Cuadro Comparativo de Contratos
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CONTRATOS DEFINICIÓN FUNDAMENTO LEGAL
Preparatorios
LA PROMESA
CC 1674 al 1685 Promitente y Optante
OPCIÓN
CC 1676 al 1678 Optario y optante
De gestión
MANDATO
CC 1686 al 1704
SOCIEDAD
CC 1728 al 1789 Dos o más socios
COMPRAVENTACC 1790 al 1843 Comprador, vendedor
CC 1863 al 1888
PERMUTA
CC 1852 al 1854
ARRENDAMIENTO
CC 1880 al 1941
MUTUO
CC 1942 al 1957 Mutuante y Mutuario
COMODATO
CC 1957 al 1973
CC 2000 al 2026
CC 2026 al 2037
De custodia DEPÓSITOCC 1974 al 1999
Garantía
HIPOTECA
CC 822 al 879
PRENDA
CC 880 al 916 Deudor y acreedor
FIANZACC 2100 al 2120
ELEMENTOS PERSONALES
El contrato de Promesa se trata de un contrato preliminar o preparatorio, cuya función y fin en la celebración en el futuro de otro contrato diferente entre las mismas partes o sus cesionarios.
Es el contrato en virtud del cual el propietario de un bien, llamado OPTARIO, concede a otra persona llamada OPTANTE, la facultad exclusiva, por un plazo fijo y determinadas condiciones de adquirir un bien de su propiedad.
Contrato que tiene lugar cuando una persona da a otra el poder, que ésta acepta, para representarla al efecto de ejecutar en su nombre y por su cuenta un acto jurídico o una serie de actos de esa naturaleza
Mandante o poderdanto y Mandatario o apoderado
contrato por medio del cual dos o más personas se obligan mutuamente con una prestación de dar o de hacer, con el fin de obtener una utilidad apreciable en dinero, la que dividirán entre ellos en la proporción de sus respectivos aportes o de lo que hubieren pactado.
Traslativo de dominio
contrato por medio del cual una de las partes se obligare a transferir a la otra la propiedad ésta se obligare a recibirla y a pagar por ella determinado precio.
DONACIÓN ENTRE VIVOS
Acto jurídico en virtud del cual una persona llamada donante, transfiere gratuitamente a otra llamada donatario, el dominio sobre una cosa, y ésta lo acepta.
Mandatante y Mandatario
trueque o cambio de bienes, se da cuando los contratantes se obligan a transferir bienes uno con otro, si el intercambio dinerario excede del 50% del valor de la cosa ya no es permuta, nos encontramos con la figura de compraventa.
Permutantes o Contratantes
Traslativo de uso o consumo
por el cual dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el uso o goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra, a pagar por este uso, goce obra o servicio un precio determinado en dinero
Arrendador y Arrendatario
Es el contrato en virtud del cual una persona recibe de otra cierta cantidad de dinero u otras cosas fungibles, con condición de devolver otro tanto de la misma especie y calidad
consistente en que una parte, el comodante, entrega a la otra, el comodatario, gratuitamente alguna cosa no fungible, mueble o raíz con facultad de usarla y obligación de devolver la misma cosa recibida
Comodante y Comodatario
De prestación de servicios
DE OBRA O EMPRESA
contrato de empresa en el que un empresario se compromete a realizar un trabajo por tiempo determinado contra remuneración de trabajo, su contratación es independiente
Contratista y Contratante o dueño
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
contrato en el cual una persona llamada profesional presta sus servicios a una persona llamada contratante a cambio de una retribución llamada honorarios.
Profesional y el Cliente contratante
Contrato en virtud del cual una persona (depositario) reciba de otra (depositante) una cosa, con la obligación de conservarla y restituirla
Depositante y Depositario
Es un contrato real de garantía, o sea un acuerdo entre acreedor y deudor que le permite al acreedor asegurarse el cobro de su crédito, tomando posesión de uno o varios bienes determinados del deudor, para cobrarse del importe de su venta, en caso de que éste no cumpla la obligación principal
Deudor de la hipoteca y Acreedor hipotecario
La prenda es un derecho real que grava bienes muebles para garantizar el cumplimiento de una obligación.
contrato por el cual una persona de compromete a responder por las obligaciones de otra
Fiador, Acreedor y Deudor
Aleatorios
RENTA VITALICIA
CC 2121 al 2136
CC 2137 al 2150
TRANSACCIÓN
CC 2151 al 2169
representa una relación de obligación en virtud de la cual un sujeto, deudor, viene obligado a entregar a otro, persona natural, pensionista, una cantidad periódica durante la vida de éste o teniendo como límite la vida de otra persona natural
Contratante de la renta, Deudor de la renta, el Rentista y la persona sobre cuya cabeza se contrata la renta
LOTERÍA Y RIFAS, APUESTAS Y
JUEGOS
Por el contrato de lotería o rifa una persona denominada empresario, contrae una obligación frente a otra, llamada tenedor o participante, a efectuar con previa autorización gubernamental, el sorteo para el cual este último adquirió su billete o documento legalmente expedido, y según el caso, a entregar el premio si hubiere resultado ganador.
Empresario y Tenedor o Participante
Que ponen fin a una
controversia
acuerdo de voluntades por el cual las partes haciéndose mutuas concesiones terminan una controversia presente o previenen una futura.
Dos partes que tienen derecho o intereses en conflicto
ELEMENTOS REALES ELEMENTOS FORMALES CARACTERÍSTICAS
Preparatorio, Consensual, Unilateral
El aporte de bienes o servicios
Contractual
Traslativo de dominio, Bilateral, Oneroso, Conmutativo
Contractual
Dinero y las cosas fungibles Consensual o formal
Contrato
Consensual
La cosa entregada en depósito
El objeto mediato del contrato de promesa el contrato futuro y el objetivo inmediato del mismo sería la celebración de dicho contrato futuro.
El Código Civil requiere que consten por escrito los contratos que tienen un valor mayor de Q.300.00 y que los contratos que deban inscribirse o anotarse en los registros, cualquiera sea su valor, deberán formalizarse en escritura pública
Principal, Bilateral, Consensual, Formal, Gratuito, Unilateral si es principal
La opción puede recaer en cualquier clase de bienes que se encuentren dentro del comercio del hombre.
Es un contrato solemne, se debe celebrar en escritura pública de igual forma que el contrato definitivo.
lo constituyen los actos y negocios jurídicos que el mandatario queda autorizado a celebrar, por cuenta de su mandante.
Solemne, realizado en Escritura Pública y se inscribe en el Archivo General de Protocolos en el Registro Mercantil
Oneroso o gratuito, Unilateral o Bilateral, Solemne, Principal, Preparatorio
Contrato solemne, formalizado en Escritura Pública e inscrito en el Registro Civil
Solemne, Plurilateral, Oneroso, Principal, Consensual, Conmutativo, Intuito personae
La cosa vendida y el precio de la misma
puede ser expresa o tácita y si son bienes inmuebles, escritura pública inscrita en el Registro
Traslativo de dominio, Consensual, Bilateral, Principal, Oneroso, Conmutativo, Sinalagmático Perfecto, Solemne
La transmisión de un derecho o una cosa gratuitamente
Gratuito, Unilateral, Principal, Consensual, Instantáneo, De disposición
El intercambio de la cosa o derecho real reciprocamente
Puede ser expresa o tácita pero si es bien inmueble tiene que estar registrado
Obligación de realizar una prestación contínuamente
Consensual, Bilateral, Conmutativo, De tracto sucesio, Principal
Consensual, Gratuito u Oneroso, Bilateral o Unilateral, Traslativo de dominio, Principal, De contenido obligacional
entrega de las cosas muebles no fungibles o semovientes gratuitamente
Expresa o tácita, o bien por contrato o Escritura Pública Gratuidad, Traslativo de uso temporal, Intuito Persona, Unilateral o Bilateral, Principal
El contenido de la obra y el pago de la prestación de la misma
Contractual, Bilateral, Oneroso, Conmutativo, De tracto sucesivo, Principal, Intuitu personae
El trabajo realizado y los honorarios remunerados
Bilateral, Consensual, Oneroso, Conmutativo, Intuito personae, De tracto sucesivo, Principal
La ley no menciona ninguna formalidad en cuanto a su formalidad
Oneroso, Bilateral, Principal o Accesorio, Intuito persona, De custadia
Bienes hipotecables y créditos susceptibles de ser garantizados con hipoteca
Contrato formalizado e inscrito en el Registro de la Propiedad
Divisible e indivisible, Unilateral, Formal, Consensual, Oneroso, Accesorio,
transmisión temporal del objeto dado en prenda
contrato de prenda debe otorgarse en escrito y por duplicado para que cada uno de los contratantes tenga un ejemplar.
Formal, Consensual, Bilateral, Oneroso, Conmutativo, Nominado
Obligación que puede ser garantizada con fianza
contrato de fianza, que éste es un contrato consensual y solemne, pues debe constar por escrito para su validez.
Consensual y solemne, Gratuito u oneroso, Unilateral o Bilateral, Accesorio, Subsidiario, Abstracto, Intuito persona
Escritura pública
Unilateral, Oneroso, Individual o Colectivo
No es solemne
El capital que transfiere por el contratante al deudor de la renta y la renta que este se obliga a pagar al rentista durante toda la vida de este
Aleatorio, Gratuito u Oneroso, Traslativo de dominio, Solemne, Tracto sucesivo, Unilateral y Bilateral
No hay acción para reclamar lo que se gane en juegos de apuestas
El ticket que tiene que ser expedido con previa autorización del Ministerio de Gobernación
La relación jurídica incierta, la base de la transacción
Consensual, Oneroso, Bilateral, Principal, Traslativo de dominio
REVOCACIÓN: conocida también como "acción pauliana" y extingue una obligación pendiente de cumplimiento y se lleva por juicio sumario civil. Se puede dar por: - Mutuo consentimiento o - Declaración judicial Efectos de la rescisión del contrato: -los bienes se devolverán por el que los adquirió de mala fe con todos sus frutos o -indemnización de daños y perjuicios si no fuere posible la restitución de dichos bienes Plazo: prescribe en un año contado desde la celebración del negocio o desde que se verificó el pago o se hizo la renuncia al derecho Fundamento legal: CC 1290 al 1300
SANEAMIENTO: es la indemnización que el enajenante debe prestar por obligación legal al adquiriente en caso de existir en la cosa en que se transfiere la propiedad, posesión, uso, goce o disfrute, vicios ocultos o defectos que hagan inútil para el uso a que se le destina o por haber sido privado el adquiriente de la cosa en virtud de sentencia firme amparada en derecho anterior a la enajenación. Clases de Saneamiento: -Por evicción: tendrá lugar cuando se prive al adquirente, por sentencia firme en virtud de un derecho anterior a la enajenación de todo o parte de la cosa adquirida. -por vicios ocultos: el enajenante está obligado al saneamiento por vicios o defectos ocultos de la cosa que la hagan impropia o inutil para su uso, son los mismos de la declaración de voluntad. Fundamento legal: CC 1543 al 1573
NULIDAD: sanción jurídica, que le resta eficacia al acto jurídico, porque ha nacido con algún vicio o no ha nacido formalmente al mundo del derecho, puedes ser: Nulidad absoluta: cuando su objeto sea contario al orden público o contrario a leyes prohibitivas expresas, no se puede revalidar pues no nace a vida jurídica. Plazo: si se fundare en violencia o temor grave, el término es de un año contando desde que la violencia cesó. Nulidad relativa: cuando se dan los vicios de consentimiento revalidables con consentimiento de partes. Plazo: dura dos ñaos desde el día que se contrajo la obligación, salvo que la ley fije algo distinto. Fundamento legal: CC 1301 al 1318
RESCISIÓN: son contratos válidamente celebrados pendientes de cumplimiento; pueden rescindirse por mutuo consentimiento o por declaración judicial en los casos que establece el Código Civil Plazo: dura un año contado desde la fecha de la celebración del contrato, salvo que la ley fije otro término en casos especiales. Fundamento legal: CC 1579 al 1586
Delitos de Usura: comete delito de usura quien exige de su deudor, en cualquier forma, un interés mayor que el tipo máximo que fije la ley o evidentemente desproporcionado con la prestación. Delitos de negociaciones usurarias: 1. a quien a sabiendas, adquiere, transfiere o hiciere valer un crédito usurario 2. a quien exigiere de su deudor garantías de carácter extorsivo. Fundamento legal: CPenal 276 y 277
CONTRATOS DEFINICIÓN ELEMENTOS REALES ELEMENTOS FORMALES CARACTERÍSTICAS IMPORTANTE
HIPOTECA
Diferencias entre contratos
Similitudes entre contratos
PRENDA
Deudor y acreedor
DEPÓSITO
Clasificación
Voluntario o judicial o Regular o Irregular
Diferencias entre contratos
Contrato Diferencias entre contratos
ELEMENTOS PERSONALES
Contrato real de garantía, que grava un bien inmueble para garantizar el cumplimiento de una obligaciòn
Deudor de la hipoteca y Acreedor hipotecario
Bienes hipotecables y créditos susceptibles de ser garantizados con hipoteca
Contrato formalizado e inscrito en el Registro de la Propiedad
Divisible e indivisible, Unilateral, Formal, Consensual, Oneroso, Accesorio,
HIPOTECA: para bienes inmuebles, aún con pacto expreso, el saldo insoluto no se puede recuperar
PRENDA: bienes muebles, el saldo insoluto puede ser recuperado.
La obligaciòn garantizada de ambas prescribe en 10 años y tienen que tener consentimiento pacto expreso en el contrato
derecho real que grava bienes muebles para garantizar el cumplimiento de una obligación
Bienes prendarios y crédito por la prenda
contrato de prenda debe otorgarse en escrito y por duplicado para que cada uno de los contratantes tenga un ejemplar.
Formal, Consensual, Bilateral, Oneroso, Conmutativo, Nominado
Contrato en virtud del cual una persona recibe de otra una cosa para su guarda y custodia, con la obligación de conservarla y restituirla
Depositante y Depositario
Bienes susceptibles de depósito
La ley no menciona ninguna formalidad en cuanto a su formalidad
Oneroso, Bilateral, Principal o Accesorio, Intuito persona, De custadia
MUTUO: es un contrato traslativo de dominio
DEPÓSITO: solo tiene la guarda y custodia
DE OBRA O EMPRESA
contrato por el cual el contratista se compromete a ejecutar y entregar una obra que le encarga otra persona, mediante un precio que este se obliga a pagar
Contratista y Contratante o dueño
El contenido de la obra y el pago de la prestación de la misma
Contractual, Bilateral, Oneroso, Conmutativo, intuito personae, Principal, Intuitu personae, consensual, "De tracto sucesivo CARACTERÍSTICA MÁS IMPORTANTE
Contrato
Diferencias entre contratos
FIANZA
RENTA VITALICIA
Escritura pública
DE OBRA O EMPRESA
contrato por el cual el contratista se compromete a ejecutar y entregar una obra que le encarga otra persona, mediante un precio que este se obliga a pagar
Contratista y Contratante o dueño
El contenido de la obra y el pago de la prestación de la misma
Contractual, Bilateral, Oneroso, Conmutativo, intuito personae, Principal, Intuitu personae, consensual, "De tracto sucesivo CARACTERÍSTICA MÁS IMPORTANTE
LABORAL: trabajan en relación de dependencia, el empleador es responsable de su personal, el pago es en relación de tiempo trabajado
DE OBRA O EMPRESA: el contratista trabaja con libertad, el contratista es responsable de la obra, el pago es en relación al trabajo terminado
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
contrato en el cual una persona llamada profesional presta sus servicios a una persona llamada contratante a cambio de una retribución llamada "honorarios" ES LO MÁS IMPORTANTE
Profesional y el Cliente
El trabajo realizado y los honorarios remunerados
Contrato verbal, contrato de servicios en documento privado
Bilateral, Consensual, Oneroso, Conmutativo, Intuito personae, De tracto sucesivo, Principal
OBRA O SERVICIOS: prestan contrato mercantil o sea de Sociedad un servicio; las condiciones las pone el contratista; el dueño no necesita ser profesional; se contrata a una persona por las cualidades que puede tener específicas de la persona
SERVICIOS PROFESIONALES: tienen que tener un título de especialización; las condiciones las pone el profesional; el profesional tiene que ser versado en la materia; se contrata a la persona por las cualidades de la profesión que tiene
contrato por el cual una persona de compromete a responder por las obligaciones de otra
Fiador, Acreedor y Deudor
Obligación que puede ser garantizada con fianza y el pago de la fianza
contrato de fianza, que éste es un contrato consensual y solemne, pues debe constar por escrito para su validez.
Consensual y solemne, Gratuito u oneroso, Unilateral o Bilateral, Accesorio, Subsidiario, Abstracto, Intuito persona
por este contrato, una persona transmite el dominio de determinados bienes a otra parte que se obliga a pagar una pensión por el resto de su vida
Beneficiario, deudor y rentista
Dominio de la cosa y la renta
Aleatorio, Gratuito u Oneroso, Traslativo de dominio, Solemne, Tracto sucesivo, Unilateral y Bilateral
TRANSACCIÓN
LOTERÍA Y RIFAS, APUESTAS Y JUEGOS
por este contrato, una persona llamada empresario, contrae una obligaciòn frente a otra llamada tenedor o participante, a efecto previo autorización gubernamental, el sorteo para el cual este último adquirió su billete o documento legalmente expedido y según el caso a entregar el premio si hubiere resultado ganador
Empresario y Tenedor o Participante
la promesa, la insertidumbre y/o el pago de lo prometido
billete autorizado legalmente por el Ministerio de Gobernación
Unilateral, Oneroso, Individual o Colectivo
acuerdo de voluntades por el cual las partes haciéndose mutuas concesiones terminan una controversia presente o previenen una futura.
personas individuales o jurídicas
concesiones reciprocas y pleito o titigio futuro o ya iniciado
Escritura pública o documento privado con legalización de firmas
Consensual, Oneroso, Bilateral, Principal, Traslativo de dominio