Cuestionario Final Penal

3
EL DOLO - CONCEPTO : Violación de un deber con la intención de causar un daño. Agravante del delito penal, es también cualquier astucia engaño o simulación de lo verdadero para conseguir la ejecución de un acto ELEMENTOS: Elemento Cognoscitivo : es el conocer los elementos objetivos del tipo es decir el autor debe saber que hace y conocer los elementos característicos de su acción. Elemento Volitivo : es fundamental el querer el resultado, es decir el actor se determina conforme a su voluntad. CLASE DE DOLO: DIRECTO INDIRECTO O EVENTUAL: Dolo directo: En el cual prima la voluntad del autor, porque sabe que el resultado se producirá y que su acción o conducta va con determinados elementos del tipo legal. Ej. : El autor clava un puñal en la espalda de su víctima , sabiendo que morirá por su acción. Dolo Indirecto: El autor no anhela realizar un hecho punible como consecuencia de sus actos pero debe hacerlo para realizar su finalidad, y acepta porque es indispensable para su finalidad. Ej.: El ladrón tiene que matar al cajero alzarse con el botín, su intención no era matarlo pero debe hacerlo para poder robar que era su finalidad. Dolo Eventual El autor considera poco probable la realización de un tipo legal y acepta correr el riesgo. El dolo es eventual a que se produzca el resultado, uno hace algo imprudente pero no esperaba causara un hecho punible. Ej: un conductor acelera su auto mientras pasa por una zona escolar a una hora en que habitualmente los niños salen de la escuela por lo que ve como probable que se produzca el atropello a uno de los alumnos. Tentativa. Concepto. Es un hecho antijurídico que se ha iniciado pero no se ha consumado por causas independientes al autor. El dolo de la tentativa. Como hubo una tentativa, se ha iniciado la conducta y por lo tanto hubo los dos elementos del dolo el elemento cognoscitivo y el volitívo, por lo tanto hay dolo en la tentativa. Actos que la constituyen. Art. 26. Cuando se ejecuta la decisión de realizar actos previos que lleva a la realización del hecho punible Art. nº 26 del Código Penal: Actos que la constituyen - Hay tentativa cuando el autor ejecutara la decisión de realizar un hecho punible mediante actos

description

cuestionario D. Penal

Transcript of Cuestionario Final Penal

Page 1: Cuestionario Final Penal

EL DOLO - CONCEPTO: Violación de un deber con la intención de causar un daño. Agravante del delito penal, es también cualquier astucia engaño o simulación de lo verdadero para conseguir la ejecución de un actoELEMENTOS:

Elemento Cognoscitivo : es el conocer los elementos objetivos del tipo es decir el autor debe saber que hace y conocer los elementos característicos de su acción.

Elemento Volitivo : es fundamental el querer el resultado, es decir el actor se determina conforme a su voluntad.

CLASE DE DOLO: DIRECTO INDIRECTO O EVENTUAL: Dolo directo: En el cual prima la voluntad del autor, porque sabe que el resultado se producirá y que su acción o conducta va con determinados elementos del tipo legal.Ej. : El autor clava un puñal en la espalda de su víctima , sabiendo que morirá por su acción. Dolo Indirecto: El autor no anhela realizar un hecho punible como consecuencia de sus actos pero debe hacerlo para realizar su finalidad, y acepta porque es indispensable para su finalidad.Ej.: El ladrón tiene que matar al cajero alzarse con el botín, su intención no era matarlo pero debe hacerlo para poder robar que era su finalidad. Dolo Eventual El autor considera poco probable la realización de un tipo legal y acepta correr el riesgo. El dolo es eventual a que se produzca el resultado, uno hace algo imprudente pero no esperaba causara un hecho punible. Ej: un conductor acelera su auto mientras pasa por una zona escolar a una hora en que habitualmente los niños salen de la escuela por lo que ve como probable que se produzca el atropello a uno de los alumnos.

Tentativa. Concepto. Es un hecho antijurídico que se ha iniciado pero no se ha consumado por causas independientes al autor. El dolo de la tentativa. Como hubo una tentativa, se ha iniciado la conducta y por lo tanto hubo los dos elementos del dolo el elemento cognoscitivo y el volitívo, por lo tanto hay dolo en la tentativa.Actos que la constituyen. Art. 26. Cuando se ejecuta la decisión de realizar actos previos que lleva a la realización del hecho punibleArt. nº 26 del Código Penal: “Actos que la constituyen - Hay tentativa cuando el autor ejecutara la decisión de realizar un hecho punible mediante actos que, tomada en cuenta su representación del hecho, son inmediatamente anteriores a la consumación del tipo legal.” Tentativa acabada e inacabada. Concepto y distinción. La tentativa está compuesta por: La idea – La preparación – La ejecución y la consumación. La tentativa acabada se equipara al delito frustrado por causas ajenas a la voluntad del autor, y es punible como hecho consumado. Mientras que la tentativa inacabada se da porque el autor no completa todos los pasos voluntariamente, no es desistimiento pero deja de hacerlo por falta de interés, en este caso la tentativa es atenuada pero punible.Teoría absoluta o de la retribución: Es la teoría de al mal de delito el mal del castigo, por eso se la llama retributiva, encabezada por Kant y Hegel. La justificación es la justicia que se hace de dar a cada cual lo que le correspondeTeoría Relativa o de la prevención: Esta teoría legitima la pena mediante la obtención de una finalidad, la prevención mediante la intimidación de la pena y la reinserción Social, siendo Feuerbach quien encabezaba la teoría. Esta teoría presenta la teoría de la prevención general positiva y negativa, y la teoría de la prevención espacial positiva y negativa también. La justificación es la utilidad de la pena, como preventiva y la reinserción social del condenado.

Page 2: Cuestionario Final Penal

Clasificación de las medidas:1º las medidas podrán ser privativas o no de libertad y serán de vigilancia, de mejoramiento o de seguridad.2º son medidas de vigilancia:1.La fijación de domicilio;2.La prohibición de concurrir a determinados lugares;3.La obligación de presentarse a los órganos especiales de vigilancia.3º son medidas de mejoramiento:

1. La internación en un hotel psiquiátrico;2. La internación en un establecimiento de desintoxicación.

4º son medidas de seguridad:1. La reclusión en un establecimiento de seguridad;2. La prohibición de ejercer una determinada profesión;3. La cancelación de la licencia de conducir.

Base de la medición. Art. 65. “Bases de la medición :1º La medición de la pena se basará en el grado de reproche aplicable al autor o participe y considerara los efectos de la pena en su vida futura en sociedad. 2º Al determinar la pena, el tribunal sopesará todas las circunstancias generales en favor y en contra del autor y particularmente: 1.los móviles y los fines del autor; 2.la forma de la realización del hecho y los medios empleados; 3.la intensidad de la energía criminal utilizada en la realización del hecho; 4.la importancia de los deberes infringidos; 5.la relevancia del daño y del peligro ocasionado; 6.las consecuencias reprochables del hecho;7.las condiciones personales, culturales, económicas y sociales del autor; 8.la vida anterior del autor;9.la conducta posterior a la realización del hecho y en especial, los esfuerzos para reparar los

daños y conciliarse con la victima;10.la actitud del autor frente a las exigencias del derecho y en especial, la reacción respecto a

condenas anteriores o salidas alternativas al proceso que impliquen la admisión de los hechos;

3º En la medición de la pena, no podrán ser consideradas las circunstancias que pertenecen al tipo legal.” Sistema de la doble vía: las medidas de seguridad son junto con la pena, parte del catálogo de sanciones que ofrece el sistema de la doble vía impuesto desde el C.P de 1997 en el Paraguay. Es una alternativa de reacción que tiene el estado ante la violación de una norma penal, cuya reacción resulta excesiva. Esta alternativa permite liberar a la pena de la función rehabilitante, renunciando a su aspecto puramente retributivo. El fundamento central de la sanción en forma de medidas es la peligrosidad.“las medidas de mejoramiento y de seguridad más que un castigo, busca el mejoramiento y la rehabilitación del sujeto que cometió un hecho antijurídico, mediante la imposición de tratamientos médicos, asesoría de prueba, etc.”Teoría causalista: Acción voluntaria que consiste en un movimiento destinado a producir cierto cambio en el exterior del mundo.Franz Von Liszt concibe a la acción como el fenómeno causal natural en el delito.

Teoría finalista: Acción humana es ejercicio de actividad final. La finalidad o el carácter final de la acción se basa en que el hombre puede prever las consecuencias posibles de su acción.