACASI GONZALES

SECRETARIO DE SALA

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

CARLOS FERNÁNDEZ ECHEA

PRESIDENTE

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DEL CUSCO

TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (Del Lunes 22 al Viernes 26 de julio de 2019)

Cusco, 19 de Julio de 2019

Lunes, 22 de Julio de 2019

Miercoles, 24 de Julio de 2019

Martes, 23 de Julio de 2019