Danko Jaccard Cc.4721 (2)

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........................ Fundación de Desarrollo Educacional Y Tecnológico La Araucanía . .......................... Fono: 45-2325900 E-mail: fudeaufro@ufrontera.cl CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS A HONORARIOS En Temuco, a 01 de Enero de 2015, entre la Fundación de Desarrollo Educacional La Araucanía, Rut Nº 71.195.600-K, representada para estos efectos por su Director Ejecutivo don ELEAZAR JARAMILLO ABURTO, ambos domiciliados en calle Montevideo Nº0780 de la mencionada ciudad, en adelante la “Fundación” y don DANKO IGOR JACCARD RIQUELME, chileno, de profesión Abogado, domiciliado en calle Uruguay N°1041, de la ciudad de Temuco , Cédula de Identidad 14.446.578-4 en adelante, el “Profesional”, se ha convenido el siguiente contrato de prestación de servicios a honorarios: PRIMERO : En el contexto del Convenio de fecha 09 de Diciembre de 2014 suscrito entre la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena y la Fundación de Desarrollo Educacional La Araucanía, la Fundación contrata los servicios profesionales a honorarios de don DANKO IGOR JACCARD RIQUELME, para realizar las funciones que se detallan a continuación en el Instituto de Estudios Indígenas: Proyecto “Apoyo en la Gestión del Consejo de Desarrollo Indígena de Magallanes y Antártica Chilena y Realización del VII° Congreso” - Capacitador en congresos. - Apoyo técnico y Logístico. SEGUNDO : El plazo para la realización de la prestación de servicios encomendados será del 01 de Enero de 2015 al 28 de Febrero de 2015. TERCERO : Por los servicios profesionales se pagará el valor total de $600.000.- brutos, que se cancelará en dos cuotas de $300.000.- brutos cada una en los meses de Enero y Febrero de 2015, contra presentación de boleta de honorarios respectiva, debiendo ser visada por el Coordinador del Programa. El pago de los honorarios se efectuará según el calendario de entrega de Boletas de Honorarios y de pago establecido por la Fundación. De los honorarios pactados, la Fundación retendrá el porcentaje correspondiente al Impuesto a la Renta que se integrará en la Tesorería General de la República. CUARTO : El presente contrato no obliga a la Fundación a mantener la continuidad del servicio prestado o trabajo convenido, al cual podrá poner término en forma unilateral y sin mayor reclamo, bastando la comunicación a la otra parte , personal o escrita, en el

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  • ........................ Fundacin de Desarrollo Educacional Y Tecnolgico La Araucana . .......................... Fono: 45-2325900 E-mail: [email protected]

    CONTRATO DE PRESTACIN DE SERVICIOS A HONORARIOS

    En Temuco, a 01 de Enero de 2015, entre la Fundacin de Desarrollo Educacional La Araucana, Rut N 71.195.600-K, representada para estos efectos por su Director Ejecutivo don ELEAZAR JARAMILLO ABURTO, ambos domiciliados en calle Montevideo N0780 de la mencionada ciudad, en adelante la Fundacin y don DANKO IGOR JACCARD RIQUELME, chileno, de profesin Abogado, domiciliado en calle Uruguay N1041, de la ciudad de Temuco , Cdula de Identidad 14.446.578-4 en adelante, el Profesional, se ha convenido el siguiente contrato de prestacin de

    servicios a honorarios: PRIMERO : En el contexto del Convenio de fecha 09 de Diciembre de 2014

    suscrito entre la Corporacin Nacional de Desarrollo Indgena y la Fundacin de Desarrollo Educacional La Araucana, la Fundacin contrata los servicios profesionales a honorarios de don DANKO IGOR JACCARD RIQUELME, para realizar las funciones que se detallan a continuacin en el Instituto de Estudios Indgenas: Proyecto Apoyo en la Gestin del Consejo de Desarrollo Indgena

    de Magallanes y Antrtica Chilena y Realizacin del VII Congreso

    - Capacitador en congresos. - Apoyo tcnico y Logstico.

    SEGUNDO : El plazo para la realizacin de la prestacin de servicios

    encomendados ser del 01 de Enero de 2015 al 28 de Febrero de 2015.

    TERCERO : Por los servicios profesionales se pagar el valor total de $600.000.-

    brutos, que se cancelar en dos cuotas de $300.000.- brutos cada una en los meses de Enero y Febrero de 2015, contra presentacin de boleta de honorarios respectiva, debiendo ser visada por el Coordinador del Programa. El pago de los honorarios se efectuar segn el calendario de entrega de Boletas de Honorarios y de pago establecido por la Fundacin. De los honorarios pactados, la Fundacin retendr el porcentaje correspondiente al Impuesto a la Renta que se integrar en la Tesorera General de la Repblica.

    CUARTO : El presente contrato no obliga a la Fundacin a mantener la

    continuidad del servicio prestado o trabajo convenido, al cual podr poner trmino en forma unilateral y sin mayor reclamo, bastando la comunicacin a la otra parte , personal o escrita, en el

  • ........................ Fundacin de Desarrollo Educacional Y Tecnolgico La Araucana . .......................... Fono: 45-2325900 E-mail: [email protected]

    ltimo caso, remitida por carta certificada al domicilio fijado en el contrato, entendindose notificada al tercer da de despachada la carta produciendo pleno efecto, desde dicho momento, sin necesidad de fundamentar las razones de la decisin adoptada.

    QUINTO : Las partes expresan que este contrato no constituye vnculo de

    dependencia entre el profesional y la Fundacin contratante, ya que las labores del profesional son discontinuas, no son exclusivas y no se realizan bajo ningn vnculo de subordinacin. El Sr. DANKO IGOR JACCARD RIQUELME, gozar de la ms amplia libertad para ejecutar los servicios encomendados del modo que estime ms apropiado.

    SXTO : El costo de este convenio ser imputado al Centro de Costos N4721 Apoyo en la Gestin del Consejo de Desarrollo Indgena de Magallanes y Antrtica Chilena y Realizacin del VII Congreso en la Fundacin, del cual ser responsable el Coordinador del Proyecto que cuente con saldos positivos para financiar los gastos y poder efectuar los pagos.

    SEPTIMO : Para todos los efectos legales de este contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Temuco.

    OCTAVO : Ambas partes firman el presente contrato de prestacin de servicios

    a honorarios, en duplicado, quedando una copia de igual tenor y data en poder de cada uno de los participantes del contrato.

    En comprobante firman ------------------------------------- ---------------------------------------- EL PROFESIONAL SR. ELEAZAR JARAMILLO ABURTO p. LA FUNDACIN EJA/LSS/crc