Cuantas semanas-han-cotizado-tus-colaboradores

3
¿CUANTAS SEMANAS han cotizado tus colaboradores? Introducción Este artículo escrito por Ernesto Vásquez Landero nos habla que la retención del 20 del ISR a la que están sujetos los ahorros generados a lo largo de la vida laboral es inconstitucional, ya que transgrede del derecho humano a la seguridad social previsto en el artículo 123 constitucional y en los convenios internacionales firmados por el estado mexicano, así lo aprobó la PRODECON. En 2014, la procuraduría representó a un particular que consideró que había violentado entre otros, sus derechos a la vida digna, a la seguridad social y al mínimo vital, así como los recursos obtenidos del retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. PENCIONES…. “cuantas semanas han cotizado tus trabajadores”. Los ahorros generados a lo largo de la vida laboral están sujetos a una retención dl 20% por concepto de ISR, sin embargo esto es un acto inconstitucional pues atenta contra el derecho humano de la seguridad social y de su vida digna. El artículo 145 nos menciona que la tasa aplicable a los ingresos obtenidos esporádicamente es del 20%, sin embargo los ingresos por retiro no es de forma constante, cabe mencionar que es el

Transcript of Cuantas semanas-han-cotizado-tus-colaboradores

Page 1: Cuantas semanas-han-cotizado-tus-colaboradores

¿CUANTAS SEMANAS han cotizado tus colaboradores?

Introducción

Este artículo escrito por Ernesto Vásquez Landero nos habla que la retención del 20 del ISR a la que están sujetos los ahorros generados a lo largo de la vida laboral es inconstitucional, ya que transgrede del derecho humano a la seguridad social previsto en el artículo 123 constitucional y en los convenios internacionales firmados por el estado mexicano, así lo aprobó la PRODECON.

En 2014, la procuraduría representó a un particular que consideró que había violentado entre otros, sus derechos a la vida digna, a la seguridad social y al mínimo vital, así como los recursos obtenidos del retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

PENCIONES…. “cuantas semanas han cotizado tus trabajadores”.

Los ahorros generados a lo largo de la vida laboral están sujetos a una retención dl 20% por concepto de ISR, sin embargo esto es un acto inconstitucional pues atenta contra el derecho humano de la seguridad social y de su vida digna.

El artículo 145 nos menciona que la tasa aplicable a los ingresos obtenidos esporádicamente es del 20%, sin embargo los ingresos por retiro no es de forma constante, cabe mencionar que es el resultado de toda la vida laboral, y por eso no se le puede considerar ingreso esporádico.

Para efectos de ISR, si el trabajador en su declaración anual la deberá pagar la tarifa general de ISR, como si el monto toral por concepto de retiro lo hubiese percibido en un año, sin considerar que es el ahorro correspondiente a varios años de trabajo (vida laboral). Pero si la tarifa resulta menor al 20 % se puede obtener la devolución parcial del impuesto retenido,

Page 2: Cuantas semanas-han-cotizado-tus-colaboradores

Para poder reconocer que este ingresos no fue realizado en un solo ejercicio, sino a lo largo de la vida laboral se deberá aplicar lo previsto en el artículo 94 de la LISR, dándole tratamiento de carácter de pago por despido.

Conclusión

En conclusión, lo que el autor da a entender, es que la retención del ISR es inconstitucional, ya que no nos lleva a las cotizaciones justas para los trabajadores, y no le da una vida y seguridad social digna. Los procedimientos para el cálculo del ISR que nos apuntan la ley son confusos, ya que el cálculo no es preciso, la diferencio entre el ISR que resulta en uno y otro procedimiento es significativa por lo que se considera muy atinado lo resuelto por el tribunal en el sentido de que los contribuyentes deben presentar su declaración con base en las normas relativas a sueldos y salarios para el pago del impuesto.