Cronología del derecho laboral venezolano..GENESIS MENDEZ UFT SAIA

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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE-RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Autores: Genesis Méndez Docente Abg. Jorge Paredes Sección: SAIA C Barquisimeto, 27 Noviembre 2016

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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO

VICE-RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

Autores:

Genesis Méndez

Docente Abg. Jorge Paredes

Sección: SAIA C

Barquisimeto, 27 Noviembre 2016

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BREVE CRONOLOGÍA DEL DERECHO LABORAL VENEZOLANO

El trabajo, sobre todo en Grecia y Roma, se caracterizaba por la esclavitud que suponía

la consideración del esclavo como un simple bien de su dueño y junto a ella un tipo de

servidumbre. En Grecia eran los ilotas, espartanos que, carentes de libertad, en cuanto

que pertenecían a la comunidad de Esparta, gozaban de derechos económicos

En Roma el trabajo se basaba en el esclavo. El status de esclavo podía derivarse del

nacimiento, de la cautividad en guerra, de la condena penal, de la falta de pagos de

impuestos, que no era considerado persona, carecía de la posibilidad de prestar su

consentimiento contractualmente.

. De igual forma, podemos establecer que una de las primeras normas que estableció un

tipo de regulación Abg. Dailyn Colmenares. laboral, fue la Lex Valerio Horacica de

modo agrorum, que entre otras cosas estableció que los terratenientes debían tener un

numero determinado de mano de obra libre, con el fin de atacar el desempleo en Roma.

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Durante la edad media surgió el famoso Feudalismo, Se basaba en grandes extensiones

de tierra cuya propiedad pertenecía al estado a la nobleza y que debían por tanto pagar

altos intereses para poder sobrevivir.

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La revolución industrial nos enseñó que la riqueza no solo se obtiene por nacer en una

familia noble, que en cualquier parte hay oportunidades de crecer, que las necesidades

humanas pueden ser satisfechas y gracias a ello uno puede enriquecerse. N

Las primeras manifestaciones del movimiento obrero se plasmaron en el ludismo

(destrucción de máquinas) a las cuales se las responsabilizaba de la pérdida de la

capacidad adquisitiva del pequeño artesano

: Con la revolución industrial, se crea el capitalismo, que consistió en que grandes

empresarios lograron acumular grandes cantidades de dinero y crean sistemas

consumistas, en los que los menos favorecidos se ven en la necesidad de trabajar, para

así adquirir bienes y servicios

Evolución del derecho del trabajo en Venezuela: Ley de Pobres de Inglaterra derivan de

las normas y prácticas con las que desde la primera mitad del siglo XVI se había

intentado suprimir el vagabundeo.

Las sucesivas leyes de pobres que se fueron promulgando a partir de la Ley de Isabel se

complementaron con las llamadas leyes de asentamiento. Estas leyes impedían que un

recién llegado a una parroquia pudiera establecerse irregularmente en ella y se

convirtiera en una carga económica adicional para los habitantes de la misma.

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Ley de Talleres y Establecimientos Públicos, el inicio de la actual legislación del trabajo

en el país, por su propósito tuitivo del trabajo humano, el carácter orgánico de sus reglas

y por su aplicación generalizada a todos los trabajadores de la nación. U

La Ley del Trabajo de 1928 prescribía la jornada de trabajo de nueve horas. De hecho,

pudo comprobarse en 1936, que existían jornadas de trabajo de 12 y 16 horas, no por

vía de excepción, sino como sistema normal, en empresas de importancia.

La Ley del Trabajo de 1928, constituye un cuerpo normativo de concepción más técnica

dedicado al trabajo subordinado. Establece la obligación patronal de pagan las

indemnizaciones previstas por vez primera con carácter general en los casos de

accidentes y enfermedades profesionales, ya que hasta la fecha la materia se regía por

las reglas de las leyes de Minas y por las disposiciones del Código Civil acerca de la

responsabilidad del arrendador de servicios.

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Ley del Trabajo de 1936 su primera reforma. Introducida a las Cámaras Legislativas en

sus sesiones de 1944 por el Ministro doctor Julio Diez, quedó sancionada en aquel

mismo año, pero sólo fue puesta en vigencia por el Ejecutivo un año después, en mayo

de 1945.

La reforma parcial de 1947 La otra reforma parcial que ha sufrido la Ley del 36 fue la

de 1947. Dictada una nueva Constitución, la Asamblea Nacional Constituyente se abocó

en sus últimos días de sesiones a una reforma parcial de la Ley del Trabajo. La reforma

se motivó en la necesidad de adaptar la Ley al nuevo texto fundamental, pero abarcó

algunos puntos no tocados por la reforma constitucional, mientras dejo de tocar algunas

disposiciones que habían quedado afectados por aquella

Reglamento de la Ley del Trabajo de 1973 introdujo modificaciones sensibles a los

conceptos de patrono, intermediario, contratista y empleados de confianza; exigió

formalidad escrita a los contratos para obra determinada o por tiempo determinado y

modificó importantes elementos del régimen de salarios, utilidades, libertad sindical y

conflictos colectivos.

La Ley Orgánica del Trabajo y su reforma de 19/06/97 El 20 de diciembre de 1990 entra

parcialmente en vigor la Ley Orgánica del Trabajo (G.O. No 4240), destinada a sustituir

desde el 1° de mayo de 1991 la que, con ligeras modificaciones, rigiera durante casi 55

años las relaciones de trabajo en el país.

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La Ley Orgánica del Trabajo, de 20 de diciembre de 1990, plenamente en vigencia

desde el 1-5-91, fue parcialmente reformada el 19 de Junio de 1997. En las

disposiciones modificadas, principalmente concretadas a las indemnizaciones de

antigüedad y preaviso, así como al salario, nos explanaremos más adelante. III. La Ley

Orgánica del Trabajo, aprobada el 20 de diciembre de 1990, que cimenta todavía la

estructura de la normativa vigente, posee visibles vicios de forma y fondo que empañan

la unidad del resultado esperado, después de los cinco años que tardó el dilatado

proceso de su elaboración. Reforma de 19-06-97 Fundamentada en el Acuerdo de la

Comisión Tripartita designada por el Ejecutivo Nacional, publicado el 17-03-97, y en el

Proyecto del Ministerio del Trabajo presentado el 08-05-97 al Congreso de la

República, fue promulgada en fecha 19-06-97

FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO

a) La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la justicia social como

principio fundacional de la República.

b) Los tratados, pactos y convenciones internacionales suscritos y ratificados por la

República. c) Las leyes laborales y los principios que las inspiran.´

d) La convención colectiva de trabajo o el laudo arbitral, si fuere el caso, siempre y

cuando no sean contrarias a las normas imperativas de carácter constitucional y legal.

e) Los usos y costumbres en cuanto no sean contrarias a las normas imperativas de

carácter constitucional y legal.

f) La jurisprudencia en materia laboral.

g) Aplicación de la norma y la interpretación más favorable.

h) La equidad, la igualdad y el ideario Bolivariano, Zamorano y Robinsoniano

BIBLIOGRAFÍA

Rafael J. Alfonso-Guzmán. Nueva Didáctica del Derecho del trabajo. Decima Cuarta

edición. 2008..