CURSO VIRTUAL CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN Y ... DE PRENSA/DOCUMENTOS DE INTERE… ·...
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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
ESCUELA JUDICIAL
GUÍA DIDÁCTICA
CURSO VIRTUAL
CONDICIONES GENERALES
DE CONTRATACIÓN Y PROTECCIÓN
DE CONSUMIDORES Y USUARIOS
1ª Edición
2018
DIRECTOR
Luis Antonio Soler Pascual Magistrado de la Sección núm. 8 -mercantil- de la Audiencia
Provincial de Alicante
DIRECTORA TÉCNICA
María Frieda San José Arango Magistrada
Letrada del Servicio de Formación Continua de la Escuela Judicial
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INTRODUCCIÓN No cabe duda que hoy en día los litigios sobre condiciones generales de la
contratación constituyen un hito relevante no solo en lo que hace a la labor
judicial sino también en la política judicial e incluso la social.
La estrecha relación entre un aspecto tan técnico como es la configuración
de las condiciones generales de contratación, su integración en una forma
específica de contratación dando lugar a los contratos de adhesión, y la
proximidad que ha conseguido, ello no obstante, con el ciudadano medio
que reivindica decisiones judiciales a tales temas vinculados, ha hecho de
esta cuestión un contenido procesal que ha multiplicado el conjunto de la
litigiosidad civil de manera más que notable, tanto que incluso ha llevado al
Consejo General del Poder Judicial a plantear soluciones reorganizativas
para concentrar el conocimiento de estos temas en unos concretos órganos
judiciales.
Nada es inexplicable. El impacto que alcanzó la STS de 9 de mayo de 2013
abriendo el camino a la nulidad de las cláusulas suelo cuando la caída de los
tipos de interés hacía la cuestión interesante económicamente sobre la base
de argumentos en los que muchos ciudadanos-prestatarios podían verse
reflejados -déficits informativos, imposiciones, abuso del comercializador,
etc.-, argumentos hilados no a un vicio del consentimiento sino a una forma
de contratar y de actuar, ha dado lugar a una verdadera explosión de
litigios que ha derivado, incluso, en cambios legislativos y modificaciones en
los comportamientos comerciales de los bancos e incluso de los fedatarios
públicos.
La popularización de los términos “transparencia” o “control de inclusión”
vinculados a la figura del consumidor y la fuerte penetración a su través de
la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de
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consumo, ha obligado a reconsiderar, hasta casi anularlo, el alcance de
prestación del consentimiento en aquellos contratos en los que la otra parte
tiene una posición de fortaleza -de posición asimétrica habla el TS-, ha
obligado a los Jueces y Tribunales a examinar el comportamiento pre-
contractual de los interesados como regla de interpretación de voluntades y,
más aún, como forma de indagar en qué pudo conocerse, en qué grado y
con qué alcance aspectos jurídicos y económicos relevantes en los contratos
así celebrados.
Ello explica la extensión que ha alcanzado este tipo de litigios en los que los
planteamientos no solo obligan a examinar aspectos sustantivos sino
procesales tan relevantes como las difíciles relaciones entre las acciones
colectivas específicas de consumidores y usuarios y sus acciones
individuales, arrostrando cuestiones de litispendencia y cosa juzgada que
desde luego se debilita cuando la doctrina del Tribunal de Justicia corrige a
nuestros Tribunales, por no hablar de aspectos relevantes en materia de
carga de la prueba y valoración de medios probatorios, entiéndase, quién
tiene la carga de la prueba sobre la naturaleza (o no) consumidor en un
negocio jurídico concreto y para el mismo, el valor de las testificales de los
empleados del comercializador, de los contratos, trípticos o folletos
informativos, de las ofertas vinculantes o de las advertencias de los notarios
y ello solo por mencionar lo más típico, sin olvidar las cuestiones que
plantean las distintas clases de cláusulas cuestionadas en un marco en el
que hay una sucesión “social” por relevancia y que ha llevado a que los
litigios por cláusula suelo se sustituyan por pleitos por cláusulas de gastos.
Pues bien, a ello, a todo ello se dirige el presente curso que, de naturaleza
teórico-práctico, trata de abordar las cuestiones más relevantes que han
surgido en el entorno descrito con especial hincapié en la juriprudencia,
tanto de nuestro Tribunal Supremo como, desde luego, del Tribunal de
Justicia.
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Para ello contamos como elemento documental el libro electrónico que
tuvimos la oportunidad de elaborar el pasado año quienes ahora asumimos
el desarrollo de este curso. Nuestra labor, la de los tutores, deberá consistir
en actualizar en la manera de lo posible aquél contenido y, aplicándolo,
buscar soluciones a los casos que plantearemos siempre bajo un formato
que garantice el análisis y conocimiento, siempre crítico, de esta materia,
todavía con tantos matices discutibles y discutidos.
Para ello contamos, no solo con la inestimable colaboración del Servicio de
Formación a través de la que es nuestra Directora Técnica, si también con la
participación de Magistrados especialistas en Derecho Mercantil y de una
más que reputada Catedrática de Derecho Mercantil, todos con larga
experiencia en el ámbito mercantil y civil y ampliamente versados en la
concreta materia que les ha sido encomendada.
Pero para completar el esquema necesitamos a los participantes, Jueces y
Magistrados que, pese a la dura carga de trabajo que soportan, durante
más de dos meses van a estar estudiando, analizando y debatiendo sobre la
reforma, siendo esencial su intervención e implicación para hacer de este
proyecto un curso dinámico, fructífero y enriquecedor. Desde este momento
mi gratitud par ellos en la confianza de que el presente curso va a serles
tremendamente útil para su trabajo jurisdiccional y para su formación.
Luis Antonio Soler, Director del curso.
II. PRESENTACIÓN DEL CURSO
Como señalaremos en el apartado oportuno, el objetivo de este curso es
servir a la formación de los participantes en materia de condiciones
generales de la contratación y en especial su problemática específica
cuando se aplican por profesionales en la contratación con consumidores o
usuarios.
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La jurisprudencia ha quedado obligatoriamente compelida a ser espejo del
estado de la cuestión en la legislación europea y muy en particular, la
interpretación que de esa normativa ha hecho la jurisprudencia del TJUE,
especialmente dificultoso atendidos los principios generales en materia de
contratación clásicos de nuestro derecho, lo que ha provocado no solo
dudas relevantes sino planteamientos que hoy en día siguen en buena parte
abiertos.
Precisamente a conocer tal estado de cosas es que el curso tiene un
componente especialmente jurisprudencial que hemos querido vincular, con
la sistematicidad que hemos considerado más oportuna, a cuestiones tanto
generales como especiales que permitan superar el ámbito dogmático de la
cuestión hacia su aspecto más práctico.
Tan viva está la cuestión que incluso a lo largo del curso, la presentación de
la jurisprudencia que se vaya publicando será probablemente parte del
trabajo que desarrollaremos y que nos permitirá a todos emitir reflexiones
sobre sus contenidos que, a buen seguro, pondrá de relieve aquello que
hemos querido resaltar, la actualidad de la cuestión no correspondida a un
estado dogmático pacífico que pudiera parametrar los pilares esenciales
desde los que aportar soluciones generales.
El curso se compondrá de dos módulos de un mes de duración cada uno.
Uno primero, dedicado a temas sustantivos que por su extensión,
continuará en el segundo módulo que se completará con aspectos
procesales y procedimentales que también están a la orden del día y en
primera línea de la problemática de una materia en la que, tanto por razón
de la legislación especial de condiciones generales de la contratación como
de consumo, los intereses colectivos y difusos se articulan a través de
instrumentos procesales propios con un enlace dificultoso con las acciones
individuales.
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Cada uno de los módulos estará divido en temas que serán tutorizados por
uno de nuestros especialistas designados al efecto y que será quien
propondrá las cuestiones y aportará en su caso las novedades
jurisprudenciales –y en su caso doctrinales- de su parte, tomará parte en
los debates que podrán además ser completados por el resto de tutores si
así lo desean. Es por ello muy relevante -ya se señaló- la participación de
los alumnos que por experiencia y conocimientos podrán aportarnos a todos
ciencia que complete la materia que nos ocupa.
En todo caso queremos contar con la discreción y lealtad y saber estar de
todos que en el curso básicamente consistirá en evitar someter casos
particulares sobre los que el concreto participante tenga que resolver,
identificados nominativamente, a fin de que las opiniones ya del experto ya
de otro participante no puedan ser tenidas como injerencia en su labor
jurisdiccional.
Por lo demás, los participantes podrán contactar con los tutores dentro del
tiempo del respectivo módulo y en todo momento con el director del curso,
que estará a su disposición durante todo él.
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III. EQUIPO DOCENTE
Esta actividad formativa constituye un trabajo de equipo desarrollado por
miembros de la Carrera Judicial que desempeñan su ejercicio profesional en
la Jurisdicción Mercantil y de la Catedrática de la Universidad de Alicante de
Derecho Mercantil. A continuación se hace una breve reseña de los
Directores/as y Tutores/as que mantendrán un contacto directo con los
participantes.
DIRECTOR Y CO-TUTOR MODULO DOS
LUIS ANTONIO SOLER PASCUAL
Magistrado de la Sección nº 8 de la
Audiencia Provincial de Alicante
Nota Curricular: Miembro de la Carrera Judicial por el turno de oposición desde
año 1987 y Magistrado desde 1989, Inspector del Consejo General del Poder
Judicial desde 1999 hasta el año 2003 y Magistrado especialista -primera
promoción- en Derecho mercantil.
Ha ejercido sus funciones jurisdiccionales en los Juzgados de Benidorm, Elche
y Alicante, desempeñándolas en la actualidad en la Sección mercantil de la
Audiencia Provincial de Alicante que es, además, el Tribunal español de Marca
de la Unión Europea, Dibujo y Modelo Comunitario.
En el área de formación, es Profesor asociado de Derecho Mercantil en la
Universidad de Alicante y ha participado, tanto como alumno, ponente y
Director, en la formación judicial del Consejo General del Poder Judicial, así
como en diversas obras colectivas, habiendo además publicado múltiples
artículos doctrinales.
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DIRECTORA TÉCNICA
FRIEDA SAN JOSÉ ARANGO
Letrada del Servicio de Formación
Continua de la Escuela Judicial
Nota Curricular:
Magistrada del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria núm. 1 de Madrid (en servicios especiales)
Actualmente, Letrada del Servicio de Formación Continua de la Escuela Judicial. CGPJ
TUTORE/AS
CO-TUTOR MÓDULO DOS
ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ
Magistrado de la Sección nº 28 de la Audiencia Provincial de Madrid
Nota Curricular:
- Magistrado especialista en asuntos propios de los órganos de lo mercantil con
destino en la sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en asuntos de los Juzgados de lo Mercantil.
- Ingreso en la carrera judicial por oposición turno libre en 1988, sirviendo en la categoría de Juez diversos destinos como juez y, luego, como magistrado
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desde el 29 de noviembre de 1990. - Letrado del Consejo General del Poder Judicial desde febrero de 1999 a
septiembre de 2004. - Director del Servicio de Formación Continua de la Escuela Judicial entre
octubre de 2000 y septiembre de 2004. - Al entrar en funcionamiento los Juzgados de lo Mercantil paso a ocupar el Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid, desde su constitución en septiembre
de 2004 hasta el 3 de septiembre de 2007. - Miembro de la sección especial para la reforma concursal de la Comisión
General de Codificación. - Experto en Derecho Comunitario Europeo por la Universidad Complutense de Madrid en colaboración con la Comisión Europea y el Consejo General del
Poder Judicial.
CO-TUTORA MÓDULO UNO
ESPERANZA GALLEGO
SÁNCHEZ
Catedrática de Derecho
Mercantil de la Universidad de
Alicante
Nota Curricular: Esperanza Gallego Sánchez es catedrática de Derecho
Mercantil desde el año 2001. Está en posesión de la Cruz de Honor de San
Raimundo de Peñafort. Es vocal permanente de la Sección Mercantil de la
Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia desde el año 2006,
presidente de la ponencia para la reforma de los contratos mercantiles de
intercambio de bienes y miembro de la ponencia para la reforma del Derecho
de Sociedades, incluidas ambas en el Anteproyecto de Código Mercantil,
vocal de la sección especial de la Comisión General de Codificación para la
reforma concursal efectuada por la Ley 38/2011 y miembro de la ponencia
que redacta el texto refundido de la Ley Concursal en la actualidad. Ha sido
miembro de la Comisión Nacional para la Evaluación de la Actividad
Investigadora (CNEAI). Es experta evaluadora de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), de las estancias de
movilidad en el extranjero incluidas en los Programas Salvador de Madariaga
y José Castillejo, de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP),
de la Agència de Gestió d`Ajuts Universitaris i de Recerca (AGAUR), de la
Agencia Andaluza de Evaluación para Proyectos de Excelencia y de la Agencia
de Castilla-León. Es consultora internacional de Naciones Unidas y de la
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United States Agency for International Development en cuyo ámbito ha
asesorado a distintos gobiernos de Hispanoamérica sobre las reformas del
Derecho mercantil, en particular acerca del Derecho de la propiedad industrial
e intelectual, el Derecho de sociedades, el Derecho de la contratación, el
Derecho Concursal y la implantación de normas que fomenten la seguridad de
las inversiones extranjeras.
Es Codirectora del Máster en propiedad industrial, intelectual y sociedad de la
información y Directora del título universitario de especialista en patentes y
transferencia de tecnología de la Universidad de Alicante desde 2012. Es
Directora del título universitario de especialista en fitomejoramiento y signos
distintivos de calidad de la Universidad de Alicante. Es Directora del
Departamento de Derecho Mercantil y Procesal de la Universidad de Alicante.
Ha dirigido como investigadora principal numerosos proyectos de
investigación financiados en convocatorias públicas de carácter competitivo,
entre los que cabe señalar los relativos a las “Crisis económicas
empresariales y nuevas tendencias de reforma en el ordenamiento
concursal”, “La nueva legislación concursal: aspectos mercantiles y
procesales”, “La mediación como alternativa extrajudicial en el tratamiento
de la crisis de la empresa”, “Del emprendedor a la empresa: La creación y
consolidación de pymes como reto , “La protección jurídica de las marcas y
diseños industriales: Aspectos Mercantiles y Procesales” o “El arbitraje
institucional de consumo como mecanismo de resolución extrajudicial de
conflictos”.
En su labor profesional ha compatibilizado la docencia universitaria y la
participación en Másteres y Cursos de formación especializada con el
ejercicio práctico del Derecho. Su obra científica abarca los sectores más
trascendentes del Derecho Mercantil, tales como el Derecho de Sociedades, el
Derecho Concursal, la Contratación Mercantil o el Derecho de la Propiedad
Intelectual. Ha sido magistrada adscrita a las Audiencias Provinciales de
Madrid y Alicante. Ha demostrado una extensa experiencia como profesora,
abogada y consultora legal, incluyendo la elaboración de informes y
opiniones jurídicas. Las áreas de práctica profesional en las que se centra
comprenden el Derecho de Sociedades, el Derecho Concursal, la Propiedad
industrial y la distribución comercial, el Derecho Bancario, el Derecho turístico
y el arbitraje societario y comercial.
ASOCIACIONES PROFESIONALES.
Miembro del Consejo de Dirección de la Revista de Derecho de Sociedades
(editorial Aranzadi )
Miembro del Consejo de Redacción y coordinadora de la sección Propiedad
Industrial e Intelectual de la Revista La Ley Mercantil (editorial La Ley)
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Miembro del Consejo de Redacción del Anuario de Derecho Concursal
(editorial Aranzadi).
Miembro del Consejo asesor de la Revista de Derecho Concursal y
Paraconcursal (editorial La Ley)
Miembro del Consejo de Redacción de la Revista de Derecho Mercantil
(editorial Aranzadi)
CO-TUTORA MÓDULO UNO
MARTA CERVERA
MARTÍNEZ
Magistrada del Juzgado de lo
Mercantil nº 8 de Barcelona
Nota curricular: Me licencié de derecho en la Universidad Autónoma de
Barcelona en el año 2000 con Premio Extraordinario, y en el año 2002 aprobé
las oposiciones del turno libre para el acceso a la carrera judicial. Tras el
periodo de Escuela Judicial desempeñé la función jurisdiccional en el Juzgado
de Primera Instancia nº 2 de Palma de Mallorca, Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción único de Chantada, Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción nº 2 de Esplugues de Llobregat y tras aprobar en el año 2008 la
especialidad mercantil estoy de titular del Juzgado Mercantil nº 8 de
Barcelona. Actualmente también realizando funciones en la Sección 15 de la
AP de Barcelona mediante una comisión de servicios sin relevación de
funciones.
En el año 2007 obtuve el Título de suficiencia investigadora con la
presentación de la tesina en “Doctrina de los Equivalentes en el Derecho
Comparado”, calificación sobresaliente.
Ponente en Cursos y Masters de Derecho Mercantil y Concursal en Pompeu
Fabra, Abat Oliva, Universidad de Barcelona, Colegio de Titulados Mercantil,
de Auditores, Colegio de Abogados y Colegio de Economistas. He participado
en varias obras colectivas y en artículos de forma individual.
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IV. PROGRAMA DE CONTENIDOS
MÓDULO I
Aspectos sustantivos I
Tema 1…………Tutora responsable: Esperanza Gallego
Tema 2…………Tutora responsable: Marta Cervera
Tema 3…………Tutora responsable: Marta Cervera
Tema 4…………Tutora responsable: Esperanza Gallego
MÓDULO II
Aspectos sustantivos II
Aspectos procesales
Tema 5………..Tutor responsable: Alberto Arribas
Tema 6………..Tutor responsable:Luis Antonio Soler
Tema 7………..Tutor responsable:Alberto Arribas
Tema 8………..Tutor responsable:Luis Antonio Soler
TEMARIO
Módulo I
PARTE PRIMERA. ASPECTOS SUSTANTIVOS
TEMA 1
I. Directivas 93/13/CEE y 2011/83/UE. Pronunciamientos del
Tribunal de Justicia en materia de cláusulas abusivas
1. Objeto y ámbito de aplicación de la Directiva 93/13/CEE: a) Objeto de la
Directiva. b) Ámbito de aplicación de la Directiva.
2. Contenido de la Directiva.
3. La Directiva y el Derecho español: a) La incorporación de la Directiva en
el Derecho español. b) La eficacia de la Directiva. Los efectos de los
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pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia
de cláusulas abusivas
II. Las condiciones generales de contratación. El contrato de
adhesión
1. Las condiciones generales de la contratación: a) Concepto. b)
Características: a) Requisitos: a.1) Introducción. a.2) Carácter contractual.
a.3) La predisposición. a.4) La generalidad. a.5) La imposición. a.6) La
condición de profesional del predisponente. b) Elementos irrelevantes para
la caracterización.
2. El contrato de adhesión.
TEMA 2
I. El control de las condiciones generales de contratación en
contratos celebrados con consumidores y usuarios
1. El ámbito del control. Contratos y cláusulas excluidos.
2. Tipos de control. En particular el control de contenido o de abusividad:
A) Tipos de control. B) En particular el control de contenido o de
abusividad: a) Alcance del control de contenido o de abusividad. b)
Contenido del control de contenido o de abusividad.
II. Desarrollo del control de transparencia
1. Alcance del control de incorporación (legibilidad, comprensión
gramatical, corrección de escritura): A) Los artículos 5 y 7 LCGC. B) La
oferta vinculante: a) OM de 5 de mayo de 1994 (BOE de 11 de mayo de
1994) sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos
hipotecarios. b) Orden EHA/2899/11, de 28 de octubre (BOE de 29 de
octubre de 2011), de transparencia y protección del cliente de servicios
bancarios.
TEMA 3
I. El control de transparencia como control de la comprensibilidad
del riesgo y carga económica. El artículo 4.2 de la Directiva 93/13.
Los elementos esenciales del contrato (SSTS 241/2013 y
265/2015): A) El control de transparencia como control de la
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comprensibilidad del riesgo y carga económica. B) El artículo 4.2 de la
Directiva 93/13.
II. Los elementos esenciales del contrato (SSTS 241/2013 y
265/2015): a) Configuración jurisprudencial nacional y europea: a.1)
SSTS 241/2013, 464/2014, 138/2015, 139/2015, 222/2015 y 705/2015.
a.2) SSTJUE C-26/13, C-143/13, C-154/15 y C-421/14.
III. La consecuencia de la falta de transparencia. Abusividad. El
estado de la cuestión en relación a tres cláusulas en particular y su
incidencia en los litigios en curso: A) La cláusula suelo. B) La cláusula
sobre vencimiento anticipado C) La cláusula sobre intereses moratorios. D)
Cláusula de gastos. E) Cláusula IRPH. F) Cláusula Multidivisa. 2. Efectos de
la abusividad. Artículo 1303 CC: A) Efectos de la abusividad. B) Artículo
1303 CC: a) Retroactividad. STJUE C-154/15. b) Intereses de demora.
STS 716/2016.
TEMA 4
Los beneficiarios del control de transparencia. El consumidor:
1. Concepto de consumidor. STJUE de 30 de mayo de 2013, Asbeek Brusse
y Man Garabito, C-488/11 (ECLI:EU:C:2013:341); STJUE de 15 de enero de
2015, Birute Šiba contra Arunas Devenas, C-537/13 (ECLI:EU:C:2015:14);
ATJUE de 19 de noviembre de 2015 (caso Tarcãu).
2. El caso del "consumidor experto". STJUE de 3 de septiembre de 2015,
Costea, C-110/14 (ECLI:EU:C:2015:538), y STS, Sala 1.ª, núm. 60/2016,
de 12 de febrero de 2016 (ROJ: STS 361/2016)
3. Ánimo de lucro y condición de consumidor. Interpretación. STS, Sala
1.ª, núm. 16/2017, de 16 de enero de 2017 (ROJ: STS 17/2017).
4. Bienes de primera necesidad y consumidor. STS, Sala 1.ª, 265/2015 de
22 de abril de 2015 (ROJ: STS 1723/2015)
5. La condición de consumidor en los contratos con doble finalidad. STJUE
de 3 de septiembre de 2015, Costea, C-110/14 (ECLI:EU:C:2015:538) y
STS, Sala 1.ª, núm 224/2017, de 5 de abril de 2017 (ROJ: STS 1385/2017)
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ESCUELA JUDICIAL
TEMA 5
I. Los contratos con condiciones generales de contratación con no
consumidores:
1. No aplicación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios a los profesionales y empresarios.
2. Régimen jurídico aplicable a los contratos con condiciones generales de
contratación celebrados con no consumidores: A) Control de incorporación
o de transparencia documental: a) Requisitos de redacción. b) Requisitos
de conocimiento y aceptación. B) Control legalidad. C) Exclusión del
control de abusividad y del segundo control de transparencia.
3. Referencia a las Sentencias del Tribunal Supremo núms. 367/2016,
30/2017, 41/2017 y 57/2017 VII.
4. Régimen legal aplicable al caso de contratos celebrados con
consumidores en los que las cláusulas están negociadas individualmente y
aquellos en que están predispuestas e impuestas pero circunscritas a un
solo contrato. a) Contratos en las que las cláusulas están negociadas
individualmente. b) Contratos en el que las cláusulas están predispuestas e
impuestas pero circunscritas a un solo contrato.
II. El control notarial de las cláusulas abusivas. El papel del notario
en los préstamos bancarios con garantía real.
Módulo II
PARTE SEGUNDA. ASPECTOS SUSTANTIVOS II
ASPECTOS PROCESALES
TEMA 6
I.Introducción
II. La interpretación de la Disposición Adicional 4.ª de la Ley
7/1998 de Condiciones Generales de la Contratación.
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III. Normas procesales generales en procesos para la defensa de
consumidores y usuarios.
1. Capacidad para ser parte y capacidad procesal de consumidores
personas físicas y de entidades, grupos y asociaciones de consumidores y
usuarios: A) Capacidad para ser parte. B) Capacidad procesal.
2. Legitimación.
3. Publicidad e intervención en los procesos promovidos para la protección
de derechos e intrereses de consumidores y ususarios: A) Comunicación
previa de la presentación de la demanda en los procesos para la defensa de
perjudicados que estén determinados o sean fácilmente determinables -
colectivos. B) La publicidad de la admisión de la demanda en los procesos
promovidos por asociaciones o entidades constituidas para la protección de
los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, o por los grupos
de afectados, sean colectivos o difusos. C) Intervención procesal de los
posibles perjudicados.
4. Pluralidad de partes. El litisconsorcio.
5. Acumulación: A) Acumulación de acciones: a) El caso de la
acumulación de acciones individuales. b) El caso de la acumulación de
acciones individuales a una acción colectiva. b.1) Posibilidad de
acumulación de las acciones típicamente individuales -declarativas,
constitutivas y de condena- a la acción colectiva de cesación. b.2)
Posibilidad de acumulación de las acciones de las que varios son titulares,
unas individuales, otras colectivas. b.3) Competencia territorial para el
conocimiento de la acumulación subjetiva de acciones. B) En cuanto a la
acumulación de procesos.
6. La sentencia y sus efectos: A) Acciones individuales/acciones colectivas.
Relaciones -SSTS 123/2017 (ROJ: STS 477/2017), 334/2017 (ROJ: STS
2016/2017) y 367/2017 (ROJ: STS 2244/2017)-. Cosa juzgada y Tribunal
de Justicia ATS de 4 de abril de 2017 (ROJ: ATS 2684/2017): a)
Introducción. Interpretación del artículo 221 LEC b) Relación entre las
sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia y la doctrina previa,
contradictoria, de sentencias firmes nacionales. B) Vigencia del principio
dispositivo y de congruencia en relación a los controles de incorporación,
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transparencia, contenido y efectos de la abusividad. Doctrina de la STJUE de
21 de diciembre de 2016, asunto C-154/2015 (ECLI:EU:C.2016:980). C)
Cosa Juzgada e irretroactividad STS 241/2013.
7. Criterios en materia de costas procesales. La doctrina de la STS
419/2017 (ROJ STS 2501/2017). La problemática de las costas y el art. 4
del RD 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de
consumidores en materia de claúsulas suelo. 8. La ejecución de sentencias
dictadas en procesos promovidos por consumidores y usuarios.
TEMA 7
I.Normas especiales para el ejercicio de la acción colectiva de
cesación en defensa de consumidores y usuarios. La Ley 39/2002.
1. Configuración de la acción de cesación.
2. Especialidades procesales: la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
II. Normas especiales en el ámbito de las condiciones generales de
la contratación.
1. Acciones individuales.
2. El mecanismo de control abstracto. Las acciones colectivas: A) La
acción declarativa. B) Las acciones de cesación y de prohibición. C) La
acción de enriquecimiento injusto e indemnizatoria. D) La acción de
retractación.
3. Competencia objetiva.
4. Competencia territorial
III. Algunos supuestos de nulidad de cláusulas atinentes a
cuestiones procesales:
1. Sobre la validez de las cláusulas de sumisión expresa.
2. Cláusula sobre costas.
3. Cláusulas sobre preconstitución y carga de la prueba.
TEMA 8
I. El anuncio extraprocesal de cese en la aplicación de la cláusula
cuestionada. Efectos en el proceso.
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II. La mediación en consumo como ADR o sistema alternativo de
resolución de conflictos.
1. Normativa europea: A) Directiva 2008/52/CE, del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la
mediación en asuntos civiles y mercantiles: a) Objeto y ámbito de
aplicación. b) Normas aplicables al mediador. c) Normas aplicables al
procedimiento. Los Principios de la mediación. B) Directiva 2013/11/UE, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la
resolución alternativa de litigios en materia de consumo: a) Objeto y
ámbito de aplicación. b) Principios aplicables a las entidades. c) Principios
aplicables a los procedimientos.
2. La mediación en consumo en España. Su repercusión procesal.
III. Condiciones generales en contratos con consumidores y
usuarios. Abusividad y transparencia. Control de oficio
1. Límites al control de oficio. Principio de contradicción y aquietamiento
del consumidor.
2. Obstáculos procesales. Procedimiento y plazo.
IV. Carga de la prueba de la condición de consumidor: Objeto de la
prueba (¿qué probar?)
V. Otros aspectos probatorios examinados por la jurisprudencia:
1. Relevancia de la prueba testifical.
2. La prueba documental.
V. OBJETIVOS
Nos hemos marcado como objetivos el conocimiento de la problemática que
envuelve a la contratación con condiciones generales de la contratación, en
especial en las relaciones jurídicas que se constituyen entre profesionales y
consumidores, pero también desde la perspectiva de las contrataciones
entre profesionales, el estado jurisprudencial de la cuestión y el análisis de
los casos que centran la actualidad desde el punto de vista de la práctica
judicial.
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VI. MATERIALES
Los participantes contarán con los siguientes materiales de estudio:
Un manual en formato de libro digital con todo el contenido
básico curso
Cada una de las unidades de estudio estará acompañada con
un esquema-resumen de los contenidos fundamentales
Un cuestionario de autoevaluación por cada Unidad de Estudio,
para comprobar la adquisición de los conceptos fundamentales
Casos prácticos de realización obligatoria que servirán para la
evaluación del aprendizaje en el curso
Otra documentación (legislación, jurisprudencia, artículos) que
se considere de interés
VII. SESIÓN PRESENCIAL
A finales del mes de septiembre, está prevista la celebración en el Servicio
de Formación Continua en Madrid de una sesión presencial de una jornada
y media de duración. La asistencia a dicha sesión presencial tendrá
carácter voluntario y a la misma podrán asistir todos aquellos
participantes que haya realizado efectivamente el curso.
La celebración de esta sesión está condicionada a su aprobación en su día
por los órganos competentes del CGPJ y que sea solicitada por un número
mínimo de participantes.
VIII. ACTIVIDADES A REALIZAR DURANTE EL
CURSO Los participantes contarán con los contenidos básicos del curso al inicio del
curso y se irán facilitando los contenidos complementarios según el
calendario recogido en el apartado siguiente de esta guía.
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Por otra parte en cada módulo se abrirá un foro de debate con una doble
finalidad: plantear cuestiones sobre la materia del módulo correspondiente
y desarrollar debates sobre aspectos concretos. Los foros de debate estarán
moderados por los tutore/as correspondientes.
En el curso se contará con cuestionarios de autoevaluación de
cumplimentación voluntaria, siendo recomendables para el estudio aplicado
de la materia del curso.
Por otra parte, para superar el curso será necesario elaborar una
propuesta de resolución de un caso práctico que se propondrá al
final de cada módulo.
El caso práctico remitido por cada participante será evaluado y comentado
individualmente por el/la tutora del módulo correspondiente, a través de la
herramienta informática de la plataforma, con el objeto de establecer un
diálogo académico que favorezca el aprendizaje avanzado de la materia.
El curso requiere una dedicación personal de aproximadamente 50 horas
para llevar a cabo el estudio de los contenidos, la participación en los
debates de cada módulo, la realización de los cuestionarios de
autoevaluación y la preparación de las pruebas de evaluación (casos
prácticos)
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IX. CALENDARIO
Módulo cero sobre prácticas en el uso de las
herramientas de la plataforma informática (Módulo de seguimiento voluntario)
Del 7 al 13 de mayo
Módulo uno sobre aspectos sustantivos
Del 14 de mayo
al 17 de junio
Fecha límite para el envío del caso práctico
del Módulo I
1 de julio
Módulo sobre aspectos sustantivos y
procesales
Del 18 de junio al 15 de julio
Fecha límite para el envío del caso práctico
del Módulo II
2 de septiembre
A finales del mes de septiembre se desarrollará una sesión presencial de un día y medio de duración de asistencia voluntaria
X. COMUNICACIONES CON LOS
RESPONSABLES DEL CURSO
Las consultas sobre el contenido de cada módulo o unidad de estudio se
pueden realizar por correo electrónico a los/as tutores/as y en los foros de
debate. Se solicita que las consultas se planteen preferentemente en los
foros cuando puedan de ser de interés para toda la comunidad de
aprendizaje.
La Dirección del Curso estará en todo momento a su disposición para
cualquier cuestión general de la actividad formativa. Y en lo relativo a
cuestiones técnicas o administrativas pueden contactar por el correo interno
de la plataforma con la Escuela Judicial o bien telefónicamente con los
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funcionarios encargados del Servicio de Formación Continua (+34 91 700
58 08 / 07)
XI. CERTIFICADOS Y EVALUACIÓN DEL
CURSO Se expedirán dos tipos de certificados, uno de aprovechamiento para
aquellas personas que realicen satisfactoriamente los DOS casos prácticos y
otro de participación para aquellos que habiendo seguido con regularidad
el curso y han realizado y superado al menos un caso práctico.
El curso tiene una carga lectiva equivalente a 50 horas de trabajo personal.
De acuerdo con la metodología del Espacio Europeo de Educación Superior
(EEES) equivaldría a 2 créditos ECTS1.
A la finalización del curso, se solicitará a todos los participantes que
expresen su opinión sobre el desarrollo del curso y su valoración a través de
un cuestionario anónimo. La Dirección del curso está abierta en todo
momento a las sugerencias y comentarios con el fin de mejorar la
presente actividad formativa.
1 Siglas en inglés del Sistema Europeo de Transferencia de Créditos.