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Gaceta Parlamentaria Año V Palacio Legislativo de San Lázaro, jueves 7 de noviembre de 2002 Número 1126-II CONTENIDO Jueves 7 de noviembre Criterios Generales de Política Económica para las iniciativa de Ley de In- gresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación co- rrespondientes al año 2003. Iniciativas De Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003. 2 34 Anexo II

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GacetaParlamentaria

Año V Palacio Legislativo de San Lázaro, jueves 7 de noviembre de 2002 Número 1126-II

CONTENIDO

Jueves 7 de noviembre

Criterios

Generales de Política Económica para las iniciativa de Ley de In-gresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación co-rrespondientes al año 2003.

Iniciativas

De Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de2003.

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Anexo II

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Criterios

GENERALES DE POLITICA ECONOMICA PARA LAS INICIATI-VA DE LEY DE INGRESOS Y EL PROYECTO DE PRESUPUES-TO DE EGRESOS DE LA FEDERACION CORRESPONDIENTES

AL AÑO 2003

Los Criterios Generales de Política Económica que sepresentan al Honorable Congreso de la Unión tienenpor objeto precisar las metas, acciones e instrumentosque el Gobierno Federal considera aplicar en materiaeconómica durante 2003. Asimismo, pretenden facili-tar el análisis integral de la Iniciativa de Ley de Ingre-sos y del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Fe-deración de 2003, toda vez que estos criterios consti-tuyen el marco de referencia en el que se circunscribenambos documentos.

INTRODUCCIÓN

Diversos indicadores sugieren que la economía mexi-cana inició una nueva etapa de crecimiento a partir delsegundo trimestre del presente año, proceso que sinembargo ha carecido de la fortaleza necesaria para re-cuperar con celeridad los empleos perdidos durante larecesión que se extendió desde finales de 2000 hastaprincipios de 2002. En este marco, los objetivos cen-trales de la política económica durante el próximo añoserán: aumentar el vigor de la recuperación de la pro-ducción y el empleo, y ampliar las oportunidades dedesarrollo para los grupos sociales marginados. Laconsecución de ambos objetivos deberá preservar, almismo tiempo, el ambiente de estabilidad y certidum-bre.

El diseño de la política económica que permita alcan-zar dichos objetivos durante 2003 debe considerar lapresencia de diversos factores y riesgos. Si bien el es-cenario internacional previsto para el próximo año esmás favorable que el observado durante 2002, la reac-tivación de la economía mundial se estima más lenta ydébil de lo que se anticipaba hace apenas unos cuantosmeses. En Estados Unidos aún prevalecen signos defragilidad, en particular en aquellos rubros que más in-cidencia tienen sobre el desempeño de la economíamexicana como el gasto en inversión no residencial, laproducción industrial en equipo y bienes intermedios,el consumo familiar y el nivel de empleo. Por su par-te, la economía de la zona euro continúa débil en tan-

to que la japonesa permanece estancada. Otras econo-mías como la China y las del Sudeste Asiático mues-tran más dinamismo, pero inciden poco sobre la eco-nomía mexicana.

Asimismo, la posibilidad de que se desencadene unconflicto bélico en Medio Oriente se ha traducido enprecios internacionales del petróleo más elevados yvolátiles, mientras que la mayor aversión al riesgo porparte de los inversionistas, ocasionada por la inestabi-lidad de los mercados financieros internacionales ypor los graves problemas que aquejan a algunos paíseslatinoamericanos, permiten prever que el flujo de ca-pitales a las economías en desarrollo continuará sien-do limitado.

La prudencia y la disciplina en la conducción de la po-lítica económica son un requisito para proteger el pa-trimonio de las personas de menor capacidad econó-mica y para tener una plataforma sólida de crecimien-to. Además, en una circunstancia internacional tancomplicada como la actual, la conducción estable de lamacroeconomía es un imperativo aún mayor. La esta-bilidad tan difícilmente alcanzada permitirá a Méxicoavanzar todavía más en su proceso de diferenciacióncon respecto al resto de las economías emergentes y,de esta forma, proteger el flujo de inversiones que sedestinan al país.

En este contexto resulta imprescindible que la políticafiscal contribuya a generar un clima macroeconómicopropicio para que el mercado interno vigorice la diná-mica productiva. Para ello será necesario continuarcon una estrategia que fortalezca las finanzas públicasy que permita alcanzar el equilibrio presupuestario enel mediano plazo. La política de ingresos deberá con-siderar acciones encaminadas a robustecer y moderni-zar los instrumentos recaudatorios, a mejorar el marcojurídico para alentar y facilitar el cumplimiento de lasobligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, aampliar la base tributaria y a combatir de manera másférrea la evasión y elusión fiscales.

En materia de gasto público el programa propuesto pa-ra 2003 privilegia tres vertientes prioritarias de acciónpara la ciudadanía. En primera instancia, hacia el aba-timiento de los rezagos que en materia de alimenta-ción, salud y educación todavía aquejan a un ampliosector de la población; en segunda, a la expansión,modernización y mantenimiento de la infraestructura

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física básica del país, así como a seguir fortaleciendoel mercado de la vivienda y, en tercera, a la reestruc-turación de los sistemas de seguridad social.

La primera de estas vertientes tiene por objeto coad-yuvar a que las familias de menores ingresos se libe-ren de las condiciones que reproducen el círculo de lapobreza, dándoles la oportunidad y las herramientasnecesarias para que se inserten con mayor probabili-dad de éxito almercado laboral. La segunda pretendefavorecer y agilizar la dinámica productiva, expandirel mercado interno y elevar la competitividad de lasempresas y los trabajadores. La tercera tiene comopropósito garantizar la viabilidad financiera de las ins-tituciones de seguridad social y extender a un númerode mexicanos cada vez mayor los servicios y benefi-cios que éstas proporcionan. Equidad, competitividady seguridad constituyen así los ejes rectores de la ac-ción pública para 2003.

Sin embargo, el éxito de estas medidas y su contribu-ción al mejor desempeño de la economía dependerántambién del avance que logre el país en materia de re-formas estructurales. Como se planteó en el ProgramaNacional de Financiamiento del Desarrollo 2002-2006(Pronafide), la salud de las finanzas públicas es unacondición necesaria, mas no suficiente, para aumentarla capacidad de crecimiento potencial de la economía.Por ello, ahora más que nunca se requiere alcanzar losconsensos necesarios para poner en marcha reformasestructurales que le permitan a México avanzar conmayor celeridad hacia una senda de desarrollo másequitativo e incluyente.

I. EVOLUCIÓN DE LA ECONOMÍAMEXICANA DURANTE 2002

Después de sufrir un proceso de contracción durante lamayor parte de 2001, el ciclo de la economía mexica-na entró a principios de 2002 en una fase de recupera-ción. Sin embargo esta nueva etapa de expansión hacarecido de la fortaleza suficiente para que ampliossectores de la población perciban una mejoría signifi-cativa en sus estándares de vida. La debilidad que per-siste en la recuperación es consecuencia de varios fac-tores, entre los que destacan los siguientes: la incerti-dumbre en torno al vigor de la reactivación económi-ca de nuestro principal socio comercial, la posibilidadde que se desate un conflicto bélico en Medio Oriente,la volatilidad de los principales mercados accionariosen el mundo generada a raíz de las irregularidadescontables y abusos cometidos recientemente en algu-nos corporativos internacionales, la crisis económica ypolítica por la que atraviesan algunas naciones latino-americanas, la dificultad para alcanzar los consensosnecesarios que impulsen las reformas estructurales querequiere la economía nacional y, paradójicamente, porla poca profundidad que tuvo la recesión que sufrió elpaís durante 2001.

El manejo responsable y oportuno de la política fiscal,aunado a la puesta en marcha de una política moneta-ria prudente, permitió al país transitar por la recesióneconómica de 2001 sin sobresaltos ni desequilibrios fi-nancieros que, de otra forma, hubieran debilitado laestructura productiva, perturbado la estabilidad de losprecios y mermado la capacidad adquisitiva de los sa-larios. No obstante que las comparaciones anuales dealgunas variables macroeconómicas continúan arro-jando cifras de crecimiento negativas, es evidente quediversos indicadores relacionados con la producción,el consumo, la inversión y el empleo en México ad-vierten una ligera mejoría.

A pesar de que se logró que el proceso de ajuste de laeconomía fuera ordenado, se reconoce que la adecua-ción de la escala productiva de las empresas ante losmenores niveles de demanda implicó el despido de unnúmero importante de trabajadores, sobre todo en elsector exportador que resiente directamente el vaivéndel entorno externo

Es importante advertir que los efectos de la debilidadde la economía global no se absorbieron de forma ho-

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mogénea entre las distintas actividades productivas delpaís y que tampoco se observó una corrección unifor-me en los niveles de gasto de los distintos componen-tes que integran la demanda agregada interna. Asimis-mo, entre las ramas productivas es posible identificardistintos grados de respuesta ante las perturbacionesde la demanda. Bajo esta óptica es necesario reconocerque la instrumentación de la política económica y eldiseño de los programas. sectoriales deben consideraresta heterogeneidad para que sus respectivos objetivosse alcancen exitosamente.

I.1 Comportamiento de la oferta nacional

Al analizar los diversos sectores que integran el Pro-ducto Interno Bruto (PIB) se distingue que el ciclo delas actividades industriales inició una fase recesiva an-tes y con una mayor profundidad que el ciclo de las ac-tividades en los servicios. Esta situación se explica porel comportamiento de los diferentes mercados a losque se destina la producción de cada sector. La activi-dad industrial, al estar más vinculada al mercado ex-terno, enfrentó primero y de forma más prolongada losembates de la desaceleración económica de EstadosUnidos. Por su parte, el sector servicios fue capaz desortear la recesión en mejores condiciones y con ma-yor brevedad por estar orientado casi exclusivamenteal mercado interno.

Entre las divisiones que conforman la actividad indus-trial también se registró un comportamiento asimétri-co. En este caso, la división que sufrió la contracciónmás severa fue la de maquila de exportación, cuya fa-se recesiva se extendió desde septiembre de 2000 has-ta marzo de 2002. Este comportamiento estuvo deter-minado por la sincronía que existe entre la producciónde estas industrias y el ciclo económico estadouniden-se. No obstante que los primeros indicios de recupera-ción en el sector maquilador aparecieron en abril de2002, su expansión ha sido relativamente débil.

I.2 Comportamiento de la demanda interna

El hecho de que la actividad en el sector servicios ha-ya logrado mantener su dinamismo por un lapso ma-yor que la producción industrial se debió a que el gas-to en consumo privado de bienes no duraderos conti-nuó expandiéndose a lo largo de 2001, aunque cadavez a ritmos más moderados. El crecimiento del con-sumo fue resultado de diversos factores, entre los quedestacan: 1) la recuperación del poder adquisitivo delas familias motivada por los elevados incrementos alsalario nominal y por el abatimiento inflacionario, ele-mentos que compensaron en buena medida los meno-res niveles de empleo que se registraron y, 2) la mayordisponibilidad y las mejores condiciones de crédito alconsumo, tanto el otorgado por las instituciones ban-carias como el de los propios establecimientos comer-ciales.

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A lo largo de la fase recesiva que experimentó nuestraeconomía durante 2001, la formación bruta de capitalfijo fue la variable de la demanda agregada interna so-bre la que recayó la mayor parte del ajuste cíclico. Enese año el gasto destinado a la adquisición de maqui-naria y equipo sufrió una contracción real de 6.9 porciento anual, ya que las compras de este tipo de bienestanto de origen nacional como importado disminuye-ron a tasas anuales de 7.8 y 6.4 por ciento, respectiva-mente. Por su parte, la inversión realizada en el sectorde la construcción se redujo 4.5 por ciento en términosreales, debido principalmente a que los rubros de edi-ficación y de mejoramiento de la infraestructura deriego y saneamiento de agua se mantuvieron deprimi-

dos a lo largo de 2001. A pesar de que las inversionestanto en maquinaria y equipo como en construcciónhan mostrado indicios de recuperación desde el últimotrimestre de 2001, todavía prevalecen síntomas de de-bilidad en la dinámica de este agregado.

Si bien desde un punto de vista coyuntural es admisi-ble que el consumo privado sea la variable de la de-manda agregada que apuntale la expansión económicadel país en un momento determinado, bajo una pers-pectiva estructural esta situación no es sostenible en ellargo plazo. Lo anterior debido a que el deterioro y elrezago de la inversión reducen la capacidad de creci-miento potencial de la economía. Por ello es necesarioenfatizar que el diseño de la política económica debefavorecer una expansión de la producción promovidapor el gasto de los particulares en inversión, tanto pa-ra la adquisición de maquinaria y equipo, es decir pa-ra acrecentar el acervo de capital, como para la adop-ción de tecnologías de punta y la creación de nueva in-fraestructura que redunden en una mayor productivi-dad de la economía en su conjunto.

I.3 Evolución del mercado laboral

Otra variable seriamente afectada a lo largo del ciclofue la cantidad de empleos formales en la economía,aunque se presentó entre las diversas actividades condistintos grados de severidad. Durante 2001, comoparte de un fenómeno que se inició en noviembre de2000, el sector manufacturero redujo su planta laboralen más de 458 mil trabajadores, de los cuales un por-centaje importante se desempeñaba en actividades re-

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lacionadas con la industria maquiladora de exporta-ción. En contraste, el resto de los sectores productivosacrecentó sus niveles de contratación, generando a lolargo de 2001 más de 145 mil nuevas plazas de traba-jo permanentes.

Una de las razones que explica la fuerte caída que su-frió el empleo en el sector industrial se encuentra en lascaracterísticas de la estructura productiva de las em-presas maquiladoras. En muchas de estas empresas eltrabajo es prácticamente el único factor productivo, porlo que las adecuaciones de la oferta ante variaciones dela demanda son absorbidas exclusivamente mediantecambios en el tamaño de la planta laboral. A d i f e r e n c i ade ello, en los sectores cuyos procesos productivos sonrelativamente más intensivos en capital la evolucióndel empleo es menos sensible ante perturbaciones de lademanda. Este mismo argumento hace previsible un in-cremento importante en los niveles de empleo en lamaquila de exportación una vez que se fortalezca la re-cuperación de la economía estadounidense.

No obstante las diferencias en el ritmo de contrataciónentre las distintas actividades económicas, la ligera re-cuperación de la producción observada en el transcur-so de 2002 trajo aparejada una mejoría generalizada enlos niveles de empleo, aunque la afiliación de trabaja-dores en las actividades agropecuarias, extractivas ymanufactureras aún se encuentra por debajo de los ni-veles registrados al cierre de 2001. Sin embargo, du-rante los primeros nueve meses del año el número to-tal de trabajadores urbanos afiliados al Instituto Mexi-cano del Seguro Social (IMSS) se incrementó en másde 140 mil personas y en casi 294 mil a partir de la se-gunda quincena de enero, fecha en que inició la recu-peración continua del empleo.

La situación de asimetría que caracteriza a la produc-ción sectorial y al empleo ilustra el porqué en la faseactual del ciclo es posible observar, al mismo tiempo,tanto indicadores que reflejan un repunte como otrosque continúan rezagados. Si bien en cualquier caso esposible aseverar que la recesión económica de Méxicoconcluyó durante el primer trimestre de 2002, la infor-mación todavía es insuficiente para valorar con preci-sión el vigor que tendrá esta nueva fase de expansión.

I.4 Estimaciones de cierre de 2002

I.4.1 Estimaciones de cierre del sector real y precios

Durante los primeros tres meses de 2002 todos loscomponentes de la oferta y la demanda agregadas ex-perimentaron tasas de crecimiento anuales negativas.Sin embargo, a partir de entonces la mayoría de los in-dicadores macroeconómicos tuvieron ritmos de activi-dad más dinámicos, lo cual se puede constatar tanto encomparaciones anuales como en mensuales con cifrasajustadas por estacionalidad. Este proceso incipientede recuperación marcó el final de la recesión econó-mica en el país.

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A lo largo del segundo trimestre de 2002 el PIB crecióa una tasa real anual de 2.1 por ciento. Esta cifra fue elresultado de la expansión que se registró en todos lossectores económicos. Las actividades industriales y deservicios aumentaron sus volúmenes de producción en2.5 y 2.2 por ciento, respectivamente. Por su parte, elvalor real de la producción del sector agropecuario seincrementó 1.1 por ciento. Asimismo, cifras ajustadaspor estacionalidad revelan que el PIB alcanzado du-rante el segundo trimestre de 2002 fue superior al deltrimestre inmediato anterior en 1.2 por ciento. Desdeuna perspectiva mensual, el comportamiento del Indi-cador Global de la Actividad Económica (IGAE) tam-bién evidencia la gestación de un proceso de recupera-ción desde los primeros meses de 2002.

Todos los grandes componentes de la demanda agre-gada experimentaron una expansión real durante el se-gundo trimestre de 2002. Sin embargo se anticipa queel comportamiento de estos agregados para el cierre de

año diferirá de manera importante respecto a lo pro-yectado en los Criterios Generales de Política Econó-mica 2002.

Como se señaló en párrafos anteriores, los niveles degasto en consumo del sector privado se incrementaronnuevamente gracias a la recuperación de los salariosreales y a la reactivación del crédito comercial. Por suparte, las erogaciones privadas destinadas a la inver-sión se vieron alentadas sólo en forma marginal por losniveles relativamente bajos de las tasas de interés queprevalecieron durante el segundo trimestre de 2002.En este sentido la instrumentación de una política mo-netaria prudente y oportuna ha coadyuvado a la ex-pansión de la demanda agregada interna al contenerlas presiones inflacionarias. Sin embargo, el gasto eninversión aumentó a un ritmo inferior al esperado de-bido a la débil recuperación en Estados Unidos, al au-mento en la incertidumbre y a la relativa escasez de fi-nanciamiento para proyectos de mediano y largo pla-zo.

Debido a la presencia de diversos factores se estimaque en diciembre de 2002 la inflación anual medida através del Índice Nacional de Precios alConsumidor(INPC) pudiera exceder la meta fijada por el Banco deMéxico para dicho periodo. Entre los subíndices quehan mostrado incrementos superiores al 4.5 por cientose encuentra el de los precios administrados y concer-tados por el sector público, que al mes de septiembreregistra una tasa de crecimiento anual de 9.23 porciento, como consecuencia fundamentalmente de laeliminación parcial del subsidio a las tarifas eléctricasresidenciales. Si bien esta medida tuvo un impacto de0.2 puntos porcentuales en la inflación acumulada delos primeros nueve meses de 2002, coadyuvará a al-

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canzar la meta inflacionaria de mediano plazo por sucontribución al fortalecimiento estructural de las fi-nanzas públicas.

En este contexto, es importante también reconocer quela evolución de los precios de los servicios mantieneuna fuerte resistencia a la baja. Al mes de septiembreel índice de la inflación subyacente de servicios regis-tró un incremento anual de 6.61 por ciento, mientrasque el de mercancías había aumentado sólo 1.85 porciento. Por ello, el logro de los objetivos en materia deinflación durante los siguientes meses dependerá casiexclusivamente del abatimiento que se logre en losprecios de los servicios, los que dependen fundamen-talmente de la dinámica de los salarios, puesto que lasmercancías tienen un margen muy estrecho de contri-bución adicional debido a los bajos niveles de infla-ción que han alcanzado.

Por todo lo anterior destaca nuevamente la importan-cia de mantener los incrementos al salario nominal enlos distintos sectores de la actividad económica en ni-veles congruentes con las ganancias en productividady los objetivos inflacionarios.

I.4.2 Proyecciones de cierre de finanzas públicas

Para evaluar la situación de las finanzas públicas enMéxico deben considerase los requerimientos finan-cieros del sector público (RFSP), es decir, las necesi-dades de financiamiento que enfrenta el sector públicopara alcanzar sus objetivos de política fiscal, incluyen-do tanto los requerimientos derivados de las activida-des que realizan las entidades del sector público asícomo aquéllas que realiza el sector privado por cuentay orden del Gobierno Federal.

Los RFSP agrupan, entre otros conceptos, el balancepúblico tradicional; el uso de recursos para financiar alos sectores privado y social a través de la banca de de-sarrollo; los requerimientos financieros del Instituto deProtección al Ahorro Bancario (IPAB), una vez des-contadas las transferencias del Gobierno Federal; losproyectos de infraestructura productiva de largo plazo(Pidiregas), y los requerimientos financieros del Fidei-comiso de Apoyo para el Rescate de Autopistas Con-cesionadas (FARAC).

En congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo2001-2006 (PND) y siguiendo los lineamientos delPronafide, durante 2002 la disciplina constituyó elprincipio rector de la política fiscal, dando como re-sultado RFSP esperados del orden de 2.9 por cientodel PIB, monto menor al programado en el equivalen-te al 0.2 por ciento del tamaño de la economía1.

Al interior de los RFSPse estima que al cierre de 2002el déficit público tradicional no rebasará la meta equi-valente a 0.65 por ciento del PIB, lo que implica uncumplimiento cabal con el objetivo establecido en elprograma. No obstante, al interior de los ingresos yegresos existen diferencias importantes con respecto alo aprobado por el H. Congreso de la Unión, mismasque se comentan a continuación.

En materia de ingresos, el principal factor negativo seráuna menor recaudación tributaria no petrolera, inferioren más de un punto porcentual del producto con respec-to a lo previsto en la Ley de Ingresos de la Federación2002. Esto debido, principalmente, a que la reforma fis-cal no generó los recursos proyectados y a que no se al-canzó la totalidad de los ingresos previstos por mejoraadministrativa, los cuales se sustentaban en la eficienciaderivada de la homologación propuesta, pero no apro-bada, en la tasa general del IVA. La menor recaudaciónse compensará parcialmente con mayores ingresos pro-venientes de la actividad petrolera, que se espera seansuperiores a lo previsto debido a la favorable evolucióndel precio del petróleo en los mercados internacionales–a pesar de que la plataforma de exportación y el tipo decambio promedio serán menores a los originalmente an-ticipados. Asimismo, se esperan mayores ingresos pro-pios de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Ser-vicios Conexos (CAPUFE), así como de la ComisiónFederal de Electricidad (CFE) y de la Compañía de Luzy Fuerza del Centro (LyFC) como resultado, fundamen-talmente, de los ajustes a las tarifas eléctricas.

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La respuesta rápida y oportuna de las autoridades antela caída de los ingresos presupuestarios permitió man-tener un entorno de estabilidad y certidumbre caracte-rizado por menores tasas de interés. Lo anterior redun-dó en un menor costo financiero que coadyuvó de ma-nera importante a que el esfuerzo de ajuste al gasto pú-blico fuese considerablemente menor a la caída de in-gresos.

Cabe señalar que, en estricto cumplimiento con la Leyde Coordinación Fiscal, se prevé que las participacio-nes a las entidades federativas y municipios se ubi-quen por debajo del nivel programado, debido a que larecaudación federal participable que sirve de base pa-ra definir dichas participaciones será menor a la espe-rada en la Ley de Ingresos de la Federación para 2002.No obstante que esta caída se estima en 74.7 miles demillones de pesos con respecto a la anticipada en laLey de Ingresos, se espera que las participaciones se-an inferiores en sólo 19.3 miles de millones de pesos,es decir, un 8.8 por ciento menor a lo presupuestado.

Por su parte, las asignaciones correspondientes a lasaportaciones federales del Ramo 33, que se calculanen función de la recaudación federal participable pro-yectada y no la observada, el gasto descentralizadomediante convenios y el Programa de Apoyos al For-talecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF),aumentarán en conjunto 2.4 por ciento en términos re-ales.

A pesar de los ajustes al gasto y al esfuerzo por hacerun uso más eficiente del gasto público presupuestal, en2002 se privilegió la canalización de recursos destina-dos al desarrollo social –en especial al sector vivien-da–, al combate a la pobreza y a la provisión de infra-estructura productiva.

Por lo que se refiere a los Pidiregas, se estima un me-nor gasto al proyectado, fundamentalmente debido alas modificaciones a los procesos de licitación que serealizaron para garantizar la viabilidad técnica, econó-mica y ambiental de los proyectos. Se anticipa que es-tas modificaciones redundarán en mayor eficiencia ytransparencia en la ejecución de estos proyectos.

Por lo que respecta a los requerimientos financierosdel IPAB se prevé que sean menores a lo previsto co-mo consecuencia de la disminución en las tasas de in-terés reales y la consecuente reducción de su deuda en

relación al tamaño de la economía . Asimismo, se es-pera un menor gasto destinado a los programas de apo-yo a deudores derivado, principalmente, de la caída enlas tasas de interés.

Por otra parte, se prevén mayores requerimientos fi-nancieros por parte del FARAC, asociados con la ad-quisición de derechos carreteros cedidos por Caminosy Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

Finalmente, en relación con el crédito otorgado por labanca de desarrollo, se espera una mayor canalizaciónde recursos por parte de estas instituciones, en particu-lar al sector vivienda. Esto en línea con una de lasprioridades de la presente Administración encamina-das a expandir el acceso al crédito a los sectores de lapoblación que la banca comercial no atiende, para sub-sanar el rezago existente en el sector vivienda.

I.4.3 Resumen del cierre de 2002

A la luz de los elementos mencionados en esta sección,se estima el siguiente escenario de cierre de año paralas principales variables macroeconómicas del país:

• La tasa anual de crecimiento del PIB se ubicará al-rededor de 1.7 por ciento, en línea con la proyec-ción inicial y congruente con una recuperación mo-derada de la actividad económica durante el segun-do semestre del año. Es pertinente advertir que esta

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proyección podría ser afectada negativamente porlas secuelas que causó el paso de los huracanes Isi-doro por la península de Yucatán, y Kenna por Na-yarit y Jalisco. No obstante, la magnitud de esteefecto en la tasa de crecimiento del cuarto trimestredel año todavía no puede ser cuantificada con pre-cisión.

• El incremento anual del INPC durante diciembrede 2002 podrá superar ligeramente la tasa del 4.5por ciento.

• El déficit en la cuenta corriente de la balanza depagos se estima en un nivel equivalente a 2.4 porciento del PIB. Esta magnitud es congruente con ladisponibilidad de recursos externos de largo plazo,pues se espera que más de tres cuartas partes del dé-ficit sean financiadas con entradas de recursos enforma de inversión extranjera directa.

• El balance del sector público estará en línea con eldéficit aprobado por el H. Congreso de la Unión,equivalente a 0.65 por ciento del PIB, mientras quelos RFSPse estiman en 2.9 por ciento del tamaño dela economía, cifra inferior a la programada.

II. EL ENTORNO ECONÓMICOINTERNACIONAL

En 2001 la economía global observó una marcada de-saceleración. Las principales economías del mundo,incluyendo la de Estados Unidos, la zona euro y Ja-pón, registraron simultáneamente una fuerte disminu-ción en su ritmo de expansión. No obstante, desde fi-nales de ese año, la economía mundial mostró signosde reactivación, reflejando el proceso de recuperacióniniciado en Norteamérica y algunos países de Asia.

A pesar de este repunte en la actividad productiva, latasa de crecimiento de la economía mundial se mode-ró nuevamente a partir del segundo trimestre de 2002.En contraste con lo ocurrido en episodios de recupera-ción anteriores, los mercados bursátiles mundiales hanregistrado pérdidas significativas en su valor de capi-talización y los mercados de deuda y cambiarios hanexhibido una marcada volatilidad, evidenciando, entreotros factores, la incertidumbre generada por los pro-blemas de transparencia corporativa en Estados Uni-dos, la falta de consolidación del proceso de reactiva-ción económica y la incertidumbre sobre un posibleconflicto bélico en Oriente Medio. Adicionalmente, lademanda agregada en la zona euro ha permanecido in-hibida, la economía japonesa no ha logrado sortear susproblemas estructurales y una gran cantidad de paísesde América Latina han sufrido un fuerte deterioro ensu situación macroeconómica y financiera.

Así, después de casi dos años del inicio de la desace-leración, se percibe un panorama económico interna-cional para 2003 que, aunque ligeramente más favora-ble que 2002, no estará exento de riesgos que puedenalterar significativamente el curso de la evolución eco-nómica global. En este marco, las siguientes seccionesanalizan brevemente el desempeño reciente de lasprincipales economías del mundo y las perspectivas delas mismas para el próximo año. Asimismo, se presen-ta un recuento sobre la situación actual y las perspec-tivas de corto plazo del mercado petrolero internacio-nal.

II.1 Estados Unidos

La elaboración de los Criterios Generales de PolíticaEconómica 2002 concluyó en las semanas posteriores alos trágicos acontecimientos del 11 de septiembre de2001. En ese entonces se percibía que la economía de

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Estados Unidos se encontraba dentro de un proceso re-cesivo que había iniciado antes de que ocurrieran losatentados terroristas en las ciudades de Nueva York yWashington, y en el estado de Pennsylvania en el veci-no país del norte. Asimismo se esperaba que estos pe-nosos sucesos. acentuaran la debilidad de la economíaglobal, especialmente a través de menores transaccio-nes comerciales y de servicios, mayores restriccionesde financiamiento externo y un aumento en la volatili-dad de los mercados financieros y de los precios inter-nacionales de materias primas. En este marco, el pro-grama económico para 2002 contemplaba un entornoexterno desfavorable y que la recuperación económicano se iniciaría sino hasta la segunda mitad del año.

La expectativa anterior se confirmó con el anuncio porparte del Buró Nacional de Investigación Económicade Estados Unidos (NBER, por sus siglas en inglés) el26 de noviembre de 2001, unos días después de que elpaquete económico para 2002 fuera presentado ante elH. Congreso de la Unión, en el sentido de que la eco-nomía norteamericana se encontraba en recesión des-de marzo de 2001.

Posteriormente, a fines de julio de 2002, el Departa-mento de Comercio estadounidense publicó una revi-sión a las cifras del PIB de Estados Unidos en 2001,confirmando que el inicio de la recesión tuvo lugar enel primer trimestre de ese año. De acuerdo con las ci-fras revisadas, la economía norteamericana exhibió sumayor contracción durante el segundo trimestre de2001 y no en el tercer trimestre de ese año como se ha-bía informado previamente. Asimismo, los datos revi-sados apuntaban que había iniciado el proceso de re-cuperación de la actividad productiva durante los últi-mos meses de 2001.

Es pertinente destacar que la recesión de 2001-2002 hasido una de las más moderadas de la historia modernaestadounidense. Esto puede apreciarse en la gráfica si-guiente, la cual muestra la tasa de crecimiento obser-vada de la economía norteamericana en comparacióncon la tasa de crecimiento potencial, es decir, con elnivel de actividad económica que podría haberse al-canzado con pleno empleo de los factores productivos.La ilustración incluye siete episodios durante los cua-les el ritmo de crecimiento de la actividad económicase mantuvo significativamente por debajo de la tasa deexpansión del producto potencial, mismos que coinci-den con los periodos recesivos definidos por el NBERen el periodo analizado. Para cada uno de estos episo-dios, la gráfica contiene la diferencia entre la tasa deincremento del producto potencial y la observada. Larecesión de 2001 fue, de acuerdo con esta medida, lamás moderada de las últimas tres décadas.

Sin duda este logro fue resultado del fortalecimientode las bases económicas de Estados Unidos durante ladécada de los noventa, particularmente en materia fis-cal, así como de la mayor flexibilidad estructural de laeconomía, elementos que permitieron un rápido ajustede la actividad productiva norteamericana ante las per-turbaciones presentadas. En especial, la postura aco-modaticia de la política monetaria y la robustez de laconfianza de los consumidores fueron factores funda-mentales para evitar una caída mayor de la demandaagregada.

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Así, impulsada por un proceso de reposición de inven-tarios, la economía estadounidense creció a una tasareal anual de 5.0 por ciento durante el primer trimestrede 2002, cifra superior a la esperada por el mercado.Al respecto, es pertinente señalar que este crecimien-to tuvo un impacto marginal sobre el desempeño de laeconomía mexicana, toda vez que el incremento en losbienes demandados se concentró en artículos relacio-nados con el sector tecnológico y la defensa militar,los cuales no desempeñan un papel sustantivo en lasexportaciones mexicanas hacia Estados Unidos. Por elcontrario, los sectores que mayor impacto tienen sobreel sector exportador mexicano, como la inversión noresidencial, la producción industrial y la demanda debienes de consumo no duradero, permanecieron débi-les durante los primeros meses del presente año.

El ritmo de expansión de la actividad económica esta-dounidense se moderó sustancialmente en el segundotrimestre de 2002, ubicándose en una tasa real anual de1.3 por ciento. Los avances en el proceso de reacumu-lación de existencias y la disminución en la tasa de ex-pansión del gasto público aminoraron el dinamismo dela demanda agregada. Asimismo, y en contraste conrecuperaciones económicas anteriores, se observó unmarcado debilitamiento de los mercados financierosnorteamericanos. En particular, las fallas en el gobier-no corporativo de algunas grandes empresas estadou-nidenses que cotizan en los mercados bursátiles se re-flejaron en marcados episodios de volatilidad tanto enlos mercados financieros de Estados Unidos como enlos de otras partes del mundo.

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La contracción del valor de capitalización de los mer-cados bursátiles y la turbulencia financiera han reduci-do la riqueza de los consumidores y han aumentado elcosto de financiamiento para las empresas, afectandocon ello el dinamismo del gasto en consumo y limi-tando los márgenes para una recuperación de la inver-sión. En este contexto, las expectativas de crecimientodel PIB de Estados Unidos para 2003 han sido revisa-das sensiblemente a la baja, de 3.7 por ciento en mar-zo de 2002 a 2.6 por ciento en las primeras semanas deoctubre.

Los Criterios Generales de Política Económica para2003 parten de la expectativa de que la actividad pro-ductiva en Estados Unidos registrará un crecimientoligeramente inferior a las proyecciones de mercado yde que no se presentará una “doble recesión” en esaeconomía. Sin embargo, cabe mencionar que ante eldeterioro reciente de los mercados financieros, losanalistas anticipan un crecimiento de la economía nor-teamericana para el próximo año significativamenteinferior al supuesto utilizado para esta variable en laelaboración del Pronafide. Como se verá más adelan-te, esta situación incide negativamente sobre las pers-pectivas de expansión de la economía mexicana para2003 presentadas en este documento en relación conlas trayectorias descritas en el programa de medianoplazo.

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II.2 Zona Euro y Japón

La recuperación de la actividad productiva en la zonaeuro ha sido mucho más moderada que la registrada enEstados Unidos. El sector exportador ha funcionadocomo la principal fuente de crecimiento, reflejando engran medida el repunte en la demanda agregada norte-americana. Sin embargo, el gasto en consumo y las im-portaciones mantienen tasas de crecimiento bajas,mientras que el gasto en inversión continúa contrayén-dose.

El bajo ritmo de la actividad económica ha impactadonegativamente los ingresos tributarios de Alemania,Francia e Italia, países que juntos conforman cerca detres cuartas partes de la economía de la zona, dificul-tando así el cumplimiento del “Pacto de Estabilidad yCrecimiento” de la Comunidad Económica Europea.Ante esta situación, la Comisión Europea ha aprobadouna moción para posponer de 2004 a 2006 el compro-miso establecido en el Pacto de alcanzar un presu-puesto balanceado. En todo caso, resulta difícil supo-ner que la postura en las finanzas públicas de estos pa-íses permitirá a las autoridades económicas de la re-gión utilizar, como en el caso de Estados Unidos, unaestrategia de política fiscal contracíclica.

Asimismo, las fuertes inundaciones que se registraronen los últimos meses en algunos países de la zona, in-cluyendo Alemania y Francia, complicarán aún más elpanorama fiscal de estos países y tenderán a retrasar laconsolidación del proceso de recuperación económicaen la región.

No obstante lo anterior algunos indicadores, entre losque destacan las remuneraciones reales de los trabaja-dores, la producción industrial y la confianza de losconsumidores y de los inversionistas, apuntan hacia unfortalecimiento de la actividad económica en el me-diano plazo. Asimismo, el proceso de reposición de in-

ventarios que se iniciará a medida que el sector em-presarial perciba un menor riesgo, proporcionará unímpetu adicional a la actividad productiva. Tomandolo anterior en cuenta, el Fondo Monetario Internacio-nal (FMI) espera que la economía de la zona euro al-cance un ritmo de crecimiento real anual del orden de2.3 por ciento en 2003.

Por su parte, los indicadores disponibles para la eco-nomía japonesa sugieren que ésta todavía no empiezaa salir de su tercera y más profunda recesión de la úl-tima década, a pesar de un repunte en la demanda porexportaciones y un mayor gasto de gobierno, así comopor una pequeña recuperación del gasto en consumo.

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La consolidación de la recuperación económica tantoen los países emergentes de Asia como en EstadosUnidos y la zona euro permitirá ampliar la contribu-ción al crecimiento de las exportaciones de Japón. Noobstante este efecto podría ser mitigado, al menos par-cialmente, por la reciente apreciación del yen japonésen relación con el dólar estadounidense y la reactiva-ción de la demanda interna, al alentar una mayor de-manda por importaciones. Adicionalmente, los escasosmárgenes para mantener los estímulos fiscales instru-mentados en años anteriores limitan las posibilidadesde apoyar la reactivación mediante políticas contrací-clicas.

En este contexto, estimaciones del FMI prevén que laeconomía de Japón presentará una recuperación mo-derada en 2003, alcanzando una tasa de crecimientoreal cercana a 1.1 por ciento.

II. 3 América Latina

Las condiciones económicas y financieras de la mayo-ría de los países de la región se deterioraron durante2002, principalmente por la presencia de fuertes ten-siones políticas y de debilidades en los fundamentoseconómicos.

Argentina atraviesa por la peor crisis económica de suhistoria, con una contracción esperada del PIB real de16.0 por ciento en 2002. Las autoridades de Uruguay,después de enfrentar una grave corrida en su sistemabancario, se vieron obligadas a iniciar la flotación desu moneda y a instrumentar un fuerte ajuste económi-co. La perturbación externa recibida por la economíauruguaya se reflejará en una disminución real del PIBdel orden de 11.1 por ciento en este año. En Brasil, eldeterioro de las variables financieras originado porproblemas de índole político ha propiciado un abulta-do escalamiento en los niveles de su deuda pública yha generado incertidumbre sobre sus perspectivas eco-nómicas.

Para 2003 se espera que la moderada recuperación dela economía global apoye un repunte en la actividadproductiva de la región. De esta forma, el FMI antici-pa un crecimiento para América Latina en su conjuntode 3.0 por ciento en 2003. No obstante, como se podráapreciar en la siguiente sección, las tensiones políticasy la inestabilidad financiera de los últimos mesesconstituyen riesgos importantes para la consecuciónde la reactivación económica.

II.4 La economía mundial para 2003: balance deoportunidades y riesgos

Como se mencionó en la sección anterior, el dinamis-mo de la actividad económica global en 2002 ha sidouno de los más bajos de los últimos años. A pesar deque la recuperación económica en Estados Unidos ini-ció antes de lo previsto, su ritmo ha sido más modera-do. En este contexto, el panorama económico interna-cional para 2003 distará mucho de presentar un dina-mismo económico boyante. Ello puede apreciarse enlas siguientes gráficas, las cuales contrastan las expec-tativas de crecimiento de las economías analizadas enlas secciones anteriores que prevalecían en los mesesdiciembre de 2001 y septiembre de 2002. En las ilus-traciones, puntos por encima de la línea de 45 gradosindican una mejora en las perspectivas económicas,mientras que puntos por debajo señalan un deterioro.Las gráficas muestran cómo las proyecciones de creci-miento para 2002 han mejorado sensiblemente en loscasos de Canadá, Estados Unidos, Japón, México yRusia, mientras que han sido ajustadas a la baja para lazona euro y la mayoría de los países de Latinoaméri-ca. Asimismo, se aprecia como los pronósticos sobreel desempeño económico en 2003 han sido revisados ala baja en prácticamente todos los casos analizados.

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El moderado crecimiento económico mundial espera-do para 2003 se sustenta, entre otros, en los siguientesfactores:

1. La instrumentación de políticas macroeconómi-cas orientadas a apoyar la recuperación de la activi-dad económica en las principales economías delmundo. Las políticas económicas aplicadas en losúltimos meses por la mayor parte de las economíasindustrializadas continuarán facilitando la reactiva-ción de la demanda mundial. Además, algunas deestas economías aún cuentan con márgenes para in-crementar la postura acomodaticia de sus políticaseconómicas. Por ejemplo, en la zona euro la recien-te apreciación de la moneda ha disminuido sensi-blemente las presiones inflacionarias, abriendo al-gunos espacios para relajar la política monetaria encaso de que sea necesario.

2. El crecimiento de la productividad en la econo-mía de Estados Unidos. El favorable desempeño dela productividad manufacturera norteamericana du-rante el primer semestre del año ha permitido soste-ner el crecimiento de los salarios reales y ha limita-do la caída de las utilidades del sector corporativo.Asimismo, el crecimiento de la productividad hadisminuido el riesgo de que se presenten fuertes yrepentinos ajustes en el valor del dólar estadouni-dense.

3. La rápida instrumentación de reformas en el go-bierno corporativo de las empresas estadouniden-ses. El mejoramiento del gobierno corporativo y elfortalecimiento de los controles contables y de au-ditoría han permitido estabilizar el comportamientode los principales mercados accionarios. La aplica-ción adecuada de estas medidas será fundamentalpara impulsar el repunte en la confianza de los con-sumidores e inversionistas en los próximos meses,estimulando la formación de capital.

4. Las perspectivas de recuperación económica enla zona euro. El mejoramiento gradual de la con-fianza de los consumidores, la evolución favorabledel mercado laboral y la tendencia decreciente de lainflación coadyuvarán a reactivar el consumo en es-ta región. Asimismo, el proceso de reposición de in-ventarios apoyará la recuperación de la actividadeconómica en los próximos meses.

No obstante es pertinente señalar que existen diversosriesgos que pueden limitar la magnitud y la duraciónde la reactivación económica mundial, entre los quedestacan:

1. La continua debilidad de los mercados financie-ros internacionales. La caída en los mercados ac-

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cionarios tiene distintos efectos negativos sobre lasvariables económicas. Por un lado, eleva el costo decapital para las empresas y encarece su financia-miento, reduciendo con ello la demanda por inver-sión. Por otro, reduce la riqueza de los consumido-res, incidiendo negativamente tanto en su confianzacomo en su nivel de gasto y erosionando el colate-ral con el que cuentan para sostener sus niveles deendeudamiento. Finalmente, la volatilidad de losmercados accionarios induce a los inversionistasinternacionales a reasignar sus recursos hacia acti-vos libres de riesgo, afectando así el valor de ins-trumentos financieros emitidos por países emergen-tes. De hecho, la mayor aversión al riesgo entre losprincipales inversionistas institucionales internacio-nales hace prever que el acceso al mercado de capi-tales será limitado para los países emergentes. Espertinente señalar que en el caso particular de Mé-xico, la turbulencia de los mercados financieros in-ternacionales ha sido absorbida de forma ordenadadebido a la fortaleza de sus condiciones económicasfundamentales y al manejo prudente de las políticasfiscal y monetaria.

2. La presencia de algunos desequilibrios en la eco-nomía de Estados Unidos. La recesión reciente pa-rece haber corregido sólo marginalmente algunosde los desbalances que mantenía la economía esta-dounidense desde finales de la década de los no-venta y ha propiciado el deterioro de otros rubrosimportantes:

a) La cuenta corriente de la balanza de pagoscontinúa registrando un déficit elevado y se es-pera que éste se mantenga en niveles superioresa 4 por ciento del producto en los próximosaños.

b) La carga del servicio de la deuda de los con-sumidores como porcentaje de su ingreso dispo-nible se ha mantenido en niveles elevados, a pe-sar de la fuerte disminución en las tasas de inte-rés, situación que conlleva riesgos asociados aun posible ajuste del gasto en consumo.

c) La postura fiscal se ha deteriorado sensible-mente como resultado de la desaceleración de laactividad productiva y, en mayor medida, por elrelajamiento de la política de gasto y la instru-mentación de recortes impositivos. En este sen-

tido, la Oficina Presupuestaria del Congreso deEE.UU. espera para el ejercicio fiscal de 2002un déficit de 1.5 por ciento del PIB, siendo queen septiembre de 2001 esperaba un superávit delorden de 1.7 por ciento del producto.2 Ante esteescenario, el Presidente del Comité de la Reser-va Federal señaló recientemente que el retorno auna era de altos déficit presupuestarios entraña-ría riesgos como el de enfrentar elevadas tasasde interés de mediano y largo plazo, bajos nive-les de inversión y un menor ritmo de crecimien-to de la productividad en el futuro.3

3. La incertidumbre asociada con el combate al te-rrorismo y las tensiones políticas de Oriente Medio.El peligro latente de que se presenten complicacio-nes en la guerra antiterrorista y la alta posibilidad deque ésta genere un nuevo conflicto bélico en otrospaíses de la región, podría disminuir la confianzatanto de consumidores como de inversionistas.

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4. El frágil desempeño de la economía en Japón.Aun cuando la economía japonesa muestra signosde recuperación, el repunte podría verse afectadopor la reciente apreciación del yen frente al dólar.Asimismo, la fuerte carga de la deuda pública, cuyosaldo neto asciende a más del 100 por ciento delPIB, la falta de reformas estructurales y la débil po-sición financiera del sistema bancario dificultan larecuperación sostenida de esa economía.

5. La incertidumbre en el mercado petrolero inter-nacional. La posibilidad de que se presente un con-flicto bélico de gran envergadura en Medio Orientepodría propiciar un aumento abrupto en los preciosinternacionales de petróleo que, por un lado, afecta-ría la capacidad de consumo en los principales paí-ses industrializados y reduciría el vigor de la recu-peración económica mundial, y por otro, generaríapresiones inflacionarias que limitarían la facultadde las autoridades de estos países a instrumentar po-líticas económicas acomodaticias y aumentarían elnivel de las tasas de interés reales.

6. Los problemas financieros y económicos en al-gunos países latinoamericanos. En contraste con loocurrido en los países emergentes de Asia y Europa,la situación económica en América Latina en suconjunto se ha deteriorado fuertemente en los últi-mos meses. La crisis financiera en Argentina, losefectos de contagio en Uruguay y los problemas po-líticos en Venezuela y Brasil han afectado adversa-mente la percepción de los mercados internaciona-les sobre la región. Si bien las economías de Chile,el Salvador y México, entre otras, han absorbido or-denadamente la volatilidad financiera, gracias a laconducción prudente de su política económica y elfortalecimiento de sus bases económicas, la profun-dización de los problemas financieros observadosen la región sudamericana podrían reducir en mayormedida el apetito de los inversionistas instituciona-les por canalizar recursos a países emergentes.

II. 5 Perspectivas del mercado petro l e ro internacional

El mercado internacional de petróleo se caracterizapor exhibir un comportamiento sumamente errático.Los precios del hidrocarburo han llegado a registrarfluctuaciones de más de 40 por ciento en periodos tancortos como una semana. 4 Por ello, pronosticar suevolución resulta sumamente complejo.

Si bien el desempeño de los precios de petróleo en es-te año ha sido más favorable que lo anticipado en elPrograma Económico para 2002, es importante señalarque desde el punto de vista de los resultados de finan-zas públicas, el precio relevante es el registrado en elperiodo noviembre 2001-octubre 2002. Esto debido aque existe un rezago de aproximadamente 45 días enel cobro de las facturas por concepto de exportación dehidrocarburos. En este sentido, el precio de la mezclamexicana de exportación promedió 20.4 dólares porbarril en el periodo de noviembre 2001 a octubre de2002, 1.2 dólares por debajo del precio promedio ob-servado en el periodo enero-octubre de 2002, comoconsecuencia de los bajos precios del crudo observa-dos en los últimos meses de 2001 y las primeras se-manas de 2002.5

Es preciso reconocer que el nivel de precios observa-do recientemente resulta muy superior al promedio de

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los últimos años, lo que indica que éste podría no sersostenible en los próximos meses. De acuerdo a lasopiniones de los expertos en materia de mercados pe-troleros, el precio actual incorpora los temores sobreun conflicto bélico en el Medio Oriente que podría in-terrumpir una parte importante de la oferta mundial decrudo. Adicionalmente el precio ya refleja factores deíndole estacional por la llegada del invierno.6

Asimismo, existen diversos factores que podrían afec-tar los precios del hidrocarburo a la baja: a) las presio-nes dentro de la Organización de Países Exportadoresde Petróleo (OPEP) para incrementar las cuotas deproducción; b) el ritmo de expansión de la producciónde crudo en países no miembros de la OPEP; c) el mo-derado dinamismo de la actividad económica mundial;d) la posibilidad de que Arabia Saudita compensecualquier faltante en la oferta mundial de petróleo, y e)el reestablecimiento de la producción de petróleo enIrak, la cual ha sido menguada por la presencia de al-gunos problemas técnicos y la falta de mantenimien-to.7 Dicho reestablecimiento sería aún más vigorosoen los próximos años de haber un cambio de régimenpolítico en ese país.

El balance de riesgos en torno al mercado petrolero in-ternacional parece inclinarse hacia una reducción sig-nificativa de los precios del crudo en el corto plazo. Enefecto, el comportamiento de la curva de futuros delWTI es consistente con esta percepción, al implicarprecios promedio de este indicador para 2003 que sonsustancialmente inferiores al precio actual.8

Al respecto, es pertinente mencionar que el valor de lamezcla mexicana de petróleo tendría una mayor sensi-

bilidad a los riesgos arriba señalados. Específicamen-te, el diferencial en dólares entre el precio del WTI yel de la mezcla mexicana de exportación se encuentraen niveles inferiores al promedio observado en los úl-timos años, por lo que una reversión a su promediohistórico podría afectar notablemente el valor de lasexportaciones de crudo de nuestro país.

Más aún, cabe subrayar que el diferencial de preciosentre la mezcla mexicana y el WTI tendería a incre-mentarse en caso de que Arabia Saudita incremente suproducción de petróleo, debido a que la capacidad ex-cedente de producción con la que cuenta ese país seencuentra concentrada en crudos con características si-milares al producto mexicano.

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III. LINEAMIENTOS DE POLÍTICAECONÓMICA PARA 2003

La aplicación de una política económica prudente yresponsable permitió que durante 2002 nuestra econo-mía sorteara un año caracterizado por un débil com-portamiento de la economía global y por un elevadogrado de volatilidad en los mercados financieros inter-nacionales. Como se desprende del capítulo anterior,el próximo año persistirá un entorno externo similar alde 2002, aunque más moderado. En este marco, losobjetivos centrales de la política económica durante2003 serán: aumentar el vigor de la recuperación de laproducción y el empleo, y ampliar las oportunidadesde desarrollo para los grupos sociales marginados. Laconsecución de ambos objetivos deberá preservar, almismo tiempo, el ambiente de estabilidad y certidum-bre.

En este contexto, la prioridad de la política económicapara el 2003 será consolidar el papel del gasto internocomo la principal fuente de expansión de nuestra eco-nomía, de tal forma que la demanda externa actúe co-mo complemento de nuestros propios motores de de-sarrollo. Para lograr lo anterior se requiere avanzar enlas cinco estrategias delineadas en el Pronafide: 1) Ins-trumentación de las reformas estructurales; 2) esfuer-zo de ahorro público; 3) impulso al ahorro privado; 4)utilización del ahorro externo como complemento delahorro interno, y 5) fortalecimiento del sistema finan-ciero y transformación de la banca de fomento.

Por ello, a continuación se presentan los criterios yprincipales líneas de acción para avanzar en las cincoestrategias torales del Pronafide:

III. 1 Instrumentación de las Reformas Estructura-les

El objetivo de avanzar en la agenda de reforma estruc-tural no implica, como algunas opiniones han expresa-do, pérdidas de soberanía ni que el Estado renuncie asu responsabilidad como rector del desarrollo nacio-nal. Por el contrario, las reformas de carácter estructu-ral buscan promover una mayor competitividad y efi-ciencia en la economía en beneficio de toda la pobla-ción, lo que además le permitirá al Estado concentrarsu esfuerzo en la atención de las necesidades socialesbásicas y en la creación de condiciones propicias paraun crecimiento duradero. Sin duda esa es la forma más

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efectiva para promover un desarrollo justo y equitati-vo de la nación.

En este marco, el Ejecutivo ha puesto a consideracióndel H. Congreso de la Unión diversas iniciativas de leydirigidas a fortalecer estructuralmente la economíamexicana. Si bien es preciso reconocer que algunas deellas ya han sido aprobadas, en particular las relacio-nadas con el ámbito financiero, resulta imprescindiblealcanzar en el corto plazo los consensos necesariosque permitan concretar las que aún están pendientes.Entre las reformas aprobadas recientemente es perti-nente comentar algunas de gran trascendencia: la re-forma integral al sistema financiero de fomento, la LeyFederal de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública Gubernamental, la reforma a la Ley de los Sis-temas de Ahorro para el Retiro (SAR) y la Ley de Sis-tema de Pagos:

1. Reforma integral al sistema financiero de fomen-to. El propósito fundamental de las reformas apro-badas por el H. Congreso de la Unión en materia debanca de desarrollo es establecer un adecuado ba-lance entre la misión de fomento de estas institu-ciones con la prudencia financiera y fiscal. El nue-vo marco legal permitirá mantener la sostenibilidaddel esfuerzo de fomento al fortalecer los principiosde gobierno corporativo, instaurar procesos más ri-gurosos de rendición de cuentas y establecer unamayor coordinación programática entre las institu-ciones, todo ello bajo el precepto de una mayor au-tonomía de gestión. De esta forma, la aplicación deestrictos esquemas de operación, supervisión y ca-pitalización permitirá que la banca de desarrollo seconstituya en un elemento primordial para alcanzarlas metas económicas y sociales contenidas en elPND.

2. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la In-formación Pública Gubernamental. En la búsquedade una absoluta transparencia del actuar guberna-mental y en concordancia con el compromiso de lapresente Administración por realizar una plena ren-dición de cuentas a la ciudadanía, recientemente fuepromulgada la Ley Federal de Transparencia y Ac-ceso a la Información Pública Gubernamental. Di-cha Ley establece como una obligación de los Po-deres de la Unión, órganos constitucionales autóno-mos o con autonomía legal o de cualquier otra enti-dad federal, poner a disposición de toda persona la

información referente al funcionamiento, acciones,resultados y recursos asignados que se encuentrenen posesión de estos órganos. Lo anterior reforzarála credibilidad y la confianza en los órganos del Es-tado y fortalecerá la vida democrática del país.

3. Reforma a la Ley de los Sistemas de Ahorro pa-ra el Retiro. Las modificaciones legales a la Ley delSAR permitirán alcanzar los siguientes objetivos:

• Incrementar el número de trabajadores quepueden acceder a los beneficios del nuevo siste-ma de pensiones. La reforma permitirá que tan-to trabajadores independientes como trabajado-res afiliados al ISSSTE, a los gobiernos estatalesy municipales, así como a universidades públi-cas y fondos privados de pensiones, puedan ca-nalizar recursos a una Administradora de Fon-dos para el Retiro (Afore) para obtener mejoresrendimientos y acceder a los beneficios del aho-rro voluntario.

• Fomentar el ahorro voluntario. Se autoriza unanueva subcuenta denominada de aportacionescomplementarias de retiro, a la cual podrán ha-cer aportaciones los trabajadores o sus patronesde forma voluntaria.

• Permitir una mayor diversificación en el régi-men de inversión. La nueva ley proporcionarámayor flexibilidad en las posibilidades de inver-sión y, por tanto, un mayor potencial de diversi-ficación. Ello permitirá que las Afores ofrezcandistintos tipos de servicios, lo que coadyuvará aincentivar mayores aportaciones voluntarias.Además, las reformas abren la posibilidad deobtener financiamiento de largo plazo a diferen-tes sectores de la economía.

• Reducción de comisiones. La reforma otorgafacultades a la Junta de Gobierno de la ComisiónNacional del Sistema de Ahorro para el Retiro(CONSAR) que redundarán en una mayor com-petencia entre las Afores y en un menor costopara los trabajadores por concepto de comisio-nes.

4. Ley de Sistema de Pagos. El proyecto busca re-ducir los riesgos jurídicos que implica la participa-ción en los sistemas de pagos, estableciendo reglas

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precisas sobre la validez legal de la compensación yliquidación, así como la exigibilidad jurídica de lasgarantías aportadas por los participantes para elcumplimiento de sus obligaciones. La iniciativa fueaprobada recientemente por unanimidad en el Sena-do de la República y fue turnada a la Cámara de Di-putados para su trámite.

Entre las reformas que aún están pendientes y que sonde gran relevancia para acrecentar la capacidad poten-cial de crecimiento de la economía y para incrementarla competitividad y productividad del país, cabe desta-car:

a) Reforma al Sector Eléctrico. Las iniciativas dereforma en materia de electricidad enviadas por elEjecutivo Federal a consideración del H. Congresode la Unión el pasado mes de agosto tienen comopropósito la ampliación, modernización y fortaleci-miento del sector eléctrico para enfrentar el creci-miento de la demanda de electricidad en los próxi-mos años. Bajo el esquema propuesto, el serviciopúblico de energía eléctrica continuará siendo pres-tado exclusivamente por el Estado, garantizandocon ello la atención de las necesidades colectivas ybásicas de la población. Asimismo, la inclusión delos capitales social y privado permitirá una mayorcompetencia, lo cual se traducirá en un mejor servi-cio en beneficio de todos los usuarios, así como enla generación de más y mejores empleos en todaslas actividades económicas. Con lo anterior, la plan-ta industrial mexicana tendrá la posibilidad de com-petir en igualdad de condiciones frente a empresasextranjeras, ya que podrá tener acceso a energíaeléctrica en mejores condiciones de costo, calidad yconfiabilidad en el servicio. Asimismo, con la apro-bación de estas iniciativas de reforma se liberaránrecursos públicos para atender rezagos sociales y seimpulsará el desarrollo regional.

b) Reforma fiscal. Si bien se ha avanzado significa-tivamente en el fortalecimiento de la estructura ha-cendaria, gracias a la colaboración del H. Congresode la Unión, aún existen temas importantes pen-dientes en esta materia. Por un lado, es necesario re-forzar la captación tributaria por imposición indi-recta. La presencia de tasas diferenciales y exencio-nes en el impuesto al valor agregado facilitan suevasión y dificultan tanto su cumplimiento como sufiscalización, lo que en conjunto limita su capaci-

dad recaudatoria. En este sentido, se insistirá en re-forzar la estructura de este impuesto con el fin deatenuar el impacto negativo de la imposición direc-ta sobre el esfuerzo productivo, sobre el ahorro per-sonal y empresarial, y en consecuencia sobre la in-versión, el empleo y el crecimiento económico. Porotro, se continuará modernizando la estructura tri-butaria de imposición directa. En particular, se se-guirá revisando el tratamiento preferencial que aúnsubsiste en la legislación tributaria y se buscará in-corporar a la base gravable una gran cantidad deconceptos de ingresos que permanecen exentos,permitiendo con ello la aplicación de tasas margi-nales menores que redundarán en mayores incenti-vos al trabajo y a la acumulación de capital.

c) Reforma Presupuestaria. Como parte del paquetede iniciativas de reforma en materia de la NuevaHacienda Pública, enviado por el Ejecutivo al H.Congreso en abril de 2001, se incluyó una propues-ta de reforma presupuestaria. Dicha propuesta tienecomo propósito fundamental definir e instituciona-lizar el proceso de presentación, discusión y ejecu-ción del presupuesto federal. Asimismo, la iniciati-va establece acciones alternativas en caso de que és-te no sea aprobado dentro del plazo jurídicamenteestipulado. También contempla la autorización deprogramas de inversión multianual que garanticenla continuidad y consecución de aquellos proyectosemprendidos en sectores estratégicos. Finalmente,la reforma propuesta institucionaliza los principiosde responsabilidad fiscal a fin de fortalecer el pre-cepto de equilibrio presupuestario.

d) Iniciativa para la reactivación del crédito banca-rio.9 Esta iniciativa enviada al Senado de la Repú-blica en mayo de 2002 busca coadyuvar a la reacti-vación del crédito bancario mediante el mejora-miento de diversas operaciones crediticias y de va-rias etapas de los juicios mercantiles. La iniciativaaborda de manera integral distintas dimensionesque interactúan simultáneamente en el proceso deotorgamiento y cobranza de créditos, brindando se-guridad jurídica a los acreedores, facilitando y agi-lizando la recuperación de garantías y la cobranzade créditos, y estableciendo adecuados juicios pro-cesales que permitirán dirimir las diferencias entreacreedores y deudores de manera eficiente y expe-dita. Más aún, la iniciativa favorecerá significativa-mente a los deudores y ampliará las posibilidades

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de financiamiento a la población, pues generará en-tre las instituciones financieras una mayor voluntada prestar y con menores costos, al reducir el riesgoasociado con la actividad crediticia.

e) Reforma laboral. Si bien esta iniciativa de refor-ma aún no ha sido enviada a consideración del H.Congreso de la Unión, el Ejecutivo Federal se en-cuentra trabajando, bajo un precepto de estrecha co-laboración con los sectores laborales, empresarialesy políticos del país, en una propuesta legislativa queredundará en un marco regulatorio promotor delempleo y del mejoramiento salarial. La reformapermitirá difundir los valores de una nueva culturalaboral que favorecerán la productividad y la com-petitividad, ampliando así las oportunidades de de-sarrollo tanto para los trabajadores como para lasempresas. Asimismo, la reforma garantizará el res-peto y la autonomía de las figuras sindicales, pro-moviendo su modernización.

f) Reforma al Instituto de Seguridad y Servicios So-ciales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE).Con el propósito de garantizar la viabilidad del sis-tema de pensiones para los trabajadores del Estadoy de mejorar la calidad de los servicios de salud, elEjecutivo Federal propondrá al H. Congreso de laUnión una reforma integral al ISSSTE. La reformabuscará también transparentar en mayor medida lautilización de los fondos para la vivienda y promo-ver un cambio organizacional que permita hacermás eficiente la utilización de recursos, para evitarasí el cruce de servicios entre las distintas áreas dela Institución.

g) Reformas y adiciones a las Leyes de Adquisicio-nes, Arrendamientos y Servicios del Sector Públicoy de Obras Públicas y Servicios Relacionados conlas Mismas. Próximamente será presentada al H.Congreso de la Unión una iniciativa de reforma quebusca solucionar las dificultades que comúnmentese presentan en las operaciones que llevan a cabolas instituciones públicas durante la adquisición,arrendamiento y realización de obras públicas. Lareforma promoverá la transparencia y eficiencia delos procedimientos de contratación, lo que redunda-rá en una reducción en los costos de los distintosproyectos públicos, impulsará la competitividad yfavorecerá el crecimiento de nuestra economía.

III. 2 Esfuerzo de Ahorro Público

El ahorro público representa los recursos con los quecuenta el gobierno para hacer frente a sus necesidadesde inversión, es decir, se obtiene de restar de los in-gresos totales todo el gasto corriente. De esta forma, ladiferencia entre el gasto de inversión impulsada por elsector público y el ahorro público tiene que solicitarsea préstamo, por lo que se clasifica como RFSP.

Con el objeto de avanzar en las metas de mediano pla-zo en el sentido de fortalecer el ahorro público, en el2003 se contempla un ligero incremento en este indi-cador, al pasar de 0.3 por ciento del producto estima-do para el cierre de 2002 a 0.4 por ciento del PIB. Sinembargo, debido a que también se contempla para elaño entrante un incremento de la inversión directa im-pulsada por el sector público como porcentaje del PIBde 3.2 por ciento a 3.4 por ciento, los RFSP aumenta-rán de 2.9 a 3.0 por ciento del tamaño de la economíaentre 2002 y 2003..43

Con el fin de lograr una mayor racionalidad y eficien-cia en el gasto de servicios personales, para el próxi-mo ejercicio fiscal se propone llevar a cabo un Pro-grama de Separación Voluntaria de Servidores Públi-cos. Con tal propósito, se solicitará en su caso autori-zación al H. Congreso de la Unión para ampliar la me-ta de déficit fiscal y así poder disponer de los recursosnecesarios para cubrir las compensaciones económicasde los servidores públicos que decidan separarse vo-luntariamente del servicio que prestan en la Adminis-tración Pública Federal. Cabe señalar que el mayor dé-ficit fiscal en el que se incurriría el próximo año favo-recería la sostenibilidad de las finanzas públicas en el

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mediano plazo, toda vez que el endeudamiento adicio-nal temporal en que se incurra en 2003 se compensaráde manera obligada con los ahorros que el propio Pro-grama genere del 2003 al 2005. A partir del 2006 sedará una mejoría permanente en las finanzas públicascomo consecuencia de los ahorros resultantes en la nó-mina.

III. 3 Impulso al ahorro privado

Impulsar el ahorro del sector privado constituye unode los sustentos fundamentales del programa econó-mico de mediano plazo. Para ello, la presente Admi-nistración continuará promoviendo un entorno econó-mico estructuralmente sano y estable que permita am-pliar el horizonte de planeación de las familias y de lasempresas. Asimismo, se avanzará en el fortalecimien-to del marco institucional y regulatorio en el que se de-sarrollan las actividades de ahorro y crédito popularcon el fin de promover el ahorro en los sectores de lapoblación que anteriormente no tenían acceso a lasinstituciones financieras tradicionales. En este sentido,el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros(Bansefi) redoblará sus esfuerzos para impulsar unamayor canalización de recursos a fondos de ahorroprevio para la vivienda y acentuará la promoción delahorro en grupo y del pago de giros que pueden serabonados a cuentas de ahorro.

Adicionalmente, como se mencionó en párrafos ante-riores, la presente Administración promoverá una re-forma integral al sistema de pensiones de los trabaja-dores que prestan sus servicios en el Gobierno Federaly que se encuentran afiliados al ISSSTE con el propó-sito de garantizar la viabilidad de este sistema, permi-tirle a los trabajadores al servicio del Estado que pue-dan cambiar de trabajo a otros sectores de la economíasin perder los derechos pensionarios que hayan acu-mulado y, al mismo tiempo, generar demanda por re-cursos financieros de largo plazo.

Por otra parte, el repunte de la actividad económica ydel empleo para 2003, el crecimiento sostenido de lasremuneraciones reales de los trabajadores, el abati-miento de la inflación y las perspectivas favorablesde la economía mexicana para el mediano plazo sereflejarán en una mayor rentabilidad de los proyectose incentivarán a diferir la utilización de recursos pa-ra consumo presente en favor de su uso en activida-des de inversión, toda vez que esta decisión redunda-

rá en niveles aún mayores de consumo y de bienestaren el futuro.

En consecuencia, se anticipa que el ahorro financierocontinuará mostrando un mayor dinamismo en 2003,impulsado en gran medida por la importante canaliza-ción de recursos a las cuentas de ahorro para el retiro.Ello permitirá que existan en los mercados financierosnacionales las condiciones propicias para que el sectorpúblico obtenga, sin menoscabo de las actividadesproductivas del sector privado, los recursos necesariospara llevar a cabo su programa de financiamiento.

III. 4 Utilización del ahorro externo como comple-mento del ahorro interno

En concordancia con lo establecido en el Pronafide, elprograma económico para 2003 buscará hacer un usoprudente de los recursos provenientes de fuentes ex-ternas, manteniendo en todo momento su caráctercomplementario al ahorro interno. En especial, las me-didas dirigidas a fortalecer el ahorro interno permitiránque éste siga siendo la principal fuente de financia-miento del gasto en inversión.

Adicionalmente, mediante la instrumentación de las re-formas estructurales mencionadas anteriormente y laconsolidación de un marco de estabilidad macroeconó-mica, se continuará promoviendo que aquel ahorro ex-terno que ingrese al país tenga un perfil de largo plazo.Por un lado, la puesta en marcha de las reformas es-tructurales ampliará las oportunidades de inversión enla economía mexicana e incrementará la disponibilidadde ahorro externo de largo plazo. Por otro, la disciplina

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fiscal y el abatimiento permanente de la inflación per-mitirán fortalecer la confianza y la certidumbre sobrelas perspectivas favorables de mediano plazo de la eco-nomía mexicana. De esta forma, la aplicación conjuntade estas políticas se reflejará en mayores tasas sosteni-bles del crecimiento del producto, del empleo y de lasremuneraciones reales de los trabajadores.

El Gobierno Federal continuará trabajando en el forta-lecimiento de las relaciones económicas y comercialescon las distintas regiones del mundo. En este marco,México y Japón iniciaron recientemente las negocia-ciones para lograr un tratado de libre comercio. Elacuerdo, que sería el primero con un país asiático,brindará una mayor seguridad y estabilidad institucio-nal en las transacciones comerciales que realizan am-bos países, lo que redundará en una mayor atracciónde inversiones por parte de nuestra economía.

III. 5 Fortalecimiento del Sistema Financiero yTransformación de la Banca de Fomento

Con el envío por parte del Ejecutivo al H. Congreso dela Unión de la propuesta para liquidar el Sistema Ban-rural y crear la Financiera Rural, se da un avance im-portante en el proceso de transformación de la Bancade Fomento. Esta medida busca solucionar el proble-ma estructural del banco y mejorar el cumplimiento dela misión social que se le ha encomendado En especí-fico, el propósito de la reforma es crear una fuenteconfiable de financiamiento oportuno a uno de los sec-tores más relevantes de la economía, el sector rural. Enla concepción del nuevo organismo, se ha cuidado queen el futuro no se generen presiones fiscales derivadasde los saneamientos que han seguido a los periodos deacelerada expansión del financiamiento otorgado porla Banca de Fomento. Con el nuevo diseño organiza-cional se impulsarán esquemas de crédito al sector ru-ral y el desarrollo de productos, servicios e institucio-nes de ahorro popular coadyuvando al logro de los ob-jetivos de la reforma integral al sistema financiero na-cional planteados en el Pronafide

Por otra parte, a finales del primer semestre de 2002 elEjecutivo Federal envió al H. Congreso de la Uniónuna Iniciativa de Ley que busca coadyuvar a la reacti-vación del crédito al sector privado por medio del for-talecimiento de los derechos de los acreedores tanto ensu parte sustantiva como en la procesal. La demora yproblemas para la transferencia al acreedor de colate-

rales y garantías en caso de incumplimiento del deu-dor, se traducen en mayores costos para el primero yprovocan la percepción de que sus derechos de pro-piedad no están plenamente garantizados. Esta debili-dad institucional tiene dos efectos negativos para laactividad crediticia, el primero consiste en una reduc-ción de la oferta disponible de recursos financieros, elsegundo es que, dada la expectativa de una elevadapérdida en caso de incumplimiento, se requieren ma-yores premios para compensar por este riesgo, eleván-dose el costo del financiamiento. Con la iniciativa an-tes mencionada, se busca elevar la eficiencia de la in-termediación financiera dando lugar a un mayor finan-ciamiento disponible y en mejores condiciones paralos sectores productivos, llevando consigo imputablesbeneficios para los consumidores.

Cabe recordar que el primer día de 2003 da inicio laquinta etapa del Programa de Obligaciones Garantiza-das del IPAB, terminando con ello la etapa del seguroilimitado del depósito bancario en México. Lo anteriorhace indispensable perfeccionar los esquemas de inter-vención de las autoridades financieras en los casos enque una institución bancaria enfrenta dificultades. Es-tas intervenciones persiguen tres fines: primero, asegu-rar el pago oportuno y expedito de los depósitos asegu-rados con el objeto de proteger al pequeño ahorrador.Segundo, reducir los incentivos de una corrida finan-ciera, evitando así la ineficiente liquidación de bancosfinancieramente viables que puede ser causada por ladifusión de rumores o temores infundados. En tercerl u g a r, buscan que el cese de operaciones o la disoluciónde instituciones que hayan perdido viabilidad ocurra demanera ordenada, sin trastornar al resto del sistema,asegurando el pago ordenado de obligaciones especial-mente a los depositantes asegurados y minimizando loscostos para los diferentes actores económicos.

En este sentido se han precisado y establecido reglasclaras para la aplicación de los diversos mecanismosde resolución bancaria y de apoyo temporal de liqui-dez. Además, con el propósito de minimizar la ocu-rrencia de fallas bancarias, se ha diseñado un mecanis-mo de Acciones Correctivas Tempranas que resultaráen la aplicación de medidas preventivas y no sólo co-rrectivas. En todo caso, el marco regulatorio no es su-ficiente para atender de la mejor manera la solución deuna crisis bancaria. De ahí que en el transcurso de2003 el Ejecutivo Federal presentará una iniciativa deley para remediar esta situación.

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IV. PERSPECTIVAS ECONÓMICAS PARA 2003

A lo largo de 2002 el comportamiento de los agrega-dos macroeconómicos difirió del que se había previs-to en los Criterios Generales de Política Económicacorrespondientes. Especialmente el consumo privadoy el intercambio comercial con el exterior crecieron aritmos más acelerados que los pronosticados, mientrasque el gasto en inversión registró una expansión demenor magnitud a la esperada.

La evolución de estos agregados condicionará la com-posición de las fuentes del crecimiento durante 2003. A lrespecto, es pertinente señalar que los lineamientos depolítica económica trazados en la sección anterior estándiseñados no sólo para generar condiciones propiciasque se traduzcan en un mayor ritmo de expansión de laactividad productiva, sino también para garantizar queeste proceso sea sostenible en el mediano y largo plazos.

En el Pronafide se delinearon dos escenarios posiblesde crecimiento económico los cuales estaban en fun-ción del grado de avance que se lograra en la imple-mentación de las reformas estructurales que necesita elpaís. En ese sentido, el crecimiento real del PIB du-rante 2003 se estimó entre 3.5 y 4.9 por ciento anual.Estos pronósticos se realizaron con base en supuestossobre la trayectoria de algunas variables que sirven deapoyo en la construcción del marco macroeconómico,entre las que destaca el crecimiento económico de Es-tados Unidos. En el Pronafide se consideró una expan-sión de 3.0 por ciento anual durante 2003 para la eco-nomía norteamericana.

Si bien el Ejecutivo Federal y el H. Congreso de laUnión han avanzado en el proceso de reforma estruc-tural, especialmente en materia financiera, algunosgrandes temas de la agenda, incluyendo las reformaseléctrica, laboral, de telecomunicaciones, fiscal y pre-supuestaria continúan pendientes. Por ello, las proyec-ciones de crecimiento de los componentes agregadostanto de la demanda como de la oferta que se presen-tan en esta sección toman como punto de referencia elescenario inercial del Pronafide. Sin embargo, el mar-co macroeconómico presentado en este documentopronostica para 2003 un ritmo de crecimiento de laeconomía en su conjunto ligeramente inferior al con-templado en dicho escenario, ello debido a que se an-ticipa un entorno internacional relativamente menosfavorable.

IV. 1 Fuentes del crecimiento en 2003

El consenso de las principales corredurías respecto a latasa de crecimiento para la economía estadounidensedurante 2003 se ha venido reduciendo a lo largo de losúltimos meses. Las razones de lo anterior fueron am-pliamente discutidas en el capítulo II del presente do-cumento.

La actividad productiva en México es cada vez mássensible tanto al ciclo como a la composición del cre-cimiento económico de los Estados Unidos, lo cual sederiva directamente de los mayores vínculos comer-ciales y financieros entre ambas naciones. En conse-cuencia, se considera oportuno adoptar una proyec-ción realista y prudente en cuanto al ritmo de creci-miento de la economía norteamericana, ubicando di-cha tasa en 2.5 por ciento en términos anuales.

Con base en ese supuesto, se anticipa que las exporta-ciones de bienes y servicios durante 2003 tendrán uncrecimiento superior al de 2002, pero inferior al ritmopronosticado en el escenario inercial del Pronafide. Enparticular, se calcula que este rubro de la demandaagregada se expandirá a una tasa anual de 10.4 porciento, a diferencia del 12.5 por ciento considerado endicho escenario.

Ante la expectativa de una menor expansión de la de-manda externa es necesario redoblar esfuerzos parafortalecer las fuentes de crecimiento internas, espe-cialmente las provenientes de los componentes delgasto relacionado con la formación de capital. Porello, la estrategia de política contenida en este docu-mento está orientada a favorecer la reactivación de lainversión pública y privada, pretendiendo que durante

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el próximo año el conjunto de estos rubros se expandaa una tasa anual de 4.7 por ciento. Esta cifra se ubicaclaramente por encima del ritmo de crecimiento anti-cipado para este agregado en el escenario inercial delPronafide, reflejando la necesidad de apuntalar la ex-pansión de la economía sobre bases más sanas y quegaranticen este proceso en el mediano y largo plazos.No obstante, es preciso reconocer que dicha magnitudestá favorecida por una menor base de comparación,ya que este rubro de la demanda agregada fue el másafectado con la recesión.

Por otra parte, se espera que durante 2003 aumente deforma moderada el ritmo de crecimiento del consumototal, de tal manera que se ubique en una tasa anual de3.5 por ciento –ligeramente inferior a la estimacióninercial del Pronafide. La dinámica de este agregadoseguirá siendo favorecida por el abatimiento inflacio-nario, por la baja de tasas de interés y por la recupera-ción gradual de los niveles de empleo.

Los ritmos de crecimiento para cada componente de lademanda agregada tendrán un efecto positivo no sóloen la expansión de la producción nacional sino tam-bién coadyuvarán a reducir la amplitud del ciclo eco-nómico. Bajo esta perspectiva se estima que la ofertaagregada crecerá a una tasa anual de 4.4 por ciento.Por lo que se refiere a sus componentes, se proyectauna expansión anual del valor real del PIB de 3.0 porciento, en tanto que las importaciones de bienes y ser-vicios se estima crecerán 8.3 por ciento.

IV.2 Requerimientos financieros del sector públicoen 2003

Como se destacó anteriormente, se estima que al cie-rre de 2002 el monto de los requerimientos financierosdel sector público sea equivalente al 2.9 por ciento deltamaño de la economía, nivel inferior al 3.1 por cien-to contemplado en el programa económico original delmismo año.10

Dentro de este marco de referencia a continuación sepresenta la evolución que se espera tendrán los com-ponentes que integran los RFSP durante 2003. Se esti-ma que el monto de estos requerimientos ascenderá a3.0 por ciento del PIB, mayor al 2.7 por ciento pro-yectado en el escenario inercial del Pronafide. Las si-guientes secciones abundan sobre la explicación de es-ta desviación.

IV.2.1 Balance Público

En congruencia con la estimación presentada en el es-cenario inercial del Pronafide, la meta del balance pú-blico para 2003 se estipuló en 0.5 por ciento del PIB.Al interior del mismo destacan los siguientes aspectos:

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• Los ingresos petroleros para 2003 se proyectan enun monto equivalente a 6.9 por ciento del PIB, su-periores en 0.5 por ciento respecto a la proyeccióndel Pronafide. Esta cifra descansa sobre el supuestode que el precio internacional para la mezcla mexi-cana de petróleo de exportación será de 17 dólarespor barril en promedio durante 2003, cotización quese encuentra un dólar por encima del precio consi-derado en el programa económico de mediano pla-zo.

• Los ingresos tributarios no petroleros se estimanen 10.2 por ciento del PIB, monto superior en 0.3por ciento del PIB a la estimación de cierre de 2002como resultado del renovado compromiso por au-mentar la recaudación a través de mejoras en la ad-ministración tributaria. Si bien esta cifra representala más elevada de los últimos 10 años, es inferior ala proyección del Pronafide debido, fundamental-mente, a que el cierre estimado de los ingresos tri-butarios no petroleros para 2002 será significativa-mente inferior al monto proyectado en el programaoriginal y que sirvió de base para las estimacionesde los escenarios de mediano plazo.

• Los ingresos no tributarios se estiman en 1.1 pun-tos porcentuales del PIB, cifra mayor a la incorpo-rada en el Pronafide debido a la presencia de mayo-res ingresos no recurrentes asociados a la cesión dederechos de nuevos tramos carreteros, a la venta dedos grupos aeroportuarios y a recuperaciones de co-lateral por operaciones de recompra de deuda.

• Los ingresos de los organismos y empresas distin-tos de Pemex estimados para 2003 ascienden a 4.0por ciento del tamaño de la economía, en línea conel cierre estimado para el presente año y con la pro-yección del programa de mediano plazo.

• En materia de gasto público, el programa pro-puesto para 2003 tiene los siguientes objetivos:otorgar prioridad al gasto que beneficia directamen-te a la ciudadanía y que eleva el capital humano yfísico de la población; impulsar la inversión en in-fraestructura social y productiva; fortalecer el g as-to que se destina a las regiones de menor desarrollorelativo, y procurar la disminución relativa del gas-to corriente y que éste se ejerza eficientemente, enparticular, el destinado a servicios personales.

• Así, a pesar de que en 2003 el gasto programabledel Poder Ejecutivo Federal será prácticamenteigual en términos reales al ejercido en 2002, el gas-to en salud y educación se incrementará, en térmi-nos reales, en 4.8 y 1.6 por ciento, respectivamente;por su parte, el gasto en gestión gubernamental sereducirá en 7.5 por ciento real.

• El gasto no programable se proyecta en un montoequivalente a 6.4 por ciento del PIB, cifra similar alcierre estimado para el presente año debido a quelas mayores transferencias estimadas hacia los esta-dos y municipios por concepto de participaciones secompensan con un menor costo financiero. Respec-to a la estimación inercial del Pronafide, el gasto noprogramable proyectado para 2003 es inferior en0.8 por ciento del PIB debido, principalmente, a unmenor costo financiero producto de las menores ta-sas reales de interés.

• El gasto programable devengado del sector públi-co en su conjunto para 2003 asciende a 16.4 porciento del PIB, cifra inferior en el equivalente a 0.3por ciento del producto respecto al cierre estimadopara 2002 y superior en 0.9 puntos porcentuales deltamaño de la economía.respecto al Pronafide. Al in-terior del gasto del sector público, el asociado alsector central será inferior en 3.2 por ciento real res-pecto al cierre de 2002, mientras que el erogado porlos organismos y empresas tendrá un crecimientoreal anual de 4.8 por ciento.

• El gasto asignado a las entidades federativas ymunicipios en 2003 se ubicará en 7.8 por ciento delPIB y representará 52.0 por ciento del gasto prima-rio del Gobierno Federal. En cuanto a la distribu-ción del gasto primario federal, por cada peso asig-nado a la Administración Publica Centralizada sehan asignado alrededor de 1.64 pesos a los estados,municipios y al Gobierno del Distrito Federal.

• Además, con el propósito de fortalecer la compe-titividad del campo mexicano, se propone aumentaren 7.7 por ciento real respecto a lo ejercido en 2002los recursos canalizados al desarrollo rural integral.Asimismo, se refrenda el compromiso de promoverel financiamiento al sector rural a través de múlti-ples acciones como son: la extensión del modelo deSociedades Financieras de Objeto Limitado al ám-bito rural, la constitución de fideicomisos de garan-

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tías estatales, el cambio estructural de Banrural y latransformación de Agroasemex.

El Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federa-ción para 2003 contiene mecanismos de ajuste paragarantizar el cumplimiento de los objetivos fiscales encaso de que la evolución de los ingresos públicos seadistinta a la anticipada. Estos mecanismos han jugadoun papel muy importante para alcanzar las metas fis-cales en los últimos años y, de esta forma, han coad-yuvado a diferenciar a nuestro país de otras economí-as con niveles similares de desarrollo.

IV.2.2 Pidiregas

El nuevo gasto en inversión pública financiada por elsector privado con impacto en los RFSP ascenderá en2003 a 1.4 por ciento del PIB, monto superior en 0.4 yen 0.1 por ciento del producto al cierre estimado parael 2002 y a la proyección del Pronafide, respectiva-mente.

La mayor inversión en proyectos Pidiregas para el añoentrante se explica por la intención de compensar elretraso que se presentó en la ejecución de los mismosdurante 2002 y a la importancia de impulsar el gastoen inversión del sector energético. Cabe recordar quelos proyectos Pidiregas representan obras de infraes-tructura que al entrar en operación generan ingresossuficientes para cubrir el servicio de su deuda, lo quepermite al Estado mantener y expandir la capacidadinstalada en materia de producción y suministro deenergía con un impacto diferido en el presupuesto.

IV.2.3 Intermediación Financiera de la Banca de De -sarrollo y los Fondos de Fomento

Con el propósito de fortalecer el crédito a los sectoresprivado y social, en especial los recursos canalizadosal sector vivienda, el monto de intermediación finan-ciera de la banca de desarrollo y los fondos de fomen-to para el año entrante supera a su respectiva proyec-ción del Pronafide en el equivalente a 0.2 por cientodel PIB.

En cumplimiento con las prioridades de la presenteAdministración, y en congruencia con lo establecidoen el Pronafide, en 2003 se buscará ampliar el accesoal crédito a todos los grupos de la población, en espe-cial a aquéllos que no son atendidos por la banca co-

mercial. Se emprenderán nuevos esfuerzos a través dela Sociedad Hipotecaria Federal para combatir el reza-go en vivienda y así poder cumplir con el compromi-so de ofrecer una vivienda digna a todas las familiasmexicanas. La mayor contribución a la intermediaciónfinanciera se dará precisamente a través de la mismaSociedad Hipotecaria Federal, al apoyar el programaextraordinario de vivienda iniciado por Fovissste du-rante 2002, que inducirá la construcción de cerca de100 mil viviendas.

IV.2.4 IPAB

Las menores tasas reales de interés que han prevaleci-do durante 2002 permitirán que la deuda del IPAB entérminos reales se ubique en un nivel inferior al esti-mado. En consecuencia, los requerimientos del IPABpara 2003, definidos como el componente inflaciona-rio del servicio de su deuda, se estima sean menores enel equivalente a 0.1 por ciento del PIB con relación ala proyección inercial del Pronafide.

IV.2.5 FARAC

El uso de recursos asociados al FARAC se estima su-peren en el equivalente a 0.1 por ciento del PIB a la es-timación del programa de mediano plazo debido a laadquisición de los derechos asociados a algunos tra-mos carreteros.

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I V.3. Estrategia de financiamiento del balance público

La estrategia de financiamiento del sector público para2003 parte de dos premisas básicas. Por un lado, sebuscará aprovechar el dinamismo esperado en la de-manda por títulos gubernamentales por parte de inver-sionistas institucionales, originado, principalmente, porlos niveles significativos de ahorro financiero asociadoa los activos de las cuentas de ahorro para el retiro, ladisminución de las expectativas de inflación y las pers-pectivas favorables de la economía para el medianoplazo. Por otro, se continuará disminuyendo la vulne-rabilidad de las finanzas públicas ante cambios en lascondiciones de los mercados internacionales de capital.

De esta forma, al igual que en los dos ejercicios fisca-les anteriores, el Programa Económico para 2003 plan-tea al H. Congreso de la Unión un techo de endeuda-miento externo neto de cero para el sector público. Eneste sentido, se plantea cubrir totalmente el déficit delGobierno Federal proyectado para el próximo año conrecursos provenientes del mercado interno. Esta estra-tegia permitirá alcanzar los siguientes objetivos:

a) Captar los recursos necesarios para hacer frente alas obligaciones derivadas de la deuda vigente, asícomo para el financiamiento del déficit público,

b) Consolidar y extender la curva de rendimiento detítulos gubernamentales en el mercado nacional eimpulsar el desarrollo del mercado de deuda priva-da en el país, estableciendo elementos de referenciapara sus transacciones,

c) Atenuar el impacto de perturbaciones externassobre la postura fiscal de nuestro país,

d) Reducir la sensibilidad de las finanzas públicasante movimientos en las tasas de interés internasmediante la colocación de títulos de largo plazo contasa nominal fija y, como resultado de lo anterior,

e) Apoyar la estabilidad económica en lo general, yel desarrollo del sistema financiero en lo particular.

IV.4 Metas económicas para 2003

Los lineamientos de política descritos en este docu-mento coadyuvarán a la consecución de las siguientesmetas durante 2003:

• Consolidar y vigorizar el proceso de recupera-ción por el que atraviesa la economía, para favo-recer la generación de empleos formales. En par-ticular, se proyecta una tasa de crecimiento real delPIB de 3.0 por ciento anual, magnitud que permiti-rá aumentar de manera importante el número de tra-bajadores permanentes y eventuales urbanos afilia-dos al IMSS.

• Fortalecer y sanear la estructura de las finan-zas públicas. Para ello se propone que la magnituddel déficit público sea a lo sumo 0.5 por ciento delPIB. Asimismo, debido a que se contempla un in-cremento en la inversión impulsada por el sectorpúblico, se estima que los RFSP aumentarán a 3.0por ciento del PIB.

• Contribuir al abatimiento inflacionario y a laprotección del poder adquisitivo de los salarios.El fortalecimiento de las finanzas públicas redunda-rá en menores presiones inflacionarias, lo cual co-adyuvará para que el Índice Nacional de Precios alConsumidor crezca a un ritmo de 3.0 por cientoanual al cierre de 2003. Esta cifra es congruente conla meta inflacionaria de mediano plazo estipuladapor el Banco de México. Asimismo, se espera quelos salarios nominales de jurisdicción federal expe-rimenten incrementos congruentes con la inflaciónesperada y con las ganancias en la productividad delos trabajadores, de tal forma que al tiempo de con-tribuir al abatimiento inflacionario se proteja el po-der adquisitivo de los salarios.

• Generar las condiciones adecuadas para au-mentar la productividad y el crecimiento poten-cial de la economía en el mediano plazo. Se privi-legiará la reactivación tanto de la inversión públicacomo privada, con el objetivo de lograr que la in-versión total se expanda a un ritmo anual de 4.7 porciento en 2003.

• Mantener el déficit de las cuentas externas delpaís en niveles moderados y sanamente financia-bles con recursos de largo plazo. Se estima quedurante 2003 el déficit de la cuenta corriente de labalanza de pagos será equivalente a 2.8 por cientodel PIB, cifra que será financiada en su mayor par-te mediante inversión extranjera directa..5

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Notas:

1 No incluye el impacto de la posible liquidación de Banrural.

2 El año fiscal en Estados Unidos cubre el periodo de octubre de

un año a septiembre del siguiente.

3 Testimonio del Presidente del Comité de la Reserva Federal de

Estados Unidos ante el Comité de Presupuesto de la Cámara de

Representantes, septiembre 12, 2002.

4 Por ejemplo, el precio por barril de WTI se incrementó de 20.2

dólares barril el 30 de julio de 1990 a 29.6 dólares el 7 de agosto.

Asimismo, dicho precio de referencia disminuyó de 27.4 a 19.5

dólares por barril en el periodo comprendido entre el 11 y el 18 de

enero de 1991.

5 La mezcla mexicana de exportación alcanzó un nivel mínimo de

12.7 dólares por barril el 19 de noviembre de 2001.

6 En un informe publicado el 11 de septiembre de 2002, la Agen-

cia Internacional de Energía (IEA, por sus siglas en inglés) expre-

só que los niveles de inventarios se encontraban estacionalmente

bajos ante la próxima entrada del invierno. De acuerdo con este re-

porte, los inventarios globales de crudo han caído a niveles que

pueden detonar una volatilidad “extrema” en el mercado petrolero

internacional.

7 El Ministro de Petróleo de Irak ha señalado que de los 73 cam-

pos petroleros de ese país, sólo 24 funcionan regularmente. En es-

te marco, datos de la OPEP indican que la producción de petróleo

en Irak disminuyó de 2.4 a 1.5 millones de barriles diarios entre el

primero y segundo trimestres de 2002.

8 Con base en las cotizaciones registradas el 29 de octubre de

2002, la curva de futuros del WTI sugiere que el precio promedio

para 2003 se ubicaría en un nivel inferior en cerca de 2 dólares al

precio spot de 26.8 dólares por barril observado ese mismo día.

9 El proyecto de decreto reforma, adiciona y deroga diversas dis-

posiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito,

del Código de Comercio, de la Ley de Instituciones de Crédito, de

la Ley del Mercado de Valores, de la Ley General de Instituciones

y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley Federal de Institu-

ciones de Fianzas, y de la Ley General de Organizaciones y Acti-

vidades Auxiliares de Crédito.

10 No incluye el impacto de la posible liquidación de Banrural.

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Iniciativas

DE LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJER-CICIO FISCAL DE 2003

CiudadanaDiputada Beatriz Elena Paredes RangelPresidenta de la Cámara de Diputadosdel Honorable Congreso de la Unión.Presente.

En ejercicio de la facultad concedida al Ejecutivo Fe-deral en el artículo 71, fracción I de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, con rela-ción al artículo 73, fracción VII, y en cumplimientodel artículo 74, fracción IV del mismo ordenamiento,así como del artículo 7o. de la Ley de Planeación, porsu digno conducto someto a la consideración del Ho-norable Congreso de la Unión la Iniciativa de Ley deIngresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de2003.

Para tales efectos, se expresan a continuación los mo-tivos que sustentan esta Iniciativa de Ley, en los rubrossiguientes:

I. Entorno Económico

II. Crédito Público

III. Medidas Tributarias

I. ENTORNO ECONÓMICO

Una economía de la importancia y tamaño de la nues-tra no es inmune a los ciclos económicos ni a los acon-tecimientos mundiales. Desde finales de 2000 y hastala primera mitad de 2002, la actividad económica glo-bal experimentó una desaceleración sin precedente enlas últimas décadas. Sin embargo, a diferencia de otrosepisodios, la desaceleración de la economía mexicanase dio en un marco de estabilidad y confianza caracte-rizado por tasas de interés y de inflación histórica-mente bajas y descendientes, cuentas externas en or-den y una moneda estable.

El manejo responsable y oportuno de la política fis-cal, aunado a una política monetaria prudente, permi-tió al país transitar por la recesión económica sin so-bresaltos ni desequilibrios financieros que, de otraforma, hubieran debilitado la estructura productivaperturbando la estabilidad de los precios y merman-do la capacidad adquisitiva de los salarios. No obs-tante que las comparaciones anuales de algunas va-riables macroeconómicas continúan arrojando cifrasde crecimiento negativas, es evidente que diversosindicadores relacionados con la producción, el con-sumo, la inversión y el empleo advierten una ligeram e j o r í a .

A lo largo del segundo trimestre de 2002, el ProductoInterno Bruto (PIB) creció a una tasa anual del 2.1 porciento como resultado de la expansión que se registróen todos los sectores económicos. Las actividades in-dustriales y de servicios aumentaron sus volúmenes deproducción en 2.5 y 2.2 por ciento, respectivamente.Por su parte, el valor real de la producción del sectoragropecuario se incrementó 1.1 por ciento.

Cifras ajustadas por estacionalidad revelan que el PIBalcanzado durante el segundo trimestre del 2002, fuesuperior al del trimestre inmediato anterior en 1.2 porciento. Desde una perspectiva mensual, el comporta-miento del Indicador Global de la Actividad Económi-ca también evidencia la gestación de un proceso de re-cuperación desde los primeros meses de 2002.

Así, después de sufrir un proceso de contracción, laeconomía mexicana entró en una fase de recuperación.No obstante, esta nueva etapa de expansión ha careci-do de la fortaleza suficiente para que amplios sectoresde la población perciban una mejoría significativa ensus estándares de vida. La debilidad que persiste en larecuperación es consecuencia, entre otros factores, dela incertidumbre en torno al vigor de la reactivacióneconómica de nuestro principal socio comercial, de laposibilidad de que se desate un conflicto bélico en Me-dio Oriente, de la volatilidad de los principales merca-dos accionarios generada a raíz de las irregularidadescontables en que incurrieron algunos corporativos in-ternacionales, de la crisis económica y política por laque atraviesan algunas naciones latinoamericanas y dela dificultad para alcanzar los consensos necesariosque impulsen las reformas estructurales que requierela economía nacional.

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En este marco, los objetivos centrales de la políticaeconómica durante el año de 2003, serán el de aumen-tar el vigor de la recuperación económica, elevar per-manentemente los niveles de empleo y las remunera-ciones reales, generar un monto creciente de recursosasignados al gasto social para ampliar las oportunida-des de desarrollo de los grupos sociales marginados y,con ello, elevar el nivel de vida de cada uno de los me-xicanos.

Con esta finalidad, la política económica deberá orien-tarse a mantener una postura fiscal y monetaria pru-dentes, a fortalecer el sistema financiero y a promoverlos cambios estructurales que nuestra economía re-quiere.

La prioridad de la política económica para 2003, seráconsolidar el papel del gasto interno como la principalfuente de expansión de nuestra economía, de forma talque la demanda externa actúe como complemento denuestros propios motores de desarrollo. En particular,las metas cuya consecución se plantea en coadyuvan-cia con los lineamientos de política económica son:

• Consolidar y vigorizar el proceso de recuperaciónpor el que atraviesa la economía para fortalecer lageneración de empleos formales.

• Fortalecer y sanear la estructura de las finanzaspúblicas.

• Contribuir al abatimiento inflacionario y a la pro-tección del poder adquisitivo de los salarios.

• Generar condiciones adecuadas para acelerar elcrecimiento de la productividad y aumentar el po-tencial de la economía en el mediano plazo.

• Mantener el déficit de las cuentas externas del pa-ís en niveles moderados y sanamente financiablescon recursos de largo plazo.

La consecución de las metas anteriores permite pro-yectar una tasa de crecimiento real del PIB de 3.0 porciento anual en el 2003, logrando con ello un impor-tante aumento en el número de trabajadores perma-nentes y eventuales urbanos afiliados al Instituto Me-xicano del Seguro Social. Asimismo, el fortalecimien-to de las finanzas públicas redundará en menores pre-siones inflacionarias, coadyuvando a que el Índice Na-

cional de Precios al Consumidor crezca a un ritmo de3.0 por ciento anual al cierre del citado año.

Se estima que durante 2003, el déficit de la cuenta co-rriente de la balanza de pagos será equivalente al 2.8por ciento del PIB, cifra que será financiada en su ma-yor parte mediante inversión extranjera directa. Asi-mismo se privilegiará la reactivación tanto de la inver-sión pública como privada con el objetivo de lograrque la inversión total se expanda a un ritmo anual de4.5 por ciento en 2003.

Por último y dada la necesidad de mantener una polí-tica de finanzas públicas sanas se propone que, para elejercicio fiscal de 2003, la magnitud del déficit públi-co sea, a lo sumo, 0.5 por ciento del PIB.

II. CRÉDITO PÚBLICO

La política de crédito público que se somete a la con-sideración de ese H. Congreso de la Unión para el año2003 está en línea con el marco macroeconómico, lasmetas fiscales planteadas por el Ejecutivo Federal pa-ra dicho ejercicio fiscal y con los objetivos de media-no plazo establecidos en el Programa Nacional de Fi-nanciamiento del Desarrollo 2002-2006. Así, las ac-ciones en materia de crédito público tendrán como ob-jeto captar los recursos necesarios para hacer frente alas obligaciones de deuda vigente y el financiamientodel déficit público, coadyuvar a generar un marco deestabilidad macroeconómica y de fortaleza en las fi-nanzas públicas, y estimular los mercados financierosnacionales.

El entorno internacional para 2003, aunque se prevéun comportamiento ligeramente más favorable que eldel presente año, seguirá caracterizándose por bajas ta-sas de crecimiento en las principales economías delmundo, y por mercados de deuda y cambiarios con unaelevada volatilidad. Ello en virtud, entre otras cosas,de la incertidumbre generada por las irregularidadescontables en que incurrieron algunos corporativos in-ternacionales, la falta de consolidación del proceso dereactivación económica en los principales países desa-rrollados y la incertidumbre sobre un posible conflictobélico en Medio Oriente.

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En contraste, el entorno macroeconómico interno pre-sentará una evolución un tanto más positiva. Se prevéla continuación de la reducción gradual en la inflación,tasas de interés similares a las del presente año, histó-ricamente bajas, y una tasa de crecimiento de la eco-nomía que permitirá mantener el dinamismo del aho-rro interno, especialmente de aquellos sectores que de-mandan títulos de largo plazo, tales como los fondosde ahorro para el retiro, seguros y rentas vitalicias, en-tre otros.

Considerando lo anterior, el paquete económico plan-teado por el Ejecutivo Federal para el próximo año, in-corpora una política prudente en materia de deuda pú-blica, al no requerir la presente Administración, portercera vez consecutiva, monto alguno de endeuda-miento externo neto y prever, simultáneamente, quelos recursos necesarios para financiar el déficit del Go-bierno Federal proyectado para el próximo año, seacubierto en su totalidad a través de fuentes internas, taly como se tiene previsto para el presente ejercicio fis-cal.

Así, en la Iniciativa de Ley que se somete a la consi-deración de esa Soberanía, se solicita un monto de en-deudamiento interno neto para el Gobierno Federalpor 99 mil millones de pesos. El monto solicitado re-sulta congruente con las metas fiscales establecidas enel Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federa-ción para el ejercicio fiscal 2003, en el cual se estable-ce un balance deficitario del sector público presupues-tario por 32 mil 867.5 millones de pesos. Éste resultade un déficit del Gobierno Federal de 82 mil 156.4 mi-llones de pesos, y de un superávit de los organismos yempresas del sector público de 49 mil 288.9 millonesde pesos.

El monto de endeudamiento interno neto requerido pa-ra el Gobierno Federal resulta mayor a su balance pre-supuestal en virtud de lo siguiente: i) por las caracte-rísticas propias de ciertos valores gubernamentales(Bondes y Udibonos), el flujo de efectivo que se ob-tiene de su colocación resulta generalmente menor asu valor nominal, que corresponde a su valor de regis-tro, lo que implica que para obtener el flujo necesariopara financiar el déficit se requiere la emisión de deu-da por un monto superior, y ii) considerando la mag-nitud de las operaciones requeridas para obtener elmonto de endeudamiento solicitado, resulta precisocontar con un margen de maniobra, solicitándose que

éste sea para el próximo año proporcionalmente igualalautorizado para el ejercicio fiscal de 2002.

Para la obtención del financiamiento interno solicita-do, se seguirán los lineamientos generales establecidosen el Programa Nacional de Financiamiento del Desa-rrollo 2002-2006. En particular, se continuará con lasacciones tendientes a consolidar y extender la curva derendimiento de títulos gubernamentales en el mercadonacional, con el objeto de impulsar el desarrollo delmercado de deuda privada en el país, estableciendoelementos de referencia para sus transacciones.

Por lo que se refiere al manejo de la deuda externa, alno requerir el sector público en su conjunto captarmontos netos de endeudamiento externo, las accionesestarán encaminadas fundamentalmente a realizar ope-raciones de manejo y administración de pasivos quepermitan mejorar la composición del portafolio de ladeuda externa del Gobierno Federal, mediante el inter-cambio o retiro de instrumentos de deuda, lo cual seprevé en la presente Iniciativa de Ley. De manera si-multánea, se buscará continuar aprovechando los tér-minos y condiciones favorables de los financiamientosde los Organismos Financieros Internacionales, talescomo el Banco Mundial y el Banco Interamericano deDesarrollo.

Al igual que en años previos, en esta Iniciativa de Leyse solicita que el Instituto para la Protección al AhorroBancario cuente con la autorización para realizar ope-raciones de refinanciamiento. Lo anterior, resulta degran importancia para que dicho Instituto esté en posi-bilidades de continuar mejorando gradualmente el per-fil de vencimientos de su deuda con lo cual se logra,simultáneamente, reducir de manera importante laspresiones en el Presupuesto, en virtud de lo estableci-do en la Ley de Protección al Ahorro Bancario y cum-plir con las obligaciones del Instituto vinculadas a losprogramas de saneamiento.

Asimismo, en la presente Iniciativa de Ley se solicita,en los mismos términos autorizados por esa Soberaníapara el presente ejercicio, que Financiera NacionalAzucarera, Sociedad Nacional de Crédito, Instituciónde Banca de Desarrollo, en liquidación, cuente con laautorización para que pueda canjear o refinanciar susobligaciones financieras en el mercado interno, a finde hacer frente a sus obligaciones de pago y, en gene-ral, para mejorar los términos y condiciones de sus

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obligaciones financieras, contando para ello con el res-paldo del Gobierno Federal. Dicha autorización resul-ta indispensable para buscar adecuar de mejor manerael flujo esperado por la recuperación de sus activoscon el vencimiento de sus obligaciones, lo que evitaincorporar presiones innecesarias en el Proyecto dePresupuesto de Egresos de la Federación para el pró-ximo año.

Finalmente, a solicitud del Gobierno del Distrito Fe-deral, se solicita un techo de endeudamiento neto parael año 2003 de 3 mil millones de pesos, el cual permi-tirá el financiamiento del Presupuesto de Egresos delDistrito Federal para ese ejercicio fiscal.

III. MEDIDAS TRIBUTARIAS

En diciembre pasado y como resultado de intensosprocesos de análisis y discusión, esa Soberanía aprobóla nueva Ley del Impuesto sobre la Renta y diversasreformas a las leyes del Impuesto Especial sobre Pro-ducción y Servicios y del Impuesto al Valor Agregado;asimismo, se establecieron los impuestos sustitutivodel crédito al salario y a la venta de bienes y serviciossuntuarios. Sin duda, el resultado de dicho proceso le-gislativo generó un importante avance en el esquematributario, al eliminar, casi en su totalidad, las distor-siones que en el pasado se habían introducido al siste-ma para generar tratamientos diferenciales o preferen-ciales y para asignarle a los impuestos funciones queno les son propias.

Así, el impuesto sobre la renta de nuestro país, setransformó en un gravamen competitivo a nivel inter-nacional, que contiene una distribución más uniformede la carga fiscal que enfrenta el sector empresarial, altiempo de contener instrumentos bien orientados parafortalecer la inversión en activos productivos, acrecen-tar la infraestructura nacional y fomentar el desarrolloequilibrado de nuestro país.

Respecto del impuesto sobre la renta de las personasfísicas, se incorporó un esquema de globalización delos ingresos que, sin incrementar la carga fiscal, per-mite una mayor progresividad, mejor administración ysimplicidad en el sistema.

Por su parte, en el impuesto al valor agregado, a travésde la Ley de Ingresos de la Federación, se establecióun esquema de flujo de efectivo, que hace al gravamenmás neutral al llevar el pago del mismo al momento deobtención del ingreso, eliminando con ello los costosfinancieros que enfrentaban los proveedores de la in-dustria nacional y simplificando la mecánica de pagode dicha contribución.

En el impuesto especial sobre producción y servicios,se transformó el régimen fiscal que enfrentaban losproductores de bebidas alcohólicas al pasar de unacuota fija aplicable a la producción a un esquema ad-valorem sobre el precio de enajenación, reestablecién-dose con ello el nivel en la carga fiscal que enfrentanlos diversos productos de esta industria. Además, seestablecieron como nuevos objetos del gravamen losservicios de telecomunicaciones y la enajenación derefrescos y los concentrados para prepararlos.

Esa Soberanía también decidió incorporar dos nuevosgravámenes en nuestro sistema fiscal: El impuestosustitutivo del crédito al salario y el impuesto a la ven-ta de bienes y servicios suntuarios. El gravamen pri-meramente citado, ha implicado una reorientación enlos subsidios públicos, al reducir el sacrificio fiscalque implica que el erario público contribuya con unaparte importante de los sueldos y salarios de los traba-jadores, al tiempo de no afectar su ingreso disponible.Respecto del impuesto a la venta de bienes y serviciossuntuarios, su incorporación al sistema implicó com-plejidades adicionales y no derivó en la recaudaciónesperada.

En materia de federalismo fiscal, se incorporó en laLey de Ingresos de la Federación la posibilidad de quelas entidades federativas establecieran impuestos loca-les a las ventas al consumidor final y al ingreso obte-nido por las personas físicas que tributan en el régimende pequeños contribuyentes. No obstante, a juicio delas propias entidades, dicha situación no otorgaba su-ficiente seguridad jurídica para establecer estos gravá-menes en sus legislaciones locales, dando como resul-tado que a esta fecha ninguna legislatura haya hechouso de la potestad conferida.

A casi un año de haber entrado en vigor dichas refor-mas, es fundamental continuar con la tarea permanen-te de revisión del sistema tributario mexicano para for-talecerlo, brindar mayor claridad a los contribuyentes

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respecto de sus obligaciones fiscales y adaptarlo a lascondiciones económicas de un entorno dinámico. Es-tas razones han motivado al Ejecutivo Federal a micargo para proponer una Iniciativa de Ley que Esta-blece, Reforma, Adiciona y Deroga diversas disposi-ciones fiscales, cuyo contenido más adelante se deta-lla.

Con dichas medidas, esta Iniciativa plantea para 2003la estimación de ingresos del sector público. Así, seprevé que para el próximo año los ingresos consolida-dos del sector público federal, sin considerar los pro-cedentes de financiamientos y de programas de infra-estructura productiva de largo plazo, alcancen un mon-to total de 1,448.8 miles de millones de pesos.

Del total de los ingresos del sector público estimadospara 2003, los ingresos por concepto de impuestos as-cenderán a 1,039.7 miles de millones de pesos, los re-lativos a aportaciones de seguridad social alcanzaránun monto de 98.9 miles de millones de pesos y los co-rrespondientes a derechos representarán un ingreso de181.2 miles de millones de pesos.

Asimismo, se estima que la Federación percibirá porconcepto de proyectos de infraestructura productiva delargo plazo de inversión directa y condicionada unmonto de 333.3 miles de millones de pesos.

De esta forma, el monto de ingresos que se estima ob-tendrá el sector público a lo largo del año 2003 resul-ta compatible con el programa económico planteadoen los Criterios Generales de Política Económica paraese año.

Ley del Impuesto sobre la Renta

• Previsión social

La prestaciones de previsión social que reciben los tra-bajadores tienen por objeto el satisfacer contingenciaso necesidades futuras y procurar beneficios tendientesa la superación física, social y cultural del propio tra-bajador y de su familia. Partiendo de la importanciaque estas prestaciones tienen en las familias mexica-nas, especialmente en las de menores recursos, la Leydel Impuesto sobre la Renta prevé su deducibilidad pa-ra los patrones y la no acumulación para los trabaja-dores, con los límites establecidos en la propia Ley.

Las limitantes tanto en la deducibilidad como en laexención en materia de previsión social, se establecie-ron buscando el beneficio de los trabajadores de me-nores ingresos y evitando el abuso que pudieran hacerde estas prestaciones los altos funcionarios y directi-vos de las empresas cuyos ingresos son sensiblementemayores.

Así, la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta prevé,entre otros requisitos, que las prestaciones de seguri-dad social deben ser iguales para todos los trabajado-res. Si bien, esta disposición logra el objetivo deseadode dar neutralidad al régimen de prestaciones de pre-visión social, también ha generado en la práctica di-versos problemas en su aplicación que pudieran rever-tirse en perjuicio de los trabajadores de menores in-gresos.

Por ello, se propone a esa Soberanía el establecer conprecisión y ampliando el espectro de posibilidades, lasprestaciones de previsión social cuyo pago a los traba-jadores será deducible para los patrones, así como losrequisitos mínimos que deberán observarse para quedichos ingresos se consideren exentos para los trabaja-dores.

• Opción para disminuir pérdidas fiscales

La Ley del Impuesto sobre la Renta establece que laspérdidas fiscales en los pagos provisionales se amorti-zarán en doceavas partes. Asimismo, en el caso decontribuyentes que obtienen ingresos de manera cícli-ca, se establece la opción de disminuir sus pérdidasfiscales de manera proporcional al ingreso obtenido enel periodo de pago. Esto con el fin de que los pagosprovisionales guarden relación con el impuesto delejercicio.

Anteriormente, las pérdidas se aplicaban en su totali-dad contra el pago provisional, generando con ello ca-pital de trabajo para las empresas que venían enfren-tando pérdidas fiscales. Por lo anterior y con el objeti-vo de que el impuesto sobre la renta continúe siendoun instrumento de fomento del crecimiento de la acti-vidad económica, se propone a esa Soberanía que laspérdidas fiscales se puedan aplicar en su totalidad con-tra los pagos provisionales y no en doceavas partes co-mo lo establece el régimen actual.

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• Crédito al Salario

El impuesto sobre la renta de las personas físicas queperciben ingresos por sueldos y salarios se determinaconsiderando, entre otros componentes, el subsidio yel crédito al salario mensual y anual que correspondea cada trabajador. Dicha mecánica resulta especial-mente compleja, no sólo para calcular el impuesto so-bre la renta de los trabajadores, sino también para cal-cular el impuesto sustitutivo del crédito al salario.

Con base en lo anterior, se propone establecer en laLey que el crédito al salario mensual pagado sea defi-nitivo en favor de los trabajadores, de manera tal que,sin verse afectados en su ingreso disponible, el cálcu-lo del impuesto anual se simplifique. Esta medida, sevincula con la necesidad de clarificar el concepto delcrédito al salario que debe ser absorbido por los patro-nes que ejercen la opción de no pagar el impuesto sus-titutivo del crédito al salario.

• Enajenaciones bursátiles

La Ley del Impuesto sobre la Renta establece, comoregla general, la no retención tratándose de ingresospagados a las personas morales, ya que éstas últimasse encuentran obligadas a acumular mensualmente to-dos los ingresos devengados a su favor. Esta regla ge-neral de no retención no fue recogida en la Ley de Im-puesto sobre la Renta en los casos de ingresos por in-tereses y por enajenación de acciones. Por ello, se pro-pone establecer la no retención sobre estos conceptostratándose de personas morales.

Asimismo, a partir del ejercicio fiscal de 2002, la ena-jenación de acciones en bolsa de valores está gravadaen ofertas públicas de compra para los accionistas ori-ginales cuando la emisora de que se trate no se consi-dere en los términos de la propia Ley como una em-presa bursátil. Al efecto, la Ley establece una reten-ción del 20% sobre la ganancia obtenida.

La disposición anterior enfrenta el problema de que,en la mayoría de los casos, el intermediario financierose encuentra imposibilitado para determinar la ganan-cia obtenida en la enajenación de las acciones al des-conocer el costo fiscal ajustado de las mismas.

Por ello y como medida de simplificación administra-tiva, se propone a esa Soberanía el establecer una tasa

de retención del 5% sobre el ingreso obtenido por di-cha enajenación.

• Enajenación de acciones de sociedades de inversiónde renta variable

Las disposiciones vigentes de la Ley del Impuesto so-bre la Renta establecen la retención aplicable a los in-tereses percibidos por las sociedades de inversión eninstrumentos de deuda, así como las de renta variablecuyos integrantes son exclusivamente personas físicas.Dicha disposición rompe con el principio antes seña-lado de la no retención a las personas morales.

Por ello, en la iniciativa que se pone a consideraciónde esa Soberanía, se propone eliminar la retención alas sociedades de inversión para que sean éstas quie-nes retengan a sus socios o integrantes personas físicasel impuesto que a ellos corresponda por sus inversio-nes en dichas sociedades. Lo anterior conlleva a ajus-tes en las mecánicas de determinación del costo fiscalajustado de éstas acciones para evitar que en su enaje-nación se genere un doble gravamen.

• Deducción de intereses por créditos hipotecarios

La Ley del Impuesto sobre la Renta, establece comodeducción personal de las personas físicas los intere-ses reales efectivamente pagados en el ejercicio porcréditos hipotecarios destinados a casa habitación con-tratados con una institución de crédito o con un orga-nismo auxiliar de crédito.

Sin embargo, en la práctica existen entidades diversasa las instituciones de crédito y a los organismos auxi-liares de crédito que también otorgan créditos hipote-carios y que, de acuerdo con la disposición legal en co-mento, los intereses a ellos pagados no podrían ser de-ducidos para las personas físicas.

Por ello, como medida de fomento a la adquisición decasa habitación, se pone a consideración de esa Sobe-ranía establecer la deducibilidad de los intereses paga-dos por créditos hipotecarios contratados con cual-quiera de los integrantes del sistema financiero y nosólo con instituciones de crédito u organismos auxilia-res.

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Ley del Impuesto al Valor Agregado

La Ley del Impuesto al Valor Agregado establece lasfuentes impositivas que no pueden ser objeto de impo-sición local o municipal. Por su parte, en la Ley de In-gresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002,el H. Congreso de la Unión estimó necesario establecerpotestades tributarias a las Entidades Federativas, paraque, sin que se considere como un incumplimiento delos convenios celebrados con la Secretaría de Hacienday Crédito Público ni como violación a lo dispuesto porla Ley del Impuesto al Valor Agregado, pudieran esta-blecer impuestos locales sobre los ingresos que obten-gan las personas físicas por las actividades empresaria-les o profesionales, así como a las ventas y servicios alpúblico en general, siempre que dichos impuestos se es-tablezcan de conformidad con las características que elpropio Congreso de la Unión aprobó.

Tomando en cuenta que es conveniente que esas dis-posiciones queden incorporadas en forma definitiva enla Ley del Impuesto al Valor Agregado para dar mayorseguridad jurídica a las Entidades Federativas que de-cidan obtener recursos adicionales por esta vía, se pro-pone a esa Soberanía la incorporación de dichas po-testades al texto permanente de la Ley.

Aunado a las facultades tributarias mencionadas conantelación, se propone también, que las entidades fe-derativas puedan establecer un impuesto con una tasamáxima del 5% sobre la ganancia que obtengan laspersonas físicas en la enajenación de terrenos y cons-trucciones, con lo cual, dichas entidades podrán contarcon mayores fuentes impositivas locales.

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servi -cios

El gas licuado de petróleo, además de ser un combus-tible altamente utilizado en los hogares mexicanos, enlos últimos años encontró una posibilidad de mercadopara ser empleado como carburante automotriz. El di-ferencial de los precios de enajenación entre las gaso-linas y el gas licuado de petróleo para combustión au-tomotriz, es fundamentalmente resultado de la diferen-cia en la carga fiscal que enfrentan uno y otro produc-to. Lo anterior derivado de que el gas licuado de pe-tróleo no es un producto cuya enajenación se encuen-tre gravada por el impuesto especial sobre produccióny servicios.

El diferencial de precios y el crecimiento en la de-manda de este carburante, han generado una compe-tencia desleal en contra del mercado de gasolinas ydiesel, afectando la cadena de producción, distribucióny comercialización de estos productos, además del de-trimento en los ingresos públicos al mermarse la basede consumo de un producto gravado, incrementando lade un producto no gravado. Esta pérdida también afec-ta los ingresos que las Entidades Federativas percibenpor participaciones, mermando sus posibilidades dedesarrollo.

El surgimiento en los últimos años de un gran númerode estaciones de servicio para comercializar exclusi-vamente el gas licuado de petróleo para combustiónautomotriz y la tendencia creciente de este mercado,incrementarán en mayor medida cada año la pérdidafiscal, profundizando la problemática en finanzas pú-blicas que hoy enfrenta nuestro país.

Por lo anterior, y dada la perspectiva que se observa,resulta de singular trascendencia el establecer un gra-vamen sobre el gas licuado de petróleo para combus-tión automotriz que permita que el precio de este com-bustible se ponga en línea con el de la gasolina PemexMagna que enajena Petróleos Mexicanos, otorgandocon ello neutralidad fiscal en la elección que los con-tribuyentes hagan del combustible que desean utilizar.

Resulta de gran importancia destacar que el gasto enlos hogares no se verá afectado dado que el gravamensólo aplicará al gas licuado de petróleo para combus-tión automotriz, quedando liberado del gravamen elgas que utilizan las familias.

Para lograr la neutralidad en los precios de los com-bustibles, se propone el establecimiento de una tasaimpositiva que se ajuste en la medida en que el preciointernacional del gas licuado de petróleo se incremen-te o se disminuya, de manera tal, que la referencia delprecio de este combustible con el de la gasolina PemexMagna sea equivalente. Ello, además de lograr la neu-tralidad en el uso de ambos combustibles, evitará quelos ciclos de consumo afecten drásticamente el preciofinal del producto.

Por otra parte, la Ley del Impuesto Especial sobre Pro-ducción y Servicios establece un gravamen al gas na-tural para combustión automotriz, el cual se causacuando Petróleos Mexicanos o sus organismos subsi-

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diarios enajenan dicho producto. La Ley en comentodispone que el gas natural sólo está gravado cuando seutiliza para combustión automotriz y se encuentraexento para sus demás usos.

Dado que el producto no encuentra una segmentaciónnatural, es decir, tiene la misma composición indepen-dientemente del destino carburante o no, la adminis-tración de este gravamen ha resultado altamente com-pleja para Petróleos Mexicanos al resultarle imposibleconocer el destino del gas natural y aplicar la tasa delimpuesto cuando el mismo se utilice como combusti-ble automotriz.

Por ello, se considera indispensable modificar el gra-vamen que actualmente contiene la Ley del ImpuestoEspecial sobre Producción y Servicios al gas naturalpara combustión automotriz, para que el mismo secause en la venta al consumidor final.

Al igual que en el caso del gas licuado de petróleo pa-ra combustión automotriz, se propone a esa Soberaníael establecimiento de una tasa que se ajuste a la refe-rencia internacional, de manera tal que el precio pro-medio del producto mantenga una relación de equiva-lencia con el precio de la gasolina Pemex Magna.

Las propuestas anteriores, harán que los consumidoressean indiferentes a los diversos combustibles, evitaráel arbitraje de precios entre ellos, al tiempo de elimi-nar la pérdida recaudatoria que hoy enfrentan la Fede-ración y las Entidades Federativas, sin imponer unacarga fiscal al gas natural o licuado de petróleo utili-zado en los hogares mexicanos.

Impuesto sustitutivo del crédito al salario e impuestoa la venta de bienes y servicios suntuarios

El impuesto sustitutivo del crédito al salario se consti-tuyó en un instrumento reorientador del sacrificio fis-cal que hoy enfrenta la hacienda pública federal conmotivo del crédito al salario a que tienen derecho lostrabajadores mexicanos.

Este nuevo impuesto ha permitido ir eliminado paula-tinamente el sesgo a favor de los empleadores, deriva-do de la aplicación del crédito al salario cuyo origenfue incrementar el ingreso disponible de los trabajado-res y que en la actualidad se ha convertido en un sub-sidio para los patrones. Por lo anterior, en la iniciativa

que se somete a consideración de esa Soberanía, sepropone establecer la tasa del seis por ciento en estegravamen.

Respecto del impuesto a la venta de bienes y serviciossuntuarios, a casi un año de su aplicación, no ha brin-dado a la Federación la recaudación esperada y suaplicación ha sido altamente compleja para los contri-buyentes. Por ello, el Ejecutivo Federal a mi cargopropone su derogación.

Federalismo Fiscal

La modernización de la vida nacional es el camino quelos mexicanos hemos elegido para alcanzar los gran-des objetivos de recuperación económica y de justiciasocial; llegar a ellos requiere del esfuerzo continuo yde la respuesta positiva de todos los sectores de nues-tra sociedad, con unidad, patriotismo y corresponsabi-lidad para avanzar al ritmo de las transformacionesmundiales y hacer frente, solidariamente, a las necesi-dades y carencias que, en lo interno, resulta imperati-vo resolver.

En este contexto, la redistribución de la riqueza nacio-nal es principio inspirador y prioridad fundamental dela política instrumentada por la actual administración.

El esfuerzo permanente y substancial en el fortaleci-miento de una recaudación dinámica que apoye laestabilidad económica sin desincentivar el creci-miento de la planta productiva del país, la búsquedade nuevos esquemas de redistribución del ingresotributario que proyecten el potencial económico re-gional hacia el desarrollo integral de la nación y lanecesidad de asignar el gasto público con equilibrioy selectividad, se constituyen en razón para propo-ner a esa Soberanía diversas reformas a la Ley deCoordinación Fiscal.

A través del esquema propuesto en la Iniciativa de Leyque Establece, Reforma Adiciona y Deroga DiversasDisposiciones Fiscales, se propone dotar a las Entida-des Federativas de mayores ingresos tributarios parahacer frente a sus necesidades.

La reforma no sólo se orienta a dotar de mayores in-gresos, pues ello simplemente incrementaría la depen-dencia financiera de las Entidades hacia la Federación.La reforma propuesta pretende alcanzar objetivos más

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profundos al establecer también, la posibilidad de quelas Entidades Federativas generen ingresos propios através del establecimiento de impuestos locales.

Así, en materia de federalismo fiscal el Ejecutivo Fe-deral, a mi cargo propone reformas vinculadas en lasLeyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto alValor Agregado y de Coordinación Fiscal.

En la Ley del Impuesto sobre la Renta se propone quelas personas físicas que tributen en el régimen de pe-queños contribuyentes efectúen el entero del impuestoque corresponda directamente a la Entidad. Asimismo,se propone la aplicación de una tasa del 5% sobre losingresos que perciban las personas físicas por activi-dades empresariales en el régimen intermedio y sobrela ganancia en enajenación de terrenos y construccio-nes, cuyo pago se realizará directamente a las Entida-des Federativas y se acreditará contra e l impuesto queresulte a pagar a la Federación.

Cabe señalar que estas disposiciones no incrementanla carga fiscal de los contribuyentes, pues el pago a lasEntidades Federativas sustituye al impuesto federal ose disminuye del mismo.

En la Ley del Impuesto al Valor Agregado se proponeotorgar a las Entidades Federativas la potestad paraque establezcan impuestos locales propios a los ingre-sos que obtengan las personas físicas sujetas al régi-men de pequeños contribuyentes o al régimen inter-medio de las actividades empresariales, establecidosen la Ley del Impuesto sobre la Renta y a la gananciasobre la enajenación de bienes inmuebles que obten-gan dichas personas físicas.

En la Ley de Coordinación Fiscal se establece que lasEntidades Federativas celebren convenios de colabo-ración administrativa para la administración directa delos ingresos que les corresponderían de aprobarse lareforma. Asimismo se realizan los ajustes necesariospara que el ingreso les llegue directamente a sus Ha-ciendas Públicas.

Por último y derivado de la problemática que enfren-tan las Entidades Federativas en el pago del impuestosobre la renta a cargo de sus trabajadores, se proponeestablecer en la Ley de Coordinación Fiscal un meca-nismo que permita a las citadas Entidades corregir susituación fiscal, mediante la instrumentación de un es-

quema temporal de participaciones a distribuir confor-me a lo siguiente:

• En el ejercicio fiscal de 2003, la Entidad o Muni-cipio de que se trate recibiría por concepto de in-greso extraordinario con destino específico el 80%de los ingresos extraordinarios que pague a la Fede-ración en dicho año y el 20% restante se incluiría,tratándose de la Entidad, en el Fondo General deParticipaciones y, en el caso del Municipio, se adi-cionaría al Fondo de Fomento Municipal.

• En el ejercicio fiscal de 2004, la Entidad o Muni-cipio de que se trate recibiría por concepto de parti-cipación directa el 60% de los ingresos extraordina-rios que pague a la Federación en dicho año y, el20% se incluiría, tratándose de la Entidad, en elFondo General de Participaciones y, en el caso delMunicipio, se adicionaría al Fondo de FomentoMunicipal.

• En el ejercicio fiscal de 2005, la Entidad o Muni-cipio de que se trate recibiría por concepto de parti-cipación directa el 40% de los ingresos extraordina-rios que pague a la Federación en dicho año y, el20% se incluiría, tratándose de la Entidad, en elFondo General de Participaciones y, en el caso delMunicipio, se adicionaría al Fondo de FomentoMunicipal.

Esta propuesta de regularización resultará en un im-portante alivio a las finanzas públicas de las EntidadesFederativas y de los Municipios, al tiempo de permitirque no se afecten los salarios de sus trabajadores.

Por lo anteriormente expuesto, por su digno conducto,me permito someter a la consideración del HonorableCongreso de la Unión la siguiente Iniciativa de

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Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2003

Capítulo IDe los Ingresos y el Endeudamiento Público

Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 2003, la Federa-ción percibirá los ingresos provenientes de los con-ceptos y en las cantidades estimadas que a continua-ción se enumeran:

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Cuando una ley que establezca alguno de los ingresosprevistos en este artículo, contenga disposiciones queseñalen otros ingresos, estos últimos se consideraráncomprendidos en la fracción que corresponda a los in-gresos a que se refiere este artículo.

El Ejecutivo Federal informará al Congreso de laUnión de los ingresos pagados en especie o en servi-cios, por contribuciones, así como, en su caso, el des-tino de los mismos.

El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Ha-cienda y Crédito Público, informará al Congreso de laUnión, trimestralmente, dentro de los 35 días siguien-tes al trimestre vencido, sobre los ingresos percibidospor la Federación en el ejercicio fiscal de 2003, en re-lación con las estimaciones que se señalan en este ar-tículo.

Artículo 2o. Se autoriza al Ejecutivo Federal, por con-ducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,para contratar, ejercer y autorizar créditos, empréstitosy otras formas del ejercicio del crédito público, inclu-so mediante la emisión de valores, en los términos dela Ley General de Deuda Pública y para el financia-miento del Presupuesto de Egresos de la Federaciónpara el ejercicio fiscal 2003, por un monto de endeu-damiento neto interno hasta por 99 mil millones de pe-sos. Este monto considera el financiamiento del Go-bierno Federal contemplado en el artículo 1o. de estaLey por un monto de 82 mil 156.4 millones de pesos,así como recursos para cubrir la diferencia entre el va-lor de colocación y el valor nominal de la deuda pú-blica, y margen solicitado por un monto conjunto de16 mil 843.6 millones de pesos. Asimismo, podrá con-tratar endeudamiento interno adicional al autorizado,siempre que los recursos obtenidos se destinen ínte-gramente a la disminución de la deuda pública exter-na. Para el cómputo de lo anterior, se utilizará el tipode cambio que publique el Banco de México en el Dia-rio Oficial de la Federación y que se haya determina-

do el último día hábil bancario del ejercicio fiscal delaño 2003.

También se autoriza al Ejecutivo Federal para que, através de la propia Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, emita valores en moneda nacional y contrateempréstitos para canje o refinanciamiento de obliga-ciones del Erario Federal, en los términos de la LeyGeneral de Deuda Pública. Asimismo, el Ejecutivo Fe-deral queda autorizado para contratar créditos o emitirvalores en el exterior con el objeto de canjear o refi-nanciar endeudamiento externo.

El Ejecutivo Federal queda autorizado, en caso de queasí se requiera, para emitir en el mercado nacional, enel ejercicio fiscal del año 2003, valores u otros instru-mentos indizados al tipo de cambio del peso mexica-no respecto de monedas del exterior, siempre que elsaldo total de los mismos durante el citado ejerciciono exceda del 10 por ciento del saldo promedio de ladeuda pública interna registrada en dicho ejercicio yque, adicionalmente, estos valores o instrumentos se-an emitidos a un plazo de vencimiento no menor a365 días.

Las operaciones a las que se refieren el segundo y ter-cer párrafos de este artículo no deberán implicar en-deudamiento neto adicional al autorizado para el pre-sente ejercicio.

Del ejercicio de estas facultades, el Ejecutivo Federal,dará cuenta trimestralmente al Congreso de la Unión,por conducto de la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico dentro de los 35 días siguientes al trimestrevencido, especificando las características de las opera-ciones realizadas.

El Ejecutivo Federal también informará trimestral-mente al Congreso de la Unión en lo referente a aque-llos pasivos contingentes que se hubieran asumido conla garantía del Gobierno Federal, durante el ejerciciofiscal del año 2003, incluyendo los avales distintos delos proyectos de inversión productiva de largo plazootorgados.

Se autoriza al Instituto para la Protección al AhorroBancario a contratar créditos o emitir valores con elúnico objeto de canjear o refinanciar sus obligacionesfinancieras, a fin de hacer frente a sus obligaciones depago, otorgar liquidez a sus títulos y, en general, me-

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jorar los términos y condiciones de sus obligacionesfinancieras.

El Banco de México actuará como agente financierodel Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, pa-ra la emisión, colocación, compra y venta, en el mer-cado nacional, de los valores representativos de la deu-da del citado Instituto y, en general, para el servicio dedicha deuda. El Banco de México también podrá ope-rar por cuenta propia con los valores referidos.

En el evento de que en las fechas en que correspondaefectuar pagos por principal o intereses de los valoresque el Banco de México coloque por cuenta del Insti-tuto para la Protección al Ahorro Bancario, éste no ten-ga recursos suficientes para cubrir dichos pagos, en lacuenta que para tal efecto le lleve el Banco de México,el propio Banco deberá proceder a emitir y colocar va-lores a cargo del Instituto para la Protección al AhorroBancario, por cuenta de éste y por el importe necesa-rio para cubrir los pagos que correspondan. Al deter-minar las características de la emisión y de la coloca-ción, el Banco procurará las mejores condiciones parael Instituto dentro de lo que el mercado permita.

El Banco deberá efectuar la colocación de los valoresa que se refiere el párrafo anterior en un plazo no ma-yor de quince días hábiles contado a partir de la fechaen que se presente la insuficiencia de fondos en lacuenta del Instituto para la Protección al Ahorro Ban-cario. Excepcionalmente, la Junta de Gobierno delBanco podrá ampliar este plazo una o más veces porun plazo conjunto no mayor de tres meses, si ello re-sulta conveniente para evitar trastornos en el mercadofinanciero.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 45 dela Ley de Protección al Ahorro Bancario, se disponeque, en tanto se efectúe la colocación referida en el pá-rrafo anterior, el Banco podrá cargar la cuenta corrien-te que le lleva a la Tesorería de la Federación, sin quese requiera la instrucción del Tesorero de la Federa-ción, para atender el servicio de la deuda que emita elInstituto para la Protección al Ahorro Bancario. El Ban-co de México deberá abonar a la cuenta corriente de laTesorería de la Federación, el importe de la colocaciónde valores que efectúe en términos de este artículo.

Se autoriza a Financiera Nacional Azucarera, Socie-dad Nacional de Crédito, Institución de Banca de De-

sarrollo, en liquidación, para que en el mercado inter-no y por conducto de su liquidador, contrate créditos oemita valores con el único objeto de canjear o refinan-ciar sus obligaciones financieras, a fin de hacer frentea sus obligaciones de pago, y en general, a mejorar lostérminos y condiciones de sus obligaciones financie-ras. Las obligaciones asumidas en términos de la pre-sente autorización, estarán respaldadas por el Gobier-no Federal en los términos previstos para los pasivos acargo de las Instituciones de Banca de Desarrollo con-forme a sus respectivas Leyes Orgánicas.

Artículo 3o. Se autoriza al Distrito Federal a contratary ejercer créditos, empréstitos y otras formas de crédi-to público para un endeudamiento neto de 3 mil millo-nes de pesos para el financiamiento de obras y pro-yectos de inversión contemplados en el Presupuesto deEgresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal delaño 2003.

El endeudamiento a que se refiere este artículo se ejer-cerá de acuerdo a lo siguiente:

1. Los proyectos y programas que se realicen seapegarán a las estipulaciones constitucionales y le-gales aplicables.

2. El endeudamiento deberá contratarse en las me-jores condiciones que el mercado crediticio ofrezcay que redunde en un beneficio para las finanzas delDistrito Federal.

3. El monto de los desembolsos de los recursos cre-diticios y el ritmo al que procedan deberá conllevaruna correspondencia directa con las ministracionesde recursos que vayan presentando tales obras, demanera que el ejercicio y aplicación de los recursoscrediticios deberá darse a paso y medida en que pro-ceda el pago de las citadas ministraciones. En todocaso el desembolso de recursos crediticios deberádestinarse directamente al pago de aquellas obras yproyectos que ya hubieren sido adjudicados bajo lanormatividad correspondiente.

4. El Gobierno del Distrito Federal informará tri-mestralmente al Congreso de la Unión sobre el es-tado de la deuda pública de la entidad y el ejerciciodel monto autorizado, desglosada por su origen yfuente de financiamiento, especificando las caracte-rísticas financieras de las operaciones realizadas.

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5. La Auditoría Superior de la Federación, en coor-dinación con la Contaduría Mayor de Hacienda dela Asamblea Legislativa del Distrito Federal, reali-zará auditorías a los contratos y operaciones.

6. El Gobierno del Distrito Federal no podrá condi-cionar la ministración de recursos a las demarcacio-nes territoriales a la contratación de los financia-mientos derivados de la presente autorización.

7. Los informes de avance trimestral que el Jefe deGobierno rinde al Congreso de la Unión deberáncontener un apartado específico de deuda pública,de acuerdo a lo siguiente:

I. Evolución de la deuda pública durante el pe-riodo que se informe.

II. Perfil de vencimientos de principal y servi-cios, montos y fechas.

III. Colocación de deuda autorizada, por entidadreceptora, y aplicación a programas, subprogra-mas y proyectos específicos.

IV. Composición del saldo de la deuda por usua-rio de los recursos y por acreedor.

V. Servicio de la deuda.

VI. Costo financiero de la deuda.

VII. Reestructuración o recompras.

VIII. Evolución por línea de crédito.

IX. Programa de colocación para el resto delejercicio fiscal.

8. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, por con-ducto de la Secretaría de Finanzas, remitirá al Con-greso de la Unión a más tardar el 31 de marzo del2003, el programa de colocación de la deuda auto-rizada para el ejercicio del 2003.

Artículo 4o. En el ejercicio fiscal de 2003, la Federa-ción percibirá los ingresos por proyectos de infraes-tructura productiva de largo plazo de inversión finan-ciada directa y condicionada por 333,380.2 millonesde pesos, de acuerdo con la siguiente distribución:

Directa Condicionada Total

I. Comisión

Federal de

Electricidad 18,443.7 23,853.3 42,297.0

II. Petróleos

Mexicanos 289,212.9 1,870.3 291,083.2

Total 307,656.6 25,723.6 333,380.2

Los ingresos anuales a que se refiere este artículo, quegenere cada proyecto durante la vigencia de su finan-ciamiento, sólo podrán destinarse al pago de cada añode las obligaciones atribuibles al propio proyecto, in-cluyendo todos sus gastos de operación, mantenimien-to y demás gastos asociados, en los términos del Pre-supuesto de Egresos de la Federación y de conformi-dad con lo dispuesto en los artículos 18 de la Ley Ge-neral de Deuda Pública; 30 de la Ley de Presupuesto,Contabilidad y Gasto Público Federal y 38-B de suReglamento.

Artículo 5o. Se autoriza al Ejecutivo Federal a contra-tar proyectos de inversión financiada en los términosde los artículos 18 de la Ley General de Deuda Públi-ca; 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y GastoPúblico Federal y 38-B de su Reglamento, por20,883.7 millones de pesos, de los cuales 12,930.1 mi-llones de pesos corresponden a proyectos de inversióndirecta y 7,953.6 millones de pesos a proyectos de in-versión condicionada que derivan de la suscripción deun contrato de prestación de servicios, de acuerdo conla siguiente distribución:

Artículo 6o. El Ejecutivo Federal, por conducto de laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, queda auto-rizado para fijar o modificar las compensaciones quedeban cubrir los organismos descentralizados y lasempresas de participación estatal, por los bienes fede-

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rales aportados o asignados a los mismos para su ex-plotación, o en relación con el monto de los productoso ingresos brutos que perciban.

Capítulo IIDe las Obligaciones de Petróleos Mexicanos

Artículo 7o. Petróleos Mexicanos y sus organismossubsidiarios estarán obligados al pago de contribucio-nes y sus accesorios, de productos y de aprovecha-mientos, excepto el impuesto sobre la renta, de acuer-do con las disposiciones que los establecen y con lasreglas que al efecto expida la Secretaría de Hacienda yCrédito Público, conforme a lo siguiente:

I. Derecho sobre la extracción de petróleo.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiariospagarán el derecho que establece esta fracción por ca-da región petrolera de explotación de petróleo y gasnatural, aplicando la tasa del 52.3% al resultado que seobtenga de restar al total de los ingresos por ventas debienes o servicios que tenga Pemex-Exploración yProducción por cada región, el total de los costos ygastos efectuados en bienes o servicios con motivo dela exploración y explotación de dicha región por el ci-tado organismo, considerando dentro de estos últimoslas inversiones en bienes de activo fijo y los gastos ycargos diferidos efectuados con motivo de la explora-ción y explotación de la región petrolera de que se tra-te, sin que exceda el monto del presupuesto autorizadopor la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a Pe-mex-Exploración y Producción para el ejercicio fiscalde 2003.

Para los efectos de esta fracción, se estará a lo si-guiente:

a) El precio que se tomará en cuenta para determi-nar los ingresos por la venta de petróleo crudo nopodrá ser inferior al precio promedio ponderado dela mezcla de petróleo crudo mexicano de exporta-ción del periodo correspondiente.

b) El precio que se tomará en cuenta para determi-nar los ingresos por la venta de gas natural no podráser inferior al precio del mercado internacional re-levante que al efecto fije la Secretaría de Hacienda

y Crédito Público mediante la expedición de reglasde carácter general.

c) Las mermas por derramas o quema de petróleo ogas natural se considerarán como ventas de expor-tación y el precio que se utilizará para el cálculo delderecho será el que corresponda de acuerdo a los in-cisos a) o b) anteriores, respectivamente.

d) Las regiones petroleras de explotación de petró-leo y gas natural serán las que dé a conocer la Se-cretaría de Hacienda y Crédito Público mediante re-glas de carácter general.

Pemex-Exploración y Producción enterará diariamen-te, incluyendo los días inhábiles, anticipos a cuenta deeste derecho como mínimo, por 111 millones 713 milpesos durante el año. Además, Pemex-Exploración yProducción enterará el primer día hábil de cada sema-na un anticipo de 784 millones 142 mil pesos.

El derecho se calculará y enterará mensualmente porconducto de Pemex-Exploración y Producción, me-diante la presentación de la declaración correspon-diente ante la Tesorería de la Federación, a más tardarel último día hábil del segundo mes posterior a aquélal que correspondan los pagos provisionales. Contra elmonto del derecho que resulte a su cargo en la decla-ración mensual, Pemex-Exploración y Producción po-drá acreditar los anticipos efectuados por el mes deque se trate en los términos del párrafo anterior, sinque causen recargos las diferencias que, en su caso, re-sulten. Las diferencias que resulten a cargo de Pemex-Exploración y Producción con posterioridad a la pre-sentación de la declaración del pago provisional deque se trate deberán enterarse mediante declaracióncomplementaria que presentará ante la Tesorería de laFederación, incluyendo la actualización y los recargosaplicables en los términos del Código Fiscal de la Fe-deración.

Pemex-Exploración y Producción calculará y enteraráel monto del derecho sobre la extracción de petróleoque resulte a su cargo por el ejercicio fiscal de 2003,mediante declaración que presentará ante la Tesoreríade la Federación a más tardar el último día hábil delmes de marzo de 2004. Contra el monto que resulte asu cargo, Pemex-Exploración y Producción podráacreditar los pagos provisionales efectuados durante elaño en los términos de esta fracción.

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II. Derecho extraordinario sobre la extracción depetróleo.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiariospagarán el derecho que establece esta fracción apli-cando la tasa del 25.5% sobre la base del derecho so-bre la extracción de petróleo a que se refiere la frac-ción I anterior y lo enterará por conducto de Pemex-Exploración y Producción, conjuntamente con este úl-timo derecho.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiariosenterarán diariamente incluyendo los días inhábiles,por conducto de Pemex-Exploración y Producción,anticipos a cuenta de este derecho, como mínimo, por50 millones un mil pesos durante el año. Además, Pe-mex-Exploración y Producción enterará el primer díahábil de cada semana un anticipo de 350 millones 967mil pesos.

El derecho se calculará y enterará mensualmente porconducto de Pemex-Exploración y Producción, me-diante la presentación de la declaración correspon-diente ante la Tesorería de la Federación, a más tardarel último día hábil del segundo mes posterior a aquélal que correspondan los pagos provisionales. Contra elmonto del derecho que resulte a su cargo en la decla-ración mensual, Pemex-Exploración y Producción po-drá acreditar los anticipos efectuados por el mes deque se trate en los términos del párrafo anterior, sinque causen recargos las diferencias que, en su caso, re-sulten. Las diferencias que resulten a cargo de Pemex-Exploración y Producción con posterioridad a la pre-sentación de la declaración del pago provisional deque se trate deberán enterarse mediante declaracióncomplementaria que se presentará ante la Tesorería dela Federación, incluyendo la actualización y los recar-gos aplicables en los términos del Código Fiscal de laFederación.

Pemex-Exploración y Producción calculará y enteraráel monto del derecho extraordinario sobre la extrac-ción de petróleo que resulte a su cargo por el ejerciciofiscal de 2003, mediante declaración que presentaráante la Tesorería de la Federación, a más tardar el últi-mo día hábil del mes de marzo de 2004. Contra elmonto que resulte a su cargo, Pemex-Exploración yProducción podrá acreditar los pagos provisionalesefectuados durante el año en los términos de esta frac-ción.

Los ingresos que la Federación obtenga por este dere-cho extraordinario no serán participables a los Esta-dos, Municipios y al Distrito Federal.

III. Derecho adicional sobre la extracción de petró-leo.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiariospagarán el derecho que establece esta fracción apli-cando la tasa del 1.1% sobre la base del derecho sobrela extracción de petróleo a que se refiere la fracción Ianterior.

El derecho se calculará y enterará mensualmente porconducto de Pemex-Exploración y Producción, me-diante la presentación de la declaración correspon-diente ante la Tesorería de la Federación, a más tardarel último día hábil del segundo mes posterior a aquélal que corresponda. Las diferencias que resulten a car-go de Pemex-Exploración y Producción con posterio-ridad a la presentación de la declaración del pago pro-visional de que se trate deberán enterarse mediante de-claración complementaria que presentará ante la Teso-rería de la Federación, incluyendo la actualización ylos recargos aplicables en los términos del Código Fis-cal de la Federación.

Pemex-Exploración y Producción calculará y enteraráel monto del derecho adicional sobre la extracción depetróleo que resulte a su cargo por el ejercicio fiscal de2003, mediante declaración que presentará ante la Te-sorería de la Federación, a más tardar el último día há-bil del mes de marzo de 2004. Contra el monto que re-sulte a su cargo, Pemex-Exploración y Producción po-drá acreditar los pagos provisionales efectuados du-rante el año en los términos de esta fracción.

IV. Impuesto a los rendimientos petroleros.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiariospagarán el impuesto a los rendimientos petroleros, deconformidad con lo siguiente:

a) Cada organismo deberá calcular el impuesto aque se refiere esta fracción aplicando al rendimien-to neto del ejercicio la tasa del 35%. El rendimien-to neto a que se refiere este párrafo, se determinarárestando de la totalidad de los ingresos del ejercicio,el total de las deducciones autorizadas que se efec-túen en el mismo, siempre que los ingresos sean su-

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periores a las deducciones. Cuando el monto de losingresos sea inferior a las deducciones autorizadas,se determinará una pérdida neta.

b) Cada organismo efectuará dos anticipos a cuentadel impuesto del ejercicio a más tardar el último díahábil de los meses de agosto y noviembre de 2003aplicando la tasa del 35% al rendimiento neto de-terminado conforme al inciso anterior, correspon-diente a los periodos comprendidos de enero a ju-nio, en el primer caso y de enero a septiembre, en elsegundo caso.

El monto de los pagos provisionales efectuados du-rante el año se acreditará contra el monto del im-puesto del ejercicio, el cual se pagará mediante de-claración que presentará ante la Tesorería de la Fe-deración, a más tardar el último día hábil del mes demarzo de 2004.

c) Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidia-rios podrán determinar el impuesto a que se refiereesta fracción en forma consolidada. Para tal efecto,Petróleos Mexicanos calculará el rendimiento netoo la pérdida neta consolidados aplicando los proce-dimientos que establecen las disposiciones fiscalesy las reglas específicas que al efecto expida la Se-cretaría de Hacienda y Crédito Público.

Para el cumplimiento de lo dispuesto en esta fracciónse aplicarán, en lo conducente, las disposiciones fisca-les y las reglas de carácter general expedidas por la Se-cretaría de Hacienda y Crédito Público en materia deingresos, deducciones, cumplimiento de obligacionesy facultades de las autoridades fiscales.

V. Derecho sobre hidrocarburos.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiariospagarán el derecho sobre hidrocarburos aplicando latasa del 60.8%, al total de los ingresos por las ventasde hidrocarburos y petroquímicos a terceros, que efec-túen en el ejercicio fiscal de 2003. Los ingresos antescitados se determinarán incluyendo el impuesto espe-cial sobre producción y servicios por enajenaciones yautoconsumos de Pemex-Refinación sin tomar en con-sideración el impuesto al valor agregado.

El derecho se calculará y enterará mensualmente porconducto de Petróleos Mexicanos, mediante la presen-

tación de la declaración correspondiente ante la Teso-rería de la Federación, a más tardar el último día hábildel segundo mes posterior a aquél al que correspondanlos pagos provisionales. Contra el monto del derechoque resulte a su cargo en la declaración mensual, Pe-tróleos Mexicanos podrá acreditar las cantidades efec-tivamente pagadas de acuerdo con lo establecido enlas fracciones I, II, III y IV de este artículo y en la Leydel Impuesto Especial sobre Producción y Servicios,correspondientes al periodo de que se trate, así comoel monto que resulte de multiplicar 1.50 dólares por elnúmero de pies cúbicos de gas natural no asociado queexceda de una producción de 1,442.4 millones de piescúbicos diarios en promedio, en el periodo correspon-diente. Cuando el monto a acreditar en los términos deeste párrafo sea superior o inferior al derecho sobre hi-drocarburos a pagar por el periodo de que se trate, sereducirán o incrementarán respectivamente, las tasasde los derechos a que se refieren las fracciones I y IIde este artículo para dicho periodo, en el porcentajenecesario para que el monto acreditable sea igual a lacantidad a pagar por el derecho sobre hidrocarburos,de acuerdo con las reglas que al efecto expida la Se-cretaría de Hacienda y Crédito Público.

Las diferencias que resulten a cargo de Petróleos Me-xicanos con posterioridad a la presentación de la de-claración del pago provisional a que se refiere el pá-rrafo anterior deberán enterarse mediante declaracióncomplementaria que se presentará ante la Tesorería dela Federación, incluyendo la actualización y los recar-gos aplicables en los términos del Código Fiscal de laFederación.

Petróleos Mexicanos calculará y enterará el monto delderecho sobre hidrocarburos que resulte a su cargo porel ejercicio fiscal de 2003, mediante declaración quepresentará ante la Tesorería de la Federación, a mástardar el último día hábil del mes de marzo de 2004.Contra el monto que resulte a su cargo en la declara-ción anual, Petróleos Mexicanos podrá acreditar lascantidades efectivamente pagadas en el ejercicio, deacuerdo con lo establecido en las fracciones I, II, III yIV de este artículo y en la Ley del Impuesto Especialsobre Producción y Servicios, así como el monto queresulte de multiplicar 1.50 dólares por el número depies cúbicos de gas natural no asociado que exceda deuna producción de 1,442.4 millones de pies cúbicosdiarios en promedio, en el ejercicio fiscal de 2003.Cuando el monto a acreditar en los términos de este

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párrafo sea superior o inferior al derecho sobre hidro-carburos a pagar en el ejercicio, se reducirán o incre-mentarán, respectivamente, las tasas de los derechos aque se refieren las fracciones I y II de este artículo pa-ra el ejercicio, en el porcentaje necesario para que elmonto acreditable sea igual a la cantidad a pagar por elderecho sobre hidrocarburos, de acuerdo con las reglasque al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Cré-dito Público.

VI. Impuesto Especial sobre Producción y Servi-cios.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios,por la enajenación de gasolinas y diesel, enterarán porconducto de Pemex-Refinación, diariamente, inclu-yendo los días inhábiles, anticipos por un monto de306 millones 49 mil pesos, como mínimo, a cuenta delimpuesto especial sobre producción y servicios, mis-mos que se acreditarán contra el pago mensual que es-tablece la Ley del Impuesto Especial sobre Produccióny Servicios, correspondiente al mes por el que se efec-tuaron los anticipos. El pago mensual de dicho im-puesto deberá presentarse a más tardar el último díahábil del mes posterior a aquél al que corresponda elpago, mismo que podrá modificarse mediante declara-ción complementaria que se presentará a más tardar elúltimo día hábil del tercer mes siguiente a aquél en quese presentó la declaración que se complementa, sinque se causen recargos por las diferencias que, en sucaso, resulten, siempre que éstas no excedan del 3%del impuesto declarado. Cuando estas últimas diferen-cias excedan a dicho por ciento, se pagarán recargospor el total de las mismas. Todas estas declaraciones sepresentarán en la Tesorería de la Federación.

Por lo que se refiere a la enajenación de gas natural ygas licuado de petróleo, para combustión automotriz,Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiariospor conducto de Pemex-Gas y Petroquímica Básicadeberán efectuar los pagos mensuales de este impues-to a más tardar el último día hábil del mes posterior aaquél al que corresponda el pago, mismo que podrámodificarse mediante declaración complementaria quese presentará a más tardar el último día hábil del tercermes siguiente a aquél en que se presentó la declaraciónque se complementa, sin que se causen recargos porlas diferencias que, en su caso, resulten, siempre queéstas no excedan del 3% del impuesto declarado.Cuando estas últimas diferencias excedan a dicho por

ciento, se pagarán recargos por el total de las mismas.Todas estas declaraciones se presentarán en la Tesore-ría de la Federación.

Los pagos mínimos diarios por concepto del impuestoespecial sobre producción y servicios por la enajena-ción de gasolinas y diesel, se modificarán cuando losprecios de dichos productos varíen, para lo cual seaplicará sobre los pagos mínimos diarios un factor queserá equivalente al aumento o disminución porcentualque registren los productos antes señalados, el cual se-rá determinado por la Secretaría de Hacienda y Crédi-to Público, a más tardar el tercer día posterior a su mo-dificación.

Cuando las gasolinas y el diesel registren diferentespor cientos de incremento, la Secretaría de Hacienda yCrédito Público determinará el factor a que se refiereel párrafo anterior, tomando en consideración el au-mento o la disminución promedio ponderado de di-chos productos, de acuerdo con el consumo que de losmismos se haya presentado durante el trimestre inme-diato anterior a la fecha de incremento de los precios.

El Banco de México deducirá los pagos diarios y se-manales que establecen las fracciones anteriores de losdepósitos que Petróleos Mexicanos o sus organismossubsidiarios deben hacer en dicha institución, confor-me a la Ley del propio Banco de México y los con-centrará en la Tesorería de la Federación.

Cuando en un lugar o región del país se establezca unsobreprecio al precio de la gasolina, no se estará obli-gado al pago del impuesto especial sobre producción yservicios por dicho sobreprecio en la enajenación deeste combustible.

VII. Impuesto al Valor Agregado.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiariosefectuarán individualmente los pagos provisionales deeste impuesto en la Tesorería de la Federación, me-diante declaraciones que presentarán a más tardar elúltimo día hábil del mes siguiente, las que podrán mo-dificarse mediante declaración complementaria quepresentarán a más tardar el último día hábil del tercermes siguiente a aquél en que se presentó la declaraciónque se complementa, sin que se causen recargos porlas diferencias que, en su caso, resulten, siempre queéstas no excedan del 3% del impuesto declarado.

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Cuando estas últimas diferencias excedan a dicho porciento, se pagarán recargos por el total de las mismas.

VIII. Contribuciones causadas por la importaciónde mercancías.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiariosdeterminarán individualmente los impuestos a la im-portación y las demás contribuciones que se causencon motivo de las importaciones que realicen, debien-do pagarlas ante la Tesorería de la Federación a mástardar el último día hábil del mes posterior a aquél enque se efectúe la importación.

IX. Impuestos a la Exportación.

Cuando el Ejecutivo Federal, en ejercicio de las facul-tades a que se refiere el artículo 131 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, establezcaimpuestos a la exportación de petróleo crudo, gas na-tural y sus derivados, Petróleos Mexicanos y sus orga-nismos subsidiarios deberán determinarlos y pagarlosa más tardar el último día hábil del mes siguiente aaquél en que se efectúe la exportación.

X. Derechos.

Los derechos que causen Petróleos Mexicanos y susorganismos subsidiarios se determinarán y pagarán enlos términos de esta Ley y de la Ley Federal de Dere-chos.

XI. Aprovechamiento sobre rendimientos exceden-tes.

Cuando en el mercado internacional el precio prome-dio ponderado acumulado mensual del barril del pe-tróleo crudo mexicano exceda de 17.00 dólares de losEstados Unidos de América, Petróleos Mexicanos ysus organismos subsidiarios pagarán un aprovecha-miento que se calculará aplicando la tasa del 39.2%sobre el rendimiento excedente acumulado, que se de-terminará multiplicando la diferencia entre el valorpromedio ponderado acumulado del barril de crudo y17.00 dólares de los Estados Unidos de América por elvolumen total de exportación acumulado de hidrocar-buros.

Para los efectos de lo establecido en esta fracción, Pe-tróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios cal-

cularán y efectuarán anticipos trimestrales a cuenta delaprovechamiento anual, que se pagarán el último díahábil de los meses de abril, julio y octubre de 2003 yenero de 2004. Pemex y sus organismos subsidiariospresentarán ante la Tesorería de la Federación una de-claración anual por este concepto a más tardar el últi-mo día hábil del mes de marzo de 2004, en la que po-drán acreditar los anticipos trimestrales enterados en elejercicio.

XII. Otras Obligaciones.

Petróleos Mexicanos será quien cumpla por sí y porcuenta de sus subsidiarias las obligaciones señaladasen esta Ley y en las demás leyes fiscales, excepto la deefectuar pagos provisionales diarios y semanales cuan-do así se prevea expresamente. Para tal efecto, Petró-leos Mexicanos será solidariamente responsable delpago de contribuciones, aprovechamientos y produc-tos, que correspondan a sus organismos subsidiarios.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiariospresentarán las declaraciones, harán los pagos y cum-plirán con las obligaciones de retener y enterar lascontribuciones y aprovechamientos a cargo de terce-ros, incluyendo los establecidos en la Ley del Impues-to sobre la Renta, ante la Tesorería de la Federación.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda fa-cultada para variar el monto de los pagos provisiona-les, diarios y semanales, establecidos en este artículo,cuando existan modificaciones en los ingresos de Pe-tróleos Mexicanos o de sus organismos subsidiariosque así lo ameriten; así como para expedir las reglasespecíficas para la aplicación y cumplimiento de lasfracciones I, II, III, V y XII de este artículo.

Petróleos Mexicanos presentará una declaración a laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, en los me-ses de abril, julio y octubre de 2003 y enero de 2004en la que informará sobre los pagos por contribucionesy los accesorios a su cargo o a cargo de sus organismossubsidiarios, efectuados en el trimestre anterior.

Petróleos Mexicanos presentará conjuntamente con sudeclaración anual del impuesto a los rendimientos pe-troleros, declaración informativa sobre la totalidad delas contribuciones causadas o enteradas durante elejercicio anterior, por sí y por sus organismos subsi-diarios.

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Petróleos Mexicanos descontará de su facturación alas estaciones de servicio, por concepto de mermas, el0.74% del valor total de las enajenaciones de gasolinaPEMEX Magna y PEMEX Premium, que realice a di-chas estaciones de servicio. El monto de ingresos quedeje de percibir Petróleos Mexicanos por este concep-to, podrá ser disminuido de los pagos mensuales quedel impuesto especial sobre producción y servicios de-be efectuar dicho organismo en los términos del artí-culo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Pro-ducción y Servicios.

Capítulo IIIDe las Facilidades Administrativas

y Estímulos Fiscales

Artículo 8o. En los casos de prórroga para el pago decréditos fiscales se causarán recargos al 1.5% mensualsobre los saldos insolutos, durante el año de 2003. Es-ta tasa se reducirá, en su caso, a la que resulte mayorentre:

I. La tasa de 0.75%, y

II. La tasa de 0.75% multiplicada por el factor quese determine en los términos de esta fracción, cuan-do dicho factor sea mayor que 1.07.

El factor a que se refiere esta fracción se obtendráde dividir entre 0.03, el cociente que resulte de di-vidir el Índice Nacional de Precios al Consumidordel penúltimo mes inmediato anterior a aquél por elque se calculan los recargos, entre el Índice Nacio-nal de Precios al Consumidor del mismo mes delejercicio inmediato anterior, restando la unidad a di-cho cociente.

La reducción a que se refiere el primer párrafo del pre-sente artículo, también será aplicable a los intereses acargo del fisco federal a que se refiere el artículo 22del Código Fiscal de la Federación.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizarálos cálculos a que se refiere este artículo y publicará latasa de recargos vigente para cada mes en el DiarioOficial de la Federación.

Artículo 9o. Se ratifican los acuerdos expedidos en elRamo de Hacienda, por los que se haya dejado en sus-penso total o parcialmente el cobro de gravámenes ylas resoluciones dictadas por la Secretaría de Hacien-da y Crédito Público sobre la causación de tales gra-vámenes.

Artículo 10. El Ejecutivo Federal, por conducto de laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, queda auto-rizado para fijar o modificar los aprovechamientos quese cobrarán en el ejercicio fiscal de 2003, por el uso oaprovechamiento de bienes del dominio público o porla prestación de servicios en el ejercicio de las funcio-nes de derecho público por los que no se establecenderechos.

Para establecer el monto de los aprovechamientos aque hace referencia este artículo, por la prestación deservicios y por el uso o aprovechamiento de bienes, setomarán en consideración criterios de eficiencia eco-nómica y de saneamiento financiero, de los organis-mos públicos que realicen dichos actos, conforme a losiguiente:

I. La cantidad que deba cubrirse por concepto deuso o aprovechamiento de bienes o por la prestaciónde servicios, que tienen referencia internacional, sefijará considerando el cobro que se efectúe por eluso o aprovechamiento o por la prestación de servi-cios, de similares características, en países con losque México mantiene vínculos comerciales.

II. Los aprovechamientos que se cobren por el usoo aprovechamiento de bienes o por la prestación deservicios, que no tengan referencia internacional, sefijarán considerando el costo de los mismos, siem-pre que se derive de una valuación de dichos costosen los términos de eficiencia económica y de sane-amiento financiero.

III. Se podrán establecer aprovechamientos dife-renciales por el uso o aprovechamiento de bienes opor la prestación de servicios, cuando éstos respon-dan a estrategias de comercialización o racionaliza-ción y se otorguen de manera general.

A los organismos que omitan total o parcialmente elcobro o el entero de los aprovechamientos establecidosen los términos de esta Ley, se les disminuirá del pre-supuesto que les haya sido asignado para el ejercicio a

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las entidades correspondientes, una cantidad equiva-lente a dos veces el valor de la omisión efectuada.

Durante el ejercicio de 2003, la Secretaría de Hacien-da y Crédito Público, mediante resoluciones de carác-ter particular, aprobará los montos de los aprovecha-mientos que cobren las dependencias y entidades de laAdministración Pública Federal, salvo cuando su co-bro se encuentre previsto en otras leyes. Para tal efec-to, las dependencias o entidades interesadas estaránobligadas a someter para su aprobación, durante losmeses de enero y febrero de 2003, los montos de losaprovechamientos que tengan una cuota fija o se co-bren de manera regular. Los aprovechamientos que nosean sometidos a la aprobación de la Secretaría de Ha-cienda y Crédito Público, no podrán ser cobrados porla dependencia o entidad de que se trate a partir del 1o.de marzo de dicho año. Asimismo, los aprovecha-mientos cuya autorización haya sido negada por partede la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no po-drán ser cobrados por la dependencia o entidad de quese trate, a partir de la fecha en que surta efectos la no-tificación de la resolución respectiva.

Las autorizaciones para fijar o modificar las cuotas delos aprovechamientos que otorgue la Secretaría de Ha-cienda y Crédito Público durante el ejercicio fiscal de2003, sólo surtirán sus efectos para dicho año y, en sucaso, en las mismas se señalará el destino específicoque se apruebe para los aprovechamientos que percibala dependencia o entidad correspondiente.

En tanto no sean autorizados los aprovechamientos aque se refiere este artículo para el ejercicio fiscal de2003, se aplicarán los vigentes al 31 de diciembre de2002, multiplicados por el factor que corresponda se-gún el mes en el que fueron autorizados o, en el casode haberse realizado un incremento posterior, a partirde la última vez en el que fueron incrementados en di-cho ejercicio fiscal, conforme a la siguiente tabla:

MES FACTOR

Enero 1.0494

Febrero 1.0398

Marzo 1.0405

Abril 1.0352

Mayo 1.0296

Junio 1.0275

Julio 1.0225

Agosto 1.0196

Septiembre 1.0157

Octubre 1.0097

Noviembre 1.0067

Diciembre 1.0023

Asimismo, en tanto no se emita la autorización de la Se-cretaría de Hacienda y Crédito Público para el ejerciciode 2003, los montos de los aprovechamientos se actuali-zarán en los meses de abril, julio y octubre de dicho año,con el factor de actualización correspondiente al periodocomprendido desde el cuarto mes anterior y hasta el mesinmediato anterior, a aquél por el cual se efectúa la ac-tualización, mismo que se obtendrá de conformidad conel artículo 17-Adel Código Fiscal de la Federación.

En el caso de aprovechamientos que en el ejercicio in-mediato anterior se hayan fijado en por cientos, secontinuarán aplicando durante 2003 los por cientos au-torizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Pú-blico que se encuentren vigentes al 31 de diciembre de2002, hasta en tanto dicha Secretaría no emita res-puesta respecto de la solicitud de autorización para elpresente ejercicio fiscal.

Los aprovechamientos por concepto de multas, san-ciones, penas convencionales, cuotas compensatorias,recuperaciones de capital, así como aquellos a que serefiere la Ley Federal para la Administración de Bie-nes Asegurados, Decomisados y Abandonados, y losaccesorios de los aprovechamientos, no requieren deautorización por parte de la Secretaría de Hacienda yCrédito Público para su cobro.

Tratándose de aprovechamientos que no hayan sidocobrados en el ejercicio inmediato anterior o que no secobren de manera regular, las dependencias y entida-des interesadas deberán someter para su aprobación ala Secretaría de Hacienda y Crédito Público el montode los aprovechamientos que pretendan cobrar, en unplazo no menor a diez días anteriores a la fecha de suentrada en vigor.

Las dependencias y entidades de la AdministraciónPública Federal, deberán informar a la Secretaría deHacienda y Crédito Público, a más tardar en el mes demarzo de 2003, los conceptos y montos de los ingre-sos que por aprovechamientos hayan percibido, así co-mo de los enteros efectuados a la Tesorería de la Fe-deración por dichos conceptos, durante el ejercicio fis-cal inmediato anterior.

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Asimismo, las dependencias y entidades a que se re-fiere el párrafo anterior, deberán presentar a la Secre-taría de Hacienda y Crédito Público, un informe du-rante el mes de julio de 2003, respecto de los ingresosy su concepto que hayan percibido por aprovecha-mientos durante el primer semestre del ejercicio fiscalen curso, así como de los que tengan programado per-cibir durante el segundo semestre.

Artículo 11. Los ingresos por aprovechamientos a quese refiere el artículo anterior, se destinarán, previaaprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Pú-blico, a cubrir los gastos autorizados de operación,conservación, mantenimiento e inversión, hasta por elmonto autorizado en el presupuesto de la dependencia,para la unidad generadora de dichos ingresos.

Se entiende por unidad generadora de los ingresos dela dependencia, cada uno de los establecimientos de lamisma en los que se otorga o proporciona, de maneraautónoma e integral, el uso o aprovechamiento de bie-nes o el servicio por el cual se cobra el aprovecha-miento. Cuando no exista una asignación presupuestalespecífica por unidad generadora, se considerará elpresupuesto total asignado a la dependencia en la pro-porción que representen los ingresos de la unidad ge-neradora respecto del total de los ingresos de la de-pendencia.

Las dependencias a las que se les apruebe destinar losingresos por aprovechamientos para cubrir sus gastosautorizados de operación, conservación, mantenimien-to e inversión, en los términos del primer párrafo deeste artículo, lo harán en forma mensual y hasta por elmonto presupuestal autorizado por la Secretaría deHacienda y Crédito Público para el mismo periodo. Laparte de los ingresos que exceda el límite autorizadopara el mes que corresponda, se enterará a la Tesoreríade la Federación a más tardar el décimo día del mes si-guiente a aquél en el que obtuvo el ingreso la entidadde que se trate.

Cuando la Secretaría de Hacienda y Crédito Públicoestablezca un aprovechamiento con motivo de la ga-rantía soberana del Gobierno Federal, el mismo se des-tinará a la capitalización de los Bancos de Desarrollo.

Los ingresos que se obtengan por los productos seña-lados en la fracción V del artículo 1o. de esta Ley, sepodrán destinar a las dependencias que enajenen los

bienes, otorguen su uso o goce o presten los servicios,para cubrir sus gastos autorizados de operación, con-servación, mantenimiento e inversión, hasta por elmonto que señale el presupuesto de egresos de la enti-dad para la unidad generadora de dichos ingresos, queles hubiere sido autorizado para el mes de que se trate.Los ingresos que excedan del límite señalado no ten-drán fin específico y se enterarán a la Tesorería de laFederación a más tardar el décimo día del mes si-guiente a aquél en el que se obtuvo el ingreso.

Se entiende por unidad generadora de los ingresos dela entidad, cada uno de los establecimientos de la mis-ma, en los que se enajena el bien o se otorga o propor-ciona, de manera autónoma e integral, el uso o goce debienes o el servicio por el cual se cobra el producto.Cuando no exista una asignación presupuestal especí-fica por unidad generadora, se considerará el presu-puesto total asignado a la entidad en la proporción querepresenten los ingresos de la unidad generadora res-pecto del total de ingresos de la entidad.

Tratándose de ingresos recaudados por concepto deproductos o aprovechamientos, excepto multas y cuo-tas compensatorias, durante el año 2003, las depen-dencias de la Administración Pública Centralizada, delos Poderes Legislativo y Judicial, de la Federación,así como los Tribunales Administrativos, el InstitutoFederal Electoral y la Comisión Nacional de los Dere-chos Humanos, previa autorización que les otorgue laSecretaría de Hacienda y Crédito Público para deducirde los ingresos que se obtengan por dichos conceptos,los gastos mínimos indispensables realizados por lasdependencias para lograr la generación de los ingre-sos, deberán enterar a la Tesorería de la Federación elingreso neto que se genere por dichos conceptos, amás tardar el día 10 del mes de calendario inmediatoposterior a aquél en que se genere el ingreso.

Las dependencias de la Administración Pública Cen-tralizada, de los Poderes Legislativo y Judicial, de laFederación, así como los Tribunales Administrativos,el Instituto Federal Electoral y la Comisión Nacionalde los Derechos Humanos, que apliquen lo dispuestoen el párrafo que antecede, deberán presentar a la Se-cretaría de Hacienda y Crédito Público un informemensual de las deducciones efectuadas a sus ingresospor concepto de productos o aprovechamientos, a mástardar dentro del mes siguiente a aquél al que corres-ponda el informe.

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Cuando las deducciones que en el mes haga la depen-dencia a los ingresos generados en el mismo mes porconcepto de productos o aprovechamientos, sean su-periores a los ingresos obtenidos por dichos concep-tos, la diferencia que resulte podrá descontarse de losingresos de la misma naturaleza jurídica que obtenganlas dependencias, Tribunales, Instituto o Comisión,señalados en el párrafo anterior, en periodos posterio-res, hasta agotarla, siempre y cuando dichas deduc-ciones correspondan al mismo ejercicio fiscal en elque se obtengan los ingresos respecto de los cuales ser e s t e n .

Artículo 12. Las autorizaciones para fijar o modificarlas cuotas de los productos, que otorgue la Secretaríade Hacienda y Crédito Público durante el ejercicio fis-cal de 2003, sólo surtirán sus efectos para dicho año y,en su caso, en dichas autorizaciones se señalará el des-tino específico que se apruebe para los productos queperciba la dependencia o entidad correspondiente.

El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría deHacienda y Crédito Público, mediante resoluciones decarácter particular, autorizará para el ejercicio fiscal de2003, las modificaciones y las cuotas de los productos,aun cuando su cobro se encuentre previsto en otras le-yes, así como el destino de los mismos a la dependen-cia correspondiente.

Para tal efecto, las dependencias o entidades interesa-das estarán obligadas a someter para su aprobación,durante los meses de enero y febrero de 2003, losmontos de los productos que tengan una cuota fija o secobren de manera regular. Los productos que no seansometidos a la aprobación de la Secretaría de Hacien-da y Crédito Público, no podrán ser cobrados por ladependencia o entidad de que se trate a partir del 1o.de marzo de dicho año. Asimismo, los productos cuyaautorización haya sido negada por parte de la Secreta-ría de Hacienda y Crédito Público, no podrán ser co-brados por la dependencia o entidad de que se trate, apartir de la fecha en que surta efectos la notificación dela resolución respectiva.

En tanto no sean autorizados los productos a que se re-fiere este artículo para el ejercicio fiscal de 2003, seaplicarán los vigentes al 31 de diciembre de 2002,multiplicados por el factor que corresponda según elmes en que fueron autorizados o, en el caso de haber-se realizado un incremento posterior, a partir de la úl-

tima vez en el que fueron incrementados en dicho ejer-cicio fiscal, conforme a la siguiente tabla:

MES FACTOR

Enero 1.0494

Febrero 1.0398

Marzo 1.0405

Abril 1.0352

Mayo 1.0296

Junio 1.0275

Julio 1.0225

Agosto 1.0196

Septiembre 1.0157

Octubre 1.0097

Noviembre 1.0067

Diciembre 1.0023

Asimismo, en tanto no se emita la autorización de laSecretaría de Hacienda y Crédito Público para el ejer-cicio de 2003, los montos de los productos se actuali-zarán en los meses de abril, julio y octubre de dichoaño, con el factor de actualización correspondiente alperiodo comprendido desde el cuarto mes anterior yhasta el mes inmediato anterior, a aquél por el cual seefectúa la actualización, mismo que se obtendrá deconformidad con el artículo 17-Adel Código Fiscal dela Federación.

En el caso de productos que en el ejercicio inmediatoanterior se hayan fijado en por cientos, se continuaránaplicando durante 2003 los por cientos autorizados porla Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se en-cuentren vigentes al 31 de diciembre de 2002, hasta entanto dicha Secretaría no emita respuesta respecto dela solicitud de autorización para el presente ejerciciofiscal.

Los productos por concepto de penas convencionales,los que se establezcan como contraprestación derivadade una licitación, subasta o remate, los intereses, asícomo aquellos productos que provengan de enajena-ciones efectuadas por el Servicio de Administración deBienes Asegurados y los accesorios de los productos,no requieren de autorización por parte de la Secretaríade Hacienda y Crédito Público para su cobro.

Tratándose de productos que no se hayan cobrado enel ejercicio inmediato anterior o que no se cobren demanera regular, las dependencias y entidades interesa-das deberán someter para su aprobación a la Secretaría

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de Hacienda y Crédito Público el monto de los pro-ductos que pretendan cobrar, en un plazo no menor adiez días anteriores a la fecha de su entrada en vigor.

Las dependencias y entidades de la AdministraciónPública Federal deberán informar a la Secretaría deHacienda y Crédito Público, a más tardar en el mes demarzo de 2003, los conceptos y montos de los ingre-sos que por productos hayan percibido, así como delos enteros efectuados a la Tesorería de la Federaciónpor dichos conceptos durante el ejercicio fiscal inme-diato anterior.

Asimismo, las dependencias y entidades a que se re-fiere el párrafo anterior, deberán presentar a la Secre-taría de Hacienda y Crédito Público, un informe du-rante el mes de julio de 2003 respecto de los ingresosy su concepto que hayan percibido por productos du-rante el primer semestre del ejercicio fiscal citado, asícomo de los que tengan programado percibir duranteel segundo semestre.

Artículo 13. Los ingresos que se recauden por parte delas dependencias o sus órganos administrativos des-concentrados por los diversos conceptos que estableceesta Ley deberán enterarse a la Tesorería de la Federa-ción y deberán reflejarse, cualquiera que sea su natu-raleza, tanto en los registros de la propia Tesorería co-mo en la cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Tratándose de los ingresos a que se refiere el párrafoque antecede que se destinen a un fin específico, de-berán depositarse en una cuenta a nombre de la de-pendencia generadora de los ingresos, debidamente re-gistrada ante la Tesorería de la Federación, a fin de quela propia Tesorería ejerza facultades para comprobar elcumplimiento del destino específico autorizado en lostérminos de esta Ley.

Las entidades sujetas a control presupuestario directo,los Poderes Legislativo y Judicial, el Instituto FederalElectoral y la Comisión Nacional de Derechos Huma-nos, sólo registrarán los ingresos que obtengan porcualquier concepto en el rubro correspondiente de es-ta Ley.

Las entidades sujetas a control presupuestario indirec-to deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Cré-dito Público sobre sus ingresos, a efecto de que se es-té en posibilidad de elaborar los informes trimestrales

que establece esta ley y se reflejen dentro de la Cuen-ta de la Hacienda Pública Federal.

Cuando los ingresos por derechos, productos o apro-vechamientos, se destinen a un fin específico y para elcumplimiento de dicho destino se hubiere creado unfideicomiso, la Tesorería de la Federación deberá for-mar parte del Comité de Vigilancia del mismo, paraverificar que los ingresos referidos se destinen al finpara el que fueron autorizados.

No se concentrarán en la Tesorería de la Federación losingresos provenientes de las aportaciones de seguridadsocial destinadas al Instituto Mexicano del Seguro So-cial, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales delos Trabajadores del Estado y al Instituto de SeguridadSocial de las Fuerzas Armadas Mexicanas, los que po-drán ser recaudados por las oficinas de los propios Ins-titutos y por las instituciones de crédito que autorice laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, debiendocumplirse con los requisitos contables establecidos yreflejarse en la cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Igualmente, no se concentrarán en la Tesorería de laFederación los ingresos provenientes de las aportacio-nes y de los abonos retenidos a trabajadores por patro-nes para el Instituto del Fondo Nacional de la Vivien-da para los Trabajadores.

Las contribuciones, productos o aprovechamientos alos que las leyes de carácter no fiscal otorguen una na-turaleza distinta a la establecida en las leyes fiscales,tendrán la naturaleza establecida en las leyes fiscales.Se derogan las disposiciones que se opongan a lo pre-visto en este artículo, en su parte conducente.

Los ingresos que obtengan las dependencias, organis-mos, empresas, instituciones, organizaciones y fidei-comisos, que integran la Administración Pública Fe-deral, a los que las leyes de carácter no fiscal otorguenuna naturaleza distinta a los conceptos previstos en elartículo 1o. de esta Ley, se considerarán comprendidosen la fracción que les corresponda conforme al citadoartículo 1o.

Las oficinas cuentadantes de la Tesorería de la Federa-ción, deberán conservar, durante dos años, la cuentacomprobada y los documentos justificativos de los in-gresos que recauden por los diversos conceptos queestablece esta Ley.

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Las dependencias y entidades de la AdministraciónPública Federal presentarán, a más tardar en el mes demarzo de 2003, ante la Secretaría de Hacienda y Cré-dito Público, una declaración informativa sobre los in-gresos percibidos durante el ejercicio fiscal de 2002por concepto de contribuciones, aprovechamientos yproductos.

Lo señalado en el presente artículo se establece sinperjuicio de la obligación de concentrar al final delejercicio los recursos no devengados en la Tesorería dela Federación.

Artículo 14. Los ingresos que se recauden por con-cepto de bienes que pasen a ser propiedad del FiscoFederal se enterarán a la Tesorería de la Federación,hasta el momento en que se cobre la contraprestaciónpagada por dichos bienes o cuando los mismos se ena-jenen.

Tratándose de los gastos de ejecución que reciba el fis-co federal, éstos se enterarán a la Tesorería de la Fe-deración hasta el momento en el que efectivamente secobren, sin clasificarlos en el concepto de la contribu-ción o aprovechamiento del cual son accesorios.

Los ingresos que se enteren a la Tesorería de la Fede-ración por concepto de bienes que pasen a ser propie-dad del fisco federal o gastos de ejecución, serán losnetos que resulten de restar al ingreso percibido, laserogaciones efectuadas para realizar la enajenación delos bienes o para llevar a cabo el procedimiento admi-nistrativo de ejecución que dio lugar al cobro de losgastos de ejecución, así como las erogaciones a que serefiere el párrafo siguiente.

Los ingresos netos por enajenación de acciones, ce-sión de derechos y desincorporación de entidades sonlos recursos efectivamente recibidos por el gobiernofederal, una vez descontadas las erogaciones realiza-das tales como comisiones que se paguen a agentes fi-nancieros, contribuciones, gastos de administración,de mantenimiento y de venta, honorarios de comisio-nados especiales que no sean servidores públicos en-cargados de dichos procesos, así como pagos de las re-clamaciones procedentes que presenten los adquiren-tes o terceros, por pasivos ocultos, fiscales o de otra ín-dole, activos inexistentes y asuntos en litigio y demáserogaciones análogas a todas las mencionadas. Los in-gresos netos a que se refiere este párrafo se concentra-

rán en la Tesorería de la Federación, y deberán mani-festarse, tanto en los registros de la propia Tesoreríacomo en la cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable a laenajenación de acciones y cesión de derechos cuandoimpliquen contrataciones de terceros para llevar a ca-bo tales procesos, las cuales deberán sujetarse a lo dis-puesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios del Sector Público.

A rtículo 15. Salvo lo dispuesto en el artículo 13 de es-ta Ley, se aplicará el régimen establecido en esta Ley,a los ingresos que por cualquier concepto reciban lasentidades de la administración pública federal paraes-tatal que estén sujetas a control presupuestario en lostérminos de la Ley de Presupuesto, Contabilidad yGasto Público Federal y del Presupuesto de Egresos dela Federación para el ejercicio fiscal 2003, entre las quese comprende, de manera enunciativa a las siguientes:

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios.

Comisión Federal de Electricidad.

Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servi-cios Conexos.

Instituto Mexicano del Seguro Social.

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de losTrabajadores del Estado.

Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

Luz y Fuerza del Centro.

Las entidades a que se refiere este artículo deberán es-tar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentesy llevar contabilidad en los términos de las disposicio-nes fiscales, así como presentar las declaraciones in-formativas que correspondan en los términos de dichasdisposiciones, aun cuando se sujeten al régimen esta-blecido en esta Ley.

Artículo 16. Se condonan los créditos derivados decontribuciones o aprovechamientos, cuyo cobro tengaencomendado el Servicio de Administración Tributa-ria, cuando el importe del crédito al 31 de diciembrede 2002, sea inferior o igual, al equivalente en mone-

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da nacional a 2,500 unidades de inversión. No proce-derá esta condonación, cuando existan dos o más cré-ditos a cargo de una misma persona y la suma de ellosexceda el límite de 2,500 unidades de inversión nicuando se trate de créditos derivados del impuesto so-bre tenencia o uso de vehículos.

En los casos en que con anterioridad al 1o. de no-viembre de 2002, una persona hubiere incurrido eninfracción a las disposiciones aduaneras que no im-pliquen omisión en el pago de impuestos y a la fechade entrada en vigor de esta Ley no le haya sido im-puesta la sanción correspondiente, dicha sanción nole será determinada, sí por las circunstancias del in-fractor o de la comisión de la infracción, la multaaplicable no excediera del equivalente en moneda na-cional al 1o. de enero de 2003, a 2,500 unidades dei n v e r s i ó n .

Artículo 17. En materia de estímulos fiscales, duranteel ejercicio fiscal de 2003, se estará a lo siguiente:

I. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentesde los sectores agropecuario y forestal que tributenen el régimen simplificado, consistente en permitirel acreditamiento de la inversión realizada contrauna cantidad equivalente al impuesto al activo de-terminado en el ejercicio, mismo que podrá acredi-tarse en ejercicios posteriores hasta agotarse.

II. Se otorga un estímulo fiscal en el impuesto al ac-tivo a los contribuyentes residentes en México quese dediquen al transporte aéreo o marítimo de per-sonas o bienes por los aviones o embarcaciones quetengan concesión o permiso del Gobierno Federalpara ser explotados comercialmente, en los siguien-tes términos:

a) Tratándose de aviones o embarcacionesarrendados, acreditarán contra el impuesto al ac-tivo a su cargo, el impuesto sobre la renta que sehubiera retenido de aplicarse la tasa del 21% enlugar de la tasa del 5% que establece el artículo188 de la Ley del Impuesto sobre la Renta a lospagos por el uso o goce de dichos bienes, siem-pre que se hubiera efectuado la retención y ente-ro de este impuesto y que los aviones o embar-caciones sean explotados comercialmente por elarrendatario en la transportación de pasajeros obienes.

b) En el caso de aviones o embarcaciones pro-piedad del contribuyente, el valor de dichos ac-tivos que se determine conforme a la fracción IIdel artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Acti-vo, se multiplicará por el factor de 0.1 tratándo-se de aviones y por el factor de 0.2 tratándose deembarcaciones, y el monto que resulte será elque se utilizará para determinar el valor del acti-vo de esos contribuyentes respecto de dichosbienes conforme al artículo mencionado.

Los contribuyentes a que se refiere esta fracciónque hubieran ejercido la opción a que se refiereel artículo 5o.-A de la Ley del Impuesto al Acti-vo, podrán efectuar el cálculo del impuesto queles corresponda, aplicando para tal efecto lo dis-puesto en esta fracción.

Los contribuyentes a que se refiere esta fracción,no podrán reducir del valor del activo del ejerci-cio las deudas contratadas para la obtención deluso o goce o la adquisición de los aviones o em-barcaciones, ni aquellas que se contraten para fi-nanciar el mantenimiento de los mismos, por losque se aplique el estímulo a que la misma se re-fiere.

III. Se otorga un estímulo fiscal en el impuesto alactivo a los Almacenes Generales de Depósito porlos inmuebles de su propiedad que utilicen para elalmacenamiento, guarda o conservación de bienes omercancías, consistente en permitir que el valor dedichos activos que se determine conforme a la frac-ción II del artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Ac-tivo, se multiplique por el factor de 0.2; el montoque resulte será el que se utilizará para determinarel valor del activo de esos contribuyentes respectode dichos bienes, conforme al artículo mencionado.

Los contribuyentes a que se refiere esta fracción,que hubieran ejercido la opción a que se refiere elartículo 5o.-A de la Ley del Impuesto al Activo, po-drán efectuar el cálculo del impuesto que les co-rresponda, aplicando para tal efecto lo dispuesto enesta fracción.

IV. Se otorga un estímulo fiscal en el impuesto alactivo a las personas físicas que tributen conformeal régimen de pequeños contribuyentes a que se re-fiere la Ley del Impuesto sobre la Renta, consisten-

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te en el monto total del impuesto que hubiere cau-sado.

V. Se otorga un estímulo fiscal en el impuesto al ac-tivo por el monto total del mismo que se derive dela propiedad de cuentas por cobrar derivadas decontratos que celebren los contribuyentes con orga-nismos públicos descentralizados del Gobierno Fe-deral, respecto de inversiones de infraestructuraproductiva destinada a actividades prioritarias, au-torizada por la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, en los términos del artículo 18 de la LeyGeneral de Deuda Pública.

VI. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyen-tes de los sectores agrícola, ganadero, pesquero yminero que adquieran diesel para su consumo finaly siempre que dicho combustible no sea para usoautomotriz en vehículos que se destinen al trans-porte de personas o efectos a través de carreteras ocaminos, consistente en permitir el acreditamientodel impuesto especial sobre producción y serviciosque Petróleos Mexicanos y sus organismos subsi-diarios hayan causado por la enajenación de estecombustible, siempre que se utilice exclusivamentecomo combustible en:

a) Maquinaria fija de combustión interna, ma-quinaria de flama abierta y locomotoras.

b) Vehículos marinos y maquinaria utilizada enlas actividades de acuacultura.

c) Tractores, motocultores, combinadas, empa-cadoras de forraje, revolvedoras, desgranadoras,molinos, cosechadoras o máquinas de combus-tión interna para aserrío, bombeo de agua o ge-neración de energía eléctrica, que se utilicen enactividades de siembra, cultivo y cosecha deproductos agrícolas; cría y engorda de ganado,aves de corral y animales; cultivo de los bosqueso montes, así como en la cría, conservación, res-tauración, fomento y aprovechamiento de la ve-getación de los mismos.

d) Vehículos de baja velocidad o bajo perfil, quepor sus características no estén autorizados paracircular por sí mismos en carreteras federales oconcesionadas, y siempre que se cumplan los re-quisitos que mediante reglas de carácter general

establezca la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico.

Asimismo, los contribuyentes que adquieran dieselpara su consumo final que se utilice exclusivamen-te como combustible en maquinaria fija de combus-tión interna, maquinaria de flama abierta y locomo-toras, independientemente del sector al que perte-nezcan, podrán aplicar el estímulo fiscal a que se re-fiere esta fracción.

VII. Para los efectos de lo dispuesto en la fracciónanterior, los contribuyentes estarán a lo siguiente:

a) Podrán acreditar únicamente el impuesto espe-cial sobre producción y servicios que PetróleosMexicanos y sus organismos subsidiarios hayancausado por la enajenación del diesel. Para estosefectos, el monto que dichas personas podránacreditar será el que se señale expresamente y porseparado en el comprobante correspondiente.

En los casos en que el diesel se adquiera deagencias o distribuidores autorizados, el impues-to que los contribuyentes antes mencionados po-drán acreditar, será el que se señale en forma ex-presa y por separado en el comprobante que lesexpidan dichas agencias o distribuidores y quedeberá ser igual al que Petróleos Mexicanos ysus organismos subsidiarios hayan causado porla enajenación a dichas agencias o distribuidoresdel diesel, en la parte que corresponda al com-bustible que las mencionadas agencias o distri-buidores comercialicen a esas personas. En nin-gún caso procederá la devolución de las cantida-des a que se refiere este inciso.

b) Las personas que utilicen el diesel en las ac-tividades agropecuarias o silvícolas señaladas enel inciso c) de la fracción VI de este artículo, po-drán acreditar un monto equivalente a la canti-dad que resulte de multiplicar el precio de ad-quisición del diesel en las estaciones de servicioy que conste en el comprobante correspondien-te, incluido el impuesto al valor agregado, por elfactor de 0.355, en lugar de aplicar lo dispuestoen el inciso anterior.

Tratándose de la enajenación de diesel que seutilice para consumo final, Petróleos Mexicanos

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y sus organismos subsidiarios o sus agencias odistribuidores autorizados, deberán desglosarexpresamente y por separado en el comprobantecorrespondiente el impuesto especial sobre pro-ducción y servicios que Petróleos Mexicanos ysus organismos subsidiarios hubieran causadopor la enajenación de que se trate.

El acreditamiento a que se refiere la fracción an-terior, únicamente podrá efectuarse contra el im-puesto sobre la renta que tenga el contribuyentea su cargo o, en su caso, contra el impuesto alactivo, que se deba enterar, utilizando la formaoficial que mediante reglas de carácter generaldé a conocer la Secretaría de Hacienda y Crédi-to Público.

VIII. Las personas que adquieran diesel para suconsumo final en las actividades agropecuarias osilvícolas a que se refiere el inciso c) de la fracciónVI del presente artículo, podrán solicitar la devolu-ción del monto del impuesto especial sobre produc-ción y servicios que tuvieran derecho a acreditar enlos términos de la fracción VII que antecede, en lu-gar de efectuar el acreditamiento a que el mismo serefiere, siempre que cumplan con lo dispuesto enesta fracción.

Las personas a que se refiere el párrafo anterior quepodrán solicitar la devolución, serán únicamenteaquéllas cuyos ingresos en el ejercicio inmediatoanterior no hayan excedido de veinte veces el sala-rio mínimo general correspondiente al área geográ-fica del contribuyente elevado al año. En ningún ca-so el monto de la devolución podrá ser superior a$654.82 mensuales por cada persona física, salvoque se trate de personas físicas que cumplan con susobligaciones fiscales en los términos de las Seccio-nes I o II del Capítulo II del Título IV de la Ley delImpuesto sobre la Renta, en cuyo caso podrán soli-citar la devolución de hasta $1,309.65 mensuales.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emiti-rá las reglas necesarias para simplificar la obtenciónde la devolución a que se refiere el párrafo anterior,a más tardar el 31 de enero de 2003.

Las personas morales que podrán solicitar la devolu-ción serán aquéllas cuyos ingresos en el ejercicio in-mediato anterior, no hayan excedido de veinte veces

el salario mínimo general correspondiente al área ge-ográfica del contribuyente elevado al año, por cadauno de los socios o asociados, sin exceder de dos-cientas veces dicho salario mínimo. El monto de ladevolución no podrá ser superior a $654.82 mensua-les, por cada uno de los socios o asociados sin queexceda en su totalidad de $6,905.56 mensuales, sal-vo que se trate de personas morales que cumplan consus obligaciones fiscales en los términos del Capítu-lo VII del Título II de la Ley del Impuesto sobre laRenta, en cuyo caso podrán solicitar la devolución dehasta $1,309.65 mensuales, por cada uno de los so-cios o asociados, sin que en este último caso excedaen su totalidad de $13,091.11 mensuales.

Las cantidades en moneda nacional establecidas enlos párrafos anteriores, se actualizarán en los mesesde enero y julio con el factor de actualización co-rrespondiente al periodo comprendido desde el sép-timo mes inmediato anterior hasta el último mes in-mediato anterior a aquél por el cual se efectúa la ac-tualización, mismo que se obtendrá de conformidadcon el artículo 17-Adel Código Fiscal de la Federa-ción. La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicorealizará las operaciones aritméticas previstas eneste artículo y publicará los resultados de la actuali-zación en el Diario Oficial de la Federación a mástardar el día 10 de los meses citados.

La devolución correspondiente deberá ser solicitadatrimestralmente en los meses de abril, julio y octu-bre del mismo año y enero del siguiente.

Las personas a que se refiere el primer párrafo deesta fracción, deberán llevar un registro de controlde consumo de diesel, en el que asienten mensual-mente la totalidad del diesel que utilicen para susactividades agropecuarias o silvícolas en los térmi-nos del inciso c) de la fracción VI de este artículo,distinguiendo entre el diesel que se hubiera destina-do para los fines a que se refiere dicho inciso, deldiesel utilizado para otros fines. Dicho registro de-berá estar a disposición de las autoridades fiscalespor el plazo a que se esté obligado a conservar lacontabilidad en los términos de las disposicionesfiscales.

Para obtener la devolución a que se refiere esta frac-ción, se deberá presentar la forma oficial 32 de de-voluciones, ante la Administración Local de Recau-

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dación que corresponda, acompañada de la docu-mentación que la misma solicite, así como la esta-blecida en la presente fracción.

El derecho para la recuperación mediante acredita-miento o devolución del impuesto especial sobreproducción y servicios, tendrá una vigencia de unaño contado a partir de la fecha en que se hubiereefectuado la adquisición del diesel cumpliendo conlos requisitos señalados en esta fracción, en el en-tendido de que quien no lo acredite o solicite opor-tunamente su devolución, perderá el derecho de re-alizarlo con posterioridad a dicho año.

Los derechos previstos en esta fracción no seránaplicables a los contribuyentes que utilicen el dieselen bienes destinados al Autotransporte de personaso efectos a través de carreteras o caminos.

IX. Para la aplicación del estímulo a que hace refe-rencia el artículo 219 de la Ley del Impuesto sobrela Renta, se estará a lo siguiente:

a) Se creará un Comité Interinstitucional que es-tará formado por un representante del ConsejoNacional de Ciencia y Tecnología, quien tendrávoto de calidad en la autorización de los proyec-tos de ciencia y tecnología, uno de la Secretaríade Economía, uno de la Secretaría de Hacienday Crédito Público y uno de la Secretaría de Edu-cación Pública, el cual deberá dar a conocer amás tardar el 31 de marzo de 2003, las reglas ge-nerales con que operará dicho Comité, así comolos sectores prioritarios susceptibles de obtenerel beneficio, las características de las empresas ylos requisitos adicionales que se deberán cum-plir para poder solicitar el beneficio del estímu-lo.

b) El monto total del estímulo a distribuir entrelos aspirantes del beneficio, no excederá de$500 millones de pesos para el año de 2003.

c) El Comité Interinstitucional estará obligado apublicar a más tardar el último día de los mesesde julio y diciembre de 2003, el monto erogadodurante el primer y segundo semestres, segúncorresponda, así como las empresas beneficia-rias del estímulo fiscal y los proyectos por loscuales fueron merecedoras de este beneficio.

El contribuyente podrá aplicar el crédito fiscal a quese refiere esta fracción, contra el impuesto sobre larenta o el impuesto al activo que tenga a su cargo,en la declaración anual del ejercicio en el que se de-terminó dicho crédito o en los ejercicios siguienteshasta agotarlo.

La parte del crédito fiscal no aplicada se actualiza-rá por el periodo comprendido desde el mes en quese presentó la declaración del ejercicio en que se de-terminó el crédito fiscal y hasta el mes inmediatoanterior a aquél en que se aplique. La parte del cré-dito fiscal actualizada pendiente de aplicar, se ac-tualizará por el periodo comprendido desde el mesen que se actualizó por última vez y hasta el mes in-mediato anterior a aquél en que se aplique.

X. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentesque adquieran diesel para su consumo final y quesea para uso automotriz en vehículos que se desti-nen exclusivamente al transporte público de perso-nas o carga a través de carreteras o caminos, con-sistente en el acreditamiento del 25% del monto delimpuesto especial sobre producción y servicios quePetróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarioshayan causado por la enajenación del diesel. Paraestos efectos, en los casos en los que el diesel se ad-quiera de agencias o distribuidores autorizados, elimpuesto que las personas antes mencionadas po-drán acreditar, será el 25% del que se señale en for-ma expresa y por separado en el comprobante queles expidan dichas agencias o distribuidores.

Tratándose de la enajenación de diesel que se utili-ce para consumo final, Petróleos Mexicanos y susorganismos subsidiarios o sus agencias o distribui-dores autorizados, deberán desglosar expresamentey por separado en el comprobante correspondienteel impuesto especial sobre producción y serviciosque Petróleos Mexicanos y sus organismos subsi-diarios hubieran causado por la enajenación de quese trate. El comprobante que se expida deberá reu-nir los requisitos que mediante reglas de caráctergeneral establezca el Servicio de AdministraciónTributaria.

El acreditamiento a que se refiere esta fracción, úni-camente podrá efectuarse contra el impuesto sobrela renta que tenga el contribuyente a su cargo o ensu carácter de retenedor o, en su caso, contra el im-

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puesto al activo, que se deba enterar, utilizando laforma oficial que mediante reglas de carácter gene-ral dé a conocer el Servicio de Administración Tri-butaria. En ningún caso este beneficio podrá ser uti-lizado por los contribuyentes que presten preponde-rantemente sus servicios a otra persona moral resi-dente en el país o en el extranjero, que se considereparte relacionada, aplicando en lo conducente el ar-tículo 215 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

El acreditamiento del impuesto especial sobre pro-ducción y servicios se realizará únicamente contrael impuesto que corresponda en los pagos provisio-nales del mes en que se adquiera el diesel o los do-ce meses siguientes a que se adquiera el diesel ocontra el impuesto del propio ejercicio.

Los beneficiarios del estímulo previsto en esta frac-ción deberán llevar los controles y registros que me-diante reglas de carácter general establezca el Ser-vicio de Administración Tributaria.

XI. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyen-tes que se dediquen exclusivamente al transporte te-rrestre de carga o pasaje que utilizan la Red Nacio-nal de Autopistas de Cuota, consistente en permitirun acreditamiento de los gastos realizados en el pa-go de los servicios por el uso de la infraestructuracarretera de cuota hasta en un 50% del gasto totalerogado por este concepto.

Los contribuyentes considerarán como ingresosacumulables para los efectos del impuesto sobre larenta el estímulo a que hace referencia esta fracciónen el momento en que efectivamente lo acrediten.

El acreditamiento a que se refiere esta fracción, úni-camente podrá efectuarse contra el impuesto sobrela renta que tenga el contribuyente a su cargo o, ensu caso, contra el impuesto al activo, que se debaenterar, utilizando la forma oficial que mediante re-glas de carácter general dé a conocer el Servicio deAdministración Tributaria.

El acreditamiento de los gastos a que hace referen-cia esta fracción se realizará únicamente contra elimpuesto que corresponda en los pagos provisiona-les del ejercicio en que se realicen dichos gastos ocontra el impuesto del propio ejercicio, en el enten-dido de que quien no lo acredite contra los pagos

provisionales o en la declaración del ejercicio quecorresponda, perderá el derecho de realizarlo conposterioridad a dicho ejercicio.

Se faculta al Servicio de Administración Tributariapara emitir las reglas de carácter general que deter-minen los porcentajes máximos de acreditamientopor tramo carretero y demás disposiciones que con-sidere necesarias para la correcta aplicación de estebeneficio.

XII. Se otorga un estímulo a los productores deagave tequilana weber azul y a los productores delas diversas variedades de agave que marca la Nor-ma Oficial Mexicana, que enajenen dichos produc-tos para ser utilizados exclusivamente en la elabo-ración de tequila o de mezcal, en un monto que nopodrá exceder de $6.00 por kilo de agave.

El monto del estímulo deberá ser entregado al pro-ductor del agave tequilana weber azul o de las de-más variedades que marque la Norma Oficial Me-xicana, por el adquirente del mismo en el momentoen el que se pague la contraprestación que corres-ponda a dicha enajenación, disminuyendo del pre-cio el monto del estímulo a que se refiere esta frac-ción.

El adquirente considerará el pago del estímulo efec-tuado al productor de agave tequilana weber azul ode las demás variedades que marque la Norma Ofi-cial Mexicana, como un crédito fiscal que podrádisminuir únicamente del impuesto especial sobreproducción y servicios que se cause en la enajena-ción de tequila o de mezcal, en los términos del pá-rrafo siguiente, sin que en ningún caso la disminu-ción exceda del 50% del impuesto causado en elmes de que se trate.

El crédito fiscal sólo se podrá disminuir durante losdoce meses siguientes a la fecha en la que se ad-quiera el agave, del impuesto que resulte de la ena-jenación del tequila o del mezcal, que se produzca apartir de la entrada en vigor de la presente Ley y so-bre la cual se pague el impuesto especial sobre pro-ducción y servicios a la tasa establecida en la Leydel Impuesto Especial sobre Producción y Servi-cios, sin que exceda de los límites establecidos enlos párrafos anteriores.

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Para determinar el monto definitivo del estímulo,los productores dividirán el 50% del impuesto es-pecial sobre producción y servicios causado por laenajenación de tequila o de mezcal, en el periodo deenero a junio de 2003, entre el número de kilos deagave adquiridos en dicho periodo. La diferenciaentre el monto que resulte y el límite máximo de$6.00 por kilo de agave que no se hubiera pagado alproductor del citado agave en el momento de la ad-quisición, se podrá pagar a partir del mes en que sehaga el ajuste a que se refiere este párrafo y se po-drá disminuir del impuesto especial de referenciaque se cause en la enajenación de tequila o de mez-cal, en los seis meses siguientes, hasta agotarlo, sinque en ningún caso el impuesto a pagar en los cita-dos meses sea inferior al 50% del impuesto causadoen el mes de que se trate. En el caso de que el mon-to pagado al productor de agave exceda del montoque se determine conforme a este párrafo como cré-dito definitivo, el excedente se disminuirá del cré-dito al que tengan derecho los productores de tequi-la o de mezcal, en el segundo semestre del ejercicio,en los términos de esta fracción. El mismo procedi-miento se seguirá para determinar el estímulo defi-nitivo correspondiente al periodo de julio a diciem-bre de 2003. En el caso de que el crédito corres-pondiente al segundo semestre exceda del montomáximo definitivo que corresponda a dicho periodoen los términos de este párrafo, el excedente se pa-gará conjuntamente con la declaración que presen-ten los productores de tequila o de mezcal, en elmes de febrero de 2004, actualizado y con los re-cargos correspondientes desde el mes en el que seaplicó en exceso el crédito otorgado en este artícu-lo y hasta la fecha en la que el mismo se pague.

Los productores de agave tequilana weber azul o delas demás variedades que marque la Norma OficialMexicana, considerarán como ingreso acumulablepara los efectos del impuesto sobre la renta el mon-to del estímulo fiscal percibido en los términos deesta fracción.

Los adquirentes del agave tequilana weber azul o delas demás variedades que marque la Norma OficialMexicana, deberán reportar mensualmente a las au-toridades fiscales el volumen y valor del agave ad-quirido en el mes inmediato anterior, así como elmonto pagado del estímulo a que se refiere estafracción, por productor de agave.

Los beneficiarios de los estímulos previstos en lasfracciones VI, X, XI y XII del presente artículo, que-darán obligados a proporcionar la información que lesrequieran las autoridades fiscales dentro del plazo quepara tal efecto le señalen.

Los beneficios que se otorgan en las fracciones VI,VII, y VIII del presente artículo, no podrán ser acu-mulables con ningún otro estímulo fiscal establecidoen esta Ley. Tratándose de los estímulos establecidosen las fracciones X y XI del mismo podrán ser acu-mulables entre sí, pero no con los demás estímulos es-tablecidos en la citada Ley.

Con independencia de lo dispuesto en el párrafo ante-rior, el beneficio que se otorga en la fracción XII de es-te artículo podrá ser acumulable con cualesquiera otroestímulo fiscal.

Los estímulos que se otorgan en el presente artículo,están condicionados a que los beneficiarios de los mis-mos cumplan con los requisitos que para cada estímu-lo establece la presente Ley.

Se faculta al Servicio de Administración Tributaria paraemitir las reglas generales que sean necesarias para laobtención de los beneficios previstos en este artículo.

Artículo 18. Se faculta a la Secretaría de Hacienda yCrédito Público para otorgar los estímulos fiscales ysubsidios siguientes:

I. Los relacionados con comercio exterior:

a) A la importación de artículos de consumo alas regiones fronterizas.

b) Ala importación de equipo y maquinaria a lasregiones fronterizas.

II. A cajas de ahorro y sociedades de ahorro y prés-tamo.

Se aprueban los estímulos fiscales y subsidios con car-go a impuestos federales, así como las devoluciones deimpuestos concedidos para fomentar las exportacionesde bienes y servicios o la venta de productos naciona-les a las regiones fronterizas del país en los por cientoso cantidades otorgados o pagadas en su caso, que se hu-bieran otorgado durante el ejercicio fiscal de 2002.

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, paraconceder los estímulos a que se refiere este artículo es-cuchará, en su caso, la opinión de las dependenciascompetentes en los términos de la Ley Orgánica de laAdministración Pública Federal.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público expedirálas disposiciones necesarias para el cumplimiento delo establecido por este artículo en materia de estímulosfiscales y subsidios.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público informa-rá trimestralmente al Congreso de la Unión sobre elcosto que representan para el erario federal, por con-cepto de menor recaudación, los diversos estímulosfiscales a que se refiere esta fracción, así como los sec-tores objeto de este beneficio.

Artículo 19. Se derogan las disposiciones que conten-gan exenciones, totales o parciales, o consideren a per-sonas como no sujetos de contribuciones federales,otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales enmateria de ingresos y contribuciones federales, distin-tos de los establecidos en el Código Fiscal de la Fede-ración, ordenamientos legales referentes a organismosdescentralizados federales que prestan los servicios deseguridad social, Decretos Presidenciales, tratados in-ternacionales y las leyes que establecen dichas contri-buciones, así como los reglamentos de las mismas.

Lo dispuesto en el párrafo anterior también será apli-cable cuando las disposiciones que contengan exen-ciones, totales o parciales, o consideren a personas co-mo no sujetos de contribuciones federales, otorguentratamientos preferenciales o diferenciales en materiade ingresos y contribuciones, federales, se encuentrencontenidas en normas jurídicas que tengan por objetola creación de organismos descentralizados, órganosdesconcentrados y empresas de participación estatal.

Se derogan las disposiciones que establezcan que losingresos que obtengan las dependencias o entidadespor concepto de derechos, productos o aprovecha-mientos, tienen un destino específico, distintas de lascontenidas en el Código Fiscal de la Federación, en lapresente Ley y en las demás leyes fiscales.

Asimismo, se derogan las disposiciones contenidas enleyes de carácter no fiscal que establezcan que los in-gresos que obtengan las dependencias, incluyendo a

sus órganos administrativos desconcentrados, o enti-dades, por concepto de derechos, productos, o aprove-chamientos, e ingresos de cualquier otra naturaleza,serán considerados como ingresos excedentes en elejercicio fiscal en que se generen.

Artículo 20. Los ingresos que trimestralmente obten-gan en exceso a los previstos en el calendario trimes-tral que publique la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico de los ingresos contemplados en esta Ley, losPoderes Legislativo y Judicial, de la Federación, losTribunales Administrativos, el Instituto Federal Elec-toral, la Comisión Nacional de los Derechos Huma-nos, las dependencias del Ejecutivo Federal y sus ór-ganos administrativos desconcentrados, así como lasentidades sujetas a control presupuestario directo, sedeberán aplicar a los fines que al efecto establezca elPresupuesto de Egresos de la Federación para el ejer-cicio fiscal de 2003, sin perjuicio de lo dispuesto en elartículo 13 de esta Ley.

Las entidades no sujetas a control presupuestario di-recto que obtengan ingresos de los previstos en estaLey, deberán informar a la Secretaría de Hacienda yCrédito Público sobre el monto de dichos ingresos, pa-ra formular los informes trimestrales a que se refiere elartículo 23 de esta Ley y la cuenta de la Hacienda Pú-blica Federal.

A rtículo 21. Los ingresos excedentes a que se refiere elartículo anterior, se clasifican de la siguiente manera:

I. Ingresos inherentes a las funciones de la depen-dencia o entidad los cuales se generan en exceso alos previstos en el calendario trimestral de los in-gresos previstos en esta Ley o, en su caso, a los pre-vistos en los presupuestos de las entidades, por ac-tividades relacionadas directamente con las funcio-nes recurrentes de la institución;

II. Ingresos no inherentes a las funciones de la de-pendencia o entidad, los cuales se obtienen en ex-ceso a los previstos en el calendario trimestral delos ingresos previstos en esta Ley o, en su caso, alos previstos en los presupuestos de las entidades,por actividades que no guardan relación directa conlas funciones recurrentes de la institución;

III. Ingresos de carácter excepcional, los cuales seobtienen en exceso a los previstos en el calendario

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trimestral de los ingresos previstos en esta Ley o, ensu caso, a los previstos en los presupuestos de lasentidades, por actividades de carácter excepcionalque no guardan relación directa con las atribucionesde la entidad, tales como la recuperación de segu-ros, los donativos en dinero, y la enajenación debienes muebles, y

IV. Ingresos de los Poderes Legislativo y Judicial,así como de los Tribunales Administrativos, Institu-to Federal Electoral y la Comisión Nacional de losDerechos Humanos.

Los ingresos excedentes de las entidades u órganos dela Administración Pública Centralizada, serán deter-minados con base en las estimaciones de ingresos pre-vistas en el artículo 1o. de esta Ley.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dará a co-nocer, a más tardar el 31 de enero, la estimación tri-mestral de los ingresos, desagregando el artículo 1o.,fracciones I, numerales 1, 3, 4 y 9, inciso A, III nume-rales 3, 4 y 5, VI, numerales 19, inciso D, 21 y 24, in-cisos A y D, VII y VIII, de esta Ley, por entidad.

Asimismo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Públi-co dará a conocer, a más tardar el último día hábil deenero, una lista que detalle los ingresos a que se refie-ren las fracciones I, II y III de este artículo.

Artículo 22. Quedan sin efecto las exenciones relati-vas a los gravámenes a bienes inmuebles previstas enleyes federales a favor de organismos descentralizadossobre contribuciones locales, salvo en lo que se refie-re a bienes propiedad de dichos organismos que seconsideren del dominio público de la Federación.

Artículo 23. Para los efectos de lo dispuesto por losartículos 58 y 160, de la Ley del Impuesto sobre laRenta, durante el ejercicio fiscal de 2003 la tasa de re-tención será del 1.8%.

Asimismo y para los efectos de lo dispuesto por lafracción XIV de las Disposiciones Transitorias de laLey del Impuesto Especial sobre Producción y Servi-cios, publicadas el 1o. de enero de 2002, durante elaño de 2003 son cigarros populares sin filtro los que al1o. de enero de 2003 tengan un precio máximo al pú-blico que no exceda de $0.48 por cigarro.

Capítulo IVDe la Información, la Transparencia,

y la Evaluación de la Eficiencia Recaudatoria, la Fiscalización y el Endeudamiento.

Artículo 24. El Ejecutivo Federal, por conducto de laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, estará obli-gado a proporcionar información sobre la SituaciónEconómica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública,al Congreso de la Unión en los términos siguientes:

I. Informes mensuales sobre la evolución de la re-caudación, los montos de endeudamiento internoneto, el canje o refinanciamiento de obligacionesdel Erario Federal, en los términos de la Ley Gene-ral de Deuda Pública, y el costo total de las emisio-nes de deuda interna y externa. Dichos informes de-berán presentarse a las Comisiones de Hacienda yCrédito Público de las Cámaras de Diputados y deSenadores a más tardar 35 días después de termina-do el mes de que se trate.

II. Informes trimestrales sobre la Situación Econó-mica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública enlos que se presente información sobre la evoluciónde la recaudación, los montos de endeudamiento in-terno neto, el canje o refinanciamiento de obliga-ciones del Erario Federal, en los términos de la LeyGeneral de Deuda Pública, y el costo total de lasemisiones de deuda interna y externa. Dichos infor-mes deberán presentarse a las Comisiones de Ha-cienda y Crédito Público de las Cámaras de Diputa-dos y de Senadores a más tardar 35 días después determinado el trimestre de que se trate.

III. La información sobre el costo total de las emi-siones de deuda interna y externa deberá identificarpor separado el pago de las comisiones y gastos in-herentes a la emisión, de los del pago a efectuar porintereses. Estos deberán diferenciarse de la tasa deinterés que se pagará por los empréstitos y bonoscolocados. Asimismo, deberá informar sobre la tasade interés o rendimiento que pagará cada emisión,el plazo, y el monto de la emisión; y

IV. Los datos estadísticos y la información que laSecretaría de Hacienda y Crédito Público tenga dis-ponibles que puedan contribuir a una mejor com-prensión de la evolución de la recaudación y del en-deudamiento, que los Diputados y Senadores solici-

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ten por conducto de las Comisiones de Hacienda yCrédito Público respectivas. Dicha información de-berá entregarse en forma impresa y en medios mag-néticos en los términos que estas Comisiones deter-minen. La Secretaría de Hacienda y Crédito Públi-co proporcionará dicha información en un plazo nomayor de 30 días naturales, contados a partir de lasolicitud que se haga.

La información que la Secretaría de Hacienda y Cré-dito Público proporcione en los términos de este artí-culo deberá ser completa y oportuna. En caso de in-cumplimiento se estará a lo dispuesto en la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LeyFederal de Responsabilidades Administrativas de losServidores Públicos, la Ley Orgánica del CongresoGeneral de los Estados Unidos Mexicanos y las demásdisposiciones aplicables.

A rtículo 25. En los informes trimestrales a que se re-fiere el artículo 24 de esta Ley, la Secretaría de Ha-cienda y Crédito Público deberá señalar los avancesde los programas de financiamiento, así como lasprincipales variaciones en los objetivos y en las metasde los mismos. Dichos informes contendrán lo si-g u i e n t e :

I. Los ingresos recaudados u obtenidos con la desa-gregación que se establece en el artículo 1o. de estaLey.

II. Los ingresos recabados u obtenidos por el Go-bierno Federal, atendiendo al origen petrolero y nopetrolero de los recursos, especificando los montosque corresponden a impuestos, derechos, aprove-chamientos e ingresos propios de Petróleos Mexi-canos.

III. Los ingresos recabados u obtenidos conforme ala clasificación institucional de los recursos.

IV. Los ingresos excedentes a los que hace referen-cia la fracción I del artículo 19 del Decreto de Pre-supuesto de Egresos de la Federación para el ejerci-cio fiscal 2003.

V. Informe de deuda pública que contenga la evolu-ción detallada de la misma al trimestre, incluyendo elperfil de amortizaciones internas y externas. Este in-forme deberá incluir un apartado que refiera las ope-

raciones activas y pasivas del Instituto de Protecciónal Ahorro Bancario, así como de su posición finan-ciera, incluyendo aquéllas relativas a la enajenaciónde bienes, colocación de valores y apoyos otorg a d o s .

En este informe se deberá incluir la información so-bre las comisiones de compromiso pagadas por loscréditos internos y externos contratados.

VI. Dentro del informe trimestral, un comparativoque presente las variaciones de los ingresos obteni-dos al trimestre por cada concepto indicado en lafracción I del presente artículo respecto a las esti-maciones mencionadas en el último párrafo de esteartículo, así como las razones que expliquen estasvariaciones.

Los informes a que se refiere este artículo deberán in-tegrarse bajo una metodología que permita hacer com-paraciones consistentes a lo largo del ejercicio fiscal.

Para los propósitos de este artículo, se entenderá poringresos aquellos que deberán publicarse en el DiarioOficial de la Federación conforme a lo establecido enel Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federaciónpara el ejercicio fiscal 2003, conforme a la desagrega-ción establecida en el artículo 1o. de esta Ley.

Artículo 26. La Secretaría de Hacienda y Crédito Pú-blico deberá informar trimestralmente en una secciónespecífica lo relativo a:

I. Recaudación, saldos de los créditos fiscales, nú-mero de contribuyentes por sector de actividad ypor tamaño de contribuyente, de acuerdo a la clasi-ficación siguiente:

A. Personas físicas.

B. Personas físicas con actividades empresariales.

C. Personas morales.

II. Saldos sobre las devoluciones de cada uno de losimpuestos. Esto se refiere al saldo resultante de lacompensación de los pagos provisionales al enterode los diversos impuestos, en que dicho saldo pue-de ser a favor o a cargo del contribuyente.

III. Aplicación de multas.

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Para la presentación de esta información las Comisio-nes de Hacienda y Crédito Público definirán el conte-nido de los cuadros estadísticos requeridos. Asimismo,deberá informar sobre los resultados de las tareas deauditoría y de fiscalización y del costo en que se incu-rre por estas tareas.

Artículo 27. El Ejecutivo Federal, a través de la Se-cretaría de Hacienda y Crédito Público, incluirá tri-mestralmente en el Informe Sobre la Situación Econó-mica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública, la in-formación relativa a los requerimientos financieros ydisponibilidades de la Administración Pública Centra-lizada, de órganos autónomos, del sector público fede-ral y del sector público federal consolidado, lo cualimplica considerar a las entidades paraestatales con-templadas en los anexos IV y V del Decreto del Pre-supuesto de Egresos de la Federación para el ejerciciofiscal 2003.

Artículo 28. En la recaudación y el endeudamientopúblico del Gobierno Federal, la Secretaría de Hacien-da y Crédito Público y las entidades, estarán obligadasa proporcionar a la Contraloría y a la Auditoría Supe-rior de la Federación, en el ámbito de sus respectivascompetencias y en los términos de las disposicionesque apliquen, la información en materia de recauda-ción y endeudamiento que éstas requieran legalmente.

El incumplimiento a lo dispuesto en este artículo serásancionado en los términos de la Ley Federal de Res-ponsabilidades Administrativas de los Servidores Pú-blicos y las demás disposiciones aplicables.

A rtículo 29. La Secretaría de Hacienda y Crédito Públi-co y el Servicio de Administración Tributaria difundirána la brevedad entre la población en general, a través delas páginas electrónicas que tengan establecidas en elsistema “Internet”, la información relativa a la legisla-ción, reglamentos y disposiciones de carácter general asícomo las tablas para el pago de impuestos. Para tal efec-to, deberán incluir la información en sus páginas elec-trónicas a más tardar 24 horas posteriores a la hora quese haya generado dicha información o disposición.

Artículo 30. La Secretaría de Contraloría y DesarrolloAdministrativo, en el ámbito de su competencia y deacuerdo con las leyes, verificará periódicamente losresultados de la ejecución de los programas de recau-dación y fiscalización. Para tal efecto, dispondrá lo

conducente para que se lleven a cabo las auditoríasque se requieran, así como para que se finquen las res-ponsabilidades y se apliquen las sanciones que proce-dan conforme a las disposiciones aplicables, sin per-juicio de las sanciones penales que determinen las au-toridades competentes.

Tratándose de las dependencias y entidades, la citadaContraloría pondrá en conocimiento de tales hechos ala Auditoría Superior de la Federación, en los términosque establecen las disposiciones aplicables.

Artículo 31. La Secretaría de Hacienda y Crédito Pú-blico deberá informar trimestralmente en una secciónespecífica lo relativo a:

I. Recaudación del Impuesto sobre la Renta de per-sonas morales; personas físicas; residentes en el ex-tranjero y otros regímenes fiscales que establece laLey de la materia; asimismo, presentar datos sobreel número de contribuyentes por régimen fiscal yrecaudación por sector de actividad y por tamaño decontribuyente.

II. Recaudación del Impuesto al Valor Agregado depersonas físicas y morales; por sector de actividadeconómica; por tamaño de contribuyente; por régi-men fiscal que establece la Ley de la materia, y porsu origen petrolero y no petrolero, desagregando ca-da uno de los rubros tributarios asociados al sector;los derechos; aprovechamientos, e ingresos propiosde Petróleos Mexicanos.

III. Recaudación del Impuesto Especial sobre Pro-ducción y Servicios de cerveza y bebidas refrescan-tes; bebidas alcohólicas; tabacos labrados, y gas,gasolinas y diesel.

IV. Monto de la Recaudación Federal Participable eintegración de los fondos que se distribuirán a lasentidades federativas y municipios vía Participacio-nes Federales.

V. Ingresos derivados de auditoría y de las accionesde fiscalización, así como los gastos efectuados conmotivo de estas tareas.

VI. Aplicación de multas especificando el rubro porel que fueron aplicadas, así como su distribución re-gional.

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VII. Los montos que representan para el erario fe-deral los estímulos fiscales a que se refiere esta Ley,así como los sectores de la actividad económica quereciben los beneficios.

VIII. Datos sobre los juicios ganados y perdidospor el Servicio de Administración Tributaria antetribunales.

IX. Información detallada sobre los sectores de laactividad económica beneficiados por los estímulosfiscales, así como el monto de los costos para la re-caudación por este concepto.

X. Cartera de créditos fiscales en cantidad e impor-te, así como el saldo de los créditos fiscales en susdistintas claves de tramitación de cobro y el impor-te mensual recuperado.

XI. Universo de contribuyentes por sector de acti-vidad económica, por tamaño de contribuyente ypor personas físicas y morales.

XII. Las desincorporaciones de entidades, así comosu monto.

Artículo 32. La Secretaría de Hacienda y Crédito Pú-blico deberá entregar a las Comisiones de Hacienda yCrédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública dela Cámara de Diputados, el Presupuesto de Gastos Fis-cales. Este comprende, en términos generales, losmontos que deja de recaudar el erario federal por con-cepto de tasas diferenciadas en los distintos impuestos,exenciones, subsidios y créditos fiscales, tratamientosy regímenes especiales establecidos en las distintas le-yes que en materia tributaria aplican a nivel federal.Dicho Presupuesto de Gastos Fiscales deberá contenerlos montos referidos estimados para el año 2003 des-glosado por impuesto y por cada uno de los rubros quela ley respectiva contemple.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá de-finir junto con las Comisiones de Hacienda y CréditoPúblico y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cá-mara de Diputados los alcances y definiciones de dichopresupuesto de gastos fiscales, así como la fecha defi-nitiva para su entrega, antes del 15 de febrero de 2003.

A rtículo 33. Con el objeto de transparentar la informa-ción referente a los ingresos generados por las distintas

dependencias y órganos de la administración pública fe-deral, así como de los órganos autónomos, la Secretaríade Hacienda y Crédito Público presentará a las Comi-siones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuestoy Cuenta Pública de la Cámara de Diputados antes del30 de junio de 2003, las estimaciones de ingresos de di-chas dependencias y órganos para el mismo año.

Artículo 34. Con el propósito de coadyuvar a conocerlos efectos de la política fiscal en el ingreso de los dis-tintos grupos de la población, la Secretaría de Hacien-da y Crédito Público deberá realizar un estudio de in-greso-gasto con base a la información estadística dis-ponible que muestre por decil de ingreso de las fami-lias su contribución en los distintos impuestos y dere-chos que aporte, así como los bienes y servicios públi-cos que reciben con recursos federales, estatales y mu-nicipales.

Para la realización de dicho estudio, la Secretaría deHacienda y Crédito Público deberá seguir los linea-mientos técnicos que establezca la Comisión de Ha-cienda y Crédito Público de la Cámara de Diputadosantes del 15 de febrero de 2003.

La realización del estudio será responsabilidad exclusi-va de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de-berá ser entregado a la Cámara de Diputados a más tar-dar el 15 de mayo de 2003. Los resultados de dicho es-tudio estarán sujetos al dictamen de las Comisiones deHacienda y Crédito Público y de Presupuesto y CuentaPública de la Cámara de Diputados, la cual determina-rá si el estudio cumple con los objetivos establecidos.

De presentarse un dictamen no favorable sobre dichoestudio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Públicotendrá hasta el 15 de agosto de 2003 para presentarloa las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y dePresupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Dipu-tados con las modificaciones respectivas.

Artículo 35. Con el propósito de transparentar la for-mación de pasivos financieros del Gobierno Federal,la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá ha-cer llegar a las comisiones de Hacienda y Crédito Pú-blico y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámarade Diputados, a más tardar el 30 de abril, una defini-ción de los balances fiscales, junto con la metodologíarespectiva, en que busque incluir de manera integrallas obligaciones financieras del Gobierno Federal.

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A rtículo 36. Las Comisiones de Hacienda y CréditoPúblico y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cá-mara de Diputados realizarán cuando menos trimestral-mente la evaluación de la recaudación y de las tareas defiscalización con base en el Sistema de Evaluación delDesempeño Recaudatorio y de Fiscalización y toman-do como referencia los calendarios de metas estableci-das al Servicio de Administración Tr i b u t a r i a .

Las Comisiones realizarán las evaluaciones a más tar-dar 45 días hábiles después de terminado el trimestreque corresponda.

Artículo 37. Se establece un fondo para mejorar y mo-dernizar a la administración tributaria, para capacitar asu personal y para impulsar la productividad de losparticipantes en la misma.

Este fondo se constituirá con recursos provenientes delaumento de la recaudación tributaria que se obtengapor mayor eficiencia administrativa en el ejercicio res-pecto del ejercicio fiscal inmediato anterior, sin quedicho fondo pueda exceder del 35% del presupuestoque tenga programado para el ejercicio del 2003 elServicio de Administración Tributaria. Asimismo, elmonto que del aumento antes mencionado se puedadestinar a servicios personales, no podrá exceder del35% del presupuesto que el Servicio de Administra-ción Tributaria tenga programado para el ejercicio de2003 en este rubro.

El monto del fondo se determinará trimestralmente,con el aumento que se tenga en la recaudación tributa-ria en el trimestre de que se trate con respecto al mis-mo trimestre del ejercicio inmediato anterior, comoproporción del Producto Interno Bruto descontados losefectos de las estimaciones de las modificaciones fis-cales aprobadas para el ejercicio fiscal de 2003. Dichomonto no podrá exceder de la cuarta parte del 35% delpresupuesto que tenga programado para el ejercicio del2003 el Servicio de Administración Tributaria. A s i m i s-mo, el monto que del aumento antes mencionado sepueda destinar a servicios personales en el trimestre deque se trate, no podrá exceder del 35% del presupues-to que el Servicio de Administración Tributaria tengaprogramado para ese rubro por el mismo trimestre.

El Servicio de Administración Tributaria determinaráel aumento que sobre la recaudación tributaria del pe-riodo de que se trate, corresponde a una mayor efi-

ciencia de la administración tributaria e informará alrespecto a la Comisión de Hacienda de la Cámara deDiputados, el último día del mes siguiente al últimomes del periodo de que se trate.

Transitorios

Primero. La presente Ley entrará en vigor el día 1o.de enero de 2003.

Segundo. Se aprueban las modificaciones a las Tarifasde los Impuestos Generales a la Exportación y a la Im-portación efectuadas por el Ejecutivo Federal duranteel año de 2002, a las que se refiere el informe que encumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafodel artículo 131 Constitucional, ha rendido el propioEjecutivo al Congreso de la Unión.

Tercero. Los montos establecidos en la Sección C,fracción IX del artículo 1o., así como el monto de en-deudamiento interno neto consignado en el artículo2o. de esta Ley, se verán, en su caso, modificados enlo conducente como resultado de lo siguiente: i) la dis-tribución, entre Gobierno Federal y los organismos yempresas de control presupuestario directo, de losmontos autorizados en el Decreto del Presupuesto deEgresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2003,y ii) por los montos que resulten de la aplicación de loestablecido en el párrafo tercero del artículo 3o. delDecreto del Presupuesto de Egresos de la Federaciónpara el ejercicio fiscal 2003.

Cuarto. Se deroga el impuesto a la venta de bienes yservicios suntuario establecido en el Artículo Octavode las disposiciones transitorias de la Ley de Ingresosde la Federación para el ejercicio fiscal de 2002.

Reitero a Usted, Ciudadana Presidenta de la Cámarade Diputados del Honorable Congreso de la Unión, lasseguridades de mi consideración atenta y distinguida.

Palacio Nacional, a 4 de noviembre de 2002.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

VICENTE FOX QUESADA

Jueves 7 de noviembre de 2002 Gaceta Parlamentaria69

Page 70: Criterios Iniciativas 34 2003.gaceta.diputados.gob.mx/PDF/58/2002/nov/20021107-IIp.pdf · por objeto precisar las metas, acciones e instrumentos que el Gobierno Federal considera

Gaceta Parlamentaria Jueves 7 de noviembre de 200270

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, LVIII Legislatura

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados

Director: Gilberto Becerril Olivares. Editor: Casimiro Femat Saldívar. Asistentes: Luis Vázquez Juárez y Antonio Mariscal Pioquinto.

Apoyo Documental: Dirección General de Proceso Legislativo. Domicilio: Avenida Congreso de la Unión, número 66, edificio G, segundo nivel, Palacio Le-gislativo de San Lázaro, colonia El Parque, CP15969. Teléfono: 628 1300, ext. 4209. Dirección electrónica: http://gaceta.cddhcu.gob.mx/

Mesa Dire c t i v a

Presidenta: Dip. Beatriz Elena Paredes Rangel; Vicepresidentes:Dip. Eric Eber Villanueva Mukul, PRD; Dip. María Elena AlvarezBernal, PAN; Dip. Jaime Vázquez Castillo, PRI; Secretarios: Dip.Adela Cerezo Bautista, PRI; Dip. Rodolfo Dorador Pérez Gavilán,PAN; Dip. Adrián Rivera Pérez, PAN.

Junta de Coordinación Política

Presidente: Dip. Martí Batres Guadarrama, PRD; Dip. Rafael Ro-dríguez Barrera, PRI; Dip. Felipe Calderón Hinojosa, PAN; Dip.Bernardo de la Garza Herrera, PVEM; Dip. Alberto Anaya Gutié-rrez, PT.