CXX. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la ...
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CXX. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,
DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015
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DEPENDENCIA
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
AUDITORÍA DE DESEMPEÑO
Función 2 “Justicia”, Actividad Institucional 304 “Análisis
y Estudios de las Pruebas Periciales”
Auditoría ASCM/159/15
FUNDAMENTO LEGAL
Con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II, sexto y séptimo párrafos,
en relación con el 74, fracción VI; y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI,
de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1; 2, fracciones XIII
y XXI, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, Vl, VII, VIII, IX y XIX; 9; 10, incisos a) y b);
14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36, primer párrafo;
y 37, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 4; 5,
fracción I, inciso b); 6, fracciones V y VII; y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior
de la Ciudad de México, de conformidad con el Programa General de Auditoría aprobado.
ANTECEDENTES
De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2015, en el eje 2 “Gobernabilidad, Seguridad
y Protección Ciudadana”, finalidad 1 “Gobierno”, función 2 “Justicia”, subfunción 2 “Procuración
de Justicia”, actividad institucional 304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales”, se reportó
una meta física original de atención de 462,867 peritajes y una meta física alcanzada de
361,355 peritajes, lo que representó un incumplimiento de 21.9%.
El presupuesto original de la actividad institucional en revisión fue de 379,648.9 miles de
pesos, el modificado ascendió a 322,539.6 y el ejercido se situó en 322,529.1 miles de pesos;
la variación respecto del original fue de 15.1% y con relación al modificado, se registró
una variación negativa de 0.1%.
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El presupuesto ejercido se conformó por 49,219.9 miles de pesos de recursos fiscales
y 273,309.2 miles de pesos de recursos federales, provenientes de cuatro fuentes de
financiamiento: Participaciones a Entidades Federativas, Fondo de Aportaciones para la
Seguridad Pública de los Estados y los Municipios, Convenio “Implementación de la Reforma
del Sistema de Justicia Penal” y Fondo de Capitalidad. Los recursos que se erogaron
en los capítulos de gasto 1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suministros”,
3000 “Servicios Generales”, 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y 6000 “Inversión
Pública”, en las siguientes proporciones: 69.5%, 9.4%, 6.4%, 10.9% y 3.8%, respectivamente.
OBJETIVO
El objetivo de la auditoría consistió en fiscalizar a la Procuraduría General de Justicia del
Distrito Federal (PGJDF), para verificar el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos
en la actividad institucional 304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales”.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La selección de la presente auditoría se sustentó en los criterios “Propuesta e Interés
Ciudadano”, por tratarse de una actividad que consiste en obtener elementos de prueba,
suficientemente útiles, eficaces y confiables; “Importancia Relativa”, por las variaciones
registradas en las metas física y financiera de la actividad institucional referida; “Presencia
y Cobertura”, a fin de garantizar que eventualmente se revisen todos los sujetos y conceptos
susceptibles de ser fiscalizados por estar incluidos en la Cuenta Pública; y “Exposición
al Riesgo”, en virtud de que permite la evaluación del impacto y de la probabilidad de
incumplimiento de objetivos y metas financieras del sujeto fiscalizado. Lo anterior,
de conformidad con el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización
superior.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Se evaluaron los resultados obtenidos por la Procuraduría General de Justicia del Distrito
Federal (PGJDF) en la actividad institucional 304 “Análisis y estudios de las pruebas
periciales”, que tuvo como finalidad “auxiliar al Ministerio Público, a través de la utilización de
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métodos científicos en la realización de dictámenes e informes periciales en el descubrimiento
de los hechos de un presunto delito, a fin de incrementar la efectividad de las investigaciones,
proporcionando elementos de prueba, suficientemente útiles, eficaces y confiables para el
esclarecimiento del mismo”. Dicha revisión comprendió los aspectos de control interno,
congruencia, eficacia, eficiencia, economía, competencia de actores y la implementación
del sistema de evaluación del desempeño.
Para evaluar las vertientes de eficacia, eficiencia, economía y competencia profesional
de los servidores públicos asignados en 2015 a la actividad institucional 304 “Análisis
y estudios de las pruebas periciales”, se determinaron las muestras mediante la técnica de
muestreo aleatorio simple, de tipo estratificado y sobre éstas se llevaron a cabo pruebas
de cumplimiento, considerando la experiencia y criterio del personal auditor y el tiempo de que
se dispuso para llevar a cabo la revisión.
Para el análisis del control interno, se conoció el alcance y efectividad del ambiente de control,
la evaluación de riesgos, los sistemas de información y comunicación, los procedimientos
de control y la vigilancia de los controles internos respecto a la actividad institucional en
estudio.
Para analizar la congruencia, se verificó la vinculación de las acciones referidas con los
objetivos, políticas y estrategias de los instrumentos de planeación de corto y mediano
plazos.
Para la eficacia, se revisó el cumplimiento de los objetivos y metas de las acciones de la
actividad institucional en estudio, así como el cumplimiento de las disposiciones legales
y reglamentarias aplicables en el Distrito Federal. El universo en revisión consideró las
acciones que integraron la actividad institucional en estudio, reportadas principalmente en
registros auxiliares, reportes internos y bases de datos del número de peritajes atendidos,
con la finalidad de evaluar los peritajes o dictámenes más representativos de la PGJDF
en la actividad institucional en estudio.
Para la eficiencia, se revisaron los procesos establecidos para dar cumplimiento a los
objetivos planteados y la pertinencia en la utilización de los recursos, humanos, materiales
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y financieros, instrumentos, métodos, procedimientos y lineamientos a los que se sujetaron
los servidores públicos encargados de la actividad institucional en estudio. Se consideraron los
sistemas informáticos denominados Control de Intervenciones Periciales (CIP) y Sistema
de Interoperabilidad de Actuaciones Procedimentales (SIAP), con el fin de identificar los
procedimientos y mecanismos de control implementados; asimismo, se realizaron visitas físicas
a dos laboratorios fijos, un móvil y dos bodegas centrales de evidencias de la Coordinación
General de Servicios Periciales con el fin de identificar el equipamiento y funcionamiento
para la atención de la actividad en estudio.
Para la economía, se identificó el presupuesto original y se verificó la aplicación del ejercido
en la actividad institucional en estudio, para lo cual se determinó una muestra de 41 Cuentas
por Liquidar Certificadas (CLC), por 97,867.9 miles de pesos, que representaron el 30.3%
del presupuesto reportado como ejercido de 322,529.0 miles de pesos, esto permitió verificar
la vinculación del gasto con el cumplimiento de los objetivos y metas.
Para la competencia de actores, se evaluó que el sujeto fiscalizado contara con la competencia
legal y que los servidores públicos responsables de la gestión presupuestal cumplieran los
perfiles de puesto y capacitación según la normatividad aplicable, para lo cual se determinó
revisar una muestra de 59 expedientes laborales de un universo de 1,292 del personal
que durante 2015 tuvo a su cargo la operación y administración de la actividad institucional
en estudio.
Por lo que corresponde al Sistema de Evaluación del Desempeño, se revisó su implementación
y que los indicadores proporcionaran información que, de manera sistemática permitiera
conocer el avance de los objetivos y metas establecidas, tanto a nivel físico como financiero,
así como detectar las causas de incumplimiento o desviaciones y el impacto de las actividades
institucionales.
Para obtener la información suficiente, competente y relevante, se aplicaron procedimientos
y técnicas de auditoría en las áreas que intervinieron en la operación de la actividad institucional
sujeta a revisión, con objeto de evaluar su participación en el cumplimiento de los objetivos
establecidos.
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RESULTADOS
Evaluación del Control Interno
1. Resultado
De conformidad con el Manual del Proceso General de Fiscalización en el Subapartado
“B” Fase de Ejecución, numeral 1. Control Interno, se verificó la efectividad del sistema de
control interno que implementó la Coordinación General de Servicios Periciales (CGSP)
de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), responsable de la
operación de la actividad institucional 304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales”,
se llevaron a cabo reuniones de trabajo con el personal encargado de las acciones
relacionadas con la actividad institucional en estudio, se aplicaron cuestionarios a mandos
medios y superiores de la CGSP, se analizó la existencia y propiedad de los procedimientos
y mecanismos de salvaguarda de los recursos; que los sistemas de registro incluyeran
la totalidad de las operaciones, que los métodos y procedimientos utilizados reflejaran
adecuadamente tanto lo referente a la obtención y empleo de los recursos, como al cumplimiento
de las metas y objetivos, asimismo se comprobó la existencia e idoneidad de los criterios
para identificar, clasificar y medir los datos relevantes de la operación; igualmente, que se
hubieran adoptado parámetros adecuados para evaluar la economía, eficiencia y eficacia
de las operaciones, que los procedimientos establecidos aseguraran razonablemente el
cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia
obligatoria.
Se aplicaron 9 cuestionarios al personal de estructura de un universo de 18 que operó la
actividad institucional en estudio, equivalente al 50.0% de los servidores públicos
responsables de desarrollar esa actividad. Como resultado de la evaluación del control
interno a la PGJDF, a través del estudio de la información obtenida y recopilada, así como
de la aplicación de los cuestionarios de Control Interno y del Sistema de Evaluación del
Desempeño, se conoció el ambiente de control, la evaluación de riesgos, los sistemas de
información y comunicación, los procedimientos de control y la vigilancia de los controles
internos respecto a la actividad institucional 304 “Análisis y estudios de las pruebas
periciales”, se estudiaron los siguientes componentes:
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Ambiente de Control
Se identificó que la CGSP, conoce la misión, visión, objetivos y metas institucionales;
asimismo, el personal que intervino en la operación de la actividad institucional en estudio
contó con un Código de Ética que fue difundido en su portal de internet, y se conoció que
se diseñan, establecen y operan los controles con base en el código de ética; sin embargo,
la inadecuada formalización, difusión y seguimiento de dicho documento entre el personal
sustantivo vulnera la efectividad de sus controles.
De igual forma también se conoció que no se lleva a cabo una planeación estratégica
institucional respecto al proceso sistemático con mecanismos de control y seguimiento;
asimismo se identificó que no contó con políticas de operación que orienten los procesos
al logro de resultados.
Respecto al sistema de evaluación del desempeño carecieron de elementos metodológicos
que permitieran valorar objetivamente los resultados para la toma de decisiones oportunas.
De la revisión a la estructura organizacional de la PGJDF específicamente de la CGSP,
que fue el área responsable de la operación de la actividad institucional en el ejercicio en
revisión, se identificó que contó con niveles jerárquicos, así como con asignación de
responsabilidades vinculadas con los objetivos y metas organizacionales, de igual forma
contó con procedimientos específicos vinculados con dicha actividad, de cuyo análisis se
identificó que contó con dos versiones del manual administrativo el primero expedido por
el titular de la Dependencia el 20 de junio de 2008, vigente hasta el 24 de septiembre de 2015
y el segundo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de septiembre
de 2015, así como 35 manuales de procedimientos vinculados con la actividad en revisión,
observándose que coincidieron con las especialidades de peritajes realizados en 2015.
Respecto a los perfiles de puestos del personal sustantivo que participó en la actividad
institucional en revisión, se identificó que dichos perfiles fueron cubiertos y que reunieron
los requisitos del catálogo de puestos, de acuerdo a lo establecido en la, Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
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de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), publicada en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014 y reformado el 18 de septiembre de 2015.
Análisis de Riesgos
De la revisión a la información proporcionada se detectó que la Dependencia no contó con
un proceso de identificación de los riesgos relevantes para el logro de objetivos, por lo
que se conoció los siguientes factores:
1. Deficiencias de control en el registro de solicitudes de peritajes en los sistemas
informáticos.
2. Falta de cancelación de solicitudes de peritajes en los registros originales.
3. Falta de cumplimiento de las metas programadas en los informes trimestrales.
4. Insuficiencia del sistema informático Sistema de Interoperabilidad de Actuaciones
Procedimentales (SIAP), para proporcionar información cuantitativa respecto a los peritajes
tramitados con la implementación del nuevo sistema penal acusatorio.
5. Deficiencias de control administrativo en la integración de la plantilla de personal.
6. Falta de formalización y difusión al interior del ente del código de ética.
7. Se detectó que los procedimientos se encuentran en proceso de actualización para
la homologación de criterios metodológicos, técnicos y procedimentales para quedar
registrados como “Protocolos de Investigación y de Actuación Pericial”, en cumplimiento
con lo señalado en la Reforma Constitucional que establece la transición al Nuevo
Sistema de Justicia de Justicia Penal Acusatorio.
8. Deficiencias en la integración de algunos documentos en los expedientes de personal.
9. Ausencia de planeación y programación por medio de un adecuado proceso de
sistematización, respecto de las metas físicas y financieras previstas.
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Actividades de Control
Se verificó que el sujeto fiscalizado utilizó instrumentos de control ya que contó con reportes
mensuales, trimestrales y anuales de las actividades que desarrolla para el cumplimiento
de sus objetivos y metas, y se observó que el sujeto fiscalizado contó con un Manual
Administrativo y un Manual de Organización Específico de la Coordinación General de
Servicios Periciales; de su análisis, se identificó que la estructura organizacional define
la responsabilidad, segrega y delega funciones, y delimita facultades entre el personal que
autoriza, ejecuta, vigila, evalúa, registra o contabiliza las transacciones, evitando duplicidad
de funciones; y dicha estructura es acorde a la autorizada.
De igual forma, se identificó la existencia de espacios y medios necesarios para asegurar
y salvaguardar los bienes, inventarios, mobiliario, equipo u otros que pueden ser vulnerables
al riesgo de pérdidas, uso no autorizado, errores, fraudes o cambios no autorizados, cabe
señalar que derivado de la transición al Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, la CGSP
durante el ejercicio 2015 terminó la construcción y equipamiento de 13 bodegas de evidencias
con la finalidad de resguardar los indicios y las evidencias que pudieran constituir
elementos materiales probatorios, garantizando su integridad, conservación y preservación,
considerando estas acciones como actividades preventivas.
Sistemas de Información y Comunicación
Con el objeto de verificar si durante el ejercicio 2015 la PGJDF a través de la CGSP dispuso de
un sistema de información o comunicación, que le permitieran comprobar el cumplimiento
de los planes estratégicos y operativos, así como evaluar el alcance de sus objetivos, de
acuerdo con las leyes, reglamentos y demás normatividad aplicable, se verificó que el sujeto
fiscalizado contó con el sistema informático Sistema de Interoperabilidad de Actuaciones
Procedimentales (SIAP), en el que se registra, controla y da seguimiento de las actuaciones
del Ministerio Público, policía de investigación y servicios periciales que intervienen en las
etapas del procedimiento penal, el cual entró en vigor en el año de 2015 y al mismo tiempo
el Sistema de Control de Intervenciones Periciales (CIP), ambos sistemas a través de equipos
de cómputo y programas desarrollados en las áreas respectivas establecen la comunicación
y seguimiento para la consecución de las actividades exclusivamente sustantivas, observando
los siguientes aspectos, identificados en el análisis realizado por el grupo auditor con base
en la información proporcionada:
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1. Se duplicó el registro de las solicitudes en ambos sistemas.
2. El sistema no permite emitir listados que faciliten medir el cumplimiento de metas.
3. El análisis de control interno fue vulnerable respecto a los reportes confiables y oportunos
para la toma de decisiones de las actividades que desarrolla el sujeto fiscalizado para
el cumplimiento de los objetivos y metas correspondientes a la actividad institucional.
4. El sujeto fiscalizado comunicó que los procesos de tecnologías se han mejorado,
que cuenta con sistemas de información; sin embargo, estos son susceptibles de mejorar.
5. Deficiencia de conocimiento y aplicación del personal sobre la operación del sistema SIAP.
6. No aporta información sobre los métodos y registros establecidos para identificar, reunir,
analizar, clasificar, registrar y producir información cuantitativa de las operaciones
no sustantivas realizadas por el sujeto fiscalizado.
Vigilancia
Para efecto de este componente se identificó que la Subdirección de Supervisión, no contó
con un Programa Anual de Supervisión como lo establece el procedimiento respectivo, sin
embargo a través de los peritos supervisores en las diferentes especialidades, inspeccionó
directamente el trabajo que realizaron los peritos profesionales o técnicos en cada una de
las áreas durante el ejercicio 2015, en el que principalmente verificó se encontraran
debidamente requisitados los diferentes conceptos que conforman el dictamen o informe
pericial, elaborando a su vez reportes mensuales de supervisión, en los que se informan
las observaciones detectadas a cada uno de los asuntos supervisados; de igual forma se
conoció que la dependencia respecto a la actividad institucional en estudio no fue auditada
en ejercicios anteriores.
Por lo que se concluye que para el 2015 en el marco de la actividad institucional
304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales” la CGSP, mostró un ambiente de
control vulnerable, debido a que los sistemas de registro son insuficientes; se detectó que
no contó con una adecuada administración de los factores de riesgos identificados dentro
de los tramos de control. Asimismo se identificó que no contó con un avance en cuanto
a la implementación del Sistema de Evaluación del Desempeño debido a que los indicadores
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proporcionados no permitieron medir las metas y objetivos establecidos en la actividad
institucional en estudio; no obstante se conoció de la existencia de un manual de organización
y procedimiento correspondientes a las acciones y se verificó que fueron difundidos a través
del portal de internet.
En la reunión de confronta, celebrada el 24 de marzo de 2017, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información respecto del presente resultado, por lo que la observación no se
modifica.
Recomendación ASCM-159-15-1-PGJDF
Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto
de la Coordinación General de Servicios Periciales, implemente mecanismos de control
y supervisión, que proporcionen seguridad razonable en las operaciones realizadas en
cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en la actividad institucional en estudio.
Congruencia
2. Resultado
Vinculación de la Actividad Institucional 304 “Análisis y Estudios de las Pruebas
Periciales” con los Instrumentos de Corto y Mediano Plazos
Con el propósito de verificar la alineación de la actividad institucional con los instrumentos
de corto y mediano plazos, se realizó el estudio de la normatividad siguiente:
El artículo 21, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
reformada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2015, establece
que “la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las
cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función”.
El artículo 272 del Código Nacional de Procedimientos Penales dispone que, “durante la
investigación, el Ministerio Público o la Policía con conocimiento de éste, podrá disponer
la práctica de los peritajes que sean necesarios para la investigación del hecho. El Dictamen
escrito no exime al perito del deber de concurrir a declarar en la audiencia de juicio”.
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El artículo 6o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal vigente
en 2015 dispone que “las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la
Administración Pública Centralizada, Desconcentrada y Paraestatal conducirán sus actividades
en forma programada, con base en las políticas que para el logro de los objetivos y prioridades
determine el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal, los demás Programas que deriven de éste y las que establezca el Jefe de Gobierno”.
Con la finalidad de verificar si el sujeto fiscalizado atendió lo establecido en la normatividad,
se evaluó la congruencia del objetivo o fin de dicho sujeto fiscalizado con las prioridades
del Gobierno Federal en materia de servicios periciales, previstas en el Plan Nacional de
Desarrollo y en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, ambos correspondientes
al período 2013-2018.
En el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015, en el Guion del Programa Operativo
Anual, la PGJDF dispone que la misión del sujeto fiscalizado consiste en “investigar
los delitos del orden común cometidos en el Distrito Federal; promover la pronta, expedita
y debida procuración e impartición de justicia; proporcionar atención a los ofendidos y a las
víctimas del delito; recibir denuncias o querellas sobre acciones u omisiones que puedan
constituir delito; integrar y determinar las averiguaciones previas; y ejercer la acción penal
ante el órgano jurisdiccional competente”.
Asimismo, se estableció como visión del sujeto fiscalizado “ser una Procuraduría con rostro
humano, de excelencia en sus servicios, con un gran compromiso social, integrada por
servidores públicos altamente capacitados con altos valores éticos que actúen en todo
momento con legalidad, honestidad, lealtad, transparencia y valentía, empleando tecnología
de vanguardia para la investigación del delito y la persecución del imputado en forma ágil,
confiable y científica, basando su actuación en el respeto de los derechos humanos,
buscando ser una institución modelo en el tema de procuración de justicia a nivel nacional
e internacional”.
Mediante el estudio general del Plan Nacional de Desarrollo 2013- 2018, publicado en el Diario
Oficial de la Federación del 20 de mayo del 2013, Así como del Programa General de
Desarrollo 2013-2018, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 de septiembre
de 2013 y el Anteproyecto de Presupuesto 2015, se identificó la siguiente alineación:
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Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018
Programa General de Desarrollo 2013-2018
Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2015
Meta Nacional 1 “México en Paz”
“Objetivo 1.4. Garantizar un Sistema Penal eficaz, expedito, imparcial y transparente.”
“Estrategia 1.4.2 Lograr una procuración de Justicia efectiva”
“Mejorar la calidad de la investigación de hechos delictivos para generar evidencias sólidas que, a su vez, cuenten con soporte científico y sustento legal.”
“Eje 2. Gobernabilidad, Seguridad y Protección Ciudadana”
“Área de Oportunidad 4. Procuración de Justicia”
Objetivo 2
“Incrementar la efectividad en las labores de integración de investigaciones en todas sus etapas.”
Meta 1
“Lograr un aumento significativo en la relación entre investigaciones iniciadas y consignadas.”
Línea de acción 2
“Modernizar las labores de investigación e integración de investigaciones a través de cambios organizacionales y procedimentales.”
Fin. Auxiliar al Ministerio Público, a través de la utilización de métodos científicos, en el descubrimiento de la verdad histórica de los hechos de un presunto delito, con la finalidad de incrementar la efectividad de las investigaciones, proporcionando elementos de prueba suficientemente útiles, eficaces y confiables, para el esclarecimiento del mismo.
Propósito. Mejorar los elementos de integración de manera objetiva a través de dictámenes e informes periciales, como herramientas sustentables para conocer con objetividad la verdad histórica de los hechos, para proceder conforme a la justicia.
Del estudio general de la información antes referida, se identificó que el fin, propósito, objetivos
estratégicos, metas y líneas de acción correspondientes a la actividad institucional 304 “Análisis
y estudios de pruebas periciales” a cargo de la PGJDF fueron congruentes y estuvieron
alineados con lo establecido en los instrumentos de planeación de corto y mediano plazos.
Eficacia
3. Resultado
Cumplimiento de la Meta Física de la Actividad Institucional
304 “Análisis y Estudios de las Pruebas Periciales”
A fin de identificar el cumplimiento de la meta física establecida para la actividad institucional
en revisión, se estudiaron las siguientes disposiciones:
El artículo 24, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
establece: “La programación y presupuestación del gasto público comprende: I. Las actividades
que deberán realizar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades
para dar cumplimiento a los objetivos, políticas, estrategias, prioridades, metas y resultados
con base en indicadores de desempeño, contenidos en los programas sectoriales que se
derivan del Programa General y, en su caso, de las directrices que el Jefe de Gobierno
expida en tanto se elabore dicho Programa…”. Asimismo, el artículo 25 del ordenamiento
en cita establece que “la programación y presupuestación anual del gasto público se realizará
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con apoyo en los Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las Dependencias, Órganos
Desconcentrados, Delegaciones y Entidades para cada ejercicio fiscal”.
Por su parte, el artículo 44, segundo párrafo, del mismo ordenamiento, establece: “Las Unidades
Responsables del Gasto deberán contar con sistemas de control presupuestario que
promuevan la programación, presupuestación, ejecución, registro e información del gasto
de conformidad con los criterios establecidos en el párrafo tercero del artículo 1 de esta
Ley, así como que contribuyan al cumplimiento de los objetivos y metas aprobados en el
Presupuesto de Egresos”. Por su parte, el artículo 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal dispone: “La información financiera, presupuestal, programática
y contable que emane consolidadamente del sistema y de los registros auxiliares de las
Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y en el caso de las Entidades de sus
estados financieros, será la que sirva de base para que la Secretaría elabore los informes
trimestrales así como de formular la Cuenta Pública del Distrito Federal y someterlos a la
consideración del Jefe de Gobierno para su presentación en los términos de la Constitución
y del Estatuto.” Además, el artículo 135, primer párrafo, de la misma ley establece que “las
Unidades Responsables del Gasto deberán remitir a la Secretaría el Informe Trimestral a que
se refiere el Estatuto, dentro de los 15 días naturales siguientes de concluido cada
trimestre, que contenga información cuantitativa y cualitativa sobre la ejecución de sus
presupuestos aprobados y la evaluación de los mismos. Los criterios para la integración
de la información serán definidos por la Secretaría y comunicados por ésta antes de la
conclusión del periodo a informar”.
Con el propósito de identificar que en la programación de la actividad institucional 304 se haya
realizado la planeación, se revisó el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa
Operativo Anual (POA) autorizados para el ejercicio fiscal 2015, el cual fue proporcionado
por el sujeto fiscalizado con el oficio núm. 701/400/1705/2016 del 2 de diciembre de 2016.
Derivado de la revisión al formato “Marco de Política Pública” del Anteproyecto de Presupuesto
de Egresos 2015 y del POA referido, se observó que para la actividad institucional en revisión,
la meta física programada originalmente fue de 462,867 y la unidad de medida fue “peritaje”,
que la CGSP definió como “el examen a personas, hechos u objetos realizados por un
experto de alguna ciencia, técnica o arte, con el fin de efectuar investigaciones ordenadas
por el Ministerio Público, derivado de la aplicación de estos conocimientos se elaboran
principalmente dos documentos periciales, dictamen e informe”.
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Así también, se solicitaron los papeles de trabajo o bases de cálculo para la programación
de esa meta física. Al respecto, el sujeto fiscalizado señaló que “se toma en consideración
el número de peritajes realizados en el año próximo pasado el cual fue de 425,717;
así como la fluctuación de los delitos de mayor impacto, tomando en cuenta la décima
parte del promedio de éstos, que en el año en cuestión fue de un 98.7, razón por la cual
se realizó una proyección del 10.0% de incremento y resultando en una proyección de
475,269 solicitudes”.
Asimismo, en el documento “Proyección de Solicitudes de Intervención Pericial para
el año 2015, de cargas de trabajo de la Coordinación General de Servicios Periciales” enviado
a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de
Finanzas con el oficio núm. 102.534-2014 del 10 de octubre de 2014; en que se desglosan
las diferentes especialidades por rubros y su proyección para el ejercicio 2015. Se identificó
que la cantidad proyectada de 475,269 superó en 12,402 peritajes lo que representó
el 2.6% a lo reportado como meta física programada en el Informe de Cuenta Pública 2015 de
la PGJDF (462,867 peritajes).
Por su parte, en el Informe de la Cuenta Pública de la PGJDF, se observó que al cierre
del ejercicio 2015 en la actividad institucional 304 se reportaron 361,355 peritajes
atendidos como meta física alcanzada; para confirmar esa cantidad, se revisó el formato
“APP-1 Avance Programático-Presupuestal de Actividades Institucionales” de los Informes
de Avance Trimestral del ejercicio 2015 de la PGJDF. El avance físico de la actividad
institucional examinada se muestra a continuación:
Eje / Finalidad / Función / Subfunción / Documento / Actividad institucional / Período
Unidad de medida
Meta física Variación
Programada*
( 1 )
Alcanzada
( 2 )
Absoluta
( 2 ) – ( 1 ) ( 3 )
Relativa (%)
( 3 ) / ( 1 ) ( 4 )
2 “Gobernabilidad, Seguridad y Protección Ciudadana”
1 “Gobierno”
2 “Justicia”
2 “Procuración de Justicia”
Informe de Avance Trimestral 2015 de la PGJDF
304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales”
Enero-marzo Peritaje 105,798 51,480 (54,318) (51.3)
Enero-junio Peritaje 220,000 144,025 (75,975) (34.5)
Enero-septiembre Peritaje 330,000 240,291 (89,709) (27.2)
Enero-diciembre Peritaje 462,867 361,355 (101,512) (21.9)
Informe de Cuenta Pública 2015 de la PGJDF Peritaje 462,867 361,355 (101,512) (21.9)
* Corresponde a la meta física programada para el período 2015.
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Se observó una variación en cada trimestre del 2015, así como con lo reportado en el Informe
de Cuenta Pública 2015 de la PGJDF, al determinar como meta física alcanzada 361,355
peritajes; es decir, al final del ejercicio 2015 se logró un avance físico de 78.1% respecto
a la meta programada original de 462,867 peritajes, lo que significó una variación de 21.9%.
Respecto a la explicación sobre la variación del cumplimiento de la meta física durante el
ejercicio 2015, la CGSP de la PGJDF señaló que “los servicios periciales, como auxiliar
directo del Ministerio Público Investigador, atiende a solicitud directa del mismo, por lo que
las intervenciones atendidas por la Coordinación General de Servicios Periciales durante
el ejercicio 2015, fueron las solicitudes que el Ministerio Público realizó. De lo anterior
se desprende que hubo una disminución de solicitudes recibidas con respecto a la meta
establecida en razón de años anteriores”.
Asimismo, de la revisión de la información proporcionada, se identificaron las diferentes
especialidades clasificadas en desconcentradas, servicios centralizados, laboratorios, especialidades
médicas y de identificación, las cuales participaron en el desarrollo de las diferentes acciones
que integran la actividad institucional en revisión, como se muestra a continuación:
Especialidad Cantidad Participación
(%)
1. Poligrafía 6 n.s.
2. Psiquiatría 9 n.s.
3. Explanometría 14 n.s.
4. Entomología 37 n.s.
5. Antropología 51 n.s.
6. Telefonía celular 55 n.s.
7. Acústica 57 n.s.
8. Informática 62 n.s.
9. Electricidad 79 n.s.
10. Electrónica 79 n.s.
11. Traductor (inglés) 124 n.s.
12. Discapacidad auditiva (sordomudos) 127 n.s.
13. Topografía 138 n.s.
14. Impacto ambiental 165 n.s.
15. Odontología 175 n.s.
16. Incendios y explosivos 197 0.1
17. Veterinaria 217 0.1
18. Hidrosanitarias y gas 267 0.1
19. Cerrajería 360 0.1
Continúa…
16
… Continuación
Especialidad Cantidad Participación
(%)
20. Patología 682 0.2
21. Grafoscopía 1,132 0.3
22. Ingeniería / Arquitectura 1,287 0.4
23. Genética 1,961 0.5
24. Video 2,237 0.6
25. Contabilidad 2,336 0.6
26. Balística 2,450 0.7
27. Psicología 2,927 0.8
28. Retrato hablado 4,654 1.3
29. Medicina 8,681 2.4
30. Tránsito 11,225 3.1
31. Identificación nominal 15,810 4.4
32. Mecánica 16,718 4.6
33. Identificación dactiloscópica 33,945 9.4
34. Criminalística 36,702 10.2
35. Química 42,371 11.7
36. Fotografía 86,141 23.8
37. Valuación 87,877 24.3
Total 361,355 100.0
n.s. No significativo.
Del análisis efectuado a la información proporcionada, se advirtió que de las diferentes
categorías que integraron el total de especialidades registradas, cinco de ellas (Identificación
Dactiloscópica, Criminalística, Química, Fotografía y Valuación) contribuyeron con el 79.4%,
es decir con 287,036 peritajes efectuados.
Por otro lado, del análisis del documento “Servicios Periciales del 1 de enero al 31 de diciembre
de 2015” en el que se identificaron las 37 especialidades que integran la actividad institucional
en estudio, se observó que el total de los casos solicitados fueron 374,586 y los tramitados
ascendieron a 361,355 y se identificó que 33 especialidades reportaron una variación
menor respecto a lo solicitado; es decir, no se atendieron 13,231 dictámenes solicitados,
ya que se efectuaron y reportaron 361,355 peritajes con respecto a las 462,867 solicitudes
de dictámenes programadas; por lo que se dejó de hacer el 21.9%.
De acuerdo con lo señalado por la CGSP, dicha variación se debió principalmente a:
1. “En el año 2015 entró en vigor la Plataforma conocida como SIAP Sistema de
Interoperabilidad de Actuaciones Procedimentales, por lo cual al estar operando este
17
sistema y al mismo tiempo el CIP Control de Intervenciones Periciales, se duplicó el registro
de las solicitudes, porque se registraban tanto en el SIAP como en el CIP, descargando
el resultado del peritaje al enviar el resultado por la plataforma del SIAP”.
2. “Las intervenciones divididas que se cumplen en diversos momentos, en otras palabras
una solicitud de peritaje que se realiza en tiempos diferentes, si la primera intervención
no arroja resultados o indicios que requieren las intervenciones subsecuentes éstas no se
cumplimentan, pero no son canceladas por parte del personal solicitante”.
3. “Las intervenciones que no terminan en la emisión de un documento, es suficiente con
la presencia y participación del perito para cumplimentar la solicitud”.
4. “Las intervenciones pendientes por descargar”.
Por otro lado, a fin de identificar la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal
Acusatorio en la actividad institucional 304, se solicitó al sujeto fiscalizado que informara
cuántos de los 361,355 peritajes tramitados y reportados como meta física alcanzada en
el Informe de Cuenta Pública de la PGJDF se efectuaron con dicho Sistema de Justicia Penal
Acusatorio durante el ejercicio 2015. Al respecto, la CGSP proporcionó las bases de datos del
Sistema de Interoperabilidad de Actuaciones Procedimentales y del Control de Intervenciones
Periciales; en su revisión, se identificó lo siguiente:
Sistema Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Sept. Octubre Nov. Dic. Total
SIAP 335 546 908 813 849 897 840 1,113 1,110 1,362 2,795 3,851 15,419
CIP 27,880 28,791 31,720 31,656 31,994 32,451 32,947 31,209 33,316 32,494 30,701 29,427 374,586
Total 28,215 29,337 32,628 32,469 32,843 33,348 33,787 32,322 34,426 33,856 33,496 33,278 390,005
Del análisis anterior, se identificó una diferencia de 28,650 peritajes respecto a los 361,355
peritajes reportados como meta física alcanzada en 2015; es decir, los 390,005 peritajes
reportados en los sistemas CIP y SIAP superaron en 7.9% a lo reportado en el Informe de
Cuenta Pública 2015 de la PGJDF, ya que algunos registros de las solicitudes se duplicaron.
Cabe señalar que de los 390,005 peritajes, el 4.0% se registró en las solicitudes del Ministerio
Público en Carpetas de Investigación, como parte de la implementación del nuevo Sistema
de Justicia Penal Acusatorio, y el 96.0% restante se registró en las solicitudes del Ministerio
Público en Averiguación Previa.
18
Con el propósito de efectuar una prueba de cumplimiento para verificar los datos de llamados
con el registro electrónico en el Control de Intervenciones Periciales (CIP), se realizó una
visita de inspección a la Bodega Transitoria de Indicios y Evidencias de la CGSP en la que
se identificó que el Libro de Llamados y el CIP correspondientes a 2015 tuvieron diferencias
en algunos campos, de acuerdo con lo registrado en dicha bitácora.
Por ello, con objeto de evaluar la operación de la CGSP de la PGJDF y comparar el cumplimiento
de la meta física de 2015 respecto al período de 2013 y 2014, se elaboró el siguiente cuadro:
Concepto Tendencia de principales especialidades*
2013 2014 2015
Solicitud de dictámenes 455,814 423,970 371,070
Dictámenes tramitados 467,721 425,717 361,355
Valuación 109,708 103,288 87,877
Tránsito 16,115 12,800 11,225
Mecánica 20,296 18,563 16,718
Criminalística 40,341 35,945 36,702
Fotografía 105,155 94,813 86,141
Medicina 17,705 11,643 8,681
Retrato Hablado 8,046 6,048 4,611
Química 49,487 45,085 42,371
Contabilidad 4,266 3,687 2,336
Balística 2,678 2,316 2,450
Grafoscopía 3,251 2,618 1,132
Ingeniería y arquitectura 2,389 3,580 1,287
Incendios y explosivos 459 339 197
Topografía 360 387 138
Identificación 0 0 0
Informes de dactiloscopia 41,022 36,855 28,634
Informes nominales 3,593 2,509 1,675
Informes antropología 45 42 19
Informes de retrato hablado 59 57 43
Otros 42,746 45,142 29,118
Eficiencia en la tramitación (%) 102.6 100.4 97.4
Impresiones fotográficas** 1,548,653 1,372,054 1,132,913
* Integra los casos tramitados en las especialidades desconcentradas, médicas, de laboratorio, de identificación y diversas. ** Son el total de fotografías emitidas durante el ejercicio de 2015.
Se identificaron las acciones o casos tramitados que intervinieron para hacer el total de
los peritajes con las diferentes especialidades, las cuales fueron reportadas en el Informe
de Cuenta Pública del ejercicio correspondiente; se observó el cumplimiento de la actividad
institucional en estudio con el 97.4% y que al final del ejercicio de 2015 resultó 5.2% y 3.0%
abajo de los ejercicios de 2013 y 2014, respectivamente.
19
Cabe señalar que en la revisión de los Informes de Cuenta Pública de la PGJDF de los
ejercicios de 2013 a 2015, se identificó que en 2013, en lo referente a periciales se clasificó
en la actividad institucional 022 “Servicios periciales” y para los ejercicios de 2014 y 2015
se clasificó en la actividad institucional 304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales”.
No obstante, de la revisión de la “Información Sustantiva en la Coordinación General
de Servicios Periciales” se aprecia que la tendencia de las solicitudes de dictámenes y de
los dictámenes tramitados de la meta física de la actividad institucional en estudio durante
el período de 2013 a 2015, como se muestra a continuación:
TENDENCIA DE SOLICITUDES Y DICTÁMENES PERICIALES
De lo anterior, se colige que en los peritajes efectuados con relación a los solicitados
por el Ministerio Público en el período de 2013 a 2015, se cumplió la meta física en 102.6%
y 100.4%, respectivamente, respecto de los que se tramitaron en el período 2013 a 2014;
sin embargo, en el ejercicio 2015 la meta física se alcanzó en 97.4%.
Por lo anterior, se concluyó que la programación señalada por la CGSP de la meta física
de la actividad institucional 304, no corresponde a lo señalado en el Informe de Cuenta
Pública 2015 de la PGJDF. Asimismo, la CGSP de la PGJDF sólo atendió la meta física
en 78.1% respecto a la proyección determinada para 2015, y con relación a las 374,586
solicitudes de servicios periciales, en 96.5%; es decir, se tramitaron 361,355 respuestas
periciales. El Sistema de Interoperabilidad de Actuaciones Procedimentales (SIAP) y el Control
de Intervenciones Periciales (CIP) utilizados en el año de estudio no permiten determinar los
peritajes solicitados mediante el nuevo sistema de justicia penal acusatorio y los del sistema
20
tradicional. Asimismo, se determinó que los registros auxiliares de la evolución de la meta
física son poco confiables, ya que existen diferencias con lo reportado en el Informe de Cuenta
Pública, en contravención del artículo 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal. También se observó que las diferentes especialidades que integraron la
actividad institucional 304 no permitieron determinar su eficacia, ya que no son homogéneas.
En la reunión de confronta, celebrada el 24 de marzo de 2017, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información respecto del presente resultado, por lo que la observación no se
modifica.
Recomendación ASCM-159-15-2-PGJDF
Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto
de la Coordinación General de Servicios Periciales, establezca mecanismos de control para
garantizar que la meta física programada de la actividad institucional a su cargo sea reflejada
en el Informe de Cuenta Pública correspondiente.
Recomendación ASCM-159-15-3-PGJDF
Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto
de la Coordinación General de Servicios Periciales, establezca mecanismos, para la operación
del Sistema de Interoperabilidad de Actuaciones Procedimentales (SIAP), para garantizar
la cuantificación de las solicitudes de servicios periciales realizadas por el Ministerio Público,
respecto a las Averiguaciones Previas y a las Carpetas de Investigación.
Recomendación ASCM-159-15-4-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto
de la Coordinación General de Servicios Periciales, establezca mecanismos de control
para que los datos de los registros auxiliares que consignan los avances en la consecución
de las metas físicas del ejercicio fiscal coincidan con lo reportado en los informes mensuales,
Informes de Avance Trimestral y el Informe de Cuenta Pública, conforme a lo previsto en la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
21
Cumplimiento del Fin, Propósito y Objetivos
4. Resultado
En el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2015, se identificó
que la PGJDF contó con objetivos estratégicos que se vinculan con el fin y propósito de la
actividad institucional en revisión, como se muestra a continuación:
Objetivos estratégicos de la PGJDF Actividad institucional 304 “Análisis y estudios de la pruebas periciales”
Fin Propósito
“Mejora del sistema de justicia penal haciéndolo eficaz, imparcial y transparente.
”Mejorar la coordinación y colaboración entre las instancias de procuración de justicia.
”Operación del Sistema Penal Acusatorio.
”Crear mecanismos accesibles, acciones conjuntas y estratégicas tendientes a la prevención del delito.
”Disminuir de manera significativa el tiempo de consignación y el tiempo de la etapa procesal.
”Revisar y rediseñar los procedimientos actuales en la procuración de justicia, apegados a la realidad a través de la impartición de nuevos modelos normativos, protocolos de actuación e informativos con la utilización de nuevas tecnologías en todas las áreas de la Institución.”
“Auxiliar al Ministerio Público, a través de la utilización de métodos científicos, en el descubrimiento de la verdad histórica de los hechos de un presunto delito, con la finalidad de incrementar la efectividad de las investigaciones, proporcionando elementos de prueba suficientemente útiles, eficaces y confiables, para el esclarecimiento del mismo.”
“Mejorar los elementos de integración de manera objetiva a través de dictámenes e informes periciales, como herramientas sustentables para conocer con objetividad la verdad histórica de los hechos, para proceder conforme a la justicia.”
Del estudio general, se desprende que la CGSP de la PGJDF, en cumplimiento del fin
y propósito establecidos en la actividad institucional 304 “Análisis y estudios de las pruebas
periciales”, tramitó 361,355 dictámenes periciales durante el ejercicio 2015.
De la misma manera, con objeto de comprobar que el CGSP hubiese cumplido el fin y propósito
de la actividad institucional en estudio, se revisaron los registros auxiliares y bases de datos
que integraron la evolución y alcance de la meta física. Asimismo, se verificó la alimentación
del Sistema de Interoperabilidad de Actuaciones Procedimentales (SIAP) y el Control de
Intervenciones Periciales (CIP).
Se identificó la participación y operación de las diferentes especialidades que integraron
en 2015 la meta física de la actividad institucional en estudio; como prueba de cumplimiento
se realizaron visitas a los laboratorios fijos y móviles de la CGSP, específicamente de las
22
especialidades de Química, Balística, Genética y Fotografía; y se identificó la forma de
operación y control, base para la integración de un dictamen pericial.
Durante dichas visitas, se identificaron los materiales y equipo específicos; asimismo, se
revisaron los formatos de registro de control de los casos tramitados y los formatos establecidos
para atender las solicitudes de los asuntos respectivos a cargo de los laboratorios de la CGSP
para emitir los documentos periciales, mediante un dictamen o informe.
Asimismo, de la revisión de los registros internos y bases de datos, así como de las visitas
efectuadas a los laboratorios fijos y móviles, se identificó que la CGSP de la PGJDF tiene
mecanismos para la atención y trámite de las solicitudes de intervención pericial de
361,355 peritajes que reflejan el comportamiento de la meta alcanzada en la actividad
institucional 304 “Análisis y estudios de la pruebas periciales”.
De la revisión a los registros y sistemas informáticos así como de los procesos para la
elaboración y seguimiento de los dictámenes e informes periciales, se pudo comprobar que
estos fueron realizados de acuerdo a los estándares diseñados para dar una certeza razonable
como elementos de pruebas útiles y confiables para el esclarecimiento de los hechos de
un presunto delito. Así mismo, se pudo conocer en las visitas a los laboratorios que los equipos
tecnológicos que se utilizaron para procesar las pruebas en las diferentes especialidades
se encontraban en condiciones aceptables de operación, así como con el personal calificado
para operarlo, concluyendo que durante el ejercicio de 2015, la PGJDF contribuyó de manera
razonable al cumplimiento del fin y propósito de la actividad institucional 304.
Eficiencia
5. Resultado
Utilización de los Recursos Humanos, Financieros y Materiales
Con el propósito de verificar la eficiencia en la aplicación de los recursos humanos, financieros
y materiales con que contó la PGJDF para atender la actividad institucional 304 “Análisis y
estudios de las pruebas periciales”, mediante oficio núm. AE-A/16/501 del 24 de noviembre
de 2016, se requirió al sujeto fiscalizado la información referente al área y personal encargado
23
de operar dicha actividad, la información presupuestal y financiera registrada, así como
el listado de bienes muebles, inmuebles y equipo tecnológico con que operó durante el
ejercicio de 2015.
A efecto de analizar la óptima utilización de los recursos humanos, se requirió al sujeto
fiscalizado proporcionó el dictamen de estructura, el manual administrativo publicado el 25
de septiembre de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en su apartado de
organización y la base de datos correspondiente a la plantilla del personal vigente durante
el ejercicio 2015 para desarrollar las acciones relativas a la actividad institucional en
estudio.
De la revisión de la información proporcionada, se observó que la PGJDF contó con dictamen
de estructura aprobado por la Oficialía Mayor del Distrito Federal (OM), mediante el oficio
núm. OM/0309/2015 y con el núm. de registro D-PGJDF-11/160415. Asimismo, en el manual
administrativo se identificó a la Coordinación General de Servicios Periciales como el área
encargada de operar la actividad institucional 304 e integrada por 18 plazas de estructura,
según lo siguiente:
Cantidad Denominación de la plaza Cantidad Denominación de la plaza
1 Coordinación General de Servicios Periciales 1 Subdirección de Supervisión
1 Subdirección de Enlace Administrativo 1 Subdirección de Programación y Sistemas
2 Enlace “C” 1 Jefatura de Unidad Departamental de Programación y Sistemas
1 Dirección de Servicios Centralizados 1 Jefatura de Unidad Departamental de Información, Control y Enlace
1 Subdirección de Especialidades Concentradas 1 Dirección de Apoyo Pericial para Fiscalías Especializadas
1 Subdirección de Especialidades Médicas e Identificación
1 Subdirección de Apoyo Técnico
1 Subdirección de Medicina 1 Dirección de Criminalística
1 Subdirección de Identificación Humana 1 Subdirección de Laboratorios
1 Dirección de Programación y Supervisión
De igual forma, al revisar la base de datos, se observaron deficiencias de control, debido
a que los registros proporcionados por la Dirección General de Recursos Humanos no
coincidieron con los totales de personal administrativo y sustantivo pericial, según la información
proporcionada por la CGSP; no obstante, en la conciliación realizada se identificó la plantilla
vigente durante el ejercicio 2015, la cual se resumió de la siguiente manera:
24
Categoría Personal por categoría Porcentaje
Estructura 18 1.1
Administrativo 311 19.2
Sustantivo pericial* 1292 79.7
Total 1621 100.0
* El personal sustantivo pericial se conforma por los Peritos en Jefe, Peritos Supervisores y los Peritos Técnicos Profesionales, con base en el Acuerdo A/020/2010, Lineamientos para la Operación Institucional del Personal Sustantivo que forma parte del Servicio Público de Carrera.
Del análisis anterior, se advierte que el personal sustantivo pericial que integró la CGSP
de la PGJDF en 2015, representó el 79.7% del total de la plantilla proporcionada, lo que denota
que el ente fiscalizado contó con personal específico para el cumplimiento de las metas
y objetivos de la actividad institucional en estudio.
En cuanto al personal de nuevo ingreso, derivado de la reforma constitucional en materia
de seguridad y justicia por la que se estableció la transición al Nuevo Sistema de Justicia Penal
Acusatorio, publicada el 18 de junio de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, la CGSP
informó que durante el ejercicio 2015 se contrató mediante convocatorias a 118 encargados
de bodega, con el fin de atender la administración y operación de las nuevas bodegas de
evidencias e indicios puestas en marcha en 2016, según lo señalado en los Acuerdos
A/014/2016 y A/015/16, publicados el 5 de julio de 2016 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
En cuanto a los recursos financieros, de la revisión del Informe de Cuenta Pública 2015
y el Analítico de Claves, se observó que la PGJDF, durante el ejercicio fiscal 2015, tuvo un
presupuesto aprobado de 379,649.9 miles de pesos y un ejercido de 322,529.1 miles de
pesos, compuesto por recursos federales (273,309.2 miles de pesos) y recursos fiscales
(49,219.9 miles de pesos), para atender la actividad institucional 304 “Análisis y estudios
de las pruebas periciales”, el cual se distribuyó de la siguiente manera:
(Miles de pesos y por cientos)
Capítulo de gasto Presupuesto ejercido %
1000 “Servicios Personales” 224,107.3 69.5
2000 “Materiales y Suministros” 30,298.8 9.4
3000 “Servicios Generales” 20,535.3 6.4
5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 35,162.1 10.9
6000 “Inversión Pública” 12,426.6 3.8
Total 322,529.1 100.0
25
Como se observa, el capítulo 1000 “Servicios Personales” representó el 69.5% del presupuesto
ejercido; en el caso de los capítulos 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
y 6000 “Inversión Pública”, se identificó que derivado de la transición al Nuevo Sistema
de Justicia Penal Acusatorio, durante el ejercicio 2015 la CGSP terminó la construcción
y equipamiento de 13 bodegas de evidencias, clasificadas en bodegas centrales y satelitales,
ubicadas en diferentes demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, con la finalidad
de resguardar los indicios y las evidencias que pudieran constituir elementos materiales
probatorios, garantizando así su integridad, conservación y preservación.
Con la finalidad de verificar la existencia y equipamiento de dichas bodegas, el 17 de enero
de 2017 se realizaron inspecciones físicas a cuatro bodegas de indicios y evidencias (dos
bodegas centrales y dos satelitales), y se constató su construcción y habilitación, al momento
de la revisión se encontraron equipadas y en funcionamiento.
Con relación a los recursos materiales, el sujeto fiscalizado remitió la lista de bienes muebles,
inmuebles y equipo tecnológico con los que contó la CGSP durante el ejercicio 2015 para
operar la actividad institucional 304.
De la revisión de la documentación proporcionada y de un recorrido al área de la CGSP,
se identificó que el área cuenta con instalaciones, equipo de cómputo, impresoras, archiveros
y demás mobiliario de oficina (módulos, escritorios, sillas, etc.) para desarrollar de acciones
administrativas. Asimismo, para la realización de peritajes mediante métodos científicos,
se identificó que el área en comento tiene diez laboratorios fijos, ubicados en el edificio
que ocupa la CGSP dentro de la PGJDF y siete laboratorios móviles ubicados en diferentes
demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
Con el fin de conocer los equipos que conforman los laboratorios mencionados, el 16 de enero
de 2017 se realizaron visitas físicas a cinco de los 17 laboratorios; en este caso, se visitaron
cinco laboratorios fijos de las especialidades en Fotografía Forense, Balística Forense,
Genética Forense y Química Forense, y un laboratorio móvil de criminalística.
Se constató que la CGSP contó con instalaciones, equipo, tecnología e instrumental para
la realización de peritajes para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes
en el esclarecimiento de hechos relacionados con algún delito.
26
Por consiguiente la PGJDF, por medio de la CGSP, contó con los recursos humanos,
materiales y financieros para operar la actividad institucional 304 “Análisis y estudios de las
pruebas periciales”; no obstante, presentó deficiencias de control en cuanto a la conformación
de la plantilla de personal.
En la reunión de confronta, celebrada el 24 de marzo de 2017, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información respecto del presente resultado, por lo que la observación no se
modifica.
Recomendación ASCM-159-15-5-PGJDF
Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por medio de
la Coordinación General de Servicios Periciales y en conjunto con la Dirección General
de Recursos Humanos, establezcan mecanismos de control para que las cifras totales de
personal administrativo y sustantivo pericial sean consistentes con los registros de la plantilla
de personal.
6. Resultado
Manuales y Procedimientos Aplicados en la Actividad Institucional
304 “Análisis y Estudios de las Pruebas Periciales”
Con el fin de verificar que la PGJDF contara con un manual administrativo que le permitiera
realizar con eficiencia las acciones relativas al desempeño de la actividad institucional
304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales”, mediante el oficio núm. AE-A/16/501
del 24 de noviembre de 2016, se solicitó al sujeto fiscalizado su manual administrativo, en
los apartados de organización y procedimientos, vigentes en 2015. En respuesta, mediante
el oficio núm. 701/400/1705/2016 del 2 de diciembre de 2016, la PGJDF, en lo relativo al
apartado de organización, proporcionó el Manual de Organización Específico de la CGSP,
con número de registro MA-14000-168/01, expedido por el titular de la PGJDF el 20 de
junio de 2008 y vigente hasta el 24 de septiembre de 2015. Asimismo, remitió el manual
administrativo de la PGJDF, con número de registro MA-39/260815-D-PGJDF-11/160415,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y vigente a partir del 25 de septiembre
de 2015, el cual fue difundido entre el personal por medio de su portal de internet.
27
En la revisión de la documentación proporcionada, se identificó que el objetivo general
de CGSP es auxiliar al Ministerio Público y a otras autoridades competentes en el
esclarecimiento de los hechos presuntamente delictivos, mediante la realización de peritajes
y estudios especializados en alguna ciencia, técnica, disciplina o arte, aprovechando para
ello el uso de herramientas tecnológicas para lograr resultados confiables que permitan
llegar a la verdad histórica de los hechos.
En cuanto a los procedimientos, el sujeto fiscalizado remitió 28 manuales específicos de
operación y siete manuales de normas y procedimientos de servicios periciales, los cuales
no fueron publicados, en razón de que el sujeto fiscalizado informó que por no encontrarse
estructurados bajo el esquema del manual administrativo que se refiere a puestos de estructura,
adicionalmente se menciona que cuando éstos fueron elaborados aún no se emitía la
normatividad que aplica anualmente, encontrándose actualmente en proceso de actualización
a protocolos de actuación que integraron un total de 35 manuales de procedimientos vinculados
con la actividad institucional 304, los cuales coincidieron con las especialidades que concentró
la CGSP durante el ejercicio 2015, como sigue:
Manual Especialidad Propósito
MEOSPE Genética Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en el manejo y análisis de las muestras biológicas que sean sometidas al estudio del ácido desoxirribonucleico (ADN).
MEOSPE Electricidad Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar si una instalación eléctrica es la adecuada de acuerdo a la normatividad en la materia, sea aérea, subterránea, visible u oculta.
MEOSPE Poligrafía Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar el Ministerio Público y a las autoridades competentes en realizar aplicaciones poligráficas para determinar la veracidad de su dicho a probables victimarios, víctimas y testigos.
MEOSPE Contabilidad Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar las cantidades en dinero respecto de hechos denunciados por personas físicas o personas morales, con base en documentales o declaraciones según lo señale la autoridad competente.
MEOSPE Incendios y Explosiones Forenses
Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar la causa de un incendio o de una explosión.
MEOSPE Psiquiatría Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en al realizar el examen mental en todos y cada uno de los sujetos presentados por la autoridad.
MEOSPE Retrato Hablado (Arte Forense)
Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en elaborar el retrato de una persona cuya identidad se desconoce basándose en los datos fisonómicos que aporte la víctima o el testigo de un delito.
Continúa…
28
… Continuación
Manual Especialidad Propósito
MEOSPE Arquitectura e Ingeniería Civil
Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades en establecer las causas de daños a bienes inmuebles y estimar costo de preparación.
MEOSPE Medicina Veterinaria Forense
Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar la peligrosidad de animales.
MEOSPE Documentoscopía Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar la autenticidad o falsedad de documentos, de escritura y de firmas.
MEOSPE Valuación Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar el valor de diversos bienes como: obras de arte, alhajas, relojes, textiles, maderas, pieles, vehículos, herramientas, menaje y en general cualquier otro susceptible de ser valuado.
MEOSPE Discapacidad Auditiva Forense
Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en intervenir como intérprete en las diligencias donde las personas involucradas sean sordas.
MEOSPE Balística Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en estudiar las armas de fuego, los fenómenos en el momento del disparo, los casquillos percutidos, los proyectiles disparados, la trayectoria de éstos y los efectos que se producen en el disparo.
MEOSPE Patología Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en realizar estudios anatómicos, inmunológicos, histopatológicos, citológicos y de pelos con fines de identificación, comparación y diagnóstico.
MEOSPE Medicina Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar la edad clínica posible.
MEOSPE Entomología Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en precisar a través de la fauna cadavérica, el tiempo de muerte de un cadáver.
MEOSPE Tránsito Terrestre Forense
Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en participar en la investigación de hechos de tránsito terrestre en los casos en que se haya dado colisión entre dos o más vehículos; de un vehículo contra objeto físico; volcaduras; atropellos; caída de personas, animales u objetos de vehículos; y en general de cualquier vehículo o medio de propulsión, de transporte de personas o de carga, considerados éstos últimos dentro del reglamento de tránsito, con el propósito de determinar la responsabilidad de los involucrados.
MEOSPE Mecánica Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en intervenir en la identificación y avalúo de los vehículos automotores, maquinaria y equipo.
MEOSPE Odontología Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en realizar fichas de identoestomatogramas con fines de identificación de cadáveres.
MEOSPE Fotografía Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en realizar la fijación metodológica de indicios, objetos, lugares, personas y todo aquello que pudiese tener relación con el hecho que se investiga.
MEOSPE Psicología Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en elaborar los estudios de personalidad de la víctima y del probable responsable.
MEOSPE Acústica Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en llevar a cabo tratamiento de señales acústicas (voces) por métodos digitales.
Continúa…
29
… Continuación
Manual Especialidad Propósito
MEOSPE Criminalística de Campo
Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en aplicar la metodología científica en el lugar de la investigación participando en sus diferentes etapas como son: protección, observación, fijación, levantamiento, embalaje y etiquetado de indicios.
MEOSPE Antropología Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar características individuales (sexo, edad, grupo humano, estatura, condiciones de salud, variantes anatómicas normales o anomalías anatómicas, etc.).
MEOSPE Química Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en realizar análisis químicos para determinar la presencia o ausencia de sustancias, su naturaleza química, clasificación y/o cuantificación.
MEOSPE Identificación Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en llevar a cabo la confronta de datos, fotografías o individual dactiloscópica, obtenida de presuntos responsables contra la información contenida en los registros documentales existentes.
MEOSPE Impacto Ambiental Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar si un lugar es zona ecológica, área natural protegida, área de valor ambiental, suelo de conservación, área verde de suelo urbano, barrancas o zona de recarga de mantos acuíferos.
MEOSPE Telefonía Celular Forense
Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar las llamadas entrantes en un teléfono celular, precisando número, fecha y hora.
MNPSPE Traducción e Interpretación Forense del Idioma Inglés
Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en realizar traducciones solicitadas por autoridad competente de documentos que obren dentro de actuaciones.
MNPSPE Explanometría Facial Forense
Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en llevar a cabo el análisis de imágenes de sujetos, obtenidas a través de fotografías o de cualquier forma de filmación, con el propósito de efectuar estudios comparativos en material similar de personas, con fines de identificación.
MNPSPE Electrónica Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar si una instalación eléctrica es la adecuada de acuerdo a la normatividad en la materia, sea aérea, subterránea, visible y oculta.
MNPSPE Topografía Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en localizar, ubicar y deslindar los terrenos o predios cuestionados.
MNPSPE Cerrajería Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar si una cerradura o un sistema de puertas o accesos fueron alterados en su función normal, violentado o forzado.
MNPSPE Instalaciones Hidrosanitarias y de Gas Forense
Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en determinar si los daños causados por un bien inmueble, son consecuencia de fugas en instalaciones hidráulicas, sanitarias o de gas.
MNPSPE Informática Forense Establecer los lineamientos normativos, los procedimientos y métodos que deberán observar los peritos para auxiliar al Ministerio Público y a las autoridades competentes en examinar el contenido de un medio de almacenamiento de información digital, escribiendo sus características y funcionamiento.
MEOSPE: Manual Específico de Operación de Servicios Periciales en la Especialidad de… MNPSPE: Manual de Normas y Procedimientos de Servicios Periciales en la Especialidad de…
30
De la revisión de la documentación señalada, se desprende que los 35 manuales se
encuentran alineados al objetivo general de la CGSP, asimismo, se identificaron las
siguientes especificaciones: antecedentes, marco jurídico-administrativo, organización
y funcionamiento del área encargada de la especialidad (estructura orgánica, funciones del
perito, responsabilidades del perito, personalidad jurídica del perito, autonomía técnica
del perito), consideraciones generales, políticas generales, procedimiento general para
la intervención del perito (objetivo, normas, descripción y diagrama de flujo), formatos de control
e instructivos de llenado, difundidos entre el personal en su portal de internet.
En cuanto a los resultados obtenidos de la aplicación de los procedimientos generales para
la intervención de los peritos en cada una de las especialidades mencionadas, se observó
que según lo señalado en los artículos 75 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General
de Justicia del Distrito Federal, 39 del Reglamento de la misma ley y lo establecido en los
formatos de control determinados en cada uno de los manuales mencionados, el trabajo
pericial se plasmó principalmente en dos tipos de documentos denominados dictámenes
e informes periciales. El dictamen pericial es el documento emitido por un perito en el que
se establece la opinión técnica relacionada con la investigación del hecho delictivo; por su
parte, el informe pericial es la notificación mediante la cual, el perito comunica que no existe
posibilidad de emitir un dictamen pericial en virtud de que no se reunieron los elementos
suficientes y necesarios para emitir una opinión técnica o que se requieren más datos
para emitirla.
Con el fin de verificar que la CGSP haya cumplido lo señalado anteriormente, con base en
las especialidades establecidas, se solicitaron los documentos emitidos en 35 peritajes
realizados durante 2015. El sujeto fiscalizado remitió 33 documentos de cuya revisión
se identificaron 18 dictámenes, 10 informes periciales y cinco casos en los que no se logró
identificar de manera específica el tipo de documento emitido.
En relación con los 2 documentos faltantes de los 35 solicitados, se identificó que
pertenecieron a las especialidades de Discapacidad Auditiva y Traducción e Interpretación
Forense. Mediante nota informativa del 12 de enero de 2017, el sujeto fiscalizado informó
que no se emitió algún informe o dictamen en virtud de que el servicio prestado al Ministerio
Público se cumplió sólo con la presentación del perito y la aplicación de sus conocimientos
31
de manera simultánea, lo cual quedó registrado en las órdenes de trabajo y en los expedientes
del proceso judicial.
De la revisión del contenido de los documentos remitidos, se observó que 32 de los 33 documentos
proporcionados estuvieron integrados por cinco aspectos generales: datos específicos
(fecha, asunto, especialidad, número de averiguación previa o carpeta de investigación,
número de llamado, delito, etc.); planteamiento del problema; descripción del material,
motivo de estudio o lugar de los hechos; metodología aplicada, conclusiones u opinión
técnica y firma del perito que realizó el peritaje. Sólo uno de los documentos remitidos no
contó con todos los aspectos mencionados, debido a que en la especialidad de Fotografía
Forense se utilizaron formatos adicionales y específicos establecidos en el manual específico
de operación que, en este caso, sólo permiten la transportación y archivo de las fotografías
recabadas en atención a una solicitud del Ministerio Público.
En cuanto a la actualización de los manuales de procedimientos señalados, se observó
que derivado de la reforma constitucional en materia de seguridad y justicia, por la que se
estableció la transición al Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, publicada el 18 de junio
de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, el Código Nacional de Procedimientos Penales,
publicado el 5 de marzo de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, estableció en su artículo
Décimo Primero Transitorio que, “a la entrada en vigor del presente Código, en aquellos lugares
donde se inicie la operación del proceso penal acusatorio, tanto en el ámbito federal como
en el estatal, se deberá contar con el equipamiento necesario y con protocolos de investigación
y de actuación del personal sustantivo y los manuales de procedimientos para el personal
administrativo, pudiendo preverse la homologación de criterios metodológicos, técnicos
y procedimentales, para lo cual podrán coordinarse los órganos y demás autoridades
involucradas”.
Con el fin de verificar que los 35 manuales de procedimientos referentes a las especialidades
que concentra la CGSP hayan sido actualizados con la transición al Nuevo Sistema de Justicia
Penal Acusatorio, mediante el oficio núm. AE-A/16/546 del 16 de diciembre de 2016,
se solicitó al sujeto fiscalizado que explicara las acciones realizadas en torno a dicha
transición. En respuesta mediante nota informativa del 7 de diciembre de 2016 y el oficio
núm. 102/100/1873/2016 del 19 de diciembre de 2016, la PGJDF, por medio de la CGSP,
32
informó que los manuales referidos se encuentran en proceso de actualización para homologar
los criterios metodológicos, técnicos y procedimentales, establecidos ahora como “Protocolos
de Investigación y de Actuación Pericial”.
En la revisión de tres ejemplos de protocolos remitidos, se observó que además de describir
los procedimientos técnicos científicos, también se incluye la cadena de custodia para
establecer un control y registro de los indicios y evidencias, el consentimiento informado
en la toma de muestras corporales a personas, según lo establecido en el artículo. 269 del
Código Nacional de Procedimientos Penales, y las bodegas de evidencias para el resguardo
de indicios y evidencias.
Por tanto, se concluyó que la PGJDF, por medio de la CGSP, contó con manuales de
procedimientos específicos para la operación de la actividad institucional 304 “Análisis
y estudios de la pruebas periciales”; sin embargo, se identificó que dichos manuales
se encuentran en proceso de actualización; asimismo, se identificaron deficiencias en la
integración de documentos periciales emitidos (dictámenes e informes).
En la reunión de confronta, celebrada el 24 de marzo de 2017, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información respecto del presente resultado, por lo que la observación no se
modifica.
Recomendación ASCM-159-15-6-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto de
la Coordinación General de Servicios Periciales, dé seguimiento al proceso de actualización
de los manuales de procedimientos específicos a protocolos de investigación y de actuación
pericial, de conformidad con el artículo Décimo Primero Transitorio del Código Nacional
de Procedimientos Penales.
Recomendación ASCM-159-15-7-PGJDF
Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto
de la Coordinación General de Servicios Periciales, establezca mecanismos de control para la
adecuada identificación de documentos periciales emitidos (dictámenes e informes).
33
7. Resultado
Actividades y Mecanismos de Control Empleados en la Actividad Institucional
304 “Análisis y Estudios de las Pruebas Periciales”
Para verificar que las actividades y mecanismos de control implementados por la PGJDF
hayan contribuido a cumplir los objetivos y metas de la actividad institucional 304 “Análisis
y estudios de las pruebas periciales”, en el apartado de organización de la CGSP, contenido
en el manual administrativo vigente en 2015, se identificó a la Subdirección de Supervisión
como el área encargada de efectuar la supervisión y vigilancia para el cumplimiento de las
intervenciones de los Servicios Periciales en sus distintas especialidades, tanto en el ámbito
central como desconcentrado.
Se observó que entre sus objetivos está “verificar que el registro y atención de las solicitudes
realizadas a las diversas áreas de la CGSP, así como los archivos documentales
correspondientes, garanticen que los estudios, investigaciones y la emisión de los resultados
por el personal pericial se entreguen con oportunidad y cumplan con los lineamientos
y normatividad establecidos” y “definir, aplicar, evaluar los métodos y procedimientos en materia
de supervisión, y verificar que el área correspondiente lleve a cabo los mecanismos
necesarios para simplificar y agilizar los trámites de intervención pericial”.
Derivado de lo anterior, mediante el oficio núm. 701/400/1705/2016 del 2 de diciembre de 2016,
el sujeto fiscalizado remitió el Manual de Procedimientos para la Supervisión de los Servicios
Periciales, el cual fue expedido el 1 de abril de 2013, con núm. de registro MP-701000-36-2013,
y estuvo dirigido fundamentalmente a la Subdirección de Supervisión de la CGSP.
En la revisión de dicho manual, se identificó el “Procedimiento para la Intervención de los
Peritos en Jefe (Supervisión) y los Peritos Supervisores en los Servicios Periciales”, el cual
tuvo como objetivo principal “establecer los lineamientos normativos y la secuencia cronológica
de las actividades necesarias, para llevar a cabo el proceso de supervisión y vigilancia de las
intervenciones que realiza el personal que proporciona los servicios periciales en sus diferentes
especialidades, tanto en ámbito central como en el desconcentrado de la institución, por parte
de los peritos supervisores, con el fin de brindar a las autoridades solicitantes de una
intervención, la certeza en el resultado de la misma, la confiabilidad en el perito y la seguridad
de contar con el apoyo efectivo para el logro de una mejor impartición de justicia”.
34
Asimismo, en el apartado “Políticas y/o Normas de Operación”, contenido en la descripción
del procedimiento en cita, se identificaron las siguientes como principales funciones de la
Subdirección de Supervisión:
“1. […] la Subdirección de Supervisión, es el área responsable de la Coordinación General
de Servicios Periciales, de elaborar, proponer, implantar y evaluar el programa de supervisión
que se debe aplicar al personal pericial de la institución.
”2. […] en coordinación con los peritos en jefe y los peritos supervisores, son los responsables
de verificar y supervisar que el personal pericial de la institución, cumpla y se apegue a los
lineamientos normativos aplicables en la institución.
”3. […] coordinará las actividades con los peritos en jefe y supervisores, para que éstos, reciban,
verifiquen y evalúen todos y cada uno de los documentos resolutivos (Dictamen o Informe
Pericial) que emita el personal pericial de la institución, así como sus respectivos anexos.
”4. Los peritos supervisores deben proponer y sugerir al personal pericial de la institución
la corrección en los documentos resolutorios, en caso de observar anomalías o incongruencias,
lo cual se presenta en tres momentos:
”a) Supervisión de campo en caso de detectar anomalías por parte del Perito Supervisor,
se sugerirán las correcciones pertinentes antes de ser entregado el resultado a la autoridad
solicitante.
”b) Supervisión de expedientes, debiendo hacer las observaciones correspondientes al perito
que realice la intervención.
”c) Supervisión del documento, por parte del Perito en Jefe y/o Perito Supervisor, a petición
expresa de la autoridad o por instrucción superior, debiendo enviar a la autoridad solicitante
el resultado de la supervisión efectuada. […]
”7. La Subdirección de Supervisión, es el área encargada de coordinar junto con los peritos
en jefe, la integración y emisión del Informe Mensual de Supervisión, mismo que será entregado
a la Coordinación General de Servicios Periciales […]
35
”12. Los peritos en jefe y los peritos supervisores, deben emitir un informe por escrito en
el formato autorizado, mismo que debe contener, las observaciones nombre y la firma
autógrafa por quien lo emite, a fin de que tenga validez…”
Con el fin de comprobar que la PGJDF, por medio de la Subdirección de Supervisión de la
CGSP, haya atendido lo señalado en el manual en cita, se solicitó al sujeto fiscalizado que
proporcionara el programa de supervisión implementado, así como los registros auxiliares
que sustentaron las actividades de supervisión durante el ejercicio 2015.
Al respecto, mediante nota informativa del 12 de enero de 2017, la PGJDF estableció que
no tuvo un programa de supervisión para el ejercicio 2015, debido a que la revisión,
análisis y vigilancia se realizó atendiendo a las necesidades y problemáticas conforme se
van presentando; no obstante, remitió las actividades de supervisión implementadas y los
registros auxiliares que las sustentaron.
De la revisión de dichas actividades y registros, se identificó que la Subdirección de
Supervisión, mediante los peritos supervisores en las diferentes especialidades, inspeccionara
directamente el trabajo que realizaron los peritos profesionales o técnicos en cada una de las
áreas durante el ejercicio 2015, en el que principalmente verificó se encontraran debidamente
requisitados los diferentes conceptos que conforman el dictamen o informe pericial, y que
se elaboraran de inmediato los reportes de supervisión, en los que se informaron las
observaciones realizadas de cada uno de los asuntos supervisados.
Con el fin de verificar lo descrito anteriormente, se revisaron diez reportes de supervisión
elaborados durante el ejercicio 2015 en los que se realizaron supervisiones preventivas
o de campo, correctivas o de expedientes y a petición expresa de la autoridad o por
instrucción superior; se identificó el formato establecido en el manual de procedimientos para
la supervisión de los servicios periciales, y la requisición de cada uno de los documentos
con la fecha de supervisión, tipo de especialidad supervisada, desglose de asuntos atendidos,
observaciones realizadas, nombre y cargo de quien lo emitió.
También se identificó que se calendarizaron diversas visitas y recorridos a las diferentes oficinas
de servicios periciales en las Fiscalías Desconcentradas de Investigación y se realizaron
supervisiones no programadas a solicitud del Ministerio Público por relevancia de alguna
intervención.
36
En cuanto a los cambios en materia de supervisión, derivados de la reforma constitucional
en materia de seguridad y justicia por la que se estableció la transición al Nuevo Sistema de
Justicia Penal Acusatorio, publicada el 18 de junio de 2008 en el Diario Oficial de la Federación,
mediante Nota Informativa del 10 de enero de 2017, la CGSP informó que derivado de la
entrada al nuevo sistema penal en enero de 2015, la intervención de los peritos supervisores
no cambió, sólo se complementó su actuación en tres momentos del procedimiento penal:
a solicitud del Ministerio Público durante la etapa de investigación, cuando los peritos
profesionales o técnicos consideraron no contar con los elementos necesarios para emitir
una opinión, durante la etapa de investigación complementaria a fin de perfeccionar la prueba
pericial, y a solicitud de un juez de control para emitir un dictamen pericial a mayor detalle.
Asimismo, según lo señalado en el artículo 136 del Código Nacional de Procedimientos
Penales, también se adquirió la figura de consultor técnico que podrá acompañar a las
audiencias a la parte con quien colabora para realizar cuestionamientos técnicos.
En lo referente a la atención y control de las solicitudes de peritajes, se observó que la CGSP,
hasta la transición al Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, contó con una herramienta
informática denominada Control de Intervenciones Periciales (CIP), el cual, a partir de
enero de 2015, ha ido sustituyéndose paulatinamente por el Sistema de Interoperatividad
de Actuaciones Procedimentales (SIAP).
En este sentido, el acuerdo núm. A/004/2015, publicado el 12 de febrero de 2015 en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, por el que se establecen los lineamientos para la operación del SIAP,
describiéndolo como el sistema informático en el que se registra, controla y da seguimiento
de las actuaciones del Ministerio Público, policía de investigación y servicios periciales
que intervienen en las etapas del procedimiento penal.
Asimismo, en el punto Segundo, quinto párrafo, de dicho acuerdo, se establece que “en el caso
del personal pericial, se registrará la recepción y asignación de las solicitudes de intervención
que realiza el Ministerio Público, lo relativo a la cadena de custodia, así como los informes
y dictámenes que emitan de acuerdo a la especialidad que corresponda y los que se
requieran de conformidad con sus atribuciones”.
Para verificar que los sistemas informáticos mencionados hayan contribuido a cumplir los
objetivos y metas de la actividad institucional en estudio, se asistió a una reunión informativa
37
el 9 de diciembre de 2016, en la que la CGSP y la Dirección General de Tecnología y Sistemas
Informáticos (DGETSI) mostraron el funcionamiento de estos sistemas y proporcionaron
los manuales de usuario y de operación del CIP y SIAP, respectivamente.
Derivado de la reunión y revisión a los manuales mencionados, se observó que la herramienta
informática denominada Control de Intervenciones Periciales (CIP), se utilizó principalmente
para automatizar y agilizar los procesos de registro, atención y control de las solicitudes
de peritajes relacionados con averiguaciones previas, y se integró por cinco módulos,
cuatro tipos de usuarios o cuentas y las contraseñas respectivas.
En el caso del Sistema de Interoperatividad de Actuaciones Procedimentales (SIAP), se
identificó que operó a partir de enero de 2015, se utilizó para el registro, la atención y control
de las solicitudes de peritajes relacionados con las carpetas de investigación establecidas
con el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, se integró por 19 tipos de módulos, seis
tipos de perfiles o usuarios, y en este caso, el acceso al sistema se realizó mediante el número
de empleado y los usuarios validaron el registro de sus actuaciones mediante el uso de su firma
electrónica (FIEL).
En conclusión, de la revisión del manual de procedimientos señalado y a los registros
auxiliares descritos, se observó que la PGJDF, por medio de la CGSP, no realizó un programa
de supervisión como lo establece el apartado “Políticas y/o Normas de Operación” del
Manual de Procedimientos para la Supervisión de los Servicios Periciales, en su numeral 1;
no obstante, se observó que contó con un sistema informático que respalda el proceso
pericial, así como actividades y mecanismos de control y supervisión para atender la actividad
institucional 304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales”.
En la reunión de confronta, celebrada el 24 de marzo de 2017, el sujeto fiscalizado no proporcionó
información respecto del presente resultado, por lo que la observación no se modifica.
Recomendación ASCM-159-15-8-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto de
la Coordinación General de Servicios Periciales, implante el Programa de Supervisión
conforme lo establecido en el apartado “Políticas y/o Normas de Operación” del Manual
de Procedimientos para la Supervisión de los Servicios Periciales.
38
Economía
8. Resultado
Presupuesto Ejercido en la Actividad Institucional
304 “Análisis y Estudios de Pruebas Periciales”
Con el propósito de conocer la integración del presupuesto ejercido por la PGJDF, en la
actividad institucional 304 “Análisis y estudios de pruebas periciales”, se revisó la siguiente
normatividad:
La fracción II del artículo 24 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
establece que la programación y presupuestación del gasto público comprende las previsiones
de gasto público para cubrir los recursos humanos, materiales, financieros y de otra índole,
necesarios para el desarrollo de las actividades. En tanto, el párrafo 5o. del artículo 25 del
mismo ordenamiento señala que “la programación y presupuestación anual del gasto
público se realizará con apoyo en los Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las
Dependencias, […] para cada ejercicio fiscal”.
El artículo 82de la ley mencionada, que establece como criterio de gasto eficiente que toda
adquisición tenga racionalidad económica necesaria, que cumpla un fin predeterminado,
que no sea redundante y que el costo monetario sea inferior al beneficio que aporte.
Asimismo, en el artículo 124 se establece que “la información financiera, presupuestal,
programática y contable que emane consolidadamente del sistema y de los registros auxiliares
de las Dependencias […] será la que sirva de base para que la Secretaría elabore los
informes trimestrales así como de formular la Cuenta Pública del Distrito Federal”.
En ese sentido, la fracción XXVI del artículo 85 del Reglamento de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establece: “Llevar a cabo las acciones
que correspondan de acuerdo a sus atribuciones, para el uso de los recursos federales que
se otorguen para la implementación del nuevo Sistema de justicia Penal en el Distrito Federal,
de conformidad con las normas legales aplicables y de acuerdo con los anexos técnicos
que sean aprobados…”.
39
Del estudio de la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2015, la actividad institucional
304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales”, se presentó la siguiente situación financiera:
(Miles de pesos y por cientos)
Actividad institucional
Unidad de medida
Meta física alcanzada
Presupuesto Variación
Aprobado
(1)
Modificado
(2)
Ejercido
(3)
Absoluta
(3) – (1) (4)
Relativa (%)
(4) / (1) (5)
304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales” Peritaje 361,355 379,648.9 322,539.6 322,529.1 (57,119.8) (15.0)
El presupuesto ejercido fue menor al aprobado en 57,119.8 miles de pesos, de acuerdo
con las afectaciones presupuestarias, esta disminución se debió a la reclasificación de los
recursos en otras claves presupuestales del sujeto fiscalizado que presentaban déficit
presupuestario, y para realizar el cierre del ejercicio fiscal.
Mediante la revisión del Informe de Cuenta Pública 2015 de la PGJDF, se identificó que
el presupuesto ejercido se integró con los siguientes tipos de recursos:
(Miles de pesos)
Tipo de recurso Importe
Recursos fiscales 49,219.9
Recursos federales 273,309.2
Participaciones a entidades federativas con recursos federales 224,107.3
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y los Municipios (FASP) 34,967.1
Convenio Implementación de la Reforma del Sistema de Justicia Penal (SETEC) 1,809.2
Fondo de Capitalidad 12,425.6
Total 322,529.1
Derivado de lo anterior, se identificó que la PGJDF dependió en un 84.7% de los recursos
federales, situación que reflejó un posible riesgo para la operación futura de la actividad
institucional 304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales”, debido a que se observó
insuficiencia presupuestal para cubrir las necesidades de operación futuras.
De la revisión y análisis del Analítico de Claves y Evolución del Presupuesto de Egresos
por Clave Presupuestaria, se conoció que el presupuesto ejercido se distribuyó en los
siguientes capítulos de gasto:
40
(Miles de pesos y por cientos)
Capítulo de gasto Monto Participación
(%)
1000 “Servicios Personales” 224,107.3 69.5
2000 “Materiales y Suministros” 30,298.8 9.4
3000 “Servicios Generales” 20,535.3 6.4
5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 35,162.1 10.9
6000 “Inversión Pública” 12,425.6 3.8
Total 322,529.1 100.0
Con la finalidad de verificar que el gasto estuvo vinculado con las metas y objetivos de la
actividad institucional, se revisó una muestra de 41 CLC, que representaron el 30.3%
(97,867.9 miles de pesos) del presupuesto ejercido. Es conveniente mencionar que nueve
de ellas, correspondieron a pagos centralizados por concepto de servicio de energía
eléctrica, compra de seguro de bienes patrimoniales, servicio de agua potable, servicio de
vigilancia, compra de combustibles, lubricantes y aditivos, impuesto sobre nóminas,
aportaciones a instituciones de seguridad social y vales.
En relación con el capítulo de gasto 1000 “Servicios Personales”, se evaluó una muestra de
seis CLC tramitadas para el pago de nómina, de las cuales se observó que la documentación
justificativa y comprobatoria no se integró por actividad institucional, identificando que
dicha integración soportó las nóminas del personal que recibieron su pago vía cheque,
situación que limitó corroborar el presupuesto reportado en el capítulo de referencia.
Respecto a lo anterior, la Dirección de Programación y Presupuesto informó que “los importes
asignados dentro del capítulo 1000 ‘Servicios Personales’ dentro del analítico de claves
de la Procuraduría por actividad institucional, corresponden a estimaciones sobre el personal
sustantivo que participa en cada una de ellas y se integra con información del personal adscrito
por área administrativa proporcionada por la Dirección General de Recursos Humanos”,
situación que le resta fiabilidad a la información financiera.
Respecto al capítulo de gasto 2000 “Materiales y Suministros”, se revisó la documentación
justificativa y comprobatoria de seis CLC, y se identificó que el sujeto fiscalizado adquirió
material de imprenta y material de laboratorio de fotografía forense para la especialidad de
criminalística, así como tóner para impresora; y pagó vestuario. Mediante la visita al Laboratorio
de Fotografía Forense se observó que éste cuenta con cámaras analógicas y digitales,
razón por la cual se adquiere material para ambos equipos.
41
En cuanto al pago de vestuario, se verificó que la CLC núm. 14 C0 00 102466
se tramitó para pagar adeudos de ejercicios anteriores (ADEFAS) correspondientes al
contrato núm. PGJDF/DACS-165/2009 de la invitación restringida nacional
núm. IRN/PGJDF/DACS-018/2009. Al respecto, la PGJDF explicó que el adeudo se
originó porque el trámite de pago se realizó en forma desfasada conforme a la fecha
establecida en el contrato.
En tanto, para el capítulo de gasto 3000 “Servicios Generales”, mediante cinco CLC se verificó
que en el ejercicio 2015 se realizó mantenimiento preventivo y correctivo a equipos
especializados, mantenimiento y conservación de vehículos, y el servicio para el acondicionamiento
del cuarto de refrigeración para las bodegas de evidencias que empezaron a funcionar en
el ejercicio 2016, como parte del Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio.
Respecto al capítulo de gasto 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se revisaron
siete CLC con su respectiva información justificativa y comprobatoria, con las cuales el sujeto
fiscalizado adquirió mobiliario de oficina para equipar de 13 bodegas de evidencias, racks
estáticos de carga semipesada, refrigeradores para almacenar pruebas biológicas, equipo
especializado para el laboratorio de química; adquirió también 20 vehículos operativos,
7 laboratorios móviles de criminalística y 8 vehículos operativos para el traslado de cadáveres.
Es conveniente mencionar que estas adquisiciones estuvieron justificadas con los
proyectos de inversión siguientes:
Número Denominación Objetivo Justificación
A 1400 5001 Adquisición de mobiliario y equipo administrativo
Contar con el mobiliario y equipo administrativo necesario para la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio y dar un mejor servicio a la ciudadanía.
El mobiliario de la PGJDF no es suficiente, toda vez que se construyeron nuevos inmuebles y fue necesario equiparlos.
A 1400 5004 Adquisición de equipo de laboratorio y radios portátiles TETRA
Contar con los equipos de laboratorio con la tecnología más actual a efecto de estar en posibilidades de brindar mejores dictámenes periciales; asimismo, es necesario contar con radios tetra para que el área de servicios periciales esté en comunicación para una mayor eficacia en sus labores.
No se cuenta con el equipo de laboratorio adecuado para realizar los peritajes y no es posible dar una buena atención a la ciudadanía. El área de periciales no cuenta con equipo de comunicación para estar en contacto con los laboratorios móviles.
A 1400 5008 Adquisición de laboratorios móviles de criminalística y vehículos operativos para el traslado de cadáveres
Contar con los laboratorios móviles a efecto de que se pueda llevar a cabo el estudio pericial en el lugar del accidente o delito, a efecto de contar rápidamente con las pruebas periciales; asimismo, es necesario contar con vehículos para el traslado de cadáveres.
No se cuenta con suficientes laboratorios móviles para las necesidades de las investigaciones periciales que se llevan a cabo y tampoco se cuenta con suficientes vehículos para el traslado de cadáveres.
Continúa…
42
… Continuación
Número Denominación Objetivo Justificación
A 1400 5010 Adquisición de bienes muebles, bienes informáticos, bienes eléctricos, pantallas y licencias informáticas
Contar con los bienes muebles, bienes informáticos, eléctricos, equipo audiovisual y licencias informáticas necesarias a efecto de llevar a cabo el equipamiento de las bodegas de evidencias.
Derivado de la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, se llevó a cabo la construcción de diversos inmuebles, lo cual hace necesario la adquisición de diversos bienes.
A 1400 5012 Adquisición de equipo de laboratorio y vehículos para laboratorios móviles y vehículos para traslado de cadáveres
Contar con el equipo de laboratorio en el edificio de periciales, así como contar con vehículos equipados como laboratorios móviles, para llevar a cabo las pruebas periciales que le son requeridas a esta dependencia de manera inmediata y eficaz.
El equipo con el que cuenta el área de periciales no es suficiente para realizar todas las investigaciones que le son requeridas, no se cuenta con los suficientes vehículos equipados con laboratorio móvil a efecto de realizar pruebas periciales en los lugares de los hechos y agilizar investigaciones.
Cabe mencionar que en la visita de supervisión a los laboratorios y bodegas de evidencias,
se observaron los bienes muebles, informáticos y de laboratorio, entre otros, así como de las
unidades móviles que se utilizan para traslado de personal, laboratorios móviles y de
cadáveres. Adicionalmente, el sujeto fiscalizado proporcionó copia de los resguardos
de mobiliario y unidades vehiculares.
Por lo que corresponde al capítulo de gasto 6000 “Inversión Pública”, se revisaron siete CLC,
mediante las cuales se conoció el pago de estimaciones por la construcción de trece bodegas
de indicios y evidencias, de las cuales, 11 fueron satelitales y dos centrales. Estas
bodegas se ejecutaron con recursos del Fondo de Capitalidad y se justificaron con el
Proyecto de Inversión núm. O 1400 5002 “Construcción de bodegas de evidencias”, en el cual
se estableció como objetivo “llevar a cabo la construcción de bodegas de evidencias, para
tener un control del manejo, operación y cuidado de las evidencias surgidas en las diferentes
averiguaciones previas y carpetas de investigación que realiza esta dependencia; lo anterior
para cumplir con la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal”.
De la información revisada, se conoció que los bienes y servicios adquiridos fueron utilizados
para ejecutar las acciones correspondientes de la actividad institucional 304 “Análisis
y estudios de las pruebas periciales”, así como para equipar los laboratorios de la CGSP y dotar
de vehículos operativos, laboratorios móviles y vehículos para el traslado de cadáveres.
No obstante, se determinó que la información no permitió corroborar que lo erogado en el
capítulo de gasto 1000 “Servicios Personales” correspondiera con los pagos realizados
al personal que realizó funciones periciales, lo que impactó de manera negativa en la estimación
del costo y en la confiabilidad de la información financiera.
43
Con la finalidad de verificar la tendencia del presupuesto ejercido, se revisaron los Informes
de Cuenta Pública de los últimos tres ejercicios:
(Miles de pesos)
Año Meta física Presupuesto
Original Alcanzada Aprobado Modificado Ejercido
2013 480,000 455,814 266,551.7 252,002.2 252,002.2
2014 462,837 425,717 350,399.2 297,405.2 297,405.2
2015 462,867 361,355 379,648.9 322,539.6 322,529.1
De acuerdo con esta información, en el ejercicio 2015 el sujeto fiscalizado realizó un menor
número de peritajes con un mayor presupuesto en comparación con los ejercicios 2014 y 2013.
Al respecto, en el Informe de Cuenta Pública se mencionó que en el año en revisión se
llevó a cabo la compra de diversos equipos científicos, materiales y bienes que permitirían
hacer más eficientes los métodos analíticos de dictaminación pericial; además de que se
concluyó la construcción de las Bodegas de Evidencias Centrales y Satelitales, necesarias
para la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, las cuales se
dotaron de equipo informático y mobiliario (mobiliario diverso y racks para la guarda y custodia
de todo indicio y evidencia relacionada con un ilícito, refrigeradores).
Asimismo, se observó que la asignación del presupuesto no se realizó en función del número
de peritajes a realizar debido a que la mayor parte del presupuesto se destinó al pago de
recursos humanos.
Por otro lado, se solicitó a la PGJDF que explicara las medidas aplicadas en materia de
racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales. En respuesta, informó que las disposiciones
se orientaron al ahorro de combustible, ya que fueron suspendidas las dotaciones adicionales
para vehículos con funciones administrativas y los asignados a mandos superiores;
restricción del servicio telefónico, cancelando el acceso a llamadas a celular en algunas
áreas por considerarse innecesario y para efectuar llamadas en áreas no prioritarias.
En materia de fotocopiado, la prohibición de reproducir documentos ajenos a las actividades
administrativas, en caso de documentos de difusión cuando se requirieran más de 10,000
piezas se pedirá el servicio de offset; en el caso del ahorro de energía eléctrica, se sugirió
mantener encendidos únicamente los equipos de cómputo a utilizar, así como las lámparas de
iluminación del área de oficinas. Finalmente, mencionó que se continuó con la sustitución
44
de mobiliario hidrosanitario y la reparación de fugas de agua para dar cumplimiento al Programa
del Ahorro del Agua Potable en Oficinas y Edificios Públicos.
Asimismo, en las medidas de austeridad aplicadas por la dependencia, se tramitaron
afectaciones presupuestarias (C 14 C0 00 20088 y C 14 C0 00 20121) para disminuir
el presupuesto; ya que de acuerdo con la justificación “en los procesos licitatorios que
realizó esta dependencia se obtuvieron las mejores condiciones de precios en beneficio
a la Institución lo que generó ahorros al momento de adjudicar los bienes y servicios”.
Al respecto, la Dirección de Programación y Presupuesto informó que “no cuenta con la
información específica correspondiente a qué procedimientos de adquisición generaron
las disponibilidades presupuestales al cierre del ejercicio 2015. Lo señalado en la justificación
de las afectaciones se refiere únicamente al disponible presupuestal (partida) del presupuesto
modificado con relación al ejercicio real, variación sobre la cual se aplica el movimiento de
reducción presupuestal”.
Por lo anterior, se conoció que los bienes y servicios adquiridos fueron utilizados para ejecutar
las acciones correspondientes de la actividad institucional en estudio, así como para
equipar los laboratorios de la CGSP y dotar de vehículos operativos, laboratorios móviles
y vehículos para el traslado de cadáveres, así como la construcción y equipamiento de
bodegas de evidencia. No obstante, se determinó que la información no permitió corroborar
que lo erogado en el capítulo 1000 “Servicios Personales” correspondiera con los pagos
realizados al personal asignado a las funciones periciales, lo que impactó de manera negativa
en la estimación del costo y en la confiabilidad de la información financiera, en cumplimiento
del artículo 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Por lo anterior, se concluye que la asignación del presupuesto no se realizó en función
de los peritajes a realizar, ni de conformidad con la fracción II del artículo 24 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y penúltimo párrafo del artículo 25 del
mismo ordenamiento. También se observó que sobre la evaluación del gasto eficiente,
la PGJDF llevó a cabo compras y pagos centralizados con la finalidad de garantizar
el mejor precio y calidad de los bienes y servicios adquiridos, en atención del artículo 82
de la normatividad antes mencionada.
En la reunión de confronta, celebrada el 24 de marzo de 2017, el sujeto fiscalizado no proporcionó
información respecto del presente resultado, por lo que la observación no se modifica.
45
Recomendación ASCM-159-15-9-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto de
la Dirección General de Recursos Humanos, estime sus previsiones de gasto del capítulo 1000
“Servicios Personales” con base en la nómina de personal autorizada de la Coordinación
General de Servicios Periciales, de conformidad con lo establecido en la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Recomendación ASCM-159-15-10-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto de
la Coordinación General de Servicios Periciales, elabore registros auxiliares que permitan
verificar la aplicación del gasto de manera detallada, conforme a lo establecido en la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Competencia de los Actores
9. Resultado
Competencia Legal de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Con la finalidad de establecer la competencia legal de la PGJDF para realizar la actividad
institucional en revisión, se llevó a cabo el estudio general a la normatividad aplicable descrita
a continuación.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 21, primer párrafo,
de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2015,
establece que “la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías,
las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función”.
El Código Nacional de Procedimientos Penales, en su artículo 272, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 5 de marzo de 2014, dispone que “durante la investigación, el Ministerio
Público o la Policía con conocimiento de éste, podrá disponer la práctica de los peritajes
que sean necesarios para la investigación del hecho. El Dictamen escrito no exime al perito
del deber de concurrir a declarar en la audiencia de juicio”.
46
La Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, en su artículo 2 establece
lo siguiente:
“La Administración Pública será central, desconcentrada y paraestatal.
”La Jefatura del Gobierno del Distrito Federal, las Secretarias, Procuraduría General de
Justicia del Distrito Federal […] son las dependencias que integran la Administración Pública
Centralizada.”
En lo correspondiente al Reglamento de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal, en el artículo 7, fracción XII, señala que “la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal, se ubica en el ámbito orgánico del Gobierno del Distrito Federal;
su estructura y funcionamiento se rige por las disposiciones jurídicas y administrativas
correspondientes”.
Por su parte, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal,
en el artículo 2 (Atribuciones del Ministerio Público), establece lo siguiente:
“La Institución del Ministerio Público en el Distrito Federal estará a cargo del Procurador General
de Justicia y tendrá las siguientes atribuciones, que ejercerá por sí, a través de los Agentes
del Ministerio Público, de la Policía de Investigación, de los Peritos y demás servidores
públicos en el ámbito de su respectiva competencia:
”I. Investigar los delitos del orden común cometidos en el Distrito Federal y perseguir
a los imputados con la Policía de Investigación y el auxilio de servicios periciales.”
La ley antes mencionada, en su artículo 21, fracción I, inciso c), dispone:
“El Procurador General de Justicia del Distrito Federal, titular de la institución del Ministerio
Público, ejercerá autoridad jerárquica sobre todo el personal de la Institución. Para el despacho
de los asuntos que competen a la institución, y de conformidad con el presupuesto que se
le asigne, la Procuraduría contará con las unidades administrativas y los servidores públicos
siguientes:
47
”I. Oficina del Procurador […]
”c) Coordinación General de Servicios Periciales.”
Asimismo, el artículo 41 señala que “los servicios periciales actuarán bajo la autoridad
y mando inmediato o directo del Ministerio Público, sin perjuicio de la autonomía técnica e
independencia de criterio que les corresponde en el estudio de los asuntos que se sometan
a su consideración y dictamen”.
Del mismo modo, el artículo 43 establece que, “cuando la Procuraduría no cuente con peritos
en la disciplina, ciencia o arte de que se trate o, en casos que así se requiera, el Agente
del Ministerio Público podrá habilitar a cualquier persona que tenga los conocimientos
requeridos. Estos peritos no formarán parte del Servicio Profesional de Carrera”.
Por su parte, el Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal, en su artículo 6o., fracciones I y V, dispone lo siguiente:
“El Ministerio Público en la investigación de los delitos, llevará a cabo las acciones
siguientes:
”I. Investigar los delitos del orden común en el Distrito Federal, con apoyo […] de los Servicios
Periciales […]
”V. Programar la investigación con apoyo de los Oficiales Secretarios y los agentes de la
Policía de Investigación y, en su caso, con los peritos, puntualizando y calendarizando
las diligencias ministeriales, policiales y periciales necesarias para la eficacia de la
investigación, absteniéndose de realizar diligencias contradictorias, innecesarias, irrelevantes
o inconducentes…”
El Reglamento antes referido, en su artículo 39, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X
y XIII, determina lo siguiente:
“Al frente de la Coordinación General de Servicios Periciales habrá un Coordinador General,
quien ejercerá por sí o a través de los servidores públicos que le estén adscritos, las atribuciones
siguientes:
48
”I. Diseñar y establecer los criterios y lineamientos que deben apegarse la presentación
y formulación de los dictámenes e informes de las diversas especialidades periciales;
"II. Diseñar los mecanismos, procedimientos y programas de supervisión y seguimiento
de las actividades que realicen los peritos adscritos a la Procuraduría;
”III. Evaluar y controlar la intervención de los peritos volantes en las diversas especialidades;
”IV. Atender las peticiones de servicios periciales que formule el Ministerio Público y canalizarlas;
”V. Establecer los mecanismos y procedimientos de registro y control de atención a las
peticiones de servicios periciales formuladas por los agentes del Ministerio Público, así como
elaborar los informes y estadísticas correspondientes;
”VI. Establecer y operar un sistema de supervisión permanente del personal técnico científico
de las diversas especialidades periciales, a efecto de garantizar que cumplan y observen
las normas jurídico-administrativas vigentes en la materia;
”VII. Tener a su cargo el casillero de identificación criminalística;
”VIII. Proponer a sus superiores jerárquicos programas de intercambio de experiencias,
conocimientos y avances tecnológicos con las unidades de Servicios Periciales de la
Procuraduría General de la República y de las Procuradurías Generales de Justicia de los
Estados, así como con instituciones similares del extranjero, para lograr el mejoramiento
y la modernización de sus funciones;
”IX. Llevar a cabo el registro de voz y datos personales de los servidores públicos de esta
Procuraduría, atendiendo a lo previsto en el artículo 21 constitucional y en la Ley General
del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
”X. Supervisar la integración de la base de datos criminalísticos de los imputados; […]
”XIII. Las demás que le confieran el Procurador y otras disposiciones legales aplicables.”
49
De acuerdo con el reglamento en comento, artículo 106, el Servicio Profesional de Carrera
Pericial comprende los cargos siguientes:
“I. Perito Profesional o Técnico;
”II. Perito Supervisor, y
”III. Perito en Jefe.”
Asimismo, en su artículo 107 señala:
“Todo perito será responsable del examen de la persona u objeto relacionado con la
investigación del hecho delictivo, para cuyo dictamen se requiere de conocimientos
técnicos o científicos especiales, en términos del Código de Procedimientos Penales para
el Distrito Federal y demás disposiciones legales aplicables.
”El Perito Profesional o Técnico serán responsables de practicar los exámenes técnicos
o científicos de las personas u objetos relacionados con la investigación del delito; de rendir
los dictámenes que le solicite el representante social o la autoridad jurisdiccional competente
o de las comisiones que específicamente se le encomienden e informar las necesidades
materiales para el desarrollo de sus funciones.
”El Perito Supervisor será responsable de la supervisión directa de los peritos profesional
o técnico; de emitir las opiniones técnicas respecto de los dictámenes e informes cuando
le sean requeridas e informar al Perito en Jefe las necesidades materiales para el desarrollo
de las funciones de éstos.
”El Perito en Jefe será responsable de la supervisión directa de los peritos supervisores,
de coordinar las intervenciones periciales y de requerir los insumos necesarios para que
los peritos realicen sus funciones, así como de emitir los dictámenes periciales cuando
le sean requeridos.”
En lo que respecta al manual administrativo de la PGJDF, en su apartado de organización,
se establece para la Coordinación de General de Servicios Periciales el objetivo de “coordinar
50
las acciones de carácter técnico-científico en auxilio del ministerio público y/o autoridad
competente, mediante la elaboración de dictámenes, informes y opiniones técnicas periciales
que brinden solidez científica en su quehacer. Establecer los procesos administrativos
necesarios, para garantizar la oportuna entrega de los resultados emitidos por el personal
pericial, tanto la autoridad ministerial como las autoridades jurisdiccionales competentes”.
Con base en lo anterior, se concluye que la PGJDF contó con la competencia legal para
desarrollar la actividad institucional en revisión, encaminada al fortalecimiento del análisis
y estudios de las pruebas periciales, con fundamento en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos artículo 21, primer párrafo; el Código Nacional de Procedimientos Penales,
artículo 272; la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 2;
el Reglamento de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 7,
fracción XII; la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal,
artículos 2o., fracción I; 21, fracción I, inciso c); 41 y 43; y el Reglamento de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, artículos 6o., fracciones I y V; 39; 106; y 107.
Competencia Profesional de los Servidores Públicos y Capacitación
10. Resultado
Con la finalidad de comprobar que los servidores públicos que operaron la actividad
institucional 304 “Análisis y estudio de las pruebas periciales” hubiesen contado con el perfil
y la capacitación requeridos para el desarrollo de sus funciones, se llevó a cabo el estudio
general de la normatividad aplicable siguiente:
La plantilla del personal, el catálogo de puestos y el procedimiento para la contratación del
personal de estructura y honorarios, de acuerdo con lo establecido en la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal del 28 de mayo de 2014 y sustituida por la publicada el 18 de
septiembre de 2015, que establece en su numeral 1.3.8 los requisitos que debe cumplir
el aspirante a ocupar una plaza en alguna de las Dependencias, Órganos Desconcentrados
y Entidades para formalizar la relación laboral.
51
El numeral 1.3.15 de la mencionada circular señala que “el titular del área de recursos
humanos de la Dependencia … es responsable de la custodia y actualización de los expedientes
de personal de las y los trabajadores adscritos a ésta, así como de los que hayan causado
baja antes de la desconcentración de los registros de personal por parte de la Oficialía Mayor”.
En la revisión de la información proporcionada por la PGJDF, se observó que el personal
sustantivo pericial de la CGSP consta de 1,292 servidores públicos de los cuales se revisaron
59 expedientes laborales determinados por una muestra aleatoria, y se obtuvieron los
siguientes resultados:
Se colige que existieron deficiencias de control al integrar los expedientes, ya que, se advirtió
que éstos no se encontraban actualizados, siendo las faltas más recurrentes, la manifestación
de no haber sido sujeto a jubilación mediante incorporación a programas de retiro con
apoyo económico (45.8%); constancia de no inhabilitación de la Secretaria de la Función
Pública (35.6%), y constancia de remuneraciones (35.6%), incumpliendo con ello lo establecido
en los numerales 1.3.8 y 1.3.15 de la Circular Uno.
Asimismo, se revisó que, como parte del personal sustantivo de la Coordinación General
de Servicios Periciales de la PGJDF, los peritos cumplieran el catálogo de puestos para
el desempeño de las funciones vinculadas con la actividad institucional 304 “Análisis y estudio
de las pruebas periciales”.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 21, párrafo décimo,
inciso a); la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal,
artículos 42 y 62; y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, artículo 52
apartado B establecen los requisitos para ingresar a laborar a la PGJDF, así como para
permanecer y conservar su nombramiento. Dicha normatividad se correlaciona con los
requisitos del catálogo de puestos de los peritos profesionales o técnicos, perito en jefe
supervisor de zona y perito en jefe.
Con fin de verificar que el personal sustantivo de la actividad institucional en revisión
hubiese cumplido los requisitos señalados en el Catálogo de puestos, se seleccionaron
y analizaron 30 expedientes del personal que fue contratado en 2015, de lo que se obtuvieron
los resultados siguientes:
52
Requisitos
No hay evidencia
%
(1)
Existe evidencia
%
(2)
Total ( % )
(1) + (2) (3)
Mexicano en pleno ejercicios de sus derechos políticos y civiles 0 0.0 30 100.0 100.0
Título y cédula profesional 0 0.0 30 100.0 100.0
Cartilla Militar 0 0.0 18 100.0 100.0
Comprobar que no ha sido condenado por sentencia irrevocable como responsable de delito doloso o culposo calificado 0 0.0 30 100.0 100.0
Haber aprobado el curso de ingreso y el diplomado de Ciencias Forenses impartido por el IFP 0 0.0 30 100.0 100.0
No estar suspendido ni haber sido destituido o inhabilitado por resolución firme como servidor público 0 0.0 30 100.0 100.0
Evaluaciones de control de confianza 0 0.0 30 100.0 100.0
Por su parte, los procesos de control de confianza y del desempeño se integraron por las
evaluaciones patrimoniales y de entorno social, exámenes psicométricos y psicológicos,
médico y toxicológico, y poligráficos, los cuales se llevan a cabo en el examen de control
de confianza, aplicado por la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. Dichas
evaluaciones tuvieron por objeto comprobar que los servidores públicos cumplieron
debidamente los requisitos de ingreso y permanencia.
Para verificar que los servidores públicos adscritos a la Coordinación General de Servicios
Periciales de la PGJDF hubiesen recibido capacitación relacionada con el Nuevo Sistema
de Justicia Penal Acusatorio durante 2015, y que hubiera evidencia de ello, se estudiaron
los siguientes documentos normativos:
La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial
de la Federación del 29 de octubre de 2013, en su artículo 64, establece: “Los servidores
públicos de las Instituciones de Procuración de Justicia están obligados a participar en las
actividades de profesionalización que determine la institución respectiva, los cuales
deberán cubrir un mínimo de 60 horas clase anuales”.
La Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal” (Circular Uno)
vigente en 2015, en el apartado 2, “Capacitación, Desarrollo de Personal, Servicio Social
y Prácticas Profesionales”, señala en su numeral 2.1.1:
“El SC es el conjunto de acciones cuyo objetivo es dar cumplimiento con la obligación
laboral de la APDF, en su carácter de patrón, de implementar los eventos de capacitación
53
y profesionalización necesarios que coadyuven al fortalecimiento de la efectividad de la gestión
pública, que permita a las y los trabajadores de cada ente público que a esta Circular Uno
le aplica, elevar su nivel de productividad en el trabajo y de superación personal,
permitiendo en consecuencia proporcionar durante su jornada laboral, una mejor atención
a los habitantes de la Ciudad de México.”
El numeral 2.1.3 señala: “El PGCDP (Programa General de Capacitación y Desarrollo de
Personal) es el instrumento que orienta las acciones tendientes a proporcionar a las y los
servidores públicos, los medios necesarios para mejorar sus capacidades, conocimientos
y adquirir habilidades, para el óptimo desarrollo de sus funciones, de conformidad con
el PGDDF”.
Por su parte, el numeral 2.1.6 menciona lo siguiente:
“El SC establece para la programación de eventos de capacitación basados en competencias
laborales:
”I.- Dos Modalidades:
”a) Genérica: los temas que la integran, están enmarcados dentro de los ocho enfoques
transversales del PGDDF. Estos habrán de considerarse al diseñar, decidir, ejecutar
y evaluar las políticas públicas impulsadas por el gobierno de la Ciudad, a través de cada
ente público que la Circular Uno le aplique.
”b) Específica: sus temáticas se estructuran en base a la consecución de los Programas
Sectoriales, Institucionales, Especiales y Parciales, derivados del PGDDF, o bien en específico
en torno a las atribuciones de cada ente público que esta Circular Uno le aplica.”
Para ello, mediante el oficio núm. AE-A/16/501 del 24 de noviembre de 2016, se solicitó
el Programa Anual de Capacitación del personal administrativo y operativo, así como el listado
de los cursos relacionados con la actividad institucional en estudio, las listas de asistencia
o registro, y las constancias de acreditación que se generaron durante el ejercicio de 2015.
Al respecto, mediante el oficio núm. 701/500/574/2016 del 6 de diciembre de 2016, el sujeto
fiscalizado remitió la ficha de validación de los planes y programas de capacitación, así como
un oficio con las listas de peritos que asistieron y concluyeron los cursos.
54
En el estudio general se observó la impartición de los cursos siguientes:
Cursos Número
de asistentes programados
Asistentes con
constancia
Análisis de Protocolos de Investigación Ministerial, Policial y Pericial del Delito de Feminicidio 11 38
Argumentación Jurídica 4 5
Atención eficiente y eficaz a los Usuarios de los Servicios de la PGJDF 11 8
Contención de Crisis 8 75
Certificación para Peritos en Psicología en el Nuevo Sistema de Justicia Penal 60 60
Derechos Humanos de Grupos Vulnerables-Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal 15 18
Curso de Desarrollo Humano 3 111
Tortura y Protocolo de Estambul 51 36
Curso-Taller de Análisis de las Recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal 19
Derechos a una Vida Libre de Violencia, Comunidad LGBTTTI, Actualización de los Servicios Públicos 1 17
Violencia de Género y no Discriminación a las Mujeres 5 24
Derecho de las Niñas, Niños y Adolescentes, Observancia al Interés Superior del Menor en la institución del MP 10 11
Derechos de las Personas con Discapacidad ante la Procuración de Justicia 10 10
Taller “Derechos a las Víctimas del Delito y Asesoría Victima” 2 0
Taller “Desarrollado de Habilidades de Expresión Corporal, Oral y Escrita con Enfoque por Competencias Profesionales” 14 25
Taller “Las Etapas de Investigación Intermedia de Acuerdo al Código Nacional de Procedimientos Penales” 2 0
Taller “Metodología de la Investigación en el Lugar de los Hechos” 36 136
Taller “Práctica de Etapa de Juicio Oral de Acuerdo al Nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales” 6 0
Cadena de Custodia 9 26
Taller “Oratoria” 3 0
Teoría del Delito 6 5
Total de participantes con constancia 624
De acuerdo con la ficha de validación, los cursos impartidos, se anexaron 17 listas de asistencia
del personal que participó en la capacitación, lo que representó el 80.9% del total de cursos
impartidos y se obtuvo la información siguiente:
Cursos Número de asistentes
Prácticas de audiencia del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal 50
Congreso Internacional “Justicia Transicional en México y Latinoamérica” 6
Taller “Investigación Criminal Conjunta” 52
Diplomado para mandos medios de peritos 52
Capacitación especializada para peritos 478
Nuevo Sistema Informático SIAP 2015 80
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Por tanto, se concluye que de la muestra seleccionada, el 100.0% de los expedientes
revisados cumplió lo establecido en el catálogo de puestos y normatividad aplicable.
Asimismo, se observó que dichos requisitos se enfocaron a las metas y objetivos de la actividad
institucional en revisión; de igual forma, los cursos programados e impartidos en el ejercicio
en revisión estuvieron vinculados con la actividad institucional 304 “Análisis y estudios de
las pruebas periciales” y con el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio.
En la reunión de confronta, celebrada el 24 de marzo de 2017, el sujeto fiscalizado no proporcionó
información respecto del presente resultado, por lo que la observación no se modifica.
Recomendación ASCM-159-15-11-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto
de la Dirección General de Recursos Humanos, establezca mecanismos de control para la
adecuada integración y actualización de los expedientes del personal, conforme a lo establecido
en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de apoyo Técnico-Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Sistema de Evaluación del Desempeño
11. Resultado
Fiscalización al Sistema de Evaluación del Desempeño
Con el propósito de comprobar que el sujeto fiscalizado haya contado con un Sistema de
Evaluación del Desempeño que considerara indicadores estratégicos y de gestión para
medir y valorar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en la actividad
institucional 304 “Análisis y estudios de las pruebas periciales”, se estudió la normativa
especificada en los siguientes ordenamientos:
El artículo 54 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2015 establece:
“La información presupuestaria y programática que forme parte de la cuenta pública deberá
relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo.
Asimismo, deberá incluir los resultados de la evaluación del desempeño de los programas
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[…] de las entidades federativas […] respectivamente, así como los vinculados al ejercicio
de los recursos federales que les hayan sido transferidos.
”Para ello, deberán utilizar indicadores que permitan determinar el cumplimiento de las metas
y objetivos de cada uno de los programas, así como vincular los mismos con la planeación
del desarrollo.”
Por su parte, el artículo 2o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
vigente en 2015, en su fracción LXVI define al Sistema de Evaluación del Desempeño (SED)
como el “conjunto de elementos metodológicos que permiten realizar una valoración
objetiva del desempeño de los programas, bajo los principios de verificación del grado de
cumplimiento de metas y objetivos, con base en indicadores estratégicos y de gestión que
permitan conocer el impacto social de los programas y de los proyectos”. El artículo 30 de
la misma Ley dispone que “el Programa Operativo contendrá líneas programáticas, objetivos
específicos, acciones, responsables y corresponsables de su ejecución, metas y prioridades
que se desprendan de los programas de manera integral para la realización de los objetivos
globales de desarrollo, así como los indicadores de desempeño”.
Por su parte, el artículo 34 del mismo ordenamiento señala lo siguiente: “Las Dependencias,
[…] elaboraran programas operativos anuales para la ejecución del Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal y de los programas de mediano plazo, desagregando su
contenido atendiendo al destino y alcance de los mismos, a la fecha en que se ejecutarán,
debiendo presentar los indicadores que serán utilizados para la evaluación de cada programa”.
Así también, el artículo 135, segundo párrafo, establece lo siguiente:
“En la información cuantitativa y cualitativa las Unidades Responsables del Gasto harán
referencia a los siguientes aspectos: […]
”VI. Los indicadores para medir el avance de los objetivos y metas de los programas.”
En el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos 2015, emitido por la secretaria de Finanzas, en el capítulo II, numeral 1
establece que “el proceso en el que se sustenta el Presupuesto basado en Resultados,
parte del diseño de los Programas Presupuestarios utilizando como herramienta la Metodología
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del Marco Lógico, del cual resulta la Matriz de Indicadores para Resultados de cada programa”.
Los indicadores de desempeño que miden el impacto del Programa Presupuestario, el logro
de los objetivos, la entrega de los bienes y servicios, así como la gestión de las actividades
para producir los entregables.
Para ello, mediante requerimiento se solicitó a la PGJDF el SED utilizado en 2015 para
medir el cumplimiento de los objetivos y metas, que considerara los indicadores utilizados
para evaluar los resultados alcanzados de la actividad institucional 304 y que explicaran
específicamente qué miden dichos indicadores implementados, cómo se interpretan y si
fueron diseñados con base en la metodología del marco lógico, así como los resultados
de su aplicación en el ejercicio 2015.
Al respecto, la PGJDF informó que “no se cuenta con un Sistema de Evaluación del
Desempeño”. No obstante, proporcionó un indicador denominado Índice de Eficiencia
en los Resultados Obtenidos por Servicios Periciales.
Asimismo, señaló que “las solicitudes de las pruebas periciales están en función de la demanda
de su solicitud que realiza la autoridad competente, para el esclarecimiento de un probable
hecho delictivo, a fin de llegar a la debida determinación de las averiguaciones previas
o la integración de las carpetas de investigación, como resultado de la utilización de pruebas
científicas[…] A la fecha, dicho índice es reportado de forma trimestral en el Portal de
Transparencia de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a través del formato
indicadores de gestión”, de acuerdo con lo siguiente:
Nombre del indicador: Índice de Eficiencia en los Resultados Obtenidos por Servicios Periciales
Método de cálculo: (Número de Resultados / Número de Trámites Solicitados) × 100
Sustitución de valores: (361.355 / 371.070) × 100
Valor al concluir el período de estudio: 97.4%
Del análisis realizado del indicador de gestión, se identificó que éste no consideró en gran
medida los atributos o elementos para el diseño de la matriz de marco lógico, como la carencia
del fin, propósito, componentes y de las actividades, así como el nombre del indicador,
los medios de verificación y los supuestos. Por lo que se advierte que la información y el archivo
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electrónico de la mencionada base de datos proporcionados por la PGJDF, no corresponden
a indicadores de desempeño para la actividad institucional 304, conforme a lo dispuesto
en los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño
mediante la Metodología de Marco Lógico, emitidos por el Consejo Nacional de Armonización
Contable (CONAC) en términos de los artículos 9o. y 54 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental.
Adicionalmente, se advierte que se careció de indicadores estratégicos que permitieran
conocer el cumplimiento de los objetivos y metas, el impacto social de los servicios
periciales proporcionados; o conocer y medir el grado de aceptación que manifestaron los
usuarios, respecto de los servicios periciales; o bien el tiempo de respuesta a las solicitudes
de servicios periciales o en su caso, la opinión positiva o negativa por el tiempo de espera
en que fue atendida la solicitud de servicios periciales.
Por consiguiente, se concluye que la PGJDF carece de un Sistema de Evaluación al Desempeño
e Indicadores, incumpliendo lo dispuesto en los artículos 54 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; 30, 34 y 135 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
y lo establecido en los Lineamientos para la Construcción de Diseño de Indicadores de
Desempeño, mediante la Metodología del Marco Lógico, emitidos por la CONAC, en cuanto
a que éstos constituyan un medio sencillo y fiable para medir los logros en el cumplimiento
de objetivos y metas establecidas, valorar los cambios vinculados con las acciones de la
actividad y monitorear sus resultados.
En la reunión de confronta, celebrada el 24 de marzo de 2017, el sujeto fiscalizado no proporcionó
información respecto del presente resultado, por lo que la observación no se modifica.
Recomendación ASCM-159-15-12-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por medio de la
Coordinación General de Servicios Periciales, considere la elaboración de indicadores
estratégicos con base en la Metodología del Marco Lógico que les permitan medir y evaluar
el cumplimiento de objetivos y metas, conforme a lo establecido en la Ley General de
Contabilidad Gubernamental y en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.